Definición de EQUIPO MÓVIL

EQUIPO MÓVIL. SERÁN TODOS AQUELLOS EQUIPOS QUE POR SUS CARACTERÍSTICAS PUEDAN MOVERSE DE UBICACIÓN, COMO SE DESCRIBE A CONTINUACIÓN PERO NO LIMITATIVO A: COMPUTADORAS E IMPRESORAS PORTÁTILES, RADIOS LOCALIZADORES, TELÉFONOS CELULARES, EQUIPOS DE PRODUCCIÓN DE VIDEO, FILMACIÓN, FOTOGRAFÍA Y SONIDO ASÍ COMO SUS ADITAMENTOS ENTRE OTROS. PRIMER RIESGO: LA COMPAÑÍA PAGARÁ EL IMPORTE DE LOS DAÑOS SUFRIDOS HASTA EL MONTO DE LA SUMA ASEGURADA SIN EXCEDER DEL VALOR DE REPOSICIÓN QUE TENGA EL BIEN AL ACCEDER EL SINIESTRO, LA SUMA ASEGURADA ES UN MONTO ABSOLUTO QUE NO TIENE QUE GUARDAR NINGUNA RELACIÓN PORCENTUAL RESPECTO AL VALOR REAL O DE REPOSICIÓN DE LOS BIENES ASEGURADOS.
EQUIPO MÓVIL. SERÁN TODOS AQUELLOS EQUIPOS QUE POR SUS CARACTERÍSTICAS PUEDAN MOVERSE DE UBICACIÓN, COMO SE DESCRIBE A CONTINUACIÓN PERO NO LIMITATIVO A: COMPUTADORAS E IMPRESORAS PORTÁTILES, RADIOS LOCALIZADORES, TELÉFONOS CELULARES, EQUIPOS DE PRODUCCIÓN DE VIDEO, FILMACIÓN, FOTOGRAFÍA Y SONIDO ASÍ COMO SUS ADITAMENTOS ENTRE OTROS.
EQUIPO MÓVIL. Significa cualquiera de los siguientes tipos de vehículos terrestres, incluyendo cualquier maquinaria o equipo unido a ellos:

Examples of EQUIPO MÓVIL in a sentence

  • EQUIPO FIJO CUALQUIER RIESGO: 10% SOBRE EL MONTO DE LA PÉRDIDA CON MÁXIMO DE $2,500.00 EQUIPO MÓVIL CUALQUIER RIESGO: 10% SOBRE LA PÉRDIDA CON MÍNIMO DE $4,000.00 PORTADORES EXTERNOS DE DATOS: 5% SOBRE LA PÉRDIDA SIN MÍNIMO NI MÁXIMO.

  • ROBO SIN VIOLENCIA (HURTO Y DESAPARICIÓN MISTERIOSA) INCLUYENDO EQUIPO MÓVIL.

  • EL EQUIPO MÓVIL Y/O PORTÁTIL SON TODOS AQUELLOS EQUIPOS QUE POR SUS CARACTERÍSTICAS PUEDEN MOVERSE DE UBICACIÓN, TALES COMO: COMPUTADORAS, EQUIPOS DE VOZ Y DATOS, AUDIO, FILMACIÓN, SCANER DE TODO TIPO, EQUIPOS Y COMPONENTES DE LOS EQUIPOS, FOTOGRAFÍA, DE TELECOMUNICACIÓN Y/O SATELITALES, ASÍ COMO DE SONIDO, INCLUYENDO SUS ADITAMENTOS ENTRE OTRAS, CONVERSIONES Y ADAPTACIONES, RADIOS MÓVILES Y CUALQUIER EQUIPO ESPECIAL.

  • EQUIPO MÓVIL O PORTÁTILES: Serán todos aquellos equipos y aditamentos que por sus propias características y diseños pueden moverse de ubicación.

  • EQUIPO MÓVIL: Serán considerados Y AMPARADOS, pero no limitados a: OBSERVACIÓN: $ 250,000.00 M.N. por unidad o por evento.

  • SI CON ANTERIORIDAD A LA FECHA DE OCURRENCIA D EL EVENTO AM PARADO TERMINA POR CUALQUIER CAUSA EL CONTRATO DE SERVICIO DE COMUNICACIONES ENTRE EL ASEGURADO Y EL PROVEEDOR DEL SERVICIO, NO HABRÁ COBERTURA Y LO OCURRIDO CON EL EQUIPO MÓVIL, NO SERÁ UN EVENTO AMPARADO POR ESTA PÓLIZA.

  • XXXXXX, C.P. 07738 EN MEXICO DISTRITO FEDERAL EN EQUIPO MÓVIL LAS MAS REPRESENTATIVAS SON UNIDADES MÓVILES, Y COMPUTADORAS PERSONALES Y LAP TOP´S, EQUIPO PARA MEDICIONES.

  • SE CONVIENE QUE EN EL CASO DE PÉRDIDA TOTAL DE LOS EQUIPOS DE CÓMPUTO, LA INDEMNIZACIÓN CORRESPONDIENTE DEBERÁ INCLUIR EL SOFTWARE BÁSICO INCLUIDO PARA SU OPERACIÓN (WINDOWS O SIMILAR) SE ACLARA QUE DENTRO DE LA COBERTURA DE EQUIPO MÓVIL O PORTÁTIL QUEDAN INCLUIDOS ENTRE OTROS, LOS EQUIPOS DE MEDICIÓN Y PRUEBA PROPIOS AL GIRO DEL NEGOCIO.

  • DEMÁS RIESGOS: 5% SOBRE PERDIDA CON MÍNIMO DE $ 200.00 M.A. EQUIPO MÓVIL Y PORTÁTIL; DEDUCIBLE DE LA COBERTURA AFECTADA ROTURA DE MAQUINARIA: 5% SOBRE EL VALOR DEL EQUIPO DAÑADO CON MÍNIMO DE $200.00 M.A. CALDERAS Y RECIPIENTES SUJETOS A PRESIÓN: 5% SOBRE EL VALOR DEL EQUIPO DAÑADO CON MÍNIMO DE $200.00 M.A.

  • SI CON ANTERIORIDAD A LA FECHA DE OCURRENCIA DEL EVENTO AM PARADO TERMINA POR CUALQUIER CAUSA EL CONTRATO DE SERVICIO DE COMUNICACIONES ENTRE EL ASEGURADO Y EL PROVEEDOR DEL SERVICIO, NO HABRÁ COBERTURA Y LO OCURRIDO CON EL EQUIPO MÓVIL, NO SERÁ UN EVENTO AMPARADO POR ESTA PÓLIZA.


More Definitions of EQUIPO MÓVIL

EQUIPO MÓVIL. 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 500.
EQUIPO MÓVIL. Serán considerados, pero no limitados a: Todos aquellos equipos conectados o no al tipo de energía respectiva, que por sus características pueden moverse de ubicación, como se describe a continuación pero no limitativo a: Computadoras Portátiles, y/o LapTops y/o Notebooks, Equipos de Producción en Vídeo, Audio, Filmación, Fotografía, Radios de Telecomunicación y Sonido, Radiocomunicación, Radiolocalizadores. Los Equipos Móviles como el caso de los Radios de Comunicación, quedan amparados montados en la unidades, en transito, fuera del unidades, desconectadas, y o fuera de operación.
EQUIPO MÓVIL. Equipos automotores o que se muevan a través de remolques y que realizan sus funciones operativas desplazándose entre distintos puntos. No se consideran dentro de esta definición, automóviles, buses, camiones, camionetas, minibuses, y otros vehículos de similar naturaleza.

Related to EQUIPO MÓVIL

  • Equipo significa el módem, enrutador u otro equipo suministrado por Verizon para utilizar con el Servicio. Para evitar dudas, el término “Equipo” deberá incluir los enrutadores que Verizon le proporcione y que usted haya alquilado o deba devolver a Verizon una vez que finalice o cancele el Servicio, pero no incluirá los enrutadores que usted le haya comprado a Verizon o a un tercero.

  • Equipaje Todos los objetos de uso personal que el asegurado lleve consigo durante el viaje, así como los expedidos por el medio de transporte utilizado para el viaje.

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • Tomador del Seguro La persona física o jurídica que con el Asegurador suscribe este contrato, y a la que corresponden las obligaciones que del mismo deriven, salvo las que por su naturaleza deban ser cumplidas por el Asegurado.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis (18/11/2016).

  • Vehículo Asegurado Es la unidad automotriz descrita en la carátula de esta póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante entrega originalmente para cada modelo y tipo específico que presenta al mercado. Cualquier otra parte, accesorio, rótulo, conversión, adaptación o modificación a la estructura, instalada a petición del comprador o propietario o por las agencias, distribuidoras, auto instalados o por terceros, no se considerará equipo entregado por el fabricante, por tanto, requerirá de cobertura especial y ser especificada en la carátula de esta póliza. Solo podrán ser objeto de este contrato, vehículos residentes. Se considera como camión de carga al vehículo automóvil grande y potente, que está constituido por una cabina en la que va el conductor y una gran caja o depósito y que está destinado al transporte de carga pesada. Se considera un camión de pasajeros al vehículo con capacidad para gran número de viajeros, destinados al transporte de personas.

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Indicador de desempeño Porcentaje de Avance Físico financiero de las obras y/o servicios. En general, al cierre del ejercicio 2016 el monto total contratado fue de 214 millones de pesos, de los cuales se facturaron, 109 millones de pesos, lo cual representa un avance del 16 por ciento de la meta modificada. El comportamiento del avance físico financiero de los contratos celebrados de obras y servicios con terceros, se incrementara sustancialmente en el primer trimestre de 2017, lo anterior, debido a que los contratos de servicios de mantenimiento se facturan a mes vencido por lo que falta facturar los trabajos realizados en el mes de diciembre. Ejercicio 2017 Indicador de Desempeño: Porcentaje de ingresos de obra y/o servicios. El monto de ingresos por concepto de obra y/o servicios al cierre del ejercicio 2017, ascendieron a 102.2 millones de pesos, cabe señalar que este monto corresponde a los trabajos facturados de los contratos que estuvieron en proceso de ejecución por obra y servicios, el ingreso con respecto a la meta anula proyectada en el PEF 2017, representa el 27.5 por ciento. Es importante señalar que esto obedece a los acuerdos del Comité Técnico de Fonatur y del Consejo de Administración de Fonatur Constructora, S.A. de C.V., en los que se estableció la terminación anticipada de todos los contratos a más tardar al 15 de septiembre de 2017.

  • Grupo Asegurable Conjunto de personas físicas que poseen alguna característica común extraña al propósito de asegurarse y que cumplan cada una de las condiciones para poder ser Asegurados.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Empresa significa cualquier entidad constituida u organizada conforme a la legislación aplicable, tenga o no fines de lucro y sea de propiedad privada o gubernamental, incluidas cualesquier sociedad, fideicomiso, participación, empresa de propietario único, coinversión (joint venture) u otra asociación;

  • Duración del contrato Inicio 02 de diciembre del 2019 Término: 31 de diciembre del 2019 (renovable según presupuesto y desempeño). Remuneración mensual S/. 4,500.00 (Cuatro mil quinientos y 00/100 Soles).

  • Aseguradora Es la compañía de seguros que toma de su cuenta el riesgo.

  • PARAGRAFO SEGUNDO En el evento de que el presunto incumplimiento se evidencie con posterioridad al vencimiento del plazo de ejecución, se suspenderán los plazos para su liquidación hasta tanto se agote el procedimiento previsto en la cláusula décima sexta del presente contrato.

  • Estipulaciones Especiales significa el conjunto de cláusulas que componen la Primera Parte de este Contrato y que contienen los elementos peculiares de la operación.

  • Límite de cobertura Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento En caso de falta de energía eléctrica en el interior de la casa de habitación o condominio habitacional Asegurado, resultado xx xxxxxx, desperfectos, corto circuito, sobrecarga o avería de las instalaciones eléctricas; (únicamente en el interior de la vivienda o dentro de sus predios) se gestionará el envío de un operario que se encargará de la reparación de urgencia necesaria para restablecer el suministro de energía, siempre que no exista disposición de autoridad que lo prohíba y que el estado de las instalaciones lo permita. Nota: No incluye la reparación de ningún aparato, equipo o electrodoméstico. No incluye los materiales, el cambio de la instalación eléctrica, el cambio de toma corrientes ni enchufes, o cualquier otra parte o refacción, lo cual estará cargo y será asumido por el Asegurado. Este servicio se extiende a las “áreas comunes entre el condominios”, (solamente de pared a pared, de piso a techo o viceversa) siempre y cuando exista acuerdo con el otro propietario Límite de cobertura: Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento Únicamente en caso de rotura total xx xxxxxxx o xxxxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas que formen parte de la fachada exterior de la casa de habitación (entiéndase fachada exterior la cara principal de la vivienda) o condominio habitacional Asegurado que de a la calle o al patio, se gestionará el envío, de un operario que procederá a dar el servicio de mano de obra para la reposición xxx xxxxxx o cristal afectado por la rotura. El costo del xxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas y de cualquier parte o refacción estará a cargo y deberá ser asumida por el Asegurado.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO Nº 4

  • LOSNCP Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

  • Precio del Contrato significa el precio pagadero al Proveedor según se especifica en el Convenio de Contrato, sujeto a las condiciones y ajustes allí estipulados o deducciones propuestas, según corresponda en virtud del Contrato.

  • COASEGURO Es cuando el Contrato de Xxxxxx se suscribe de una parte por el Asegurado y de otra parte, por varios aseguradores que asumen con entera independencia, los unos de otros, la obligación de responder separadamente de la parte del riesgo que les corresponda.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Entrega significa la transferencia de los bienes del Proveedor al Contratante de acuerdo con los términos y condiciones dispuestos en el Contrato.----------------------