Definición de CGC

CGC significa las Condiciones Generales del Contrato.
CGC significa las Condiciones Generales del Contrato. (h) “Bienes” significa todos los productos, materia prima, maquinaria y equipo, y otros materiales que el Proveedor deba proporcionar al Comprador en virtud del Contrato.
CGC significa Condiciones Generales del Contrato; (k) “Gobierno” significa el Gobierno del país del Prestatario; (l) “Moneda local” significa la moneda del país del Prestatario;

Examples of CGC in a sentence

  • Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2.051/03, y en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato (CGC y CEC).

  • En caso de haber conflicto, las provisiones aquí dispuestas prevalecerán sobre las de las CGC.

  • El ajuste se hará por el monto de los cambios en los impuestos pagaderos por el Contratista, siempre que dichos cambios no estuvieran ya reflejados en el Precio del Contrato, o sean resultado de la aplicación de la cláusula 47 de las CGC.

  • El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC.

  • Las siguientes Condiciones Especiales del Contrato (CEC) complementarán y/o enmendarán las Condiciones Generales del Contrato (CGC).


More Definitions of CGC

CGC significa las Condiciones Generales del Contrato. (h) “Bienes” significa todos los productos, materia prima, maquinaria y equipo, y otros materiales que el Proveedor deba proporcionar al Comprador en virtud del Contrato. (i) “Comprador” significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC. (j) “Servicios Conexos” significan los servicios incidentales relativos a la provisión de los bienes, tales como transporte, seguro, instalación, puesta en servicio, capacitación y mantenimiento inicial y otras obligaciones similares del Proveedor en virtud del Contrato. (k) “CEC” significa las Condiciones Especiales del Contrato. (l) “Subcontratista” significa cualquier persona natural, entidad privada con quienes el Proveedor ha subcontratado el suministro de cualquier porción de los Bienes o la ejecución de cualquier parte de los Servicios. (m) “Proveedor” significa la persona natural, jurídica cuya oferta para ejecutar el contrato ha sido aceptada por el Comprador y es denominada como tal en el Contrato.
CGC significa las Condiciones Generales del Contrato. (b) CEC significa las Condiciones Especiales del Contrato. (c) “FONPLATA” significa Fondo Financiero para el Desarrollo de la ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇, y la palabra “préstamo” se refiere a un “préstamo de FONPLATA”
CGC significa las Condiciones Generales del Contrato; (h) “Bienes” significa todos los productos, materia prima, maquinaria y equipo, y otros materiales que el proveedor deba proporcionar al comprador en virtud del contrato; (j) “Comprador” significa la entidad que compra los bienes y servicios conexos, según se indica en las CEC; (k) “Servicios Conexos” significan los servicios incidentales relativos a la provisión de los bienes, tales como transporte, seguro, instalación, puesta en servicio, capacitación y mantenimiento inicial y otras obligaciones similares del proveedor en virtud del contrato; (l) “CEC” significa las Condiciones Especiales del Contrato; (m) “Subcontratista” significa cualquier persona natural, entidad privada o pública, o cualquier combinación de ellas, con quienes el proveedor ha subcontratado el suministro de cualquier porción de los bienes o la ejecución de cualquier parte de los servicios; (n) “Proveedor” significa la persona natural, jurídica o entidad gubernamental, o una combinación de éstas, cuya oferta para ejecutar el contrato ha sido aceptada por el comprador y es denominada como tal en el contrato.
CGC significa las Condiciones Generales del Contrato; (h) “Bienes” significa todos los productos, materia prima, maquinaria y equipo y otros materiales que el proveedor deba proporcionar al comprador en virtud del contrato; (i) “Comprador” significa la entidad que compra los bienes y servicios conexos, según se indica en las CEC; (j) “Servicios Conexos” significan los servicios incidentales relativos a la provisión de los bienes, tales como transporte, seguro, instalación, puesta en servicio, capacitación y mantenimiento inicial y otras obligaciones similares del proveedor en virtud del contrato; (k) “CEC” significa las Condiciones Especiales del Contrato; (l) “Subcontratista” significa cualquier persona natural, entidad privada con quienes el proveedor ha subcontratado el suministro de cualquier porción de los bienes o la ejecución de cualquier parte de los servicios; (m) “Proveedor” significa la persona natural, jurídica, cuya oferta para ejecutar el contrato ha sido aceptada por el comprador y es denominada como tal en el contrato.
CGC. Por las Condiciones Generales de Compra. “I.G.P.P” Por las Instrucciones Generales para la Presentación de Propuestas.
CGC significa Condiciones Generales del Contrato; (k) “País Prestatario” significa Honduras; (l) “Moneda local” significa el Lempira;
CGC significa estas Condiciones Generales del Contrato; (i) “Gobierno” significa el gobierno del país del Contratante; (j) “Moneda nacional” significa la moneda del país del Contratante; (k) “Integrante” significa cualquiera de las entidades que conforman una asociación en participación, consorcio o asociación (APCA); e “Integrantes” significa todas estas firmas; (l) “Parte” significa el Contratante o el Consultor, según el caso, y “Partes” significa el Contratante y el Consultor; (m) “Personal” significa los empleados contratados por el Consultor o Subconsultores para la prestación de los Servicios o de una parte de los mismos; (n) “CEC” significa las Condiciones Especiales del Contrato por las cuales pueden modificarse o complementarse las CGC; (o) “Servicios” significa el trabajo que el Consultor deberá realizar conforme a este Contrato, y descrito en el Apéndice A adjunto. (p) “Subconsultor” significa cualquier persona o firma con la que el Consultor subcontrata la prestación de una parte de los Servicios. (q) “Por escrito” significa cualquier medio de comunicación en forma escrita con prueba de recibo.