Cartilla Contrato de Tarjeta de Crédito OCA
Cartilla Contrato de Tarjeta de Crédito OCA
El presente documento es entregado al Usuario en forma previa a la suscripción del Contrato de Tarjeta de Crédito (el “Contrato”) a los efectos de informarle lo siguiente.
1. Robo, extravío, falsificación de la o las Tarjetas, y/o del PIN y/o del celular (servicio OCA CEL) (Cláusula Undécimo del Contrato).
En caso de pérdida, robo o falsificación de cualquiera de las Tarjetas y/o clave personal (PIN) así como pérdida o robo del celular registrado en OCA CEL, o utilización por terceros de la información contenida en la Tarjeta sin autorización del Usuario, éste debe denunciar inmediatamente tal extremo a OCA S.A. (en adelante, en forma indistinta “OCA” u “OCA S.A.”), a través del teléfono 1730 o 0000 00 00 o directamente en cualquiera de las sucursales de OCA.
También a través de los mismos números, se podrá notificar a OCA sobre: (i) aquellas transacciones que no se hayan efectuado correctamente; (ii) el registro en la cuenta de operaciones no efectuadas; y (iii) fallos o anomalías detectadas en el uso del servicio (retención de las tarjetas, diferencias entre el dinero dispensado y lo registrado en el comprobante, no emisión de comprobantes, etc) OCA será responsable de:
(a) Las operaciones efectuadas desde el momento en que recibe la notificación del cliente sobre el robo, extravío o falsificación de la Tarjeta o del PIN o del robo o extravío del celular registrado en OCA CEL. En ningún caso OCA será responsable si prueba que las operaciones efectuadas luego de la notificación fueron realizados por el Usuario o autorizadas por éste.
(b) Todos los importes imputados en la cuenta del cliente por encima del límite autorizado, con independencia del momento en que éste realice la notificación de robo, extravío o falsificación. OCA no será responsable si prueba que estas operaciones por encima del límite autorizado fueron realizadas por el Usuario o autorizadas por éste.
(c) Todos los importes imputados en la cuenta del cliente que se originen por el mal funcionamiento del sistema o por fallas en su seguridad y no sean atribuibles a incumplimientos de las obligaciones del Usuario.
El Titular será responsable de todas las operaciones, aún las no autorizadas por el mismo, efectuadas con la Tarjeta u otros Medios Alternativos hasta el momento de notificación a OCA del robo, extravío o falsificación (de acuerdo con lo indicado más arriba) siempre que dichas operaciones no le hayan sido imputadas por una falla del sistema de seguridad del servicio. Sin perjuicio de ello, OCA será responsable de todos los importes imputados en la cuenta del Titular por encima del Límite de Crédito, con independencia del momento en que se realice la notificación de robo, extravío o falsificación. Se aclara que OCA no será responsable si prueba que tales operaciones por encima del Límite de Crédito fueron realizados por el Usuario.
2. Límite de Crédito
El límite de crédito otorgado a su tarjeta OCA es el que se indica en las Condiciones Particulares del Contrato. En caso que su tarjeta no hubiera sido activada a la fecha de
suscripción del Contrato y fuera activada con posterioridad, el Límite de Crédito le será comunicado por medio de cualesquiera de las vías autorizadas en el contrato (Cláusula Cuadragésimo Segunda del Contrato).
3. Procedimiento para realizar consultas y reclamos.
En todos los locales de OCA S.A. donde se atiende al público, los clientes tendrán la posibilidad de presentar sus reclamos por escrito para OCA S.A. Los reclamos también podrán ser remitidos en forma telefónica, vía correo electrónico o a través de la página Web de OCA.
En todos los casos en que un reclamo no pueda ser solucionado en forma inmediata a favor del cliente, se le entregará al Cliente un formulario para la presentación del reclamo formal así como un impreso donde se describe el procedimiento de atención de reclamos.
En los casos de atención en los locales se entregará al cliente una confirmación de recepción del reclamo haciendo constar fecha y hora e incluyendo un número identificatorio del mismo. Para los solicitados telefónicamente se informará al cliente el número identificatorio del trámite. Tanto para los casos de reclamos recibidos telefónicamente como a través de correo electrónico o de la página Web quedará a disposición del cliente en los locales de OCA S.A. una confirmación de recepción del reclamo haciendo constar fecha y hora e incluyendo un número identificatorio.
A partir del momento de recepción del reclamo, OCA S.A. comenzará el estudio del caso solicitando, cuando corresponda, la copia del cupón firmado por el cliente y le indicará el plazo estimado en que recibirá una respuesta escrita. En todos los casos, el plazo estimado en el que recibirá una respuesta escrita no será mayor a quince días corridos contados desde la fecha de presentación. Siempre que la naturaleza del reclamo así lo amerite, dicho plazo podrá prorrogarse por única vez por otros quince días corridos, debiéndose informar al cliente por escrito con indicación de los motivos de la prórroga. El nuevo plazo vencerá indefectiblemente el día hábil siguiente al día del vencimiento del plazo si éste fuera en un día inhábil. En caso que para poder investigar el problema deban intervenir necesariamente instituciones del exterior, OCA S.A. podrá prorrogar el segundo plazo de respuesta más allá de quince días corridos, debiendo comunicarle al cliente la fecha estimada de respuesta y efectuar sus mejores esfuerzos en este sentido.
En caso que OCA S.A. no solucione el problema dentro del plazo previsto, el cliente podrá presentar su reclamo ante el Banco Central del Uruguay.
En caso que OCA S.A. entienda que el reclamo es injustificado, deberá informar por escrito al cliente, fundamentando los motivos por los cuales no se atenderá la solicitud y la posibilidad de acudir ante el Banco Central del Uruguay en caso de disconformidad con la decisión adoptada.
Asimismo, OCA S.A. podrá sustituir la respuesta escrita por una respuesta telefónica, pudiendo el cliente solicitar que se le expida una respuesta escrita.
4. Ejemplos de la comisión por el servicio asociado a distintos patrones de uso.
El costo trimestral del servicio de la Tarjeta es fijo por lo cual es independiente del uso de las Tarjetas.
5. Instrumentos Electrónicos
De acuerdo con lo previsto en las normas del Banco Central del Uruguay y teniendo en cuenta que la Tarjeta se considera un “instrumento electrónico” en dichas normas, los Usuarios se obligan a: (a) utilizar las Tarjetas de acuerdo con las condiciones establecidas en el Contrato; (b) solicitar a OCA o a quien éste indique, toda la información que consideren necesaria acerca del uso de las mismas al acceder por primera vez al servicio o ante
cualquier duda que se le presente posteriormente; (c) modificar el PIN (Código de Identificación Personal); (d) no divulgar el PIN ni ningún otro código asociado a cada Tarjeta, ni escribirlo en las Tarjetas ni en ningún otro soporte físico que se guarde con ellas; (e) guardar las Tarjetas en un lugar seguro y verificar periódicamente su existencia; (f) destruir las Tarjetas vencidas o devolverlas a OCA una vez que éstas se venzan; (g) no digitar el PIN (Código de Identificación Personal) en presencia de otras personas, aun cuando éstas pretendan ayudarlos, ni facilitar las Tarjetas a terceros, ya que las mismas son de uso personal; (h) informar a OCA inmediatamente de detectado el robo, extravío o falsificación de las Tarjetas y/o el PIN y/o el celular registrado en OCA CEL, todo ello de acuerdo con lo previsto en el Contrato y presente Cartilla, así como aquellas operaciones que no se hayan efectuado correctamente, el registro en su cuenta de operaciones no efectuadas, fallos o anomalías detectadas en el uso del servicio (retención de Tarjetas, diferencias entre el dinero dispensado y lo registrado en el comprobante, no emisión de comprobantes, etc.); (i) no utilizar los dispositivos del sistema cuando se encuentren mensajes o situaciones de operación anormales; (j) no responder a intentos de comunicación por medios y formas no acordadas con OCA.
6. Principales Riesgos a los que están expuestos los Usuarios al utilizar las Tarjetas y recomendaciones.
De forma de evitar riesgos inherentes al uso de instrumentos electrónicos de pago, como robo de la Tarjeta o celular registrado en OCA CEL, copia de la banda magnética de la Tarjeta, captación y utilización de datos en transacciones en que no se requiere la utilización de la Tarjeta (por ejemplo compras telefónicas o a través de Internet), se recomienda adoptar los recaudos que se detallan a continuación sin perjuicio de cualquier otra medida de seguridad que el Usuario pueda tomar. Se sugiere mantener los instrumentos electrónicos en un lugar seguro y en caso de robo o pérdida de los mismos avisar inmediatamente a OCA por cualesquiera de las vías detalladas precedentemente en esta Cartilla y en el Contrato de Tarjeta de Crédito; procurar no perder de vista la Tarjeta mientras se hace cada transacción; ingresar los datos requeridos de la Tarjeta solamente en sitios web seguros (a juicio del Usuario) para compras por este medio.
7. Servicios de Atención a Consultas y Reclamos.
OCA cuenta con un servicio de atención a consultas y reclamos. Por consultas y reclamos, los Usuarios pueden dirigirse a nosotros a través de:
1 -El teléfono 1730 desde cualquier punto del país.
2 -Un correo electrónico a xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx
3 -Cualquiera de nuestras sucursales de atención al público
4 -La página web de OCA: xxx.xxx.xxx.xx
En caso de disconformidad con la resolución de su reclamo o no contestación del mismo, Usted tiene la posibilidad de acudir a la Superintendencia de Servicios Financieros del Banco Central del Uruguay a presentar su reclamo.
Cartilla Contrato de Tarjeta de Crédito Visa
El presente documento es entregado al Usuario en forma previa a la suscripción del Contrato de Tarjeta de Crédito (el “Contrato”) a los efectos de informarle lo siguiente.
1. Robo, extravío, falsificación de la o las Tarjetas, y/o del PIN.
En caso de pérdida, robo o falsificación de cualquiera de las Tarjetas y/o clave personal (PIN) o utilización por terceros de la información contenida en la Tarjeta sin autorización del Usuario, éste debe denunciar inmediatamente tal extremo a OCA S.A. (en adelante, en forma indistinta, “OCA” u “OCA S.A.”), a través del teléfono 1730 o 0000 00 00 o directamente en cualquiera de las sucursales de OCA S.A.
También a través de los mismos números, se podrá notificar a OCA sobre: (i) aquellas transacciones que no se hayan efectuado correctamente; (ii) el registro en la cuenta de operaciones no efectuadas; y (iii) fallos o anomalías detectadas en el uso del servicio (retención de las tarjetas, diferencias entre el dinero dispensado y lo registrado en el comprobante, no emisión de comprobantes, etc.).
XXX será responsable de:
Las operaciones efectuadas desde el momento en que recibe la notificación del cliente sobre el robo, extravío o falsificación de la Tarjeta o del PIN. En ningún caso OCA será responsable si prueba que las operaciones efectuadas luego de la notificación fueron realizados por el Usuario o autorizadas por este.
Todos los importes imputados en la cuenta del cliente por encima del límite autorizado, con independencia del momento en que éste realice la notificación de robo, extravío o falsificación. OCA no será responsable si prueba que estas operaciones por encima del límite autorizado fueron realizadas por el Usuario o autorizadas por éste.
Todos los importes imputados en la cuenta del cliente que se originen por el mal funcionamiento del sistema o por fallas en su seguridad, y no sean atribuibles a incumplimientos de las obligaciones del Usuario.
El Titular será responsable de todas las operaciones, aún las no autorizadas por el mismo, efectuadas con la Tarjeta u otros Medios Alternativos hasta el momento de notificación a OCA del robo, extravío o falsificación (de acuerdo con lo indicado más arriba) siempre que dichas operaciones no le hayan sido imputadas por una falla del sistema de seguridad del servicio. Sin perjuicio de ello, OCA será responsable por todos los importes imputados en la cuenta del Titular por encima del Límite de Crédito, con independencia del momento en que se realice la notificación de robo, extravío o falsificación. Se aclara que OCA no será responsable si prueba que tales operaciones por encima del Limite de Crédito fueron realizados por el Usuario.
2. Límite de Crédito
El límite de crédito otorgado a su tarjeta OCA es el que se indica en las Condiciones Particulares del Contrato. En caso que su tarjeta no hubiera sido activada a la fecha de suscripción del Contrato y fuera activada con posterioridad, el Límite de Crédito le será comunicado por medio de cualesquiera de las vías autorizadas en el contrato (cláusula Cuadragésimo Cuarto del Contrato).
3. Procedimiento para realizar consultas y reclamos:
En todos los locales de OCA S.A. donde se atiende al público, los clientes tendrán la posibilidad de presentar sus reclamos por escrito para OCA S.A.. Los reclamos también podrán ser remitidos en forma telefónica, vía correo electrónico o a través de la página Web de OCA.
En todos los casos en que un reclamo no pueda ser solucionado en forma inmediata a favor del cliente, se le entregará al Cliente un formulario para la presentación del reclamo formal . así como un impreso donde se describe el procedimiento de atención de reclamos.
En los casos de atención en los locales se entregará al cliente una confirmación de recepción del reclamo haciendo constar fecha y hora e incluyendo un número identificatorio del mismo. Para los solicitados telefónicamente se informará al cliente el número identificatorio del trámite. Tanto para los casos de reclamos recibidos telefónicamente como a través de correo electrónico o de la página Web quedará a disposición del cliente en los locales de OCA S.A. una confirmación de recepción del reclamo haciendo constar fecha y hora e incluyendo un número identificatorio.
A partir del momento de recepción del reclamo, OCA S.A. comenzará el estudio del caso solicitando, cuando corresponda, la copia del cupón firmado por el cliente y le indicará el plazo estimado en que recibirá una respuesta escrita. En todos los casos, el plazo estimado en el que recibirá una respuesta escrita no será mayor a quince días corridos contados desde la fecha de presentación. Siempre que la naturaleza del reclamo así lo amerite, dicho plazo podrá prorrogarse por única vez por otros quince días corridos, debiéndose informar al cliente por escrito con indicación de los motivos de la prórroga.
El nuevo plazo vencerá indefectiblemente el día hábil siguiente al día del vencimiento del plazo si éste fuera en un día inhábil. En caso que para poder investigar el problema deban intervenir necesariamente instituciones del exterior, OCA S.A. podrá prorrogar el segundo plazo de respuesta más allá de quince días corridos, debiendo comunicarle al cliente la fecha estimada de respuesta y efectuar sus mejores esfuerzos en este sentido.
En caso que OCA S.A. no solucione el problema dentro del plazo previsto, el cliente podrá presentar su reclamo ante el Banco Central del Uruguay.
En caso que OCA S.A. entienda que el reclamo es injustificado, deberá informar por escrito al cliente, fundamentando los motivos por los cuales no se atenderá la solicitud y la posibilidad de acudir ante el Banco Central del Uruguay en caso de disconformidad con la decisión adoptada. Asimismo, OCA S.A. podrá sustituir la respuesta escrita por una respuesta telefónica, pudiendo el cliente solicitar que se le expida una respuesta escrita.
4. Ejemplos de la comisión por el servicio asociado a distintos patrones de uso.
El costo del servicio de la tarjeta es fijo por lo cual es independiente del uso de las Tarjetas.
5. Instrumentos Electrónicos
De acuerdo con lo previsto en las normas del Banco Central del Uruguay y teniendo en cuenta que la Tarjeta se considera un “instrumento electrónico” en dichas normas, los Usuarios se obligan a: (a) utilizar las Tarjetas de acuerdo con las condiciones establecidas en el Contrato; (b) solicitar a OCA o a quien éste indique, toda la información que consideren necesaria acerca del uso de las mismas al acceder por primera vez al servicio o ante cualquier duda que se le presente posteriormente; (c) modificar el PIN (Código de Identificación Personal); (d) no divulgar el PIN ni ningún otro código asociado a cada Tarjeta, ni escribirlo en las Tarjetas ni en ningún otro soporte físico que se guarde con ellas;
(e) guardar las Tarjetas en un lugar seguro y verificar periódicamente su existencia; (f) destruir las Tarjetas vencidas o devolverlas a OCA una vez que éstas se venzan; (g) no
digitar el PIN (Código de Identificación Personal) en presencia de otras personas, aun cuando éstas pretendan ayudarlos, ni facilitar las Tarjetas a terceros, ya que las mismas son de uso personal; (h) informar a OCA inmediatamente de detectado el robo, extravío o falsificación de las Tarjetas y/o el PIN, todo ello de acuerdo con lo previsto en el Contrato y presente Cartilla, así como aquellas operaciones que no se hayan efectuado correctamente, el registro en su cuenta de operaciones no efectuadas, fallos o anomalías detectadas en el uso del servicio (retención de Tarjetas, diferencias entre el dinero dispensado y lo registrado en el comprobante, no emisión de comprobantes, etc.); (i) no utilizar los dispositivos del sistema cuando se encuentren mensajes o situaciones de operación anormales; (j) no responder a intentos de comunicación por medios y formas no acordadas con OCA.
6. Principales Riesgos a los que están expuestos los Usuarios al utilizar las Tarjetas y recomendaciones.
De forma de evitar riesgos inherentes al uso de instrumentos electrónicos de pago, como robo de la Tarjeta, copia de la banda magnética de la Tarjeta, captación y utilización de datos en transacciones en que no se requiere la utilización de la Tarjeta (por ejemplo compras telefónicas o a través de Internet), se recomienda adoptar los recaudos que se detallan a continuación sin perjuicio de cualquier otra medida de seguridad que el Usuario pueda tomar. Se sugiere mantener los instrumentos electrónicos en un lugar seguro y en caso de robo o pérdida de los mismos avisar inmediatamente a OCA por cualesquiera de las vías detalladas precedentemente en esta Cartilla y en el Contrato de Tarjeta de Crédito; procurar no perder de vista la Tarjeta mientras se hace cada transacción; ingresar los datos requeridos de la Tarjeta solamente en sitios Web seguros (a juicio del Usuario) para compras por este medio.
7. Servicio de Atención a Consultas y Reclamos.
OCA cuenta con un servicio de atención a consultas y reclamos. Por consultas y reclamos, los Usuarios pueden dirigirse a nosotros a través de:
1 – El teléfono 1730 desde cualquier punto del país.
2 – Un correo electrónico a xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx
3 – Cualquiera de nuestras sucursales de atención al público
4 – La página Web de OCA: xxx.xxx.xxx.xx
En caso de disconformidad con la resolución de su reclamo o no contestación del mismo, Usted tiene la posibilidad de acudir a la Superintendencia de Servicios Financieros del Banco Central del Uruguay a presentar su reclamo.
OCA S.A. se encuentra supervisada por el Banco Central del Uruguay. Por más información se puede acceder a xxx.xxx.xxx.xx
Bases y condiciones El Metraje de OCA
El METRAJE DE OCA es un programa de fidelidad (en adelante el “Programa”) de OCA S.A.
(en adelante, “OCA”) en el que participan todos los clientes de OCA que utilicen sus tarjetas OCA (sin limitación geográfica) y/u OCA VISA (exclusivamente dentro de los límites de la República Oriental del Uruguay).
A continuación se establecen los términos y condiciones que rigen el Programa.
1. Participación en el Programa.
Participan todos los clientes de tarjetas OCA y OCA VISA con Cuentas habilitadas, quienes acumulan METROS por sus productos y servicios contratados. Son cuentas habilitadas las que pueden realizar compras y/o pago de débitos.
Los METROS serán acumulados en la cuenta del cliente titular, generándose este puntaje por compras y débitos que sean hechos con la tarjeta del titular o cualquiera de sus tarjetas adicionales y que se facturan en un único estado de cuenta (la “Cuenta”), en los términos aquí previstos y que podrán variar (punto 2), y podrán ser utilizados mediante el CANJE DE METROS (punto 5).
El cliente titular de la Cuenta es el poseedor de todos los derechos sobre los METROS acreditados en el Programa por su propia tarjeta o las tarjetas adicionales emitidas y autoriza a sus adicionales a realizar canjes en su nombre. Asimismo, el cliente titular de la Cuenta responderá por todos los daños y/o perjuicios que pudieran ocasionarse como consecuencia de actos u omisiones propios o del tenedor de tarjetas adicionales bajo su Cuenta.
OCA se reserva la posibilidad de incluir en el futuro otros productos de los que comercializa (débitos, seguros, etc.), para que generen METROS bajo las condiciones que OCA unilateralmente determine y por el plazo que entienda conveniente.
Se entiende que la utilización de los METROS acumulados mediante el CANJE DE METROS (punto 5) implica la aceptación expresa por parte del cliente de todos los términos y condiciones aquí establecidos.
2. Acumulación de METROS.
Los METROS comienzan a acumularse en la Cuenta a medida que el cliente va realizando compras, de acuerdo a lo que se establece a continuación:
• Sumarán METROS: las compras mediante tarjeta OCA de consumos locales e internacionales en pesos uruguayos o en moneda extranjera realizados en un pago o en cuotas y los débitos automáticos, salvo los que se excluyan explícitamente y otros que oportunamente OCA pueda determinar excluidos, y las compras mediante
tarjeta OCA VISA de consumos locales en pesos uruguayos o en moneda extranjera realizados en un pago o en cuotas salvo los que se excluyan explícitamente y otros que oportunamente OCA pueda determinar excluidos.
• Descuentan METROS: los extornos y contracargos (sea que provengan por desconocimiento de compras, reintegro de fondos, devolución o anulación de una compra), exclusivamente hasta la cantidad de METROS que se hubieran recibido por dichos extornos y contracargos.
OCA, a su sólo criterio, podrá modificar los rubros o conceptos que se consideran o no para la generación de METROS.
El valor del METRO está disponible en xxx.xxx.xxx.xx. OCA, a su sólo criterio, podrá modificar este valor.
Los METROS generados serán acreditados al titular de la Cuenta cuando se procese la compra o débito que los haya generado. El cliente podrá consultar el saldo de METROS por los medios que OCA disponga.
3. Vencimiento de los METROS.
Los METROS acumulados no tienen vencimiento, salvo que ocurra alguna de las circunstancias previstas para un vencimiento anticipado (punto 4).
Los METROS acumulados mediante el Programa no son transferibles entre clientes titulares ni a ninguna otra persona o entidad, bajo ningún título o causa. Sí son transferibles entre las distintas cuentas o tarjetas OCA y OCA VISA de un mismo titular, a solicitud del titular o del adicional de ambos productos.
4. Pérdida de los METROS
Los METROS vencerán anticipadamente, exclusivamente ante la ocurrencia de alguno de los siguientes casos:
• Que el cliente no se encuentre al día en sus productos de OCA;
• Que el cliente deje de ser titular de un servicio de OCA por fallecimiento;
• Que el cliente no mantenga su tarjeta OCA u OCA VISA activa y vigente en los últimos 24 (veinticuatro) meses;
• Que el cliente devuelva la tarjeta.
Se entenderá que el cliente no se encuentre al día en sus productos de OCA cuando se encuentre en xxxx superior a los 60 días corridos en el pago de las sumas adeudadas a la Cuenta, cualquiera sea su origen.
Se entenderá que una tarjeta OCA u OCA VISA está activa y vigente cuando se ha realizado al menos una compra de bienes o servicios o de débito, contando el plazo de 24 (veinticuatro) meses a partir de la última compra.
Independientemente de lo anterior, en caso que OCA detectara un fraude (incluyendo cualquier intento de cualquier modo de acumulación o canje de METROS contrario o no autorizado por el Programa), se le comunicará al cliente y perderá automáticamente la totalidad de los METROS acumulados así como el derecho a participar del Programa.
5. Canje de los METROS.
Todos los clientes titulares de las tarjetas OCA u OCA VISA y sus adicionales están autorizados a canjear los METROS por los productos y beneficios establecidos en el Programa. Para efectuar el canje de los METROS, los clientes deberán cumplir los siguientes requisitos:
• Haber generado METROS suficientes para participar de la opción seleccionada.
• Encontrarse al día en sus productos de OCA.
• Tener una tarjeta OCA u OCA VISA activa y vigente, y presentarla al hacer uso de la opción seleccionada.
• Presentar su documento de identidad.
El canje se podrá hacer a través de Mi Cuenta en xxx.xxx.xxx.xx, en los centros de canje establecidos por OCA o en las pantallas de Autogestión de las sucursales OCA. El cliente deberá acreditar su identidad de acuerdo con los procedimientos que OCA determine para canjear los METROS por el beneficio que solicite.
Una vez que el cliente solicite un servicio o un producto, automáticamente le serán debitados los METROS correspondientes al servicio o producto solicitado de acuerdo a lo informado en la web, en los centros de canje o en el catálogo. OCA se reserva el derecho de modificar, agregar o cancelar cualquier servicio o producto ofrecido sin previo aviso, así como también la cantidad de METROS necesarios para realizar el canje de tales servicio o productos.
Los canjes de productos (bienes muebles) a través de la web o de las pantallas de Autogestión serán enviados al domicilio particular que el cliente registró en OCA, no en el que el cliente recibe el estado de cuenta, debiendo estar presente el cliente o cualquier persona mayor de edad para recibirlo.
La distribución de los bienes muebles será efectuada por una empresa tercerizada, teniendo el envío de los bienes muebles un costo diferenciado para Montevideo e Interior, que será incluido en el estado de cuenta del cliente. Los costos de envío de los bienes muebles que intervienen en el Programa serán publicados en xxx.xxx.xxx.xx.
Todos los beneficios en bienes muebles se encuentran sujetos a disponibilidad, no asumiendo OCA ningún tipo de responsabilidad por la falta de stock, cualquiera fuera la causa de dicha indisponibilidad.
Los servicios serán canjeados en los lugares que OCA determine para cada uno. Todos los beneficios en servicios se encuentran sujetos a disponibilidad o a cupo si así se hubiera determinado, no asumiendo OCA ningún tipo de responsabilidad por la falta de disponibilidad o cupos, cualquiera fuera la causa.
Las fotos o imágenes que se publican en la web y que se incluyen en el catálogo de beneficios serán meramente ilustrativas y los productos o servicios pueden ser ligeramente distintos de los allí indicados (variando el color u otras apariencias). La única garantía de los productos y servicios canjeados será aquella que otorguen los proveedores o prestadores de los mismos, a quienes el cliente deberá realizar cualquier reclamo que pueda tener bajo los mismos, eximiéndose a OCA de cualquier reclamo en este sentido.
Sin perjuicio de lo dispuesto, la responsabilidad de OCA por los productos o servicios ofrecidos bajo el Programa se limitará: (i) al reintegro efectivo de los METROS al Cliente correspondientes al bien mueble canjeado en los casos en que así se resuelva, y (ii) en todo caso la responsabilidad no podrá exceder el valor de los productos o servicios canjeados.
Cualquier gasto en que el Cliente incurra para obtener el producto o servicio canjeado, incluyendo impuestos aplicables, será de su exclusivo cargo y cuenta, incluyéndose dicho importe en el estado de cuenta.
6. Tipos de Beneficios bajo el Programa.
El Programa permitirá realizar el canje de METROS por productos y servicios que OCA pondrá a disposición bajo el Programa, de acuerdo a las opciones que se detallan a continuación.
6.1. Beneficios solo Metros
Los METROS podrán ser canjeados como beneficios por bienes muebles o servicios en forma total, sin tener que hacer abono de dinero, para todos los casos en que OCA así lo determine y que estarán publicados en la web, en las pantallas de Autogestión y/o en el catálogo y/o comunicados en los Centros de Canje.
6.2. Beneficios Metros + Dinero
Los METROS podrán ser canjeados como beneficios por bienes muebles o servicios en forma parcial, abonándose la diferencia en dinero que será incluido en el estado de cuenta del cliente, para todos los casos en que OCA así lo determine y que estarán publicados en la web, en las pantallas de Autogestión y/o en el catálogo y/o comunicados en los Centros de Canje.
La tasa de sustitución de METROS faltantes por dinero será determinada por OCA y los productos y servicios ofrecidos en esta modalidad estarán publicados en la web, en las pantallas de Autogestión y/o en el catálogo y/o comunicados en los Centros de Canje.
6.3. Otros beneficios
OCA podrá establecer otras formas de acumular y canjear METROS, incluyendo la participación en juegos, promociones, sorteos o acuerdos con terceras empresas que OCA determine, así como otras formas que OCA defina en el futuro.
La participación y canje en cualquiera de las formas que OCA instrumente se regulará por el reglamento que OCA establezca oportunamente, todo lo cual será informado por OCA.
OCA comunicará con anticipación a la entrada en vigencia de cualquiera de las nuevas posibilidades de obtener los beneficios las normas que regulan la obtención de los mismos.
7. Atención de reclamos bajo el Programa.
OCA solo será responsable por la entrega y administración de los METROS acreditados en la Cuenta, de acuerdo a los términos y condiciones establecidos en el presente, y por tanto atenderá los reclamos que los clientes puedan formular respecto de dichas situaciones.
Los reclamos por bienes muebles canjeados dañados o errores en cuanto al bien mueble entregado, deberán efectuarse personalmente en los Centros de Canje o en los puntos que
OCA determine, en un plazo de hasta 5 (cinco) días hábiles luego de recibido el bien mueble, presentándolo en la caja original con remito de entrega, tarjeta y cédula. Vencido el plazo de los 5 (cinco) días hábiles, no se aceptarán reclamos.
Pasados los 5 días hábiles desde el retiro o la entrega de los productos o servicios, todos los reclamos deberán ser dirigidos a los fabricantes, proveedores y/o prestadores de los mismos.
8. Plazo del Programa, modificaciones y otras consideraciones.
El Programa rige desde el 1 xx xxxxx de 2019 por tiempo indefinido, por lo cual OCA podrá en cualquier momento y sin expresión de causa modificar los términos y condiciones aquí establecidos, comunicando a los clientes dicha modificación a través del sitio web xxx.xxx.xxx.xx con una anticipación de al menos 30 (treinta) días corridos.