Common Contracts

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Mediador: MARSH, S.A. MEDIADORES DE SEGUROS. Pº de la
May 5th, 2020
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    May 5th, 2020

El presente contrato se rige por lo dispuesto en la Ley 50/1980, de 8 de octubre, del Contrato de Seguro, así como por lo establecido en el Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, y por su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, y por las demás normas reguladoras de los seguros privados que resulten de aplicación. Asimismo, se rige por lo convenido en las condiciones generales, particulares, y, en su caso, certificados individuales de seguro de este mismo contrato y por los suplementos o anexos a éstos, y siempre que se realice por parte del tomador el pago efectivo de las primas pactadas.

Mediador: MARSH, S.A. MEDIADORES DE SEGUROS. Pº de la
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El presente contrato se rige por lo dispuesto en la Ley 50/1980, de 8 de octubre, del Contrato de Seguro, así como por lo establecido en el Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, y por su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, y por las demás normas reguladoras de los seguros privados que resulten de aplicación. Asimismo, se rige por lo convenido en las condiciones generales, particulares, y, en su caso, certificados individuales de seguro de este mismo contrato y por los suplementos o anexos a éstos, y siempre que se realice por parte del tomador el pago efectivo de las primas pactadas.

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El presente contrato se rige por lo dispuesto en la Ley 50/1980, de 8 de octubre, del Contrato de Seguro, así como por lo establecido en el Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, y por su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, y por las demás normas reguladoras de los seguros privados que resulten de aplicación. Asimismo, se rige por lo convenido en las condiciones generales, particulares, y, en su caso, certificados individuales de seguro de este mismo contrato y por los suplementos o anexos a éstos, y siempre que se realice por parte del tomador el pago efectivo de las primas pactadas.

Tomador: FEDERACIÓ D’ENTITATS EXCURSIONISTES DE CATALUNYA. Rambla, 41 – Principal - 08002 – BARCELONA – NIF: G- 58134081
May 5th, 2020
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    May 5th, 2020

El presente contrato se rige por lo dispuesto en la Ley 50/1980, de 8 de octubre, del Contrato de Seguro, así como por lo establecido en el Real Decreto Legislativo, 6/2004, de 29 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados y por su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, y por las demás normas reguladoras de los seguros privados que resulten de aplicación. Asimismo, se rige por lo convenido en las condiciones generales, particulares, y, en su caso, certificados individuales de seguro de este mismo contrato y los suplementos o anexos a éstos, y siempre que se realice por parte del tomador el pago efectivo de las primas pactadas.