Contract
I. TITULAR Y PARTICIPANTES
1. La publicidad y los derechos de autor de la Campaña PAGAR OPORTUNAMENTE TIENE SU RECOMPENSA son propiedad exclusiva de ENERTOTAL S.A. E.S.P.
2. Participan aquellos usuarios del servicio de energía eléctrica, sea persona natural mayor de edad o jurídica, cliente de ENERTOTAL S.A. E.S.P., que se encuentre al día en el pago y dentro de las fechas límites de pago de los meses de noviembre y diciembre de 2018, de las facturas de venta por concepto del servicio de energía o cualquier otra obligación con ENERTOTAL S.A. E.S.P, incluyendo aquellos clientes que cumplan con los acuerdos de pago vigentes al momento de la campaña.
3. En adelante se entenderá por:
• Campaña: la actividad promocional que se regula en el presente reglamento.
• Cliente (cliente/empresa participante): toda persona natural, hombre o mujer, mayor de edad, o persona jurídica, que ostente el derecho de cliente de ENERTOTAL S.A. E.S.P. según indica el punto 2.
• Fecha xx xxxxx: Datos registrados por los sistemas de facturación y cartera al último día de cada mes que dure la campaña. (Primero (01) de noviembre de 2018 hasta el día diez (10) de diciembre de 2018
• Ganador: la persona natural o jurídica que resulte seleccionada como tal el día del sorteo y que para ser declarada como ganador, deberá cumplir con el presente reglamento y aceptar el premio por medio de la firma de los documentos elaborados para tal efecto.
• Base de Datos: Es el almacenamiento electrónico en donde constan todos los datos del “cliente”, que cumpla las condiciones del punto 2. Esta Base de datos será la que se utilizará para seleccionar al azar, a los favorecidos por medio de un sorteo.
4. La presente campaña tiene como objetivo estimular la mejora y mantenimiento de la calidad de la cartera de ENERTOTAL S.A. E.S.P., el aprovechamiento indebido de la campaña hará que la participación no sea tomada en cuenta, todo de conformidad con lo que se establece en el reglamento.
5. La campaña está dirigida exclusivamente a clientes activos de ENERTOTAL S.A E.S.P., personas naturales mayores de 18 años o personas jurídicas, debidamente identificadas, y con la debida presentación de la última factura cancelada correspondiente al código de cliente que haya sido favorecido en el sorteo. La participación de los menores de edad no está autorizada en la presente Campaña.
6. La campaña premiará a un (01) usuario que durante la vigencia de la campaña haya realizado el pago oportuno de su factura de energía, dentro de la fecha establecida para ello en su factura.
II. VIGENCIA DE LA CAMPAÑA.
7. La presente campaña es por tiempo limitado y solo se realizará entre el primero
(01) noviembre de 2018 hasta el diez (10) de diciembre de 2018.
III. CONDICIONES Y FORMA DE PARTICIPAR.
8. Toda persona que participe en la presente campaña, se presume que conoce este reglamento y que acepta sus condiciones y restricciones para el eventual recibo del premio. ENERTOTAL S.A. E.S.P. entenderá que el reclamo del respectivo premio, es una manifestación incontrovertible de que conoce y acepta este reglamento y sus alcances, por lo que ENERTOTAL S.A. E.S.P. podrá exigir al interesado, que mediante documento escrito declare dicha manifestación y a su vez se adhiera por completo a todas y cada una de las cláusulas del presente reglamento. Si una persona no se adhiere o no muestra su voluntad de aceptar estas condiciones, ENERTOTAL S.A. E.S.P. no asumirá ningún tipo de responsabilidad, exonerándose de la obligación de entregar el premio.
9. Durante el período en que la campaña se encuentre vigente, la mecánica de participación será la siguiente:
a. Participan todos los usuarios del servicio de energía eléctrica, sean personas naturales o jurídicas clientes de ENERTOTAL S.A. E.S.P., que a la fecha xx xxxxx del mes respectivo de noviembre y diciembre de 2018, se encuentren al día en el pago de sus facturas y tenga todos los datos actualizados en su factura (nombre, cédula/nit, dirección) a la fecha xx xxxxx, pasarán automáticamente a formar parte de la Base de datos del sorteo de la campaña PAGAR OPORTUNAMENTE TIENE SU RECOMPENSA.
b. Una persona podrá ganar una única vez en la vigencia y sorteo de la presente campaña.
c. La cancelación total de la factura después de la fecha límite de pago de cada mes hará que el cliente pierda el registro y por ende no forme parte de la base de datos de la campaña. También quedara fuera de la campaña clientes inactivos o suspendidos por falta de pago o contra quienes curse procesos administrativos o quienes no estén al día por otros conceptos.
d. En el caso de resultar favorecida una persona jurídica, el premio solo lo puede hacer efectivo el representante legal de la empresa, quien debe presentar el certificado de existencia y representación con una expedición no mayor a 30 días de expedición que lo acredite como tal y original de la cédula de ciudadanía o presentar poder con presentación personal en notaria.
e. Para participar y/o reclamar el premio, es necesario que el cliente se encuentren al día en el pago de cualquier obligación con ENERTOTAL
S.A. E.S.P. y cumpla con los demás requisitos indicados en el presente reglamento, en el momento de la premiación.
IV. PREMIO.
10. La presente campaña obsequiará un premio para un sólo ganador.
El premio consistirá en la entrega de un bono por DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000) el cual podrá ser redimible a escogencia del ganador, en servicios ofrecidos por ENERTOTAL S.A E.S.P o en cualquiera de los almacenes de cadena del país relacionados a continuación: ALKOSTO, ÉXITO, Almacenes LA 14.
Este premio cuenta con las condiciones y limitaciones indicadas en este reglamento, a las cuales deberán adherirse los favorecidos para poder ser declarados como ganadores.
11. El premio al ganador se entregará personalmente por nuestros representantes, en la oficina de ENERTOTAL de la ciudad donde se encuentre domiciliado el ganador (Cali, Medellín, Bogotá, Pasto, Montería, Jamundí o Palmira).
El premio se entregará físicamente al ganador y en ningún caso será cambiado por un pago en efectivo.
V. SORTEO, CONFIRMACIÓN, COMUNICACIÓN Y DIVULGACIÓN.
12. El premio se sorteará el día 17 de diciembre de 2018 a las 11:00 am.
13. El sorteo se llevará a cabo en presencia de al menos un representante de ENERTOTAL S.A. E.S.P. y un Notario Público, quién levantará el acta respectiva y será realizado en las oficinas de ENERTOTAL S.A. E.S.P., en la calle 22 N #6AN-24 Edificio Santa Xxxxxx Central, piso 8, de la ciudad de Cali.
14. El sorteo se efectuará entre todos los clientes que estén al día al diez (10) de diciembre de 2018 y sus datos debidamente actualizados en nuestro sistema. Esta información formará parte de una base de datos para el sorteo. Entre el total de los participantes se procederá a escoger al azar al favorecido de la campaña.
15. La persona favorecida en el sorteo, será contactada por ENERTOTAL S.A. E.S.P. mediante la vía telefónica o personalmente en la dirección que aparezca registarda en la base de datos, para constatar la identidad de sus datos y para determinar si cumple con los requisitos para ser declarada como ganadora. Si una persona favorecida no fuese localizada en el transcurso de treinta (30) días calendarios posteriores al sorteo o no cumple con los requisitos reglamentarios para recibir el premio, o de no ser reclamado el premio en dicho periodo de tiempo, el premio será nuevamente sorteado en el siguiente mes entre los participantes que hicieron parte de la presente campaña PAGAR OPORTUNAMENTE TIENE SU RECOMPENSA. Enertotal S.A.E.S.P. no puede quedar bajo la custodia de ningún artículo por más de 30 días de dicha circunstancia se dejará constancia en el acta notarial que se levante para el efecto.
16. La entrega del premio estará condicionada a la verificación de que el ganador esté al día en el pago factura, y siempre y cuando éste acepte el respectivo premio con todas sus condiciones y limitaciones, sean las indicadas en este reglamento. Necesariamente deberán firmar el documento de aceptación del premio y de exoneración de responsabilidad a favor de ENERTOTAL S.A. E.S.P., para poder ser declarado como ganador.
17. El resultado del sorteo, así como las condiciones, se dará a conocer en el sitio Web ENERTOTAL cuya dirección electrónica es xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx, y en el periódico ENERNOTICIAS y nuestra red social y lugar que así estime conveniente ENERTOTAL S.A. E.S.P. sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier tipo de declaración y medio de comunicación adicional.
18. El reglamento vigente de la promoción estará expuesto y podrá ser consultado libremente, mientras la promoción esté vigente, en la página Web, en la dirección: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx
19. La publicación de los ganadores con registro gráfico se hará en la publicación del periódico de ENERTOTAL, Enernoticias y en la página Web.
VI. ENTREGA DE PREMIO.
20. Se hará de la siguiente forma:
a. El premio se entregará a quien realice el pago de la factura de energía. Esto es que cuando el ganador es el arrendatario, el premio será entregado a esté porque es la persona que efectúa el pago del servicio, no podrá el dueño del inmueble entrar a discutir o reclamar el premio.
b. El premio se entrega físicamente y en ningún caso será cambiado por un pago en efectivo.
c. Para reclamar el premio, el ganador se debe presentar en las instalaciones de ENERTOTAL S.A. E.S.P., antes de los treinta (30) días, presentar las facturas de los meses de noviembre y diciembre de 2018, debidamente canceladas en la fecha de pago oportuno y su cédula de ciudadanía. La entrega de premio será personal, no se aceptará representantes. En caso de persona jurídica se debe presentar el representante legal, con su cédula de ciudadanía y certificado de existencia y representación con una vigencia inferior a treinta (30) días o por poder debidamente conferido al cual se le hará presentación personal.
d. El premio será entregado al ganador luego de verificarse que cumpla con todas las condiciones.
Se publica a los 01 días de noviembre de 2018.
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX, Gerente Comercial, Enertotal S.A. E.S.P. Nombre del responsable