INFORMACIÓN DE TASAS DE INTERES, COMISIONES, GASTOS Y CONDICIONES DE OPERACIONES ACTIVAS
INFORMACIÓN DE TASAS DE INTERES, COMISIONES, GASTOS Y CONDICIONES DE OPERACIONES ACTIVAS
HOJA RESUMEN
El presente documento es un anexo del contrato de crédito suscrito entre las partes y tiene por finalidad establecer la tasa de interés compensatoria y moratoria, comisiones y gastos que LA CAJA aplicará a LOS CLIENTES por el crédito otorgado. También contiene un resumen de las obligaciones o facultades contractuales relevantes para las partes de acuerdo al crédito contratado, conforme al siguiente detalle:
CHIMBOTE, de de 201_
I. Descripción de la Operación: | ||
1. Número de Crédito: | ||
2. Moneda y Monto del Crédito Aprobado: ( S/ ó US $) | ||
3. Tasa de Interés Compensatoria Efectiva Anual (TCEA fija 360 días) | ||
4. Monto Total de Intereses Compensatorios (en la moneda del crédito) (1) | ||
5. Plazo del crédito: | ||
6. Fecha Fija de Pago Mensual o Fecha de Vencimiento | ||
7. Tasa de Interés Moratorio Efectiva Diaria | ||
8. Tasa de Interés Moratorio Efectiva Anual (TEA igual a 360 días) | ||
9. Tasa de costo efectivo anual TCEA (2) | ||
II. Comisiones | ||
Duplicado de Contrato u Otro documentos | ||
Duplicado de calendario de pagos o estado de créditos | S/ 10.00 | |
Duplicado de Boleta del año en curso. | S/ 10.00 | |
Duplicado de Boleta de años anteriores. | S/ 20.00 | |
Envío físico de Estado de Cuenta | ||
Envío a domicilio movimiento de crédito (pagos efectuados – pendiente) a solicitud del cliente(3) | Por envió S/ 10.00 | |
Constancias | ||
Emisión de constancia de pagos o Constancia de no adeudo (4) | S/ 20.00 | |
Transacciones a través de otras Instituciones | ||
Depósitos para amortización y/o cancelación de créditos efectuadas a través de Entidades Financieras fuera de la plaza local, por el 0.50% del importe depositado. | 0.50 % | |
Emisión de Cheques/Ordenes de pago | ||
Emisión de Cheques de Gerencia en el desembolso de créditos. | S/ 15.00 | |
Transferencias a otras Empresas | ||
Transferencia del desembolso en Banco que no tenga plaza en la Ciudad. | S/ 14.00 | |
Extorno a solicitud del Cliente. | S/ 5.00 | |
III. Gastos | ||
Seguro de desgravamen (5) | 0.08556 % | |
Cía. Seguros | Póliza | |
MAPFRE PERÚ | 61100062 | |
Proceso de Planilla - Sector educación | 1.50 % del valor de la cuota | |
Actualización de la Garantía Mobiliaria o Inmobiliaria (6) | S/ 150.00 |
RESUMEN CONDICIONES GENERALES CONTRATACIÓN – Resolución SBS Nº 3274-2017
(1) El Monto total del interés compensatorio equivalente en moneda nacional, ha sido calculado en base al tipo de cambio venta vigente para las operaciones de la Caja al momento de emisión del presente documento.
(2) TCEA es aquella que permite igualar el valor actual de todas las cuotas con el monto que efectivamente haya sido recibido en préstamo. Para este cálculo se incluirán las cuotas que involucran el principal, intereses, comisiones y gastos, que de acuerdo a lo pactado serán trasladados al cliente, incluidos los seguros en los casos que se trate de créditos de consumo y/o hipotecarios para vivienda. No se incluirán en este cálculo aquellos pagos por servicios provistos por terceros que directamente sean pagados por el cliente, ni los tributos que resulten aplicables.
(3) Aplica solo en caso que el cliente haya solicitado que el estado de cuenta se le remita a su domicilio
(4) No se cobrará por la emisión de la primera constancia de no adeudo.
(5) El cobro del seguro de desgravamen se realiza en forma mensual sobre el saldo capital y EL CLIENTE lo paga conforme cancela sus cuotas. A excepto, de los que tengan periodicidad de pago diferente a la mensual, se realizará el pago al desembolso.
(6) Sólo se transfiere lo efectivamente cobrado por el tasador, siendo el tope máximo de S/ 150.00 incluye tasaciones realizadas dentro del radio urbano y fuera de él (zonas periféricas y rurales de la ciudad.)
Conceptos aplicables en caso de incumplimiento:
* Ante el incumplimiento en el pago de la cuota en la fecha pactada, EL CLIENTE será reportado ante la Central de Riesgo de la SBS u otras constituidas de acuerdo x xxx, con las que CAJA SANTA tenga suscrito un convenio o contrato con dicho objeto.
* Los alcances y obligaciones de las garantías personales y reales, se sujetarán a la legislación de la materia correspondiente.
Otros:
* EL CLIENTE cuando lo estime oportuno, podrá efectuar pagos anticipados (total o parcial) o adelanto de cuotas; estos pagos no están sujetos a condiciones, limitaciones o al cobro de comisiones, gastos o penalidad alguna. Los pagos efectuados por encima de la cuota exigible en el período, en caso de créditos bajo el sistema de cuotas, pueden catalogarse como:
a) Pago Anticipado.- Pago que trae como consecuencia la aplicación del monto capital del crédito, con la consiguiente reducción de los intereses, comisiones y gastos derivados de las cláusulas generales al día del pago.
b) Adelanto de Cuota.- Pago que trae como consecuencia la aplicación del monto pagado a la cuotas inmediatamente posteriores a la exigible en el período, sin que se produzca una reducción de los intereses, las comisiones y los gastos derivados de las cláusulas contractuales
* Si por algún motivo se produjese algún acto o hecho producto de dolo o culpa debidamente acreditado, que induzca error al usuario y como consecuencia de ello éste realiza un pago en exceso, dicho monto es recuperable y devengará hasta su devolución el máximo de la suma por concepto de interés compensatorio y moratorio que se hayan pactado para la operación crediticia o en su defecto, el interés legal.
* Las condiciones especiales del crédito se detallan en el cronograma de pagos.
* Las tasas de interés, comisiones y gastos que se indican son las vigentes a la fecha y están sujetas a variación por parte de LA CAJA. Las variaciones a estos conceptos que representan un incremento respecto a las tasas, montos y/o porcentajes vigentes serán puestas en conocimiento a EL CLIENTE mediante medios de comunicación directos, o masivos como la página Web de la entidad.
* Tratándose de operaciones de crédito en las que se otorga un bien en garantía a favor de LA CAJA, ésta respaldará todas las deudas y/o obligaciones directas e indirectas existentes o futuras asumidas por EL CLIENTE.
* EL CLIENTE tiene derecho a solicitar a LA CAJA una copia de la tasación del bien otorgado en garantía.
* EL CLIENTE o FIADOR SOLIDARIO, que constituyeron garantía real en respaldo del crédito, una vez cancelada las deudas podrán solicitar a LA CAJA, entrega de Minuta de Levantamiento de garantía real. No aplica costo alguno.
* EL CLIENTE y FIADOR SOLIDARIO declaran expresamente que LA CAJA ha hecho de su conocimiento los mecanismos de protección que la ley permite para la emisión o aceptación de títulos valores incompletos, habiendo sido plenamente informados de los alcances del Art. 10 de la ley Nº 27287, del Art. 13.c) de la ley Nº 27311 y del contenido de la circular SBS Nº G-090-2001, cuyos textos declaran haber leído y conocer.
* EL CLIENTE y/o FIADOR SOLIDARIO renuncia al fuero de sus domicilios y se someten a los jueces y tribunales de esta ciudad, para los efectos legales que deriven del presente contrato, su ejecución y cumplimiento de las obligaciones contraídas con LA CAJA.
* Todo crédito contratado, debe contar con un seguro de desgravamen de manera obligatoria y por un período de duración al igual al plazo del crédito; EL CLIENTE queda obligado bajo su responsabilidad, contratar y mantener vigente un seguro de desgravamen según los lineamientos establecidos por LA CAJA, para que en caso de siniestros por muerte natural o muerte accidental, invalidez total permanente y definitiva por enfermedad o por accidente, la indemnización garantice la integridad del crédito o hasta el monto del saldo del crédito.
* EL código de conducta de LA CAJA, puede encontrarlo en el siguiente link: xxx.xxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxxxx_xxxxxxxxxxx.xxxx
EL CLIENTE declara haber leído previamente el contrato de crédito y la presente Xxxx Xxxxxxx, y que ha sido instruido acerca de los alcances y significado de los términos y condiciones en dichos documentos, habiendo sido absueltas y aclaradas a vuestra satisfacción todas las consultas efectuadas y/o dudas, por lo que suscribe el presente documento en duplicado, con pleno conocimiento de las condiciones establecidas en dichos documentos.
Firma del Cliente Firma por la Caja
Nombre: Nombre:
DNI: DNI:
Nota: El resumen de las condiciones generales detalladas en el presente Anexo, tiene únicamente una finalidad didáctica por lo que no sustituyen a las condiciones establecidas en el contrato.