CP/ca - Exped. nº 2017/916
CP/ca - Exped. nº 2017/916
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS, DEL SERVICIO DE “AGENCIA DE VOLUNTARIADO” DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXX.
Cláusula 1ª.- OBJETO DEL CONTRATO.- La prestación del servicio Agencia de Voluntariado tiene por objeto poner a disposición de las asociaciones y de las personas recursos y servicios que les permitan mejorar la calidad y eficacia de su trabajo en materia de voluntariado y para promocionar el voluntariado en la ciudad.
Los objetivos de esta Agencia, son:
- Desarrollo y optimización de un esquema de organización y funcionamiento de la Agencia de Voluntariado.
- Promoción del Voluntariado en la ciudad xx Xxxxxxxxx.
- Preparación de las campañas de actuación del voluntariado.
- Formación del voluntariado de cara al desarrollo de las campañas a realizar durante el período de duración del contrato y tutela de la ejecución del mismo durante dicho período.
- El desarrollo de Proyectos sobre Voluntariado en colaboración tanto con entidades públicas, colectivos ciudadanos como con los diferentes Servicios Municipales.
- Prestar asistencia técnica a la Concejalía de Participación Social y Voluntariado, cuando así se requiera, en cuantas actuaciones se lleven a cabo en materia de Voluntariado.
La codificación del presente contrato, conforme al Reglamento (CE) Nº 213/2008 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2007, que modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocablo Común de Contratos Públicos (CPV), y las Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo
sobre los procedimientos de los contratos públicos, es la siguiente: 85312320-8 Servicios de asesoramiento
Tienen carácter contractual además del presente Xxxxxx, el Pliego de Condiciones Técnicas y los documentos que integran la proposición de los adjudicatarios, en cuanto no se opongan a los Pliegos de Condiciones Administrativas y Técnicas.
Cláusula 2ª.- PRESUPUESTO DEL CONTRATO.- El presupuesto anual destinado a financiar este contrato a 59.505,40 €, IVA incluido, desglosado de la siguiente forma:
Valor estimado contrato y tipo licitación. | 49.178,02 € |
IVA (21%)................................. | 10.372,38 € |
Total.................................... | 59.505,40 € |
La oferta deberá incluir directamente en el presupuesto del contrato el Importe del Valor Añadido (I.V.A.), si bien deberá detallarse expresamente, en la forma establecida por la Ley 37/1.992, de 28 de diciembre y Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre.
De acuerdo con lo anterior y conforme a lo dispuesto en el artículo 88.1) del TRLCSP, el valor estimado del contrato (IVA excluido), incluyendo los dos años, asciende a 98.356,04 €.
Cláusula 3ª.- EXISTENCIA DE CRÉDITO.- Las obligaciones económicas que se derivan del presente contrato para el año 2017, se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 92410-22614, RC nº 3064, de fecha 18/08/2017.
Al tratarse de un gasto de carácter plurianual, la adjudicación de este contrato estará sometida a la condición suspensiva de crédito adecuado y suficiente en los correspondientes ejercicios presupuestarios, conforme a lo dispuesto en el artículo 174 b) del TRLRHL, no sobrepasando los límites previstos en el citado artículo.
Cláusula 4º.- DURACIÓN DEL CONTRATO.- El contrato tendrá una duración de DOS AÑOS desde su formalización.
La ejecución del presente contrato se determinará conforme a lo dispuesto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el de Prescripciones Técnicas.
Cláusula 5ª.- PROCEDIMIENTO Y TRAMITACIÓN.- El procedimiento de adjudicación será por tramitación ordinaria sin reducción de plazos, por el procedimiento abierto, según lo señalado en el artículo 157 del TRLCSP y tomando como base los criterios de adjudicación que se detallan en la cláusula 11ª del presente pliego, de conformidad con el artículo 150.3 g) del mismo texto legal.
Cláusula 6ª.- APTITUD PARA CONTRATAR.- Podrán concurrir a esta licitación las personas naturales o jurídicas, españolas ó extranjeras que tengan plena capacidad de obrar y acrediten la correspondiente solvencia económica, financiera y técnica o profesional, y no estén afectos por ninguna de las circunstancias que enumera el artículo 60 del TRLCSP como prohibitivas para contratar.
Referidas empresas deberán tener como finalidad a realizar actividades que tengan relación directa con el objeto del contrato y dispongan de una organización dotada de elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del mismo.
La Administración podrá contratar con uniones de empresas, conforme a lo dispuesto en el artículo 59 del TRLCSP.
Cláusula 7ª.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS.- Las ofertas se presentarán en el Servicio de Bienes y Contratación del Excmo. Ayuntamiento, hasta las trece horas del decimoquinto día natural siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con el artículo 159.2 del TRLCSP, publicándose, asimismo, en el Perfil de Contratante xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx/xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx de conformidad con el artículo 142.4 del TRLCSP.
Dentro del mismo plazo, también podrán presentarse por correo, conforme a lo establecido en el artículo 80.4 del RDL 1098/2001, finalizando el plazo de presentación de proposiciones a las trece horas. En este caso, el licitador deberá justificar la fecha y hora de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax, telegrama ó correo a xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xx el mismo día. Si de los datos que han de facilitarse se deduce el incumplimiento del plazo para presentar ofertas o en caso de que no se cumpla la obligación de justificar la fecha de imposición del envío, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos diez días desde la finalización del plazo de presentación de ofertas, sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
Cláusula 8ª.- CONTENIDO DE LAS OFERTAS.- La presentación de ofertas presume la aceptación incondicional de las cláusulas de los Pliegos y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con el Ayuntamiento.
Los licitadores presentarán la documentación y ofertas en tres sobres cerrados y que pueden estar lacrados y precintados, en cada uno de los cuales se hará constar su respectivo contenido y nombre del licitador.
* Sobre nº 1 (cerrado)
Título: Documentación general y denominación del contrato
Contenido:
a) Se presentará una declaración responsable conforme al modelo adjunto en el Anexo I indicando que se cumplen las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración al tiempo de finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
Cuando dos o más empresas presenten proposición conjunta como Unión Temporal de Empresas (U.T.E.) deberán aportar un compromiso de constitución con indicación de los nombres y circunstancias de las personas físicas o jurídicas que la suscriban, la participación de cada una de ellas y la
designación de un representante o apoderado único que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación de la UTE frente al Ayuntamiento.
El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación estará obligado a acreditar, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos, mediante originales o fotocopias autenticadas, señalados en la cláusula 12 de este pliego.
No obstante lo anterior, conforme al art. 146.4, segundo párrafo, del TRLCSP, el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
b) Dirección de correo electrónico en el que efectuar las notificaciones y, en su caso, consentimiento para la utilización de este medio como preferente a efectos de notificación según el art. 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx Xxxxx, y art. 14 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
* Sobre nº 2 (cerrado)
Título: Criterios que dependen de un juicio de valor Denominación del contrato
Contenido: Los licitadores incluirán en este sobre la documentación correspondiente al criterio de adjudicación de la cláusula 11 del presente Pliego: Proyecto de Desarrollo del Servicio, detallándose la fundamentación, la planificación con sus aspectos relevantes, y el sistema de evaluación del servicio a prestar.
La inclusión de cualquier dato o documentación en este sobre que deba constar en el Sobre nº 3 será causa de exclusión de la licitación.
* Sobre nº 3 (cerrado)
Título: Proposición económica y criterios objetivos evaluables mediante fórmula matemática Denominación del contrato
Contenido: Proposición económica conforme al modelo que se adjunta al presente Xxxxxx como anexo II. En la proposición económica deberá indicarse como partida independiente, el importe del Impuesto sobre Valor Añadido que debe ser repercutido.
Las proposiciones que excedan del precio de licitación formulado por la Administración, serán rechazadas.
No se podrá suscribir propuesta alguna en unión con otra empresa, si lo hubiese hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. El incumplimiento de lo establecido en este párrafo dará lugar a la desestimación de todas las ofertas por él presentadas.
La proposición se presentará escrita a máquina o en letra clara y no se aceptarán aquellas que contengan omisiones, errores o enmiendas que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta.
Cláusula 9ª.- APERTURA DE PROPOSICIONES.- Finalizado el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de contratación constituida permanentemente calificará previamente los documentos presentados en el sobre nº 1 y, si observare defectos formales, podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el error.
Si la documentación contuviese defectos substanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición.
El acto de apertura del sobre nº 2 se celebrará por la Mesa de Contratación, en acto público, el día y hora que previamente se haya anunciado en el Perfil del Contratante xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx/xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx, y se remitirá al Área de Bienestar Social para su valoración.
Una vez realizadas las actuaciones anteriores, se procederá al acto de apertura del sobre nº 3 que será público, y se celebrará por la Mesa de Contratación en el lugar, día y hora que previamente se haya anunciado en el Perfil del Contratante xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx/xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx, dándose a conocer el resultado de la valoración del sobre nº 2.
Cláusula 10ª.- CLASIFICACIÓN DE PROPOSICIONES.-
1. Vistas las proposiciones admitidas, la Mesa de Contratación procederá a su valoración en el aspecto técnico y económico, con arreglo a los criterios señalados en la cláusula 11 de este Pliego.
Cuando considere que alguna de las proposiciones podría ser calificada como anormal o desproporcionada apreciada en el límite por debajo del 8% de baja sobre el tipo de licitación (sin IVA), tramitará el procedimiento previsto al efecto en el artículo 152.3 y 4 del TRLCSP, no pudiendo afectar en ningún caso a los costes salariales.
La Mesa podrá solicitar los informes que considere precisos, antes de formular la propuesta de adjudicación al órgano de contratación. La propuesta de adjudicación será a favor del licitador que hubiese presentado la proposición que contuviese la oferta económica más ventajosa, en su defecto podrá proponer que se declare desierta la licitación, o el desistimiento del contrato.
2. El órgano de contratación, vista la propuesta de la Mesa, clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en este Pliego.
3. La adjudicación deberá efectuarse en todo caso, siempre que alguna de las ofertas presentadas reúna los requisitos exigidos en este pliego, no pudiendo en tal caso declararse desierta.
Cláusula 11ª.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. El contrato se adjudicará a propuesta de la Mesa de Contratación, teniendo en cuenta los siguientes criterios:
1.- Criterios objetivos evaluables mediante fórmula matemática: Hasta un máximo de 51 puntos.
1. Precio: La oferta más económica se puntuará con un máximo de 26 puntos. Las demás ofertas se puntuarán mediante la aplicación de la siguiente fórmula:
BPLZ ═
TP-TOZ
TP- XXX
X 26
Siendo:
BPLZ: Puntos de baja en el precio de licitación de la oferta z TP: Tipo de licitación previsto en el pliego de condiciones TOZ: Oferta económica del licitador de la oferta z
XXX: Oferta económica más baja.
Se estará a lo dispuesto en el art. 152 TRLCSP en cuanto a las ofertas con valores anormales o desproporcionados.
2. Mejoras al programa que se puntuarán con un máximo de 25 puntos, relacionadas con el número de HORAS de servicios profesionales que la entidad aporte (además del técnico responsable) para apoyar aquellas actividades que se enmarcan dentro de los objetivos de intervención de la Agencia.
Los licitadores deberán indicar el número de horas que se aplicarán especificando a qué acciones concretas, eventos y periodos de ejecución de las mismas. La mejor oferta obtendrá el máximo de 25 puntos, para la obtención de la puntuación del resto de las ofertas se aplicará la siguiente fórmula:
P ═
HOV
MOH
X 25
Siendo:
P: Puntuación obtenida
HOV: nº de horas de la oferta valorada
MOV: nº de horas de la mejor oferta valorada
2.- Criterios que dependen de un juicio de valor (subjetivos): Hasta un máximo de 49 puntos.
1.- Proyecto de Desarrollo del Servicio: Hasta un máximo de 49 puntos, en el que se valorará la adecuación del proyecto al Pliego
técnico y a la realidad de la ciudad xx Xxxxxxxxx en base a tres pilares fundamentales: la fundamentación del proyecto, la planificación y sistema de evaluación del servicio prestado. Cada uno de estos apartados podrá obtener la siguiente puntuación:
1.1). FUNDAMENTACIÓN: Máximo 4 puntos. En este apartado de valorarán los siguientes aspectos:
Fundamentación de la propuesta y contextualización en
Salamanca…………………………………………………………………….…….. 2 puntos
Análisis sobre la situación del movimiento asociativo y del voluntariado en Salamanca e identificación de necesidades……………….….…2 puntos
1.2). PLANIFICACIÓN: Máximo 40 puntos. En este se valorará la coherencia de la propuesta general y la viabilidad de la misma. Cobrarán especial relevancia los siguientes aspectos:
1.2.1. Objetivos y Servicios: Máx. 20 puntos
Descripción pormenorizada de cada uno de los objetivos y servicios planteados y su adecuación a los establecidos en el pliego de prescripciones técnicas, en base a los siguientes aspectos valorables:
Objetivos estratégicos y prioritarios de la Agencia para el periodo contratado 5
puntos
Objetivos específicos, procesos, metodología de trabajo y estrategias de intervención y dinamización para cada uno de los servicios y áreas de trabajo………………………………………………………………………………………5 puntos
Propuesta de las líneas generales del plan de formación y del servicio de diagnóstico……………………………………………………………………………….5 puntos
Estrategias de acercamiento, dinamización y coordinación de la Agencia al movimiento asociativo.
………………………………………………………..5 puntos
1.2.2. Contenido de las Actividades: Máx. 10 puntos
Que el contenido de las actividades y acciones específicas que se lleven a cabo tenga un carácter diverso, creativo, adecuado e integrado en los objetivos y servicios planteados. En este sentido se valorará los siguientes aspectos:
Planificación de eventos y actividades temáticas que estén dirigidas a la promoción de programas de voluntariado en otros campos de acción contenidos en la Ley de Voluntariado de Castilla y León y con menos incidencia hasta ahora en la ciudad, como sí la tiene el voluntariado social……….……………………………………………….………….……………………..4 puntos
Diseño de de actividades y eventos que fortalezcan la colaboración y entre la administración local y las
entidades ciudadanas así como la cogestión de las mismas……………………..…………………………………….. 3 puntos
Diseño de actividades o acciones dirigidas al conocimiento y la implantación del voluntariado como un contenido transversal en la organización municipal……………………………………………………….………3 puntos
1.2.3. Metodología: Máx. 10 puntos
Que la metodología aplicable sea coherente con los objetivos planteados, incluyendo los cronogramas de actuación. Se valorarán los siguientes aspectos:
Planificación y cronogramas con máximo nivel descriptivo posible con propuesta de calendario y horarios de los recursos asignados a cada servicio y su organización y distribución de tareas
…………………………………………………………………………………..……….4 puntos
Sistema de Coordinación, se valorarán los instrumentos de coordinación planteados por las entidades licitadoras en el propio ámbito de la entidad, así como con el personal técnico municipal…………………………………………………………………….……...3 puntos
Las innovaciones metodológicas propuestas en materia de aplicación y coordinación de los servicios y sobre todo, de la comunicación con el movimiento asociativo y la ciudadanía….…………………..……3 puntos
1.3) EVALUACIÓN: Máximo 5 puntos. Se valorará el sistema de evaluación de procesos, resultados y satisfacción de destinatarios y empleados que deberá concluirse en la memoria final de desarrollo del programa. Se tendrán en cuenta para valorar este apartado:
Definición de Indicadores, instrumentos y sistemas de evaluación de cada uno de los servicios y de la gestión contratada en general, tanto en lo que se refiere al nivel de satisfacción de los usuarios y usuarias como al grado de cumplimiento de los objetivos…………………………………………………………………………………5 puntos
Cláusula 12ª.- DOCUMENTACIÓN PREVIA A LA ADJUDICACIÓN.-
1. El órgano de contratación requerirá al licitador o licitadores que hayan presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación justificativa:
a) El documento que acredite la capacidad de obrar de los licitadores conforme a lo señalado en el artículo 72 del TRLCSP. La capacidad de obrar de los empresarios que fueran personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos en el Registro Público que corresponda.
Si el licitador actuase a través de representante, acreditará su representación mediante escritura pública de la que resulte poder suficiente, debidamente inscrito en el Registro Público que corresponda y que deberá estar bastanteado por el Oficial Mayor del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, previo pago de la tasa correspondiente prevista en el art. 4.11 de la Ordenanza Fiscal nº 24 (tasa por expedición de documentos administrativos).
b) Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar, conforme a lo dispuesto en el art. 60 del TRLCSP.
c) Solvencia económica y financiera: Declaración relativa al volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato por servicios realizados por el licitador en el curso de los últimos tres últimos años, por un importe mínimo xxx xxxxx del precio del presente contrato. Este aspecto se acreditará por alguno de los siguientes medios:
1. Declaración jurada firmada por el representante legal de la empresa en la que se especifique la cifra de negocios de los últimos tres años en los términos señalados
2. Modelo normalizado del Ministerio de Hacienda “Declaración anual de operaciones con terceras personas” referidos a los tres últimos ejercicios.
d) Solvencia técnica se acreditará mediante los siguientes requisitos mínimos:
- Una relación de los principales servicios o trabajos similares al objeto del contrato, realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y destinatarios público o privado, de los mismos, por un importe acumulado superior a dos veces el presupuesto de licitación anual sin IVA.
Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; o en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
- Para acreditar la solvencia técnica o profesional, las empresas o entidades que concurran deberán contar con un equipo mínimo de una personal con al menos Diplomatura Universitaria o equivalente a jornada completa, con una dedicación de cuarenta horas semanales, jornada que se ajustará a las necesidades del servicio. El personal, en su contratación y según la clasificación profesional del Convenio Colectivo Estatal de Acción e Intervención Social, según Resolución de 22 xx xxxxx de 2015, de la Dirección General de Empleo, deberá pertenecer al Grupo profesional 1 y, en cuanto a las retribuciones, deberá percibir todos aquellos conceptos retribu8tivos contemplados en el citado convenio.
La justificación de dicha solvencia se llevará a cabo mediante el original o copia compulsada de las titulaciones que al efecto contempla la normativa en materia de Juventud de la Junta xx Xxxxxxxx y León.
e) Xxxx, y en su caso último recibo, del IAE, en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato. Este requisito se acreditará mediante original o copia autenticada de los referidos documentos. Los sujetos pasivos que estén exentos deberán presentar declaración responsable indicando la causa de la exención o, en su caso, resolución de reconocimiento de la exención de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
Las Uniones Temporales de Empresas deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes.
f) Certificación expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias impuestas por las disposiciones vigentes.
Además, el adjudicatario no deberá tener deudas de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo de pago con el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx,
que podrá acreditar mediante certificación expedida por el O.A.G.E.R. (Plaza de La Libertad).
g) Certificación expedida por el órgano competente acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
h) Documentación acreditativa de la constitución de la garantía definitiva del 5% del importe de adjudicación, IVA excluido.
La garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas establecidas en el art. 96 del TRLCSP, con los requisitos establecidos en el art. 55 y ss. del RGLCAP o mediante la garantía global con los requisitos establecidos en el art. 98 del TRLCSP, en el caso de realizarse en metálico, aportando el justificante del ingreso en la entidad CAJA DUERO, Cuenta número XX00 0000 0000 0000 00000000. De no cumplir este requisito por causas imputables al mismo, se declarará resuelto el contrato.
En caso de realizarse mediante aval bancario, para la verificación y bastanteo de los poderes de los firmantes, se realizará ante el Secretario General u Oficial Mayor del Ayuntamiento, aportando copia de los poderes de los representantes que firman en nombre de la entidad financiera avalista, en los que conste acreditado que ostentan poder bastante o suficiente para otorgar dicho aval.
La garantía responderá de los conceptos mencionados en el art. 100 del TRLCSP.
2. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden que hayan quedado clasificadas las ofertas.
3. El propuesto como adjudicatario que sea contratista del Ayuntamiento por tener algún contrato en vigor, estará exento de presentar la documentación que conste en el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, siempre que estuviese vigente, debiendo, a tal efecto, formular declaración responsable haciendo constar que dicha documentación se encuentra plenamente vigente y no ha sufrido ninguna modificación.
Cláusula 13ª.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN A LOS LICITADORES.-
1.- Presentada la documentación por el licitador o licitadores, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
2.- La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante.
3.- En todo caso, en la notificación y en el perfil del contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato conforme al art. 156.3 del TRLCSP.
Cláusula 14ª.- DOCUMENTACIÓN PREVIA Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.-
Antes de la formalización del contrato, el adjudicatario o adjudicatarios deberán presentar en el Servicio de Contratación del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, justificante de haber abonado los gastos de publicación de anuncios, por un importe máximo de 500 €.
El contrato o contratos se formalizarán en todo caso, dentro del plazo de QUINCE DÍAS HABILES desde que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos (art. 156 del TRLCSP).
El adjudicatario o adjudicatarios quedan obligados a formalizar el contrato que se ajustará con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista o contratistas podrán solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, será de aplicación lo previsto en el art. 156.4 del TRLCSP.
Cláusula 15ª.- GASTOS EXIGIBLES AL CONTRATISTA.- El contratista está obligado a satisfacer los gastos que se deriven de los anuncios de licitación, por un importe máximo de 500 €, y los de formalización del contrato en escritura pública, si resultase de su interés, licencias, documentos o cualquier otro de Organismos oficiales o particulares.
Cláusula 16ª.- PAGO DEL PRECIO DEL CONTRATO.- El adjudicatario tiene derecho al abono del contrato, siendo la forma de pago mediante facturas mensuales prorrateadas del precio anual del mismo en doceavas partes.
Conforme a la Ley 25/2013, de 27 de Diciembre, las facturas (superiores a 5.000 €, IVA incluido) deberán emitirse (formato Facturae 3.2 ó 3.2.1) y firmarse electrónicamente y presentarse a través del Punto General de Entrada de facturas electrónicas –FACe-, en xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxx/xxxx, al que se ha adherido el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx.
El Área de Bienestar Social prestará la conformidad a dicha factura y la Intervención municipal, que es el órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública, reconocerá la obligación de pago.
En dichas facturas constará la identificación del destinatario conforme a la Disposición Adicional 33ª.2 del TRLCSP, proporcionándose los códigos DIR 3 aplicables al presente contrato:
ÓRGANO GESTOR: | L01372745 | AYTO XX XXXXXXXXX |
OFICINA CONTABLE: | XX0000000 | INTERVENCIÓN |
UNIDAD TRAMITADORA: | GE0001353 | ÁREA DE BIENESTAR SOCIAL |
Conforme al art. 216.4 del TRLCSP la Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación de las facturas que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los servicios prestados.
Si se demorase, deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de treinta días, los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Cláusula 17ª.- IMPROCEDENCIA DE LA REVISIÓN DE PRECIOS DEL CONTRATO.-
No procede ya que por la naturaleza y la escasa duración del contrato, se hace previsible que durante la ejecución del contrato, no existan oscilaciones significativas en los costes que no hayan podido ser tenidas en cuenta por los licitadores en sus ofertas y que pudieran provocar una fluctuación de precios.
Además, al establecer la Disposición adicional octogésimo octava de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014 la desindexación respecto a índices generales de contratos del sector público, no se dispone para este contrato de un índice específico que contenga la evolución de los costes al que referenciar una posible revisión de precios.
Cláusula 18º.- OBLIGACIONES LABORALES Y SOCIALES.- El contratista está obligado, bajo su responsabilidad, a cumplir lo dispuesto por la legislación vigente en materia laboral, de seguridad social y de seguridad y salud en el trabajo.
El personal empleado en ningún caso se considerará como personal del Ayuntamiento.
El cambio de titularidad en el contrato de prestación de servicios comporta que la nueva entidad y/o empresa adjudicataria del servicio o continuadora de la actividad, se subrogue en los derechos y obligaciones que el anterior tenía con respecto a sus trabajadores y trabajadoras, de acuerdo a las normas y condiciones establecidas en el art. 13 del Convenio Colectivo Estatal de Acción e Intervención Social publicado en el B.O.E. nº
158 de 3 de julio de 2015, según Resolución de 22 xx xxxxx de 2015, de la Dirección General de Empleo, incluyéndose como Xxxxx XXX la relación de personas a subrogar, de conformidad con lo dispuesto en el art. 120 del TRLCSP.
Cláusula 19ª.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA.- Será de cuenta del contratista adjudicatario indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo previsto en el artículo 305 del TRLCSP.
Cláusula 20ª.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.- El contrato podrá extinguirse por alguna de las causas de resolución del artículo 223 del TRLCSP con los efectos previstos en el artículo 224 de dicho texto legal, y lo señalado en los artículos 109 y 113 del RGLCAP. Además, será causa de resolución la imposibilidad material para ejecutar el proyecto por causas ajenas al Ayuntamiento, como puede ser la falta de destinatarios en número suficiente.
Cláusula 21ª.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.- El órgano de contratación que actúa en nombre del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, es el Primer Tte. xx Xxxxxxx, en base a la delegación efectuada por el Iltmo. Sr. Alcalde según Decreto de 17 xx Xxxxx de 2.015, y publicado en el BOP xx Xxxxxxxxx de 1 de Julio de 2.015.
Cláusula 22º.- NATURALEZA DEL CONTRATO. El contrato tiene naturaleza de contrato de servicios, de los que señala el artículo 10 del TRLCSP de naturaleza administrativa, incluido en la categoría 27 del Anexo II del TRLCSP.
Cláusula 23ª.- RÉGIMEN JURÍDICO.- Para lo no previsto en este Pliego, será de aplicación el RD Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como los efectos directos a partir del 00 xx xxxxx xx 0000 xx xxx Xxxxxxxxxx Europeas 2014/23 y 2014/24 que le sean de aplicación, siguiendo la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa y criterios de los Tribunales Contractuales, el RD 1098/2001 de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en lo que se oponga, las condiciones Particulares contenidas en los respectivos Pliegos de Condiciones Administrativas y Técnicas aprobadas por la Administración, y por la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Cláusula 24ª.- JURISDICCIÓN COMPETENTE.- Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y abrirán la vía contencioso- administrativa, a tenor de la Ley de dicha Jurisdicción, sin perjuicio de
que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 de del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas de 1 de octubre.
Salamanca, 28 de septiembre de 2017.
LA ADJUNTO JEFE DEL SERVICIO DE BIENES Y CONTRATACIÓN
Fdo. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxx
ANEXO I
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE CONFORME AL ART. 146.4 DEL TRLCSP DE CUMPLIR LAS CONDIC IONES ESTABLECIDAS EN EL TRLCSP Y EN LOS PLIEGOS DE
CONDICIONES | ADMINISTRATIVAS | Y | TÉCNICAS | PARA | CONTRATAR | CON | EL | EXCMO. |
AYUNTAMIENTO | XX XXXXXXXXX. |
D. con D.N.I. nº , en nombre propio o en representación de la Sociedad , con
C.I.F. nº , en relación con el procedimiento
convocado para la contratación de
.
DECLARA
Que al tiempo de finalizar el plazo de presentación de proposiciones en dicha licitación, la empresa , sus administradores y representantes, así como el firmante, cumplen las condiciones establecidas para contratar con la Administración en el Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (art. 146.4 TRLCSP), y en los pliegos de condiciones administrativas y técnicas.
Asimismo, manifiesta expresamente su compromiso de poner a disposición del órgano de contratación toda la documentación que a tales efectos le sea requerida, de conformidad con el art. 146.4.2º del TRLCSP y, siempre, antes del acto de adjudicación del contrato, caso de resultar propuesto para tal fin.
En a de 20 .
[D.N.I. firmante] Firmado
A N E X O II
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D. , mayor de edad, con domicilio en
, provisto de Documento Nacional de Identidad nº
actuando en nombre propio ó en representación de
, C.I.F. nº , con domicilio social en
,
EXPONE:
Que, enterado de las condiciones y requisitos, que acepta, y que se exigen para la adjudicación del servicio que se especifica mediante procedimiento abierto con varios criterios, a cuyo cumplimiento se compromete en su totalidad, con estricta sujeción al Pliego de Prescripciones Técnicas y Cláusulas Administrativas, presenta la siguiente
OFERTA:
Empresa oferente
Denominación del servicio.
Proposición económica (se desglosarán los importes de la base imponible y del IVA señalando el tipo del mismo).
Tipo de licitación
I.V.A. al %
TOTAL (en número y letra)
Mejoras al programa ofertadas:
(Lugar, fecha y firma del licitador)
ANEXO III
PERSONAL A SUBROGAR:
Trabajador: M.A.G.G.
Categoría:Trabajador Social, dentro del Convenio Colectivo estatal de acción e intervención social.
Antigüedad: 24/02/2014
Tipo de Contrato: Temporal – Por obra y servicio
Jornada: completa