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PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DE LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO, DEL RENTING DE VEHICULOS DE PISTA DE CIRJESA
1. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
Procedimiento negociado con publicidad, a tenor de lo previsto en el art. 8 y 10, párrafo primero a sensu contrario, de las Instrucciones Generales de Contratación de CIRJESA (en adelante IGCC).
2. CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS.
2.1. Perfil del contratante.
La información relativa al presente contrato, que de acuerdo con lo dispuesto en este pliego, vaya a ser publicada a través del "perfil del contratante" podrá ser consultada en la siguiente dirección electrónica xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx .
2.2. Número de expediente.
PN-012-2017
2.3. Objeto del contrato.
Es objeto de este contrato el servicio siguiente: Renting de vehículos de pista.
2.4. Régimen Jurídico.
En aplicación de lo dispuesto en los artículos 20.2 y 21 del TRLCSP este contrato tiene carácter privado y por tanto ambas partes quedan sometidas expresamente a la jurisdicción civil en todo lo relativo a los efectos y extinción del contrato. Por su parte la jurisdicción contencioso-administrativa será la competente para conocer las cuestiones que se planteen en torno a la preparación y adjudicación y, en su caso, a la modificación del contrato.
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El presente pliego y demás documentos anexos revestirán carácter contractual. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de documentos contractuales, prevalecerá este pliego.
El desconocimiento de las cláusulas del contrato en cualquiera de sus términos, de otros documentos contractuales que formen parte del mismo y de las instrucciones o de la normativa que resulten de aplicación en la ejecución de la cosa pactada, no exime al adjudicatario de la obligación de cumplirlas.
2.5. Órgano de contratación.
El órgano de contratación es el Consejo de Administración de CIRJESA, que podrá delegar dicha competencia de forma específica o bien a través de la designación de un consejero con delegación de facultades suficientes o apoderado con poder bastante. La valoración de las ofertas y la propuesta de adjudicación al Consejo de Administración, o sus delegados, corresponderán a la Mesa de Contratación que al efecto se constituirá, que podrá pedir los informes técnicos que estime pertinentes y cuyo funcionamiento será acorde a lo previsto en las instrucciones internas de contratación de esta empresa y propondrá la adjudicación tras la valoración de los criterios que más adelante se especifican.
2.6. Valor estimado y presupuesto del contrato
El valor estimado del contrato es de CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS EUROS (58.500.-€).
El presupuesto del contrato no será superior a DIECINUEVE MIL QUINIENTOS EUROS ANUALES (19.500.-€/año).
2.7. Duración.
El contrato tendrá una duración de TRES AÑOS, a contar desde la fecha de su entrada en vigor.
En el momento de la entrada en vigor, el adjudicatario dispondrá lo suficiente para permitir la operatividad del suministro en dicha fecha.
2.8. Documentación con carácter contractual.
El presente Pliego de Condiciones Particulares y Técnicas revestirá carácter contractual. El contrato se ajustará al contenido del presente documento, cuyas condiciones se considerarán parte integrante del respectivo contrato.
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Tienen asimismo carácter contractual, además de los pliegos, todos los documentos que integren la oferta del adjudicatario, así como los que presente tras la adjudicación y sean aprobados por el órgano de contratación. En caso de
contradicción entre estos documentos durante la fase de adjudicación prevalecerá lo previsto en los pliegos.
El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos y de los otros documentos contractuales de toda índole que puedan tener aplicación en la ejecución de la cosa pactada, no eximirá al licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa de la obligación de cumplirlos.
2.9. Aptitud para contratar.
Podrán presentar proposiciones las personas físicas o jurídicas, españolas y extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias que señala el artículo 60 del TRLCSP, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas.
Los licitadores deberán acreditar, además, que su actividad tiene relación directa con el objeto del Contrato, según resulte (en el caso de personas jurídicas), de los respectivos Estatutos o reglas fundacionales y disponer, en su caso, de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del Contrato.
En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o de la correspondiente clasificación, en su caso, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando éste acredite que tiene a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución del contrato.
Podrán, asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, de conformidad con el art. 59 del TRLCSP.
La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en Registro o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo 1 del RGLCAP, en función de los diferentes contratos.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán actuar conforme a lo previsto en el art. 55 del TRLCSP.
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De conformidad con el artículo 56 del TRLCSP, no podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato siempre que dicha participación
pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicionada de las Condiciones de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
2.10. Prohibiciones de contratar.
No podrán concurrir a la licitación las personas en quienes concurra alguna de las prohibiciones de contratar recogidas en el artículo 60 del TRLCSP.
2.11. Procedimiento de adjudicación.
El contrato se adjudicará por el procedimiento negociado y conforme a los criterios de negociación especificados en el presente pliego.
2.12. Presentación de proposiciones.
CIRJESA procederá a publicar los presentes pliegos en el perfil del contratante.
Las proposiciones para la licitación se presentarán en sobres cerrados, identificados, en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurran y firmados por el licitador o la persona que lo represente e indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente.
Las proposiciones, junto con los documentos correspondientes, deberán ser entregados en el edificio administrativo del Circuito xx Xxxxx, en Xxxxxxxxx xx Xxxxx, Xx. 0, 00000, Xxxxx xx xx Xxxxxxxx (Xxxxx), en horas de 9:00 a 13:00, dentro del plazo xx XXXX DÍAS (10) desde su publicación en el perfil del contratante de CIRJESA. No obstante, si el último día del plazo fuera inhábil, éste se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, conforme a lo establecido en la Disposición Adicional Duodécima del TRLCSP. A estos efectos, se consideran inhábiles, los xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos.
Al presentador de los sobres se le entregará, como acreditación, recibo en el que constará el nombre del licitador, la denominación del objeto del contrato y el día y hora de la presentación.
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Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en las Oficinas de Correos y anunciará la remisión de su oferta al órgano de contratación, en el mismo día, mediante télex, fax (000 000000) o telegrama en el mismo día. Sin la
concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado. Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta en ningún caso será admitida.
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en este pliego, y su presentación supondrá la aceptación incondicional por el licitador del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, del resto de documentos contractuales y la declaración responsable de la exactitud de los datos presentados y de que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas.
Una vez incoado el procedimiento de contratación el licitador deberá presentar la documentación que acredite su capacidad de obrar así como su propuesta económica en los términos establecidos en el presente pliego, sin que en ningún caso sea admisible propuesta económica que supere el tipo de licitación.
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2.13. Documentación a presentar.
Documentación general:
La capacidad se acreditará mediante escrituras de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el correspondiente registro público, así como la acreditación de las facultades del representante de la entidad para la suscripción del contrato.
Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 del TRLCAP, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, con el Ayuntamiento y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Documento en el que conste nº de fax, o dirección de mail, a efectos de notificaciones del presente procedimiento.
De acuerdo con el artículo 146.4 se establece que la aportación inicial de esta documentación puede ser sustituida por una declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la CIRJESA, como poder adjudicador. El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos. El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar será el de finalización del plazo de presentación de proposiciones.
En todo caso, el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la
propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
Oferta técnico-económica:
Deberá presentarse oferta técnico-económica, en los términos establecidos en el presente Pliego, debidamente firmada por quien tiene poder bastante para hacerlo y fechada. No se aceptarán aquéllas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente la oferta económica.
La oferta corresponde a la totalidad del contrato, debiéndose hacer las propuestas a la baja, no admitiéndose las que excedan del tipo de licitación.
2.14. Mesa de Contratación.
El órgano de contratación contará con la asistencia de una Mesa de Contratación que estará compuesta de acuerdo con lo establecido por el Consejo de Administración de CIRJESA o sus delegados.
2.15. Procedimiento de adjudicación.
El órgano de contratación negociará con los licitadores las condiciones del contrato tomando como base las ofertas presentadas. Una vez finalizada la negociación, la mesa de contratación elevará propuesta al órgano de contratación para la adjudicación.
2.16. Cuestiones que pueden ser objeto de negociación.
La negociación que deba celebrarse a efectos de lo dispuesto en el artículo 178 del TRLCSP versará sobre los siguientes aspectos de carácter económico y técnico del contrato:
Precio.
Calidad y adecuación de la propuesta técnica a la solicitud.
Mejoras.
2.17. Criterios de adjudicación.
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Una vez fijadas definitivamente las ofertas de los licitadores, tras la negociación, la adjudicación del contrato se efectuará mediante la valoración de los siguientes criterios:
A) Oferta económica: Hasta 65 puntos que se repartirán de acuerdo con la siguiente fórmula:
Pmax
P= -------------- x √(T - Ov)
√(T - Omin)
Donde:
P= puntuación de la oferta a valorar.
Pmax= puntuación máxima del precio a valorar. T= valor del precio tipo o máximo.
Omin= oferta presentada más barata. Ov= oferta a valorar.
B) Oferta técnica: Hasta 35 puntos. De acuerdo con los siguientes criterios: Presentación de una Memoria Técnica donde se describirán los siguientes apartados:
• La marca, modelo y características de los vehículos a suministrar. (10 puntos)
• Las características de funcionamiento. (10 puntos)
• Plan de mantenimiento preventivo y cualquier metodología que redunde en una mejora de la asistencia técnica y servicio postventa, valorándose así, la calidad y garantía objeto del contrato. (15 puntos)
La memoria se suministrará en formato papel y digital.
2.18. Formalización del contrato.
El contrato se perfecciona mediante su formalización. No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.
CIRJESA y el contratista deberán formalizar el contrato de adjudicación del servicio en documento administrativo, dentro del plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público, pudiendo, no obstante, elevarse a escritura pública cuando lo solicite el contratista, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento, de conformidad con el artículo 156 del TRLCSP.
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2.19. Revisión de precios.
No procede la revisión de precios.
2.20. Obligaciones esenciales del contratista.
El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas y prescripciones estipuladas en este pliego dentro del plazo total fijado para la realización del mismo o el que resulte de la adjudicación del contrato de acuerdo con la oferta presentada por el adjudicatario.
2.21. Modificación del contrato.
De conformidad con lo establecido en el artículo 219 del TRLCSP, una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones en el mismo por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente. Estas modificaciones no podrán afectar a las condiciones esenciales del contrato.
2.22. Ejecución del contrato.
El contratista realizará las prestaciones contratadas de conformidad con lo establecido en las Prescripciones Técnicas reguladoras del contrato, dentro del plazo establecido para ello.
En el caso que el representante del órgano de contratación estimase incumplidas las prescripciones técnicas del contrato, dará por escrito las instrucciones precisas y detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados, haciendo constar en dicho escrito el plazo que para ello fije y las observaciones que estime oportunas.
La recepción del objeto de contrato se efectuará de acuerdo con lo previsto en los artículos 222 y 307 del TRLCSP.
De conformidad con el artículo 203 del RGLCAP, si existiese reclamación por parte del contratista, respecto de las observaciones formuladas por el representante del órgano de contratación, éste la elevará con su informe, al órgano de contratación que celebró el contrato, que resolverá sobre el particular. Pero si el contratista no reclamase por escrito respecto a las observaciones del representante del órgano de contratación se entenderá que se encuentra conforme con las mismas y obligado a corregir o remediar los defectos observados.
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La recepción de los trabajos se efectuará previo examen de la documentación presentada y si se estimasen cumplidas las prescripciones técnicas.
El plazo de garantía será de un año y comenzará a contar a partir de la recepción del servicio.
Si la prestación efectuada no se adecua finalmente a la contratada como consecuencia de vicios o defectos imputables al patrocinado, CIRJESA podrá rechazar la misma, quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
2.23. Pago al adjudicatario.
La empresa adjudicataria tendrá derecho al abono, con arreglo al precio convenido y con la fórmula ofertada, de los trabajos realmente efectuados, con sujeción al contrato suscrito y a las modificaciones aprobadas en su caso.
La empresa adjudicataria tendrá derecho al abono, con arreglo al precio convenido, de los trabajos realmente efectuados, con sujeción al contrato suscrito y a las modificaciones aprobadas en su caso.
El precio será abonado por mensualidades vencidas equivalentes a la doceava parte del precio anual ofertado por el adjudicatario.
En caso que la factura no sea conforme se le devolverá al adjudicatario, quien deberá modificarla para ajustarla a lo convenido y volverla a presentar, iniciándose de nuevo el cómputo del plazo referido.
2.24. Resolución del contrato.
Serán causa de resolución del contrato las establecidas en la legislación de derecho privado aplicable.
Asimismo serán causas de resolución del contrato las establecidas como obligaciones esenciales del contratista.
3. PRESCRIPCIONES TÉCNICAS. OBJETO
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Mediante el presente pliego se definen las condiciones prescripciones técnicas particulares que han de regir en la contratación por CIRJESA de una empresa para el renting de vehículos de pista, fijar las características técnicas mínimas, así como las condiciones en la que se debe prestar, las garantías y mantenimientos pertinentes para el buen funcionamiento del sistema.
Debe entenderse por contrato de renting, el de arrendamiento mercantil por el cual una de las partes, la empresa de renting, pone a disposición de su cliente, el arrendatario (CIRJESA), unos bienes concretos, asegurándole además el asesoramiento técnico necesario para la revisión y continuo mantenimiento de los bienes arrendados, a cambio de una remuneración.
CARACTERISTICAS TÉCNICAS
Se ofertarán dos modelos de vehículos en número y características siguientes:
a) Vehículos PICK-UP: Dos unidades con las siguientes características: Carrocería: vehículo tipo PICK-UP.
Motor: Diésel, superior a 2.200 c.c. y 140 CV de potencia o superior.
Color blanco.
b) Vehículos turismo: Uno, con las siguientes características: Carrocería: turismo 5 puertas.
Motor: diésel, superior a 1.800 c.c. y 130 CV de potencia o superior. Color blanco.
c) Vehículo combi: uno, con las siguientes características: Carrocería: Combi Base.
Motor: Diésel, superior a 1.800 c.c. y 95 cv de potencia. Color blanco.
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CARACTERISTICAS DEL SERVICIO
El renting de vehículos de pista para CIRJESA incluirá:
Impuesto de matriculación y tasas.
Impuesto Municipal de Circulación de Vehículos. Mantenimiento y averías.
Cambio de neumáticos. Gestión de flotas.
Vehículo de sustitución. Seguro.
El servicio de mantenimiento deberá conservar los vehículos objeto del contrato en óptimas condiciones de funcionamiento atendiendo a todos los avisos que se produzcan con motivo de averías reponiendo todas las piezas que fueran necesarias.
3.1. Obligaciones del adjudicatario.
1) Ejecutar el contrato en las condiciones previstas en el presente Pliego de Condiciones particulares y de Prescripciones Técnicas.
2) Disponer del personal con la capacidad técnica precisa para cubrir las obligaciones que se deriven del contrato y con las titulaciones y permisos que legalmente se exigen.
3) Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario y éste, por tanto, tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su condición de patrono, debiendo cumplir por ello las disposiciones vigentes en materia laboral, tanto de carácter legal como convencional a la que esté sometida la empresa, fiscal, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el trabajo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario, o la infracción de las disposiciones sobre seguridad por parte del personal designado por él, no implicará responsabilidad alguna para CIRJESA, sin perjuicio de lo que ello implicará respecto del incumplimiento de contrato.
4) La empresa adjudicataria tendrá que estar al corriente en cuantos permisos, licencias o autorizaciones sean precisas para la realización del servicio, de acuerdo con la legislación vigente, siendo todo ello de su responsabilidad y cargo, y debiendo presentar como parte de la documentación jurídica la acreditación de la correspondiente autorización expedida por la administración competente.
5) El adjudicatario deberá atenerse en el desarrollo de su actividad en CIRJESA a las condiciones especificadas en el presente Pliego y en las cláusulas del contrato que se redacte.
6) El adjudicatario deberá tener suscrita y vigente durante toda la duración del contrato las correspondientes pólizas de seguro.
7) En el caso de que la empresa adjudicataria, por causas propias o ajenas, no pudiera realizar el servicio, CIRJESA podrá contratarlo con otras personas o realizarlo con sus propios medios, en tanto persista dicha imposibilidad. En ambos casos el gasto generado será a cargo de la empresa adjudicataria.
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8) Es obligación del adjudicatario la vigilancia de sus equipos y útiles que utilice, renunciando en este momento a cualquier reclamación a CIRJESA como consecuencia de robos, hurtos u otro tipo de acciones que se produzcan en sus bienes o al personal adscrito.
9) La adjudicataria deberá examinar con suficiente antelación los referidos recintos y comprobar la exactitud de las informaciones, que le serán suministradas por CIRJESA a título puramente indicativo.
10) Las entidades adjudicatarias quedan sujetas a las obligaciones derivadas de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en relación a aquellos datos a los que se tenga acceso como consecuencia de la adjudicación de este concurso y la posterior ejecución del contrato. Esta obligación subsistirá aun después de finalizada la vigencia del mismo. El adjudicatario que lo incumpla será responsable de todos los daños y perjuicios que para la otra parte se deriven como consecuencia del incumplimiento doloso o culposo de dicha obligación.
11) En el supuesto de huelga laboral que afecte al servicio objeto de contratación, el adjudicatario vendrá obligado a requerimiento del órgano de contratación y en el plazo y forma que éste indique, a ofrecer las soluciones que garanticen los servicios mínimos imprescindibles que se determinen. Si el adjudicatario no ofreciera dichas soluciones o no las llevara a la práctica, la dirección del contrato podrá promover los contratos que estime precisos para cubrir los servicios mínimos aprobados, que serán por cuenta del adjudicatario, deduciéndose por tanto de su facturación el importe de los referidos contratos. La responsabilidad que se derive de tales trabajos contratados a terceros será sin embargo del adjudicatario, a todos los efectos que en este Pliego se contemplan.
12) Obligaciones generales de personal. La adjudicataria será la única responsable de las obligaciones nacidas entre el contratista y sus trabajadores, aun cuando los despidos o medidas que se adopten sean como consecuencia directa o indirecta del incumplimiento o interpretación del contrato. Será de exclusiva cuenta del adjudicatario la retribución del personal que emplee en el suministro objeto de contratación, siendo de su cargo cualesquiera costos sociales y/o laborales, cumpliendo con la legislación vigente y los convenios que le afecten, quedando CIRJESA totalmente exenta de responsabilidad sobre las relaciones entre el contratista y su personal. El personal dependerá exclusivamente del adjudicatario por cuanto este tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario y deberá cumplir las disposiciones vigentes en cuanto a titulación del personal, materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el trabajo, e igualmente cuantos tributos u obligaciones fiscales pudieran derivarse de dicho personal.
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13) El adjudicatario se compromete a retribuirles adecuadamente, asumiendo de forma directa, y en ningún caso trasladable a CIRJESA el coste de cualquier mejora en las condiciones de trabajo o en las retribuciones de dicho personal, tanto si dicha mejora ha sido consecuencia de convenios colectivos, pactos o acuerdos de cualquier índole, como si obedecen a cualquier otra circunstancia.
14) El adjudicatario será responsable ante la jurisdicción laboral y de lo social de los accidentes que pudieran sobrevenir a su personal por el desempeño de sus funciones. En este sentido, el adjudicatario dotará a su personal de todos los medios de seguridad necesarios, obligándose a cumplir con cuantas disposiciones le sean aplicables en cuanto a seguridad y salud en el trabajo.
Visto el informe jurídico, apruebo el procedimiento de contratación y sus correspondientes pliegos de condiciones particulares y de prescripciones técnicas, todo ello de acuerdo con el poder otorgado por el Consejo de Administración de la sociedad el 27 de diciembre de 2016 y en virtud del artículo 31 de los Estatutos sociales y el artículo 5 de las Instrucciones Generales Internas de Contratación de la sociedad.
Jerez a 19 de diciembre de 2017.
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Fdo.: Santiago Xxxxxx Xxxxx. Vicepresidente.
ANEXO 1. DECLARACIÓN RESPONSABLE
D./Dña. ……………………………………………………………………………………………………………………………………
Vecino/a de …………………………………….. con domicilio en ………………………………………………………….
…………………………………………. y NIF número ………………………………..................................................
con correo electrónico ………………………………… y fax ………………….., en representación de
……………………………………………………………………… con domicilio en
……………………………………………………………………… y CIF número ……………………………………
A los efectos de licitación al procedimiento de adjudicación DEL RENTING DE VEHICULOS DE PISTA, bajo mi responsabilidad personal y ante el órgano de contratación DECLARO:
Que, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de las proposiciones cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con CIRJESA.
Que, en el caso de que recaiga a su favor la propuesta de adjudicación acreditará ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos
Que, en caso de que el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, lo requiera, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, aportará la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
En , a de de 201 .
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Fdo.:
ANEXO 2.- PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y COBRO EN ESPECIE
D./Dña. …………………………………………………………………………………………………………………………………..
Vecino/a de …………………………………….. con domicilio en …………………………………………………………
…………………………………………. y NIF número ………………………………..................................................
con correo electrónico ………………………………… y fax ………………….., en representación de
……………………………………………………………………… con domicilio en
……………………………………………………………………… y CIF número ……………………………………
Manifiesta que, al objeto de participar en el procedimiento de adjudicación del contrato DEL RENTING DE VEHÍCULOS DE PISTA se compromete, en nombre propio o de la empresa que representa, a ejecutar la prestación del referido servicio, con estricta sujeción a los requisitos y condiciones exigidas así como a los requisitos y condiciones exigidas en los Pliegos de Condiciones Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas , por el siguiente importe anual (expresar en letras y números) ………………………………………………………….. ……………………. ………………
…………………….. ……………… ………………. (se desglosará el importe de la base imponible y del IVA señalando el precio de los servicio con exclusión del IVA) por cada uno de los tres años de contrato.
Dicho importe incluye además todos los tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como cualquier otro gasto contemplado en el pliego de Condiciones administrativas particulares que rige el contrato.
En a de de 201 .
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Fdo.:
ANEXO 3 – DECLARACIÓN NO ESTAR INCURSO EN INCOMPATIBILIDADES Y CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
Don/Doña.........................................................................................................en nombre y
representación de la empresa ......................................................... con domicilio a efectos de
notificación en........................................ ……………………………y CIF............................., por
medio de la presente, DECLARO:
1º) Que la empresa a la que represento, ostenta plena capacidad de obrar y no esta incursa en las prohibiciones e incompatibilidades contenidas en los artículos 54 a 61 del TRLCSP y me comprometo, en caso de resultar adjudicatario del contrato "Servicio Informático y de Telecomunicaciones de CIRJESA", a justificar documentalmente esta circunstancia.
2º) Que la empresa a la que represento está al corriente en el cumplimiento de sus Obligaciones Tributarias con el Estado, con la Seguridad Social y con el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx.
Y para que conste y surta efectos donde proceda, firmo la presente declaración en prueba de conformidad de todo lo anteriormente expuesto.
En , a de de 201
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Fdo.: