FECHA DE ELABORACIÓN NÚMERO DE CONTROL
X X XXXXX X X X
XXXXXX XX XXXXXX
FECHA DE ELABORACIÓN NÚMERO DE CONTROL
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
CS/05/2018
MARZO
DATOS GENERALES DEL PRESTADOR DE SERVICIOS
NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL:
SEGUROS AFIRME, S.A. DE C.V., AFIRME GRUPO FINANCIERO
REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES: SAF980202D99
CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN:
NACIONALIDAD:
DOMICILIO FISCAL {CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, LOCALIDAD, MUNICIPIO Y ENTIDAD FEDERATIVA): XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX 000, XXXXXXX XXXXXX, X.X. 00000, XXXXXXXXX, XXXXX XXXX.
X X X X X X XX XX XXXXXX XX XXXXXX (CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL Y LOCALIDAD):
CORREO ELECTRÓNICO (E-MAIL):
NOMBRE DEL PROPIETARIO (EN EL CASO DE SER PERSONA FÍSICA):
ÍNSTRUMENTO QUE ACREDITA LA PERSONALIDAD:
HOMBRE DEL REPRESENTANTE (EN EL CASO DE SER PERSONA JURÍDICA COLECTIVA):
C. XXXXXXX XXXX XXXXXXX
INSTRUMENTO QUE ACREDITA LA REPRESENTACIÓN:
ESCRITURA NÚMERO 43,628, LIBRO NÚMERO 586, DE FECHA 22 XX XXXX DE 2014, OTORGADO ANTE LA FE DE LA LICENCIADO XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX XX XXXX, TITULAR DE LA NOTARIA PÚBLICA NÚMERO 33, CON EJERCICIO EN ESTE PRIMER DISTRITO REGISTRAL Y NOTARIAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN.
GIRO COMERCIAL:
3451 SEGUROS Y FIANZAS
ÓRGANO USUARIO: SECRETARÍA DE TURISMO
DATOS GENERALES DE LA ADJUDICACIÓN
SUBGIRO COMERCIAL:
SEGUROS PARA BIENES MUEBLES E INMUEBLES
UNIDAD ADMINISTRATIVA:
COMISIÓN PARA EL DESARROLLO TURÍSTICO XXX XXXXX DE TEOTIHUACÁN
NÚMERO DE REQUISICIÓN: PROCEDIMIENTO ADQUISITIVO:
CA-QQ035-2G18
LEGISLACIÓN APLICADA (ESTATAL O FEDERAL):
ACUERDO: 011/2018
ACTA ORDINARIA: 004/2018 DE FECHA 00 XX XXXXX XX 0000
XXXXX: 13/03/2018
INVITACIÓN RESTRINGIDA PRESENCIAL No. IRP-001-2018
ESTATAL
DICTAMEN DE ADJUDICACIÓN NÚMERO: 007/2018
TIPO DE GASTO (CORRIENTE O DE INVERSIÓN):
ORIGEN DE LOS RECURSOS (ESTATAL, FEDERAL O CONCURRENTE):
PARTIDA PRESUPUESTAL:
126 03070101010114010101 225C000001
CORRIENTE
INGRESOS POR EL COBRO DE DERECHOS Y VENTA DE 3451 5100
BIENES
VALIDACION DEL CONTRATO (ANVERSO Y REVERSO)
S. ESQUIVEL3ÉNTIE!
OIR GENERAL DE RECURSOS/ REPRESENTANTE LEGAL DE SEGUROS AFIRME.
S.A. DE C.V., AFIRME GRUPO FINANCIERO
FECHA DE SUSCRIPCIÓN
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SECRETARÍA DE FINANZAS
SUBSECRETA RÍA DE ADMINISTRACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERíALES
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARIA DE FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MEXICO, POR CONDUCTO DEL DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS MATERIALES; Y POR LA OTRA, LA EMPRESA YÍO PERSONA FISICA QUE SE ENUNCIA EN EL ANVERSO DE ESTE CONTRATO, A TRAVÉS DE SU PROPIETARIO O DEL REPRESENTANTE LEGAL QUE SE INDICA, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ “ LA CONTRATANTE' Y “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS” , RESPECTIVAMENTE, CONFORME A LAS SIGUIENTES:
DE C L A R A C I O N E S
I. De “ LA CONTRATANTE” :
A. Que la Secretaria de Finanzas es la Dependencia del Poder Ejecutivo del Estado, que tiene entre otras funciones, la de brindar el apoyo admínistrs&fo, ía adquisición de bienes y servicios, así como ia de proveer oportunamente a las demás dependencias de los elementos y materiales de trabajo, necesarios para el desarrollo de sus funciones, de conformidad con io previsto en los artículos 19 fracción III, 23,
24 fracciones XXXVII. XXXVIII y LXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, 1.3 fracción XVIII. 9 fracción I. 30 fracción i¡ y 32 fracciones VI, VIII, XI. XIII y XLIV de' Reglamento Intenor de la Secretarla de Finanzas
B Que la Dirección General de Recursos Materiales: es la unidad administrativa encargada de la adquisición de los bienes y servicios, de acuerdo con lo establecido por los artículos 5 y 12 de la Ley de Contratación Publica del Estado de México y Municipios; 8. y 10 de su Reglamento
C Que el Director General de Recursos Materiales, se encuentra facultado para suscribir el presente contrato, conforme a lo previsto en el articulo 66 del Reglamento de la Ley de Contratación Publica del Estado de México, y Municipios y los relativos al Reglamento Interior de la Secretaria de Finanzas
0. Que a través del dictamen de adjudicación que se menciona en el anverso de este instrumento, el Comité de Adquisiciones y Servicios adjudico, a “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS” , el presente contrato administrativo de prestación de servicios
E Que señala como domicilio para todos los efectos de este contrato, el edificio marcado con el numero 100-B. de la calle Urawa. colonia Izcalli-IPIEM. código postal 50150. Toluca. Estado de México.
II. De “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS” , BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD:
A. Que está debidamente constituida conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, y que cuenta con personalidad jurídica para contratar y obligarse B Que quien suscribe el presente contrato tiene facultades para celebrarlo y que éstas no le han sido revocadas ni limitadas de manera alguna.
C Que entre otras actividades se dedica a la prestación de! senricio materia de este instrumento; para cuyo efecto cuenta con los recursos financieros,técnicos,humanos y materiales suficientes
D Que conoce plenamente las disposiciones que. para el caso de contratación de servicios, establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Ubre y Soberano de México. Ley de Contratación Publica del Estado de México y Municipios, y su Reglamento, así como las demas normas jurídicas mexicanas que regulan, en lo particular, la prestación del servicio objeto del presente contrato, y que desde ahora manifiesta su voluntad para cumplirlas, renunciando expresamente a todo ordenamiento jurídico quese oponga a éstas
E Que señala como domicilio para todos los efectos de este contrato, el mencionado en el anverso del presente instrumento
III. De "LAS PARTES”
A. Que es su voluntad celebrar el presente contrato, de conformidad con lo establecido por los artículos 1 fracción I, 3 fracción II, 5. 7, 65. 66. 67. 68, 69. 70, 71, 76 fracción III y IV. 78. 81 y 82 de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios: y 66. 120. 121. 123. 124. 125, 128. 129. 130. 134. 135. 137 y 138; del Reglamento correlativo sin que existan, en forma alguna, vicios dé consentimiento que lo puedan invalidar en todo o en parte.
5 Que conocen el contenido y alcance de cada uno de los anexos que forman parte del presente el contrato, obligándose a cumplirlos cabalmente en cada uno de sus términos Expuesto lo anterior las partes convienen sujetarse a las siguientes
CL Á U S U LA S
PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO
“ EL PRESTADOR DE SERVICIOS” se obliga a prestar a “ LA CONTRATANTE" el servicio objeto del presente contrato, en adelante denominado como “ el servicio", sujetándose a los elementos básicos la contratación las cláusulas pactadas y los anexos del mismo
SEGUNDA: DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
El servicio comprende ¡os aspectos descritos en el ANEXO UNO y los que expresamente derivan de éste los cuales forman parte del presente contrato. En todo caso. “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS’ a
obliga a prestar el servicio a entera satisfacción de “ LA CONTRATANTE" TERCERA: CONTRATO ABIERTO
En e¡ caso de que la Secretarla de Finanzas del Gobierno del Estado de México, contrate “ el servicio” por un plazo indeterminado, deberá fijar los mínimos y máximos dentro dela asignación p re s ^ .s s .3 correspondiente, sujetándose al programa de suministro el cua^ formara parte del presente contrato y no deberá exceder el ejercicio fiscal en que se suscriba.
En ei supuesto de que rebase un ejercicio fiscal. “ LA CONTRATANTE” deberá ajustarse a sus programas anuales de adquisiciones, arrendamientos y servicios, determinando el presupuesto tete x rc *
relativo al siguiente ejercicio, considerando los costos vigentes y considerando las previsiones necesarias para los ajustes de costos que aseguren la continuidad del servicio contratado CUARTA: PAGO DEL SERVICIO
Ei pago del servicio se realizará en la forma y el plazo indicados en el anverso de este instrumento, previo cumplimiento de los requisitos que consigna la Cláusula SEPTIMA.
EL PRESTADOR DE SERVICIOS, con fundamento en el articulo 120 fracción VIII del Reglamento de la Ley de Contratación Pública del Estado de México, y Municipios de ser el caso, se obliga a re-^xxxx- s.
cantidades que el Gobierno del Estado de México le hubiera ertregado en exceso por error con motivo de la contratación
Para efectos de lo anterior. EL PRESTADOR DE SERVICIOS deberá dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha del requerimiento de reintegro, entregar las cantidades correspondientes = a '.¿ti
General de Gobierno: de la ficha de reintegro EL PRESTADOR DE SERVICIOS deberá remitir copia a la contratante
En caso de que la contratista no reintegre dichas cantidades en el plazo estipulado, esta se considerara crédito fiscal y se solicitará a! área de recaudación inicie el Procedimiento Administrativode E e c j: .y
QUINTA: ANTICIPO
En caso de que “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS” reciba algún anticipo con motivo del servicio, deberá presentar, de forma simultanea, garantía por el importe total de este
La garantía deberá otorgarse a través de fianza, cheque certificado, cheque de caja o depósito en efectivo En el c a s /d é que se deba presentar a través de fianza se sujetará al texto cu~ previamente “ LA CONTRATANTE” . t y
La garantía se cancelará cuanao “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS” haya amortizado el importe total del anticipo.
SEXTA: AJUSTE DE PRECIOS
i:
E! precio del servicio podra ser modificado sujetándose a la periodicidad y la fórmula que se indican en el anverso del presente instrumento Para tal efecto. “ EL PRtSTADOR DE SERVICIOS* s tje n
presentar un escrito mediante el cual justifique ante “ LA CONTRATANTE" la modificación de los precios y en un plazo no mayor de treinta días hábiles resolverá en definitiva la condjcente.
=n caso de que el ajuste de precios sea autorizado, el porcentaje correspondiente será efectivo a partir de la fecha de presentación de la solicitud
Cuanao el aiuste de precios no sea autorizado. “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS” se obliga a prestar el servicio conforme al precio pactado micialmente
j
SÉPTIMA: REQUISITOS DE FACTURACIÓN
■I
Las facturas electrónicas impresas que presente “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS” , con motivo del servicio, deberán sujetarse a los lineamientos siguientes: i
Exhioirse en 6 tantos las impresiones de los comprobantes fiscales digitales y deberán cumplir con los requisitos fiscales vigentes Las remisiones que en su caso sustenten las facturas deber«' s a r w » -s sello de “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS” y el folio que les corresponda:
: Contener la descripción detallada de! servicio, los precios unitarios y totales de cada concepto, el desglose del Impuesto al Valor Agregado y de los descuentos ofrecidos, y el importe total con - e r.i
/ i %
■ Emitirse anombre de! Gobierno del Estado de México: indicar elnumerodel presente contrato: y contar con la firma del servidor publico responsable de la recepción del servicio, asi como ccr e » fe * a %
unidad administrativa usuaria y la partida presupuestal afectada 1
En todo caso las facturas electrónicas impresas deberán acompañarse de la documentación que solicite la Secretaria de Finanzas. S
, OCTAVA: GRAVÁMENES FISCALES
Cualquier gravamen fiscal que se origine con to!¡vo ce ia ceerac^ón de esa contrato y su cumplimiento, correrá a cargo de ¡a parte que tenga el carácter de causante respecto al mismo
En este sentido, todos los gravamsnes ‘ ics-es XxX xxxx. 'eoe'Cutfees a "LA CONTRATANTE” serán pagados anticipadamente por “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS” y reemiwsaíxs “ J k :; CONTRATANTE” mediante la ptesemape* se a : c * - r rx a s y 3 ;c."espondiente.
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GOBIERNO DEL . % F X ~
ESTADO DE MEXICO • » » - w w » m t a . j r m
FECHA DE ELABORACIÓN NÚMERO DE CONTROL
DÍA
.MES AÑO ELEMENTOS BÁSICOS DE LA CONTRATACIÓN DE
PRESTACIÓN DE SERVICIOS
CS/05/2018
13 MARZO 2018
: OBJETO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO: PÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD POR DAÑOS
| DURACIÓN m SSW C iO : A PARTIR DEL 16 XX XXXXX a LAS 00:00 HRS. AL 30 XX XXXXX a LAS 24:00 HRS., DEL 01 DE NOVIEMBRE A LAS 00:00 HRS. AL 31
! DE CHOBMBRE A LAS 24:00 HRS DEL AÑO 2018.
LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO: AV, 00 XX XXXXXXXXXX X/X, XXX XXXXXX XX XXX XXXXXXXXX, XXXXXX XX XXXXXX, X.X. 00000.
IMPORTE TOTAL DEL SERVICIO CON I.V.A. (NUMERO Y LETRA}: $ 648,405.20 (SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CINCO PESOS
2 0 / 1 0 0 : M . N .)
FORMA BE PAGO: SERÁ DENTRO DE LOS 45 DÍAS HÁBILES POSTERIORES A LA FECHA DE INGRESO A LA SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA COMISIÓN PARA EL DESARROLLO TURÍSTICO XXX XXXXX DE TEOTIHUACÁN, DE LOS DOCUMENTOS RESPECTIVOS DEBIDAMENTE SOPORTADOS Y REQÜÍSfTADOS. NO APLICARÁ EL PAGO DE ANTICIPOS, NI EL RECONOCIMIENTO DE INTERESES.
PLAZO 0E PAGO: SERA DENTRO DE LOS 45 DIAS HABILES POSTERIORES A LA FECHA DE INGRESO A LA SUBDIRECCION DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA COMISIÓN PARA EL DESARROLLO TURÍSTICO XXX XXXXX DE TEOTIHUACÁN, DE LOS DOCUMENTOS RESPECTIVOS DEBIDAMENTE SOPORTADOS Y REQUISITADOS, NO APLICARÁ EL PAGO DE ANTICIPOS, NI EL RECONOCIMIENTO DE INTERESES.
ANTÌCIPO: NO HAY ANTICIPO
AJUSTE DE PRECIOS: EL COSTO OFERTADO DEBERA SER FIJO DURANTE EL PERIODO DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO (TIPO E IMPORTE): SEGUROS AFIRME, S.A. DE C.V., AFIRME GRUPO FINANCIERO, DEBERÁ ENTREGARLA DENTRO DE LOS 10 DÍAS HÁBILES POSTERIORES A LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO, CON UNA VIGENCIA MÍNIMA DE 12 MESES, EN EL DEPARTAMENTO DE CONTRATOS DE ADQUISICIONES CON RECURSOS ESTATALES DE LA DIRECCIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADQUISITIVOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO. EL IMPORTE DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEBERÁ CALCULARSE EN MONEDA NACIONAL Y SE CONSTITUIRÁ POR EL 10% DEL IMPORTE TOTAL DEL CONTRATO, SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. SE OTORGARA A TRAVÉS DE CHEQUE CERTIFICADO, CHEQUE DE CAJA O FIANZA, EXPEDIDOS A FAVOR DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, POR UN IMPORTE DE $ 55,897.00 (CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.). SI SE OTORGA MEDIANTE FIANZA, SE DEBERÁ OBSERVAR LO INDICADO EN LOS ANEXOS CUATRO (DOCUMENTO DE INCLUSIÓN) Y CUATRO-BIS (AFIANZADORAS AUTORIZADAS PARA LA ADMINISTRACIÓN DE FIANZAS) DE LA INVITACIÓN RESTRINGIDA PRESENCIAL IRP-001-2018.
PENAS CONVENCIONALES (ATRASO, INCUMPLIMIENTO Y RESCISIÓN): SEGUROS AFIRME, S.A. DE C.V., AFIRME GRUPO FINANCIERO, EN CASO DE QUE NO FIRME EL PRESENTE CONTRATO POR CAUSAS IMPUTABLES AL MISMO, SERÁ SANCIONADO EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 87 DE LA LEY DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS; ATRASO: EN LA FECHA DE INICIO DEL SERVICIO OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, SERÁ SANCIONADO CON UNA PENA CONVENCIONAL DEL UNO AL MILLAR SOBRE EL IMPORTE DEL CONTRATO PENDIENTE DE ENTREGAR POR CADA DÍA DE DESFASAMIENTO EN EL INICIO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y UNA SANCIÓN DE TREINTA A TRES MIL VECES LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN (U.M.A.) EN LA CAPITAL DEL ESTADO DE MÉXICO, EN LA FECHA DE LA INFRACCIÓN, ASÍ COMO UNA PENA CONVENCIONAL HASTA POR EL IMPORTE DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, CUANDO INCUMPLA CON CUALESQUIERA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL PRESENTE CONTRATO Y LAS DISPOSICIONES LEGALES RELATIVAS CONTENIDAS EN LA LEY DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, ASÍ COMO DE SU REGLAMENTO; CON EL SERVICIO EN LAS FECHAS Y HORARIOS PACTADOS, EL SERVICIO NO CUMPLA CON LAS CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES CONTRATADAS. INDEPENDIENTEMENTE DE LA APLICACIÓN DE LA SANCIÓN Y LAS PENAS ESTIPULADAS ANTES SEÑALADAS EL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO PODRÁ EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO; CUANDO OMITA ENTREGAR LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, EN LOS TÉRMINOS Y BAJO LAS CONDICIONES SEÑALADAS, INCUMPLA CON CUALQUIERA DE LAS CONDICIONES PACTADAS EN EL PRESENTE INSTRUMENTO CONTRACTUAL. EL CONTRATO PUEDE SER RESCINDIDO SIN RESPONSABILIDAD PARA EL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, CUANDO SEGUROS AFIRME, S.A. DE C.V., AFIRME GRUPO FINANCIERO, INCUMPLA CON ALGUNA DE LAS OBLIGACIONES A SU CARGO, ADEMÁS ESTÁ OBLIGADA A PAGAR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS OCASIONADOS AL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, LO ANTERIOR, SIN PERJUICIO DE QUE SE DECRETE LA INCLUSIÓN DE SEGUROS AFIRME, S.A. DE C.V., AFIRME GRUPO FINANCIERO, EN EL BOLETÍN DE EMPRESAS CONTRATISTAS Y/O PROVEEDORES OBJETADOS EN EL ESTADO DE MÉXICO Y OTRAS ENTIDADES.
ANEXOS DEL CONTRATO
ANEXO UNO ANEXO DOS
OBSERVACIONES
SEGUROS AFIRME, SA. DE C.V., AFIRME GRUPO FINANCIERO, ACEPTA EXPRESA Y TÁCITAMENTE QUE DARÁ DEBIDO CUMPLIMIENTO A TODO LO ESTABLECIDO EN LAS BASES DE LA INVITACIÓN RESTRINGIDA PRESENCIAL IRP-001-2018, OFERTA TÉCNICA Y ECONÓMICA PRESENTADAS POR SU REPRESENTANTE LEGAL EN EL DESARROLLO DEL PROCESO ADQUISITIVO CORRESPONDIENTE, FORMANDO PARTE DEL CONTRATO RESPECTIVO; SE EXCEPTÚAN DE SU APLICACIÓN LAS CLÁUSULAS TERCERA, QUINTA Y SEXTA DEL PRESENTE INSTRUMENTO CONTRACTUAL.
VALIDACION DEL CONTRATO (ANVERSO Y REVERSO)
POR LA CO
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NERAL DE R£gÜJ?SOSi'MATERIALES
POR EL PR ESTAD O R A SERVICIOS
REPRESENTANTE LEGAL DE SEGUROS AFIRME,
S.A. DE C.V., AFIRME GRUPO FINANCIERO
FECHA DE SUSCRIPCIÓN
V I DÍA MES AÑO
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SUBSE
« V E M A ; GARAÍÍTÍA DEL SERVICIO
* E l PRESTADOR DE SERVICIOS” garantiza ampliamente, durante el plazo indicado en el anverso de este contrato, la calidad del servicio
Al Sétnwo dei presente contrato, “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS” deberá expedir, a “ LA CONTRATANTE" una póliza de garantía, en laque se hará constar, como mínimo, lo siguiente:
i. Alcance y duración,
II. Condiciofies y mecanismos para hacerla efectiva:
III. Domicilio para reclamaciones; y
IV. Establecimientos o talleres de servicio
En todo caso “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS” se obliga a responder de los defectos y vicios ocultos del servicio asi como de los daños y perjuicios que se lleguen a causar a “ LA CONTRATANTE’ o a terceros.
Lo no previsto en esta cláusula se resolverá conforme a las disposiciones de los Capítulos Noveno y Décimo Primero de la Ley Federal de Protección al Consumidor
DECIMA: RELACIÓN DE “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS" CON SUS TRABAJADORES
“ EL PRESTADOR DE SERVICIOS” en su caracter de patrón del personal que ocupe con motivo del servicio, sera la única responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales en materia de trabajo y de seguridad social
“ EL PRESTADOR DE SERVICIOS” conviene, por lo mismo, en responder de las reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra o en contra de “ LA CONTRATANTE", en relación con los trabajos
realizadas con motivo del servicio. DÉCIMA PRIMERA: INFRACCIONES
Las infracciones de cualquier naturaleza cometidas por “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS", con motivo del servicio, serán de su responsabilidad exclusiva DÉCIMA SEGUNDA: CESIÓN DEL CONTRATO
“ EL PRESTADOR DE SERVICIOS” no podrá, bajo ninguna circunstancia, ceder a terceras personas ios derechos y las obligaciones derivados de la suscripción de! presente contrato En todo caso. “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS” será el responsable del cumplimiento de sus obligaciones.
DÉCIMA TERCERA: SUBCONTRATACIÓN
Para ios efectos de este contrato se entenderá por subcontratación. el acto por el cual “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS” encomienda a otra el servicio en forma lotal o parcial
Cuando “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS” pretenda utilizar los servicios de otra empresa en los términos del párrafo anterior, deberá comunicarlo previamente por escrito a “ LA CONTRATANTE", el cual resolverá en definitiva si acepta o rechaza la subcontratación.
En todo caso, la responsable del servicio será “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS", a quien se cubrirá el importe correspondiente.
DÉCIMA CUARTA: GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
"EL PRESTADOR DE SERVICIOS” entregará a "LA CONTRATANTE", dentro de los diez dias hábiles posteriores a la suscripción del presente contrato, ia correspondiente garantía de cumplimiento en el 8po e importe que se establece en el anverso del mismo
La garantía deberá sujetarse al texto que determine previamente “ LA CONTRATANTE” y será cancelada cuando “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS” haya cumplido con todas sus obligaciones contractuales
i
DÉCIMA QUINTA: PENAS CONVENCIONALES
El atraso de “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS” en la fecha de inicio del servicio será sancionado con la pena convencional que se establece en el anverso de este contrato
El incumplimiento de “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS” con cualquiera de las obligaciones que derivan de este contrato será sancionado con una pena convencional hasta por el importe de la garantía de Cumplimiento del contrato que se indica en el anverso del presente instrumento.
Independientemente de la aplicación de ¡as penas convencionales indicadas en esta cláusula. “ LA CONTRATANTE” podrá exigir a “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS” el cumplimiento del contrato En su
caso. “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS” estará obligada a pagar los daños y perjuicios ocasionados a “ LA CONTRATANTE” DÉCIMA SEXTA: RESCISIÓN DEL CONTRATO
Ei presente contrato podrá ser rescindido en caso de incumplimiento grave de alguna de las partes Ai efecto cuando sea “ LA CONTRATANTE” el que determine rescindirlo, dicha rescisión operará de pleno derecho por via administrativa previo desahogo de la garantía de audiencia a “ ÉL PRESTADOR DE SERVICIOS", en términos del Codigo de Procedimientos Administrativos del Estado de México: en tanto que SI es “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS” quien decide rescindirlo, será necesario que lo demance ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo
Las causas que pueden dar lugar a la rescisión por parte del “ LA CONTRATANTE" son las siguientes
Si “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS” omite entregar la garantía de cumplimiento del contrato, en los términos y bajo las condiciones que consigna la Cláusula DÉCIMA CUARTA, Si “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS” se declara en quiebra o suspensión de pagos, o si hace cesión de bienes en forma tal que afecte a este contrato;
Si el atraso de “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS” en la fecha de inicio del servicio es superior a diez días hábiles; o
En general, por cualquier otra causa imputable a “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS” que devenga el incumplimiento grave del contrato
En caso de incumplimiento grave de cualquiera de las obligaciones de “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS” . “ LA CONTRATANTE” podrá optar entre exigir el cumplimiento del presente contrato aplicando ¡as penas convencionales estipuladas en la Clausula DÉCIMA QUINTA, o declarar administrativamente su rescisión
Si “ LA CONTRATANTE" opta por la rescisión, impondrá a “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS” una pena convencional hasta por el importe de la garantía de cumplimiento del contrato que se indica sst cf
anverso de este instrumento En su caso, “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS” estará obligado a pagar los daños y perjuicios ocasionados a “ LA CONTRATANTE” DÉCIMA SÉPTIMA: SANCIONES ADMINISTRATIVAS
Sin perjuicio de la aplicación de las penas convencionales establecidas en la Clausula DECIMA QuiNTA asi como de la rescisión del contrato indicada en la Clausula DÉCIMA SEXTA. “ LA CONTRATANTE* podrá sancionar a “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS" con mu ta equivalente a la cantidad de treinta a tres mil veces la unidad de medida y actualización (U.M.A.) vigente en la capital del Estado de México m, ia fecha de infracción, cuando infrinja las disposiciones contenidas en Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios, relativo a las Adquisiciones. Enajenaciones. Arrendamientos y Ser««® , asi como de su Reglamento correlativo. Se dará inicio al Procedimiento Administrativo Sancionador, cuando existan en contra de “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS” 10 quejas consideradas como xxxxxx e*
¡a prestación de los servicios contratados DÉCIMA OCTAVA: PAGO DE SANCIONES
.os importes por concepto xx xxxxx convencionales y sanciones administrativas que no sean pagados por “ EL PRESTADOR DE SERVICIOS" en el plazo que determine “ LA CONTRATANTE” KXfc& seí
carácter de crédito fiscal: y se harán efectivos a través de las cantidades que se encuentren pendientes de pago a la propia EM8RESA o mediante el procedimiento económico-coactivo DECIMA NOVENA: INHABILITACION
S r. perjuicio de ¡as penas convencionales y las sanciones administrativas a que se refiere el presente contrato, asi como de la rescisión de este instrumento, “ LA CONTRATANTE" podra in d a r 8 *51 PRESTADOR DE SERVICIOS” en ei Registro de Empresas Obstadas que lleve la Secretaria de la Contraloria; asi como en el listado de empresas o personas sujetas al procedimiento adfflrestefewj sancionador. previsto en el articulo 74 de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios, y 164 de su Reglamento
VIGÉSIMA: NORMAS JURÍDICAS APLICABLES
Las partes convienen en que todo ¡o no previsto en este contrato se regirá por lo dispuesto en la Ley ce Contratación Pública del Estado México y Municipios, así como de su Reglamento y demás disposoaw s legales aplicables quedando la Dirección General Xxxxxxxx y Consultiva de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Estatal como representante legal del Gobierno del Estado de México.
VIGÉSIMA PRIMERA: JURISDICCIÓN
l3 « SBFaeucwíi jf cumplimiento deí presente contrato y todo acuello que no esté expresamente estipulado en el mismo, se resolverá en forma administrativa. En caso de controversia, las partes c a m a m a s o m le n e a la jurisdfcción y competencia de ios Tribunales Administrativos de la ciudad de Toluca. Estado de México, según corresponda, renunciando expresamente, al fuero que pudiera corresponderías pss
* * M d o m ¡ d io c vecindad, Presente y futuro.
de su alcance legal, el presente contrato se firma al calce, en origina!, en la ciudad de Toluca xx Xxxxx, capital del Estado de México, en :a fecaa
cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de reíjisBjr tos
■eí OTiplimientc de las obligaciones pactadas, se ocasionaría aigún daño o perjuicio al Estado de México. En este supuesto *%Á
CONTRATANTE" w í o s . 3 3 e ■ & ¡ f f E E E M K K 3E SESWODS* os « s íe s re recuperables en oue haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se reaoasg» (ütecteroef;e con s» a * « : ’
W m GOBERNO DEL
® S§ ESTADO DE MÉXICO
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FECHA DE ELABORACIÓN
MES AÑO
ANEXO UNO ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO
NÚMERO DE CONTROL
CS/05/2018
MARZO 2018
3451010004-001 PÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD POR DAÑOS
- PÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD POR DAÑOS CAUSADOS A LA ZONA ARQUEOLÓGICA DE TEOTIHUACÁN O DAÑO A LAS ÁREAS QUE LA CONFORMAN, Y DE RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRA DAÑOS AL PATRIMONIO Y LA PERSONA DE TERCEROS, INCLUIDA LA MUERTE, POR UN MONTO DE $50,000,000.00 (CINCUENTA MILLONES DE PESOS 00/100 M. N.), QUE EL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO CONTRATARÁ A FAVOR DE EL INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGÍA E HISTORIA, LA QUE CONTENDRÁ COMO MÍNIMO LAS SIGUIENTES COBERTURAS:
;CONTRA DAÑOS, DETERIORO, MENOSCABO DESTRUCCIÓN PARCIAL DE LA ZONA ARQUEOLÓGICA DE TEOTIHUACÁN, O DAÑO A LAS ÁREAS QUE LA CONFORMAN, INCLUIDOS DAÑOS Y ROBO DE LOS MONUMENTOS ARQUEOLÓGICOS QUE EN ELLA SE ENCUENTRAN; EL SEGURO DEBERÁ INCLUIR LOS DAÑOS QUE PUDIEREN OCASIONARSE CON MOTIVO DE LA REALIZACIÓN DEL EVENTO DENOMINADO EXPERIENCIA NOCTURNA EN TEOTIHUACÁN Y/O QUE SEAN CONSECUENCIA DE ÉSTE Y/O QUE SEAN MOTIVADOS DURANTE LA INSTALACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA PARA SU REALIZACIÓN Y/O COMO CONSECUENCIA DE LA MISMA Y/O DURANTE O COMO CONSECUENCIA DEL DESMONTAJE DE DICHA INFRAESTRUCTURA, ASÍ COMO POR INCENDIO ACCIDENTAL O INTENCIONAL Y/O LOS DAÑOS QUE PUDIERAN RESULTAR EN LOS ACABADOS Y ESTRUCTURAS DE LA ZONA ARQUEOLÓGICA DE TEOTIHUACÁN, ASÍ COMO DE LOS MONUMENTOS ARQUEOLÓGICOS QUE EN ELLA SE
¡ENCUENTRAN, INCLUYENDO EL QUE RESULTARA DEL EFECTO DE LA EMISIÓN DE ONDAS SONORAS IMPULSOS RADIOELÉCTRICOS Y/O POR CUALQUIER OTRO SINIESTRO; CONTRA LA PÉRDIDA, MENOSCABO, DETERIORO O DESTRUCCIÓN DEL PATRIMONIO, BIENES O POSESIONES DE TERCERAS PERSONAS, INCLUYENDO LOS ASISTENTES AL EVENTO DENOMINADO EXPERIENCIA NOCTURNA EN TEOTIHUACÁN, PERSONAL CONTRATADO POR EL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, POR LA COMISIÓN PARA EL DESARROLLO TURÍSTICO XXX XXXXX DE TEOTIHUACÁN O POR SUS CONTRATISTAS, ASÍ COMO DEL PERSONAL CONTRATADO DIRECTAMENTE POR EL INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGÍA E HISTORIA QUE ESTÉN PRESENTES O COLABOREN EN EL DESARROLLO DEL EVENTO DENOMINADO EXPERIENCIA NOCTURNA EN TEOTIHUACÁN.
CONTRA AFECTACIONES A LA INTEGRIDAD FÍSICA Y LESIONES, O INCLUSO LA MUERTE DE LAS PERSONAS AL INTERIOR DE LA ZONA ARQUEOLÓGICA DE TEOTIHUACÁN, INCLUYENDO LOS ASISTENTES AL EVENTO DENOMINADO EXPERIENCIA NOCTURNA EN TEOTIHUACÁN, AL PERSONAL CONTRATADO O SUBCONTRATADO POR EL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO O POR LA COMISIÓN PARA EL DESARROLLO TURÍSTICO XXX XXXXX DE TEOTIHUACÁN, ASÍ COMO DEL PERSONAL CONTRATADO DIRECTAMENTE POR EL INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGÍA E HISTORIA QUE ESTÉN PRESENTES O COLABOREN EN EL DESARROLLO DEL EVENTO DENOMINADO EXPERIENCIA NOCTURNA EN TEOTIHUACÁN.
DEBERA CUBRIR DAÑOS CAUSADOS POR MOTINES, DISTURBIOS O ASONADAS OCASIONADOS DURANTE LA REALIZACIÓN DE I AS PRESENTACIONES QUE CORRESPONDAN AL EVENTO DENOMINADO EXPERIENCIA NOCTURNA EN TEOTIHUACÁN. EL INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGÍA E HISTORIA SERÁ EL BENEFICIARIO DEL SEGURO QUE SE CONTRATE, LO QUE DEBERÁ EXPRESARSE LITERALMENTE EN LA PÓLIZA RESPECTIVA, NOMBRANDO COMO COASEGURADA A LA SECRETARÍA DE CULTURA; EL SEGURO DEBERÁ TENER UNA VIGENCIA DEL DÍA 16 XX XXXXX A LAS 00:00 HRS. AL 30 XX XXXXX A LAS 24:00 HRS„ DEL 01 DE NOVIEMBRE A LAS 00:00 HRS. AL 31 DE DICIEMBRE A LAS 24:00 HRS DEL AÑO 2018.
LOS SEGUROS SERÁN EXIGIBLES SIN QUE PARA ELLO SE REQUIERA O MEDIE LA EXISTENCIA DE SENTENCIA JUDICIAL QUE DESLINDE O ATRIBUYA RESPONSABILIDAD A LAS PERSONAS A QUE HACEN REFERENCIA LOS NUMERALES ANTERIORES; EL CONCEPTO GENERAL DE COBERTURA APLICABLE A ESTE SEGURO SERÁ EL DE TODO RIESGO; EN LA PÓLIZA DE SEGURO QUE SE EXPIDA SE DEBERÁ CONTENER LA MENCIÓN EXPRESA DE QUE QUEDA SUJETA A LA APLICACIÓN, INTERPRETACIÓN Y ALCANCE DE LAS LEYES MEXICANAS, Y LAS CONTROVERSIAS QUE DE ELLAS SE DERIVEN, A LA JURISDICCIÓN DE LOS TRIBUNALES FEDERALES COMPETENTES CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
VALIDACIÓN DEL CONTRATO
POR EL PRESTADOR páSERVICIOS
REPRESENTANTE LEGAL DE SEGUROS AFIRME,
S.A. DE C.V., AFIRME GRUPO FINANCIERO
FECHA DE SUSCRIPCIÓN DÍA MES AÑO
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SECRETAR!
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DIRECCION GEN ER A-
GOBERNO DEL
ESTADO DE MEXICO
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FECHA DE ELABORACIÓN ■ NÚM ER O DE CO NTR OL
ANEXO DOS
DIA MES AÑO
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COXXX XXX XXXXXXXX
00 XXXXX 0000 x
SEGUROS AFIRME, S.A. DE C.V., AFIRME GRUPO FINANCIERO
CS/05/2018
REQUISICIÓN CLAVE DE VERIF.
DESCRIPCIÓN UNIDAD DE MEDIDA
PÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD
CANTIDAD PRECIO TOTAL CON I.V.A.
CA-00035-2018 3451010004-001
POR DAÑOS SERVICIO 1 $ 648,405.20
(SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CINCO PESOS 20/100 M.N.) TOTAL CON I.V.A. $ 648,405.20
EL IMPORTE TOTAL DEL PRESENTE CONTRATO ES DE $ 648,405.20 (SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CINCO PESOS 20/100 M.N.) INCLUYE EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO I.V.A.
LOS PRECIOS SERÁN FIJOS HASTA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DEL CONTRATO.
VALIDACION DEL CONTRATO
POR LA CONTRATANTE POR EL PRESTADOR DE SERVICIOS
XXXXXXX
ECURSOS MATERIALES REPRESENTANTE LEGAL DE SEGUROS AFIRME,
S.A. DE C.V., AFIRME GRUPO FINANCIERO
FECHA DE SUSCRIPCIÓN j DÍA MES AÑ O }
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SECRETARIA DE FINANZAS
SUBSKCRh TARÍA 1)1: ADMINISTRACION
■ DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS X X X X X X IS
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GÖBIERnD d e l
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FECHA DE ELABORACIÓN NÚMERO DE CONTROL
DIA MES
13 MARZO
AÑO 2018
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
CS/05/2018
LA SUSCRIPCIÓN DEL PRESENTE DOCUMENTO CORRESPONDE A LA VALIDACIÓN DE LA DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL A CARGO DEL TITULAR DE CADA UNIDAD ADMINISTRATIVA LO ANTERIOR COM FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 25, FRACCIÓN IX DEL MANUAL DE NORMAS Y POLÍTICAS PARA EL GASTO PUBLICO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXiCO.
UNIDAD ADMINISTRATIVA CARGO FIRMA
COMISIÓN PARA EL DESARROLLO TURÍSTICO XXX XXXXX DE TEOTIHUACÁN DE LA SECRETARÍA DE TURISMO
DIRECTOR GENERAL
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SECRETARÍA DE R N A N Z A S Si 'B S K 'R !-. i ARLA DF -XDM’ \ \
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