AUTORIZA LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA ID 691-10-LQ18, DESIGNA COMISIÓN EVALUADORA Y APRUEBA BASES DE LICITACIÓN QUE REGULAN LA CONTRATACIÓN DE LA CONTRATACIÓN DEL ESTUDIO “PLAN REGULADOR INTERCOMUNAL DE CAUQUENES” COD. BIP: 30384231-0, PARA LA SEREMI...
AUTORIZA LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA ID 691-10-LQ18, DESIGNA COMISIÓN EVALUADORA Y APRUEBA BASES DE LICITACIÓN QUE REGULAN LA CONTRATACIÓN DE LA CONTRATACIÓN DEL ESTUDIO “PLAN REGULADOR INTERCOMUNAL DE CAUQUENES” COD. BIP: 30384231-0, PARA XX XXXXXX XX X. X X. XXXXXX XXX XXXXX.
EXENTA Nº 74
TALCA, 28 de Septiembre de 2018
VISTO
a) Decreto Ley N° 1.305 de 1976, que reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbani smo.
b) Ley N° 21.053, que establece presupuesto para el Sector Público, correspondiente al año 2018.
c) La Ley N°18.575, orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado;
d) Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
e) Decreto Supremo N°250 del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones posteriores que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886.
f) Resolución Exenta N°1045 de fecha 25 de Septiembre de 2018, que aprueba Bases Técnicas de
Licitación para la contratación del estudio “Plan Regulador intercomunal de Cauquenes”.
g) Resolución 1600 de 2008, de Contraloría General de la República, que establece normas sobre exención del trámite de toma de razón.
h) Las facultades que confiere el D.S. N°397 (V. y U.) de 1976, reglamento Orgánico de las Secretarías
Regionales Ministeriales.
i) El D.S. Nº 30, de 18 xx xxxxx de 2018, que me designa Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxx x Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xxx Xxxxx.
CONSIDERANDO
a) La necesidad de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo Región xxx Xxxxx de contratar el ESTUDIO “PLAN REGULADOR INTERCOMUNAL DE CAUQUENES”, para la XXXXXX xx X. x X. Xxxxxx xxx Xxxxx.
b) La solicitud electrónica para compras o contrataciones autorizada por la Encargada de la Sección de Administración y Finanzas de la Seremi de V. y U. Región xxx Xxxxx, con fecha 28 de Septiembre de 2018, a través de la cual solicita la contratación indicada en el literal a) precedente, según xx xxxxx en la solicitud XXXXXX N°71/2018.
c) Lo señalado en el Artículo 1° de la Ley N° 19.886, sobre “Bases y Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios” de fecha 30.07.03, el cual menciona que: “Los contratos que
celebre la administración del Estado, a título oneroso, para el suministro de bienes muebles, y de los servicios que se requieran para el desarrollo de sus funciones, se ajustarán a las normas y principios del presente cuerpo legal y de su reglamentación”.
d) Que revisado el catálogo de Chile Compra Express, los productos señalados precedentemente no se encuentran en Convenio Xxxxx con la Dirección de Compras y Contrataciones;
e) Que según señala el Artículo 25, Inciso Quinto del Decreto 250 del Ministerio de Hacienda: “Cuando el monto de la contratación sea igual o superior a 1000 UTM e inferior a 5.000 UTM, el llamado deberá publicarse en el Sistema de Información de la Dirección co n una antelación de a lo menos 20 días corridos anteriores a la fecha de recepción de las ofertas”.
RESOLUCIÓN
1) AUTORIZASE, la realización de la Licitación Pública ID 691-10-LQ18, para contratar el ESTUDIO PLAN REGULADOR INTERCOMUNAL DE CAUQUENES, para la SEREMI de V. y U. Región xxx Xxxxx.-
2) APRUÉBENSE las Bases para la Licitación Pública ID 691-10-LQ18, para la contratar el ESTUDIO PLAN REGULADOR INTERCOMUNAL DE CAUQUENES, para la SEREMI de V. y U. Región xxx Xxxxx, para la SEREMI de V. y U. Región xxx Xxxxx, cuyo texto es el siguiente:
LICITACIÓN PÚBLICA ID 691-10-LQ18
CONTRATACIÓN ESTUDIO
“PLAN REGULADOR INTERCOMUNAL DE CAUQUENES” Cód. BIP: 30384231-0
I - BASES ADMINISTRATIVAS.
La Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región xxx Xxxxx, en apoyo a la ejecución de sus funciones propias, establecidas en la Ley N° 16.391, de 1965, que crea el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo; en el Decreto Ley N° 1.305, de 1976, que reestructura y regionaliza el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y en el Decreto Supremo N° 397, de 1976, que aprueba el reglamento orgánico de las Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo, requiere la contratación del servicio que se describe en las presentes Bases Administrativas.
1.1 - SERVICIOS A CONTRATAR.
La Seremi de Vivienda y Urbanismo de la Región xxx Xxxxx en su ob jetivo estratégico de asegurar el desarrollo y planificación del territorio regional a través de las disposiciones respecto a las zonificaciones, localización del equipamiento y usos de suelo, requiere el servicio de consultoría para el desarrollo del Estudio “Plan Regulador Intercomunal de Cauquenes” mediante el cual se planificar á el territorio conformado por las comunas de Cauquenes, Chanco y Pelluhue, Instrumento que permitirá entregar las orientaciones normativas e indicativas que ordenaran las actividades que se desarrollarán en la comuna, de manera armónica y en concordancia con las metas regionales de desarrollo económico.
Para tal efecto la SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la Región xxx Xxxxx, invita a participar en la presente licitación a personas naturales y jurídicas, chilenas o extranjeras, cuyos objetivos y alcances se detallan en el presente documento.
1.1.1 - OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN.
Contratar los servicios de consultoría para el desarrollo del Estudio “Plan Regulador Intercomunal de Cauquenes” necesarios de acuerdo con lo señalado en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos y demás antecedentes que formen parte de la presente Licitación Pública.
1.1.2 - SERVICIO REQUERIDO.
Elaborar todos los proyectos y documentos concernientes al desarrollo del Estudio “Plan Regulador Intercomunal de Cauquenes” mediante el cual se planificará el desarrollo del territorio conformado por las comunas de Cauquenes, Chanco y Pelluhue, que contendrá los antecedentes socio-económicos, crecimiento demográfico, desarrollo industrial y demás antecedentes, estudios de factibilidades, ordenanza del Plan con las condiciones reglamentarias pertinentes, además de los planos con las disposiciones graficas de uso de suelo, zonificación, relaciones viales, limite s urbanos, áreas prioritarias de desarrollo, entre otros documentos y antecedentes solicitados en las Bases Técnicas y las presentes Bases Administrativas.
1.1.3 - EQUIPO DE TRABAJO REQUERIDO.
Para el desarrollo del Servicio indicado en el punto 1.1.2 precedente, el oferente deberá presentar un equipo de trabajo en la cantidad y tipo de profesionales requeridos en tabla N° 1. Será responsabilidad del consultor disponer a lo menos un profesional a cargo para cada una de los proyectos y/o funciones según lo requerido y aceptado en la tabla anterior, los cuales deberán ser indicados a través del Anexo 5.
Tabla N° 1: EQUIPO DE TRABAJO REQUERIDO.
PROFESIONAL | CARGO/FUNCIÓN | CANT. | DESCRIPCION FUNCIÓN |
Arquitecto o Geógrafo | Director/a del Estudio | 1 | Deberá coordinar el estudio y las distintas especialidades que este desarrolle entre otras. - Profesional obligatorio. |
Arquitecto, Geógrafo, Ingeniero Forestal o profesional afín | Responsable Evaluación Ambiental Estratégica | 1 | Deberá guiar el desarrollo de la Evaluación Ambiental Estratégica y en todos aquellos aspectos que por la naturaleza de su área sea requerido. Deberá suscribir el “Informe Ambiental”. - Profesional obligatorio. |
Geólogo o Geógrafo | Responsable área riesgos y protección ambiental | 1 | Deberá suscribir el “Estudio de Riesgos y de Protección Ambiental”; además, participar en el Diagnóstico Ambiental y en todos aquellos aspectos que por la naturaleza de su área el estudio lo requiera. - Profesional obligatorio. |
Sociólogo, antropólogo o profesional afín | Responsable proceso participativo | 1 | Deberá guiar la elaboración de talleres y consultas ciudadanas, participar en ellos y en la elaboración del Diagnóstico y en todos aquellos aspectos que por la naturaleza de su área el estudio lo requiera. - Profesional obligatorio. |
PROFESIONAL | CARGO/FUNCIÓN | CANT. | DESCRIPCION FUNCIÓN |
Técnico o Ingeniero Geomensor, cartógrafo, geógrafo, o profesional afín | Responsable de análisis de información geográfica | 1 | Deberá guiar el análisis de información geográfica, elaborar las cartografías necesarias para desarrollar el estudio y en todos aquellos aspectos que por la naturaleza de su área sea requerido. - Profesional obligatorio. |
Técnico o Ingeniero Geomensor, cartógrafo o profesional afín | Responsable área dibujo | 1 | Deberá realizar las cartografías necesarias para el correcto desarrollo del estudio. Esta función que puede ser desarrollada por el mismo profesional que será Responsable del análisis de información geográfica. |
Se entenderá por “profesional afín”, un profesional con título universitario distinto a los solicitados, pero que cuente con estudios de postgrado en las áreas correspondientes al cargo y función descrita, la cual deberá ser acreditada mediante la presentación de los certificados corr espondiente.
1.2 - CONDICIONES GENERALES.
1.2.1 - SISTEMA O MODALIDAD DE LICITACIÓN.
La licitación y propuestas se ajustarán a la modalidad de Propuesta Pública a Suma Alzada, en moneda corriente, todos los impuestos y gastos incluidos. El monto de la adjudicación y contrato no estará afecto a reajustes ni intereses de ningún tipo. Este tipo de licitación será “LQ”, es decir, una Licitación Pública para contrataciones iguales o superiores a 2.000 UTM e inferiores a 5.000 UTM.
1.2.2 - FINANCIAMIENTO.
El desarrollo del Plan Regulador Intercomunal de Cauquenes considerando en la presente licitación será financiado con presupuesto perteneciente a SEREMI de V. y U. Región xxx Xxxxx. El Gasto se imputará con cargo al ITEM 22.11.001.005 (C onsultorías IPT).
1.2.3 - PRESUPUESTO MÁXIMO DISPONIBLE.
El presupuesto máximo disponible para el Estudio del Plan Regulador Intercomunal de Cauquenes corresponde a $136.651.000.- (C iento treinta y seis millones seiscientos cincuenta y un mil pesos) que incluye entre otros, el pago de honorarios, impuestos, gastos notariales, intereses bancarios, materiales de trabajo, transporte, garantías, revisión y aprobación de organismos externos cuando corresponda, sin que esta enumeración sea taxativa. Lo anterior implica que el valor de la Oferta deberá incluir todo gasto que irrogue el cumplimiento del contrato y cualquier otro gasto asociado a la oferta.
DESCRIPCIÓN | PRESUPUESTO MÁXIMO DISPONIBLE |
Contratación Estudio “Plan Regulador Intercomunal de Cauquenes” | $136.651.000 |
1.2.4 - NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE LICITACION.
El servicio se deberá prestar cumpliendo la normativa legal y reglamentaria vigente sobre la materia, entre otras:
x. Xxx N° 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado y sus modificaciones.
x. Xxx N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado y sus modificaciones.
x. Xxx N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y
sus modificaciones.
d. Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y sus modificaciones.
e. Resolución Exenta N° 2.156, de 2015, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que aprueba el reglamento especial de seguridad y salud en el trabajo para empresas contratistas y subcontratistas y/o empresas de servicios transitorios, que prestan servicios bajo el régimen de subcontratación en los organismos del sector vivienda: MINVU central, SEREMI y SERVIU, a nivel nacional.
1.2.5 - DOCUMENTACIÓN QUE RIGE EL PROCESO DE LICITACION.
Asimismo, esta licitación se rige por los documentos que a continuación se indican:
a. Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos.
b. Modificaciones a las bases de licitación, debidamente aprobadas por acto administrativo.
c. Aclaraciones a las bases entregadas por la SEREMI, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proponentes.
d. Las respuestas a las preguntas de los proveedores publicadas por la SEREMI en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado.
1.2.6 - MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y REVOCACIÓN DEL PROCESO LICITATORIO.
a. La SEREMI podrá modificar las bases administrativas, bases técnicas y sus anexos hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante acto administrativo de la autoridad competente, el que debe ser publicado en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado y, en caso de ser necesario, deberán fijar prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
b. Asimismo, en caso que el Tribunal de Contratación Pública u otra instancia jurisdiccional ordenasen la detención del proceso licitatorio, previo a la adjudicación, la SEREMI podrá suspenderlo por una cantidad determinada de días y, posteriormente, seguir con el curso normal de la licitación.
c. Por otra parte, conforme a lo establecido en el artículo sesenta y uno de la Ley N° 19.880, que
establece bases de los procedimientos administrativos que r igen los actos de los órganos de la Administración del Estado, la SEREMI podrá revocar el llamado a licitación pública. Lo anterior, debe ser aprobado mediante acto administrativo de la autoridad competente.
1.2.7 - DEFINICIONES.
Para la correcta interpretación de los documentos de la propuesta y del contrato, además de las definiciones establecidas en el artículo segundo del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, para los efectos de las presentes bases de licitación, se entenderá por:
a. Administrador del Contrato: Encargado de la supervisión y fiscalización administrativa de la ejecución del estudio, con el objeto de asegurar el cabal y oportuno cumplimiento del contrato suscrito entre la Seremi de V. y U. Región xxx Xxxxx y el Consultor.
b. Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada su oferta y adjudicada la presente licitación, para la contratación definitiva.
c. Bases de Licitación: Bases Administrativas, Bases Técnicas y Documentos A nexos que se acompañen.
d. Bases Administrativas: Documento que reúne el conjunto de procedimientos y términos mediante los cuales regulan el procedimiento concursal, el desarrollo del contrato y aspectos particulares que deberá cumplir la contratación de la especie.
e. Bases Técnicas: Documento que reúne las características técnicas específicas que deberá cumplir la contratación de la especie, basándose en la normativa vigente, de acuerdo a lo requerido por el estudio y a los criterios establecidos por la Seremi de V. y U. Región xxx Xxxxx .
f. Comisión Evaluadora de Ofertas: Equipo integrado por funcionarios de la Seremi de V. y U. Región xxx Xxxxx a quienes le corresponde la revisión, análisis, evaluación de las ofertas, elaboración del informe de evaluación de ofertas y proposición de adjudicación dirigida a la autoridad fa cultada para adoptar la decisión final de adjudicación o deserción.
g. Comisión Técnica: Equipo integrado por funcionarios de la Seremi de V. y U. Región xxx Xxxxx a quienes le corresponde la revisión, análisis, emisión de observaciones, rechazo y/o aprobación de cada una de las Etapas y Sub Etapas que componen el estudio.
h. Consultor(a) o Contratista: Proveedor al cual se le adjudica o con quien se celebra la contratación.
x. Xxxx hábiles: Todos los días de la semana, excepto los días xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos.
j. Días corridos: Todos los días de la semana, que se computan uno a uno en forma correlativa.
k. Estudio: Conjunto de actividades necesarias para la obtención de la totalidad de los productos o resultados concernientes al Plan Regulador Intercomunal de Cauquenes, y las especialidades necesarias para su correcto desarrollo.
l. Fuerza mayor o caso fortuito: “Se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto a que no es posible resistir, como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercidos por un funcionario público, etc.”, de acuerdo a lo establecid o en el artículo cuarenta y cinco del Código C ivil.
m. Oferente o proponente: Proveedor que participa en el proceso licitatorio, presentando sólo una oferta.
n. Oferta: La oferta económica, técnica y administrativa, elaborada por un proponente para para participar de una Licitación en la forma, condiciones y plazo que determinen las Bases.
o. Plazo de Ejecución de Etapas: Plazo definido para que el consultor desarrolle directamente el Estudio, en el cual no se encuentran incluidos los periodos de revisión, subsanación de observaciones y aprobación de las distintas etapas o sub etapas.
p. Presupuesto Total o Máximo Disponible: El valor máximo previsto por la SEREMI para la contratación del servicio.
q. SEREMI: Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región xxx Xxxxx.
r. Sistema de Información: Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración o página web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
s. Vigencia del contrato: Plazo durante el cual el contrato está en vigor y las partes contratantes vinculadas cada una y obligadas a cumplir sus obligaciones contractuales.
1.2.8 - PACTO DE INTEGRIDAD.
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las presentes bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualqui era fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores, agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas.
1.3 - PUBLICACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN.
a. Las presentes bases de licitación serán publicadas, en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, dentro de los primeros siete días corridos a contar de la total tramitación del acto administrativo que apruebe el llamado a la presente licitación pública.
b. En caso que existan diferencias entre la ficha de la licitación publicada en el Sistema de Información
de Compras y Contratación de la Administración del Estado y las presentes bases de licitación, aprobadas por acto administrativo y adjuntas a la mencionada ficha, siempre primará lo indicado en las presentes bases de licitación.
c. Los plazos señalados en las presentes bases de licitación serán ingresados co mo fechas concretas al
momento de la publicación de la presente licitación en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, por lo que serán estas últimas las que rigen el presente proceso licitatorio.
d. En el evento que alguno de los plazos indicados en las presentes bases de licitación expire en días xxxxxx, xxxxxxx o festivos, se entenderá prorrogado automáticamente al día hábil siguiente.
e. Todas las notificaciones que hayan de efectuarse en el transcurso de la presente licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas veinticuatro horas, desde que la SEREMI publique, en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, el respectivo documento o acto administrativo objeto de la notificación.
1.4 - CONSULTAS, ACLARACIONES Y RECLAMOS.
a. Los proveedores podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las disposiciones contenidas en las presentes bases de licitación o en relación al proceso licitatorio en general.
b. Como mecanismo de preguntas y respuestas, se hará uso del foro que para estos efectos se dispone en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado. No se admitirán preguntas ni solicitudes de aclaración por otro medio.
c. Las preguntas serán recibidas desde la fecha de publicación del llamado a la presente licitación pública en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado hasta el Séptimo día corrido a contar de dicha fecha. No se admitirán preguntas ni solicitudes de aclaración posteriores a dicho plazo.
d. La SEREMI podrá ingresar la respuesta a las consultas hasta el decimocuarto día corrido a contar de la fecha de publicación del llamado a la presente licitación pública en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado.
e. Asimismo, la SEREMI, de manera unilateral y por iniciativa propia, podrá realizar las aclaraciones que estime necesarias o que hubieren surgido con motivo de consultas efectuadas por los proveedores durante el proceso de licitación.
f. En ningún caso los oferentes podrán alegar desconocimiento de las respuestas a las consultas y aclaraciones mencionadas.
g. A su vez, los proveedores tienen derecho a efectuar reclamos relacionados con el pre sente proceso licitatorio, a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, conforme se establece en la Resolución Exenta N° 484B, de 2007, de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
1.5 - PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
a. Antes de la fecha y hora dispuesta para el cierre de la recepción de ofertas, los proveedores deberán ingresar sus propuestas en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, adjuntando formularios, declaraciones, documentos, anexos y cualquier documento que sea requerido en las presentes bases de licitación, en formato digital.
b. Las propuestas deberán presentarse en idioma español y en moneda nacional.
c. Se entenderá que todos aquellos interesados que presenten ofertas, conocen y aceptan íntegramente las presentes bases de licitación.
1.5.1 - ANTECEDENTES A INCLUIR EN LA OFERTA.
1.5.1.1 - PROPUESTA ADMINISTRATIVA.
a. Información del proponente indicando, al menos:
Persona natural: Antecedentes del proponente (nombre, número de cédula de identidad, dirección, comuna, ciudad, teléfono fijo o celular y correo electrónico) y antecedentes del ejecutivo del contratista (nombre, cargo, dirección, comuna, ciudad, teléfono fijo, teléfono móvil y correo electrónico).
Persona jurídica: Antecedentes del proponente (razón social, rol único tributario, dirección, comuna,
ciudad, teléfono fijo, teléfono móvil y correo electrónico), antecedentes del representante legal (nombre, número de cédula de identidad, cargo, dirección, ciudad, teléfono fijo, teléfono móvil y correo electrónico) y antecedentes del ejecutivo del contratista (nombre, cargo, dirección, comuna, ciudad, teléfono fijo, teléfono móvil y correo electrónico).
Unión temporal de proveedores: Antecedentes de los proponentes participantes de la unión temporal
de proveedores (razón social o nombre y rol único tributario o número de cédula de identidad), antecedentes del representante de la unión temporal (nombre, número de cédula de identida d, cargo, dirección, comuna, ciudad, teléfono fijo, teléfono móvil y correo electrónico) y antecedentes del ejecutivo del contratista (nombre, cargo, dirección, comuna, ciudad, teléfono fijo, teléfono móvil y correo electrónico).
El proponente podrá ingresar esta información en el anexo 1a, 1b o 1c según corresponda, para así facilitar su evaluación.
b. Declaración jurada simple en la que indique que no se encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, quedando exceptuadas de esta declaración las fundaciones, corporaciones y universidades. En el caso de las uniones temporales de proveedores, se deberá ingresar declaración por cada uno de los integrantes de ésta.
El proponente podrá ingresar esta información en el anexo 2a o 2b según corresponda, para así facilitar su evaluación.
c. Declaración jurada simple en la que indique que no registra condenas asociadas a responsabilidad penal, de acuerdo a lo establecido en los artículos octavo y décimo de la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos xx xxxxxx de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica , quedando exceptuadas de esta
declaración las personas naturales. En el caso de las uniones temporales de proveedores, se deberá ingresar declaración por cada uno de los integrantes de ésta.
El proponente podrá ingresar esta información en el anexo 3, para así facilitar su evaluación.
d. Declaración jurada simple en la que se indique si registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios. En el caso de las uniones temporales de proveedores, se deberá ingresar declaración por cada uno de los integrantes de ésta.
El proponente podrá ingresar esta información en el anexo 4a o 4b según corresponda, para así facilitar su evaluación.
1.5.1.2 - PROPUESTA TÉCNICA.
Se entenderán como parte de la propuesta técnica incluirá los siguientes antecedentes:
a. Plan de Trabajo. El oferente deberá elaborar el Plan de Trabajo propuesto, donde detalle de manera ordenada y sistematizada, todas las actividades concernientes al desarrollo integral del Estudio “Plan Regulador Intercomunal de Cauquenes” indicadas en las Bases Técnicas, considerando el alcance y objetivos de cada una de las actividades y etapas, objetivos, secuencia de las actividades, la organización para el desarrollo, recursos dispuestos para cada una de ellas, plazos previstos (desarrollo, revisiones, subsanaciones), horas de trabajo, equipo de trabajo, resultados esperados, aprobaciones por las instituciones y organismos pertinentes.
Además deberá adjuntar a este plan de trabajo:
Carta Xxxxx: Se deberá incorporar la programación temporal de las actividades, considerando los plazos de ejecución del estudio de cada etapa, revisión y subsanación indicadas en el punto 1.26 de las presentes bases, además de interrelacionar cada integrante del equipo de trabajo y la respectiva función. Esta programación temporal deberá ser coherente con el Plan de Trabajo.
b. Metodología de Participaciones Ciudadanas. El Oferente deberá presentar una Metodología para el desarrollo de las Participaciones C iudadanas. Es recomendable para facilitar la evaluación que la metodología tenga un mínimo de 4 y máximo de 15 hojas, tamaño oficio o carta, el contenido deberá ser ordenado y contener la siguiente pauta:
Descripción general de la metodología.
Objetivos Generales y Específicos de las Participaciones C iudadanas para cada etapa del estudio.
Indicar metodología para la creación xx xxxx de actores relevantes para el desarrollo de estudio.
Técnicas de recopilación de datos e información acerca del entorno, la comunidad, las demandas, necesidades existentes etc. que ayuden a la toma de decisiones, metodología de talleres de trabajo, fundamental en el proceso de participación ciudadana.
Describir la manera en que abordará la incorporación de las personas adultas, niñas y niños
adolescentes y el tratamiento que se le dará al tema de “Equidad de Género” durante las actividades de participación ciudadana.
Descripción detallada de las actividades que se utilizarán en el proceso de participación (Tales como: Focus Group, Asambleas, Talleres encuestas, informes de resultados, productos de entrega, entre otros.), para cada una de las Etapas.
Detalle de la planificación y coordinación con los organismos de la administración del Estado, en lo relacionado a la logística operacional para el desarrollo de las participaciones.
Descripción de los canales y formas que se utilizarán para la difusión de las actividades del estudio.
Planificación de fechas propuestas para el desarrollo de las actividades, en concordancia con el Plan de Trabajo.
Descripción de los productos asociados a cada etapa del proceso (Listas, registros, informes, presentaciones audiovisuales, entre otros).
c. Composición Equipo de Trabajo Requerido. El Oferente deberá identificar los integrantes de su equipo de trabajo en concordancia con lo requerido en Tabla N° 1 indicada en el numeral 1.1.3 de las presentes Bases. El proponente deberá indicar esta información en el anexo 5, para así facilitar su evaluación.
d. Título de cada Profesional del Equipo de trabajo. El Oferente deberá presentar copia simple del Título Profesional o Certificado de título correspondiente de cada uno de los profesionales que integren el Equipo de Trabajo ofertado. Es del caso señalar que, en aquellos casos en que el título profesional haya sido obtenido en el extranjero, el interesado deberá tener homologado su título profesional para ejercer en Chile mediante los mecanismos establecidos para ello .
e. Experiencia del Director del Estudio. Solo si la tuviese, el Oferente podrá ingresar los Certificados de Experiencia del Director del Estudio, que correspondan al desarrollo de Instrumentos de Planificación Territorial y/o Modificaciones de éstos en el País, ejecutados y finalizados durante el periodo entre el 01 de enero de 2010 a la fecha de cierre de la presente licitación.
La citada experiencia específica se deberá acreditar mediante certificados entregados por las instituciones, públicas o privadas, a las que prestó el servicio. Con la finalidad de facilitar la evaluación el oferente podrá utilizar el Anexo 8 o en su defecto otro formato, el cual deberá contener al menos la siguiente información:
Nombre y Rut - De la empresa o institución a la cual presto el servicio:
Nombre, descripción, fechas de inicio y término, función desarrollada por el profesional - Del Estudio de Planificación Territorial.
Nombre, cargo dentro de la empresa o institución, teléfono fijo o móvil, correo
electrónico. - De quien entrega la información por parte de la empresa o institución para la cual se prestó el servicio.
Firma o timbre de la empresa o institución quien emite dicho certificado.
No se aceptará Boletas de Honorarios, Facturas, Copias de Contratos u Órdenes de Compra para certificar la experiencia.
f. Grado de especialización del Director del Estudio . Solo si los tuviese, el Oferente podrá ingresar los Certificados de Estudios Complementarios del profesional Director de Estudio, que acrediten la obtención de Doctorados, Magister o Diplomados en las Áreas afines a la Planificación Urbana, Territorial o Urbanismo.
g. Grado de especialización del Equipo de Trabajo Requerido. Solo si los tuviesen, el Oferente podrá ingresar los Certificados de Estudios Complementarios de todo el Equipo de Trabajo, que acrediten la obtención del grado de Doctor, Magister o Diplomados en las Áreas afines a la Planificación Urbana,
Territorial, Urbanismo o el área de especialización para la función que desarrolla dentro del equipo de trabajo requerido.
h. Experiencia del oferente, si la tuviese, el proponente deberá ingresar la información sobre los servicios desarrollados que correspondan a la elaboración de Estudios de Planes Reguladores y/o Modificaciones de Planes en el País, iniciados, ejecutados y finalizados desde el 01 de enero de 2010 a la fecha de cierre de la presente licitación a través del Anexo 6 o en su defecto elaborar una lista con los contratos que correspondan desarrollados durante dicho periodo.
En la eventualidad de presentar la lista indicada en el párrafo anterior, esta deberá contener la misma información requerida a través del anexo 6 es decir; Mandante, Servicio desarrollado, fecha de ejecución (inicio y término) y datos del contacto (nombre, cargo, teléfono, correo electrónico).
Junto con lo anterior, por cada uno de los servicios declarados en el Anexo 7 o lista de servicios , el oferente deberá ingresar el correspondiente certificado de experiencia mediante el uso del Anexo 7 u otro formato que contenga a los menos la información siguiente:
Nombre y Rut - De la empresa o institución a la cual presto el servicio:
Nombre, descripción, fechas de inicio y termino, función desarrollada por el profesional - Del Estudio de Planificación Territorial:
Nombre, cargo dentro de la empresa o institución, teléfono fijo o móvil, correo electrónico. - De quien entrega la información por parte de la empresa o institución para la cual se prestó el servicio.
1.5.1.3 - PROPUESTA ECONÓMICA.
La oferta económica será expresada en valor Exento de IVA en moneda nacional, para la ejecución del estudio “PLAN REGULADOR INTERCOMUNAL DE CAUQUENES”, no pudiendo sobrepasar el presupuesto máximo disponible indicado en el punto 1.2.3 de las presentes Bases Administrativas. Se considerarán incluidos en el precio ofertado todos los costos, entre los que se incluyen pagos al equipo de trabajo, materiales, servicios, equipos, otros impuestos y, en general, todo gasto que irrogue el cumplimiento de la contratación. El proponente deberá ingresar esta información a través de la plataforma xx xxxxxxx público junto con adjuntar el respectivo anexo 9.
En caso que se indiquen distintos precios en la oferta, se entenderá que corresponde al menor monto ofertado; y en caso que no se ingrese precio en la oferta o se indique un precio de “$1” (un peso), se entenderá que no cumple con el requisito establecido en el punto 1.2.3.- “Presupuesto Máximo Disponible” de las presentes Bases Administrativas. Asimismo, en caso que se indique en la oferta un precio expresado en una moneda extranjera o un indicador económico nacional, la conversión se realizará al valor observado po r el Banco Central a la fecha de cierre de la recepción de ofertas.
1.5.2 - REQUISITOS PARA LOS OFERENTES.
1.5.2.1 - INHABILIDADES ESTABLECIDAS EN LA LEY N° 19.886.
Los proponentes no podrán haber sido condenados por prácticas antisindicales, por infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores o por los delitos concursales establecidos en los artículos cuatrocientos sesenta y tres y siguientes del Código Penal, dentro de los anteriores dos años contados hacia atrás desde la presentación de la propuesta.
1.5.2.2 - UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES.
En el caso de participar del presente proceso licitatorio como una unión temporal de proveedores, el representante de la unión deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento público o pri vado que dé cuenta del acuerdo de participar de esta forma con una vigencia igual o superior al contrato adjudicado, el contratista deberá modificar la vigencia de la unión temporal de proveedores cada vez que solicite y autoricen aumentos de plazo que modifiquen la vigencia del contrato, además de cumplir con lo que establece en el artículo 67 bis del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, de bases sobre contratos administrativos xx xxxxx istro y prestación de servicios.
El citado documento deberá establecer, al menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
1.5.3 - REQUISITOS DE PRESELECCIÓN DE LAS OFERTAS.
En forma previa a la evaluación de las propuestas, se efectuará un análisis de admisibilidad de éstas, mediante el cual se comprobará que los oferentes hayan cumplido con los requisitos establecidos en las Bases de Licitación para la aceptación de las mismas. De NO cumplir alguno de los siguientes numerales, la oferta será rechazada y no será evaluada.
1.5.3.1 - CONDICIONES DEL SERVICIO.
a) Ingresar Documentación Solicitada: El oferente deberá presentar todos los documentos y antecedentes administrativos, técnicos y económicos solicitados en el punto 1.5.1.- Antecedentes a incluir en la Oferta.
b) Equipo de Trabajo: El Oferente deberá ingresar composición de su equipo de trabajo en concordancia a lo requerido en Tabla N° 1 indicado en el numeral 1.1.3 - “EQUIPO DE TRABAJO REQUERIDO”, de las presentes Bases Administrativas. El proponente deberá ingresar esta información a través del anexo 5, para así facilitar su evaluación.
Nota: Si el Oferente no ingresa los antecedentes Composición del Equipo de Trabajo, no cumple con la cantidad de profesionales solicitados para cada proyecto y/o función, su oferta será Rechazada por ser considerada “Fuera de Bases” y no será evaluada.
1.5.3.2 - NO EXCEDER EL MONTO MÁXIMO DISPONIBLE.
La oferta económica realizada por el oferente para el Estudio del “PLAN REGULADOR INTERCOMUNAL DE CAUQUENES”, no podrá ser superior al presupuesto máximo disponible indicado en el punto 1.2.3 de estas bases administrativas.
En caso que se indiquen distintos precios en la oferta, se entenderá que corresponde al menor monto ofertado; y en caso que no se ingrese precio en la oferta o se indique un precio de “$1” (un peso), se entenderá que no cumple con el requisito establecido en el punto 1.2.3.- “Presupuesto Máximo Disponible” de las presentes bases de licitación. Asimismo, en caso que se indique en la oferta un precio expresado en una
moneda extranjera o un indicador económico nacional, la conversión se realiz ará al valor observado por el Banco Central a la fecha de cierre de la recepción de ofertas.
1.5.3.3 - PRESENTAR GARANTÍA DE SERIEDAD DE OFERTA.
El oferente deberá ingresar mediante oficina de partes de la SEREMI la Garantía de Seriedad de Oferta, de acuerdo al punto 1.15.1 - “GARANTÍA DE SERIEDAD DE OFERTA”.
1.6 - RECEPCIÓN DE LAS PROPUESTAS.
a. La SEREMI sólo recibirá ofertas a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al indicado previamente, sin perjuicio de la posibilidad de recepcionarles en soporte papel cuando se configure alguna de las circunstancias establecidas en el artículo sesenta y dos del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, lo que será informado a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, junto al lugar de presentación de las propuestas.
b. Las ofertas serán recibidas desde el momento de la publicación del llamado a la presente licitación pública en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, hasta las diecisiete horas del vigésimo día corrido a contar de dicha fecha. En caso de indisponibilidad técnica del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública, las ofertas en soporte papel serán recibidas hasta con dos días hábiles de posterioridad a la fecha de emisión del respectivo certificado.
c. Asimismo, si a la fecha de cierre de recepción de ofertas, el Sistema de Información de Compras y
Contratación de la Administración del Estado presenta indisponibilidad técnica, la SEREMI podrá ampliar el plazo de cierre hasta por el mismo período en que se hubiese prolongado la indisponibilidad técnica, circunstancia que deberá ser acreditada mediante un certificado emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, lo que será informado a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado.
d. Las propuestas tendrán una validez de noventa días corridos a contar de la fecha de cierre de la presente licitación. Si dentro de este plazo, aún no se hubiese adjudicado la propuesta y ésta estuviese pronta a caducar, la SEREMI podrá solicitar a los oferentes que prorroguen la vigencia de sus ofertas por un período de treinta días corridos. Esta solicitud será realizada por el Encargado de la Sección Administración y Finanzas o quien le subrogue o reemplace, mediante correo electrónico. Si alguno de los oferentes no respondiera dentro del plazo conferido en el correo electrónico o no accediera a la solicitud de prórroga, su propuesta no será considerada en la evaluación.
e. Los proponentes no podrán retirar las propuestas ni hacer modificaciones en ellas una vez
presentadas.
1.7 - APERTURA DE LAS PROPUESTAS.
a. El acto de la apertura de las ofertas se efectuará en una etapa, es decir, se procederá a abrir tanto la oferta técnica como la oferta económica a la vez.
b. La apertura se realizará de manera electrónica, a las 9:00 Hrs AM del día hábil siguiente a contar de la fecha de cierre de recepción de ofertas de la presente licitación pública en el Sistema de
Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, en la eventualidad que se configure alguna de las circunstancias establecidas en el artículo sesenta y dos del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, para la presentación de propuestas en formato papel. En este último caso, la apertura se realizará en la sala de reuniones de Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región xxx Xxxxx, ubicada en Xxxxx 0 Xxxxxxx Xx 0000, xxxxxx xx Xxxxx, pudiendo asistir los representantes de los oferentes.
c. Los proponentes podrán efectuar observaciones al acto de apertura, a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la apertura de las ofertas. En el caso que la apertura de las ofertas sea realizada en soporte papel, los proponentes podrán solicitar que se deje constancia de dichas observaciones o quejas en el acta que se levantará especialmente para tal efecto.
1.8 - EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.
1.8.1 - COMISIÓN EVALUADORA.
Para la revisión, análisis, evaluación y calificación de las ofertas, se constituirá una Comisión Evaluadora de Ofertas, integrada por funcionarios pertenecientes a la SEREMI de V. y U. Región xxx Xxxxx, debidamente designados, quienes efectuarán la evaluación a través de un análisis Económico – Técnico de cada una de las ofertas, considerando para esto, los antecedentes, administrativos, técnicos y económicos, indicados en el numeral 1.5.1 - “Antecedentes a Incluir en la Oferta” y los criterios de evaluación establecidos en el numeral
1.8.3 - “Criterios de Evaluación”, ambos señalados en las presentes Bases Administrativas.
a. La comisión será designada mediante acto administrativo, se realizara la evaluación de las ofertas técnicas, económicas y administrativas y de los antecedentes recibidos, de acuerdo a los requisitos para los oferentes, los requisitos de preselección de las ofertas y los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases de licitación.
b. La comisión evaluadora podrá invitar, como asesores, a otros funcionarios de la SEREMI o personas externas que puedan efectuar aportes respecto a algún punto particular del proceso licitatorio.
c. De acuerdo a lo establecido en el artículo treinta y siete del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, los miembros de la comisión evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación.
d. Los Oferentes NO podrán tener contacto con la comisión evaluadora , salvo a través de los mecanismos establecidos en las presentes bases de licitación, conforme a lo establecido en los artículos veintisiete y treinta y nueve del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
e. Los integrantes de la comisión evaluadora deberán mantener confidencialidad de las deliberaciones de la comisión durante todo el período de evaluación de las ofertas, a fin de asegurar la integridad del proceso licitatorio.
f. En caso de no estar afecto a ninguna de las inhabilida des establecidas en la normativa vigente, una
vez realizada la apertura de las ofertas y conocidos los proponentes y antes del inicio de la evaluación de las ofertas, los integrantes de la comisión evaluadora deberán firmar una declaración simple indicando que no se encuentran afectos a ellas. En caso de encontrarse afecto a cualquiera de estas inhabilidades, el evaluador deberá abstenerse de participar de la comisión. Asimismo, en caso
de invitar a otros funcionarios de la SEREMI o personas externas para a sesorar, de acuerdo a lo establecido en el literal b. del presente punto, ellos también deberán firmar dicha declaración.
1.8.2 - PROCESO DE EVALUACIÓN.
a. Una vez finalizada la recepción de las ofertas, los integrantes de la comisión evaluadora deberán realizar la evaluación de las ofertas, analizando el contenido de todos los antecedentes que se presenten, para lo cual tendrán un plazo estimado de 15 días Hábiles, contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas.
b. Corresponderá, como primera instancia, realizar la revisión de los requisitos para los oferentes,
establecidos en el punto 1.5.2 “Requisitos para los oferentes” de las presentes bases de licitación. En caso de cumplir con todos ellos, se continuará con su evaluación y e n caso de no cumplir con la totalidad de los requisitos, la oferta de aquellos proponentes será declarada inadmisible.
c. Posteriormente, se deberá realizar la revisión de los requisitos de preselección de las ofertas, de acuerdo a lo establecido en el punto 1.5.3 “Requisitos de preselección de las ofertas” de las presentes bases de licitación. En caso de cumplir con todos ellos, se continuará con su evaluación y en caso de no cumplir con la totalidad de los requisitos, la oferta de aquellos proponentes será declarada inadmisible.
d. El proceso de evaluación contempla la evaluación de las ofertas técnicas, económicas y
administrativas, debiendo cada uno de estos componentes ser evaluado en forma independiente, en virtud de lo cual se le asignará el puntaje que corresponda, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en el punto 1.8.3 “Criterios de evaluación” de las presentes bases de licitación. La suma de los puntajes asignados a los tres componentes corresponderá al puntaje final de la oferta.
e. Los criterios de evaluación sólo se aplicarán sobre aquellas ofertas que cumplen con los requisitos para los oferentes y con los requisitos de preselección de las ofertas, de acuerdo a lo establecido en los literales b. y c. del presente punto, es decir, sólo se evaluarán las ofertas que cumplan con todos los requisitos establecidos en las presentes bases de licitación.
f. Los puntajes técnicos, económicos, administrativos y finales se expresarán, por cada evaluación, en
dos decimales.
g. Durante el período de evaluación de las ofertas, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la misma, a través de los mecanismos previstos en las presentes bases de licitación, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto. De incumplir lo señalado, se entenderá que infringe el pacto de integridad indicado en el punto 1.2.8 “Pacto de integridad” de las presentes bases de licitación, siendo declarada inadmisible su oferta.
1.8.3 - CRITERIOS DE EVALUACIÓN.
Las ofertas se evaluarán de acuerdo a los siguientes Criterios de Evaluación y sus respectivas ponderaciones:
ANTECEDENTES A EVALUAR | CRITERIO DE EVALUACIÓN | PONDERACIÓN CRITERIO |
PRO PUESTA ECONÓMICA | a) Precio de la Oferta. (PO) | 7% |
PRO PUESTA ADMINISTRATIVA | b) Cum plimiento de los Requisitos Formales. (CRF) | 5% |
PRO PUESTA TÉCNICA | c) Plan de Trabajo. (PT) | 30% |
d) Metodología de participación ciudadana. (MPC) | 18% |
e) Experiencia del oferente.(EO) | 15% | |
f) Experiencia del Director del Estudio. (ED) | 10% | |
g) Grado de Especialización del Director del Estudio. (GED) | 8% | |
h) Grado de Especialización del Equipo de Trabajo Requerido.(GEE) | 7% | |
TOTAL | 100% |
a. PRECIO OFERTA. (PO)
Para los efectos de calificación de la Oferta Económica, a cada una de las propuestas calificadas técnicamente para el estudio, se les asignará un puntaje de acuerdo al siguiente algoritmo:
Puntaje Oferta Evaluada = (POM/XXX)*100
Entendiéndose como:
POM = Precio de la Oferta Mínima recibida en la adquisición XXX = Precio de la Oferta Evaluada
El puntaje obtenido por la aplicación de la formula, será ponderado en un 7% para el puntaje final de la oferta.
b. CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES. (CRF)
Este criterio califica la entrega de todos los antecedentes solicitados en el numeral 1.5.1 - ANTECEDENTES A INCLUIR EN LA OFERTA de las presentes Bases Administrativas. Lo anterior en concordancia a lo señalado a continuación:
La Comisión Evaluadora podrá requerir a los oferentes a través del Sistema de Información del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx , que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demá s competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
El Oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañado todos los antecedentes requeridos obtendrá 100 puntos. El oferente que haya incumplido los requisitos formales, aun cuando los hayan acompañado con posterioridad a solicitud de la comisión evaluadora, en virtud del artículo 40, inciso 2°, del reglamento de la ley N° 19.886, obtendrá 1 punto en este criterio.
La Comisión de Evaluación sólo podrá solicitar:
La presentación de documentos por encontrarse ilegibles.
La presentación de documentos sin firmas del proponente o representante legal en los antecedentes presentados.
Antecedentes Administrativos.
Los demás que dispongan las presentes bases
El puntaje de este criterio, será asignado de acuerdo a la siguiente tabla:
CUMPLIMIENTO | PUNTAJE |
(puntos) | |
Cumple Requisitos Formales | 100 |
NO Cumple Requisitos Formales | 1 |
El puntaje obtenido por la aplicación de la tabla, será ponderado en un 5% para el puntaje final de la oferta.
c. PLAN DE TRABAJO. (PT)
El Plan de Trabajo se evaluará en virtud de lo establecido en la siguiente Tabla.
CALIFICACIÓN | DESCRIPCIÓN | PUNTAJE (puntos) |
Buena | Debe cumplir con los siguientes cuatro puntos: 1. El oferente presenta un Plan de trabajo claro y lógico, coherente con las Bases Técnicas, las etapas y sub-etapas del estudio, la metodología indicada, la normativa vigente, y la carta Xxxxx propuesta. 2. Presenta una carta Xxxxx coherente con el itemizado del Plan de Trabajo, e indica en cada tarea al respectivo profesional responsable. 3. Además, presenta cada una de las actividades a realizar durante el estudio, y se explica en detalle su propósito y resultado, en concordancia con las etapas del estudio. 4. Incluye un plan de recursos humanos en el que establece organigrama con desglose por especialidad o área de trabajo que es coherente con el equipo de profesionales ofertados. | 100 |
Regular | Cumple con el punto 1 y 2, y no cumple con el punto 3 y/o 4 de la calificación “Buena”. | 60 |
Deficiente | No cumple con el punto 1 o el punto 2, y cumple con el punto 3 y/o 4 de la calificación “Buena”. | 30 |
Malo | No cumple con ninguno de los puntos indicados de la calificación “Buena”. | 1 |
El puntaje obtenido por la aplicación de la tabla, será ponderado en un 30% para el puntaje final de la oferta.
d. METODOLOGÍA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA. (MPC)
La Metodología de Participación C iudadana se evaluará en virtud de lo establecido en la siguiente Tabla :
ÍTEMS QUE DEBE CONTENER LA METODOLOGÍA PARA LAS PARTICIPACIONES CIUDADANAS | CUMPLIMIENTO | PUNTAJE (Puntos) |
a) La descripción General de la metodología se presenta de manera clara y Xxxxxxx. | Bueno | 15 |
Regular | 10 | |
Deficiente | 5 | |
No Cumple | 0 | |
b) Establece objetivos Generales y Específicos de manera concreta, objetiva y realista para cada una de las participaciones ciudadanas que se deben desarrollar durante el estudio. | Bueno | 15 |
Regular | 10 | |
Deficiente | 5 | |
No Cumple | 0 | |
c) La metodología por utilizar para construir el mapa de actores | Xxxxx | 15 |
ÍTEMS QUE DEBE CONTENER LA METODOLOGÍA PARA LAS PARTICIPACIONES CIUDADANAS | CUMPLIMIENTO | PUNTAJE (Puntos) |
relevantes es clara, y es útil para identificar jerarquías dentro del listado de actores relevantes. | Regular | 10 |
Deficiente | 5 | |
No Cumple | 0 | |
d) Desarrolla y detalla cada una de las actividades y/o acciones necesarias para el desarrollo del proceso de participación ciudadana (ejemplo: recopilación de antecedentes, actores relevantes, realización de actividades). | Bueno | 15 |
Regular | 10 | |
Deficiente | 5 | |
No Cumple | 0 | |
e) Describe de manera clara y detallada las actividades que se utilizarán en el proceso de participación, explicando claramente la razón de la metodología escogida. | Bueno | 10 |
Regular | 7 | |
Deficiente | 4 | |
No Cumple | 0 | |
f) Establece y describe detalladamente una planificación y coordinación con los organismos de la administración del Estado, en relación con la logística operacional para el desarrollo de cada participación ciudadana. | Bueno | 10 |
Regular | 7 | |
Deficiente | 4 | |
No Cumple | 0 | |
g) Describe los canales y formas que se utilizarán para difundir y fomentar la participación de los actores relevantes o grupos de interés actividades de consulta ciudadana. Estos deberán ser adecuados con el público objetivo. | Bueno | 10 |
Regular | 7 | |
Deficiente | 4 | |
No Cumple | 0 | |
h) Describe los productos esperados asociados a los resultados de cada una de las participaciones ciudadana a desarrollar. | Bueno | 10 |
Regular | 7 | |
Deficiente | 4 | |
No Cumple | 0 |
La suma de los puntajes obtenidos por la aplicación de la tabla por cada uno de los contenidos, será ponderado en un 18% para el puntaje final de la oferta.
e. EXPERIENCIA DEL OFERENTE. (EO)
La experiencia del oferente se evaluara de acuerdo a la cantidad de proyectos declarados mediante anexo 6 y el correspondiente certificado de experiencia anexo 7 u otro formato de acuerdo a lo solicitado en el literal h. del punto 1.5.1.2 de las presentes bases administrativas.
El puntaje para este criterio corresponderá al indicado en la siguiente tabla :
Proyectos declarados con certificado de experiencia correctamente presentados | PUNTAJE (Puntos) |
10 ó más | 100 |
8-9 | 80 |
6-7 | 60 |
4-5 | 40 |
1-3 | 20 |
0 | 1 |
El puntaje obtenido por la aplicación de la tabla, será ponderado en un 15% para el puntaje final de la oferta.
f. EXPERIENCIA DEL DIRECTOR DEL ESTUDIO. (ED)
Se evaluará la experiencia específica del Director del Estudio, presentada por el oferente, a través de los certificados de experiencia que acrediten el desarrollo de Estudios de Planes Reguladores y /o Modificaciones de Planes en el País, que cumplan con lo solicitado en el literal c) indicado en el punto 1.5.1.2 de las presentes bases administrativas.
En caso de que se ingrese uno o más certificados con falta a la información solicitada, dichos certificados se consideraran nulos o inválidos, y por lo tanto, no se contabilizarán en la evaluación de este criterio.
La evaluación de este criterio se realizará mediante la siguiente tabla:
Cantidad de Estudios Certificados | PUNTAJE (Puntos) |
10 ó más | 100 |
8-9 | 80 |
6-7 | 60 |
4-5 | 40 |
1-3 | 20 |
0 | 1 |
El puntaje obtenido por la aplicación de la tabla será ponderado en un 10 % del puntaje final de la oferta.
g. GRADO DE ESPECIALIZACIÓN DEL DIRECTOR DE ESTUDIO. (GED)
Este criterio evalúa el grado de especialización del Director del Estudio, mediante Certificados o Diplomas de estudios emitidos por Instituciones de educación superior nacionales o extranjeras, en áreas a fines con la presente licitación, las cuales son:
Área de Urbanismo.
Área de Planificación Urbano – Regional
Área de Ordenamiento Territorial
Para que dichas especializaciones sean consideradas en la evaluación de este criterio, los certificados deberán corresponder solo a las materias antes indicadas. Se aclara que, si el postgrado no lo indica expresamente, el oferente deberá adjuntar el certificado de “mención” en las materias antes señaladas, o en último caso, copia de la investigación efectuada para la obtención del grado.
Es importante señalar que para Certificados de Estudios obtenidos fuera del país y emitidos en un idioma distinto del español, deben ser acompañados por una traducción simple de éstos.
Para la obtención del puntaje se utilizará la siguiente Tabla:
Especialización Certificada | Puntaje |
Doctorado | 100 puntos |
Magíster | 70 puntos |
Diplomados en el área | 40 puntos |
No presenta | 1 punto |
Consideraciones en la evaluación:
- Si para el profesional presentado se acreditara más de un tipo de estudio de posgrado (Doctorado, Magíster Diplomados), para efectos de su evaluación, sólo se considerará aquél que genere un mayor puntaje.
- Si para el profesional presentado se acreditara más de un mismo tipo de estudio de posgrado (Más de un Doctorado, más de un Magíster, o más de un Diplomado), para efectos de su evaluación, se considerará de la misma manera que se hubiese presentado uno.
El puntaje obtenido por la aplicación de la tabla será ponderado en un 8 % del puntaje final de la oferta.
h. GRADO DE ESPECIALIZACIÓN DEL EQUIPO DE TRABAJO REQUERIDO. (GEE)
Se evaluará el grado de especialización del Equipo de Trabajo Requerido (se excluye al Director del Estudio), mediante Certificados o Diplomas de estudios emitidos por Instituciones de educación superior nacionales o extranjeras, en Doctorado, Magister o Diplomados, en áreas a fines con la presente licitación, las cuales son:
Área de Urbanismo.
Área de Planificación Urbano-Regional.
Área de Ordenamiento Territorial.
Área de especialización para la función encomendada dentro del equipo.
Para que dichas especializaciones sean consideradas en la evaluación de este criterio, los certificados deberán corresponder solo a las materias antes indicadas. Se aclara que, si el postgrado no lo indica expresamente, el oferente deberá adjuntar el certificado de “mención” en las materias antes señaladas, o en último caso, copia de la investigación efectuada para la obtención del grado.
Es importante señalar que para Certificados de Estudios obtenidos fuera del país y emitidos en un idioma distinto del español, deben ser acompañados por una traducción simple de éstos.
Para la obtención del puntaje correspondiente se utilizará la siguiente Tabla:
CUADRO DE EVALUACIÓN GRADO DE ESPECIALIZACIÓN EQUIPO DE TRABAJO | ||||
Líneas de Especialización | Cantidad de profesionales con especialización | Puntaje asignado | Ponderación línea de Especialización | Puntaje final |
Doctorado | 0 | 1 | 50 % | Suma aritmética de los puntajes ponderados obtenidos por cada una de las líneas de especializaciones. (Formula puntaje final criterio) |
1 | 20 | |||
2 | 40 | |||
3 | 60 | |||
4 | 80 | |||
5 o más | 100 | |||
Magister | 0 | 1 | 30 % | |
1 | 20 | |||
2 | 40 | |||
3 | 60 | |||
4 | 80 | |||
5 o más | 100 | |||
Diplomado | 0 | 1 | 20 % | |
1 | 20 | |||
2 | 40 | |||
3 | 60 | |||
4 | 80 | |||
5 o más | 100 |
Fórmula puntaje final:
Puntaje asignado según cantidad profesionales con Doctorado x 50% + Puntaje asignado según cantidad de profesionales con magister x 30% + Puntaje asignado según cantidad de profesionales con Diplomado x 20%
Consideraciones en la evaluación:
- Si para el profesional presentado se acreditara más de un tipo de estudio de posgrado (Doctorados, Magíster o Diplomados), para efectos de su evaluación, sólo se considerará aquél que genere un mayor puntaje.
- Si para el profesional presentado se acreditara más de un mismo tipo de estudio de posgrado (Más de un Doctorado, más de un Magíster, o más de un Diplomado), para efectos de su evaluación, se considerará de la misma manera que se hubiese presentado uno.
-
El puntaje obtenido por la aplicación de la tabla será ponderado en un 7% del puntaje final de la oferta.
1.8.3.4 - PUNTAJE FINAL.
El Puntaje Final de la Oferta se calculará de acuerdo al siguiente algoritmo:
PUNTAJE FINAL: (PO x 7%) + (CRF x 5%) + (PT x 30%) + (MPC x 18%) + (EO x 15%) + (ED x 10%) + (GED x 8%) + (GEE x 7%)
Donde las siglas corresponden a:
PO | Precio de la oferta |
CRF | Cum plim iento de los Requisitos Form ales |
PT | Plan de Trabajo |
MPC | Metodología de participación ciudadana |
EO | Experiencia del oferente |
ED | Experiencia del Director del Estudio |
GED | Grado de Especialización de Director del Estudio |
GEE | Grado de Especialización del Equipo de Trabajo Requerido. |
Sólo se podrán adjudicar ofertas que obtengan un mínimo de 60 puntos.
1.8.4 - ACLARACIONES A LAS OFERTAS.
a. Como medida para mejor resolver, la comisión evaluadora podrá requerir a los oferentes, a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, que aclaren o adjunten antecedentes sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros, siempre que estas aclaraciones y/o complementaciones no signifiquen una alteración sustancial de los antecedentes presentados originalmente. Las respuestas deberán ser entregadas por el mismo medio, dentro del plazo de cuarenta y ocho horas contadas a partir de la solicitud de aclaración. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas entregadas, en tiempo y forma, pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicada la licitación al oferente objeto del requerimiento.
Si se presentaren las respuestas o antecedentes, en tiempo y forma por el oferente que fue objeto
de un requerimiento, éstos serán considerados en la evaluación, pero su puntaje en el factor “Cumplimiento de los Requisitos Formales” será de acuerdo a la tabla establecida en el literal b) del punto 1.8.3 - “Criterios de Evaluación” de las presentes bases de licitación.
b. Asimismo, la comisión evaluadora podrá solicitar a los oferentes la presentación de certificaciones o antecedentes que éstos hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
Esta solicitud se cursará a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, debiendo el proponente adjuntar los antecedentes o certificaciones cuya presentación fue omitida al momento de la presentación de la oferta, dentro del plazo de cuarenta y ocho horas contadas a partir de la solicitud de aclaración.
Si se presentaren las certificaciones o antecedentes solicitados, e n tiempo y forma por el oferente que fue objeto de un requerimiento, éstos serán considerados en la evaluación, pero su puntaje en el factor “Cumplimiento de los Requisitos Formales” será de acuerdo a la tabla establecida en el literal b) del punto 1.8.3 - “Criterios de Evaluación” de las presentes bases de licitación.
1.8.5 - ACTA DE EVALUACIÓN.
a. La comisión evaluadora confeccionará un acta de evaluación que contenga un resumen del análisis de las ofertas.
b. Esta acta deberá contener, al menos, la individualización de los proponentes, la revisión del
cumplimiento de los requisitos para los oferentes y de los requisitos de preselección de las ofertas, las aclaraciones solicitadas por parte de la SEREMI y las respuestas entregadas por los proponentes, así como los criterios de evaluación, las ponderaciones utilizadas y las evaluaciones realizadas, indicando el puntaje que hayan obtenido los respectivos proponentes.
c. El acta deberá individualizar a los proponentes cuyas ofertas son declaradas inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las presentes bases de licitación, indicando el motivo del incumplimiento que causó la inadmisibilidad.
d. Asimismo, deberá establecer el orden de prelación entre los proponentes que cumplieron con los requisitos para los oferentes y los requisitos de preselección de las ofertas, de acuerdo al puntaje obtenido en la evaluación técnica, económica y administrativa de las ofertas.
e. La referida acta de evaluación deberá contener, además, un análisis económico del servicio cuya
contratación se licita, de tal forma de poder comparar el precio de la oferta a adjudicar dentro del presupuesto máximo establecido por la SEREMI en las presentes bases de licitación .
f. El acta de evaluación deberá culminar con una propuesta, a la autoridad competente, sobre las ofertas a declarar inadmisibles y la adjudicación de la oferta que la comisión evaluadora estime más conveniente a los intereses de la SEREMI o la proposición de declaración de desierto del proceso licitatorio cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultaren convenientes a los intereses de la SEREMI, según corresponda.
1.8.6 - RESOLUCIÓN EN CASO DE EMPATES.
En caso que dos o más oferentes obtuviesen igual puntaje final como resultado de la evaluación practicada por la Comisión Evaluadora de Ofertas, se procederá a realizar el desempate, conforme al siguiente orden de prelación:
a. El proponente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Plan de Trabajo”.
b. El proponente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Metodología de Participación Ciudadana”.
c. El proponente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Experiencia del Oferente”.
Si persiste el empate, la licitación será adjudicada al oferente que ingresó primero su propuesta en el sistema
xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx
1.9 - SELECCIÓN DE LA OFERTA.
1.9.1 - ADJUDICACIÓN.
a. La SEREMI adjudicará la totalidad del servicio objeto de la presente licitación a un solo proponente.
b. La SEREMI adjudicará aquella propuesta que, habiendo cumplido con los requisitos dispuestos en los puntos 1.5.2 “Requisitos para los oferentes” y 1.5.3 “Requisitos de preselección de las ofertas” de las presentes bases de licitación, obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las ofertas, de acuerdo a la propuesta de la comisión evaluadora, aun cuando no sea la de menor valor, si con ello se privilegia la calidad del servicio a contratar, sin que ello otorgue derecho a los oferentes no selecci onados a
solicitar indemnización alguna por los gastos en que hubieran incurrid o por la presentación de dichas propuestas o por cualquier otra índole.
c. En dicho acto deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en las presentes bases de licitación, hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente.
d. Asimismo, se deberá publicar el acta de evaluación, los cuadros comparativos, las declaraciones de los integrantes de la comisión evaluadora, las actas de visita a terreno, si las hubiere, y cualquier otro documento relacionado con el proceso de evaluación de las ofertas.
e. Una vez publicado el acto administrativo de adjudicación en el Sistema de Información de Compras y
Contratación de la Administración del Estado, las ofertas técnicas serán de público conocimiento a través de éste.
f. Asimismo, en caso que no se presenten ofertas al proceso licitatorio o que la totalidad de las ofertas presentadas fueran declaradas inadmisibles o no resulten convenientes para los intereses de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, la SEREMI declarará desierto el proceso licitatorio, sin que ello otorgue derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna por los gastos incurridos en la presentación de la propuesta.
g. Lo anterior, deberá quedar refrendado en un acto administrativo firmado por la autoridad competente, el que deberá ser publicado en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, hasta el nonagésimo día corrido a contar de la fecha de acto de apertura técnica y económica de las ofertas presentadas en el marco de la presente licitación pública, produciéndose con ello su notificación de acuerdo a lo indicado en las presentes bases de licitación.
1.9.2 - AMPLIACIÓN DEL PLAZO.
En caso que la adjudicación del proceso licitatorio no se realice en la fecha indicada en las presentes bases de licitación, se informará, a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, las razones de dicho retraso y se indicará un nuevo plazo, de acuerdo a lo establecido en el artículo cuarenta y uno inciso segundo del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
1.9.3 - READJUDICACIÓN.
Dentro de los noventa días corridos contados desde la publicación del acto administrativo de adjudicación, en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, la SEREMI podrá dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar el presente proceso licitatorio al proponente que le siga en puntaje de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases de licitación y así sucesivamente, en cualquiera de los siguientes casos:
a. Si el adjudicatario no adjunta la documentación necesaria para ser contratado dentro de los plazos
señalados por las presentes bases de licitación.
b. Si el adjudicatario desiste de su propuesta o la retira unilateralmente.
c. Si el adjudicatario no cumple los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases de licitación dentro de los plazos señalados por las presentes bases de licitación.
d. Si el adjudicatario no entrega, en forma oportuna, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
e. Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo establecido en las presentes bases de licitación.
f. Otra causal que se contemple en las presentes bases de licitación.
Asimismo, cuando no se hayan presentado más ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las otras ofertas presentadas no resultaren convenientes a los intereses de la SEREMI, la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo podrá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierto el proceso licitatorio.
1.9.4 - CONSULTAS A LA ADJUDICACIÓN.
1.10 - RESPUESTAS CONSULTAS A LA ADJUDICACIÓN.
Xxxxx respondidas dentro del mismo lapso de tiempo y por el mismo medio en que fueron realizadas según el párrafo anterior.
1.11 - INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ELECTRÓNICO OFICIAL DE PROVEEDORES DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, CHILEPROVEEDORES.
En caso que el adjudicatario no esté inscrito o se encuentra inhábil en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores de la Administración del Estado, ChileProveedores, estará obligado a regularizar esta situación a fin de contar con inscripción vigente dentro del plazo de siete días corridos contados desde la notificación de la total tramitación del acto administrativo que adjudique el presente proceso licitatorio en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, para efectos de celebrar el contrato de la especie.
1.12 - INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE CONSULTORES DEL MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO.
En caso que el adjudicatario, persona natural o persona jurídica, no esté inscrito en el Registro Nacional de Consultores del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en el Rubro II, Estudios xx Xxxx ectos, Especialidad Urbanismo, Sub-Especialidad 1800 Planos Reguladores Comunales, Intercomunales y Regionales, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de siete (7) días corridos contados desde la publicación del acto administrativo de adjudicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración, para efectos de celebrar la contratación de la especie.
NOTA: SERÁ RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA CONSIDERAR LOS PLAZOS NECESARIOS PARA REALIZAR LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE CONSULTORES DEL MINVU, EL CUAL EN PROMEDIO ASCIENDE A 30 DÍAS CORRIDOS.
1.13 - REQUISITOS PARA CONTRATAR AL ADJUDICATARIO.
1.13.1 - PERSONA NATURAL.
a. Encontrarse inscrito, en estado de proveedor hábil, en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores de la Administración del Estado, ChileProveedores.
b. Encontrase inscrito en el Registro Nacional de Consultores del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en el Rubro II estudio de proyectos, especialidad Urbanismo, subespecialidad: 1800 Planos Reguladores Comunales, Intercomunales y Regionales .
c. No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases
sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
d. Presentar la documentación requerida en el punto 1.14.1 “Persona natural” de las presentes bases de licitación.
1.13.2 - PERSONA JURÍDICA.
a. Encontrarse inscrito, en estado de proveedor hábil, en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores de la Administración del Estado.
b. Encontrase inscrito en el Registro Nacional de Consultores del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en el Rubro II estudio de proyectos, especialidad Urbanismo, subespecialidad: 1800 Planos Reguladores Comunales, Intercomunales y Regionales .
c. No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases
sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios .
d. No registrar condenas asociadas a responsabilidad penal, de acuerdo a lo establecido en los artículos octavo y décimo de la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos xx xxxxxx de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.
e. Presentar la documentación requerida en el punto 1.14.2 “Persona jurídica” de las presentes bases de licitación.
1.13.3 - UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES.
a. Cada uno de los integrantes de la unión temporal de proveedores deberá encontrarse inscrito, en estado de proveedor hábil, en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores de la Administración del Estado.
e. El Representante de la unión temporal de proveedores deberá encontrase inscrito en el Registro Nacional de Consultores del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en el Rubro II estudio de proyectos, especialidad Urbanismo, subespecialidad: 1800 Planos Reguladores Comunales, Intercomunales y Regionales.
b. Ninguno de los participantes de la unión temporal de proveedores podrá estar afecto a las
inhabilidades establecidas en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios .
c. Las personas jurídicas que formen parte de la unión temporal de proveedores, no podrán registrar condenas asociadas a responsabilidad penal, de acuerdo a lo establecido en los artículos octavo y décimo de la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos xx xxxxxx de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.
d. Presentar la documentación requerida en el punto 1.14.3 “Unión temporal de proveedores” de las presentes bases de licitación.
1.14 - ANTECEDENTES LEGALES Y ADMINISTRATIVOS PARA SER CONTRATADO.
Dentro de los Siete días corridos siguientes a la notificación de la total tramitación del acto administrativo que adjudique la presente licitación pública en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, el adjudicatario deberá presentar, en la Sección Sección Administración y Finanzas, ubicada en calle 1 Oriente N°1150, Tercer Piso, comuna de Talca, la documentación que a continuación se indica. Sin embargo, en el caso que la documentación indicada más adelante se encuentre digitalizada en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores de la Administración del Estado, ChileP roveedores, o haya sido ingresada en la oferta, con la vigencia requerida en las presentes bases de licitación, no se requerirá su presentación.
1.14.1 - PERSONA NATURAL.
a. Documentos comunes.
Declaración jurada simple en la que indique que no se encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, con una antigüedad no superior a sesenta días corridos contados desde su emisión.
Declaración jurada simple en la que se indique si registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, en caso de no registrarlos, con una antigüedad no superior a sesenta días corridos contados desde su emisión.
Garantía de fiel cumplimiento de contrato, en los términos y condiciones establecidos en las presentes bases de licitación.
Fotocopia de la cédula de identidad o por ambos lados, de cada uno de los profesionales identificados en el Anexo 5 “Composición Equipo de Trabajo Requerido”. En caso de ser extranjero deberá presentar cédula de identidad para extranjeros o del pasaporte.
Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales y Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales emitidos por la Dirección del Trabajo, cuya emisión no sea superior a 30 días al momento de la contratación.
b. Nacionales.
Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad.
c. Extranjeras.
Fotocopia simple de la cédula de identidad para extranjeros o del pasaporte.
Visa de residencia correspondiente en Chile o el permiso especial de trabajo para extranjeros, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Ley Nº 1.094, de 1975, que establece normas sobre extranjeros en Chile.
Documento que acredite su domicilio en Chile.
1.14.2 - PERSONA JURÍDICA.
a. Documentos comunes.
Declaración jurada simple en la que indique que no registra condenas asociadas a responsabilidad penal, de acuerdo a lo establecido en los artículos octavo y décimo de la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en lo s delitos xx xxxxxx de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica, con una antigüedad no superior a sesenta días corridos contados desde su emisión.
Declaración jurada simple en la que se indique si registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, en caso de no registrarlos, con una antigüedad no superior a sesenta días corridos contados desde su emisión.
Fotocopia simple del Rol Único Tributario de la institución.
Fotocopia simple de la cédula de identidad del representante legal que s uscriba el contrato.
Garantía de fiel cumplimiento de contrato, en los términos y condiciones establecidos en las presentes bases de licitación.
Fotocopia de la cédula de identidad o por ambos lados, de cada uno de los profesion ales
identificados en el Anexo 5 “Composición Equipo de Trabajo Requerido”. En caso de ser extranjero deberá presentar cédula de identidad para extranjeros o del pasaporte.
Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales y Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales emitidos por la Dirección del Trabajo, cuya emisión no sea superior a 30 días al momento de la contratación.
b. Sociedades y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada .
Declaración jurada simple en la que indique que no se encuentra afe cto a las inhabilidades establecidas en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, con una antigüedad no superior a sesenta días corridos contados desde su emisión.
Fotocopia simple de escritura pública de la constitución.
Fotocopia simple del extracto de la constitución.
Fotocopia simple de la inscripción del extracto de la constitución.
Fotocopia simple de la publicación en el Diario Oficial del extracto de la constitución.
En el caso de modificaciones efectuadas a la sociedad, fotocopia simple de la o las escrituras públicas de modificación con sus respectivos extractos debidamente inscritos en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo y publicados en el Diario Oficial, en el orden en que se efectuaron, si las hubiere.
Certificado de vigencia y anotaciones marginales, emitido por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, con una antigüedad no superior a sesenta días corridos contados desde su emisión.
Fotocopia simple del instrumento público en el que conste el poder del representante legal o bien certificado de vigencia del poder del representante legal emitido por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo, con una antigüedad no superior a sesenta días corridos contados desde su emisión.
c. Sociedades y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada acogidas a la Ley N° 20.659.
Declaración jurada simple en la que indique que no se encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, con una antigüedad no superior a sesenta días corridos contados desde su emisión.
Certificado de estatuto actualizado emitido por el Registro de Empresas y Sociedades, con una antigüedad no superior a sesenta días corridos contados desde su emisión.
Certificado de vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades, con una antigüedad no superior a sesenta días corridos contados desde su emisión.
Certificado de anotaciones emitido por el Registro de Empresas y Sociedades, con una antigüedad
no superior a sesenta días corridos contados desde su emisión.
Fotocopia simple del instrumento público en el que conste el poder del representante legal, debidamente adjuntado en el Registro de Empresas y Sociedades.
d. Fundaciones o corporaciones.
Fotocopia simple del acta de asamblea constituyente, reducidos a escritura pública.
Fotocopia simple de los estatutos, reducidos a escritura pública, sus modificaciones y sus respectivas publicaciones en el Diario Oficial.
Fotocopia simple del decreto que otorga personalidad jurídica, sus modificaciones y sus respectivas publicaciones en el Diario Oficial.
Certificado de vigencia con nómina de directorio, con una antigüedad no superior a sesenta días
corridos contados desde su emisión.
Fotocopia simple de instrumento público en el que conste el poder del representante legal, con una antigüedad no superior a sesenta días corridos contados desde su emisión.
e. Universidades.
Fotocopia simple de los estatutos, reglamento interno o escritura pública en donde consten las facultades del representante legal de la entidad.
Fotocopia simple del decreto de nombramiento del rector, decano, representante o mandatario de la entidad.
f. Extranjeras.
Declaración jurada simple en la que indique que no se encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativo s de suministro y prestación de servicios, con una antigüedad no superior a sesenta días corridos contados desde su emisión.
Documentos que acrediten su existencia legal y vigencia, los que deberán estar legalizados en Chile, tanto en el consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
Documento que acredite su domicilio en Chile.
Si se trata de una sociedad anónima, deberá acreditar su existencia, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo ciento veintiuno y siguientes de la Ley N° 18.046, sobre sociedades anónimas.
1.14.3 - UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES.
a. Declaración jurada simple de cada una de los proveedores que formen parte de la unión temporal de proveedores, en la que indique que no se encuentra afecto a las inhabil idades establecidas en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, con una antigüedad no superior a sesenta días corridos contados desde su emisión.
b. Declaración jurada simple de cada una de las personas jurídicas que formen parte de la unión temporal de proveedores, en la que indique que no registra condenas asociadas a responsabilidad penal, de acuerdo a lo establecido en los artículos octavo y décimo de la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos xx xxxxxx de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica, con una antigüedad no superior a sesenta días corridos contados desde su emisión.
c. Declaración jurada simple en la que se indique si registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.886, de base s sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, en caso de no registrarlos, con una antigüedad no superior a sesenta días corridos contados desde su emisión.
d. Garantía de fiel cumplimiento de contrato, en los términos y condicion es de las presentes bases de
licitación.
e. Fotocopia de la cédula de identidad o por ambos lados, de cada uno de los profesionales identificados en el Anexo 5 “Composición Equipo de Trabajo Requerido”. En caso de ser extranjero deberá presentar cédula de identidad para extranjeros o del pasaporte.
f. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales y Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales emitidos por la Dirección del Trabajo, cuya emisión no sea superior a 30 días al momento de la contratación.
1.15 - GARANTÍAS.
1.15.1 - DE SERIEDAD DE LA OFERTA.
El oferente deberá presentar una garantía con el fin de garantizar la seriedad de su oferta, la que debe ser tomada por el oferente o un tercero en su nombre, en una entidad chilena o con sucursal en Chile, ser pagadero a la vista y tener el carácter de irrevocable.
El gasto que demande la emisión de este documento será de cargo exclusivo del proponente.
a. Características.
Beneficiario: Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región xxx Xxxxx, lo que deberá quedar establecido en la garantía. En aquellos casos que los documentos no permitan la inclusión del beneficiario, éste deberá quedar establecido en un certificado emitido por la institución que proporcione la garantía o mediante una declaración jurada simple por parte del oferente.
Rol Único Tributario beneficiario: 00.000.000-X, lo que deberá quedar establecido en la garantía. En aquellos casos que los documentos no permitan la inclusión del RUT del beneficiario, éste deberá quedar establecido en un certificado emitido por la institución que proporcione la garantía o mediante una declaración jurada simple por parte del oferente.
Tipo de documento: La SEREMI aceptará los siguientes documentos para caucionar la garantía:
Boleta de garantía.
Certificado de fianza a la vista.
Vale vista.
Depósito a la vista.
Póliza de seguro.
Póliza de seguro electrónico.
Otro documento que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva.
Monto: $300.000 (Trecientos mil pesos)
Fecha de vencimiento: Noventa días corridos a contar de la fecha de cierre de la presente licitación, lo que deberá quedar establecido en la garantía. En aquellos casos que los documentos no permitan la inclusión de la fecha de vencimiento, ésta deberá quedar establecida en un certificado emitido por la institución que proporcione la garantía o mediante una declaración jurada simple por parte del oferente.
Glosa: “Para garantizar la seriedad de la oferta de la Licitación Pública ID 691-10-LQ18”, lo que deberá quedar establecido en la garantía. En aquellos casos que los documentos no permitan la inclusión de la glosa, ésta deberá quedar establecida en un certificado emitido por la institución que proporcione la garantía o mediante una declaración jurada simple por parte del oferente.
b. Forma y oportunidad de presentación. Hasta la fecha y hora de cierre de la presente Licitación. Deberá ingresar en formato digital (de preferencia PDF) dentro de los Anexos Administrativos en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx y físicamente en oficina de partes de la SEREMI de V. y U. Región xxx Xxxxx, ubicado en calle 1 Oriente #1150, tercer piso. Oficina de Partes de la SEREMI consignará la fecha de recepción de estos antecedentes. El oferente deberá entregar la garantía de seriedad de la oferta en un sobre cerrado, rotulando en el anverso el ID de la Licitación, Nombre de la Licitación, nombre y RUT del proponente. La Encargada de Oficina de Partes deberá consignar en el sobre: la
fecha, hora de recepción y timbre de la SEREMI y, posteriormente derivar el documento ingresado a la Sección de Administración y Finanzas de la SEREMI.
No se requerirá su ingreso por oficina de partes si la garantía es otorgada de manera electrónica.
c. Forma y oportunidad de restitución. La devolución de esta garantía se hará con posterioridad a los noventa días corridos siguientes a la fecha de cierre de la presente licitación.
Dicha devolución se efectuará a través de Oficio de la SEREMI mediante el cual se adjuntará la respectiva garantía y será envía a la dirección entregada por el oferente en el anexo 1. De igual manera la garantía podrá ser retirada de manera personal en las oficinas de la SEREMI ubicada en Xxxxx 0 Xxxxxxx Xx 0000, Xxxxxx Xxxx, xxxxxx xx Xxxxx, en el caso de las personas naturales por parte del representante legal, en el caso de las personas jurídicas, por el representante o apoderado, en el caso de la unión temporal de proveedores o, en todos los casos, a través de una persona mandatada para tales fines. En este último caso, se deberá presentar un poder simple, emitido por la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el representante o apoderado de la unión temporal de proveedores, según corresponda, a nombre de la persona autorizada para realizar dicho trámite. En cualquiera de los casos, al momento del retiro de la garantía, le será exigida la cédula nacional de identidad vigente de la persona que retira.
d. La SEREMI podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, en cualquiera de los siguientes casos:
Si el adjudicatario no adjunta la documentación necesaria para ser contratado dentro de los plazos señalados por las presentes bases de licitación.
Si el adjudicatario desiste de su propuesta o la retira unilateralmente.
Si el adjudicatario no cumple los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases de licitación.
Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración o se encuentra inhábil, dentro del plazo de siete días corridos contados desde la publicación del acto administrativo de adjudicación.
Si el adjudicatario no se inscribe dentro del plazo de siete días corridos contados desde la publicación del acto administrativo de adjudicación en el Registro de Consultores MINVU, Rubro II estudio de proyectos, especialidad: Urbanismo, subespecialidad: 1800 Planos Reguladores Comunales, Intercomunales y Regionales .
Si el adjudicatario no acepta la Orden de Compra en un plazo de tres días corridos computados a partir de su emisión por parte de la SEREMI.
Las demás causales que especifique las presentes Bases de Licitación.
e. Procedimiento para hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta.
La ejecución de la garantía de seriedad de la oferta deberá formalizarse a través del acto administrativo que aplique dicho cobro, en el cual deberá detallarse la situación que ameritó la aplicación de éste. El indicado acto administrativo deberá notificarse al respectivo oferente a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado.
En contra de dicho acto administrativo procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.
1.15.2 - GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
El adjudicatario deberá presentar una garantía con el fin de caucionar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, la que debe ser tomada por el adjudicatario o un tercero en su nombre, en una entidad chilena o con sucursal en Chile, ser pagadero a la vista y tener el carácter de irrevocable.
El gasto que demande la emisión de este documento será de cargo exclusivo del adjudicatario.
a. Características.
Beneficiario: Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región xxx Xxxxx, lo que deberá quedar establecido en la garantía. En aquellos casos que los documentos no permitan la inclusión del beneficiario, éste deberá quedar establecido en un certificado emitido por la institución que proporcione la garantía o mediante una declaración jurada ante notario por parte del adjudicatario.
Rol Único Tributario beneficiario: 00.000.000-X, lo que deberá quedar establecido en la garantía. En aquellos casos que los documentos no permitan la inclusión del RUT del beneficiario, éste deberá quedar establecido en un certificado emitido por la institución que proporcione la garantía o mediante una dec laración jurada ante notario por parte del adjudicatario.
Tipo de documento: La SEREMI aceptará los siguientes documentos para caucionar la garantía:
Boleta de garantía.
Certificado de fianza a la vista.
Vale vista.
Depósito a la vista.
Póliza de seguro.
Póliza de seguro electrónico.
Otro documento que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva.
Monto: 5% (cinco por ciento) del monto total del contrato.
Fecha de vencimiento: la garantía deberá contar con una vigencia superior en al menos noventa (90) días corridos sobre la vigencia del contrato, lo que deberá quedar establecido en la garantía. En aquellos casos que los documentos no permitan la inclusión de la fecha de vencimiento, ésta deberá quedar establecida en un certificado emitido p or la institución que proporcione la garantía o mediante una declaración jurada ante notario por parte del adjudicatario.
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de trabajadores de la Licitación Pública ID 691-10-LQ18”, lo que deberá quedar establecido en la garantía. En aquellos casos que los documentos no permitan la inclusión de la glosa, ésta deberá quedar establecida en un certificado emitido por la institución que proporcione la garantía o mediante una declaración jurada ante notario por parte del adjudicatario.
b. Forma y oportunidad de presentación.
En un plazo de siete (7) días corridos contados luego de 24 horas transcurridas desde que la SEREMI publique en el Sistema de Información de Mercadopúblico la Resolución de Adjudicación, el adjudicatario deberá presentar mediante carta u oficio en la Oficina de Partes de la SEREMI (ubicada en xxxxx 0 Xxxxxxx #0000, xxxxxx xxxx, Xxxxx) la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. La Encargada de Oficina de Partes deberá consignar en el sobre: la fecha, hora de recepción y timbre de la SEREMI y, posteriormente derivar el documento ingresado a la Sección de Administración y Finanzas de la SEREMI. No se requerirá su ingreso por oficina de partes si la garantía es otorgada de manera electrónica.
c. Forma y oportunidad de restitución.
La devolución de esta garantía se hará noventa días corridos siguientes a la fecha de término de la vigencia del contrato, previa conformidad de la comisión de aprobación del estudio mediante el Acta de Aprobación Final de Estudio totalmente tramitada por parte de la SEREMI.
El Consultor será quien solicite a la SEREMI la respectiva devolución de la Garantía, la cual podrá ser retirada desde las oficinas de la SEREMI, ubicado en Xxxxx 0 Xxxxxxx Xx 0000, Xxxxxx Xxxx, xxxxxx xx Xxxxx, en días hábiles, en horario entre las nueve y las diecisiete horas.
El retiro de la garantía podrá ser realizado de manera personal en el caso de las personas naturales, por parte del representante legal en el caso de las personas jurídicas, por el representante o apoderado en el caso de la unión temporal de proveedores o, en todos los casos, a través de una persona mandatada para tales fines. En este último caso, se deberá presentar un poder simple, emitido por la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el representante o apoderado de la unión temporal de proveedores, según corresponda, a nombre de la persona autorizada para realizar dicho trámite. En cualquiera de los casos, al momento del retiro de la garantía, le será exigida la cédula nacional de identidad vigente de la persona que retira.
Será responsabilidad del adjudicatario mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento a lo menos noventa (90) días corridos siguientes a la fecha de aprobación final del estudio. En el evento en que proceda al canje de la garantía, el contratista deberá reemplazarla, por otra de iguales características que cubra el plazo de vigencia del contrato, aumentado en noventa días corridos. El nuevo documento de garantía será enviado a custodia a la Sección de Administración y Finanzas de la SEREMI dentro del tercer día a contar de su recepción.
d. La SEREMI podrá hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en cualquiera de los siguientes casos:
Si la SEREMI pone término anticipado al contrato, por el incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista.
Si la SEREMI pone término anticipado al contrato, por el incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales con sus trabajadores.
e. Procedimiento para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato .
La ejecución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato deberá formalizarse a través del acto administrativo que aplique dicho cobro, en el cual deberá detallarse la situación que ameritó la aplicación de éste y el monto a cobrar, el cual no podrá exceder del monto en que se cuantificare el incumplimiento de las obligaciones y/o de las multas impuestas que no hayan sido solucionadas.
El indicado acto administrativo deberá notificarse al respectivo contratista a través del Sistema de
Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado.
En contra de dicho acto administrativo procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.
1.16 - DEL CONTRATO.
1.16.1 - CONTENIDO DEL CONTRATO.
El contrato se regirá por lo previsto en la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y por la siguiente documentación, en el orden de precedencia que se indica:
a. Bases administrativas, bases técnicas y las modificaciones a éstas, debidamente aprobadas por acto administrativo.
b. Aclaraciones a las presentes bases de licitación entregadas por la SEREMI, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proveedores, y las respuestas a las preguntas de los proveedores publicadas en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado .
c. Oferta del contratista y aclaraciones a la misma que hayan sido solicitadas por la SEREMI.
d. Acta de acuerdos, en caso que la hubiere.
El contrato será redactado por la SEREMI, debiendo el adjudicatario concurrir a suscribirlo dentro de los 15 días corridos siguientes a la publicación del acto administrativo de adjudicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado . No se aceptará la presentación por el adjudicatario de formatos predefinidos. La demora u observaciones que se produzcan en la tramitación del contrato no darán derecho al adjudicatario a reclamar indemnización alguna.
El contrato se suscribirá ad-referéndum, sujeto en su validez a la total tramitación del acto administrativo que
lo apruebe, en dos ejemplares de idéntico tenor y fecha, quedando uno en poder de cada parte.
1.16.2 - DURACIÓN DEL CONTRATO.
La vigencia del contrato se computará a partir de las 24 horas transcurridas desde la aceptación de la Orden de Compra por parte del Adjudicatario, cuyo plazo corresponderá al plazo de ejecución efectivo del estudio, al que se le adicionaran los plazos de revisión, respuesta a observaciones y aprobación de las distintas etapas culminando con Acto administrativo que sanciona la aprobación final del estudio.
1.16.3 - MODIFICACIONES A LA CONTRATACIÓN.
a) MODIFICACIONES DE CONTRATO.
Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el período de vigencia del respectivo contrato, se incorporarán en nuevos anexos, los que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes, aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo.
Cualquier variación, en los costos o plazos contractuales, debidamente autorizados cuando corresponda, será objeto de una modificación de contrato, la que sólo se perfeccionará y producirá efectos una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que aprueba dicha modificación y verificado por el Consultor el canje de garantías para caucionar el fiel cumplimiento de contrato por el monto y/o plazo correspondiente.
b) AUMENTOS DE PLAZO.
Sólo en casos especiales tales como fuerza mayor, impedimentos o entorpecimientos ajenos al Consultor, plenamente justificados, se podrá solicitar aumentos del plazo para la ejecución del Estudio. La solicitud de aumento de plazo, debidamente fundada, deberá ser ingresada por el Consultor a la oficina de partes de la SEREMI dirigida al Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región xxx Xxxxx con atención al Administrador del Contrato a lo menos con 3 días Hábiles de anticipación al vencimiento del plazo original efectivo de ejecución del Estudio o de la respectiva etapa del mism o.
El Administrador de Contrato solicitará un informe a la Comisión Técnica, que se pronunciará sobre los fundamentos invocados. Fundado en el referido informe, la SEREMI aceptará o rechazará la solicitud de aumento de plazo, indicando, en caso favorable, el plazo que considera prudente otorgar. Será, de resorte
exclusivo de la SEREMI autorizar el otorgamiento o rechazo de la solicitud de aumento de plazo, sin derecho a reclamación ni ulterior recurso para el Contratista.
Cuando se trate de aumentos de plazo para subsanar observaciones. Excepcionalmente, y sólo en caso de fuerza mayor o causa fundada y ajena al Contratista, debidamente acreditada por éste, la SEREMI podrá aumentar prudencialmente este plazo a juicio de la Comisión Técnica.
c) CAMBIOS DE PROFESIONAL EN EL EQUIPO DE TRABAJO REQUERIDO.
Los cambios de profesionales del “Equipo de Trabajo Requerido”, serán autorizados exclusivamente por la Comisión Técnica, dicho proceso se podrá iniciar a solicitud fundada por fuerza mayor o impedimento grave que afecte al integrante que se propone reemplazar , o bien por la disconformidad que presente la Comisión Técnica en relación al desempeño de sus funciones inherentes a su cargo. El oferente deberá solicitar mediante Carta dirigida al Administrador del Contrato el cambio de profesional respectivo, donde se deberá argumentar con los motivos que justifican dicho cambio de profesional y adjuntar los antecedentes del profesional que se propone en calidad de reemplazo.
El profesional de reemplazo citado en el párrafo anterior, deberá cumplir con las mismas exigencias impuestas tanto de presentación y las propias al cargo o función establecidas en la tabla Nº1 del punto 1.1.3 de las presentes bases administrativas, sin perjuicio de lo anterior cuando se trate de un profesional cuyo cargo o función fuese objeto de evaluación, el profesional de reemplazo deberá poseer las mismas condiciones o superiores de experiencia y estudios de posgrados del profesional ofertado.
Es del caso señalar que, en aquellos casos en que el título profesional de la persona propuesta haya sido
obtenido en el extranjero, el interesado deberá tener homologado su título profesional para ejercer en Chile mediante los mecanismos establecidos para ello, de lo contrario, la propuesta de reemplazo para el profesional será rechazada por la Comisión Técnica.
1.16.4 - AUMENTOS O VARIACIONES DE ACTIVIDADES NO CONSIDERADAS.
Las eventuales modificaciones sólo podrán corresponder a actividades no consideradas en la licitación y en la respectiva propuesta, que no se hubiere estado en situación de prever y que se consideren indispensables para cumplir con los objetivos y resultados esperados del Estudio.
Sólo excepcionalmente podrán efectuarse modificaciones al contrato en caso de presentarse la necesidad técnica fundada de ampliar el estudio, por situaciones no previstas, que hagan ineludible dicha modificación .
1.16.5 - ACTORES RELEVANTES EN LA VALIDACIÓN TÉCNICA DEL ESTUDIO.
1.16.5.1 - ADMINISTRADOR DEL CONTRATO.
La administración de la contratación le corresponderá a un funcionario de la SEREMI de V. y U. Región xxx Xxxxx designado mediante Acto administrativo, a quien le corresponderá las siguientes funciones:
Dirigir y controlar el proceso administrativo del contrato de acuerdo con; las Bases de Licitación, documentación administrativa, económica y técnica que forma parte de la Oferta del consultor para la ejecución del estudio, y demás documentos que regulan la ejecución del contrato.
Otorgar VºBº a la solicitud de “Admisibilidad de Ingreso” solicitada por el consultor para la presentación de las Entregas por Xxxxxx, Respuestas a observaciones, que el consultor presente para
ser ingresados a través de oficina de partes de la SEREMI, par a su aprobación.
Consolidar los informes emitidos por el Equipo Técnico de Revisión sobre los proyectos particulares pertenecientes al estudio de “Plan Regulador Intercomunal de Cauquenes” y remitir a la Comisión Técnica para su aprobación, observación o rechazo.
Notificar al Consultor mediante carta certificada o en su defecto cual corresponda de acuerdo al anexo 10, sobre la Recepción conforme de la Etapa, Acta de Observaciones, Acta de Aprobación Final del Estudio o el Acta de Rechazo de Etapa.
Gestionar el estado de pago, remitiendo la caratula de estado de pago, Estado de Pago, Planilla de programación financiera y considerando las multas asociadas cuando existan, solicitando los antecedentes que deberán ser ingresados por el contratista para e l estado de pago.
Coordinar los distintos actores en el proceso de ejecución y revisión del estudio del “Plan Regulador Intercomunal de Cauquenes”, informando, distribuyendo los documentos y en general facilitando las comunicaciones y articulaciones necesarias para la adecuada ejecución del contrato.
Convocar al Consultor de manera excepcional, a solicitud propia, de la Comisión Técnica a reuniones ordinarias o extraordinarias.
C itar mediante oficio y/o por correo electrónico a los integrantes de la Com isión Técnica (Titulares y/o Suplentes), para sesionar por motivos de revisión, análisis y evaluación de los Informes de Avance de Etapa o Informe Final de estas e insumos requeridos por cada una de las Etapas.
Informar y requerir pronunciamiento a la Comisión Técnica sobre las solicitudes de cambio de algún integrante de equipo profesional, solicitudes de aumento de plazo y aumento del monto de contratación presentadas por el contratista.
Acoger o rechazar los descargos del Consultor por la aplicación de multas y/o término de la contratación anticipada de la contratación.
Emitir el informe de recomendación para término anticipado de la contratación, en el caso que corresponda.
Coordinar y colaborar con la Comisión Técnica para el correcto cumplimiento de las obligaciones del Consultor y la revisión y/o Aprobación de otros organismos y servicios.
Pronunciarse respecto de aquellas situaciones o incumplimientos que afecten la totalidad de la contratación.
Asistir a las instancias de Participación C iudadana Temprana y en el contexto de la Evaluación Ambiental Estratégica que se desarrollan durante el Estudio.
Las demás que le encomienden las Bases Técnicas de Licitación.
1.16.5.2 - COMISIÓN TÉCNICA.
Para la revisión, análisis y evaluación de las Entregas que correspondan a etapas, sub etapas, respuestas a observaciones realizadas durante el proceso de desarrollo del estudio, e insumos y/o documentos requeridos en las Bases Técnicas, para tales efectos se nombrará una Comisión denominada “COMISIÓN TÉCNICA”. Dicha Comisión estará integrada por tres (3) funcionarios del Departamento de Desarrollo Xxxxxx xx xx XXXXXX xx X. x X. Xxxxxx xxx Xxxxx. Todas las designaciones antes descritas deberán contar con un remplazante, los cuales actuarán en la eventualidad que el titular por motivos de fuerza mayor, no pueda ejercer su función.
La Comisión Técnica, solo podrá sesionar con el 100% de sus integrantes (titulares o reemplazantes).
A la Comisión Técnica le corresponderán las siguientes funciones:
Participar de las reuniones de coordinación y trabajo, ya sean estas de tipo ordinaria o extraordinaria, en cada una de las Etapas o Sub Etapas que forman parte del Estudio.
Revisar y analizar las Entregas de Etapa y Sub Etapa que correspondan e insumos requeridos por cada una de ellas.
Evaluar y decidir sobre las solicitudes del Consultor en lo referente a ajustes al Plan de Trabajo, Metodología, Carta Xxxxx, Cambio de Profesionales del Equipo de Trabajo y aumentos de plazo.
Resolver sobre la aplicación de multas hacia el Consultor.
Revisar, Aprobar y/o Rechazar productos e informes correspondientes a cada una de las etapas.
Autorizar el pago de Etapas y Sub-Etapas.
Realizar la Liquidación del Contrato y velar por que exista un Acto Administrativo que lo sancione.
1.17 - OBLIGACIONES DEL CONSULTOR ADJUDICATARIO.
Sin perjuicio de las demás obligaciones que se establezcan en el contrato, constituirán obligaciones del consultor las siguientes:
a) Dar cumplimiento a las presentes bases de licitación, dentro de los plazos establecidos, en la forma, condiciones y características que se determinan en ellas, además de respetar lo solicitado en los antecedentes que complementan todas las obligaciones contractuales.
b) No realizar, por iniciativa propia, cambio alguno a las bases de licitación tanto técnicas como administrativas.
c) El Consultor, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de todos los integrantes de su equipo de trabajo. En consecuencia, el contratista será responsable en forma exclusiva del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, beneficios y en general, de toda suma de dinero que por cualquier concepto deba pagarse a los integrantes de su equipo de trabajo.
d) Asimismo, se obliga a velar por la fiel interpretación de los antecedentes del contrato y de las estipulaciones contractuales que lo relacionan con la Comisión Técnica.
e) Será obligación del ejecutor o consultor asegurarse de que los trabajos y actividades consideradas en el contrato, xxxx desarrolladas personalmente por cada uno de los integrantes del equipo de trabajo requerido considerado para en la propuesta.
f) De la sola presentación de la propuesta, se presume la disponibilidad preferente de tiempo y dedicación a la ejecución del Estudio adjudicado por parte de los integrantes del equipo de trabajo propuesto. Los trabajos serán desarrollados en su totalidad, personalmente por ellos.
g) Atendido que, las condiciones de ejecución del contrato parten de la base de la disponibilidad del personal profesional, técnico y administrativo considerado por el proponente en su oferta, no se considerará causa justificada para postergar, no realizar las actividades o cumplir, en su caso, con el mínimo de horas/hombre consideradas en la propuesta, el tener e l integrante del equipo de trabajo actividades emanadas de un vínculo laboral, contractual o de cualquier índole, aún anterior, con otras instituciones o personas.
h) Queda prohibido al consultor reemplazar a cualquiera de los integrantes del equipo propuesto por iniciativa propia.
i) El ejecutor quedará obligado a efectuar las modificaciones del trabajo en desarrollo que ordene la Comisión Técnica, que no signifiquen una variación del alcance o costo de los servicios o trabajos contratados y que tengan relación directa con el trabajo originalmente encomendado.
j) Queda prohibido al ejecutor, efectuar modificaciones al Plan de Trabajo, sin previa autorización escrita para ello. Sin perjuicio de lo anterior, el consultor podrá proponer, por escrito y fundadamente, modificaciones al Plan de Trabajo que considere convenientes a la ejecución del Estudio, que benefician la calidad de los trabajos o resultados de los mismos. Sobre la proposición del ejecutor recaerá informe del Supervisor o Comisión Técnica, el que servirá de base para la autorización o rechazo de la modificación propuesta por parte de la autoridad contratante. Las modificaciones del Plan de Trabajo en cualquiera de las situaciones expuestas no darán derecho a indemnización para el ejecutor.
k) Asimismo, se obliga a presentar oportunamente las entregas de Etapa o Sub Etapa y los estados de
pago con sus antecedentes, para su visación y financiamiento, conforme a las Bases Administrativas.
l) Xx Xxxxxx xx X. X X. Xxxxxx xxx Xxxxx no tendrá responsabilidad ni obligación alguna en las diferencias, conflictos, juicios o litigios que se susciten entre el consultor y sus trabajadores, con motivo de la ejecución del contrato suscrito, los que serán de exclusiva responsabilidad del ejecutor.
m) Lo dispuesto en el presente punto es sin perjuicio de las demás obligaciones y prohibiciones que para el consultor emanen del contrato y, en especial de aquellas que se establecen expresamente en los puntos siguientes
n) Las demás que le encomienden las presentes Bases Administrativas y Bas es Técnicas.
1.18 - RESPONSABILIDAD DEL CONSULTOR EN LA TRAMITACIÓN DEL ESTUDIO.
El Consultor mantiene la responsabilidad técnica de la ejecución del Estudio, debiendo atender consultas, presentaciones ante los distintos servicios y subsanar las eventuale s observaciones que se produzcan.
1.19 - LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDADES.
El contratista libera de toda responsabilidad a la SEREMI, frente a acciones entabladas por terceros en razón de transgresiones al derecho de autor, de marcas, de propiedad intelec tual y otros, utilizadas por ella indebidamente.
1.20 - CONCORDANCIA ENTRE EL SERVICIO OFERTADO Y EL SERVICIO PRESTADO.
El consultor deberá prestar el servicio de acuerdo a la oferta realizada y aclaraciones solicitadas a la misma, lo indicado en las presentes bases de licitación, aclaraciones o modificaciones a las mismas y contrato celebrado
con la SEREMI. Quien podrá en todo momento, requerir información acerca del cumplimiento de la presente cláusula.
1.21 - SUBCONTRATACIÓN.
El contratista solo podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del servicio. Sin perjuicio de lo anterior, ante la observación por errores o deficiencias encontrados en los insumos indicados, la responsabilidad de su corrección y subsanación recaerá en él consultor. El subcontratado deberá cumplir con los mismos requisitos exigidos al contratista según se indique en las presentes bases de licitación.
En la eventualidad que se necesite realizar la subcontratación de algún servicio no previsto durante la vigencia del contrato, el contratista deberá solicitar mediante correo electrónico la autorización al Administrador de contrato fundamentado técnicamente la necesidad de la subcontratación .
La subcontratación será rechazada o autorizada, mediante correo electrónico, por el administrador del contrato sólo una vez que éste verifique que el subcontratado cumple con los mismos requisitos exigidos a la principal en las presentes bases de licitación. Sin embargo, el Contratista no podrá subcontratar cuando el subcontratista, o sus socios o administradores, estén afectos a alguna de las causales de inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el artículo 92 del Reglamento o cuando el monto de todas las subcontrataciones realizadas sea superior al 50% del servicio ofertado.
1.22 - PROHIBICIÓN DE CESIÓN.
El consultor no podrá ceder o traspasar a terceros, parcial o totalmente, las obligaciones contraídas con la SEREMI y contenidas en el contrato, excepto en el caso de fusión, absorción o división, situación en qu e las obligaciones serán traspasadas al continuador legal, en las mismas condiciones establecidas en el contrato. En estos casos, el contratista deberá informar al administrador del contrato, con al menos treinta días corridos de anticipación, respecto de la fusión, absorción o división.
1.23 - CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN.
Toda información, datos, documentos, registros, estadísticas y archivos de todo tipo que el contratista o los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes, subcontratistas u otras personas vinculadas a ella, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, se tratarán como información confidencial y propiedad intelectual xxx Xxxxx de Chile (SEREMI). El con sultor no podrá hacer uso de la información excepto que esté expresamente autorizado por la SEREMI, y ajustándose en todo caso a las disposiciones de la Ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. El incumplimiento de esta obligación podrá dar lugar a la interposición de las acciones judiciales que correspondan.
Las disposiciones de la cláusula anterior no serán aplicables en los siguientes casos:
a. Cuando la información, a la fecha en que se revela, sea de dominio públ ico por motivos que no resulten del incumplimiento de esta cláusula por parte del consultor, los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes, subcontratistas u otras personas relacionadas con ella.
b. Cuando por virtud de la ley o por resolución judicial el contratista sea obligado a revelar la referida
información.
1.24 - PROPIEDAD INTELECTUAL.
El estudio desarrollado en virtud del contrato con la SEREMI Vivienda y Urbanismo Región xxx Xxxxx , su contenido, productos y conclusiones, (programas, entregables, rutinas, procedimientos, archivos, manuales, documentos, informes, modelos, diagramas, diseños lógicos, códigos fuentes, ejecutables, estadísticas, tablas, gráficos u otros), serán de propiedad de la SEREMI, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie, no pudiendo por tanto el contratista realizar ningún acto respecto de ellos, ajeno al contrato sin la autorización previa y expresa de la SEREMI. El incumplimiento de ésta obligación por parte del contratista, autorizará a la SEREMI a perseguir las responsabilidades civiles y penales que, según el caso, correspondan.
Queda estrictamente prohibido al Consultor, durante el desarrollo del contrato, así como con posterioridad a su término y total ejecución, reproducir, publicitar, dar a conocer o utilizar parte alguna del estudio desarrollado, sus contenidos, resultados e información que le haya sido proporcionada para su ejecución, sin autorización previa de la SEREMI, sin perjuicio de las actividades de difusión o exposiciones que hayan sido previstas en los antecedentes de las presentes Bases de Licitación, como parte de la ejecución del contrato.
1.25 - SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN.
Por el solo hecho de participar en la presente licitación, el contratista deberá dar cumplimiento a las políticas vigentes de seguridad de la información del Ministerio de Vivienda y Urbanismo que se encuentran publicadas en el link xxxx://xxx.xxxxx.xx/xxxxxxxx_00000000000000.xxxx , y sus correspondientes modificaciones. El incumplimiento de esta obligación autorizará a la SEREMI a perseguir las responsabilidades civiles y penales que, según el caso, correspondan.
1.26 - ETAPAS, ENTREGAS Y REVISIONES.
1.26.1 - PLAZO DE EJECUCIÓN DE ETAPAS.
Los Plazos de trabajo para el desarrollo de cada Etapa o Sub Etapa del estudio se encuentran indicados en el cuadro siguiente, dentro de este plazo NO se encuentran incluidas las revisiones, subsanación de observaciones y aprobación o rechazo.
ETAPA | DECRIPCION | PLAZO |
Etapa 1 | Sub Etapa 1.1: Ajuste Metodológico. | 15 días Corridos |
Sub Etapa 1.2: Levantamiento de Información, Análisis Territorial, e Inicio de la Evaluación Ambiental Estratégica. | 120 días corridos | |
Sub Etapa 1.3: Diagnóstico Ambiental Estratégico y Alternativas de Estructuración. | 90 días corridos | |
Etapa 2 | Tramitación Imagen Objetivo. | 180 días corridos |
Etapa 3 | Anteproyecto. | 125 días Corridos |
Etapa 4 | Tramitación Informe Ambiental y Proyecto. | 180 días Corridos |
1.26.2 - ENTREGAS POR ETAPA O SUB ETAPA.
El Desarrollo del estudio considera las entregas que se indican en el siguiente cuadro:
ETAPA | Entregas por Etapa y Sub Etapa |
Etapa 1 | Entrega Sub Etapa 1.1: Ajuste Metodológico. |
Entrega Sub Etapa 1.2: Levantamiento de Información, Análisis Territorial, e Inicio de la Evaluación Ambiental Estratégica. | |
Entrega Sub Etapa 1.3: Diagnóstico Ambiental Estratégico y Alternativas de Estructuración. | |
Etapa 2 | Entrega Etapa 2: Tramitación Imagen Objetivo. |
Etapa 3 | Entrega Etapa 3: Anteproyecto. |
Etapa 4 | Entrega Etapa 4: Tramitación Informe Ambiental y Proyecto. |
El día que corresponda la entrega y hasta las 15:00 horas, el consultor deberá presentar el expediente junto a los documentos solicitados por cada etapa o subsanación de observaciones al administrador de contrato, quien en conjunto con el consultor revisará que la entrega contenga cada documento requerido. Solo si la entrega se encuentra completa el administrador de contrato dará su VºBº para realizar el ingreso por Oficinas de Partes de la SEREMI. Por el contrario si la entrega se encuentra incompleta el consultor deberá incorporar los documentos faltantes y realizar el ingreso correspondiente de manera posterior. Lo anterior sin perjuicio que se apliquen las multas de atraso que correspondan.
En la eventualidad que el consultor haga algún ingreso sin recibir el respectivo VºBº, éste será rechazado por
el Administrador del Contrato devolviéndose la Entrega al consultor, quien deberá ingresar nuevamente los expedientes con los antecedentes y/o documentos a través de Oficina de partes de la SEREMI con el correspondiente V°B°, quedando esta última fecha y hora como oficial del ingreso de la Entrega. Lo anterior sin perjuicio que se apliquen las multas de atraso que correspondan.
En el caso que existan documentos y/o antecedentes, los cuales no puedan ser incorporados en la Entrega, por razones de fuerza mayor, impedimentos o entorpecimientos ajenos al consultor debidamente justificado, este podrá solicitar mediante oficio dirigido al administrador de contrato que se acepte la Entrega. El administrador podrá aceptar la solicitud, siempre que a su juicio se trate de una situación justificada y no entorpezca la revisión correspondiente.
1.26.3 - NOTIFICACIÓN DE APROBACIÓN, RECHAZO Y OBSERVACIONES POR ETAPA O SUB ETAPA.
Las notificaciones al consultor en cuanto a la aprobación o rechazo de las etapas y sub etapas, como también las observaciones o consideraciones se ajustaran lo dispuesto en la ley 19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración Del Estado.
Las notificaciones serán por carta certificada y se entenderán practicadas a contar del tercer día corrido a su recepción en la oficina de correos que corresponda.
Sin perjuicio de lo anterior se aceptará que las notificaciones se practiquen mediante medios electrónicos que serán definidos por el interesado mediante el anexo 10, en tal caso tendrán el carácter de notificación personal al jefe de estudios o representante legal, este tipo de notificación se entenderá practicada al tercer día corrido a la fecha de envío del correo electrónico respectivo.
Cualquier modificación que debiera aplicarse al medio electrónico referido en el párrafo anterior durante el desarrollo del estudio deberá ser informado de manera previa al administrador del contrato.
1.26.2 - INICIO Y TERMINO DE PLAZOS POR ETAPA.
ETAPA | INICIO Y TERMINO DE ETAPAS |
Etapa I Sub Etapa 1.1 | La contabilización del plazo para el desarrollo de la Sub Etapa 1.1 comenzará a partir de las 24 horas transcurridas desde la aceptación de la Orden de Compra por parte del Adjudicatario. |
Etapa I Sub Etapa 1.2 | La contabilización del plazo para el desarrollo de la Sub Etapa 1.2 comenzará desde el día en que se encuentre practicada la notificación de aprobación de la Sub Etapa anterior. |
Etapa I Sub Etapa 1.3 | La contabilización del plazo para el desarrollo de la Sub Etapa 1.3 comenzará desde el día en que se encuentre practicada la notificación de aprobación de la Sub Etapa anterior. |
Etapa 2 | La contabilización del plazo para el desarrollo de la Etapa 2 comenzará desde el día en |
que se encuentre practicada la notificación de aprobación de la Sub Etapa anterior. | |
Etapa 3 | La contabilización del plazo para el desarrollo de la Etapa 3 comenzará desde el día en que se encuentre practicada la notificación de aprobación de la Etapa anterior. |
Etapa 4 | La contabilización del plazo para el desarrollo de la Etapa 4 comenzará desde el día en que se encuentre practicada la notificación de aprobación de la Etapa anterior. |
1.26.4.- REVISIÓNES POR ETAPA.
Para la revisión de las entregas de cada etapa la Comisión Técnica y Consultor consideraran los siguientes plazos.
ETAPA | REVISIONES | SUBSANACIONES |
Etapa 1 | Revisión 1: La comisión Técnica tendrá un plazo de 5 días corridos, para la realizar la revisión de la Entrega Sub Etapa 1.1 y emitir el Acta de Aprobación, Rechazo o el Acta de Observaciones Nº1 para la Sub Etapa 1.1. | En caso que existan observaciones durante la revisión 1, el consultor tendrá un Plazo de 10 días corridos para resolver las observaciones y entregar la Subsanación de Observaciones Nº1 Sub Etapa1.1. |
Revisión 2: La Comisión Técnica tendrá un plazo de 5 días Corridos, para realizar la revisión de la Subsanación de Observaciones Nº1 Sub Etapa 1.1 y emisión de Acta de Aprobación o Rechazo que corresponda. | ||
Revisión 1: La comisión Técnica tendrá un plazo de 15 días corridos, para la realizar la revisión de la Entrega Sub Etapa 1.2 y emitir el Acta de Aprobación, Rechazo o el Acta de Observaciones Nº1 para la Sub Etapa 1.2. | En caso que existan observaciones durante la revisión 1, el consultor tendrá un Plazo de 15 días corridos para resolver las observaciones y entregar la Subsanación de Observaciones Nº1 Sub Etapa1.2. | |
Revisión 2: La Comisión Técnica tendrá un plazo de 15 días Corridos, para realizar la revisión de la Subsanación de Observaciones Nº1 Sub Etapa 1.2 y emisión de Acta de Aprobación o Rechazo que corresponda. | ||
Revisión 1: La comisión Técnica tendrá un plazo de 15 días corridos, para la realizar la revisión de la Entrega Sub Etapa 1.3 y emitir el Acta de Aprobación, Rechazo o el Acta de Observaciones Nº1 para la Sub Etapa 1.3. | En caso que existan observaciones durante la revisión 1, el consultor tendrá un Plazo de 15 días corridos para resolver las observaciones y entregar la Subsanación de Observaciones Nº1 Sub Etapa 1.3. | |
Revisión 2: La Comisión Técnica tendrá un plazo de 15 días Corridos, para realizar la revisión de la Subsanación de Observaciones Nº1 Sub Etapa 1.3 y emisión de Acta de Aprobación o Rechazo que corresponda. | ||
Etapa 2 | Revisión 1: La comisión Técnica tendrá un plazo de 15 días corridos, para la realizar la revisión de la Entrega de Etapa 2 y emitir el Acta de Aprobación, Rechazo o el Acta de Observaciones Nº1 para la Etapa 2. | En caso que existan observaciones durante la revisión 1, el consultor tendrá un Plazo de 15 días corridos para resolver las observaciones y entregar la Subsanación de Observaciones Nº1 Etapa 2. |
Revisión 2: La Comisión Técnica tendrá un plazo de 15 días Corridos, para realizar la revisión de la Subsanación de Observaciones Nº1 Etapa 2 y |
emisión de Acta de Aprobación o Rechazo que corresponda. | ||
Etapa 3 | Revisión 1: La comisión Técnica tendrá un plazo de 15 días corridos, para la realizar la revisión de la Entrega de Etapa 3 y emitir el Acta de Aprobación, Rechazo o el Acta de Observaciones Nº1 para la Etapa 3. | En caso que existan observaciones durante la revisión 1, el consultor tendrá un Plazo de 15 días corridos para resolver las observaciones y entregar la Subsanación de Observaciones Nº1 Etapa 3. |
Revisión 2: La Comisión Técnica tendrá un plazo de 15 días Corridos, para realizar la revisión de la Subsanación de Observaciones Nº1 Etapa 3 y emisión de Acta de Aprobación o Rechazo que corresponda. | ||
Etapa 4 | Revisión 1: La comisión Técnica tendrá un plazo de 15 días corridos, para la realizar la revisión de la Entrega de Etapa 4 y emitir el Acta de Aprobación, Rechazo o el Acta de Observaciones Nº1 para la Etapa 4. | En caso que existan observaciones durante la revisión 1, el consultor tendrá un Plazo de 15 días corridos para resolver las observaciones y entregar la Subsanación de Observaciones Nº1 Etapa 4. |
Revisión 2: La Comisión Técnica tendrá un plazo de 15 días Corridos, para realizar la revisión de la Subsanación de Observaciones Nº1 Etapa 4 y emisión de Acta de Aprobación o Rechazo que corresponda. |
En la eventualidad que la Comisión Técnica se excediera en los plazos de revisión de las entregas que correspondan a etapas, sub-etapas, subsanación de observaciones, emisión de las actas de observaciones, aprobación o rechazo, no afectará los plazos del consultor en el desarrollo del Estudio.
Cuando persistan las observaciones durante la segunda revisión en alguna de las etapas, sub-etapas, por la no subsanación por parte del consultor o cuando la solución presentada a juicio de la Comisión Técnica no se ajuste a lo solicitado, será considerado como un incumpliendo grave al contrato.
La Comisión Técnica, tendrá la facultad de disponer de un ciclo adicional para la subsanación de observaciones y su revisión, siempre que a su juicio considere que existen aspectos técnicos de compleja definición, lo cual hace necesario la utilización de e sta medida.
1.27 - PAGOS.
1.27.1 - PORCENTAJES DE PAGOS POR ETAPA.
Los pagos por avance en desarrollo del Estudio, por razones presupuestarias, se verificarán separadamente y se cancelarán consecutivamente, es decir, en primer lugar la Etapa 1 (Sub Etapa 1.1, Sub Etapa 1.2 y Sub Etapa 1.3), Etapa 2, Etapa 3 y Etapa 4, sin poder efectuarse el pago de las Etapas que corresponda, si es que la Etapa anterior no se encuentre cancelada de manera previa.
El monto total del contrato, se cancelará mediante estados de pago, que se pagarán respectiva mente, aprobada la Etapa o Sub-Etapa correspondiente, cancelándose los porcentajes que a continuación se indican.
ETAPA | Entregas por Etapa o Sub-Etapa | % de Pago |
Etapa 1 | Entrega Sub - Etapa 1.1: Ajuste Metodológico. | 9% |
Entrega Sub - Etapa 1.2: Levantamiento de Información, Análisis Territorial, e Inicio de la Evaluación Ambiental Estratégica. | 20% | |
Entrega Sub - Etapa 1.3: Diagnóstico Ambiental Estratégico y Alternativas de Estructuración. | 15% | |
Etapa 2 | Entrega Etapa 2: Tramitación Imagen Objetivo. | 20% |
Etapa 3 | Entrega Etapa 3: Anteproyecto. | 18% |
Etapa 4 | Entrega Etapa 4: Tramitación Informe Ambiental y Proyecto. | 18% |
Cabe señalar que los productos por etapas, sub-etapas, plazos, porcentajes y su oportunidad de pago, no están sujetos a modificación por parte del Contratista. Cada Estado de Pago se formulará en pesos, moneda nacional, a la fecha de aprobación del informe de avance de etapa respectivo por parte de la Comisión de Aprobación del Estudio.
El Consultor no podrá exigir la cancelación parcial o total del estado de pago de la etapa que está
desarrollando, mientras no se encuentre aprobada totalmente por la Comisión Técnica.
1.27.2 - PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO.
Una vez aprobada la Etapa o Sub-Etapa, el Administrador de Contrato informará al Consultor de la conformidad de la etapa, momento en que el Consultor deberá remitir los antecedentes y documentos necesarios para cursar el estado de pago indicados en el numeral 1.27.3 - “Documentos Requeridos para el Pago” de las presentes bases, los cuales deberán ser ingresados mediante Oficina de Partes de la SEREMI.
A esto se adjunta un informe del Administrador del Contrato, mediante el cual se certifica que la etapa correspondiente ha sido cumplida dentro de los plazos establecidos, indicando el porcentaje y monto correspondiente que se debiese cancelar al Consultor. En este informe también se reflejará cualquier multa que deba aplicarse.
Una vez que el Administrador del Contrato de la SEREMI cuente con toda esta documentación, la remitirá por Memo a la Unidad Jurídica de la SEREMI, para que ésta emita la resolución que apruebe el estado de pago, luego esta será enviada a la Unidad de Administración y Finanzas, para su cancelación. La SE REMI tendrá como plazo máximo 30 días corridos para la cancelación de la Factura o Boleta de Honorario, desde la fecha de recepción conforme.
Será de exclusiva responsabilidad del Consultor, el ingreso oportuno de los Informes, documentos, respaldos, Facturas o Boletas que corresponda para la tramitación del correspondiente pago. La SEREMI no tendrá responsabilidad alguna por la demora en solventar un Estado de Pago, originada en la no presentación de los documentos necesarios para ello.
No obstante, en caso que la consultora que se adjudique la Licitación y celebre el convenio, registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores contratados en los dos últimos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que el total de dichas obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses.
1.27.3 - DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA EL PAGO.
El Consultor deberá ingresar mediante Oficina de Partes de la SEREMI, la documentación necesaria para que el Administrador de Contrato elabore el Estado de Pago correspondiente, para dar curso a la cancelación de la etapa que correspondiente. Cada Estado de Pago se formulará en pesos, moneda nacional, a la fecha de aprobación del informe respectivo por parte de la Comisión de Aprobación del Estudio y deberá contener:
a. Oficio conductor, dirigido al XXXXXX xx X. x X. Xxxxxx xxx Xxxxx en atención al Administrador de Contrato, en el cual se indique que ingresa los documentos requeridos y solicita expresamente el pago respectivo.
b. Carátula firmada por el Administrador de Contrato designado y por el representante del Consultor (Previamente enviada por el Administrador de Contrato). En ella se consignará a lo menos:
Fecha del Estado de Pago.
Nombre del Estudio, Precisando que se trata de la etapa de estudio .
Fecha de inicio y término contractual.
Monto del contrato.
Aumento y/o disminuciones de contrato los que deben haber sido autorizados previamente por el mandante.
Etapa o Fase que corresponde el pago.
Avance financiero acumulado (a la fecha del estado de pago anterior).
c. Acta de Aprobación de Etapa o Sub Etapa, debidamente suscrita por la Comisión Técnica, en que conste haber recibido satisfactoriamente y el cumplimiento de las demás obligaciones del contrato, consignando los días de atraso y monto de las multas o retenciones que por éste u otro concepto se proceda a descontar del Estado de Pago.
d. Planilla Estado de Pago debidamente completada y firmada por el Consultor. (Enviada previamente por el Administrador de Contrato).
e. Documento tributario de cobro del Contratista, emitida con fecha posterior al Acta de Aprobación de Etapa o Sub Etapa, a nombre Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región xxx Xxxxx, giro Servicio Público, Rut 00.000.000-X, Dirección: Xxxxx 0 Xxxxxxx Xx 0000, 0x xxxx, Xxxxx.
f. Para asegurar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del Contratista con sus trabajadores, la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo VII Región Xxx Xxxxx exigirá el “Certificado de cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales” el cual conste el monto y cumplimiento de sus obligaciones y el “Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales” el cual conste que la empresa Contratista no registra multas ni deudas previsionales p endientes. Ambos certificados deben ser emitidos por la Dirección del Trabajo con una antigüedad no superior a 15 días a la fecha de su presentación.
g. El Contratista deberá acreditar encontrarse al día en el pago de los profesionales de las obligaciones derivadas del presente estudio para lo cual deberá acompañar lo siguiente:
Trabajadores con Contrato de Trabajo:
Planilla de Cotizaciones Laborales y Previsionales Pagadas.
Copia de Liquidaciones xx Xxxxxx Firmadas por empleador y trabajador.
Profesionales con Contrato “A Honorarios”:
Copia de Boleta de Honorarios cancelada y firmada por el Profesional que prestó el servicio.
Copia del Contrato a Honorarios de cada profesional contratado bajo esta modalidad.
1.28 - MULTAS.
1.28.1 - CAUSALES PARA LA APLICACIÓN DE MULTAS.
La SEREMI estará facultada para aplicar al contratista una multa en los casos, formas y plazos que a continuación se indican, siempre que el incumplimiento no haya sido calificado como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor por la contraparte técnica de la SEREMI.
a) Multa por Atrasos en las Entrega de Etapas o Sub Etapas : El consultor incurrirá en una multa equivalente a $50.000 (Cincuenta mil pesos) diarios por un máximo de 10 días corridos, por cada día de atraso que incurra en la presentación de las Entregas de Etapas o Sub-Etapas y los productos que se solicitan para cada una de ellas en las bases técnicas, contados desde el día siguiente a la fecha de entrega correspondiente.
b) Multa por Reemplazo de Integrantes Equipo de Trabajo: El Consultor incurrirá en una multa equivalente a $500.000 (Quinientos mil pesos) por cada profesional reemplazado sin autorización del Administrador de Contrato, con un máximo de 2 cambios no autorizados.
c) Multa por Modificaciones al Plan de Trabajo: El Consultor incurrirá en una multa equivalente a
$250.000 (Doscientos cincuenta mil pesos) por cada vez que modifique el Plan de Trabajo sin autorización de la Comisión Técnica, con un máximo de 2 modificaciones no autorizadas.
d) Multa por atraso en subsanación de observaciones : El Consultor incurrirá en una multa
correspondiente a $50.000 (Cincuenta mil pesos) diarios por un máximo de 10 días corridos, por cada día de atraso que demore en entregar la subsanación de observaciones, contados desde el día siguiente a la fecha de entrega correspondiente.
e) Multa por incumplimiento reiterado de instrucciones: El consultor incurrirá en una multa correspondiente $ 250.000 (Doscientos cincuenta Mil Pesos) por cada vez que no cumpla con instrucciones emitidas por escrito por el Administrador del Contrato por una segunda vez, con un máximo de 3 aplicaciones de esta multa.
f) Multa por Emisión de una Segunda Acta de Observaciones: El Consultor incurrirá en una multa $ 50.000-. diarios (C incuenta Mil Pesos) con un tope de 10 días corridos, contados desde el día hábil siguiente a la fecha del correo electrónico mediante la cual el Administrador de Contrato envió al Consultor el Oficio que emitió la SEREMI Región xxx Xxxxx y el “Acta de Observaciones N°2” de la Comisión Técnica.
Sin perjuicio de los límites de cobros de multas señalados precedentemente, el monto total de las multas cobradas durante la vigencia del contrato, no podrá superar el 20% del monto total de la contratación.
1.28.2 - PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE LAS MULTAS.
a. Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, el Administrador del Contrato deberá notificar inmediatamente de ello al Director del Estudio y al Representante Legal de la empresa, mediante correo electrónico, informándole sobre la multa a aplicar y sobre los hechos en que ésta se motiva.
b. A contar de la notificación singularizada en el literal anterior, el Consultor tendrá un plazo de tres días hábiles para efectuar sus descargos, mediante correo electrónico, ante el administrador del contrato, acompañando todos los antecedentes que respald en su posición.
c. Vencido el plazo indicado en el literal anterior sin que se hayan presentado descargos o si durante este plazo el Consultor aceptase los hechos en que se funda la causal de la multa, se aplicará la correspondiente sanción por medio de un acto administrativo fundado de la SEREMI. El indicado acto administrativo deberá notificarse al contratista mediante su publicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración.
d. Si el Consultor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la Comisión
Técnica podrá rechazarlos o acogerlos. Al respecto, el rechazo de los descargos del contratista deberá formalizarse a través de la dictación de un acto administrativo fundado de la SEREMI, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la multa a aplicar. El indicado acto administrativo deberá notificarse al contratista mediante su publicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración.
e. La aplicación de la multa se hará administrativa y unilateralmente por la SEREMI, a través de la deducción de su monto del pago de la correspondiente factura (valor factura - monto multa = valor a pagar).
f. Las multas se aplicarán siempre que el incumplimiento no haya sido calificado como consecuencia de
caso fortuito o fuerza mayor por el Administrador del Contrato de la SEREMI.
1.29 - TÉRMINO ANTICIPADO.
1.29.1 - CAUSALES PARA EL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO.
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo trece de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios , la SEREMI podrá poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones:
a. Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.
b. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
c. Razones de necesidad o conveniencia.
d. Por término del presupuesto destinado a esta contratación.
e. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el consultor: Se entenderá que existe incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el consultor, en los siguientes casos:
i. Cuando persistan las observaciones durante la revisión 2 o en alguna revisión adicional de
alguna de las Etapas o Sub Etapas, siendo estas observaciones no subsanadas o la solución presentada a juicio de la Comisión Técnica no se ajuste a lo solicitado.
ii. En el caso de incurrir en la aplicación de (5) cinco o más cobros por Multa por concepto de atrasos indicadas en el numeral 1.28 - “Multas” de las bases administrativas, Que a juicio de la Comisión Técnica la causa del atraso sea de carácter injustificado.
iii. En el caso que el consultor incurra en tres (3) o más cambios de profesional o modificaciones al Plan de trabajo, no autorizados por el administrador de contrato.
iv. Si el consultor, en más de tres (3) oportunidades, no acatare las órdenes e instrucciones que, de acuerdo con el contrato y por escrito, le impartiere el Administrador de Contrato o la Comisión Técnica.
v. Cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contratista .
vi. Si el contratista no ejecutase el servicio, conforme las condiciones requeridas en las presentes bases de licitación y a lo ofertado por el contratista, según corresponda .
vii. Si el consultor manifiesta que no está en condiciones de prestar el servicio, una vez firm ado el contrato.
viii. Si el consultor subcontrata la prestación del servicio sin la autorización previa del administrador del contrato la SEREMI.
ix. Si el contratista subcontrata la prestación del servicio en un porcentaje superior al 50% del contrato.
x. Si el consultor no da cumplimiento al pacto de integridad, de acuerdo a lo dispuesto en el punto
1.2.8 “Pacto de integridad” de las presentes bases de licitación.
xi. Si el consultor cede o traspasa total o parcialmente el servicio contratado, de acuerdo a lo dispuesto en el punto 1.22 “Prohibición de cesión” de las presentes bases de licitación.
xii. Si el consultor no cumple la confidencialidad de la información, de acuerdo a lo dispuesto en el
punto 1.23 “Confidencialidad de la información” de las presentes bases de licitación.
xiii. Si el Consultor infringe la propiedad intelectual, de acuerdo a lo dispuesto en el punto 1.24 - “Propiedad intelectual” de las presentes bases de licitación.
xiv. Si el consultor no da cumplimiento a la seguridad de la información, de acuerdo a lo dispuesto en el punto 1.25 -“Seguridad de la información” de las presentes bases de licitación.
xv. Si un integrante de la unión temporal de proveedores ocultase información relevante para ejecutar el respectivo contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
xvi. Si se constatase que los integrantes de la unión temporal de proveedores constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, de verificarse dicha circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacio nal Económica.
xvii. Si uno de los integrantes de la unión temporal de proveedores se retira de ésta, y dicho
integrante hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
f. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El consultor deberá acreditar que la totalidad de las obligaciones laborales y previsionales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato. Asimismo, en el caso que el MINVU llame a una nueva licitación para contratar el servicio de la especie, el consultor no podrá participar, lo cual será notificado a través de carta certificada al domicilio que conste en el contrato.
g. Incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales en la medida que esas deudas superen el monto de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y los pagos pendientes a favor de la entidad adjudicada.
h. En caso de muerte del consultor o socio que implique la imposibilidad de la prestación del servicio en los mismos términos contratados.
i. La aplicación de multas por el tope máximo contemplado en el último párrafo del punto 1.28.1
“Causales para la aplicación de multas” de las presentes bases de licitación.
j. En caso de inhabilidad sobreviviente de alguno de los integrantes de la unión temporal de proveedores, en la medida que ésta no pueda continuar ejecutando el servicio con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
k. En caso de disolución de la unión temporal de proveedores.
1.29.2 - PROCEDIMIENTO PARA PONER TÉRMINO ANTICIPADO A LA CONTRATACIÓN.
a. En caso de establecerse el termino anticipado de la contratación, por alguna de las causales establecidas punto 1.29.1 - “Causales para el término anticipado de la contratación” de las presentes Bases de Administrativas, corresponderá al Administrador de Contrato notificar de esta
situación inmediatamente al profesional designado Director de Estudio, mediante correo electrónico, informándole la causal por la cual se establece el Término Anticipado de Contrato.
b. A contar de la notificación indicada en el literal anterior, el Consultor tendrá un plazo de dos días hábiles para efectuar sus descargos, mediante correo electrónico o carta conductora ingresada mediante Oficina de Partes de la SEREMI, acompañando todos los antecedentes que respalden su justificación.
c. Vencido el plazo indicado en el literal anterior sin que se hayan presentado descargos o si durante este plazo el contratista aceptase los hechos en que se funda el término anticipado de la contratación, se aplicará la correspondiente sanción por medio de un acto administrativo fundado de la autoridad competente. El indicado acto administrativo deberá notificarse al contratista mediante su publicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración, a más tardar, dentro de las veinticuatro horas de dictada.
d. Si el contratista ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la SEREMI podrá rechazarlos o acogerlos. Al respecto, el rechazo de los descargos del contratista deberá formalizarse a través de un acto administrativo fundado de la autoridad competente, en la cual deberá detallarse el contenido y término de la contratación. El indicado acto administrativo deberá notificarse al contratista mediante su publicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración, a más tardar, dentro de las veinticuatro horas de dictada.
1.29.3 - EFECTOS DE LA TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO.
a. En caso de ponerse término anticipado a la contratación, por cualquiera de los incumplimientos graves indicados, se pagarán a la empresa los servicios efectivamente prestados y recibidos a satisfacción por parte de la SEREMI y junto con esto se hará efectivo el cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
b. En el caso que la terminación anticipada del contrato se realice mediante resciliación o mutuo acuerdo entre el consultor y la SEREMI, se pagarán a la empresa los servicios efectivamente prestados y recibidos a satisfacción por parte de la SEREMI, sin que se proceda al cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
a. Perfeccionada la terminación anticipada del contrato y en caso de que el remanente no supere las 1000 UTM, se podrá proceder en conformidad con lo establecido en el artículo 8° letra b) de la Ley N° 19.886 y artículo 00 Xx 0 de su reglamento. Si el costo de los trabajos remanentes fuere igual o superior al monto indicado, la SEREMI podrá a licitar públicamente su terminación.
b. En el caso que el Contrato se haya terminado anticipadamente y SEREMI llame a una nueva licitación para contratar el servicio de la especie, la empresa no podrá particip ar, a no ser que la causal invocada sea “Resciliación o Mutuo Acuerdo de las Partes”.
c. En todo caso, el término anticipado de contrato quedará sujeto a las acciones legales que correspondan y que se estimen convenientes.
ANEXO 1a ANTECEDENTES DEL PROPONENTE
(Persona natural)
ANTECEDENTES DEL PROPONENTE
Nombre | |
Cédula de identidad | |
Dirección | |
Comuna | |
C iudad | |
Teléfono Fijo | |
Teléfono Móvil | |
Correo Electrónico |
ANTECEDENTES DEL DIRECTOR DEL ESTUDIO
Nombre | |
Cargo | |
Dirección | |
Comuna | |
C iudad | |
Teléfono Fijo | |
Teléfono Móvil | |
Correo Electrónico |
ANEXO 1b ANTECEDENTES DEL PROPONENTE
(Persona jurídica)
ANTECEDENTES DEL PROPONENTE.
Razón social | |
Rol Único Tributario | |
Dirección | |
Comuna | |
C iudad | |
Teléfono Fijo | |
Teléfono Móvil | |
Correo Electrónico |
ANTECEDENTES DEL REPRESENTANTE LEGAL.
Nombre | |
Cédula de identidad | |
Cargo | |
Dirección | |
Comuna | |
C iudad | |
Teléfono Fijo | |
Teléfono Móvil | |
Correo Electrónico |
ANTECEDENTES DEL DIRECTOR DEL ESTUDIO.
Nombre | |
Cargo | |
Dirección | |
Comuna | |
C iudad | |
Teléfono Fijo | |
Teléfono Móvil | |
Correo Electrónico |
(Unión temporal de proveedores)
ANTECEDENTES DE LOS PROPONENTES PARTICIPANTES DE LA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
Persona natural o jurídica | Nombre o razón social | Cédula de identidad o Rol Único Tributario |
ANTECEDENTES DEL REPRESENTANTE DE LA UNIÓN TEMPORAL
Nombre | |
Cédula de identidad | |
Cargo | |
Dirección | |
Comuna | |
C iudad | |
Teléfono Fijo | |
Teléfono Móvil | |
Correo Electrónico |
ANTECEDENTES DEL DIRECTOR DEL ESTUDIO.
Nombre | |
Cargo | |
Dirección | |
Comuna | |
C iudad | |
Teléfono Fijo | |
Teléfono Móvil | |
Correo Electrónico |
(Persona natural)
Yo, , cédula nacional de identidad Nº , domiciliado en , para los efectos de lo dispuesto en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, declaro lo siguiente:
a. No he sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos cuatrocientos sesenta y tres y siguientes del Código Penal, dentro de los dos años anteriores a la presentación de la oferta.
b. No me encuentro revestido la calidad de funcionario directivo de la SEREMI y no tengo vínculos de parentesco con alguno de éstos, de los descritos en la letra b. del artículo cincuenta y cuatro de la Ley N° 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado.
c. No soy gerente, administrador, representante o director de una sociedad de personas de las que formen parte los funcionarios directivos y personas mencionadas en el literal anterior, ni de una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni de una sociedad anónima abierta en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que represen ten el 10% o más del capital.
_______________________ Firma
de de 2018.
Nota:
Se deja constancia que los contratos celebrados con infracción a lo dispuesto en los literales anteriores, serán nulos y los funcionarios afectados por alguna de las incompatibilidades de que dan cuenta las declaraciones que anteceden que participen en ellos incurrirán en contravención al principio de probidad administrativa descrito en el numeral seis del inciso segundo del artículo sesenta y dos de la Ley Nº 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que les corresponda.
DECLARACIÓN SIMPLE
(Persona jurídica)
Yo , cédula nacional de identidad N° , domiciliado en , en mi calidad de representante legal del proveedor
, RUT , para los efectos de lo dispuesto en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, declaro lo siguiente:
a. El proponente que represento no ha sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los
derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos cuatrocientos sesenta y tres y siguientes del Código Penal, dentro de los dos años anteriores a la presentación de la oferta.
b. El suscrito, el gerente, el administrador y los directores de la persona jurídica que represento, no estamos revestidos de la calidad de funcionario directivo de la SEREMI y no tenemos vínculos de parentesco con alguno de éstos, de los descritos en la letra b. del artículo cincuenta y cuatro de la Ley N° 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado.
c. El suscrito, el gerente, el administrador y los directores de la persona jurídica que represento, no somos gerentes, administradores, representantes o directores de una sociedad de personas de las que formen parte los funcionarios directivos y personas mencionadas e n el literal anterior, ni de una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni de una sociedad anónima abierta en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital.
________________________________ Firma
(Representante legal)
de de 2018.
Nota:
Se deja constancia que los contratos celebrados con infracción a lo dispuesto en los literales anteriores serán nulos y los funcionarios afectados por alguna de las incompatibilidades de que dan cuenta las declaraciones que anteceden que participen en ellos incurrirán en contravención al principio de probidad administrativa descrito en el numeral seis del inciso segundo del artículo sesenta y dos de la Ley N° 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que les corresponda.
(Persona jurídica)
Yo , cédula nacional de identidad N° , domiciliado en , en mi calidad de representante legal del proveedor
, RUT , para los efectos de lo dispuesto en los artículos octavo y décimo de la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos xx xxxxxx de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica, declaro que el proponente que represento no registra condenas asociadas a responsabilidad penal.
________________________________ Firma
(Representante legal)
de de 2018.
(Persona natural)
Yo, , cédula nacional de identidad Nº , domiciliado en , para los efectos de lo dispuesto en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, declaro lo siguiente:
Registro saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
No registro saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
_______________________ Firma
de de 2018.
(Persona jurídica)
Yo , cédula nacional de identidad N° , domiciliado en , en mi calidad de representante legal del proveedor
, RUT , para los efectos de lo dispuesto en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, declaro lo siguiente:
El proponente que represento registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
El proponente que represento no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
FIRMA
(Representante legal)
de de 2018
NOMBRE OFERENTE : _______________________________________
RUT OFERENTE : _______________________________________
N° | NOMBRE | RUT | PROFESIONAL | FUNCIÓN |
1 | Director/a del Estudio. | |||
2 | Responsable Evaluación Ambiental Estratégica. | |||
3 | Responsable de área de riesgos yprotección ambiental. | |||
4 | Responsable del proceso participativo | |||
5 | Responsable de análisis de información geográfica | |||
6 | Responsable área dibujo |
Nota: Para los casos permitidos e indicados en el punto 1.1.3- tabla Nº1 en que un profesional pueda desarrollar más de una responsabilidad o función, el consultor deberá repetir los datos del profesional que corresponda.
FIRMA
(Representante legal)
de de 0000
XXXXX 0 EXPERIENCIA OFERENTE
MANDANTE | SERVICIO DESARROLLADO | FECHA DE EJECUCIÓN | DATOS DE CONTACTO | ||||
Inicio | Término | Nombre | Cargo | Teléfono | Correo electrónico | ||
Nota:
(1) Se debe ingresar los certificados de experiencia correspondientes de acuerdo al literal h) indicado en el punto 1.5.1.2 de las presentes Bases Administrativas.
___________________ FIRMA
(Representante legal)
de de 2018.
ANEXO 7
CERTIFICADO EXPERIENCIA DE OFERENTE
NOMBRE OFERENTE:
NOMBRE EMPRESA O INSTITUCIÓN A LA CUAL SE PRESTÓ SERVICIO | |
NOMBRE DEL ESTUDIO DESARROLLADO | |
DESCRIPCIÓN DEL ESTUDIO DESARROLLADO | |
AÑO O AÑOS EN QUE SE DESARROLLÓ EL ESTUDIO |
NOMBRE DE QUIEN CERTIFICA LA INFORMACIÓN POR PARTE DEL MANDANTE | |||
CARGO DENTRO DE LA EMPRESA MANDANTE | |||
TELEFONO FIJO | TELEFONO MOVIL | ||
CORREO ELECTRÓNICO |
Firma Responsable de la Información
Timbre Empresa o Institución Xxxxxxxx xx xx 0000.
XXXXX 0
CERTIFICADO EXPERIENCIA PROFESIONAL
NOMBRE DEL PROFESIONAL:
N O MBRE E MPRESA O I NSTITUCIÓN A LA C UAL SE PRESTÓ SE RVICIO | |
N O MBRE DEL E STUDIO DESARROLLADO | |
DE SCRIPCIÓN DEL E STUDIO DE SARROLLADO | |
FU N CIONES DESARROLLADAS POR EL P ROFESIONAL | |
FE C HAS E N QUE SE DESARROLLÓ E L E ST UDIO |
N O MBRE DE QUIEN CERTIFICA LA I N FORMACIÓN POR PARTE DEL M A NDANTE | |||
C A RGO DENTRO DE LA E MPRESA M A NDANTE | |||
T E LEFONO FIJO | T E LE FO N O M O V I L | ||
C O RREO E LECTRÓNICO |
Firma Responsable de la Información
Timbre Empresa o Institución Mandante
de de 2018.
1.- DATOS DEL OFERENTE
ANEXO 9 PROPUESTA ECONÓMICA
NOMBRE OFERENTE :
R. U. T. OFERENTE :
2.- OFERTA ECONÓMICA
Valor Oferta : $
(Exento de IVA)
NOTA: En portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx
el precio ofertado debe ser el total ofertado.
El valor ofertado para el desarrollo del Estudio “PLAN REGULADOR INTERCOMUNAL DE CAUQUENES”, Código BIP 30384231-0, ofrecido para la SEREMI de V. y U. Región xxx Xxxxx, se mantendrá fijo e incluirá entre otros, el pago de honorarios, impuestos, gastos notariales, intereses bancarios, materiales de trabajo, transporte, garantías, sin que esta enumeración sea taxativa. Lo anterior implica que el valor de la Oferta deberá incluir todo gasto que irrogue el cumplimiento del Contrato, se mantendrá fijo y no estará afecto a reajustes ni intereses de ningún tipo, aún en caso de desvalorización, imprevistos o cualquier otra cau sa.
FIRMA
(Representante legal)
de de 0000
XXXXX 00
MEDIO DE NOTIFICACIÓN
(Solo consultor adjudicado)
Yo, , cédula nacional de identidad Nº ,
(Marque con una “X” la opción que corresponda)
Persona Natural.
Representante legal de la Empresa “ ”.
Representante unión temporal de proveedores.
Para los efectos de lo dispuesto en la Ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado, en cuanto a las notificaciones, solicito la utilización de otro medio de notificación con la finalidad de responder a la máxima economía de medios eficaces, para este propósito se dispone del correo
electrónico , como medio electrónico
para notificaciones y comunicación durante el desarrollo del estudio “Plan Regulador Intercomunal de Cauquenes”.
3) DESIGNASE al funcionario Xxxx Xxxxx Xxxxxxx perteneciente a la Sección de Administración y Finanzas, como encargado de la custodia de las ofertas que se reciban en la licitación pública que por este acto se autoriza, conforme a lo dispuesto en el artículo treinta y seis del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
4) DESIGNASE a los siguientes funcionarios como integrantes de la comisión encargada de evaluar las ofertas y sus respectivos reemplazantes que se presenten a la licitación 691-10-LQ18 CONTRATACIÓN ESTUDIO “PLAN REGULADOR INTERCOMUNAL DE CAUQUENES” .
Titular | Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxx | Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxx X. x X. Xxxxxx xxx Xxxxx |
Reemplazante | Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx | Encargada de Compras, Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxx, Xxxxxx X. x X. Xxxxxx xxx Xxxxx. |
Titular | Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx | Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx X. x X. Xxxxxx xxx Xxxxx. |
Reemplazante | Xxxxx Xxxxx Xxxxxx | Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx X. x X. Xxxxxx xxx Xxxxx. |
Titular | Xxxx Xxxxx Xxxxxxx | Analista de Compras, Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxx, Xxxxxx X. x X. Xxxxxx xxx Xxxxx. |
Reemplazante | Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx | Encargada Sección Administración y Finanzas, Seremi V. y U. Región xxx Xxxxx. |
5) El gasto total que demande el cumplimiento de la presente acto administrativo y que asciende a
$136.651.000 (C iento treinta y seis millones seiscientos cincuenta y un mil pesos), valor exento de IVA, se imputará, en su oportunidad, al ítem 22.11.001.005 (C onsultorías IPT), del presupuesto vigente.
6) PUBLÍQUESE la presente licitación pública, en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración, dentro de 24 horas a contar de la total tramitación del presente acto administrativo
ANÓTESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE EN EL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX
Xxxxxxxxxx@xxxxx.xx, CN=XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, T=SEREMI, OU=Terminos de uso en xxx.xxxxx-xx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxx, O=Subsecretaria del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, L=TALC A, S=SEPTIMA - REGION XXX XXXXX, C =C L
Distribución:
Archivo Adm. y Finanzas
Archivo Planes y Programas de Ciudad
Archivo Unidad JurídicaArchivo OFPA
La institución o persona ante quien se presente este documento, podrá verificarlo en xxx.xxxxx.xx, en la sección “Verificación de Documentación Electrónica”, con la siguiente información:
Folio: 74
Timbre: ntaihb8jhs