Contract
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XXXXXX DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE, JUNTO CON EL DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARTICULARES, HA DE REGIR EN LA CONTRATACION CONVOCADA POR EL ILTRE. AYUNTAMIENTO XX XXXXX DEL RIO (CORDOBA) PARA EL <<SUMINISTRO, INSTALACION Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL EQUIPAMIENTO Y PRODUCCION DE CONTENIDOS EXPOSITIVOS DE LA CASA-MUSEO “EL CORDOBES”>> DE PALMA DEL RIO (CORDOBA)>>, CORRESPONDIENTE A LA ACCIÓN 5.4 DEL PROYECTO PARA UNA ECONÓMICA SOSTENIBLE MEDIANTE LA PUESTA EN VALOR DEL PATRIMONIO HISTÓRICO Y EL DESARROLLO DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS, COFINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA A TRAVÉS DEL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL 2007-2013,
INDICE
I - ELEMENTOS DEL CONTRATO.
1. NATURALEZA, REGIMEN JURIDICO Y CALIFICACION DEL CONTRATO.
2. OBJETO DEL CONTRATO.
3. CARACTERISTICAS TECNICAS DEL SUMINISTRO.
4. FINANCIACION DEL CONTRATO.
5. PRECIO DEL CONTRATO Y TIPO DE LICITACION.VALO ESTIMADO.
6. EXISTENCIA DE CREDITO.
7. PLAZO DE EJECUCION DEL CONTRATO Y PLAZO DE INICIO.
8. ORGANO DE CONTRATACION.
9. CAPACIDAD Y SOLVENCIA DEL LICITADOR PARA CONTRATAR.
10. PERFIL DE CONTRATANTE.
II.- ADJUDICACION DEL CONTRATO.
11. FORMA DE ADJUDICACION
12. CRITERIOS DE VALORACION DE LAS OFERTAS.
13. ADMISIBILIDAD DE MEJORAS.
14. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACION DE PROPOSICIONES.
15. FORMA DE PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES.
16. RECEPCION DE LA DOCUMENTACION.
17. MESA DE CONTRATACION.
18. CALIFICACION DE LOS DOCUMENTOS PRESENTADOS Y APERTURA Y EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES.
19. ACTUACIONES PREVIAS A LA ADJUDICACION DEL CONTRATO.
19.1 CLASIFICACION DE LAS OFERTAS.
19.2 REQUERIMIENTO PARA LA PRESENTACION DE DOCUMENTACION AL LICITADOR PROPUESTO PARA LA ADJUDICACION DEL CONTRATO.
19.3 VERIFICACION DEL CUMPLIMIENTO DE LA DOCUMENTACION APORTADA, DE LOS REQUISITOS EXIGIDOS Y EFECTOS.
19.4 ACUERDO DE ADJUDICACION DEL CONTRATO.
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20. ADJUDICACION.
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21. GARANTIA DEFINITIVA Y GARANTIA COMPLEMENTARIA.
22. SEGUROS.
23. GASTOS A CARGO DEL ADJUDICATARIO.
24. CRITERIOS DETERMINANDES DE OFERTAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS.
25. FORMALIZACION DEL CONTRATO.
III.- EJECUCION DEL CONTRATO.
26. RESPONSABLE DEL CONTRATO.
27. FACULTADES DE LA ADMINISTRACION EN EL PROCESO DE FABRICACION.
28. INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS.
29. OBLIGACIONES LABORALES, SOCIALES Y ECONOMICAS DEL CONTRATISTA
30. EJECUCION DEL CONTRATO.
31. RECEPCION DEL SUMINISTRO E INSTALACION.
32. PLAZO DE GARANTIA, RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS Y DEVOLUCION O CANCELACION DE LA GARANTIA.
33. REVISION DEL PRECIO DEL CONTRATO.
34. FORMA DE PAGO.
35. SEÑALIZACION.
36. OBLIGACION DE SIGILO.
37. EJECUCION DEFECTUOSA Y DEMORA.
38. PENALIDADES.
39. RIESGO Y XXXXXXX.
40. MODIFICACION.
41. RESOLUCION DEL CONTRATO.
IV.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION y JURDISDICCION.
42. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION.
43. JURISDICCION COMPETENTE.
V ANEXOS
ANEXO NUMERO I: Modelo de Declaración responsable del licitador relativa al cumplimiento de las condiciones establecidas para contratar.
ANEXO NUMERO II:Modelo de Declaración de empresas vinculadas. ANEXO NUMERO III:Modelo de proposición económica.
ANEXO NUMERO IV: Modelo de Presupuesto Desglosado de la dotación y equipamiento de la Casa Museo El Cordobés.
ANEXO NUMERO V: Propuesta de Mejoras sin coste alguno para la Administración relativa a la traducción de los contenidos en otros idiomas adicionales.
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ANEXO NUMERO VI:Modelo de propuesta de mejoras sin coste alguno para la Administración relativas al incremento en el tiempo de duración de 2 minutos para cada una de las producciones audiovisuales.
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ANEXO NUMERO VII:Modelo de propuesta de mejoras sin coste alguno para la Administración relativas a la instalación de un Tótem interactivo para punto de información turística.
ANEXO NUMERO VIII::Modelo de propuesta de mejoras sin coste alguno para la Administración relativas a la Edición y producción de folletos y carteles publicitarios.
ANEXO NUMERO IX:Modelo de propuesta de mejoras sin coste alguno para la Administración relativas a la ampliación del plazo de garantía
ANEXO NUMERO X: Modelo de propuesta de mejoras sin coste alguno para la Administración relativa a la impartición de acciones de formación para el manejo de los equipos e instalaciones.
ANEXO NUMERO XI: Modelo de autorización para la cesión de información relativa a obligaciones tributarias con el Estado y con la Hacienda Local del Ayuntamiento de Palma del Río
ANEXO NUMERO XII: Modelo de declaración responsable del licitador para omitir la presentación de documentos existentes en otro expediente municipal del ltre. Ayuntamiento de Palma del Río.
ANEXO NUMERO XIII :Modelo de declaración de excepción de pago de Impuesto sobre Actividades Económicas.
I.- ELEMENTOS DEL CONTRATO.
PRIMERA.- NATURALEZA, REGIMEN JURIDICO Y CALIFICACION DEL CONTRATO.
Naturaleza y Régimen Jurídico.
El contrato a que se refiere el presente pliego es de naturaleza administrativa y se regirá por el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre ( en adelante TRLCSP) y sus disposiciones de desarrollo; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo, y en su defecto, las normas de derecho privado.
Así pues, se aplicará supletoriamente:
- El Real Decreto 817/2009, de 9 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
- El Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, ( en adelante RGLCAP).
- La Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- La Ley 7/1.985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases de Régimen Local, en su redacción dada por la LCSP.
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- Los artículos vigentes del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx.
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- Demás normas de derecho administrativo y en su defecto, las normas de derecho privado que sean de aplicación.
El presente pliego de cláusulas administrativas particulares y el pliego de prescripciones técnicas particulares revestirán carácter contractual. En caso de discordancia entre el Pliego de cláusulas administrativas particulares y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el de cláusulas administrativas particulares, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato.
El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole aprobadas por la Administración, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
Calificación del Contrato.
El contrato objeto del presente pliego, concretado en el suministro, instalación y puesta en funcionamiento del Equipamiento y producción de contenidos expositivos de la Casa-Museo “El Cordobés”, tiene la consideración de un contrato mixto, a tenor de lo preceptuado en el artículo 12 del TRLCSP. Si bien, y de conformidad con dicho articulo, cuando un contrato contenga prestaciones correspondientes a otro de distinta clase, cual es el caso que nos ocupa, se atenderá en todo caso, para la determinación de las normas que deban observarse en su adjudicación, al carácter de la prestación que tenga más importancia desde el punto de vista económico, resultando ser la misma la del suministro.
Por ello, el contrato de que se trata tiene la naturaleza de contrato de suministro al estar su objeto comprendido entre los previstos en el artículo 9, apartado 3.b) del mencionado Texto.
El código correspondiente a la Nomenclatura CPV de la Comisión Europea, Reglamento (CE) nº. 213/2008 de la Comisión de 28 de noviembre de 2007 que modifica el Reglamento (CE) nº 2.195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo por que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV), es el siguiente: 439154000-6 “Equipamiento de exposición”.
SEGUNDA.- OBJETO DEL CONTRATO.
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Es objeto del presente pliego, la contratación del suministro, instalación y puesta en funcionamiento del equipamiento y producción de contenidos expositivos de la Casa Museo “El Cordobés” de Palma del Río (Córdoba), correspondiente a la acción 5.4 del Proyecto para una economía sostenible mediante la puesta en valor del patrimonio histórico y el desarrollo de las nuevas tecnologías, cofinanciado por el Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional 2007-2013, conforme al presente pliego, al xx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares del mismo redactado por el Técnico de Turismo de este Ayuntamiento, con fecha 2 xx xxxxx de 2014, y al proyecto de
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musealización Casa-Museo El Cordobés, redactado por el museógrafo X. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, en abril de 2014.
Asimismo, formarán parte del objeto del contrato las mejoras que, en su caso, haya ofertado la empresa adjudicataria, las cuales se ejecutarán sin coste alguno para la Administración.
TERCERA.- CARACTERISTICAS TÉCNICAS DEL SUMINISTRO.
El material a suministrar e instalar lo será conforme a las condiciones y en los términos que se indican en el pliego de prescripciones técnicas particulares que, junto con el presente, rige en el contrato, y en proyecto de musealización Casa-Museo el Cordobés, indicado en la cláusula anterior.
CUARTA.- FINANCIACION DEL CONTRATO.
La financiación de la actuación objeto del presente pliego está financiada en un 76,02% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) para el período 2007- 2013 de acuerdo con las disposiciones establecidas en la gestión de los fondos estructurales europeos, correspondiendo el 23,98% restante al este Ayuntamiento.
QUINTA.- PRECIO DEL CONTRATO Y TIPO DE LICITACION. VALOR ESTIMADO.
El precio máximo del contrato que se fija también como tipo de licitación para la totalidad del mismo es de 141.570,25€ (CIENTO CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS SETENTA EUROS CON VEINTICINCO CENTIMOS), excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, mejorable a la baja.
En ningún caso se podrá superar el tipo de licitación por lo que no se admitirán las ofertas al alza.
El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo e incluirá, como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido.
En dicho precio se considerarán incluidos los gastos de transporte, montaje , instalación de todos los elementos que componen el objeto del contrato, y su puesta en funcionamiento, así como los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación. Asimismo, se considerará incluido los gastos que se originen para el contratista como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas particulares.
El valor estimado del contrato objeto de este pliego coincide con el tipo de licitación establecido en el mismo.
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SEXTA.- EXISTENCIA DE CREDITO.
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Por la Intervención de Fondos, se ha emitido informe en el que, entre otros extremos, hace constar que:
<<En el Presupuesto del ejercicio 2014 existe crédito adecuado y suficiente al nivel de vinculación jurídica establecido en las Bases de Ejecución del Presupuesto, por importe de 171.300 euros IVA incluido en las aplicaciones presupuestarias 333.00.625.00 para el CONTRATO ADMINISTRATIVO DE <<SUMINISTRO E INSTALACION DE EQUIPAMIENTO Y PRODUCCION DE CONTENIDOS EXPOSITIVOS DEL MUSEO XXXXXX XXXXXXX EL XXXXXXXX XX XXXXX DEL RIO». con las
observaciones siguientes:
1- La actuación está incluida en el PROYECTO PARA UNA ECONOMÍA SOSTENIBLE MEDIANTE LA PUESTA EN VALOR DEL PATRIMONIO HISTÓRICO Y EL DESARROLLO DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS COFINANCIADO EN UN 70% POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL (FEDER) para el período
2007-2013 de acuerdo con las disposiciones establecidas en la gestión de los fondos estructurales europeos, correspondiendo el 30% restante a aportación del Ayuntamiento xx Xxxxx del Río mediante Resolución de 22 xx xxxxx de 2011 de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial. La última planificación financiera del mismo fue aprobada por el Ayuntamiento Pleno el día 30 de enero de 2014 y comunicada al organismo intermedio que es el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Este mediante escrito de fecha 27 de febrero de 2014, con número 3012 de registro de entrada en el Ayuntamiento xx Xxxxx del Río manifestó no poner objeciones.
Mediante Resolución de 27 de enero de 2014 de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales del Ministerio de Haciendas y Administraciones Públicas publicada en el Boletín Oficial del Estado de fecha 15 de febrero de 2014, se ha elevado la tasa de cofinanciación de los proyectos xxx XXXXX 2007-2013 al 76,02%. Por tanto la aportación municipal sería 23,98%.
El importe de la cofinanciación ascendería a 6.040.924,15 euros y las aportaciones municipales a 1.905.569,08 euros en la actualidad están todas disponibles.
2-Además deberán cumplirse los requisitos relativos al plazo de ejecución y cuantos otros se establezcan en la normativa de aplicación a los fondos FEDER. >>
SEPTIMA.- PLAZO DE EJECUCION DEL CONTRATO Y PLAZO DE INICIO.
De conformidad con lo establecido en la cláusula 6ª xxx xxxxxx de prescripciones técnicas particulares del procedimiento, el plazo máximo de ejecución del contrato es de CUATRO MESES, a contar a partir de la fecha de la firma del Acta de Inicio que a tal fin se realice, tal y como se indica en la mencionada cláusula.
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El plazo máximo para la firma de dicha Acta de Inicio es el de 10 días naturales, a contar a partir de la formalización del correspondiente contrato administrativo.
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OCTAVA.- ORGANO DE CONTRATACION.
De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 1º de la Disposición Adicional Segunda del TRLCSP, el órgano de contratación es el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, en virtud de la Resolución 662/2012, de 23 xx xxxxx.
Dicho órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato administrativo y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable.
A los efectos indicados en el apartado 2º de la Disposición adicional trigésima tercera del Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, se señala que corresponde a la Intervención General de este Ayuntamiento la competencia en materia de contabilidad pública.
NOVENA.- CAPACIDAD Y SOLVENCIA DEL LICITADOR PARA CONTRATAR.
Podrán participar en el presente procedimiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 60 del TRLCSP, y acrediten la posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica, financiera, técnica o profesional, exigidas en el presente pliego.
Las personas jurídicas tendrán capacidad de obrar y sólo podrán ser adjudicatarias en aquellos contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, le sean propios. Y los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación del servicio objeto del presente pliego.
También podrán concurrir las empresas no comunitarias, comunitarias, así como las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, que reúnan los requisitos establecidos en los artículos 55, 58 y 59 del TRLCSP, respectivamente.
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
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De conformidad con lo preceptuado en el artículo 56 del TRLCSP, no podrán concurrir a la licitación empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal de empresarios, siempre que dicha participación pueda provocar
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restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
DECIMA.- PERFIL DEL CONTRATANTE.
II.- FORMA DE ADJUDICACION. UNDECIMA.- FORMA DE ADJUDICACION.
El contrato se adjudicará por tramitación ordinaria y procedimiento abierto, con varios criterios de adjudicación a tenor de lo establecido en los artículos 109, 150 y 157 del TRLCSP. En dicho procedimiento todo empresario interesado podrá presentar proposición, quedado excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores.
El órgano de contratación y el contratista se someterán a la obligación de confidencialidad de la información a que se refiere el artículo 140 del TRLCSP.
DUODECIMA.- CRITERIOS DE VALORACION DE LAS OFERTAS.
Los criterios objetivos para la valoración de las proposiciones, y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa y por consiguiente para la adjudicación del contrato son los que se indican a continuación, otorgándose una puntuación máxima por los mismos de 100'00 puntos, y que se aplicarán en dos fases. La puntuación máxima a otorgar en la primera fase es de 45´00 Puntos, y la puntuación máxima a otorgar en la segunda fase es de 55´00 Puntos, siendo necesario obtener, al menos, 4 puntos en todos y cada uno de los subcriterios a valorar en la primera fase para que la oferta pueda ser valorada en la segunda fase. Las ofertas que en la primera fase de valoración no alcancen el umbral mínimo de puntuación indicado en cada uno de los subcriterios de la misma, no continuarán en el proceso selectivo.
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La primera fase contiene criterios de adjudicación ponderables en función de un juicio de valor evaluables sin aplicación de fórmula, y la segunda fase contiene criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmula.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN | PONDERACIÓN TOTAL = 100 |
1.- PRIMERA FASE (Criterios valorables sin aplicación de fórmula matemática) | Hasta un máximo de 45 puntos |
1.1 Valoración y mayor ajuste de la Memoria Descriptiva presentada por la |
empresa licitadora que defina la propuesta de implantación del discurso expositivo, de acuerdo al guión de contenidos expuesto en el Pliego de Prescripciones Técnicas y al Proyecto de Musealización Casa-Museo El Cordobés. En la Memoria descriptiva se valorará la propuesta de la empresa licitadora haciendo especial hincapié en los siguientes subcriterios – Memoria conceptual y justificativa de la propuesta de implantación de contenidos del discurso expositivo, que de forma global exponga una solución original y creativa, y donde se muestre el grado de conocimiento de la figura de Xxxxxx Xxxxxxx El Cordobés y la tradición de la cultura taurina en Palma del Río: de 0 a 9 puntos – Planimetrías y visualizaciones 3D de las soluciones y recursos expositivos ofertados, atendiendo a la zonificación de la Casa-Museo establecida en el Proyecto de Musealización Casa-Museo El Cordobés que permita valorar su adecuación al espacio arquitectónico de la Casa- Museo. Se deberá hacer especial referencia en la documentación a la distribución física del listado provisional de piezas incluido en el Proyecto de Musealización Casa- Museo El Cordobés: de 0 a 9 puntos. – Muestras y ejemplos que permitan visualizar y concretar el tratamiento, desarrollo y diseño de las aplicaciones gráficas y audiovisuales de los contenidos de su discurso expositivo propuesto, así como la propuesta de solución de identidad corporativa y manual de estilo. Se deberá hacer especial referencia en este contenido, el esquema xx xxxxx audiovisual minutado de los 6 vídeos correspondiente a los bloques 1, 2 3 y 4 del apartado 4.6 del Proyecto de Musealización Casa-Museo El Cordobés: de 0 a 9 puntos. – Descripción detallada de los diferentes elementos físicos a suministrar e instalar, para la correcta definición de la oferta y su adecuación al espacio expositivo, que deberá incluir tanto información gráfica que permita ver el diseño y apariencia de los mismos, como la información técnica sobre sus dimensiones y características principales y que mayor valor aporten a la oferta: de 0 a 9 puntos. – Memoria Técnica que incluya la descripción y enumeración de las características técnicas de los medios a emplear, indicando si la propuesta incluye el uso de Nuevas Tecnologías, la justificación del ahorro en el mantenimiento y consumo energético de elementos y medios técnicos a emplear: de 0 a 9 puntos. | |
Será necesario obtener al menos 4 puntos en todos y cada uno de los subcriterios a valorar en la primera fase para que la oferta pueda ser valorada en la segunda fase | |
2.- SEGUNDA FASE (CRITERIOS VALORABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULA MATEMÁTICA) | Hasta un máximo de 55 puntos |
2.1.- Mejoras sin coste alguno para la Administración: | |
2.1.1.- Por ofrecer la Traducción de los contenidos en xxxxxx, xxxxxxx y | Hasta un |
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alemán, además xxx xxxxxxxxxx: 5 puntos por cada idioma adicional al castellano ofertado. Esta mejora consistirá un la traducción de los contenidos correspondiente al objeto del contrato en al menos un idioma adicional al castellano. La documentación y material generado por la ejecución de esta mejora, será aportada en formato físico (papel, etc.) y digital, con la suficiente calidad para su reproducción posterior por el Iltre. Ayuntamiento xx Xxxxx del Río, así como los formatos previos que permitan en el futuro realizar evoluciones y actualizaciones de los mismos. La valoración económica de esta mejora sin coste alguno para la Administración es de 1.000,00 euros, IVA no incluido. | máximo de 15 puntos |
2.1.2.- Por ofrecer un Incremento en el tiempo de duración de 2 minutos para cada una de las 6 producciones audiovisuales de los bloques 1, 2, 3 y 4 ofertadas respecto del mínimo establecido por cada vídeo en el Pliego de Prescripciones Técnicas y el Proyecto de Musealización Casa-Museo El Cordobés, que se valorará como sigue: • Por un incremento de 2 minutos para vídeo 1 del Bloque 1: 2 puntos. • Por un incremento de 2 minutos para vídeo 2 del Bloque 1: 2 puntos. • Por un incremento de 2 minutos para vídeo 3 del Bloque 1: 2 puntos. • Por un incremento de 2 minutos para vídeo del Bloque 2: 2 puntos. • Por un incremento de 2 minutos para vídeo del Bloque 3: 2 puntos. • Por un incremento de 2 minutos para vídeo del Bloque 4: 2 puntos. Esta mejora consistirá en la ampliación xxx xxxxx audiovisual minutado reflejado en la Memoria Descriptiva a valorar sin aplicación de fórmula matemática, y los Pliegos que rigen el procedimiento de contratación. El guión audiovisual minutado de los vídeos ampliados como mejora deberá ser entregado al Ayuntamiento en el plazo de 1 mes desde la firma del Acta de Inicio, para su supervisión y aprobación previa a su producción. La documentación y material generado por la ejecución de esta mejora, será aportada en formato físico (papel, etc.) y digital, con la suficiente calidad para su reproducción posterior por el Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río, así como los formatos previos que permitan en el futuro realizar evoluciones y actualizaciones de los mismos. La valoración económica de esta mejora sin coste alguno para la Administración es de 5.000,00 euros, IVA no incluido. | Hasta un máximo de 12 puntos |
2.1.3.- Por la instalación de un Tótem Interactivo para Punto de Información Turística, a modo de kiosko autónomo dentro de la Casa-Museo, que incluya una aplicación interactiva que describa los recursos turísticos de Palma del Río y su entorno en, al menos, 2 idiomas (castellano e inglés): 10 puntos Este punto de información turística consistirá en el suministro e instalación, tras la prueba correspondiente tras su instalación, de un soporte expositivo tipo serie | 10 puntos |
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SW de Artemedia o similar, consistente en estructura fabricada a base de xxxxx xx xxxxx 2-4 mm de espesor. Acabado en pintura en polvo de alta resistencia. Pantalla táctil de 22/32 pulgadas Full HD. Hardware xx xxxxx núcleo, 2 GB de RAM. 350 GB HD, sistema operativo Windows 7 (Personalizable). Conexión USB, RJ45, Interruptor I/O, Conector IEC. Software y gestor de contenidos para control y publicación de contenidos versátil y autoeditable. Reproducción de contenidos, imágenes de vídeos (local o streaming), animaciones flash, ventanas web. El contenido y diseño de la aplicación deberá ser entregado al Ayuntamiento en el plazo de 1 mes desde la firma del Acta de Inicio, para su supervisión y aprobación previa a su producción. La documentación y material generado por la ejecución de esta mejora, será aportada en formato físico (papel, etc.) y digital, con la suficiente calidad para su reproducción posterior por el Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río, así como los formatos previos que permitan en el futuro realizar evoluciones y actualizaciones de los mismos. La valoración económica de esta mejora sin coste alguno para la Administración es de 3.000,00 euros, IVA no incluido. | |||||
2.1.4 Por ofrecer la edición y producción de folletos (trípticos, díptico o similar) y carteles publicitarios formato A1, en varios idiomas, del resultado de la musealización del edificio que supone la Casa-Museo El Cordobés: 8 puntos Esta mejora consistirá en: • Edición y producción en formato papel y digital (alta calidad de imprenta para su posterior reproducción) de 5.000 folletos (trípticos, dípticos o similar) en las siguientes proporciones e idiomas: ◦ 3.000 ejemplares en castellano e inglés. ◦ 1.000 ejemplares en castellano y francés. ◦ 1.000 ejemplares en castellano y alemán. • Edición y producción en formato papel y digital (alta calidad de imprenta para su posterior reproducción) de 500 carteles publicitarios en formato A1. La información que se incluya en estos soportes hará referencia expresa a la Casa- Museo El Cordobés, su contenido museográfico y la figura de Xxxxxx Xxxxxxx El Cordobés, así como la financiación municipal y de la Unión Europea. El contenido deberá ser entregado al Ayuntamiento en el plazo de 1 mes desde la firma del Acta de Inicio, para su supervisión y aprobación previa a su producción. La documentación y material generado por la ejecución de esta mejora, será aportada en formato físico (papel, etc.) y digital, con la suficiente calidad para su reproducción posterior por el Iltre. Ayuntamiento xx Xxxxx del Río, así como los formatos previos que permitan en el futuro realizar evoluciones y actualizaciones de los mismos. La valoración económica de esta mejora sin coste alguno para la Administración es de 800,00 euros, IVA no incluido. | 8 puntos | ||||
2.1.5.- | Por | ofrecer | una ampliación del plazo de garantía | legalmente | Hasta un |
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establecido para cada elemento: 2,5 puntos por año ofertado. Esta garantía debe incluir tanto los elementos (materiales e inmateriales) incluidos en su propuesta como las instalaciones necesarias para su correcto funcionamiento. | máximo de 5 puntos |
2.1.6.- Por ofrecer Acciones de Formación en el manejo de los equipos e instalaciones. Por cada una (1) hora de formación 1 punto. Esta formación versará sobre la utilización y funcionamiento de los equipos, instalaciones y programas de edición, control, ventas y/o reproducción multimedia que se implanten en el Centro. También podrán versar sobre las necesidad de mantenimiento, cuidado y limpieza de los mismos, así como dichas necesidades respecto a los elementos expositivos que dadas sus peculiaridades puedan tener un tratamiento específico para su buen estado y uso. Esta formación podrá ser integral en un curso de todos los aspectos vistos con anterioridad o podrán ser acciones diferentes y específicas en función del equipamiento en cuestión. La documentación y material generado por la ejecución de esta mejora, será aportada en formato físico (papel, etc.) y digital, con la suficiente calidad para su reproducción posterior por el Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río, así como los formatos previos que permitan en el futuro realizar evoluciones y actualizaciones de los mismos. | Hasta un máximo de 3 puntos |
2.2.- Bajada del Precio del Contrato, que se valorará con un máximo de 2 puntos al más económico y proporcionalmente al resto conforme a la siguiente fórmula: Fórmula: VO = (PL-OF) * PMO (PL-OM) Donde: VO= Valoración de la oferta PMO= Puntuación máxima obtenible OF= Oferta OM= Menor oferta válidamente emitida PL= Precio de licitación, IVA no incluido | Hasta un máximo de 2 puntos |
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Documentación a presentar por los licitadores, procedimiento y forma de valoración de los criterios establecidos en la tabla anterior.
A.- Respecto a la valoración de la PRIMERA FASE.
A.1. Documentación a presentar por los licitadores
Las empresas licitadoras deberán entregar una MEMORIA DOSSIER en la que deberá estar incluida la información suficiente para una correcta comprensión de la misma. Deberá marcar las pautas para la adecuación de la memoria, equipamiento y prescripciones que figuran en el Pliego de Prescripciones Técnicas y el Proyecto de Musealización Casa-Museo El Cordobés.
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La Memoria deberá definir la propuesta de implantación del discurso expositivo, de acuerdo al guión de contenidos expuesto en el Pliego de Prescripciones Técnicas y el Proyecto de Musealización Casa-Museo El Cordobés, de forma que la oferta del licitador
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permita definir claramente la originalidad y creatividad de la propuesta, la identidad corporativa, el análisis y conocimiento de la figura de Xxxxxx Xxxxxxx El Cordobés, su adecuación al espacio arquitectónico que constituye la Casa-Museo, el uso de Nuevas Tecnologías, los distintos elementos a suministrar, el uso de elementos y medios que permitan constatar un ahorro de mantenimiento y consumo de energía, y la producción de contenidos, haciendo especial referencia a su tratamiento, desarrollo y diseños de las aplicaciones gráficas y audiovisuales de los mismos.
Los licitadores deberán incluir en dicha Memoria, como mínimo, el siguiente contenido para que se pueda valorar:
– Memoria conceptual y justificativa de la propuesta de implantación de contenidos del discurso expositivo, que de forma global exponga una solución original y creativa, y donde se muestre el grado de conocimiento de la figura de Xxxxxx Xxxxxxx Xx Xxxxxxxx y la tradición de la cultura taurina en Palma del Río.
– Planimetrías y visualizaciones 3D de las soluciones y recursos expositivos ofertados, atendiendo a la zonificación de la Casa-Museo establecida en el Proyecto de Musealización Casa-Museo El Cordobés que permita valorar su adecuación al espacio arquitectónico de la Casa-Museo. Se deberá hacer especial referencia en la documentación a la distribución física del listado provisional de piezas incluido en el Proyecto de Musealización Casa-Museo El Cordobés.
– Muestras y ejemplos que permitan visualizar y concretar el tratamiento, desarrollo y diseño de las aplicaciones gráficas y audiovisuales de los contenidos de su discurso expositivo propuesto, así como la propuesta de solución de identidad corporativa y manual de estilo. Se deberá hacer especial referencia en este contenido, el esquema xx xxxxx audiovisual minutado de los 6 vídeos correspondiente a los Bloques 1, 2, 3 y 4 del apartado 4.6 del Proyecto de Musealización Casa-Museo El Cordobés.
– Descripción detallada de los diferentes elementos físicos a suministrar e instalar, para la correcta definición de la oferta y su adecuación al espacio expositivo, que deberá incluir tanto información gráfica que permita ver el diseño y apariencia de los mismos, como la información técnica sobre sus dimensiones y características principales y que mayor valor aporten a la oferta. Podrán acompañar de documentación técnica complementaria que se requiera para definir suficientemente los elementos que compondrán la Casa-Museo (fotografías, cuadros de especificaciones técnicas, catálogos, simulaciones en 3D, etc.).
– Memoria Técnica que incluya la descripción y enumeración de las características técnicas de los medios a emplear, indicando si la propuesta incluye el uso de Nuevas Tecnologías, la justificación del ahorro en el mantenimiento y consumo energético de elementos y medios técnicos a emplear.
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La presentación de la Memoria Dossier con el contenido mínimo anteriormente expuesto para la valoración de este criterio es obligatoria por parte de los licitadores, por lo que aquellas proposiciones que carezcan de la misma o del contenido mínimo, serán excluidas del procedimiento. A este respecto, las empresas licitadoras podrán presentar cuanta documentación consideren necesaria para exponer su propuesta de discurso expositivo en relación a cada uno de ellos y a su conjunto. En ningún caso se podrá incluir en la documentación requerida para valorar este criterio alguna referencia a cualquiera de
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los criterios valorables mediante aplicación de fórmula matemática. Cualquier referencia a este respecto será causa de exclusión del procedimiento.
A.2 Procedimiento y forma de valoración
Aquellas Memorias Descriptivas que los licitadores presenten que no se hayan elaborado específicamente para el objeto del presente contrato, sino que se trate de Memorias Descriptivas o Proyectos de carácter genérico, serán valoradas con 0 puntos.
Para la valoración de las Memorias Descriptivas presentadas por los licitadores, que serán las que se ajusten a lo exigido en el presente Xxxxxx, se asignará una valoración máxima de 45 puntos que serán asignados en base a los apartados incluidos dentro de este criterio y que a continuación se indican:
- Memoria conceptual y justificativa de la propuesta de implantación de contenidos del discurso expositivo, que de forma global constituya una solución original y creativa y donde se muestre el grado de conocimiento de la figura de Xxxxxx Xxxxxxx El Cordobés y la tradición de la cultura taurina en Palma del Río: De 0 a 9.00 puntos.
La valoración de este aspecto se realizará en atención a los siguientes rangos:
• De 0 a 3 puntos: la información aportada es muy básica, no permitiendo conocer con detalle los parámetros de la oferta presentada, por lo que con dificultad pueden ser desarrollados y controlados por la administración con el rigor que conlleva la contratación.
• De 4 a 6 puntos: la información aportada es suficiente para conocer con detalle los parámetros de la oferta presentada, pudiendo ser desarrollados y controlados por la administración con el rigor que conlleva la contratación.
• De 7 a 9 puntos: la información aportada es excelente para conocer con detalle la oferta presentada.
- Planimetrías y visualizaciones 3D de las soluciones y recursos expositivos ofertados, atendiendo a la zonificación de la Casa-Museo establecida en el Proyecto de Musealización Casa-Museo El Cordobés que permita valorar su adecuación al espacio arquitectónico de la Casa-Museo. Se deberá hacer especial referencia en la documentación a la distribución física del listado provisional de piezas incluido en el Proyecto de Musealización Casa-Museo El Cordobés: De 0 a 9,00 puntos.
La valoración de este aspecto se realizará en atención a los siguientes rangos:
• De 0 a 3 puntos: la información aportada es muy básica, no permitiendo conocer con detalle los parámetros de la oferta presentada, por lo que con dificultad pueden ser desarrollados y controlados por la administración con el rigor que conlleva la contratación.
• De 4 a 6 puntos: la información aportada es suficiente para conocer con detalle los parámetros de la oferta presentada, pudiendo ser desarrollados y controlados por la administración con el rigor que conlleva la contratación.
• De 7 a 9 puntos: la información aportada es excelente para conocer con detalle la oferta presentada.
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- Muestras y ejemplos que permitan visualizar y concretar el tratamiento, desarrollo y diseño de las aplicaciones gráficas y audiovisuales de los contenidos de su discurso expositivo propuesto, así como la propuesta de solución de identidad corporativa y manual de estilo. Se deberá hacer especial referencia en este contenido, el esquema xx xxxxx
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audiovisual minutado de los 6 vídeos correspondiente a los Bloques 1, 2, 3 y 4 del apartado 4.6 del Proyecto de Musealización Casa-Museo El Cordobés: de 0 a 9,00 puntos.
La valoración de este aspecto se realizará en atención a los siguientes rangos:
• De 0 a 3 puntos: la información aportada es muy básica, no permitiendo conocer con detalle los parámetros de la oferta presentada, por lo que con dificultad pueden ser desarrollados y controlados por la administración con el rigor que conlleva la contratación.
• De 4 a 6 puntos: la información aportada es suficiente para conocer con detalle los parámetros de la oferta presentada, pudiendo ser desarrollados y controlados por la administración con el rigor que conlleva la contratación.
• De 7 a 9 puntos: la información aportada es excelente para conocer con detalle la oferta presentada.
- Descripción detallada de los diferentes elementos físicos a suministrar e instalar, para la correcta definición de la oferta, que deberá incluir tanto información gráfica que permita ver el diseño y apariencia de los mismos, como la información técnica sobre sus dimensiones y características principales y que mayor valor aporten a la oferta: de 0 a 9,00 puntos.
• De 0 a 3 puntos: la información aportada es muy básica, no permitiendo conocer con detalle los parámetros de la oferta presentada, por lo que con dificultad pueden ser desarrollados y controlados por la administración con el rigor que conlleva la contratación.
• De 4 a 6 puntos: la información aportada es suficiente para conocer con detalle los parámetros de la oferta presentada, pudiendo ser desarrollados y controlados por la administración con el rigor que conlleva la contratación.
• De 7 a 9 puntos: la información aportada es excelente para conocer con detalle la oferta presentada.
- Memoria Técnica que incluya la descripción y enumeración de las características técnicas de los medios a emplear, indicando si la propuesta incluye el uso de Nuevas Tecnologías, la justificación del ahorro en el mantenimiento y consumo energético de elementos y medios técnicos a emplear: de 0 a 9,00 puntos.
La valoración de este aspecto se realizará en atención a los siguientes rangos:
• De 0 a 3 puntos: la información aportada es muy básica, no permitiendo conocer con detalle los parámetros de la oferta presentada, por lo que con dificultad pueden ser desarrollados y controlados por la administración con el rigor que conlleva la contratación.
• De 4 a 6 puntos: la información aportada es suficiente para conocer con detalle los parámetros de la oferta presentada, pudiendo ser desarrollados y controlados por la administración con el rigor que conlleva la contratación.
• De 7 a 9 puntos: la información aportada es excelente para conocer con detalle la oferta presentada.
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La presentación de la Memoria Dossier para la valoración de este criterio es obligatoria por parte de los licitadores, por lo que aquellas proposiciones que carezcan de la misma, serán excluidas del procedimiento. En ningún caso se podrá incluir en la documentación requerida para valorar este criterio alguna referencia a
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cualquiera de los criterios valorables mediante aplicación de fórmula matemática.
Cualquier referencia a este respecto será causa de exclusión del procedimiento.
Será necesario obtener al menos 4 puntos en todos y cada uno de los subcriterios a valorar en la primera fase para que la oferta pueda ser valorada en la segunda fase.
B. VALORACIÓN DE LA SEGUNDA FASE DE CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA POR APLICACIÓN DE FÓRMULAS:
B.1. Documentación a presentar por los licitadores
La documentación a presentar por los licitadores respecto a cada uno de los puntos incluidos en el apartado “Mejoras sin coste alguno para la Administración” y que se exige como mínima, es la siguiente:
B.1.1. Para la valoración del criterio 2.1.1 relativo a la traducción de los contenidos en xxxxxx, xxxxxxx y alemán, además xxx xxxxxxxxxx, los licitadores deberán presentar debidamente cumplimentado el Anexo V que se inserta al presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
La mejora que la empresa adjudicataria haya ofertado se integrará en el contrato formando parte integrante del mismo con el carácter de “Obligación Contractual esencial”, sobre la base del artículo 150 del TRLCSP. El incumplimiento de la mejora ofertada por la empresa adjudicataria, se establece como causa de resolución del contrato, al amparo de lo previsto en el artículo 223.f) de TRLCSP, en cuyo caso, en la determinación de los daños y perjuicios a exigir a la empresa contratista, entre otros, se incluirá por tal concepto la valoración económica de dicha mejora.
B.1.2 Para la valoración del criterio 2.1.2 relativo al incremento en el tiempo de duración de 2 minutos para cada una de las 6 producciones audiovisuales de los bloques 1,2,3 y 4, los licitadores deberán presentar debidamente cumplimentado el Anexo VI que se inserta al presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
La mejora que la empresa adjudicataria haya ofertado se integrará en el contrato formando parte integrante del mismo con el carácter de “Obligación Contractual esencial”, sobre la base del artículo 150 del TRLCSP. El incumplimiento de la mejora ofertada por la empresa adjudicataria, se establece como causa de resolución del contrato, al amparo de lo previsto en el artículo 223.f) de TRLCSP, en cuyo caso, en la determinación de los daños y perjuicios a exigir a la empresa contratista, entre otros, se incluirá por tal concepto la valoración económica de dicha mejora.
B.1.3. Para la valoración del criterio 2.1.3 relativo a la instalación de un Tótem interactivo para punto de información turística, los licitadores deberán presentar debidamente cumplimentado el Anexo VII que se inserta al presente xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, debiendo presentar además documentación en la que se realice una descripción detallada de la mejora ofertada, en la que se deberá indicar las características técnicas del material a instalar, así como su marca, modelo, etc. La falta de dicha documentación dará lugar a la NO VALORACIÓN DE ESTE CRITERIO.
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La mejora que la empresa adjudicataria haya ofertado se integrará en el contrato formando parte integrante del mismo con el carácter de “Obligación Contractual esencial”, sobre la base del artículo 150 del TRLCSP. El incumplimiento de la mejora ofertada por la empresa adjudicataria, se establece como causa de resolución del contrato, al amparo de lo previsto en el artículo 223.f) de TRLCSP, en cuyo caso, en la determinación de los
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daños y perjuicios a exigir a la empresa contratista, entre otros, se incluirá por tal concepto la valoración económica de dicha mejora.
B.1.4 Para la valoración del criterio 2.1.4 relativo a la edición y producción de folletos y carteles publicitarios, los licitadores deberán presentar debidamente cumplimentado el Anexo VIII que se inserta al presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
El incumplimiento de la ejecución de la mejora ofertada por la empresa adjudicataria, será penalizado conforme a la cláusula correspondiente xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
B.1.5 Para la valoración del criterio 2.1.5 relativo a la ampliación del plazo de garantía, los licitadores deberán presentar debidamente cumplimentado el Anexo IX que se inserta al presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el cual deberá ir acompañado de una Memoria Descriptiva en la que se realice una descripción detallada de los términos y vigencia de la mejora ofertada.
La falta de dicha Memoria Descriptiva dará lugar a la NO VALORACIÓN DE ESTE CRITERIO.
El incumplimiento de la ejecución de la mejora ofertada por la empresa adjudicataria, será penalizado conforme a la cláusula correspondiente xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
B.1.6 Para la valoración del criterio 2.1.6, relativo a las acciones de formación, los licitadores deberán presentar debidamente cumplimentado el Anexo X que se inserta al presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, debiendo presentar además un informe de programación de actividades formativas a desarrollar en el que deberá incluir como mínimo la siguiente información:
• Denominación actividad.
• Objetivos de la misma.
• Equipamientos indicados en la misma.
• Perfil del profesorado.
• Número de horas.
• Programación didáctica. Contenidos de la acción formativa.
• Calendario idóneo del curso.
• Coste económico
La falta del mencionado informe de programación, así como de alguna de la información que debe constar en el mismo, y que resulta ser la que igualmente se ha indicado con carácter de mínima, dará lugar a la NO VALORACIÓN DE ESTE CRITERIO.
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El incumplimiento de las medidas reductoras del impacto y de comunicación ofertadas por la empresa adjudicataria, será penalizado conforme a la cláusula correspondiente xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
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B.1.7. Para la valoración del criterio 2.2. (proposición económica), los licitadores deberán presentar debidamente el Anexo III correspondiente de proposición económica xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, acompañado del presupuesto desglosado que se une como Anexo IV en el mismo Xxxxxx, debiendo estar firmados y sellados por el licitador en cada una de sus hojas.
B.2. Procedimiento y forma de valoración
Aquellas proposiciones económicas que no estén acompañadas del presupuesto desglosado, en los términos indicados anteriormente, serán excluidas del procedimiento.
Para la valoración de los criterios de adjudicación establecidos en la 2ª fase, se actuará de la siguiente manera:
• En primer lugar, se examinarán y estudiarán los presupuestos desglosados que se unen a cada una de las proposiciones económicas, de tal forma que aquellos que no estén debidamente cumplimentados o aquellos que no contengan el suministro, instalación, ejecución de los trabajos y puesta en funcionamiento de todos y cada uno de los elementos ofertados de acuerdo a las exigencias xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares y el Proyecto de Musealización Casa-Museo El Cordobés del procedimiento, darán lugar a la exclusión de la proposición del procedimiento.
• A continuación se procederá a examinar y estudiar la documentación presentada por los licitadores para la justificación de las mejoras ofertadas por los mismos, de tal forma, que tan solo serán valoradas aquellas mejoras en base a tal documentación hayan quedado perfectamente definidas y justificadas.
• Seguidamente se procederá a la valoración de las proposiciones económicas presentadas por aquellos licitadores que continúen en el procedimiento, así como a la valoración de las mejoras ofertadas, que en base a la documentación presentada, hayan quedado perfectamente definidas y justificadas.
DECIMOTERCERA.- ADMISIBILIDAD DE MEJORAS
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de las mejoras que, en su caso, ofrezca en base a los criterios de valoración de ofertas indicados en la cláusula anterior.
DECIMOCUARTA.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES.
Las proposiciones junto con la documentación preceptiva se presentarán en el Registro General del Iltre. Ayuntamiento xx Xxxxx del Río, en días hábiles, de lunes a viernes, y de 9,00 a 14,00 horas, en el plazo de VEINTIUN DIAS naturales a contar desde el siguiente al en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxx. Si el último día del plazo fuese xxxxxx, xxxxxxx o festivo se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
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Podrán ser también enviadas por correo dentro del mismo plazo de admisión, en cuyo caso el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante telegrama o
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fax al nº 000- 00 00 00, en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado para la presentación de proposiciones. Transcurridos no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta, en ningún caso será admitida
Una vez entregada o remitida la documentación no podrá ser retirada, salvo que la retirada de la proposición sea justificada.
DECIMOQUINTA.- FORMA DE PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES.
Las proposiciones, que, en todo caso, habrán de presentarse en lengua castellana, serán secretas, no pudiendo divulgar el órgano de contratación la información facilitada por los licitadores que hayan designado como confidencial.
Su presentación presume la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas de este pliego sin salvedad o reserva alguna.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. No podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros, si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas.
Las proposiciones constarán de TRES SOBRES, separados e independientes, debidamente cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, en cuyos anversos deberán figurar las inscripciones que a continuación se indican para cada uno de ellos:
- SOBRE Nº 1: Se consignará en este sobre, en forma bien visible y sin que sea preciso abrirlo para su lectura, el siguiente cuadro:
SOBRE NÚMERO 1 << DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA>>
Nº EXPTE:
OBJETO DEL CONTRATO: . RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA/NOMBRE COMPLETO DEL LICITADOR:
.
C.I.F / N.I.F.: .
DIRECCIÓN POSTAL: . TELÉFONO: ; FAX: . CORREO ELECTRÓNICO: .
NOMBRE, FECHA Y FIRMA: .
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- SOBRE Nº 2: Se consignará en este sobre, en forma bien visible y sin que sea preciso abrirlo para su lectura, el siguiente cuadro:
SOBRE NÚMERO 2 <<MEMORIA DOSSIER RELATIVA A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACION PONDERABLES EN FUNCION DE UN JUICIO DE VALOR, NO EVALUBLES DE FORMA AUTOMATICA POR APLICACIÓN DE FORMULAS>>
Nº EXPTE:
OBJETO DEL CONTRATO: . RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA/NOMBRE COMPLETO DEL LICITADOR:
.
C.I.F / N.I.F.: .
DIRECCIÓN POSTAL: . TELÉFONO: ; FAX: . CORREO ELECTRÓNICO: .
NOMBRE, FECHA Y FIRMA: .
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-SOBRE Nº 3: Se consignará en este sobre, en forma bien visible y sin que sea preciso abrirlo par su lectura, el siguiente cuadro:
SOBRE NÚMERO 3 << PROPOSICION ECONOMICA Y PROPUESTA DE MEJORAS RELATIVAS A CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMATICA POR APLICACIÓN DE FORMULAS>>
Nº EXPTE:
OBJETO DEL CONTRATO: . RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA/NOMBRE COMPLETO DEL LICITADOR:
.
C.I.F / N.I.F.: .
DIRECCIÓN POSTAL: . TELÉFONO: ; FAX: . CORREO ELECTRÓNICO: .
NOMBRE, FECHA Y FIRMA: .
El contenido de cada uno de los sobres es el siguiente:
SOBRE Nº. 1 <<DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA>>.
En este sobre los licitadores adjuntarán los documentos que se relacionan a continuación. En ningún caso, podrá incluirse documentación alguna que haga, directa o indirectamente, referencia a la proposición económica y/o técnica ofertada por la empresa licitante, referncia que, caso de aparecer en dicho sobre, será, por sí sola, motivo de exclusión de la licitación.
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1.- HOJA RESUMEN DE DATOS DEL LICITADOR A EFECTOS DE NOTIFICACION.
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En dicha hoja deberá constar al menos los siguientes datos: nombre, NIF, dirección completa del licitador a estos efectos, incluyendo número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico.
2.- DECLARACION RESPONSABLE DEL LICITADOR INDICANDO QUE CUMPLE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE PLIEGO PARA CONTRATAR.
Los licitadores deberán presentar una declaración responsable, conforme al Anexo I del presente pliego, suscrita por ellos mismos o sus representantes reconociendo que cumplen con todos y cada uno de los requisitos exigidos en el presente pliego respecto de la capacidad, representación, solvencia económica, técnica y profesional, comprometiéndose, en caso de que la propuesta de adjudicación recaiga a su favor, a aportar en el tiempo y forma establecido en este pliego toda la documentación exigida en la cláusula 19.2.
3.- COMPROMISO DE CONSTITUCION DE UNION TEMPORAL DE EMPRESARIOS, EN SU CASO.
Cuando dos o más empresas acudan a la licitación en unión temporal, cada uno de los empresarios que la componen deberán suscribir la declaración responsable indicada en el apartado anterior y aportar documento privado indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en Unión Temporal, en caso de resultar adjudicatarios (artículos 59 TRLCSP y 24 RGLCAP). El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión.
4.- DECLARACION EXPRESA RESPONSABLE DE LA EMPRESA LICITADORA RELATIVA AL GRUPO EMPRESARIAL AL QUE PERTENECE Y COMPRENSIVA DE TODAS LAS SOCIEDADES PERTENECIENTES A UN MISMO GRUPO.
El licitador presentará una declaración responsable conforme al Anexo II del presente pliego con relación de las empresas que forman parte del grupo empresarial a la que pertenezca el licitador individual, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupo, según el art. 42 del Código de Comercio. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Estas declaraciones se tendrán en cuenta a los efectos establecidos en el art. 145.4 del TRLCSP (cálculo de ofertas que presentan valores anormales o desproporcionados).
5- DECLARACION DE SOMETERSE A LA JURISDICCION ESPAÑOLA.
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Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, deberán presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
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6.- DECLARACION RELATIVA A LA EXISTENCIA ENTRE SU PLANTILLA DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Los licitadores podrán aportar declaración relativa a la existencia, en su caso, en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2%, por tener un grado de minusvalía superior al 33%, así como del número de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
SOBRE Nº. 2 <<MEMORIA DOSSIER RELATIVA A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACION PONDERABLES EN FUNCION DE UN JUICIO DE VALOR, NO EVALUABLES DE FORMA AUTOMATICA POR APLICACIÓN DE FORMULAS>>
En este sobre los licitadores incluirán la documentación relativa a los criterios de adjudicación ponderables en función de un juicio de valor, no evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, establecidos en la cláusula 12ª del presente pliego, concretamente en la primera fase, y que resulta ser la siguiente:
1.- Hoja descriptiva del contenido del sobre, enunciado numericamente.
2.- Memoria Dossier, que contendrá, como mínimo, documentación acreditativa de los aspectos relativos a los criterios de adjudicación ponderables en función de un juicio de valor, no evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas establecidos en la cláusula 12ª del presente pliego, concretamente en la primera fase, debiendo incluir además, cualquier otra documentación que expresamente se indique en el Pliego de Prescripciones Técnicas particulares y que permita verificar que la oferta cumple con las especificaciones técnicas exigidas.
Tal y como se indica en la cláusula 12ª del presente pliego, aquellas Memorias que se presenten que no se hayan elaborado especificamente para el objeto del presente contrato, sino que se trate de Memorias genéricas, no serán valoradas
La Memoria contendrá la documentación indicada en la cláusula 12ª del presente pliego, y se presentará en papel, por triplicado.
SOBRE Nº 3 <<PROPOSICION ECONOMICA Y PROPUESTA DE MEJORAS RELATIVAS A CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMATICA POR APLICACIÓN DE FORMULAS.>>.
En este sobre los licitadores incluirán la documentación relativa a los criterios de adjudicación evaluables mediante aplicación de formulas establecidos en la cláusula 12ª del presente pliego, concretamente en la segunda fase, y que resulta ser la siguiente:
1.- HOJA DESCRIPTIVA DEL CONTENIDO DEL SOBRE, ENUNCIADO NUMERICAMENTE.
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2.- PROPOSICION ECONOMICA.
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La proposición económica se ajustará al modelo que se inserta como Xxxxx XXX al final de este pliego, y en la que se indica como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.
3.- PRESUPUESTO DESGLOSADO
La proposición económica irá acompaña de un presupuesto desglosado conforme al modelo que se inserta como Anexo IV al presente pliego. Dicho presupuesto deberá estar debidamente cumplimentado, firmado y sellado por el licitador.
4.- PROPUESTA DE MEJORAS SIN COSTE ALGUNO PARA LA ADMINISTRACION RELATIVA A LA TRADUCCION DE LOS CONTENIDOS EN XXXXXX, XXXXXXX Y XXXXXX.
Los licitadores podrán presentar propuesta de mejoras sin coste alguno para la Administración, relativa a la traducción de los contenidos en xxxxxx, xxxxxxx y alemán, conforme al modelo que se inserta como Anexo V del presente pliego.
Para el supuesto de que la empresa adjudicataria haya ofertado tal mejora, la misma se integrará en el contrato formando parte integrante del mismo con el carácter de “Obligación Contractual esencial”, a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP, por lo que el incumplimiento de tal obligación será causa de resolución del contrato.
Cada licitador podrá presentar tan solo una propuesta de mejora relativa al criterio de valoración a que la misma se refiere.
5.- PROPUESTA DE MEJORAS SIN COSTE ALGUNO PARA LA ADMINISTRACION RELATIVA AL INCREMENTO EN EL TIEMPO DE DURACION DE 2 MINUTOS PARA LAS PRODUCCIONES AUDIVIOSUALES.
Los licitadores podrán presentar propuesta de mejoras sin coste alguno para la Administración, relativa al incremento en el tiempo de duración de 2 minutos para cada una de las producciones audiovisuales , conforme al modelo que se inserta como Anexo VI del presente pliego.
Para el supuesto de que la empresa adjudicataria haya ofertado tal mejora, la misma se integrará en el contrato formando parte integrante del mismo con el carácter de “Obligación Contractual esencial”, a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP, por lo que el incumplimiento de tal obligación será causa de resolución del contrato.
Cada licitador podrá presentar tan solo una propuesta de mejora relativa al criterio de valoración a que la misma se refiere.
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6.- PROPUESTA DE MEJORAS SIN COSTE ALGUNO PARA LA ADMINISTRACION RELATIVA A LA INSTALACION DE UN TOTEM INTERACTIVO PARA PUNTO DE INFORMACION TURISTICA.
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Los licitadores podrán presentar propuesta de mejoras sin coste alguno para la Administración, relativa a la instalación de un Tótem Interactivo para Punto de Información Turística, conforme al modelo que se inserta como Anexo VII del presente pliego.
Dicha propuesta deberá ir acompañada de la documentación en la que se realice una descripción detallada de la mejora ofertada, en la que se deberá indicar las características técnicas del material a instalar, así como su marca, modelo, etc. La falta de dicha documentación dará lugar a la NO VALORACION DE ESTA MEJORA.
Para el supuesto de que la empresa adjudicataria haya ofertado tal mejora, la misma se integrará en el contrato formando parte integrante del mismo con el carácter de “Obligación Contractual esencial”, a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP, por lo que el incumplimiento de tal obligación será causa de resolución del contrato.
Cada licitador podrá presentar tan solo una propuesta de mejora relativa al criterio de valoración a que la misma se refiere.
7.- PROPUESTA DE MEJORAS SIN COSTE ALGUNO PARA LA ADMINISTRACION RELATIVA A LA EDICION Y PRODUCCION DE FOLLETOS Y CARTELES PUBLICITARIOS.
Los licitadores podrán presentar propuesta de mejoras sin coste alguno para la Administración, relativa a la edición y producción de folletos y carteles publicitarios, conforme al modelo que se inserta como Anexo VIII del presente pliego.
Cada licitador podrá presentar tan solo una propuesta de mejora relativa al criterio de valoración a que la misma se refiere.
8.- PROPUESTA DE MEJORAS SIN COSTE ALGUNO PARA LA ADMINISTRACION RELATIVA A LA AMPLIACION DEL PLAZO DE GARANTIA.
Los licitadores podrán presentar propuesta de mejoras sin coste alguno para la Administración, relativa a la ampliación del plazo de garantía, conforme al modelo que se inserta como Anexo IX del presente pliego.
Dicha propuesta deberá ir acompañada de una Memoria Descriptiva en la que se realice una descripción detallada de los términos y vigencia de la mejora ofertada. La falta de dicha documentación dará lugar a la NO VALORACION DE ESTA MEJORA.
Cada licitador podrá presentar tan solo una propuesta de mejora relativa al criterio de valoración a que la misma se refiere.
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9.- PROPUESTA DE MEJORAS SIN COSTE ALGUNO PARA LA ADMINISTRACION RELATIVA A LA IMPARTICION DE ACCIONES DE FORMACION PARA EL MANEJO DE LOS EQUIPOS E INSTALACIONES.
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Los licitadores podrán presentar propuesta de mejoras sin coste alguno para la Administración, relativa a la impartición de acciones de formación para el manejo de los equipos e instalaciones, conforme al modelo que se inserta como Anexo X del presente pliego.
Dicha propuesta deberá ir acompañada de un informe de programación de actividades formativas a desarrollar en el que, como mínimo, se deberá indicar la información que en el modelo de Anexo se pide. La falta de dicha documentación dará lugar a la NO VALORACION DE ESTA MEJORA.
Cada licitador podrá presentar tan solo una propuesta de mejora relativa al criterio de valoración a que la misma se refiere.
DECIMOSEXTA.- RECEPCION DE LA DOCUMENTACION.
Terminado el plazo de recepción de proposiciones, el funcionario responsable del Registro General de Documentos del Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río expedirá una certificación donde se relacionen las recibidas, las presentadas por correo con los requisitos de la cláusula 14ª ó, en su caso, sobre la ausencia de licitadores.
Recibidos los sobres por la Secretaria de la Mesa de Contratación, se constituirá la Mesa de Contratación, para calificar previamente los documentos presentados en tiempo y forma.
DECIMOSEPTIMA.- MESA DE CONTRATACION.
La Mesa de Contratación tendrá la siguiente composición:
Presidente: X. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, Arquitecto Municipal y Jefe del Servicio de Arquitectura y Obras.
Vocales:
- Xx. Xxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxx Xxxxx, Secretaria General de esta Corporación.
- Xx. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx, Interventora de Fondos de esta Corporación.
-X. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Técnico del Patronato Municipal de Cultura.
- X. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Técnico Coordinador del proyecto FEDER. Secretario: X. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Administrativo Proyecto FEDER.
Actuarán de suplentes las personas a quienes corresponda sustituir a los titulares en los casos de ausencia, enfermedad o abstención.
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DECIMOCTAVA.- CALIFICACION DE LOS DOCUMENTOS PRESENTADOS Y APERTURA Y EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES.
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1.-APERTURA DEL SOBRE Nº 1 <<DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA>> Y CALIFICACION DE LA MISMA.-
Una vez recibidos los sobres por el Secretario de la Mesa de contratación junto con el certificado de la persona encargada del Registro General de Documentos, se reunirá la misma para calificar previamente los documentos presentados en tiempo y forma.
A tal efecto, por la presidencia se ordenará la apertura del sobre nº 1
<<DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA>>.
Si la Mesa observase defectos y omisiones subsanables en la documentación presentada en el mencionado sobre, efectuará el requerimiento mediante comunicación verbal o vía fax a los interesados y lo hará público a través del perfil de contratante del órgano de contratación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles, a contar desde el siguiente al del recibo de dicho requerimiento para que los licitadores lo corrijan o subsanen ante la propia Mesa de Contratación, mediante la presentación en el Registro General del Ayuntamiento de la documentación que a tal fin le haya sido requerida.
Posteriormente se reunirá la Mesa de Contratación para proceder a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas, y efectuará pronunciamiento expreso sobre las admitidas a la licitación, las rechazadas y sobre las causas de su rechazo.
2.- APERTURA DEL SOBRE Nº. 2 <<MEMORIA DOSSIER RELATIVA A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACION PONDERABLES EN FUNCION DE UN JUICIO DE VALOR, NO EVALUABLES DE FORMA AUTOMATICA POR APLICACIÓN DE FORMULAS>>
Por la Presidencia de la Mesa de contratación, en el día y hora señalado en el anuncio de licitación, procederá en acto público a manifestar el resultado de la calificación de los documentos presentados, con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y causa o causas de inadmisión de estas últimas. A continuación se realizará la apertura de los sobres nº.2 de aquellas empresas que hayan resultado admitidas en el procedimiento.
No obstante, y para el supuesto de que el acto de apertura no pudiese celebrarse el día indicado en el anuncio de licitación, la nueva fecha en que tendrá lugar el mismo se hará publica a través de anuncio que se insertará en el perfil de contratante del Ayuntamiento.
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Una vez abiertos dichos sobres, se remitirá la documentación obrante en los mismos, a X. Xxxxxx Santiago Xxxxxxx, Técnico de Turismo de este Ayuntamiento, para que emita informe técnico justificativo de la valoración de dicha documentación, conforme a los criterios de adjudicación ponderables en función de un juicio de valor evaluables sin aplicación de fórmula matemática establecidos para la primera fase de valoración en la cláusula 12ª del presente pliego.
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3.- APERTURA DEL SOBRE Nº. 3 <<PROPOSICION ECONOMICA Y PROPUESTA DE MEJORAS RELATIVAS A CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMATICA POR APLICACIÓN DE FORMULAS>>
Una vez emitido el informe indicado en el apartado anterior, así como aquellos otros informes técnicos que, en su caso, resulten pertinentes y efectuada la valoración de los documentos presentados en el sobre nº. 2 <<Memoria Dossier relativa a los criterios de adjudicación ponderables en función de un juicio de valor, no evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas>>, la Presidencia de la Mesa de Contratación, en el día y hora señalado en el anuncio de licitación, procederá en acto público a manifestar el resultado de la valoración de las empresas cuyas proposiciones han resultado admitidas en el procedimiento, con expresión de las puntuaciones obtenidas por cada una de ellas, así como de aquéllas proposiciones que no continúen en el proceso de adjudicación por no haber alcanzado los umbrales mínimos de puntuación exigidos en el presente pliego. A continuación se realizará la apertura de los sobres nº. 3 << Proposición económica y Propuesta de Mejoras relativa a criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas>>, de aquellas empresas que continúen en el proceso de adjudicación.
No obstante, y para el supuesto de que el acto de apertura no pudiese celebrarse el día indicado en el anuncio de licitación, la nueva fecha en que tendrá lugar el mismo se publicará en el Perfil del Contratante del Órgano de Contratación.
DECIMONOVENA.-ACTUACIONES PREVIAS A LA ADJUDICACION DEL CONTRATO.
19.1.- CLASIFICACION DE LAS OFERTAS.
La Mesa de Contratación es el órgano competente para formular la correspondiente propuesta de adjudicación, pudiendo solicitar al efecto cuantos informes técnicos considere precisos. Igualmente, podrá solicitar estos informes cuando considere necesario verificar que las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas de los pliegos, de conformidad con el artículo 160.1 del TRLCSP.
La Mesa de Contratación cuando entienda que alguna de las proposiciones podría ser calificada como anormal o desproporcionada, en base a lo establecido en la cláusula 24ª del presente pliego, tramitará el procedimiento previsto al efecto por el artículo 152.3 del TRLCSP, y a la vista del resultado propondrá al órgano de contratación su aceptación o rechazo, de conformidad con lo previsto en el apartado 4 del mismo artículo.
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La Mesa de Contratación, efectuadas tales actuaciones, procederá a la valoración de las proposiciones, conforme a los criterios de valoración de ofertas establecidos en el presente pliego, y una vez efectuadas las actuaciones, procederá a formular la correspondiente propuesta de adjudicación al órgano de contratación competente a favor del licitador cuya proposición haya resultado la oferta económicamente más ventajosa y que será la que haya obtenido mayor puntuación tras su valoración conforme a los criterios de adjudicación establecidos en el presente pliego; propuesta que no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto frente a la Administración. No obstante, cuando el órgano de
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contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión.
En caso de que dos o más proposiciones se encuentren igualadas, como las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios de que sirvan de base para la adjudicación, tendrán preferencia de adjudicación la empresa que haya obtenido mayor puntuación en los criterios de valoración de ofertas establecidos en la cláusula 12ª del presente pliego, por el orden de preferencia que a continuación se indica:
1.- Mayor puntuación en el criterio de adjudicación nº. 2.1.1 relativo a la mejora sin coste alguno para la Administración consistente en “Traducción de los contenidos en Xxxxxx, Xxxxxxx y Alemán”.
2.- Mayor puntuación en el criterio de adjudicación nº. 2.1.2 relativo a la mejora sin coste alguno para la Administración consistente en “Incremento en el tiempo de duración de 2 minutos para cada una de las 6 producciones audivisuales de los bloques 1,2,3 y 4”.
3.- Mayor puntuación en el criterio de adjudicación nº. 2.1.3 relativo a la mejora sin coste alguno para la Administración consistente en “Instalación de un Totem Interactivo para Punto de Información Turística”
4.- Mayor puntuación en el criterio de adjudicación nº. 2.1.4 relativo a la mejora sin coste alguno para la Administración consistente en “Edición y producción de folletos y carteles publicitarios”.
5.- Mayor puntuación en el criterio de adjudicación nº. 2.1.5 relativo a la mejora sin coste alguno para la Administración consistente en “Ampliación del plazo de garantía.
6.-Mayor puntuación en el criterio de adjudicación nº. 2.1.6 relativo a la mejora sin coste alguno para la Administración consistente en “Acciones de Formación”.
7.- Mayor puntuación en el criterio de adjudicación nº. 1.1. relativo a la mejora sin coste alguno para la Administración consistente en “Memoria descriptiva”.
Si aún así persistiera la igualdad entre las proposiciones, el criterio de desempate sería el licitador que contase entre su plantilla con personas con discapacidad.
Y finalmente, si persistiera la igualdad entre las proposiciones, la adjudicación se efectuará por sorteo.
19.2.- REQUERIMIENTO PARA LA PRESENTACION DE DOCUMENTACION AL LICITADOR PROPUESTO PARA LA ADJUDICACION DEL CONTRATO.
El órgano de contratación, a la vista de la propuesta de adjudicación realizada por la Mesa de Contratación, requerirá al licitador propuesto para la adjudicación del contrato, que será aquél que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa, para que en el plazo xxxxxx xx XXXX DIAS HABILES, a contar desde el siguiente a aquél en que haya recibido dicho requerimiento, presente la documentación que a continuación se relaciona, que podrá aportarse en original o mediante copias que tengan el carácter de auténticas conforme a la legislación vigente.
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Tales documentos se presentarán en el Registro General del Iltre. Ayuntamiento xx Xxxxx del Río, en días hábiles, de lunes a viernes, y de 9,00 a 14,00 horas, en el plazo
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anteriormente indicado. Si el último día del plazo fuese xxxxxx, xxxxxxx o festivo se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
La documentación a presentar lo será en DOS SOBRES, separados e independientes, debidamente cerrados y firmados por los licitadores o personas que los representen, en cuyos anversos deberán figurar las inscripciones que a continuación se indican para cada uno de ellos:
SOBRE Nº 4: Se consignará en este sobre, en forma bien visible y sin que sea preciso abrirlo para su lectura, el siguiente cuadro:
SOBRE Nº. 4 << DOCUMENTACION ACREDITATIVA DE LA CAPACIDAD Y DE LA SOLVENCIA ECONOMICA, TÉCNICA Y PROFESIONAL>>.
Nº EXPTE:
OBJETO DEL CONTRATO: ,. RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA/NOMBRE COMPLETO DEL LICITADOR:
.
C.I.F / N.I.F.: .
DIRECCIÓN POSTAL: . TELÉFONO: ; FAX: . CORREO ELECTRÓNICO: .
NOMBRE, FECHA Y FIRMA: .
SOBRE Nº. 5: Se consignará en este sobre, en forma bien visible y sin que sea preciso abrirlo para su lectura, el siguiente cuadro:
SOBRE Nº. 5 << DOCUMENTACION ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LAS RESTANTES OBLIGACIONES PARA SER ADJUDICATARIO DEL CONTRATO>>.
Nº EXPTE:
OBJETO DEL CONTRATO: ,LOTE
Nº. .
RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA/NOMBRE COMPLETO DEL LICITADOR:
.
C.I.F / N.I.F.: .
DIRECCIÓN POSTAL: . TELÉFONO: ; FAX: . CORREO ELECTRÓNICO: .
NOMBRE, FECHA Y FIRMA: .
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El contenido de cada uno de los sobres es el siguiente:
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SOBRE Nº. 4- DOCUMENTACION ACREDITATIVA DE LA CAPACIDAD Y DE LA SOLVENCIA ECONOMICA, TÉCNICA Y PROFESIONAL.
El licitador requerido deberá presentar la siguiente documentación, significándole que, de conformidad con lo establecido en el apartado 5º del art. 146 del TRLCSP, el momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos del licitador de capacidad y solvencia exigidos en el presente pliego, es el de finalización del plazo para presentación de las proposiciones.
1.- HOJA DESCRIPTIVA DEL CONTENIDO DE ESTE SOBRE ENUNCIADO NUMERICAMENTE.
2.- DOCUMENTOS ACREDITATIVOS DE LA PERSONALIDAD Y CAPACIDAD DEL LICITADOR:
2.1.- La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, y en la que se acredite que el objeto social o actividad de la empresa tiene relación directa con el objeto del contrato, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Mercantil, cuando este requisito sea exigible conforme a la legislación mercantil que le sea de aplicable. Si no lo fuera, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante escritura o documento de la constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que conste las normas por las que se regula su actividad, inscritos en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder de representación bastanteado por la Secretaria General de la Corporación.
Si el licitador fuera persona jurídica, el poder general deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil, y si se trata de un poder especial para un acto en concreto no será necesario el requisito de su previa inscripción en el Registro Mercantil.
Igualmente la persona con poder bastante a efectos de representación deberá acompañar fotocopia compulsada de su Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces.
2.2.- Los licitadores individuales presentarán el Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces.
2.3.- Fotocopia del código de identificación fiscal, si se trata de persona jurídica.
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2.4.- En las uniones temporales de empresarios, tanto de personas físicas como jurídicas, cada uno de los componentes acreditará su capacidad, personalidad, representación y solvencia en los términos establecidos en el artículo 59 del TRLCSP, debiendo indicar en documento aparte los nombres y circunstancias de los que la suscriben, el porcentaje de participación de cada uno de ellos, así como que asumen el
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compromiso de constituirse y designar la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ante la Administración.
2.5.-Las empresas no españolas de Estados Miembros de la Unión Europea, tendrán capacidad para contratar aquéllas que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
La capacidad de las mismas se acreditará mediante su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con lo establecido en el Anexo I del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
2.6.- Los demás empresarios extranjeros, deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente de española, que el Estado de procedencia de la empresa admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga. Siendo necesario, además, que estas empresas tengan abiertas sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones, y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
3.- DOCUMENTOS ACREDITATIVOS DE LA SOLVENCIA ECONOMICA Y FINANCIERA.
La solvencia económica y financiera del empresario se acreditara mediante el siguiente medio establecido en el artículo 75.a) del TRLCSP:
- Declaración apropiada de entidad financiera.
4.- DOCUMENTOS ACREDITATIVOS DE LA SOLVENCIA TECNICA O PROFESIONAL.
La solvencia técnica o profesional del empresario se acreditara mediante el medio prevista en la letras a) del artículo 77 del TRLCSP, y que resulta ser el siguiente:
A)- Relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos.
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Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado mediante una declaración del empresario privado al cual se haya efectuado el suministro.
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Criterio de selección:
Se exige que el licitador haya efectuado al menos un contrato de suministro, durante los últimos tres años, relativo a la dotación y equipamiento del contenido expositivo de espacios museísticos o expositivos similares a la naturaleza del objeto del contrato, con un presupuesto igual o superior de 70.000,00€, IVA no incluido.
Cuando las empresas liciten agrupadas en UTE, para determinar si poseen la solvencia técnica y profesional exigida, se actuará de la siguiente forma:
- Cuando la empresa licitadora hubiera ejecutado el contrato a través de una UTE, se computará el importe de aquél en proporción a la participación de dicha empresa en la UTE.
- Para las empresas licitadoras agrupadas en UTE se tendrá en cuenta la suma de los contratos ejecutados por todas ellas, si bien no podrán acumularse en total más de un contrato por cada una de ellas.
Para ello, las empresas que liciten un UTE, deberán presentar la documentación acreditativa de tales extremos.
5.- DOCUMENTACION ACREDITATIVA DE NO ESTAR INCURSO EN PROHIBICION DE CONTRATAR.
La prueba por parte de los empresarios de no estar incursos en prohibiciones para contratar podrá realizarse mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público, Secretaria General de la Corporación y organismo profesional cualificado, de no estar incurso en prohibición de contratar, conforme al artículo 60 del TRLCSP, que incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social, y con la Hacienda Local y con la Hacienda de este Ayuntamiento impuestas por las disposiciones vigentes.
La justificación acreditativa de hallarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social, con la Hacienda Local y con la Hacienda de este Ayuntamiento impuestas por las disposiciones vigentes, así como del Alta referida al presente ejercicio y, en su caso, del último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto, deberá presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
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No obstante, cualquier licitador podrá, si lo desea, presentar con su proposición los certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social, con la Hacienda Local y con la Hacienda de este
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Ayuntamiento, así como los documentos acreditativos del Alta referida al presente ejercicio, o del último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas, junto con la declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto, en cuyo caso la declaración a que se refiere el párrafo primero de este apartado podrá omitir cualquier referencia a esta circunstancia.
6.- DECLARACION DE SOMETERSE A LA JURISDICCION ESPAÑOLA.
Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, deberán presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
7.-OTRA DOCUMENTACION.
7.1.- Los licitadores podrán aportar acreditación fehaciente de tener, en su caso, en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2%, por tener un grado de minusvalía superior al 33%, así como del número de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla, deberá presentar al menos la siguiente documentación: los contratos de trabajo y los documentos de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores discapacitados.
7.2.-Si el licitador lo desea, podrá incluir la autorización, cumplimentada conforme al modelo contenido en el Anexo XI de este Pliego, para la cesión de información relativa a obligaciones tributarias con el Estado y con la Hacienda Local y con la Hacienda de este Ayuntamiento.
Para el supuesto de que la documentación exigida en la presente cláusula obre en poder de esta Administración como consecuencia de la participación en otros procedimientos, los licitadores podrán acogerse al derecho establecido en el apartado f) del art. 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cuyo caso el sobre nº. 4, deberá incluir la declaración que se adjunta como Anexo XII al final del presente xxxxxx.
SOBRE Nº. 5.- <<DOCUMENTACION ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LAS RESTANTES OBLIGACIONES PARA SER ADJUDICATARIO DEL CONTRATO>>.
El licitador requerido deberá presentar la siguiente documentación:
A) RESPECTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS:
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➢ Certificaciones positiva expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
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➢ Certificación positiva expedida por el Ayuntamiento, justificativa de la inexistencia con su Administración de deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo o, en el caso de contribuyentes contra los que no proceda la utilización de la vía de apremio, deudas no atendidas en período voluntario.
➢ Certificación positiva expedida por la Hacienda Local, justificativa de la inexistencia con la Administración Local de deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo o, en el caso de contribuyentes contra los que no proceda la utilización de la vía de apremio, deudas no atendidas en período voluntario.
El licitador podrá optar por aportar las certificaciones indicadas , o bien, presentar, conforme al Anexo XI del presente pliego, la autorización de la cesión de la información tributaria.
B) RESPECTO DE LAS OBLIGACIONES CON LA SEGURIDAD SOCIAL:
➢ Certificación positiva expedida por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
C) RESPECTO DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS:
➢ Documento justificativo de estar dado de Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y al corriente en el pago del mismo, aportando al efecto copia de la carta de pago del último ejercicios, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
En el supuesto de que la empresa esté exenta del pago del Impuesto de Actividades Económicas, deberá presentar, igualmente una declaración responsable, conforme el Anexo XIII del presente pliego.
D) RESPECTO DE LA GARANTIA DEFINITIVA:
➢ Resguardo acreditativo de la constitución de la garantía definitiva.
E) OTRA DOCUMENTACIÓN:
-Documentación acreditativa de haber abonado a este Ayuntamiento los gastos indicados en la cláusula 23ª del presente pliego correspondientes a la licitación del procedimiento en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxx.
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19.3.- VERIFICACION DEL CUMPLIMIENTO DE LA DOCUMENTACION APORTADA, DE LOS REQUISITOS EXIGIDOS Y EFECTOS.
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VERIFICACION DEL CONTENIDO DEL SOBRE Nº. 4 <<DOCUMENTACION ACREDITATIVA DE LA CAPACIDAD Y DE LA SOLVENCIA ECONOMICA, TÉCNICA Y PROFESIONAL>>.
La Mesa de Contratación, se reunirá y procederá a calificar la documentación presentada por el licitador en el sobre nº. 4 para la acreditación de la capacidad y de la solvencia económica, técnica y profesional exigidos en el presente pliego.
Si la Mesa de Contratación observase defectos y omisiones subsanables en la misma, efectuará requerimiento mediante comunicación verbal o vía fax al licitador y lo hará público a través del perfil de contratante del órgano de contratación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles, a contar desde el siguiente al del recibo de dicho requerimiento para que los licitadores lo corrijan o subsanen ante la propia Mesa de Contratación, mediante la presentación en el Registro General del Ayuntamiento de la documentación que a tal fin le haya sido requerida.
VERIFICACION DEL CONTENIDO DEL SOBRE Nº.5 <<DOCUMENTACION ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LAS RESTANTES OBLIGACIONES PARA SER ADJUDICATARIO DEL CONTRATO>>.
Por la Unidad Administrativa que gestiona y tramita el expediente de contratación, se procederá a verificar si el licitador propuesto dentro del plazo a tal fin concedido ha presentado el sobre nº. 5, así como si ha dado cumplimiento al requerimiento formulado y ha presentado toda la documentación exigida en dicho sobre y acreditado tales extremos, elevando el correspondiente informe al órgano de contratación para la adopción del acuerdo que proceda.
Si el licitador no presenta en el plazo señalado ( 10 DIAS HABILES) toda la documentación indicada en el sobre nº. 5, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en este caso a recabar la misma documentación al licitador o licitadores siguientes, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
19.4.- ACUERDO DE ADJUDICACION DEL CONTRATO.
A la vista de la propuesta de la Mesa de Contratación y del informe de la Unidad Administrativa que gestiona el expediente, el órgano de contratación adoptará acuerdo de adjudicación del contrato en favor del licitador propuesto.
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En el supuesto de que el licitador propuesto para la adjudicación del contrato, resultase rechazado del procedimiento por no acreditar el cumplimiento de los requisitos de capacidad y solvencia económica, técnica y profesional exigidos en el mismos, o por no haber presentado en el plazo de 10 días hábiles la documentación indicada en el SOBRE Nº. 5, entendiéndose en consecuencia que el licitador ha retirado su oferta, el órgano de contratación formulará requerimiento al licitador siguiente por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas, para que presente la documentación indicada en esta cláusula en el tiempo y forma igualmente detallada.
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El órgano de contratación en el plazo máximo dos meses, a contar desde la apertura de las proposiciones económicas (Sobre Nº 3), efectuará la adjudicación del contrato en resolución motivada que deberá notificarse a los licitadores y publicarse en el perfil de contratante del órgano de contratación. Dicho plazo se ampliará en quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 152.3 del TRLCSP.
De no producirse dicha adjudicación dentro del plazo indicado, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición.
El órgano de contratación podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a la ejecución del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente o desistir del procedimiento de adjudicación en caso de haberse producido una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.
VIGESIMA.- ADJUDICACION.
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación señalada en la cláusula anterior.
La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante, y se realizará conforme a lo establecido en el artículo 151 del TRLCSP.
Notificada la adjudicación del contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. Si éstos no retiran su documentación en los tres meses siguientes a la fecha en que se les notifique la adjudicación, la Administración no estará obligada a seguirla custodiando.
El contrato se perfeccionará con su formalización y salvo que se indique otra cosa en su clausulado, se entenderá celebrado en el lugar donde se encuentra la sede del órgano de contratación.
VIGESIMOPRIMERA.-GARANTIA DEFINITIVA Y GARANTIA COMPLEMENTARIA.
El licitador cuya proposición haya sido seleccionada para la adjudicación del contrato deberá constituir, a disposición del órgano de contratación, en el plazo xxxxxx xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el correspondiente requerimiento, de conformidad con lo señalado en el artículo 151.2 del TRLCSP, una garantía definitiva equivalente al 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
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De acuerdo con lo previsto en el artículo 95.2 de la TRLCSP, en el supuesto de que la proposición seleccionada haya estado incursa en presunción de oferta con valores anormales o desproporcionados, se establece una garantía complementaria de un 5% del
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importe de adjudicación del contrato, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido que, a todos los efectos, tendrá la consideración de garantía definitiva. En este caso, el licitador seleccionado deberá constituir, a disposición del órgano de contratación, en el plazo xxxxxx xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el correspondiente requerimiento una garantía definitiva equivalente al 10% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
La garantía definitiva podrá prestarse en alguna de las formas establecidas en el apartado 1 del artículo 96 del TRLCSP.
De no cumplirse este requisito por causas imputables al adjudicatario, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 151.2 del TRLCSP.
Las responsabilidades a que está afecta la garantía definitiva son las determinadas en el artículo 100 del TRLCSP.
En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
Cuando como consecuencia de una modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, no considerándose, a estos efectos, las variaciones de precio que se produzcan como consecuencia de una revisión del mismo.
Las sociedades cooperativas andaluzas sólo tendrán que aportar el veinticinco por ciento de las garantías que hubieren de constituir, conforme a lo establecido en el art. 116.6 de la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas.
VIGESIMOSEGUNDA.- SEGUROS.
La empresa adjudicataria del contrato, además de los seguros obligatorios, está obligada a concertar a su xxxxx un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, tanto a personas como a cosas, y por daños producidos a la Administración o al personal dependiente de la misma durante la vigencia del contrato.
El incumplimiento de dicha obligación no exonerará al contratista de las responsabilidades que en este sentido pudieran producirse durante la duración del contrato.
VIGESIMOTERCERA.- GASTOS A CARGO DEL ADJUDICATARIO.
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GASTOS CORRESPONDIENTES A LA LICITACION Y FORMALIZACION DEL CONTRATO.
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Son de cuenta del adjudicatario los gastos e impuestos correspondientes a la de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública.
La empresa adjudicataria queda obligada, igualmente, a pagar el importe del anuncio de licitación del concurso en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxx; importe que será inferior a la cantidad de 1.000,00€.
GASTOS CORRESPONDIENTES A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
Son de cuenta del adjudicatario, además de los indicados anteriormente los siguientes gastos:
1º.- Los correspondiente a la obtención de las licencias, autorizaciones y permisos que procedan en orden a la ejecución del contrato.
2º.- Los que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA.
3º.- Todos aquellos otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato.
En las proposiciones que formulen los licitadores se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos.
VIGESIMOCUARTA.- CRITERIOS DETERMINANTES DE OFERTAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS.
En base al informe emitido por el Técnico de Turismo de este Ayuntamiento, de los criterios de valoración de ofertas establecidos en la cláusula 12ª del presente pliego, se tomarán en consideración a efectos de apreciar, en su caso, que la proposición puede estar incursa en valores anormales o desproporcionados, el siguiente:
- El denominado “Xxxxxx xxx xxxxxx xxx xxxxxxxx”,xxxx lo cual se estará a lo establecido en el artículo 85 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
Cuando la Mesa de Contratación entienda que alguna de las proposiciones pudiera ser calificada como anormal o desproporcionada, en base a lo indicado en esta cláusula, tramitará el procedimiento previsto al efecto por el artículo 152.3 del TRLCSP, y en vista de su resultado propondrá al órgano de contratación su aceptación o rechazo, de conformidad con lo previsto en el apartado 4º del mismo artículo.
VIGESIMOQUINTA- FORMALIZACION DEL CONTRATO.
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En el caso de que la adjudicación del contrato se haya efectuado a favor de una unión temporal de empresarios, antes de la formalización del contrato, deberán presentar la
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escritura pública de formalización de la misma, el C.I.F. y demás documentación relativa a la U.T.E.
El contrato deberá formalizarse en documento administrativo que se ajustará con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que la concesión se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
La formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo 151.4 del TRLCSP.
La formalización del contrato se publicará en el perfil del contratante del órgano de contratación.
III.- EJECUCION DEL CONTRATO. VIGESIMOSEXTA.- RESPONSABLE DEL CONTRATO.
Será responsable del contrato el Técnico de Turismo de este Ayuntamiento y a él le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación del suministro e instalación en las condiciones contratadas, dentro del ámbito de facultades que a tal fin les atribuya el órgano de contratación.
La inspección y control del contrato se llevará a cabo por el Responsable del Contrato, mediante las funciones y trámites previstos en el pliego de prescripciones técnicas particulares.
La empresa contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
Las condiciones a las que ha de ajustarse la realización del suministro e instalación objeto de contratación, son las detalladas en este Pliego, en el Pliego de prescripciones técnicas particulares de la contratación del mismo, así como en los términos que resulten del contrato, de conformidad con la oferta de la empresa contratista.
Serán funciones del Responsable del contrato:
- Adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.
- Exigir la existencia de medios y organización necesaria para llevar a cabo adecuadamente la realización de la prestación pactada.
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- Dar las órdenes oportunas para la correcta ejecución del suministro en términos de calidad y tiempo.
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- Resolución de cuantas incidencias surjan en ejecución del trabajo.
- Convocar cuantas reuniones estime pertinentes para el buen desarrollo de la ejecución del contrato y su supervisión, a la que estará obligada a asistir la representación de la empresa contratista.
- Cualquiera otra de las establecidas en el presente Xxxxxx.
Una vez efectuado el suministro e instalación de los bienes de que se trata, a plena satisfacción de esta Administración, por el Responsable del contrato se levantará la correspondiente acta de recepción del mismo, a cuyo efecto, la Administración podrá efectuar las pruebas y ensayos que estime pertinentes, dirigidas a comprobar la calidad de la mercancía y su grado de aptitud. Si no se halla en estado de ser recibida se hará constar así en el acta de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro.
VIGESIMOSEPTIMA.-FACULTADES DE LA ADMINISTRACION EN EL PROCESO DE FABRICACION.
La Administración tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración de los bienes que hayan de ser entregados e instalados como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido.
VIGESIMOCTAVA.- INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS.
Será obligación de los contratistas indemnizar todos los daños y perjuicios directos e indirectos que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por la Administración, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes. En todo caso, será de aplicación lo preceptuado en el artículo 198 de la LCSP.
VIGESIMONOVENA.- OBLIGACIONES LABORALES, SOCIALES Y ECONOMICAS DEL CONTRATISTA.
El personal adscrito a la ejecución del contrato dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo.
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El contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquél o entre sus subcontratistas y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir contra la Administración ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los Organismos competentes.
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En cualquier caso, el contratista indemnizará a la Administración de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones aquí consignadas, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.
TRIGESIMA.- EJECUCION DEL CONTRATO.
El contratista está obligado a la ejecución del contrato conforme el presente pliego, el de prescripciones técnicas particulares y a la Memoria Dossier y proposición formulada por el mismo, y en los términos que en dicho contrato se determinen.
El contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos.
TRIGESIMOPRIMERA.- RECEPCIÓN DEL SUMINISTRO E INSTALACION.
El contrato se entenderá cumplido por el contratista, cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo, y a satisfacción de la Administración, la totalidad de su objeto.
La recepción del suministro e instalación de los elementos objeto del presente pliego, se llevará a cabo en un plazo máximo de quince días a contar desde la realización del objeto del contrato.
Con carácter previo a la recepción, por el Responsables del Contrato se comprobará el cumplimiento por parte del contratista de todas y cada una de las obligaciones que le viene impuesta en el correspondiente contrato. Una vez efectuadas las comprobaciones indicadas, por el Responsable del Contrato se levantará la correspondiente Acta de Recepción que deberá ser firmada por el contratista. A la Intervención de Fondos del Ayuntamiento le será comunicado, cuando resulte preceptivo, la fecha y lugar del acto, para su eventual asistencia en ejercicio de sus funciones de comprobación de la inversión. La Administración podrá efectuar las pruebas y ensayos que estime pertinentes, dirigidas a comprobar el cumplimiento de todas y cada de una de las obligaciones del contratista respecto al contrato.
Si el suministro e instalación del conjunto de los elementos objeto del contrato se encuentra en buen estado y con arreglo a lo establecido en dicho contrato, 'el Responsables del Contrato lo dará por recibido, levantándose la correspondiente acta y comenzando entonces del plazo de garantía.
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Si, por el contrario, los suministros efectuados y su instalación no se hayan en estado de ser recibidos se hará constar así en el acta de recepción, y el Responsable del Contrato señalará los defectos observados y dará las instrucciones precisas al contratista para la subsanación de los mismos o para que proceda a efectuar nuevos suministros de los elementos que procedan, fijando un plazo para ello. Si transcurrido dicho plazo el
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contratista no lo hubiere efectuado, podrá concedérsele otro nuevo plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato.
TRIGESIMOSEGUNDA.- PLAZO DE GARANTIA, RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS Y DEVOLUCION O CANCELACION DE LA GARANTIA.
PLAZO DE GARANTIA.
El plazo de garantía del conjunto de los elementos e instalaciones del objeto del contrato, será como mínimo de 1 año, a contar desde la recepción del contrato, de conformidad con lo establecido en la cláusula 5ª xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas particulares.
Transcurrido el plazo de la garantía que será el que haya ofrecido el adjudicatario del contrato en su oferta o, en su defecto, el que como mínimo figura en la mencionada cláusula 5ª xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía, se procederá a la devolución de ésta, previo cumplimiento de los requisitos legales.
RESPONSABILIDAD POR XXXXXX XXXXXXX.
Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados así como en su instalación tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente.
Durante el plazo de garantía tendrá derecho el contratista a conocer y ser oído sobre la aplicación de los bienes suministrados e instalados.
Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, exigir al contratista la sustitución de dichos bienes por otros nuevos, rechazado los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
DEVOLUCION O CANCELACION DE LA GARANTIA.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato de que se trata, o hasta que se declare la resolución de éste sin culpa del contratista.
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Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o denuncias indicadas en la presente cláusula, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.
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TRIGESIMOTERCERA.- REVISION DEL PRECIO DEL CONTRATO.
De conformidad con lo señalado en el artículo 89 del TRLCSP, no procede la revisión de precios al ser el plazo de ejecución inferior a un año.
TRIGESIMOCUARTA.- FORMA DE PAGO
De conformidad con lo indicado por el Técnico de Turismo de este Ayuntamiento, la forma de pago del precio del contrato lo será de la siguiente manera:
- Un Primer pago del 40% (incluida su parte correspondiente de IVA), a los dos meses de la fecha del acta de inicio, una vez se formalice el acta de conformidad del contenido expositivo conforme a lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas particulares, incluyendo los contenidos correspondientes a las mejoras sin coste alguno para la Administración que, en su caso, haya ofertado el adjudicatario.
- Un segundo y último pago, del restante 60% (incluida su parte correspondiente de IVA) cuando se finalice la actuación y se certifique la puesta en marcha de la Caseta- Museo El Cordobés, con todos sus equipamientos instalados y operativos de forma correcta, incluidas las mejoras sin coste alguno para la Administración que, en su caso, haya ofertado el adjudicatario. Para la realización de este pago, previamente se deberá haber firmado el acta de recepción del suministro objeto de contratación.
El contratista presentará las facturas en el Registro de Facturas del Iltre.
Ayuntamiento de Palma del Río.
El Ayuntamiento de Palma del Río tendrá la obligación de abonar los suministros y trabajos realmente prestados a la Administración, dentro de los plazos a tal fin establecidos en el apartado 4 del artículo 216 de TRLCSP, y en la Disposición transitoria octava de dicha Ley, conforme a la redacción dada por la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Si el Ayuntamiento se demorase en el pago en el plazo correspondiente, deberá abonar al contratista, a partir del incumplimiento de dicho plazo, los intereses de demora y la indemnización por costes de cobro en los términos previsto en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
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Transcurrido el plazo a que se refiere el artículo 216.4 del TRLCSP, la empresa contratista podrá reclamar por escrito a la Administración contratante el cumplimiento de la obligación de pago y, en su caso, de los intereses de demora. Si, transcurrido el plazo de un mes, la Administración no hubiera contestado, se entenderá reconocido el vencimiento del plazo de pago y los interesados podrán formular recurso contencioso-administrativo contra la inactividad de la Administración, pudiendo solicitar como medida cautelar el pago inmediato de la deuda. El órgano judicial adoptará la medida cautelar, salvo que la
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Administración acredite que no concurren las circunstancias que justifican el pago o que la cuantía reclamada no corresponde a la que es exigible, en cuyo caso la medida cautelar se limitará a esta última. La sentencia condenará en costas a la Administración demandada en el caso de estimación total de la pretensión de cobro.
TRIGESIMOQUINTA.- SEÑALIZACION.
El contratista vendrá obligado a realizar las siguientes actuaciones de señalización:
1º.- A instalar y conservar las señalizaciones conforme a las disposiciones vigentes que, en su caso, sean necesarias para la correcta ejecución del suministro e instalación de los bienes, así como aquellas otras que, en su caso, determine la Administración.
2º A cumplir con las Bases Reguladoras de la ayuda del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) donde se encuadra el objeto del contrato. Para ello se deberán tener en cuenta las disposiciones de información y publicidad establecidas por la dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, como Organismo Intermedio xxx XXXXX para proyectos de Desarrollo Local y Urbano de los distintos programas operativos regionales, y en particular dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en el artículo 69 del Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, y en los artículos 2 a 10 del Reglamento (CE) nº 1828/2006, de 8 de diciembre, sobre actividades de información y publicidad que deben llevar a cabo los Estados Miembros en relación con la intervención de los Fondos Estructurales. En todo caso, se hará constar en toda la información o publicidad que se efectúe de la ejecución de la prestación objeto del contrato, incluidas aquellas mejoras sin coste alguno para la Administración que hubiera ofertado el adjudicatario, que la misma está subvencionada por el Ayuntamiento xx Xxxxx del Río y la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
En cumplimiento de dichas obligaciones el adjudicatario deberá ejecutar dentro del precio del contrato una (1) Placa Permanente de tamaño adecuado y en lugar visible a los destinatarios y usuarios de la Casa-Museo xxx Xxxxxxxx, sobre la base de las Instrucciones indicadas y una vez se autorice el modelo de la Unidad de Gestión xxx XXXXX del Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río, una vez finalizada la ejecución del contrato y anteriormente a la formalización del Acta de Recepción del suministro.
Para ello, la Administración facilitará al adjudicatario un manual de procedimiento para su instalación.
A tales efectos los Responsables del Contrato velarán por el cumplimiento de dichas obligaciones y facilitará al contratista la información e instrucciones necesarias para dicho cumplimiento.
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Cualquier otro elemento de señalización que se coloque por el contratista durante la ejecución del contrato deberá contar con la autorización previa de la Administración.
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Los costes de las actuaciones de señalización contemplados en esta cláusula, se consideran incluidos en el precio del contrato. Así mismo se consideran incluidos los costes de las obras que sean necesarias para la correcta colocación de dicha señalización.
TRIGESIMOSEXTA.- OBLIGACION DE SIGILO.
El adjudicatario estará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, están relacionados con el objeto del contrato o de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, no pudiendo, por tanto, proporcionar información a terceros sobre la materia objeto del contrato, a no ser que cuente a estos efectos con la previa autorización de la Administración.
El adjudicatario no podrá, sin previa autorización expresa de la Administración, publicar noticias, dibujos ni fotografías de la instalación, ni autorizar a terceros su publicación.
El incumplimiento de las obligaciones anteriormente señaladas podrá ser causa de resolución del contrato.
La Administración se reserva el derecho de hacer, editar, proyectar y, en cualquier forma, explotar directa o mediante acuerdos con terceros cuantos reportajes fotográficos, audiovisuales y de todo tipo, crea oportunos del suministro e instalación que ejecute el adjudicatario.
TRIGESIMOSEPTIMA.- EJECUCION DEFECTUOSA Y DEMORA.
El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales de ejecución establecidos en la cláusula 6ª xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas particulares.
La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa por parte de la Administración.
Si llegado al término de cualquiera de los plazos parciales, en su caso, o el final, el Contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar indistintamente, en la forma y condiciones establecidas en el artículo 212 del TRLCSP, por la resolución del contrato con pérdida de la garantía definitiva o por la imposición de las penalidades establecidas en el presente pliego.
El importe de las penalidades no excluye la indemnización a que pueda tener derecho la Administración, por daños y perjuicios originados por la demora del Contratista.
Si el retraso fuera por motivos no imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en el artículo 213.2 del TRLCSP.
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La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa por parte de la Administración.
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TRIGESIMOCTAVA.- PENALIDADES.
Se impondrán penalidades al contratista cuando incurra en alguna de las causas previstas a continuación:
a) Por ejecución defectuosa: Se impondrán penalidades por ejecución defectuosa, si, al tiempo de la recepción, el suministro e instalación no se encuentran en estado de ser recibidos por causas imputables al contratista.
Como regla general, su cuantía será un 1% del presupuesto del contrato, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5% o hasta el máximo legal del 10% respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.
En todo caso, la imposición de las penalidades no eximirá al contratista de la obligación que legalmente le incumbe en cuanto a la reparación de los defectos.
b) Por incumplir de los criterios de adjudicación que a continuación se indican: Se impondrán al contratista penalidades por incumplir los criterios de adjudicación descritos en el presente apartado, si durante la ejecución del contrato, al tiempo de su recepción o durante el plazo de garantía, se aprecia que, por causas imputables al contratista, se ha incumplido alguno o algunos de los compromisos asumidos en su oferta.
En el supuesto de que la empresa contratista haya ofertado en su propuesta la ejecución de la mejora sin coste alguno para la Administración, relativa a la edición y producción de folletos y carteles publicitarios, en los términos que resulten en su correspondiente contrato, el incumplimiento de su ejecución dará lugar a la imposición de las siguientes penalidades:
- El incumplimiento de la edición y producción en formato papel y digital (alta calidad de imprenta para su posterior reproducción) de 5.000 folletos (trípticos, dípticos o similar) en las proporciones e idiomas indicados en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige el procedimiento, dará lugar a una penalización de 0,08 euros por folleto no realizado hasta el total de 5.000 folletos.
- El incumplimiento de la edición y producción en formato papel y digital (alta calidad de imprenta para su posterior reproducción) de 500 carteles publicitarios en formato A1, en las condiciones indicados en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige el procedimiento, dará lugar a una penalización de 0,8 euros por cartel no realizado hasta el total de 500 carteles.
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Resp1Aytos
En el supuesto de que la empresa contratista haya ofertado en su propuesta la ejecución de la mejora sin coste alguno para la Administración, relativa a la ampliación del plazo de garantía legalmente establecido para cada elemento, en los términos que resulten en su correspondiente contrato, el incumplimiento de la su ejecución dará lugar a la imposición de una penalidad correspondiente al 2% del precio del contrato.
I
En el supuesto de que la empresa contratista haya ofertado en su propuesta la ejecución de la mejora sin coste alguno para la Administración, relativa a la realización de Acciones de Formación en el manejo de equipos e instalación, en los términos que resulten en su correspondiente contrato, el incumplimiento de la su ejecución dará lugar a la imposición de una penalidad correspondiente al valor económico indicado por el contratista en su oferta para esta mejora, sin incluir IVA.
c) Por demora: Cuando el contratista, por causas que le fueran imputables, hubiera incurrido en demora, tanto en los plazos parciales como en el plazo establecido, se impondrán las siguientes penalidades:
▪ Una penalidad diaria en la proporción de 2 euros por cada 1.000,00 euros del precio del contrato.
▪ Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para resolver el contrato.
Las penalidades indicadas en esta cláusula se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta de los Responsables del Contrato, que será inmediatamente ejecutivo y que se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía definitiva constituida, cuando no puedan deducirse de los mencionados pagos parciales.
TRIGESIMONOVENA.- RIESGO Y XXXXXXX.
El contrato se conviene a riesgo y xxxxxxx de la empresa contratista.
CUADRAGESIMA.- MODIFICACION DEL CONTRATO.
EL contrato sólo podrá ser modificado por razones de interés público, cuando se justifique suficientemente la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el artículo 107 del TRLCSP, y con los límites establecidos en dicho artículo.
CUADRAGESIMOPRIMERA .- RESOLUCION DEL CONTRATO.
Serán causa de resolución del contrato, además de las señaladas en los artículos
223 y 299 del TRLCSP, el incumplimiento por el contratista de cualquiera de las obligaciones recogidas en el clausulado del presente pliego, así como las que expresamente se reseñan en el mismo.
Igualmente, y como causas de resolución del contrato por el incumplimiento de las obligaciones contractuales esenciales, calificadas como tales en el presente pliego, y a tenor de lo establecido en el artículo 223.f) del TRLCSP, se establecen las siguientes, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 y 150 del TRLCSP:
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A) El incumplimiento de la mejora sin coste alguno para la Administración consistente en la Traducción en otros idiomas además xxx xxxxxxxxxx, y que haya sido ofertada por la empresa adjudicataria.
I
B) El incumplimiento de la mejora sin coste alguno para la Administración consistente en el Incremento en el tiempo de duración de 2 minutos para cada una de las 6 producciones audiovisuales de los bloques 1, 2, 3 y 4 respecto del mínimo establecido por cada vídeo en el Pliego de Prescripciones Técnicas y el Proyecto de Musealización Casa- Museo El Cordobés, y que haya sido ofertada por la empresa adjudicataria.
C) El incumplimiento de la mejora sin coste alguno para la Administración consistente en la Instalación de un Tótem Interactivo para Punto de Información Turística, a modo de kiosko autónomo dentro de la Cada Museo, que incluya una aplicación interactiva que describa los recursos turísticos de Palma del Río y su entorno en, al menos, dos idiomas (castellano e inglés), y que haya sido ofertada por la empresa adjudicataria.
Asimismo, se considerarán causas específicas de resolución del contrato, al amparo de lo establecido en el artículo 223.h) del TRLCSP, las siguientes:
A) Las reiteradas deficiencias en la ejecución del contrato.
B) La realización por el contratista de actuaciones que impliquen la modificación del contrato, sin autorización previa de la Administración contratante.
C) El incumplimiento por parte del contratista de la obligación de guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
D) Por incumplimiento de los plazos parciales y total fijados para la ejecución del contrato.
E) Cuando las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato.
F) El abandono por parte del contratista de la prestación objeto del contrato. Se entenderá producido el abandono cuando la prestación haya dejado de desarrollarse, no se desarrolle con la regularidad adecuada o con los medios humanos o materiales precisos para la norma ejecución del contrato en plazo. No obstante, cuando se dé este supuesto, la Administración, antes de proceder a la Resolución, requerirá al contratista para que regularice la situación en el plazo de cinco días, a contar desde el requerimiento, salvo que su ejecución exija un plazo menor.
La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación de oficio o a instancia del contratista, en su caso, mediante procedimiento tramitado en la forma reglamentariamente establecida en el artículo 109 del RGLCAP.
En los casos de resolución por incumplimiento culpable del contratista, le será incautada la garantía y deberá, además, indemnizar a la Administración de los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada. La determinación de los daños y perjuicios que deba indemnizar el contratista se llevará a cabo por el órgano de contratación en decisión motivada previa audiencia del mismo, atendiendo, entre otros factores, al retraso que implique para la inversión proyectada y a los mayores gastos que ocasione a la Administración.
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Resp1Aytos
Para la aplicación de las causas de resolución se estará a lo dispuesto en el artículo 224 del TRLCSP y para sus efectos a lo dispuesto en los artículos 225 y 300 del TRLCSP, así como en el artículo 109 RGLCAP.
I
IV.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION Y JURISDICCION . CUADRAGESIMOSEGUNDA.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION.
El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente podrá modificar los contratos celebrados y acordar su resolución , dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el TRLCSP y sus disposiciones de desarrollo.
Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, previo informe jurídico, en su caso, del órgano competente, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución, serán inmediatamente ejecutivos.
CUADRAGESIMOTERCERA.- JURISDICCION COMPETENTE.
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Resp1Aytos
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos, serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos podrán fin a la vía administrativa y contra los mismos se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano o recurso contenciosos-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación.
I
ANEXO I
DECLARACION RESPONSABLE DEL LICITADOR RELATIVA AL CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS PARA CONTRATAR.
D..., con domicilio en la ciudad de ..., calle ...nº ..., mayor de edad, con D.N.I. número..., en su propio nombre ( o en representación de ... con C.I.F. ...) y teléfono ......
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD
1º.- Que es conocedor del procedimiento abierto y tramitación ordinaria, convocado por el Iltre. Ayuntamiento xx Xxxxx del Río (Córdoba), para la contratación del <<SUMINISTRO, INSTALACION Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL EQUIPAMIENTO Y PRODUCCION DE CONTENIDOS EXPOSITIVOS DE LA CASA-MUSEO “EL CORDOBES” XX XXXXX DEL
RIO (CORDOBA)>>, correspondiente a la Acción 5.4 del Proyecto para una económica sostenible mediante la puesta en valor del Patrimonio Histórico y el Desarrollo de las Nuevas Tecnologías, cofinanciado por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional 2007-2013.
2º.- Que la empresa que represento está interesada en participar en la licitación del procedimiento indicado en el apartado anterior, aceptando plenamente los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas particulares del procedimiento, así cuantas obligaciones se deriven del mismo como licitador y como adjudicatario, si lo fuese, y manifestando que en la oferta presentada por la citada empresa se han tenido en cuenta las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, y protección del medio ambiente.
3º.- Que la empresa que represento cumple todos y cada uno de los requisitos de capacidad, representación y solvencia económica, técnica y profesional exigidos en el Pliego de cláusulas Administrativas Particulares que rige en el procedimiento, comprometiéndome, en caso de que la propuesta de adjudicación recaiga a favor de dicha empresa, a aportar todos los documentos que se señalan en la cláusula 19ª del mencionado pliego.
4º.- Y que la empresa que represento no está incursa en ninguna de las causas de prohibición de contratar enumeradas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, así como que la misma está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Hacienda Local y con la Hacienda del Ayuntamiento xx Xxxxx del Río.
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Resp1Aytos
Lugar, fecha y firma del interesado.
I
ANEXO II
DECLARACION EMPRESAS VINCULADAS
D..., con domicilio en la ciudad de ..., calle ...nº ..., mayor de edad, con D.N.I. número..., en su propio nombre ( o en representación de ... con C.I.F. ...) y teléfono expone que es
conocedor del procedimiento abierto y tramitación ordinaria, convocado por el Iltre. Ayuntamiento xx Xxxxx del Río (Córdoba), para la contratación del <<SUMINISTRO, INSTALACION Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL EQUIPAMIENTO Y PRODUCCION DE CONTENIDOS EXPOSITIVOS DE LA CASA-MUSEO “EL
CORDOBES” XX XXXXX DEL RIO (CORDOBA)>>, correspondiente a la Acción 5.4 del Proyecto para una económica sostenible mediante la puesta en valor del Patrimonio Histórico y el Desarrollo de las Nuevas Tecnologías, cofinanciado por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional 2007-2013,y
DECLARA EXPRESAMENTE Y BAJO SU RESPONSABILIDAD
( SEÑALAR Y, EN SU CASO, COMPLETAR LA OPCION QUE CORRESPONDA).
□ Que la Sociedad que represento y los socios que la componen, no se encuentran en los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio, de conformidad con lo establecido en el artículo 145 del TRLCSP, respecto de empresas vinculadas en dicho procedimiento de contratación. y que dicha Sociedad no ha participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o en los documentos preparatorios a que se refiere dicho procedimiento de licitación, según lo indicado en el artículo 56 del TRLCSP.
□ Que a los efectos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio, concurren en la presente licitación las siguientes empresas pertenecientes al mismo grupo de empresas:
Grupo de empresas:
NOMBRE DE LA EMPRESA | C.I.F. |
Dichas Sociedades no han participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o en los documentos preparatorios a que se refiere dicho procedimiento de licitación, según lo indicado en el artículo 56 del TRLCSP.
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Lugar, fecha y firma del interesado.
I
ANEXO III
PROPOSICION ECONOMICA
D..., con domicilio en la ciudad de ..., calle ...nº ..., mayor de edad, con D.N.I. número..., en su propio nombre ( o en representación de ... con C.I.F. ...) y teléfono expone que es conocedor
xxx Xxxxxx de cláusulas administrativas particulares y de Prescripciones técnicas particulares del procedimiento abierto y tramitación ordinaria, convocado por el Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río (Córdoba), para la contratación del <<SUMINISTRO, INSTALACION Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL EQUIPAMIENTO Y PRODUCCION DE CONTENIDOS EXPOSITIVOS DE LA CASA-MUSEO “EL CORDOBES” XX XXXXX DEL RIO
(CORDOBA)>>, correspondiente a la Acción 5.4 del Proyecto para una económica sostenible mediante la puesta en valor del Patrimonio Histórico y el Desarrollo de las Nuevas Tecnologías, cofinanciado por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional 2007-201,, que acepta incondicionalmente, y que de conformidad con los mismos, formula la presente proposición, a cuyo fin se compromete a tomar a su cargo la ejecución del contrato en las siguientes condiciones:
1º.- PRECIO DEL CONTRATO: €, incluidos gastos de transporte y demás gastos que procedan, excluido IVA.
A esta cantidad le corresponde un IVA de € por lo que el importe total, IVA incluido, asciende a la cantidad de €.
En dicho precio se considerarán incluidos los gastos de transporte, montaje , instalación instalación de todos los elementos que componen el objeto del contrato, y su puesta en funcionamiento, así como los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación. Asimismo, se considerará incluido los los gastos que se originen para el contratista como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas particulares.
2º.- PLAZO DE EJECUCION: El plazo de ejecución del contrato es de CUATRO MESES, a contar desde la firma del Acta de Inicio del mismo.
3º.- Los elementos a suministrar, instalar, así como los trabajos a ejecutar y la puesta en funcionamiento de los mismos, resultan ser los que se detallan en el PRESUPUESTO DESGLOSADO QUE SE UNE A LA PRESENTE PROPOSICION FORMANDO PARTE
INTEGRANTE DE LA MISMA (Anexo IV xxx xxxxxx).
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Lugar, fecha y firma del interesado.
I
ANEXO IV
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PRESUPUESTO DESGLOSADO DE LA DOTACIÓN Y EQUIPAMIENTO DE LA CASA MUSEO EL XXXXXXXX XX XXXXX DEL RÍO
NOMBRE EQUIPAMIENTO/MATERIAL | PRECIO | IVA | PRECIO TOTAL | |||
A) Adecuación de los espacios expositivos de la Casa Museo El Cordobés | ||||||
1 Ud. Puesto de Atención al Visitante, formado por mostrador de dimensiones 250x12x75 cm acabado laminado. Sistema de almacenaje, mesa-escritorio y 2 Uds. sillas oficina | ||||||
1 Ud. Sistema de venta y control de Acceso, mediante equipo informático, aplicación de reservas on-line, Monitor táctil 00”, xxxxx portamonedas de apertura eléctrica, lector de código xx xxxxxx USB e Impresora térmica de tickets | ||||||
3 Uds. Cableados Ethernet, alimentación eléctrica y movimiento de mecanismos | ||||||
450 m2 pintura plástica xxxx mate sobre paramentos verticales y horizontales | ||||||
50 Uds. Proyecto para instalación en carril electrificado. Fabricados en aluminio, incorporan sistema de orientación mediante horquilla permitiendo la basculación vertical de 90º y giro horizontal de 360º. La tecnología LED aplicada les confiere una larga vida útil, un mantenimiento de flujo luminoso y constante índice de reproducción cromática a lo largo de la vida del proyecto. Disponibles en versiones semi- intensivas y extensivas que integran reflectores faceteados en aluminio de alta pureza. Los equipos auxiliares LED se integran en el cuerpo de la luminaria | ||||||
Aplicación de Xxxxxxx, Directorio y Señalética direccional | ||||||
B) Implantación de Contenidos de la Casa Museo El Cordobés | ||||||
B.1 Teatralización y equipamiento de Introducción | ||||||
Teatralización espacio Introducción | ||||||
B.2 Show de Bienvenida | ||||||
Realización de Show de Bienvenida de 3 minutos de duración | ||||||
1 Ud. Sistema de Proyección para Show de Bienvenida, incluye sonorización, sistema de reproducción y sincronización interactiva | ||||||
B.3. Teatralización espacio expositivo | ||||||
Teatralización espacios expositivos | ||||||
B.4. Producciones Videográficas | ||||||
Realización de 5 vídeos en formato HD, para los Bloques 1,2 y 3 con un total de 10 minutos de duración. |
Realización de 1 vídeo en formato HD, para Bloque 4 con un total de 7 minutos | ||||||
B.5 Producciones Gráficas | ||||||
Desarrollo de textos, tratamiento de imágenes y artes finales | ||||||
Producción gráfica expositiva | ||||||
B.7 Dotación y Equipamiento Tecnológico | ||||||
5 Uds. Pantalla tematizada para contenidos videográficos, incluye sonorización, sistema de reproducción y sincronización interactiva | ||||||
1 Ud. Sistema de proyección para video Bloque 4, incluye sonorización, sistema de reproducción y sincronización interactiva | ||||||
C) Diseño de logotipo y Xxxxxx de Identidad Corporativa | ||||||
Diseño de logotipo | ||||||
Manual de Identidad Corporativa | ||||||
TOTAL |
X
Xxxxx del Río, de
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Resp1Aytos
Fdo.
I
ANEXO V
PROPUESTA DE MEJORAS SIN COSTE ALGUNO PARA LA ADMINISTRACION RELATIVA A LA TRADUCCION DE LOS CONTENIDOS EN OTROS IDIOMAS ADICIONALES.
D ..., de nacionalidad ..., con domicilio en ..., calle ... nº ..., con D.N.I. ( o documento equivalente) nº. ..., teléfono…., fax…, en nombre propio ( o en representación de ... con
C.I.F. ..., de conformidad con lo establecido en la cláusula 12ª xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares que rige en la contratación <<SUMINISTRO, INSTALACION Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL EQUIPAMIENTO Y PRODUCCION DE CONTENIDOS EXPOSITIVOS DE LA CASA-MUSEO “EL CORDOBES” XX XXXXX DEL RIO (CORDOBA)>>, correspondiente a la Acción 5.4 del Proyecto para una económica sostenible mediante la puesta en valor del Patrimonio Histórico y el Desarrollo de las Nuevas Tecnologías, cofinanciado por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional 2007-2013, formula la siguiente propuesta de mejora, a su xxxxx: ( MARQUESE CON UNA X LA PROPUESTA DE MEJORA QUE SE OFERTA SIN COSTE ALGUNO PARA LA ADMINISTRACION, ASÍ COMO LOS IDIOMAS QUE SE PROPONEN):
Traducción de los contenidos en los siguientes idiomas adicionales, además xxx xxxxxxxxxx :
INGLES.
XXXXXXX
XXXXXX.
La documentación y material generado por la ejecución de esta mejora, será aportada en formato físico (papel, etc,) y digital, con la suficiente calidad para su reproducción posterior por el Ayuntamiento xx Xxxxx del Río, así como los formatos previos que permitan en el futuro realizar evoluciones y actualizaciones de los mismos.
Lugar, fecha y firma del licitador.
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Resp1Aytos
NOTA:Para la valoración de esta propuesta es necesario que en la misma esté marcada con X la mejora que se oferta, así como indicar el número de idiomas que se ofertan. Aquellas propuestas en las que no figuren tales extremos no serán valoradas.
I
ANEXO VI
PROPUESTA DE MEJORAS SIN COSTE ALGUNO PARA LA ADMINISTRACION RELATIVAS AL INCREMENTO EN EL TIEMPO DE DURACION DE 2 MINUTOS PARA LAS PRODUCCIONES AUDIVIOSUALES.
D ..., de nacionalidad ..., con domicilio en ..., calle ... nº ..., con D.N.I. ( o documento equivalente) nº. ..., teléfono…., fax…, en nombre propio ( o en representación de ... con
C.I.F. ..., de conformidad con lo establecido en la cláusula 12ª xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares que rige en la contratación <<SUMINISTRO, INSTALACION Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL EQUIPAMIENTO Y PRODUCCION DE CONTENIDOS EXPOSITIVOS DE LA CASA-MUSEO “EL CORDOBES” XX XXXXX DEL RIO (CORDOBA)>>, correspondiente a la Acción 5.4 del Proyecto para una económica sostenible mediante la puesta en valor del Patrimonio Histórico y el Desarrollo de las Nuevas Tecnologías, cofinanciado por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional 2007-2013, formula la siguiente propuesta de mejora, a su xxxxx: ( MARQUESE CON UNA X LA PROPUESTA DE MEJORA QUE SE OFERTA SIN COSTE ALGUNO PARA LA ADMINISTRACION, ASÍ COMO LOS INCREMENTOS DE LOS VIDEOS QUE SE OFERTAN);
Incremento en el tiempo de duración de 2 minutos para las producciones audiovisuales de los bloques que a continuación se proponen respecto del mínimo establecido por cada vídeo en el Pliego de Prescripciones Técnicas y el Proyecto de Musealización Casa-Museo El Cordobés: (MARCAR CON UNA X LOS INCREMENTOS DE LOS VIDEOS QUE SE OFERTAN):
Por un incremento de 2 minutos para vídeo 1 del Bloque 1.
Por un incremento de 2 minutos para vídeo 2 del Bloque 1.
Por un incremento de 2 minutos para vídeo 3 del Bloque 1.
Por un incremento de 2 minutos para vídeo del Bloque 2.
Por un incremento de 2 minutos para vídeo del Bloque 3.
Por un incremento de 2 minutos para vídeo del Bloque 4.
La documentación y material generado por la ejecución de esta mejora, será aportada en formato físico (papel, etc,) y digital, con la suficiente calidad para su reproducción posterior por el Ayuntamiento de Palma del Río, así como los formatos previos que permitan en el futuro realizar evoluciones y actualizaciones de los mismos.
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx
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Resp1Aytos
Lugar, fecha y firma del licitador.
I
NOTA:Para la valoración de esta propuesta es necesario que en la misma esté marcada con X la mejora que se oferta, así como los incrementos de los videos que se ofertan. Aquellas propuestas en las que no figuren tales extremos no serán valoradas.
ANEXO VII
PROPUESTA DE MEJORAS SIN COSTE ALGUNO PARA LA ADMINISTRACION RELATIVAS A LA INSTALACION DE UN TOTEM INTERACTIVO PARA PUNTO DE INFORMACION TURISTICA.
D ..., de nacionalidad ..., con domicilio en ..., calle ... nº ..., con D.N.I. ( o documento equivalente) nº. ..., teléfono…., fax…, en nombre propio ( o en representación de ... con
C.I.F. ..., de conformidad con lo establecido en la cláusula 12ª xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares que rige en la contratación <<SUMINISTRO, INSTALACION Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL EQUIPAMIENTO Y PRODUCCION DE CONTENIDOS EXPOSITIVOS DE LA CASA-MUSEO “EL CORDOBES” XX XXXXX DEL RIO (CORDOBA)>>, correspondiente a la Acción 5.4 del Proyecto para una económica sostenible mediante la puesta en valor del Patrimonio Histórico y el Desarrollo de las Nuevas Tecnologías, cofinanciado por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional 2007-2013, formula la siguiente propuesta de mejora, a su xxxxx: ( MARQUESE CON UNA X LA PROPUESTA DE MEJORA QUE SE OFERTA SIN COSTE ALGUNO PARA LA ADMINISTRACION);
Instalación de un Tótem Interactivo para Punto de Información Turística, a modo de kiosko autónomo dentro de la Casa-Museo, de las características , marcas y modelo que se detalla en la documentación que se adjunta a la presente propuesta de mejora, formando parte integrante de la misma.
La documentación y material generado por la ejecución de esta mejora, será aportada en formato físico (papel, etc,) y digital, con la suficiente calidad para su reproducción posterior por el Ayuntamiento xx Xxxxx del Río, así como los formatos previos que permitan en el futuro realizar evoluciones y actualizaciones de los mismos.
Lugar, fecha y firma del licitador.
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx
Firmado por La Administrativa de Contratación XXXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXX a fecha 20/6/2014
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NOTA:Para la valoración de esta propuesta es necesario que en la misma esté marcada con X la mejora que se oferta, así como que la misma esté acompañada de la documentación indicada anteriormente. Aquellas propuestas en las que no figuren tales extremos y en las que no se acompañe tal documentación no serán valoradas.
I
ANEXO VIII
PROPUESTA DE MEJORAS SIN COSTE ALGUNO PARA LA ADMINISTRACION RELATIVAS A LA EDICION Y PRODUCCION DE FOLLETOS Y CARTELES PUBLICITARIOS.
D ..., de nacionalidad ..., con domicilio en ..., calle ... nº ..., con D.N.I. ( o documento equivalente) nº. ..., teléfono…., fax…, en nombre propio ( o en representación de ... con
C.I.F. ..., de conformidad con lo establecido en la cláusula 12ª xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares que rige en la contratación <<SUMINISTRO, INSTALACION Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL EQUIPAMIENTO Y PRODUCCION DE CONTENIDOS EXPOSITIVOS DE LA CASA-MUSEO “EL CORDOBES” XX XXXXX DEL RIO (CORDOBA)>>, correspondiente a la Acción 5.4 del Proyecto para una económica sostenible mediante la puesta en valor del Patrimonio Histórico y el Desarrollo de las Nuevas Tecnologías, cofinanciado por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional 2007-2013, formula la siguiente propuesta de mejora, a su xxxxx: ( MARQUESE CON UNA X LAS PROPUESTAS DE MEJORAS QUE SE OFERTAN SIN COSTE ALGUNO PARA LA ADMINISTRACION):
Edición y producción en formato papel y digital (alta calidad de imprenta para su posterior reproducción) de 5.000 folletos (trípticos, dípticos o similar) en las siguientes proporciones e idiomas:
3.000 ejemplares en castellano e inglés.
1.000 ejemplares en castellano y francés.
1.000 ejemplares en castellano y alemán.
Y edición y producción en formato papel y digital (alta calidad de imprenta para su posterior reproducción) de 500 carteles publicitarios en formato A1.
Lugar, fecha y firma del licitador.
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx
Firmado por La Administrativa de Contratación XXXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXX a fecha 20/6/2014
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NOTA:Para la valoración de esta propuesta es necesario que en la misma esté marcadas con X la mejora que se oferta. Aquellas propuestas en las que no figure marcada X la mejora que se propone, NO SERAN VALORADAS.
I
ANEXO IX
PROPUESTA DE MEJORAS SIN COSTE ALGUNO PARA LA ADMINISTRACION RELATIVAS A LA AMPLIACION DEL PLAZO DE GARANTIA.
D ..., de nacionalidad ..., con domicilio en ..., calle ... nº ..., con D.N.I. ( o documento equivalente) nº. ..., teléfono…., fax…, en nombre propio ( o en representación de ... con
C.I.F. ..., de conformidad con lo establecido en la cláusula 12ª xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares que rige en la contratación <<SUMINISTRO, INSTALACION Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL EQUIPAMIENTO Y PRODUCCION DE CONTENIDOS EXPOSITIVOS DE LA CASA-MUSEO “EL CORDOBES” XX XXXXX DEL RIO (CORDOBA)>>, correspondiente a la Acción 5.4 del Proyecto para una económica sostenible mediante la puesta en valor del Patrimonio Histórico y el Desarrollo de las Nuevas Tecnologías, cofinanciado por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional 2007-2013, formula la siguiente propuesta de mejora, a su xxxxx: ( MARQUESE CON UNA X LA PROPUESTA DE MEJORA QUE SE OFERTA SIN COSTE ALGUNO PARA LA ADMINISTRACION):
Ampliación del plazo de garantía, respecto al mínimo exigido en los pliegos: ( INDICAR EL NUMERO DE AÑOS EN QUE SE INCREMENTARA TAL GARANTIA).
La garantía que se oferta en esta propuesta lo será conforme a la Memoria Descriptiva que se une a la presente formando parte integrante de la misma.
Lugar, fecha y firma del licitador.
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx
Firmado por La Administrativa de Contratación XXXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXX a fecha 20/6/2014
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NOTA:Para la valoración de esta propuesta es necesario que en la misma esté marcada con X la mejora que se oferta, así como que se indique el número de años en los que se incrementa la garantía, y que la misma esté acompañada de la documentación indicada anteriormente. Aquellas propuestas en las que no figuren tales extremos y en las que no se acompañe tal documentación no serán valoradas.
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ANEXO X
PROPUESTA DE MEJORAS SIN COSTE ALGUNO PARA LA ADMINISTRACION RELATIVAS A LA IMPARTICION DE ACCIONES DE FORMACION PARA EL MANEJO DE LOS EQUIPOS E INSTALACIONES.
D ..., de nacionalidad ..., con domicilio en ..., calle ... nº ..., con D.N.I. ( o documento equivalente) nº. ..., teléfono…., fax…, en nombre propio ( o en representación de ... con
C.I.F. ..., de conformidad con lo establecido en la cláusula 12ª xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares que rige en la contratación <<SUMINISTRO, INSTALACION Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL EQUIPAMIENTO Y PRODUCCION DE CONTENIDOS EXPOSITIVOS DE LA CASA-MUSEO “EL CORDOBES” XX XXXXX DEL RIO (CORDOBA)>>, correspondiente a la Acción 5.4 del Proyecto para una económica sostenible mediante la puesta en valor del Patrimonio Histórico y el Desarrollo de las Nuevas Tecnologías, cofinanciado por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional 2007-2013, formula la siguiente propuesta de mejora, a su xxxxx: ( MARQUESE CON UNA X LA PROPUESTA DE MEJORA QUE SE OFERTA SIN COSTE ALGUNO PARA LA ADMINISTRACION):
Acciones de Formación del personal de la Casa-Museo en el manejo de los equipos e instalaciones: ( DEBERA INDICAR EL NUMERO DE HORAS DE FORMACION)
A esta propuesta se acompaña un informe de programación de actividades formativas a desarrollar que contiene toda información que, con carácter de mínima, se exige en el pliego de cláusulas administrativas y que resulta ser la siguiente: Denominación actividad;Objetivos de la misma;Equipamientos indicados en la misma;Perfil del profesorado;Número de horas;Programación didáctica; Contenidos de la acción formativa;Calendario idóneo del curso; y Coste económico.
Lugar, fecha y firma del licitador.
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NOTA:Para la valoración de esta propuesta es necesario que en la misma esté marcada con X la mejora que se oferta, así como que se indique el número de horas de formación. Además es necesario que se adjunte el mencionado informe de programación con la información que con carácter de mínimo se exige. Aquellas propuestas en las que no figuren tales extremos y en las que no se acompañe el mencionado informe de programación, o que falte alguna de la información que debe constar en el mismo, y que resulta ser la que igualmente se ha indicado con carácter
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de mínima, dará lugar a la NO SERAN VALORADAS.
ANEXO XI
AUTORIZACION PARA LA CESION DE INFORMACION RELATIVA A OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CON EL ESTADO Y CON LA HACIENDA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXX DEL RIO EN PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION.
La persona abajo firmante autoriza al Ayuntamiento de Palma del Río a solicitar de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria los datos relativos al cumplimiento de sus obligaciones tributarias para comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos para .
La presente autorización se otorga exclusivamente a los efectos de reconocimiento, seguimiento y control de la contratación mencionada anteriormente y en aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 40/1.998, de 9 de diciembre, que mantiene su vigencia tras la entrada en vigor del Real Decreto Legislativo 3/2004 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y el artículo 95.1 k) de la Ley 58/2003, General Tributaria, que permiten, previa autorización del interesado, la cesión de los datos tributarios que precisen las Administraciones Públicas, para el desarrollo de sus funciones.
A.- DATOS DEL SOLICITANTE DE LA CONTRATACION DETALLADA
Apellidos y nombre/Razón social
N.I.F. Firma:
B.- DATOS DEL AUTORIZADOR (casos de persona jurídica o entidad del artículo
35.4 de la Ley General Tributaria).
Nombre
y
apellidos
D/D. ,
con
N.I.F.
Actuando en calidad de Firma:
Asimismo se solicita el certificado acreditativo de estar al corriente en los pagos con
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la Xxxxxxxx Xxxxx.
X
Xx Xxxxx xxx Xxx, x xx xxx 0000.
Nota: La autorización concedida por el firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido al Ayuntamiento xx Xxxxx del Río.
ANEXO XII
DECLARACION RESPONSABLE DEL LICITADOR DE PARA OMITIR LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EXISTENTES EN OTRO EXPEDIENTE MUNICIPAL DEL ILTRE. AYUNTAMIENTO XX XXXXX DEL RIO (CORDOBA).
D. , con D.N.I. nº , en nombre propio, o en representación con
C.I.F.
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:
1.- Que dicha Empresa está interesada en participar en el procedimiento abierto, convocado por el Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río para la contratación de las obras .
2.- Que la citada empresa participó en el procedimiento convocado por ese Ayuntamiento para la contratación de
con fecha (Se requiere que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento), constando en dicho expediente la siguiente documentación ( Indicar lo que proceda ):
Documentación acreditativa de la personalidad jurídica y capacidad de obrar de la Empresa y, en su caso, su representación.
Documentación acreditativa de la clasificación de la citada Empresa, o de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional de la misma.
□ Declaración responsable de no estar incursa la referida Empresa en prohibición de contratar conforme al artículo 60 del TRLCSP .
□ Certificaciones administrativas acreditativas de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
3.- Que dicha documentación se encuentra plenamente vigente en el día de la fecha y no ha sufrido modificación o alteración alguna.
4.- Que solicito acogerme al derecho establecido en el apartado f) del art. 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En ................................., a .............................. de de 2014
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(Firma del licitador).
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ANEXO XIII
DECLARACION DE EXENCION DE PAGO DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS.
D ..., de nacionalidad ..., con domicilio en ..., calle ... nº ..., con D.N.I. ( o documento equivalente) nº. ..., teléfono…., fax…, en nombre propio ( o en representación de ... con
C.I.F. ..., de conformidad con lo establecido en la cláusula 12ª xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares que rige en la contratación <<SUMINISTRO, INSTALACION Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL EQUIPAMIENTO Y PRODUCCION DE CONTENIDOS EXPOSITIVOS DE LA CASA-MUSEO “EL CORDOBES” XX XXXXX DEL RIO (CORDOBA)>>, correspondiente a la Acción 5.4 del Proyecto para una económica sostenible mediante la puesta en valor del Patrimonio Histórico y el Desarrollo de las Nuevas Tecnologías, cofinanciado por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional 2007-2013, y
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD
Que dicha empresa está exenta del pago del Impuesto de Actividades Económicas, según el artículo 82.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales.
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Lugar, fecha y firma del interesado.