ACUERDO por el que se establecen las Reglas de Carácter General mediante las cuales se autoriza, por una sola vez, la ampliación del área de las terminales e instalaciones portuarias de uso público que hayan sido materia de contratos de cesión parcial...
MIR de impacto Moderado
ACUERDO por el que se establecen las Reglas de Carácter General mediante las cuales se autoriza, por una sola vez, la ampliación del área de las terminales e instalaciones portuarias de uso público que hayan sido materia de contratos de cesión parcial de derechos, con las Administraciones Portuarias Integrales
Información General
Archivos que contiene la Regulación
Tipo de MIR: MIR de impacto Moderado
Reglas_de_Caracter_General.docx
ACUERDO por el que se establecen las
Reglas de Carácter General mediante las cuales se autoriza, por una sola vez, la ampliación del área de las terminales e instalaciones portuarias de uso público que hayan sido materia de contratos de cesión parcial de derechos, con las Administraciones Portuarias Integrales
Punto de Contacto
Titulo del
Anteproyecto:
Nombre :
Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx
Cargo :
Jefatura
Teléfono : 00000000
Dependencia:
Secretaría de
Transportes
Comunicaciones y
Responsable
Oficial:
Correo
electrónico xxxxxxxx@xxx.xxx.xx
:
Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx
Editor del Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx
Anteproyecto:
Estatus del En COFEMER
anteproyecto:
Ordenamiento Acuerdo
Jurídico:
¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL? |
Confidencialidad de la MIR |
Indique si la regulación propuesta requiere la no publicidad a la que se refiere el artículo 69-K de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo (en caso de responder afirmativamente, proporcione la justificación correspondiente) : No Justificación : No se ingreso |
¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES? |
Transparencia |
Indique si la regulación propuesta requiere la constancia de publicidad a que se refiere el artículo 10 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 25 de su Reglamento. En caso de responder afirmativamente, la regulación estará en consulta pública al menos 20 días hábiles : No |
Calidad Regulatoria |
Indique el (los) supuesto (s) de calidad para la emisión de regulación en términos del artículo 3 del Acuerdo de Calidad Regulatoria. |
Es un instrumento que se deriva de una obligación específica establecida alguna ley, reglamento, decreto, acuerdo u otra disposición de carácter general expedidos por el Titular del Ejecutivo Federal: Si Es un instrumento que se deriva de un compromiso internacional: No Es un instrumento que representa beneficios notoriamente superiores a sus costos en términos de la competitividad y eficiencia de los mercados: No Se trata de un anteproyecto que será expedido por el Titular del Ejecutivo Federal, por lo que no es aplicable el Acuerdo de Calidad Regulatoria: No Brinde la justificación por la que el (los) supuesto (s) de calidad anteriormente señalado (s) es (son) aplicable (s) al anteproyecto: El 11 xx xxxxx de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Xxx xx Xxxxxxx, ordenamiento que en el artículo séptimo transitorio indica que se debe expedir, por parte del Ejecutivo Federal, las reglas de carácter general mediante las cuales es posible autorizar, por una sola vez, la ampliación de la superficie de las terminales e instalaciones portuarias de uso público, por parte de las Administraciones Portuarias Integrales, con la autorización de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. |
Detalles de la MIR |
Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación |
1. Describa los objetivos generales de la regulación propuesta 1. Describa los objetivos generales de la regulación propuesta#1: Las Administraciones Portuarias Integrales, son sociedades mercantiles que, mediante concesión para el uso, aprovechamiento y explotación de un puerto o puertos, se encargan de la planeación, programación, desarrollo, operación y administración de los bienes y la prestación de los servicios, razón por lo cual celebran contrato de cesión parcial de derechos con terminales e instalaciones portuarias, conforme a lo que dicta la Xxx xx Xxxxxxx, siendo en dicho ordenamiento jurídico en el cual se encuentran determinadas las condiciones para el otorgamiento de dichos actos. Con motivo de lo establecido en dicho ordenamiento, la presente regulación tiene el propósito de dictar criterios y requisitos, para que los interesados en lo indicado en el artículo Séptimo Transitorio del Decreto mencionado, cuenten con las reglas de carácter general para |
obtener la autorización, por una sola vez, de ampliar las área de las terminales e instalaciones portuarias de uso público, que otorgan las administraciones portuarias integrales. Por lo tanto, el objetivo general de estas reglas, es establecer los lineamientos que fungirán como instrumento para el interesado a fin de que la Secretaría, cuando sean conveniente y estime pertinente para el sistema portuario nacional, autorice por una sola vez la ampliación del área de las terminales e instalaciones portuarias de uso público que hayan sido materia de contratos de cesión parcial de derechos registrados ante la misma. 2. Describa la problemática o situación que da origen a la intervención gubernamental a través de la regulación propuesta: Las inversiones que se hacen en los puertos por los cesionarios de las Administraciones Portuarias Integrales (API´S), son a largo plazo y actualmente ha trascurrido más de veintidós años desde que se crearon las API´S, contando aproximadamente con la mitad de la vigencia en sus contratos de cesión, por lo que podría no haber inversiones en los puertos, por parte de los cesionarios de las API´S, lo que define la inversión en los puertos y no permite una mejora, razón por lo cual los legisladores federales consideran otorgar un beneficio a las cesionarias mediante la ampliación de áreas en las terminales e instalaciones portuarias de uso público, debiendo de tener como característica para obtener el beneficio contrato de cesión parcial de derechos, registrado ante la Secretaría vigente a la entrada en vigor de las reglas, con lo que pretende dar respuesta a las necesidades de crecimiento y desarrollo de las instalaciones y terminales portuarias nacionales, que actualmente se requiere. Derivado de lo anterior y en cumplimiento del artículo Séptimo Transitorio del Decreto por el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Xxx xx Xxxxxxx publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 xx xxxxx de 2012, la nueva regulación establece de manera detallada el procedimiento que deberá de cumplirse en caso de que se pretenda solicitar la autorización por una sola vez de la ampliación del área de las terminales e instalaciones portuarias de uso público que hayan sido materia de contratos de cesión parcial de derechos registrados ante la Secretaría. 3. Indique el tipo de ordenamiento jurídico propuesto: ACUERDO por el que se establecen las Reglas de Carácter General mediante las cuales se autoriza, por una sola vez, la ampliación del área de las terminales e instalaciones portuarias de uso público que hayan sido materia de contratos de cesión parcial de derechos, con las Administraciones Portuarias Integrales. Asimismo, señale si existen disposiciones jurídicas vigentes directamente aplicables a la problemática materia del anteproyecto. Enumérelas y explique por qué son insuficientes para atender la problemática identificada Disposiciones jurídicas vigentes#1: Artículo Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx xx xx Xxx xx Xxxxxxx, xxx Xxxxxxx publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 xx xxxxx de 2012.- el cual resulta ser insuficiente, en razón de que en dicho ordenamiento no se exponen los lineamientos y criterios que se deben de cumplir para obtener la autorización de ampliación de áreas en las terminales e instalaciones portuarias de uso público |
Apartado II.- Identificación de las posibles alternativas a la regulación |
4. Señale y compare las alternativas con que se podría resolver la problemática que fueron evaluadas, incluyendo la opción de no emitir la regulación. Asimismo, indique para cada una de las alternativas consideradas una estimación de los costos y beneficios que implicaría su instrumentación Alternativas#1: No emitir regulación alguna Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#1: Lo que genera un incumplimiento a lo establecido en artículo Séptimo Transitorio del Decreto |
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 xx xxxxx de 2012, por lo que los interesados en obtener una ampliación del área de las terminales e instalaciones portuarias de uso público, carecerán de elementos para obtener de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes la autorización respectiva y no se podrán realizar las inversiones en la construcción de la infraestructura portuaria que se pretende. Alternativas#2: Otras Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#2: b) Alternativa no regulatoria: mediante oficio circular, informar a las Administraciones Portuarias Integrales, que no existen las reglas a seguir a para que los interesados obtengan la ampliación de las áreas de las terminales, y que, solamente, pueden solicitar lo que indica el artículo 25, que limita la ampliación de las concesiones al 20% de la superficie originalmente cedida, por lo que sin las reglas, no se llevaría a cabo el propósito del legislador. 5. Justifique las razones por las que la regulación propuesta es considerada la mejor opción para atender la problemática señalada: La Xxx xx Xxxxxxx, es la regulación que establece el origen y la razón de la emisión del Acuerdo, ya que en dicho ordenamiento se contempla la forma en la cual se otorgan las concesiones para el uso, aprovechamiento y explotación de un puerto o puertos, terminales e instalaciones, y derivado del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Xxx xx Xxxxxxx, publicado el 11 xx xxxxx de 2012 en el Diario Oficial de la Federación, se determinó que por una sola ocasión siempre y cuando existan las condiciones y sea conveniente para el sistema, se podrá autorizar la ampliación del área de las terminales e instalaciones portuarias de uso público que hayan sido materia del contrato de cesión parcial de derechos registrados ante la Secretaría, y en el presente acuerdo se determinan los criterios, requisitos y obligaciones que se deben de efectuar a fin de dar cumplimiento al artículo Séptimo Transitorio de la Xxx xx Xxxxxxx, lo anterior es importante porque la Xxx xx Xxxxxxx, en su artículo 25, limita la ampliación de las concesiones al 20% de la superficie originalmente cedida, por lo que sin las reglas, no se llevaría a cabo el propósito del legislador. Por lo anterior al estar indicado de forma expresa en la Ley Puertos, en el artículo Séptimo Transitorio del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 xx xxxxx de 2012, la emisión del acuerdo, se convierte en el único ordenamiento que se puede emitir para el cumplimiento de dicho regulación, de no emitirlo se estaría incurriendo en un incumplimiento a un ordenamiento legal. |
Apartado III.- Impacto de la regulación |
6. ¿La regulación propuesta crea, modifica o elimina trámites? Accion#1: Crea Tipo#1: Beneficio Vigencia#1: No aplica |
Medio de presentación#1: Escrito abierto de solicitud Requisitos#1: Los establecidos en la Xxx xx Xxxxxxx y en las Reglas Generales Población a la que impacta#1: Terminales e Instalaciones Portuarias de uso publico Ficta#1: Negativa Plazo#1: 90 días habiles Justificación#1: El regulador no proporcionó información Nombre del trámite#1: Autorización de ampliación de las terminales e intalaciones portuarias de uso público. Homoclave#1: No aplica 6.1 Con relación a la respuesta Modifica, debe elegir al menos una opción que se está modificando: El regulador no proporcionó información 7. Seleccione las disposiciones, obligaciones y/o acciones distintas a los trámites que correspondan a la propuesta Obligaciones#1: Condicionan un beneficio Artículos aplicables#1: Regla 3.- Condición que se requiere para la procedencia de la solicitud. Justificación#1: A fin de que proceda la solicitud de ampliación, se requiere primeramente que exista otro cesionario que opere una terminal del mismo objeto, con el fin de no generar monopolio y que |
además se cuente con el espacio disponible para realizar el incremento en el área, como lo señala el artículo Séptimo Transitorio del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 xx xxxxx de 2012. Obligaciones#2: Establecen obligaciones Artículos aplicables#2: Regla 4.- La vigencia de las reglas es de cinco años. Justificación#2: En razón de que una de las condicionantes para poder contar con el beneficio de la ampliación, es tener un contrato de cesión parcial de derechos, en el cual conste la nueva área otorgada y dicho convenio no tendrá vigencia superior al contrato de origen, por tratarse de un mismo acto jurídico, por lo que si se busca que las cesionarias recuperen su inversión y esta debe de realizarse dentro del periodo de vigencia del contrato de cesión celebrado, se concederá un tiempo determinado para ejercer el beneficio de ampliación, aunado a que el beneficio es para los cesionarios que cuente con un contrato vigente al momento de emitirse las reglas. Obligaciones#3: Establecen requisitos Artículos aplicables#3: Regla 5.-Convenio modificatorio. Justificación#3: Derivado de la autorización que se otorgue para la ampliación de la superficie, es necesario efectuar un convenio de modificación al contrato de cesión parcial de derechos, en el cual conste la nueva área otorgada. Obligaciones#4: Condicionan un beneficio Artículos aplicables#4: Regla 6.- Los cesionarios que tengan contrato vigente, podrán solicitar la ampliación del área. Justificación#4: Justificación.-en razón de que es un beneficio para los cesionarios que ya tiene una inversión en el puerto, se precisa la condición para que les aplique a los concesionarios interesados. Obligaciones#5: |
Establecen obligaciones Artículos aplicables#5: Regla 8.- Una vez que se cumplan con los supuestos que establece el decreto del artículo Séptimo Transitorio se emitirá el acuerdo de recepción de solicitud. Justificación#5: En la Ley de Puerto y su Reglamento se establece la información y documentación que debe de cumplir los solicitantes de concesiones, por lo que al estar en las condiciones que estable la nueva regulación, así como los supuestos que el Decreto determina, se emitirá un acuerdo de recepción de solicitud a fin de que los interesados cumplan con los requerimientos establecidos en los ordenamientos (ley y reglamento) para obtener la autorización de ampliación. Obligaciones#6: Establecen restricciones Artículos aplicables#6: Regla 12.-Celebración con el cesionario solicitante convenio modificatorio al contrato. Justificación#6: Justificación.- Derivado de la autorización que se otorgue para la ampliación de la superficie, es necesario efectuar un convenio de modificación al contrato de cesión parcial de derechos en el cual conste la nueva área otorgada y dicho convenio no tendrá vigencia superior al contrato de origen por tratarse de un mismo acto jurídico. Obligaciones#7: Condicionan un beneficio Artículos aplicables#7: Regla 14.- El cesionario solicitante que se abstenga de firma del convenio modificatorio no podrá promover nuevamente su solicitud Justificación#7: Justificación: En razón de que la solicitud de ampliación del área de las terminales generan nuevos derecho y obligaciones, se requiere la celebración de un convenio modificatorio, siendo esta una condicionante para llevar a su fin la ampliación solicitada por lo que cuando el interesado se abstenga de firma el convenio modificatorio perderá el derecho de promover nueva solicitud, en razón de ser una condicionante para continuar con el trámite. 8. ¿La propuesta de regulación contempla esquemas que impactan de manera diferenciada a sectores o agentes económicos?: NO |
9.1 Costos Grupo o industria al que le impacta la regulación#1: Terminales o Instalaciones portuarias Describa o estime los costos#1: La regulación que se propone, genera cargas administrativas en relación a los requisitos que los interesados deben reunir y presenta para cumplir con las condiciones, sin embargo la presentación de la solicitud para autorizar la ampliación del área de las terminales e instalaciones portuarias de uso público, ante la Administración Portuaria Integral (API), primeramente, no es de carácter obligatorio para ningún usuario, siendo potestad de los interesados en obtener el beneficio de ampliación de presentar ante la API la solicitud de autorización, en segundo término dicha solicitud o gestión de trámite por el hecho de ser presentada no genera el pago de algún derecho o costo que deba de ser cubierto para que sea admitida su solicitud. Es importante señalar que derivado de la autorización que se otorgue, el interesado deberá celebrar un contrato acorde a sus nuevas condiciones como el pago de la contraprestación, seguros, garantías, etc., de acuerdo a los términos y condiciones de la ampliación que se otorgue, circunstancias que son totalmente ajenas, a lo establecido en la regulación que se presenta, de los cuales no se pueden estimar costos debido a la diversidad de supuestos que existen, en donde se valora el tipo de terminal, el puerto, el monto de la nueva superficie autorizada, los cuales no forma parte de la regulación que se propone y se determinaran una vez que se concluya con el trámite que en ellas se establece. Aunado a que el presente acuerdo, únicamente establece los principios para la correcta realización del otorgamiento y solicitud de la autorización de ampliación de áreas de las terminales e instalaciones portuarias de uso público, conforme a lo ordenado en el artículo Séptimo Transitorio del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 xx xxxxx de 2012, estableciendo los pasos que, junto con otros, deben de realizarse de forma sucesiva para obtener la autorización de ampliación de área. 9. Proporcione la estimación de los costos y beneficios que supone la regulación para cada particular o grupo de particulares: El regulador no proporcionó información 9.2 Beneficios Grupo o industria al que le impacta la regulación#1: El regulador no proporcionó información Describa de manera general los beneficios que implica la regulación propuesta#1: El beneficio principal, es la oportunidad que tienen las terminales e instalaciones portuarias de uso público, de ampliar la superficie con la que cuentan de acuerdo a las necesidades de la actividad que realizan, provocando un crecimiento y desarrollo como empresa, generando la creación de empleos. Asimismo, trae como consecuencia la inversión en los puertos, la construcción y equipamiento de terminales especializadas que captan ingresos adicionales a las API’S, por concepto de contraprestación por el uso y explotación del terreno portuario; finalmente la puesta en operación de las nuevas instalaciones portuarias, propiciando la prestación de servicios diversos a las embarcaciones y a la carga, cuyos prestadores de servicio pagarán contraprestaciones a la API, por el uso de infraestructura diversas. De igual manera la publicación de la regulación tiene como beneficio crear certeza jurídica a los cesionarios, toda vez que el Estado les da la garantía que sus bienes (inversión) y sus derechos no serán violentados ya que existe un documento que establece las Reglas que se deben de seguir a fin de que su trámite sea claro, trasparente y que no sean modificados los requisitos, sino previa publicación y regulación de los mismo y que en caso de que llegara a producirse, una violación |
en sus derechos, le serán asegurados, la protección y reparación de los mismos. Dentro de los beneficios se busca fomentar que la construcción de nueva infraestructura favorezca la integración logística y aumente la competitividad derivada de una mayor interconectividad; realizar infraestructuras a largo plazo, para el desarrollo de la economía. De igual manera se fomentara el desarrollo de puertos marítimos estratégicos de clase internacional, que amplíen la ubicación geográfica privilegiada de México, inundando las exportaciones, el comercio internacional y el mercado interno. Proporcione la estimación monetizada de los beneficios que implica la regulación#1: No aplica 10. Justifique que los beneficios de la regulación son superiores a sus costos: La correcta realización del otorgamiento y solicitud de la autorización de ampliación de áreas de las terminales e instalaciones portuarias de uso público, conforme a lo ordenado en el artículo Séptimo Transitorio del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 xx xxxxx de 2012. Al autorizar que las terminales e instalaciones portuarias de uso público, amplíen la superficie con la que cuentan, generará un desarrollo económico para los cesionarios que obtengan la autorización, por lo que ampliar la capacidad de las intenciones de los puertos, principalmente en aquellos con problemas de saturación o con una situación logística privilegiada. Siendo uno de los componentes fundamentales para construir un México Próspero que beneficie a todos los mexicanos, mediante el desarrollo de infraestructura en materia de comunicaciones y transportes, por lo que es necesario mejorar y ampliar puertos. |
Apartado IV. Cumplimiento y aplicación de la propuesta |
11. Describa la forma y/o los mecanismos a través de los cuales se implementará la regulación (incluya recursos públicos): Una vez publicado en el Diario Oficial de la Federación, con los recursos e infraestructura de la Secretaria, se dará a conocer a través de la Administración Portuaria Integral a las terminales e instalaciones portuarias de uso público, a fin de que conozcan las reglas generales que deben de existir para la ampliación del área de las terminales e instalaciones portuarias de uso público que hayan sido materia del contrato de cesión parcial de derechos registrados ante la Secretaría, de igual manera se publicara en el portal de la Secretaría. |
Apartado V. Evaluación de la propuesta |
13. Describa la forma y los medios a través de los cuales se evaluará el logro de los objetivos de la regulación: Como se ha mencionado en líneas precedentes la regulación únicamente establece los principios para la correcta realización del otorgamiento y solicitud de la autorización de ampliación de áreas de las terminales e instalaciones portuarias de uso público, conforme a lo ordenado en el artículo Séptimo Transitorio del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 xx xxxxx de 2012, por lo que el objetivo se reflejará en el número de las solicitudes aprobadas para la ampliación del área de las terminales e instalaciones portuarias de uso público registradas. |
Xxxxxxxx XX. Xxxxxxxx xxxxxxx |
00. ¿Se consultó a las partes y/o grupos interesados para la elaboración de la regulación?: Si |
Mecanismo mediante el cual se realizó la consulta#1: Consulta intra-gubernamental Señale el nombre del particular o el grupo interesado#1: Las direcciones generales de: Puertos, Fomento y Administración Portuaria y a la Unidad de Asuntos Jurídicos de la SCT, así como la Asociación de Terminales Portuarias A.C. (ATOP), que agrupan a los principales cesionarios de terminales portuarias en los puertos nacionales. Describa brevemente la opinión del particular o grupo interesado#1: Manifestando su conformidad con el contenido del acuerdo, debido a que la publicación del mismo es con el fin de dar cumplimiento al artículo séptimo transitorio de la Ley de Puerto, aunado a que su contenido son únicamente requisitos que deben de cumplir los cesionarios de las API’S que desean obtener autorización para ampliar su terminal. De hecho, la reforma legislativa que otorga este beneficio a los cesionarios, fue promovida ante el Congreso de la Unión por la ATOP. 15. Indique las propuestas que se incluyeron en la regulación como resultado de las consultas realizadas: La Unidad de Asuntos Jurídicos de la SCT, realizo diversos comentarios en relación con la mejora de la redacción que contenían las Reglas, proponiendo se incorporara en el capítulo de definiciones la de Acuerdo, API, Decreto, Ley, SCT; la corrección de las reglas 8, 12, 13, 14, en relación a las facultades de la API, las cuales fueron tomadas en consideración con el fin de mejorar y emitir el acuerdo de las Reglas, de manera clara y precisa a fin de que los usuarios puedan ejercer la solicitud del beneficio sin inconvenientes. La ATOP estuvo de acuerdo con el contenido del proyecto de Reglas. |
Apartado VII. Anexos |
Archivo que contiene la regulación: 20160224094831_39870_Ley de Puertos.pdf |
Información adicional |
Tema: Seguridad Resumen: Las presentes Reglas son de Carácter General que tienen el propósito de establecer los criterios, requisitos y obligaciones, a fin de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo Séptimo Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Xxx xx Xxxxxxx, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 xx xxxxx de 2012, el cual establece que el Ejecutivo Federal deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación, las reglas mediante las cuales la Secretaría de Comunicaciones y Transporte, cuando a su juicio existan condiciones y sea conveniente para el sistema, podrá autorizar por una sola vez, la ampliación del área de las terminales e instalaciones portuarias de uso público, que hayan sido materia de contratos de cesión parcial de derechos registrados ante la Secretaría y que se encuentre vigente a la fecha de entrada en vigor del misionado Decreto. Es indispensable para que proceda la solicitud de ampliación, que exista, cuando menos, otro cesionario que opere una terminal del mismo objeto del solicitante, y que, además, existan áreas en el recinto portuario, susceptibles de atender la solicitud de ampliación de dicho cesionario y que puedan presentarse en términos de las Reglas; por lo que al cumplirse con los supuestos a que se refiere el artículo Séptimo Transitorio del Decreto, las Admiraciones Portuarias Integrales (API´s), dentro del término de cinco días hábiles, emitirán el acuerdo de recepción de la solicitud, el cual debe ajustarse a lo que determine la Ley Puertos y una vez que el cesionario solicitante hubiere presentado la documentación e información |
requerida, las API´s, dentro del plazo de cinco días hábiles, emitirán el acuerdo de admisión a trámite y si la resolución de la Secretaría, fuere favorable, autorizando la ampliación del área de las terminales e instalaciones portuarias de uso público, las API´s, celebrarán con los cesionarios solicitantes, convenio modificatorio al contrato. Resumen en Ingles: These rules are general which have the purpose to establish judgements, requirements, and obligations, in order to accomplish the related of Seventh Transitory Article Decree by which different Port Law Dispositions are renovated, added and derogated, published in Mexican Official Gazette of June 11th, 2012, which establishes that Federal Executive will publish in Mexican Official Gazette the rules through the Ministry of Communications and Transport, when in its opinion there exist conditions and be convenient for the system, it will be able to authorize just for once, the enlargement of the terminal areas and the public use port installations, which have been matter of contracts of rights cessions registered at the Ministry and which should be in force by the time of the entry in effect of the Decree. It is essential in order to the enlargement demand to proceed, that exist at least other transferee that operates a terminal of the same object of the requester, and that there exist places in the port area that are susceptible to attend the enlargement demand of the referred transferee and that are able to present themselves in terms of the Rules, so that when the postulations referred in Seventh Transitory Decree are reached, the Integral Port Administrations (IPA´s), within the period of five working days, will release the demand reception agreement, which will adjust to the Port Law and once the transferee presents the documentation and information required, the IPA´s within the period of five working days will release the admission agreement of the procedure and if the resolution of the Ministry would be favorable authorizing the enlargement of the terminal areas and public use port installations, the IPA´s will make the modifying agreement to the contract with the transferee requesters. Palabras Clave: Artículo Séptimo Transitorio Xxx xx Xxxxxxx |