CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Nº________
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Nº________
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES QUE, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS QUE ADELANTE SE INDICAN, CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA EMPRESA o PERSONA FISICA DENOMINADA: ____________________________________________________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA COMO “LA ARRENDADORA” Y POR OTRA PARTE, LA EMPRESA O PERSONA FÍSICA DENOMINADA: _____________________________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA COMO “XX XXXXXXX”, XXXXXXXX X XX XXXXXXXXXX LIGERA Y/O EQUIPO MAYOR PARA LA CONSTRUCCIÓN, MISMA QUE ADELANTE SE DESCRIBE, DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLAUSULAS QUE ADELANTE SE INDICAN:
D E C L A R A C I O N E S
Declara “LA ARRENDADORA”
I.- Ser una empresa mexicana, denominada: ______________________________________________________________________, constituida y existente conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, en pleno ejercicio de su capacidad de goce y de ejercicio, con Registro Federal de Contribuyentes N° __________ y con domicilio legal, ubicado en: ______________________________________________________________________________________. Teléfonos: (Of) _______________________ (Cel.)____________________.
II.- Tener como una de sus actividades económicas preponderantes, entre otras, el arrendamiento de maquinaria ligera para la construcción.
III.- Contar su representante legal, abajo firmante, con las facultades legales necesarias para celebrar el presente contrato, mismas que no le han sido revocadas, modificada ni limitadas en forma alguna a esta fecha.
Declara “EL CLIENTE”
EN EL CASO DE SER PERSONA FISICA. ( )
IV.- Ser de nacionalidad ________________, llamarse el C ________________________________________________________________, en pleno ejercicio de su capacidad de goce y de ejercicio, con Registro Federal de Contribuyentes N° ____________________ y con domicilio legal, ubicado en: ______________________________________________________________________________________________________, Teléfonos: (Of) ____________________ (Cel.) _________________; identificándose con: _____________________________________.
EN EL CASO DE SER PERSONA MORAL. ( )
V.- Ser una empresa MEXICANA ( ) O EXTRANJERA ( ), denominada _________________________________________________, en pleno ejercicio de su capacidad de goce y de ejercicio, constituida mediante la Escritura Pública ______________, expedida por el Notario Público N° ____________, del DISTRITO FEDERAL ( ) o ESTADO DE MEXICO ( ), con Registro Federal de Contribuyentes N° ____________________ y con domicilio legal, ubicado en: ______________________________________________________________________________,con Teléfonos: (Of) ________________ (Cel.)____________________.
VI.- Estar representada en este acto, por el C.__________________________________________, quien tiene el carácter de REPRESENTANTE LEGAL ( ) o APODERADO LEGAL ( ), tal como se acredita con la Escritura Pública ______________, expedida por el Notario Público N° ___________, del DISTRITO FEDERAL ( ) o ESTADO DE MEXICO ( ); identificándose con: Credencial Para Votar con Folio _________________________, expedida por el Instituto Federal Electoral o ____________________________________________________________.
VII.- Que por necesidad de su actividad, está interesado en tomar en arrendamiento, de “XX XXXXXXXXXXX”, xx xxxxxxxxxx que se describe en el presente contrato, para emplearla en la obra de construcción ubicada en: ___________________________________________________________.
Declaran AMBAS PARTES:
VIII.- Estar interesados en celebrar el presente contrato de arrendamiento, respecto a la maquinaria, el tiempo y costo que a continuación se indican:
- DESCRIPCIÓN DE LA MAQUINARIA.-
- DURACIÓN DEL ARRENDAMIENTO, FORZOSO PARA AMBAS PARTES.-
A).- POR __________________ DIAS NATURALES, FORZOSOS PARA AMBAS PARTES, contados a partir del día en que “EL CLIENTE” se dé por recibido del equipo materia de este contrato, en los almacenes de “LA ARRENDATARIA”, de conformidad con el artículo 2426 del Código Civil del Distrito Federal.
B).- Ahora bien, cuando se trate del arrendamiento de EQUIPOS MAYORES que cuenten con el marcador de tiempo denominado HORÓMETRO, la terminación del arrendamiento se dará en cualquiera de los dos casos que a continuación se enuncian, es decir, LO QUE OCURRA PRIMERO:
B.1)- POR ______________ HORAS MAQUINA, forzosas para ambas partes, las cuales se computaran desde el momento en el que se encienda el equipo arrendado, y hasta que se acabe el tiempo contratado; o
B.2).- POR __________________ DIAS NATURALES, igualmente, forzosos para ambas partes, contados a partir del día en que “EL CLIENTE” se dé por recibido del equipo materia de este contrato, en los almacenes de “LA ARRENDATARIA”, de conformidad con el artículo 2426 del Código Civil del Distrito Federal.
COSTO DEL ARRENDAMIENTO.-$___________________________________________________________________________________.
COSTO DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PARA EQUIPO (S) MAYOR (ES), SI FUERE EL CASO.- $________________________________________________
- COSTO DEL SERVICIO DE LIMPIEZA, SI FUERE EL CASO, $____________________________________________________________________.
- RESPECTO AL FLETE DEL EQUIPO ARRENDADO, SI FUERE EL CASO, A CARGO DE “LA ARRENDADORA”, EL COSTO ES DE $_________________________________ POR KILÓMETRO RECORRIDO; POR LO QUE SI LA DISTANCIA A RECORRER, AL LUGAR DONDE VA A ESTAR EL EQUIPO ARRENDADO, SON: _______________________ KILO-METROS, APROXIMADAMENTE, EL MONTO XXX XXXXX ES EL DE $________________________________________________________________.
- FORMA DE PAGO.- __________________________________________________________________________________________.
- NÚMERO DE FACTURA CORRESPONDIENTE, MONTO TOTAL Y FECHA DE LA MISMA.- _______________________________________________________.
- LUGAR DEL ARRENDAMIENTO.- _________________________________________________________________________________.
- CONDICIONES BASICAS, DE USO OBLIGATORIO, DEL EQUIPO ARRENDADO.- _____________________________________________________________
- JORNADA DE TRABAJO DEL EQUIPO ARRENDADO: MAXIMO OCHO HORAS DIARIAS ( ) o SUPERIOR A OCHO HORAS DIARIAS ( ) o CUANTAS HORAS DIARIAS MAXIMO?: __________________.
- TIPO DE ACEITES QUE DEBE USAR, EXCLUSIVAMENTE, EL EQUIPO ARRENDADO.-______________________________________________________
- SE AGREGA(N) INSTRUCTIVO(S) O MANUAL(ES) DE USO DEL EQUIPO ARRENDADO? SI ( ) NO ( ); CUANTOS (________) Y QUÉ NOMBRES TIENEN DICHOS MANUALES?__________________________________________________________________________________________________
- USO AL QUE DEBE DESTINARSE, EXCLUSIVAMENTE, EL EQUIPO ARRENDADO.-________________________________________________________
-VALOR TOTAL DEL EQUIPO ARRENDADO.- $_____________________________________________________________________________.
- DESCRIPCIÓN DEL TÍTULO DE CRÉDITO QUE AMPARA EL VALOR TOTAL DEL EQUIPO Y/O MAQUINARIA ARRENDADA.-______________________________ __________________________________________________________________________________________________________.
FIRMAS
________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________
C. _________________________________. C._____________________________________________________________________
Representante o Apoderado Legal de la “LA ARRENDADORA”, la empresa Representante legal o Apoderado de “EL CLIENTE”, la empresa (o persona denominada; __________________________________________________________ física) denominada: __________________________________________________________.
IX.- Para la celebración del presente contrato las partes otorgan las clausulas que adelante se indican, de conformidad con los artículos 2398, 2398, 2400, 2401, 2406, 2414, 2415, 2419, 2425, 2426, 2427, 2428, 2429, 2441, 2442, 2443, 2444, 2459, 2467, 2468, 2469, 2483, 2487, 2489, 2490 y demás relativos del Código Civil para el Distrito Federal o en su defecto, los siguientes Artículos: Definición de Arrendamiento. 7.670; Formalidad y Plazo de Arrendamiento. Artículo 7.671; Plazo máximo en el arrendamiento. Artículo 7.672; La renta en el arrendamiento. Artículo 7.674; Bienes susceptibles de darse en arrendamiento. Artículo 7.675; Legitimación para ser arrendador. Artículo 7.676; Muerte del arrendador o del arrendatario. Artículo 7.681; Mejoras del bien por el arrendatario. Artículo 7.683; Normas del arrendamiento de orden público. Artículo 7.685; Obligaciones del arrendador. Artículo 7.686; Falta de reparaciones necesarias. Artículo 7.687; Obligaciones del arrendatario. Artículo 7.688; Lugar de pago de las rentas. Artículo 7.689; Disposiciones aplicables al arrendamiento de muebles. Artículo 7.707; Pérdida o deterioro del bien arrendado. 7. 708; Legitimación para subarrendar. Artículo 7.714; Causas de terminación del arrendamiento. Artículo 7.716; Derecho a la rescisión del arrendamiento. Artículo 7.718 y demás relativos del Código Civil para el Estado de México; aclarando que la legislación aplicable, de las dos que se mencionan, dependerá de la jurisdicción que elija cualquiera de las partes, para el caso de interpretación, cumplimiento y controversia del presente contrato. X X X X X X X X X XXXXXX XXX CONTRATO. PRIMERA.- “LA ARRENDADORA”, se obliga a conceder el uso y goce temporal de la maquinaria ligera para la construcción, descrita en la Declaración VIII, que antecede, a “EL CLIENTE”, mismo que la recibe a su entera satisfacción y en perfectas condiciones de uso. DE LA RENTA. SEGUNDA.- “EL CLIENTE” se compromete y obliga a pagar a “LA ARRENDADORA” o a quien sus derechos represente, la cantidad de dinero mencionada en la Declaración VIII de este contrato, por concepto xx xxxxx de la maquinaria descrita, POR ADELANTADO, en el domicilio de “LA ARRENDADORA”, así como otras cantidades de dinero que, eventualmente, pudieran generarse por prorroga (s) del presente contrato. TERCERA.- Si por algún motivo se llegara recibir la renta en abonos o en fecha diferente a la estipulada, no se entenderá como renovado o prorrogado el presente contrato. CUARTA.- “EL CLIENTE” no podrá retener la renta en ningún caso, ni bajo ningún título judicial o extrajudicial. DE LA DURACIÓN O TÉRMINO DEL PRESENTE CONTRATO. QUINTA.- Convienen las partes que la duración o termino del presente contrato, es el que se establece en la Declaración VIII de este contrato, mismo que es forzoso para ambas partes. SEXTA.- Si el término del arrendamiento es forzoso para ambas partes, concluye el día prefijado, sin necesidad de juicio como lo previene el artículo 2448 del Código Civil para el Distrito Federal, pero si “EL CLIENTE” no devolviera el equipo arrendado por cualquier causa, éste se compromete a pagar el doble de la pensión rentística establecida en el presente contrato; aclarando que dicha pensión rentística doble, se devengara, día tras día, hasta que “EL CLIENTE” devuelva el equipo arrendado a “LA ARRENDADORA”; sin que ello implique la prorroga o renovación del presente contrato. SEPTIMA.- Si el presente contrato se celebra por un plazo forzoso y “EL CLIENTE” desea entregar el equipo arrendado antes de su término, para hacerlo deberá estar al corriente en el pago de la renta y cubrir el importe equivalente al del tiempo restante, como indemnización, por su incumplimiento. DE LA FORMA DE PAGO.OCTAVA.- Ambas partes acuerdan que la forma de pago que deba realizar “EL CLIENTE”, podrá ser de alguna de las que a continuación se enuncian: a).- En efectivo; b).- en cheque certificado o cheque de caja bancario, expedido a favor de “LA ARRENDADORA”; c).- mediante depósito bancario; d).- mediante transferencia inter-bancaria; e).- mediante la firma xx xxxxxx, expedido por la terminal bancaria, asignada a “LA ARRENDADORA”; f).- mediante Deposito de Nacional Financiera, a favor de “LA ARRENDADORA”, en el sistema denominado “Cadenas de Producción”; etc. Aclarando las partes que la forma de pago quedara especificada en la multicitada Declaración VIII del presente contrato y que los pagos que recibirá “LA ARRENDADORA”, serán SALVO BUEN COBRO. ENTREGA DE LA MAQUINARIA O EQUIPO ARRENDADO “AL ARRENDATARIO”NOVENA.- Las partes acuerdan que la entrega del equipo arrendado por parte de “LA ARRENDADORA” a “EL CLIENTE”, se realizara una vez que el cheque, transferencia interbancaria u otra forma de depósito bancario, se encuentre firme en la cuenta bancaria asignada por “LA ARRENDADORA” Y que para el caso de que, por cualquier causa, no se registrara el pago, en la (s) cuenta (s) de “LA ARRENDADORA”, el presente contrato quedara rescindido, por falta de pago, y “EL CLIENTE”, sin más trámite, devolverá la maquinaria mencionada en esta contrato, a “LA ARRENDADORA”, en un plazo máximo de veinticuatro horas, para el caso de que ya la tuviera en su poder, so pena de los ilícitos en que pudiera incurrir, por su negativa. DE LOS IMPUESTOS. DECIMA.- “EL CLIENTE” se compromete y obliga a pagar todo tipo de impuestos fiscales que se originen con motivo del presente contrato. DEL TRASLADO DE LA MAQUINARIA. DECIMA PRIMERA.- Ambas partes acuerdan, que “LA ARRENDADORA” sea preferentemente quien traslade la maquinaria arriba mencionada, previo acuerdo en el precio, entre ambas partes y por escrito; el cual deberá ser pagado, igualmente, POR ADELANTADO, en el domicilio de “LA ARRENDADORA”. DECIMA SEGUNDA.- Manifiesta “LA ARRENDADORA” que el costo xxx xxxxx, por kilómetro, es el que se especifica en la Declaración VIII del presente contrato, tomando como punto xx xxxxxxx, el domicilio de la misma y el de destino, el domicilio o la obra manifestada por “EL CLIENTE”, en la Declaración VI de este contrato. DECIMA TERCERA.- En caso contrario, de que “EL CLIENTE” decida contratar el servicio xx xxxxx con terceras personas, la responsabilidad del traslado de la maquinaria arrendada, será exclusiva responsabilidad de “EL CLIENTE”. DECIMA CUARTA.- “EL CLIENTE” se compromete y obliga a no trasladar la maquinaria objeto del presente contrato, por su propia propulsión, al lugar donde va a estar ubicado el equipo mencionado, ni a ningún otro, so pena de responder por todos los daños y perjuicios que pudieran generarse tanto al equipo arrendado como a terceras personas. UBICACIÓN DEL EQUIPO ARRENDADO.DECIMA QUINTA.- “EL CLIENTE” se compromete y obliga, durante todo el tiempo que dure el presente contrato y su prórroga, si fuere el caso, a no trasladar el equipo a un lugar distinto al señalado en las Declaraciones VII y VIII del presente contrato, salvo que “LA ARRENDADORA” otorgue su consentimiento por escrito, utilizando vehículos adecuados para dichos traslado; quedando estrictamente prohibido para “EL CLIENTE” trasladar el equipo arrendado, mediante su propia propulsión. RESPONSABILIDAD, CONSERVACION Y USO DEL BIEN ARRENDADO. DECIMA SEXTA.- “EL CLIENTE” manifiesta que tiene los conocimientos técnicos y profesionales suficientes o en su defecto, se compromete y obliga a asesorarse debidamente para saber que recibe los equipos alquilados, limpios y en perfectas condiciones de uso y por tal motivo, se compromete y obliga a darle mantenimiento, a la maquinaria arrendada, como lo es: engrasado, lubricación y aseo, durante todo el tiempo que dure el presente contrato y su prórroga, si fuere el caso. DECIMA SEPTIMA.- “EL CLIENTE” se compromete y obliga a seguir todas las indicaciones que expresamente se requieran y exijan para el uso normal del equipo arrendado, mencionadas en la Declaración VIII de este contrato; comprometiéndose, igualmente, a seguir los manuales e instructivos de uso, mencionados en la misma Declaración VIII. DECIMA OCTAVA.- “EL CLIENTE” se obliga a entregar el equipo arrendado debidamente limpio; en caso contrario, se compromete y obliga a pagar la cantidad que por dicho concepto se especifica en la multicitada Declaración VIII de este contrato, por concepto de limpieza. DECIMA NOVENA.- “EL CLIENTE” se compromete y obliga a no sobrecargar el equipo arrendado, por más de ocho horas laborables, por cada día; con excepción de aquel equipo que sí aguante una jornada superior, mismo que será aclarado y puntualizado en la multicitada Declaración VIII de este contrato. Ejemplo.- Los generadores de luz, las xxxxxx de iluminación, entre otro equipos, sí soportan jornadas superiores a las ochos horas de trabajo, diarias. VIGESIMA.- “LA ARRENDADORA” se reserva el derecho de verificar, en cualquier momento, el buen uso que se le dé a la maquinaria dada en arrendamiento, en el domicilio señalado en la Declaración VIII de este contrato. Y “EL CLIENTE” se compromete y obliga a permitir tales visitas, de verificación. VIGESIMA PRIMERA.- “EL CLIENTE” se compromete y obliga a contratar operadores competentes que conserven y utilicen las maquinas arrendadas en forma adecuada y a proporcionarles equipos y accesorios para su seguridad; siendo, desde luego, todas las prestaciones económicas, laborales y de seguridad social, de dichos operadores, por exclusiva cuenta y responsabilidad de “EL CLIENTE”. VIGESIMA SEGUNDA.- “EL CLIENTE” se compromete y obliga a responder por los daños y perjuicios que pudiera ocasionar con el equipo arrendado, a terceras personas, en cualquier circunstancia; deslindando de toda responsabilidad a “LA ARRENDADORA”. VIGESIMA TERCERA.- “EL CLIENTE” se compromete y obliga a responder por el equipo arrendado, por cuanto al pago del mismo, ante “LA ARRENDADORA”, en cualquiera de las siguientes circunstancias: 1.- Decomiso, embargo, retención, robo, etc. del equipo arrendado; 2.- Destrucción o deterioro, por negligencia o uso contra-indicado en los equipos arrendados; y 3.- Caso fortuito o fuerza mayor, que recayera en la maquinaria arrendada; 4.- Otros. VIGESIMA CUARTA.- “EL CLIENTE” se compromete y obliga a suministrar cualquiera de los combustibles o aceites mencionados en la Declaración VIII del presente contrato; quedando estrictamente prohibido utilizar combustibles diversos, sucios, reciclados o contaminados con agua, so pena de pagar los daños y perjuicios ocasionados al equipo arrendado, por eventual o sistemática negligencia. VIGESIMA QUINTA.- “EL CLIENTE” se compromete y obliga a informar a “LA ARRENDADORA” de cualquier descompostura o anomalía en el equipo arrendado, a la brevedad posible, para que ésta diagnostique la falla y/o programe la reparación correspondiente –ya sea en el lugar del arrendamiento o en el domicilio de la “LA ARRENDADORA”- o de ser necesario, el cambio físico del equipo, previa consulta de existencia en el almacén de “LA ARRENDADORA”
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ASEGURAMIENTO DEL BIEN ARRENDADO, PENSIONES RENTÍSTICAS Y COSTO DE REPARACIONES. VIGESIMA SEXTA.- “EL CLIENTE” se compromete y obliga a garantizar el valor de los siguientes conceptos: el del equipo arrendado, el de las pensiones rentísticas, el de los costos de reparación, el pago de las penalizaciones y cualquier otro concepto que surgiera con motivo del arrendamiento, mediante cheque (s) nominativo, suscripción de un pagaré(s) con aval o fianza -expedida por la Afianzadora que indique la “LA ARRENDADORA”-, a favor de “LA ARRENDADORA” o en cualquiera de las formas establecidas por la ley, mencionado en la Declaración VIII de este contrato, previo acuerdo entre las partes. Acordando las partes, que el documento que haya dejado “EL CLIENTE”, amparando el equipo arrendado, le será devuelto por “LA ARRENDATARIA”, después de que ésta haya comprobado que las condiciones en que se le devolvió el equipo arrendado, son las mismas que cuando lo entregó en arrendamiento, es decir, que su funcionamiento sea normal, además de que “EL CLIENTE” haya cumplido con todas las cláusulas del presente contrato. PRORROGA DEL PRESENTE CONTRATO. VIGESIMA SEPTIMA.- “EL CLIENTE” se compromete y obliga a solicitar por escrito la prórroga del presente contrato, con un mínimo de anticipación de dos días, al vencimiento del mismo, cuando la renta sea por más de quince o treinta días; y en caso de que el arrendamiento sea por menos de ese tiempo, con seis horas de anticipación. De no hacerlo así y de continuar “EL CLIENTE” en posesión del equipo arrendado, sin devolverlo a “LA ARRENDADORA”, aquel se compromete y obliga a pagar la misma cantidad establecida en este contrato, equivalente al importe total de la renta, como pena convencional; además de la devolución de la maquinaria objeto del presente contrato, a la brevedad posible, so pena de las infracciones legales, en caso de negativa. VIGESIMA OCTAVA.- La prórroga se sujetara a las cláusulas del presente contrato, exceptuando las relativas al precio, misma que será dada por “LA ARRENDADORA”, al inicio de la prórroga. CAUSAS DE RESCISIÓN DEL PRESENTE CONTRATO. VIGESIMA NOVENA.- Además de las causas de rescisión establecidas en la ley, el presente contrato podrá rescindirse por las siguientes causales: a).- Por no cubrir, “EL CLIENTE”, la renta en la forma y términos convenidos. b).- Por no permitir, “EL CLIENTE”, la inspección del equipo arrendado. c).- Por no comunicar “EL CLIENTE” a “LA ARRENDADORA” el lugar exacto en que están trabajando las unidades arrendadas. d).- Por destinar, “EL CLIENTE”, los equipos arrendados a trabajos diferentes a aquellos para los que han sido específicamente contratados. e).- En general, por cualquier incumplimiento en que incurra alguna de las partes a las estipulaciones de este contrato. PROHIBICIONES DE SUBARRIENDO. TRIGESIMA.- “EL CLIENTE” se compromete y obliga a no subarrendar o permitir a terceros el uso de los bienes materiales objeto de este contrato ni transferir los derechos y obligaciones derivados de este documento a terceras personas; so pena de pagar a “LA ARRENDADORA”, los daños y perjuicios que pudieran generarse, por el mal uso que se hiciera de las unidades arrendadas. Lo anterior, sin perjuicio, desde luego, de rescindirse el presente contrato. MANTENIMIENTO DEL BIEN ARRENDADO. TRIGESIMA PRIMERA.- “EL CLIENTE” se compromete y obliga a pagara a “LA ARRENDADORA”, por el servicio de mantenimiento a la maquinaria arrendada, la cantidad que, por ese mismo concepto, se especifica en la multicitada Declaración VIII de este contrato. EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD PARA la Prestación del SERVICIO. TRIGESIMA SEGUNDA.- Ambas partes acuerdan que habrá exclusión de responsabilidad por parte del proveedor o “LA ARRENDADORA”, ante la imposibilidad de la prestación del servicio del arrendamiento de maquinaria ligera y/o equipo mayor, cuando se presenten los siguientes supuestos: 1.- Cuando haya caso fortuito o desastres naturales, que impidan o incomuniquen el acceso al lugar donde va a llegar el equipo arrendado, como por ejemplo: incendio, sismo, inundación, etc., 2.- Cuando se presente fuerza mayor, que, igualmente, incomuniquen o impida el acceso al lugar donde va a llegar el equipo arrendado, como por ejemplo: a).- manifestaciones; b).- bloqueos; c).- plantones; d).- falta de suministro de gasolina, diesel u otro tipo de sustancia, e).- obras de vía pública ajenas a la obra a la que vaya a llegar al equipo arrendado, como pudieran ser: bacheo, asfaltado, excavaciones, etc. 3.- Cuando se presenten inconvenientes propios de la obra a la que va a llegar el equipo arrendado, como pudiera ser: a).- manifestaciones; b).- bloqueos; c).- plantones; d).- etc., originados por vecinos inconformes (caso Xxxxxx), o en su defecto, por impedimentos de la autoridad. 4.- Cuando “EL CLIENTE” carezca del mínimo de conocimientos, pericia, habilidad, previsión, experiencia, etc., en el manejo del equipo arrendado, por parte del personal asignado. 5.- Cuando “EL CLIENTE” no de cumplimiento a sus obligaciones establecidas en las declaraciones y cláusulas de este contrato, en especial, las Cláusula SEGUNDA, NOVENA y VIGESIMA SEXTA. 6.- Cuando pueda observarse algún riesgo para la seguridad e integridad del equipo arrendado; por ejemplo, cuando los generadores de luz, en conciertos musicales, al aire libre, carezcan de medidas de seguridad. 7.- En cualquier otra circunstancia en la que “LA ARRENDADORA” se percate o prevea algún riesgo para el equipo arrendado, en el desarrollo del arrendamiento. Procediendo en tal caso, lo siguiente: El proveedor o “LA ARRENDADORA”, notificara al consumidor o “EL ARRENDATARIO”, en su domicilio, la imposibilidad que se haya presentado en la prestación del servicio, así como la devolución de la(s) cantidad(es) que haya pagado; obligándose el consumidor o “EL CLIENTE”, a presentarse a recibir la devolución mencionada, en el domicilio de “LA ARRENDADORA”.
CUMPLIMIENTO Y CONTROVERSIA DEL PARA LA INTERPRETACION, PRESENTE CONTRATO. TRIGESIMA TERCERA.- Para el caso de interpretación, cumplimiento y controversia del presente contrato, las partes se comprometen y obligan a sujetarse a la jurisdicción de los tribunales competentes del Distrito Federal o en su defecto, del Estado de México, a elección de las partes; renunciando expresamente a cualquier otra jurisdicción -con excepción de las dos mencionadas-, que pudiera corresponderles, por razón de territorio, materia o cuantía.
El presente contrato se firma, por duplicado, a los __________________ días del mes de ______________ del año dos mil ______, en ________________________________ ____________, quedando un tanto en poder de cada una de las partes. LAS PARTES
_________________________________ C. _________________________________. Representante o Apoderado Legal de la “LA ARRENDADORA”, la empresa _____________________________.
_________________________________ C. _________________________________ Representante o Apoderado Legal de “EL CLIENTE”, la empresa _____________________________. TESTIGOS
__________________________ El C. ___________________________, quien tiene su domicilio en: ______________________________ ________________________________________
_______________________________ El C. _______________________________, quien tiene su domicilio en: ______________________________ ________________________________________
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