CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Contratista:
Objeto: Prestar sus servicios para los cuales sea requerido por el cliente de Work Services Integral en el área de desempeño de sus labores
Lugar de ejecución del contrato:
1. Work Services Integral identificada con Nit No. 901169129-6, quien en adelante se denominará EL CONTRATANTE, inscrita con matricula mercantil 0002941708, con domicilio principal en la ciudad de Bogotá D.C.
2. , mayor de edad, identificado con documento de identidad y domiciliado en , y quien para los efectos del presente documento se denominará EL CONTRATISTA
Entre las partes acuerdan celebrar el presente CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, el cual se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA.- OBJETO: El CONTRATISTA en su calidad de trabajador independiente, se obliga para con El CONTRATANTE a ejecutar los trabajos y demás actividades propias del servicio contratado, el cual debe realizar de conformidad con las condiciones y cláusulas del presente documento y que consistirá en Prestar sus servicios para los cuales sea requerido por el cliente de Work Services Integral en el área de desempeño de sus labores, sin que exista horario determinado, ni dependencia.
SEGUNDA.- DURACIÓN O PLAZO: El plazo para la ejecución del presente contrato será de TRES MESES, contados a partir del al de 2.019 y podrá prorrogarse por acuerdo entre las partes con antelación a la fecha de su expiración mediante la celebración de un contrato adicional que deberá constar por escrito.
TERCERA.- DURACIÓN DEL SERVICIO: EL CONTRATISTA prestará sus servicios únicamente en los horarios acordados con dicho cliente y previa validación DE LA CONTRATANTE con EL CONTRATISTA sobre su disponibilidad para la prestación del servicio.
CUARTA.- PRECIO: Este contrato no tiene un valor fijo, ya que los pagos serán de acuerdo a los servicios prestados por EL CONTRATISTA de tal forma que si el contratista no presta ningún servicio no se efectuará pago por parte DEL CONTRATANTE
QUINTA.- FORMA DE PAGO: Los pagos de los servicios prestados por EL CONTRATISTA serán desembolsados de forma mensual por el total de servicios que EL CONTRATISTA haya prestado
PARÁGRAFO: Para cada pago será necesario presentar la respectiva factura o cuenta de cobro junto con los formatos de recibido a satisfacción del cliente o clientes a los cuales les haya prestado el servicio y adjuntando los soportes documentales que prueben el cabal cumplimiento de las obligaciones para con el Sistema General de Seguridad Social en Salud, Pensiones y Riesgos Laborales
SEXTA.- OBLIGACIONES ESPECIALES DEL CONTRATANTE. Además de cancelar el valor pactado por la prestación de sus servicios a los clientes, EL CONTRATANTE deberá facilitar el acceso oportuno a la información que sea necesaria para la debida ejecución del objeto del contrato. Igualmente, deberá ejercer el necesario control respecto al cumplimiento del objeto del contrato, expedir el recibo de cumplimiento a satisfacción y en general, prestar su colaboración para el cumplimiento de las obligaciones del CONTRATISTA.
SEPTIMA.- SUPERVISIÓN: El CONTRATANTE o su representante supervisará la ejecución del servicio encomendado, y podrá formular las observaciones del caso, para ser analizadas conjuntamente con El CONTRATISTA, la información sobre la ejecución del servicio será recolectada mediante un formato de recibido a satisfacción que EL CONTRATANTE hará diligenciar al cliente una vez finalice la prestación del servicio y a través de evaluaciones a la calidad del servicio prestado a través de encuestas que serán enviadas o realizadas directamente al cliente posterior a la entrega del servicio prestado.
OCTAVA.- OBLIGACIONES ESPECIALES DEL CONTRATISTA. Conforme al objeto previsto en las clausulas primera y segunda, el contratista deberá:
7.1. El CONTRATISTA deberá tener los elementos que sean necesarios y contar con la información necesaria, de manera oportuna, para la debida ejecución del objeto del contrato, y, estará obligado a cumplir con lo estipulado en las demás cláusulas y condiciones previstas en este documento
7.1. Prestar sus servicios cumplida y puntualmente, aplicando sus conocimientos y experticia profesional en la ejecución de las tareas requeridas para la prestación del servicio
7.2. El CONTRATISTA deberá cumplir en forma eficiente, en las condiciones de calidad y oportunidad las tareas encomendadas y aquellas obligaciones que se generen dé acuerdo con la naturaleza del servicio; incluyendo sus metodologías y anexos técnicos en caso de llegar a generarse
7.3.EL CONTRATISTA se compromete a afiliarse a una empresa promotora de salud EPS, y cotizar igualmente al sistema de seguridad social en pensiones tal como lo indica el art.15 de le ley 100 de 1993, para lo cual se dará un término de dos semanas contadas a partir de la fecha de iniciación del contrato. De no hacerlo en el término fijado el contrato se dará por terminado.
7.2. Responder por los daños o perjuicios ocasionados sobre la propiedad o bienes del cliente a que hubiera lugar en el ejercicio de sus tareas para la prestación del servicio.
7.4. EL CONTRATISTA se compromete a no comunicarse directamente con el cliente para efectos de cotizaciones de servicios, acuerdos de futuros servicios a prestar o a contarse por cualquier otro medio ajeno o que no corresponda al estrictamente necesario al requerido durante la ejecución del servicio prestado previa intervención DEL CONTRATANTE.
7.5. EL CONTRATISTA debe manejar un trato cordial, amable y respetuoso con el cliente
NOVENA.-DECLARACIONES DEL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA hace expresas las siguientes declaraciones:
8.1. Que conoce y acepta las condiciones generales del contrato.
8.2. Que tuvo la oportunidad de solicitar aclaraciones respecto a los alcances y obligaciones específicas en el mismo
8.3. Que se encuentra debidamente facultado para suscribirlo, por obrar a nombre propio
8.4. Que estará x xxx y salvo con sus obligaciones frente al Sistema General de Seguridad Social en Salud, Pensiones y Riesgos Laborales
8.5. Que el valor pactado incluye los impuestos, tasas y demás contribuciones relacionados con el cumplimiento tributario del objeto del presente negocio jurídico
DÉCIMA.-Ética y Confidencialidad. Además de ceñirse rigurosamente a las normas contenidas en el código de Work Services Integral, EL CONTRATISTA se obliga a mantener en estricta reserva toda la información a la cual acceda, la cual deberá ser manejada siempre como confidencial, salvo que LA CONTRATANTE disponga lo contrario
DÉCIMOPRIMERA.-Propiedad intelectual. Si en la ejecución del presente contrato resultan descubrimientos, invenciones, información, mejoras y/o diseños, estos pertenecen a LA CONTRATANTE de conformidad con lo establecido en el Artículo xx de la ley xx de xxxx. Así mismo EL CONTRATISTA garantiza que los trabajos y servicios prestados por el objeto de este contrato no infringen ni vulneran los derechos de propiedad intelectual o industrial o cualesquiera otros derechos legales o contractuales de terceros.
DÉCIMOSEGUNDA.-Fuerza mayor o Caso Fortuito. Ninguna de las partes tendrá responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones cuando tal situación, total o parcial, se produzca como consecuencia directa de causas o circunstancias relativas a fuerza mayor o caso fortuito. Para que pueda invocarse la aplicación de estas (2) figuras legales, la parte afectada por el evento deberá comunicar a la otra acerca de su advenimiento dentro de los setenta y dos (72) horas siguientes a su ocurrencia o conocimiento. Si no lo hiciere, se considerará que tales circunstancias no ocurrieron.
DECIMO TERCERA. Ausencia de Relación Laboral. Por obrar con plena autonomía administrativa, la suscripción del presente negocio jurídico no entraña la existencia de ningún tipo de relación laboral entre EL CONTRATISTA y LA CONTRATANTE para ejecutar el objeto pactado.
DÉCIMACUARTA.- SUSPENSIÓN: El presente contrato terminará por acuerdo entre las partes y unilateralmente por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.
DÉCIMOQUINTA.- INDEPENDENCIA: El CONTRATISTA actuará por su cuenta, con autonomía y sin que exista relación laboral, ni subordinación con El CONTRATANTE. Sus derechos se limitarán por la naturaleza del contrato, a exigir el cumplimiento de las obligaciones del CONTRATANTE y el pago oportuno de su remuneración fijada en este documento.
DÉCIMOSEXTA.- CESIÓN: El CONTRATISTA no podrá ceder parcial ni totalmente la ejecución del presente contrato a un tercero, sin la previa, expresa y escrita autorización del CONTRATANTE.
DÉCIMOSEPTIMA.-DOMICILIO: Para todos los efectos legales, se fija como domicilio contractual a la ciudad de Bogotá-Cundimarca y alrededores.
DÉCIMOOCTAVA.-TERMINACIÓN: El contrato se terminará en cualquiera de los siguientes casos:
Por el cumplimiento exacto de su objeto y alcance Por la expiración del término de su vigencia
Por mutuo acuerdo entre las partes, de lo cual deberá quedar constancia escrita
Por el manifiesto incumplimiento de EL CONTRATISTA en el incumplimiento de las obligaciones aquí pactadas
Por la ocurrencia de hechos constitutivos de fuerza mayor o caso fortuito que hagan imposible el incumplimiento de las actividades objeto de las actividades objeto del convenio
DÉCIMONOVENA.-Indemnidad: EL CONTRATISTA se obliga a indemnizar a LA CONTRATANTE con ocasión de la violación o el incumplimiento de las obligaciones previstas en el presente contrato. Igualmente EL CONTRATISTA se obliga a mantener indemne a LA CONTRATANTE de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros que tengan como causa sus actuaciones hasta por el monto del daño o perjuicio causado.
VIGESIMA.-Liquidación: Expirado el plazo de ejecución del contrato, o cumplido el objeto contractual, o terminado anticipadamente por voluntad de las partes, procederá su liquidación dentro del mes inmediatamente siguiente, conforme a la previsión contenida en la cláusula segunda de este instrumento contractual
VIGESIMOPRIMERA.-Solución de Controversias: Las controversias o diferencias que surjan entre las partes con ocasión de la firma, ejecución, interpretación, prórroga o terminación del contrato, así como cualquier otro asunto relacionado con el presente acuerdo de voluntades, serán sometidas a la revisión de las mismas partes para buscar un arreglo directo, en un término no mayor a cinco (5) días hábiles a partir de la fecha en que cualquiera de las partes comunique por escrito a la otra la existencia de alguna diferencia. En caso de no prosperar los esfuerzos conciliatorios, se acudirá a la Jurisdicción Ordinaria.
VIGESIMOSEGUNDA.-Tratamiento de Datos Personales: EL CONTRATISTA manifiesta que los datos que entregará a LA CONTRATANTE fueron obtenidos de manera legal y lícita conforme a la ley 1581 de 2012 y sus decretos reglamentarios. Igualmente que los fines del tratamiento de datos que tendrá lugar con ocasión del presente contrato fueron autorizados por el titular y que LA CONTRATANTE actúa como tercero de buena fe frente a la información que le sea entregada por EL CONTRATISTA. En caso de presentarse alguna queja, reclamo, sanción y/o indemnización por falta de legitimidad de EL CONTRATISTA en cuanto al tratamiento de los datos suministrados, ésta asumirá toda la responsabilidad frente al titular del dato y las autoridades.
PARAGRAFO.- LA CONTRATANTE expresamente hacer saber a EL CONTRATISTA, que sus datos serán recolectados para los fines del presente contrato y que tiene los derechos previstos en la Constitución y la Ley 1581 de 2012, especialmente los de conocer, actualizar o rectificar su información. Para el efecto, debe conservar el procedimiento establecido en la Política de Tratamiento de Información que adopte o llegue a adoptar LA CONTRATANTE.
VIGESIMOTERCERA.-Modificaciones: Las modificaciones que de consenso deseen ser pactadas, deberán incorporarse mediante documento separado suscrito por ambas partes
VIGESIMOCUARTA.- Perfeccionamiento. El presente acuerdo de voluntades se perfecciona con la mera firma de las partes.
Las partes suscriben el presente documento, a los Cundinamarca.
Contratante
días del mes de
del año 2015, en Bogotá-
XXXXX XXXXXX
Representante Legal
Contratista