CONTRATO: Numero DT- CONTRATANTE: FUNDACION EMPRESA PRIVADA COMPARTIR NIT. 860.090.032-0
CONTRATO: Numero DT-
CONTRATANTE: FUNDACION EMPRESA PRIVADA COMPARTIR NIT. 860.090.032-0
REP. LEGAL - XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXX C.C. 19.146.811
CONTRATISTA NIT.
REP. LEGAL - C.C.
CONDICIONES GENERALES
OBJETO |
El Contratista se obliga para con la Fundación a realizar los estudios / diseños de ________________, de acuerdo con la descripción, especificaciones y demás condiciones establecidas por la Fundación y la oferta presentada por el contratista, todo lo cual hace parte integral del presente Contrato.
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VALOR |
El valor total del presente contrato es la suma de ____________ ($________) mas I.V.A.
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FORMA DE PAGO |
Anticipo: SI_____ NO________
El _____ % del valor del contrato, equivalente a la suma de ____________ ($________)
Y el saldo restante, correspondiente al __________________ por ciento (X0%) del valor total del Contrato, a la entrega de los estudios y diseños recibidos a plena satisfacción de la Fundación y la presentación de la correspondiente factura o documento equivalente. |
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PLAZO |
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PROYECTO |
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ACTA No. |
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POLIZAS |
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De Anticipo: Por el 100% del valor del anticipo y con una vigencia igual a la duración del contrato.
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De cumplimiento: por el veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y con una vigencia igual a la duración del mismo y dos (2) meses más.
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De pago de salarios y de prestaciones sociales: por el cinco por ciento (5%) del valor total del contrato y con una vigencia igual a la duración del contrato y de tres (3) años más.
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De calidad del servicio: Para cubrir el daño derivado de la deficiente calidad o insuficiencia de los estudios y diseños entregados, por el veinte por ciento (20%) del valor del Contrato, y con una duración igual al plazo del Contrato y tres (3) años más, término contado a partir de la fecha de suscripción del acta de entrega y recibo final de los estudios y diseños.
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EL CONTRATANTE y EL CONTRATISTA, se encuentran debidamente facultados para celebrar el presente contrato el cual se regirá por la normatividad colombiana vigente y en especial por las siguientes Cláusulas:
PRIMERA.- OBJETO Y ALCANCE DEL CONTRATO: se obliga para con la Fundación a realizar los estudios / diseños descrito en el encabezado y de acuerdo con la descripción, especificaciones y demás condiciones establecidas por la Fundación y la oferta presentada por el contratista, todo lo cual hace parte integral del presente Contrato.
PARÁGRAFO PRIMERO: El Contratista reconoce que fue informado y/o que tuvo la oportunidad de informarse suficientemente, antes de presentar su Propuesta y/o de suscribir el Contrato y que continuará informándose durante su ejecución, sobre la naturaleza de las obligaciones aquí previstas y sobre todos los demás asuntos que pudieran afectar el desarrollo, progreso o culminación de los Servicios. En tal sentido el Contratista asume todos los riesgos inherentes a la ejecución del presente Contrato.
SEGUNDA.- ALCANCE DEL OBJETO: El objeto de este Contrato se desarrollará en las siguientes etapas y/o fases así:
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TERCERA.- VALOR TOTAL: El valor del presente contrato es el establecido en el encabezado del mismo, el cual incluye costos y gastos tales como impuestos, contribuciones, estampillas y tributos necesarios para la suscripción, legalización, ejecución y liquidación del contrato; y en general cualquier gasto que se genere en virtud de la suscripción, ejecución y liquidación del presente contrato.
3.1 FORMA DE PAGO: El valor total del presente contrato, se pagará de la siguiente manera: (I) Se entregará un anticipo por el valor establecido en el encabezado del presente contrato una vez se suscriba el presente documento y EL CONTRATISTA presente AL CONTRATANTE las pólizas correspondientes con el respectivo recibo de pago. (II) Y El valor restante del CONTRATO será cancelado de la manera establecida en el encabezado del presente contrato.
PARÁGRAFO PRIMERO: Cada pago se realizará previa presentación de la factura o documento equivalente con el visto bueno del Supervisor del Contrato; acompañados de los documentos que acrediten el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social (salud, pensiones y ARL) y parafiscales cuando a ello hubiere lugar.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Para efectos del primer desembolso, el contratista deberá informar el régimen tributario en el cual se encuentra inscrito, así como el número de inscripción del registro único tributario (RUT) y anexar copia de esta inscripción, remitir una la certificación bancaria en la cual debamos consignar los recursos y manifestar conocer el manual de contratista de la FUNDACION.
CUARTA.- VIGENCIA DEL CONTRATO Y PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS ACTIVIDADES CONTRATADAS.- El presente contrato deberá ejecutarse en el término establecido en el encabezado del presente contrato, contados a partir de la fecha consignada en el Acta de Inicio, previa aprobación de la garantía única.
PARÁGRAFO PRIMERO: SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO: Por razones de fuerza mayor o caso fortuito se podrá de común acuerdo entre las partes, suspender temporalmente la ejecución del contrato mediante la suscripción de un documento en el que consten tales circunstancias, caso en el cual EL CONTRATISTA se compromete a informar a la compañía de seguros correspondiente y realizará la prórroga de la vigencia de las garantías por el tiempo de la suspensión. Una vez superada la fuerza mayor o el caso fortuito, las partes deberán suscribir el acta de reinicio de la ejecución del contrato, para lo cual el Director de Obra informará por escrito con el fin de preparar el documento que firmaran las partes y que deberá ser igualmente presentado a la compañía de seguros con el fin de expedir los certificados de póliza correspondiente. Los costos en que se incurra por efectos de la suspensión del contrato, se acordarán entre las partes y se dejará expresa constancia en documento suscrito por la partes y el cual será parte integral del presente contrato.
QUINTA.- INDEPENDENCIA DEL CONTRATISTA: El Contratista ejecutará el objeto de este Contrato con plena autonomía técnica y administrativa, sin relación de subordinación o dependencia, por lo cual no se generará ningún tipo de vínculo laboral entre la Fundación y el Contratista o las personas que éste utilice para el desarrollo del Contrato.
SEXTA.- INDEMNIDAD: El Contratista mantendrá indemne a La Fundación de cualquier Reclamo, incluyendo cualquier pleito, queja o demanda y/o responsabilidad de cualquier naturaleza, incluyendo costos y gastos provenientes de actos y omisiones del Contratista en el desarrollo de este Contrato. En cualquiera de las referidas situaciones, el Contratista se obliga a acudir en defensa de los intereses de la Fundación para lo cual contratará profesionales idóneos que asuman la representación y el Contratista asumirá el costo de los honorarios de éstos, del proceso y de las eventuales condenas si las hubiere
SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: En desarrollo del objeto de este Contrato el Contratista deberá cumplir las siguientes obligaciones: 1) Ejecutar el objeto del Contrato de acuerdo con la Documentación, Estándares y Especificaciones, suministradas por la Fundación, y con la oferta presentada por el Contratista, de manera independiente, actuando bajo su propia responsabilidad y con plena autonomía técnica y administrativa. 2) Asumir la responsabilidad total sobre la realización de los estudios para que ésta se realice en óptimas condiciones técnicas. En caso de encontrar errores u omisiones, debe reportarlas de forma inmediata al supervisor del contrato. 3) Contar con suficiente personal, competente y adecuado, así como con herramientas y equipos de primera calidad y en buen estado de funcionamiento, para ejecutar de la mejor manera posible las actividades correspondientes al desarrollo de los estudios y diseños. 4) Antes de iniciar cualquier actividad, revisar todos los documentos e información pertinentes para cumplir con el objeto del Contrato y que los mismos se encuentren de acuerdo con la Documentación, Estándares y Especificaciones. Cualquier duda que surja al Contratista deberá consultarla por escrito y en forma oportuna con el Supervisor del Contrato. 5) Mantener afiliado a todo el personal utilizado en la ejecución del Contrato al sistema integral de seguridad social en salud, pensiones, riesgos laborales y parafiscalidades aplicables (SENA, ICBF y Caja de Compensación Familiar) durante el desarrollo del Contrato. 6) Cumplir con todas las obligaciones fiscales, parafiscales, laborales y de seguridad social, establecidas por la leyes colombianas. 7) Mantener la confidencialidad o reserva profesional sobre los datos, estudios y en general, toda información que haya llegado a su conocimiento en razón o con ocasión de la actividad a la que se refiere el presente Contrato. 8) Corregir los trabajos que no cumplan con los requerimientos técnicos dentro del plazo que señale el supervisor. 9) Suscribir los documentos que sean necesarios, tales como el acta de inicio, actas de avance de obra –si las hubiere-, acta de recibo final y acta de liquidación del contrato, y comenzar efectivamente los trabajos en las fechas pactadas con el supervisor del contrato. 10) Constituir y mantener vigentes las garantías, durante el término previsto en este Contrato o sus prórrogas y adicionar su valor cuando a ello hubiere lugar. 11) El Contratista garantizará el acceso del Supervisor a toda la información relacionada con el desarrollo y ejecución del Contrato a fin de que éste pueda cumplir a cabalidad sus funciones. 12) Cumplir con todas las demás obligaciones que se deriven de la naturaleza de este Contrato y de la Propuesta.
OCTAVA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: Las obligaciones de EL CONTRATANTE son: 1) Designar al Supervisor del Contrato. 2) Realizar los pagos de acuerdo con lo establecido en el presente Contrato. 3) Suministrar oportunamente al Contratista la información necesaria para el desarrollo del Contrato.
NOVENA.- TERMINACIÓN DEL CONTRATO: Este Contrato terminará por: a) expiración del plazo pactado; b) mutuo acuerdo entre las Partes; c) el incumplimiento de alguna de las Partes de sus obligaciones bajo este Contrato; d) Por aviso dado en cualquier tiempo por cualquiera de las Partes con una anticipación de treinta (30) días calendario a la fecha en que se pretenda hacer efectiva la terminación; e) Las demás causales establecidas en la ley.
DÉCIMA.- NOTIFICACIÓN Y CORRECCIÓN DE SERVICIOS DEFECTUOSOS. La Fundación notificará al Contratista sobre cualquier inconformidad o cualquier incumplimiento con la Documentación, Especificaciones y/o Estándares.
Al recibo de una de tales notificaciones, a elección de y sin costo para la Fundación (incluyendo cualquier costo relevante de transporte o laboral), el Contratista deberá (i) prontamente realizar nuevamente o corregir cualquier trabajo defectuoso; y/o (ii) reembolsar cualquiera y todos los pagos realizados por la Fundación en relación con cualquier trabajo defectuoso. Si el Contratista no realiza oportunamente el trabajo o la corrección, la Fundación podrá realizar o contratar con terceros dicho trabajo, nuevo o corrección, a costo y riesgo exclusivo del Contratista.
DÉCIMA PRIMERA: CONFIDENCIALIDAD: El Contratista se compromete a mantener en reserva, a no revelar, divulgar, reproducir y utilizar para su propio beneficio o de terceros, para cualquier propósito distinto al del presente Contrato, cualquier Información Confidencial de la Fundación; adicionalmente se obliga a mantener en reserva los términos y condiciones del Contrato. La obligación de reserva estará a cargo del Contratista, sus socios, directores, representantes legales, asociados, empleados, contratistas, durante la vigencia del Contrato y durante los dos (2) meses siguientes a la terminación del mismo, salvo que la Fundación por escrito permita la divulgación de la Información Confidencial. El Contratista observará la mayor diligencia para mantener reservada dicha Información.
DÉCIMA SEGUNDA.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Las Partes acuerdan que buscarán resolver amigablemente las diferencias que surgieren del presente Contrato por un término xx xxxx (10) días calendario contado desde que cualquiera de ellas diere noticia a la otra de la existencia de la diferencia. Pasado dicho término sin que las Partes hubieren resuelto la diferencia, las Partes quedan en libertad de acudir a la jurisdicción correspondiente.
DÉCIMA TERCERA.- PENAL PECUNIARIA. Las Partes acuerdan como sanción pecuniaria a cargo de quien incumpla cualquiera de las obligaciones establecidas en este Contrato, el pago de una suma equivalente al veinte por ciento (20%) de su valor. Dicho pago podrá ser deducido directamente por el acreedor de las sumas adeudadas a la Parte incumplida, sin necesidad de requerimiento tendiente a constituirlo en xxxx.
DÉCIMA CUARTA.- SUPERVISIÓN La Supervisión del presente contrato será efectuada por la persona que para tales efectos designe EL CONTRATANTE, lo cual será oportunamente informado al contratista, quien entre otras, desempeñará las siguientes funciones vigilar el cabal cumplimiento de las actividades a efectos de lograr el correcto desarrollo del objeto del contrato, así como suscribir con el Contratista las actas a que haya lugar, especialmente el Acta de Liquidación, otorgando las aprobaciones pertinentes.
DÉCIMA QUINTA.- GARANTÍAS: EL CONTRATISTA dentro de los cinco (5) días siguientes a la firma del presente contrato, se obliga a entregar AL CONTRATANTE garantías indicadas en el encabezado del presente contrato, debidamente expedidas por una compañía de seguros establecida legalmente en Colombia, previamente aceptada por EL CONTRATANTE. Las pólizas deberán acompañarse con el original del recibo de pago de las primas de seguro y cuyo beneficiario deberá ser EL CONTRATANTE.
PARÁGRAFO: GENERALIDADES: A) El pago de las primas respectivas correrá por cuenta de EL CONTRATISTA, así como el de las ampliaciones y ajustes que sea necesario hacer durante el desarrollo de este contrato y no será reembolsable por LA CONTRATANTE, B) EL CONTRATISTA se obliga a ajustar a su costo la cuantía y/o vigencia de las garantías, cada vez que se produzca una modificación en el valor y/o plazo de los términos del presente contrato, una suspensión temporal, o una disminución en el monto asegurado producto del cobro de indemnizaciones, con el fin de mantener las cuantías porcentuales y las vigencias estipuladas. C) A los contratos de seguro o fianzas se entienden incorporadas las estipulaciones del presente contrato y la de los documentos que lo complementen o adicionen
DÉCIMA SEXTA.- DECIMA TERCERA: ELABORACION DE PLANOS RECORD: EL CONTRATISTA entregará una vez sea ejecutada en su totalidad la obra los planos record en CD-Autocad con base en los ajustes enviados por la obra.
XXXXXX XXXXXXX.- VALIDACION DEL DISEÑO: EL CONTRATISTA debe entregar junto con el proyecto definitivo el documento de validación y verificación de su diseño. Esta validación debe ser la “confirmación mediante evidencia objetiva que se han cumplido los requisitos, para una utilización o aplicación específica”. En cumplimiento de la NORMA SC. ISO9001.
DECIMA OCTAVA: ADICION MANUAL: El CONTRATISTA acepta conocer y dará cumplimiento a todos los requerimientos que están establecidos en el MANUAL DE CONTRATISTA Y PROVEEDORES DE SERVICIOS., en materia de salud, seguridad y ambiente, que tenga vigente la Fundación Compartir.
DECIMA NOVENA.- EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL. El Contratista ejecutará el objeto de este Contrato con plena autonomía técnica y administrativa, sin relación de subordinación o dependencia, por lo cual no se generará ningún tipo de vínculo laboral o contractual entre EL Contratante y el Contratista o las personas que éste utilice para el desarrollo del Contrato.
VIGESIMA.- DOMICILIO CONTRACTUAL Y NOTIFICACIONES: para efectos del presente contrato las partes acuerdan que el domicilio contractual será la ciudad de Bogotá D.C. y que cualquier comunicación que surja entre las partes deberá informarse según la siguiente información.
EL CONTRATANTE
Dirección: Xxxxx 00 Xx. 00-00 Xxxxxx
Teléfono: 0000000
EL CONTRATISTA
Dirección:
Teléfono:
VIGESIMA PRIMERA.- SUSPENSIÓN. Las Partes, de común acuerdo, podrán suspender los plazos del Contrato cuando se presenten circunstancias que así lo justifiquen, siempre y cuando con ello no se causen perjuicios ni se originen mayores costos para el Contratante. De la suspensión se dejará constancia en acta suscrita por el Contratista y el Supervisor del Contrato. Para levantar la suspensión se suscribirá igualmente un acta de reanudación del plazo contractual.
VIGESIMA SEGUNDA.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO. Aparte de la Documentación, hacen parte integrante del presente Contrato los siguientes documentos: 1. La propuesta Presentada por el Contratista 2. Las actas, documentación, acuerdos y comunicaciones que se produzcan en desarrollo del objeto del Contrato; 3. Cualquier otro documento señalado en otras cláusulas del Contrato.
VIGESIMA TERCERA. GASTOS E IMPUESTOS. Las Partes convienen que todos los gastos, impuestos o tributos de cualquier naturaleza aplicables en cualquier jurisdicción, inherentes al cumplimiento de los requisitos legales y contractuales necesarios para ejecutar el Contrato, serán de cargo exclusivo de y correrán por cuenta del Contratista.
VIGESIMA CUARTA. PROPIEDAD INTELECTUAL: De conformidad con los artículos 20 y 183 de la Ley 23 de 1982, las Partes acuerdan que los derechos patrimoniales de autor que se deriven del objeto del Contrato, incluidos los diseños y estudios, serán de propiedad exclusiva del Contratante, lo mismo que todos los trabajos y consiguientes resultados en la actividad desarrollada por el Contratista.
El Contratista, en virtud del presente Contrato, transfiere su propiedad (derechos patrimoniales y conexos) al Contratante, incluidos los diseños y estudios, ya que dentro de los valores que se reconocerán al Contratista se han incluido los derechos de propiedad intelectual y material de los mismos. De acuerdo con lo anterior, el Contratista facilitará de manera oportuna las correspondientes firmas y/o extenderá los poderes y/o documentos necesarios para que el Contratante cumpla con las formalidades necesarias para la obtención de registros que declaren los derechos de propiedad intelectual.
VIGESIMA QUINTA.- PERFECCIONAMIENTO Y REQUISITOS DE EJECUCIÓN. Este Contrato se entiende perfeccionado con la suscripción de las Partes. Para su ejecución el Contratista debe haber constituido previamente la Garantía estipulada en el presente Contrato y, junto con el Supervisor, suscribir el Acta de Inicio.
VIGÉSIMA SEXTA.- DECLARACIÓN: las partes intervinientes en el presente contrato declaran: (i) Sus representantes legales cuentan con las facultades suficientes para celebrar el presente contrato. (ii) Que las facultades de los representantes legales que firman el Contrato, no han sido revocadas, modificadas, ni limitadas en forma alguna. (iii) Que no existen reclamaciones, demandas o acciones existentes o, hasta donde es de su conocimiento, potenciales amenazas en su contra que pudieran afectar el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato. (iv) Que su actividad económica registrada corresponde con el objeto del contrato (v) Que no se encuentra en estado de insolvencia, cesación de pagos, ni se han iniciado procedimientos para declararlo en estado de insolvencia. (vi) Que las condiciones del presente contrato han sido discutidas, acordados y negociados de mutuo acuerdo. (vii) Declaro (amos) que en virtud de lo establecido en la Ley 1581 de 2012, reglamentada por el Decreto 1377 de 2013 Autorizo (amos) expresamente a la FUNDACIÓN EMPRESA PRIVADA COMPARTIR, identificada con el Nit. 860.090.032-0, para que capte, conozca, consulte, manipule y transfiera y/o ceda a quien corresponda, los datos personales, que he entregado de manera libre y espontánea, en virtud de la relación comercial que existe actualmente con dicha entidad.
De la misma manera dejo expresa constancia que autorizo a la FUNDACIÓN EMPRESA PRIVADA COMPARTIR para que realice y dé un tratamiento de índole comercial a mis datos personales concerniente a todo lo relacionado a la negociación del presente contrato, así mismo para formar parte de la base de datos de mi autorizado y ser tenido en cuenta para recibir propaganda respecto de futuros proyectos, negocios, demás servicios prestados por mi autorizado y cualquier finalidad legítima que en virtud de la mencionada relación considere necesaria mi autorizado.
En igualdad de condiciones, certifico que la FUNDACION EMPRESA PRIVADA COMPARTIR me ha informado acerca de los derechos y deberes que como titular de mis datos tengo para: entregar y recibir información veraz, completa, exacta, actual, comprobable y comprensible de los mismos, directamente o por interpuesta persona, en razón a los datos que he entregado facultativamente a LA FUNDACION EMPRESA PRIVADA COMPARTIR, para que hagan parte de sus bases de datos; así como para rectificar, actualizar, corregir u oponerme al tratamiento de mis datos personales.
Para constancia se firma en Bogotá, a los ______ (__) días del mes de __________ de 201_, en dos (2) ejemplares del mismo tenor y valor
EL CONTRATANTE EL CONTRATISTA
XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXX
REPRESENTANTE LEGAL REPRESENTANTE LEGAL
Fundación Empresa Privada Compartir C.C.
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SU-00-FM-09 CONTRATO DISEÑO TECNICO V-3