REUNIDOS
CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE LA UNIVERSIDAD XXXXX XX XXXXXXX, XX XXXXXXX Y NOMBRE ENTIDAD, PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS PROFESIONALES INCLUIDAS DENTRO DE LOS PROGRAMAS DE TÍTULOS PROPIOS DE LA UNIVERSIDAD XXXXX XX XXXXXXX, XX XXXXXXX
En Sevilla, a xx de xx de 2021
REUNIDOS
De una parte, el Sr. X. Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Rector Magnífico de la Universidad Xxxxx xx Xxxxxxx, xx Xxxxxxx, en nombre y representación de la citada institución, con domicilio social en Xxxxxxx, Xxxxxxx X000, Xx. 0; que según Resolución Rectoral de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xxxxxx la firma en la Vicepresidencia Ejecutiva de Fundaciones de la Universidad Xxxxx xx Xxxxxxx, la Sra. Dña. Xxxxx Xxxxx de la Xxxx.
Por la Entidad
Y DE OTRA, la/el Sra./Sr. Dña./D. Nombre firmante, Cargo de NOMBRE ENTIDAD, en nombre y representación de la misma y de acuerdo con las atribuciones que tiene conferidas.
Ambas partes se reconocen, en el concepto en que respectivamente intervienen, la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente Convenio de Cooperación Educativa y, en su virtud,
EXPONEN
PRIMERO. - Que es deseo de ambas partes suscribir el presente Convenio de Cooperación Educativa, que tiene por objeto establecer un marco de colaboración entre la Universidad Xxxxx xx Xxxxxxx, xx Xxxxxxx, y NOMBRE ENTIDAD.
SEGUNDO. - Dicha colaboración se concreta en que los estudiantes matriculados en alguno de los Títulos Propios regulados por la Normativa de Formación Permanente de la Universidad Xxxxx xx Xxxxxxx, xx Xxxxxxx, puedan realizar prácticas en NOMBRE ENTIDAD.
Por todo ello, se formaliza el presente Convenio de Cooperación Educativa, de conformidad con las siguientes,
CLÁUSULAS
PRIMERA. - Objeto.
La Universidad Xxxxx xx Xxxxxxx, xx Xxxxxxx, y NOMBRE ENTIDAD, estiman de sumo interés el establecimiento de líneas de cooperación que, a través de sus respectivos
recursos y mediante la realización de prácticas, puedan mejorar la cualificación profesional de los estudiantes que cursen Títulos Propios de la Universidad Xxxxx xx Xxxxxxx, xx Xxxxxxx.
SEGUNDA. - Proyecto Formativo.
La Normativa de Formación Permanente de la Universidad Xxxxx xx Xxxxxxx, xx Xxxxxxx, establece 6 clases de Títulos en los que se estructuran sus Enseñanzas Propias: Título de Máster Propio, Diploma de Especialización, Título de Experto y Certificados, Diploma de Extensión Universitaria y Certificado de Extensión Universitaria. Por cada práctica se suscribirá un Anexo a este Convenio, en el que se consignará el nombre concreto del programa incluido dentro de los Títulos Propios de la Universidad Xxxxx xx Xxxxxxx, xx Xxxxxxx, en el que se enmarcan las prácticas a realizar por el estudiante o la estudiante, así como, en su caso, la edición vigente del Programa de que se trate, en caso de que el mismo haya sido renovado, conforme a los requisitos previstos en la citada Normativa.
Por la Entidad
Así mismo, en el Anexo se recogerán los datos relativos al estudiante o la estudiante, lugar, duración, periodo de realización de las prácticas, fecha de inicio y final, junto con los responsables, tanto en la Universidad Xxxxx xx Xxxxxxx, xx Xxxxxxx, como en NOMBRE ENTIDAD, así como el contenido y las actividades a realizar durante su vigencia. La distribución horaria y el calendario de asistencia del estudiante o la estudiante quedan sujetos al acuerdo entre la Universidad Xxxxx xx Xxxxxxx, xx Xxxxxxx, NOMBRE ENTIDAD y el estudiante o la estudiante, en los términos contemplados en el Programa de que se trate y demás normativa de aplicación.
TERCERA. - Vinculación del Estudiante con la Entidad Colaboradora.
La Universidad Xxxxx xx Xxxxxxx, xx Xxxxxxx, y NOMBRE ENTIDAD no adquirirán otras obligaciones ni compromisos distintos a los que en este documento se establecen. En particular, no derivarán para NOMBRE ENTIDAD obligaciones propias de un contrato laboral o de una relación estatutaria o funcionarial, al carecer de esa condición la relación que se establece, ni obligaciones de Seguridad Social.
En las Prácticas Extracurriculares por las que se perciba una contraprestación económica cualquiera, será de aplicación lo establecido en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, relativo a los términos y condiciones de inclusión en el Régimen de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación.
CUARTA. - Seguimiento del Convenio
La Fundación Universidad Xxxxx xx Xxxxxxx, gestionará el desarrollo del presente Convenio y de cuantas actuaciones se deriven del mismo, bajo la dirección y coordinación del Sr. Rector Magfco. o Sra. Rectora Magfca. de la Universidad Xxxxx xx Xxxxxxx, xx Xxxxxxx o persona en quien delegue. El seguimiento y valoración del Convenio se realizarán conjuntamente con NOMBRE ENTIDAD.
QUINTA. - Modalidades de Prácticas Profesionales.
Las modalidades de prácticas profesionales que, al amparo del presente Convenio, podrán realizar los estudiantes de la Universidad Xxxxx xx Xxxxxxx, xx Xxxxxxx, serán:
a) Prácticas Curriculares, que se configuran como actividades académicas integradas dentro de los Títulos Propios cuya contraprestación será en base a créditos ECTS del plan docente.
b) Prácticas Extracurriculares, que podrán realizar con carácter voluntario, durante su periodo de formación y que, aun teniendo los mismos fines que las prácticas Curriculares, no forman parten del correspondiente Título.
SEXTA. - Destinatarios.
Podrán realizar prácticas profesionales el alumnado de Títulos Propios en función de la modalidad de la misma:
a) Prácticas Curriculares, para los estudiantes matriculados en cualquier Título Propio impartido por la Universidad Xxxxx xx Xxxxxxx, xx Xxxxxxx, que contemple prácticas obligatorias en su programa académico.
Por la Entidad
b) Prácticas Extracurriculares, para los estudiantes matriculados en un Título Propios de 30 créditos ECTS o más.
SÉPTIMA. - Duración y Horario de Realización de las Prácticas.
La duración de las Prácticas Curriculares será la que establezca el Título Propio correspondiente. La memoria académica del programa aprobada por la Comisión de Postgrado deberá recoger el periodo de incorporación y la duración de las mismas. La duración de las Prácticas Profesionales Extracurriculares tendrá una duración, preferentemente, no superior al cincuenta por ciento del curso académico, siempre procurando el aseguramiento del correcto desarrollo y seguimiento de las actividades académicas del estudiante.
Los horarios de realización de las prácticas se establecerán de acuerdo con las características de las mismas y las disponibilidades de la entidad colaboradora. Los horarios, en todo caso, se procurarán que sean compatibles con la actividad académica, formativa y de representación y participación desarrollada por el estudiante en la Universidad. Como norma general, el horario será de 25 horas semanales. De forma excepcional, se podrán realizar 40 horas semanales; aquellos estudiantes que acepten una beca de más de 25 horas semanales, deberán entregar una Declaración Jurada en la que se haga constar que acepta el horario propuesto por la entidad, siendo compatible con sus obligaciones académicas.
OCTAVA. - Tutor Académico de la Universidad y Tutor de la Entidad Colaboradora.
La Dirección Académica de cada Título Propio de la Universidad Xxxxx xx Xxxxxxx, xx Xxxxxxx, en que esté matriculado el estudiante o la estudiante que realice las prácticas, nombrará un tutor o tutora que se encargará de supervisar y evaluar las prácticas, mediante un informe que emitirá a su finalización. Igualmente, se
nombrará un tutor o tutora por parte de NOMBRE ENTIDAD que programará la actividad de los estudiantes. Asimismo, aportará los conocimientos prácticos necesarios para enriquecer la formación de éstos.
NOVENA. - Deberes de la Entidad Colaboradora.
NOMBRE ENTIDAD se compromete a:
a) Facilitar al estudiante el uso de los medios materiales existentes en sus instalaciones necesarias para el desarrollo de las prácticas, atendiendo especialmente a las necesidades de los estudiantes con discapacidad.
b) Informar al estudiante de la normativa de seguridad y prevención de riesgos laborales.
c) Nombrar a un tutor para el seguimiento de las prácticas del estudiante.
d) Emitir los informes preceptivos relativos a las prácticas desarrolladas.
Por la Entidad
e) Permitir al tutor o tutora académico de la Universidad el acceso a los locales donde el estudiante o la estudiante esté realizando las prácticas, en compañía de la persona designada por NOMBRE ENTIDAD, en virtud de la normativa aplicable.
f) Exclusivamente, para las Prácticas Externas Extracurriculares, abonar al estudiante, en concepto de bolsa o ayuda, una cantidad que, en ningún caso, será inferior a 300 euros mensuales, y que quedará determinada en el Anexo I de este Convenio.
DÉCIMA. - Deberes del Estudiante.
El estudiante deberá:
a) Cumplir el Proyecto Formativo de las prácticas siguiendo las indicaciones del tutor asignado por la entidad colaboradora.
b) Incorporarse a la entidad colaboradora en la fecha acordada, cumplir los horarios, y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales de la empresa.
c) Xxxxxxx confidencialidad en relación con la información interna de la entidad colaboradora y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y una vez finalizada la misma.
d) Cumplir cuantas obligaciones se establezcan en el Anexo I a este Convenio y en la normativa aplicable.
UNDÉCIMA. - Canon de Gestión de Prácticas.
Exclusivamente, para las Prácticas Extracurriculares, NOMBRE ENTIDAD, abonará a la Fundación Universidad Xxxxx xx Xxxxxxx, un canon económico de gestión y administración de las prácticas de 45 € más I.V.A., por estudiante y mes. El pago se realizará mediante domiciliación en la cuenta bancaria de la entidad.
DUODÉCIMA. - Cobertura de Seguros.
Los estudiantes que realicen Prácticas Curriculares estarán cubiertos por un Seguro de Responsabilidad Civil y Accidentes que correrá a cargo del Título Propio.
Para el alumnado de Prácticas Extracurriculares, el seguro de responsabilidad civil y accidentes estará a cargo de la Fundación Universidad Xxxxx xx Xxxxxxx.
A todos los estudiantes se les hará entrega de las condiciones del seguro previamente a su incorporación en la entidad junto con el Anexo I a este Convenio.
DECIMOTERCERA. - Protección de Datos.
Por la Entidad
Las partes intervinientes se comprometen a tratar los datos de carácter personal recogidos en este convenio, así como aquellos a los que puedan tener acceso en desarrollo de la finalidad contemplada en el mismo, de acuerdo con las previsiones del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos). Entre otras obligaciones, se comprometen a no hacer uso de los mismos para finalidades distintas de las convenidas, y a no difundir ni ceder los datos a terceros, salvo para el cumplimiento de las obligaciones legales que sean de aplicación.
Los titulares de los datos de carácter personal pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de tus datos, cuando procedan. Para ello, pueden dirigir su solicitud a las direcciones señaladas en este convenio por cada una de las partes, o contactar con los respectivos delegados de protección de datos o responsables de seguridad de los datos, en su caso, a través de los cauces que cada parte tenga establecidos.
Asimismo, las partes intervinientes se comprometen a adoptar las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que estén expuestos, y a cumplir sus correspondientes políticas de privacidad.
DECIMOCUARTA. - Duración del Convenio.
El presente Xxxxxxxx tendrá validez desde la fecha de su firma, y tendrá una duración mínima de un año, prorrogándose tácitamente por periodos anuales, hasta un máximo de cuatro años si no existiese denuncia previa de cualquiera de las partes con una antelación de seis meses a su finalización.
Ello, no obstante, en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, las partes firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción, tal y como
establece el art. 49.h) de la Ley 40/15 de 1 de octubre del Régimen Jurídico del Sector Público.
DECIMOQUINTA. - Validez del Convenio
La eficacia de este Convenio de Cooperación Educativa se supedita a su ratificación por el Consejo de Gobierno de la Universidad Xxxxx xx Xxxxxxx, xx Xxxxxxx.
DECIMOSEXTA. - Naturaleza del Convenio.
El presente Xxxxxxxx tiene naturaleza administrativa y se regirá, en su interpretación y desarrollo por el Ordenamiento Jurídico Administrativo, con especial sumisión de las partes a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa xx Xxxxxxx.
Y, en testimonio de conformidad con lo expresado, se firma, por duplicado ejemplar y a un solo efecto, el presente Convenio de Cooperación Educativa, en el lugar y fecha arriba indicados.
POR LA UNIVERSIDAD XXXXX XX XXXXXXX, XX XXXXXXX | POR NOMBRE ENTIDAD |
Fdo.: Xxxxx Xxxxx de la Xxxx | Fdo.: Nombre del Firmante |