POR EL SINDICATO CC.OO.
POR EL SINDICATO CC.OO.
X. XXXXXXX XXXXX XXXXXXX POR EL SINDICATO U.G.T.
D. XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX
En la ciudad xx Xxxxxx, en los locales de la Federación de Asociaciones de la Construcción de la provincia xx Xxxxxx, sitos en la Xxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxx x 0, 0x, siendo las 13,30 horas del día tres de diciembre de dos mil diez, se reúne la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Trabajo en la Industria de la actividad de Derivados del Cemento de la Provincia xx Xxxxxx, compuesta por las personas arriba reseñadas, que comparecen en su calidad de representantes de la ASOCIACIÓN PROVINCIAL DE DERIVADOS DEL CEMENTO y de los trabajadores representados por MCA-UGT y FECOMA-CC.OO, actuando en funciones de Secretario D. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx.
Abierta la sesión, ambas partes se reconocen representatividad y legitimación suficientes para que los acuerdos que se adopten tengan eficacia general dentro del ámbito de aplicación del Convenio. Con ese objeto, declaran válidamente constituida la comisión paritaria y adoptan por unanimidad los siguientes acuerdos:
1º.- Aprobar el calendario provincial para el año 2011, a cuyo efecto se da una nueva redacción del artículo 21 del Convenio Provincial: ARTÍCULO 21º.- CALENDARIO PROVINCIAL
La distribución de la jornada, que se realizará en el seno de cada empresa, se efectuará teniendo en cuenta lo establecido en los artículos 37 y 38 del Convenio General.
Para todos aquellos centros de trabajo en los que no se elabore un calendario propio, durante el año 2011 a los efectos de alcanzar en cómputo anual la jornada efectiva pactada, se considerarán festivos los días 7 de enero, 25 xx xxxxx, 12 xx xxxxxx, 31 de octubre, 5 de diciembre, 7 de diciembre, 9 de diciembre, 23 de diciembre y 30 de diciembre.
Este calendario ha sido elaborado partiendo de un cómputo anual de 1.736 horas de trabajo efectivo en jornada partida y de 1.733 horas en jornada continuada, distribuidas semanalmente en 40 y 39 horas, respectivamente, computadas de lunes a viernes.
Aquellas empresas que opten por la aplicación de la distribución irregular de jornada en los términos establecidos en el IV Convenio General o de aquellas otras empresas cuya jornada no sea de 39 ó 40 horas de trabajo efectivo semanal deberán confeccionar un calendario que se ajuste a la jornada anual pactada en este Convenio.
No obstante, por las especiales características del sector y las necesidades de suministro de piezas y hormigón a empresas en las que pueda no resultar de aplicación este calendario, y a los efectos de garantizar el mantenimiento de las instalaciones y equipos y el referido suministro, se faculta a la empresa para que excepcionalmente, y previa comunicación a los trabajadores afectados pueda sustituir los días antes referenciados como festivos , salvo los días de fiestas locales, por otros fijados de común acuerdo. En todo caso, esta posibilidad no podrá afectar a más de un 20% de la plantilla de la empresa.
2º.- Remitir la presente acta y sus anexos junto con la demás documentación requerida por el Real Decreto 1040/1981, de 22 xx xxxx, al Servicio Provincial xx Xxxxxx del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo de la Diputación General xx Xxxxxx, para su registro, depósito y remisión al Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de su publicación, conforme prevé el vigente artículo 23 del Convenio Provincial siendo autorizado para ello por unanimidad D.
Y no habiendo más asuntos a tratar se levanta la reunión, siendo las 13,45 horas del día expresado, firmando la presente acta en prueba de conformidad todos los presentes.- Representación Empresarial.- Varias firmas ilegibles.- Representación de los trabajadores.- Varias firmas ilegibles.
Administración del Estado
MINISTERIOS
MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN SECRETARIA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION PROVINCIAL XX XXXXXX
SUBDIRECCIÓN PROVINCIAL DE GESTIÓN RECAUDATORIA
NOTIFICACIÓN DE RECLAMACIONES DE DEUDA
7836
El Jefe de la Unidad competente de la Tesorería General de la Seguridad Social, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27/11/92), a los sujetos responsables del pago de deudas comprendidos en la relación, de documentos que se acompaña, epigrafiados de acuerdo con el Régimen de la Seguridad Social en el que se encuentran inscritos, ante la imposibilidad por ausencia, ignorado paradero o rehusado, de comunicarles las reclamaciones por descubiertos de cuotas a la Seguridad Social, emitidos contra ellos, se les hace saber que, en aplicación de lo previsto en el artículo 30.3 de la Ley General de la Seguridad Social, de 20 xx xxxxx de 1994 (B.O.E. 29/06/94), según la redacción dada al mismo por el artículo 5. seis de la ley 52/2003, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social (B.O.E. 11/ 12/03), en los plazos indicados a continuación, desde la presente notificación, podrán acreditar ante la Administración correspondiente de la Seguridad Social, que han ingresado las cuotas reclamadas mediante los documentos tipo 2 y 3 (Reclamaciones de deuda sin y con presentación de documentos), 9 (Reclamación acumu- lada de deuda) y 10 (Reclamación de deuda por derivación de responsabilidad):
a) Notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, desde aquélla hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, en su caso
b) Notificación entre los días 16 y el último de cada mes, desde aquélla hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, en su caso.
Respecto de las cuotas y otros recursos reclamados mediante documentos tipo 1 (Actas de liquidación), 4 (Reclamaciones de deuda por infracción), 6 (Reclama- ciones de otros recursos) y 8 (Reclamaciones por prestaciones indebidas), en aplicación de lo establecido en el artículo 31 de la Ley General de la Seguridad Social y 55.2, 66 y 74 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (R.D. 1415/2004 de 11 xx xxxxx, B.O.E. 25/06/04), los sujetos responsables podrán acreditar que han ingresado la deuda reclamada hasta el último día hábil del mes siguiente a la presente notificación.
Se previene de que, en caso de no obrar así, se iniciará el procedimiento de apremio, mediante la emisión de la providencia de apremio, con aplicación de los recargos previstos en el artículo 27 de la mencionada ley y el artículo 10 de dicho Reglamento General.
Contra el presente acto, y dentro del plazo de UN MES a contar desde el día siguiente a su publicación, podrá interponerse recurso de alzada ante la Administra- ción correspondiente; transcurridos tres meses desde su interposición si no ha sido resuelto, podrá entenderse desestimado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27/11/92), que no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que se garantice el importe de la deuda reclamada conforme a lo dispuesto en el artículo 46 del citado Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.
DIRECCIÓN PROVINCIAL: 22 HUESCA
REG. | T./IDENTIF. | RAZON SOCIAL/NOMBRE | DIRECCIÓN | C.P. POBLACIÓN | TD NUM.PROV.RECLAMACIÓN | PERIODO | IMPORTE |
REGIMEN 01 REGIMEN GENERAL | |||||||
111 | 10 22100973686 | FRATASADOS XX XXXX XXXXX XX | XX XXXXXX X (XXXXXXX | 00000 BELVER DE CI | 02 22 2010 012981683 | 0710 0710 | 2.157,90 |
111 | 10 22101295507 | XXXXXXXXX XXXXXXX, X.X. | XX XXX-XX XX. 000 XX | 00000 XXXXX | 02 22 2010 012983808 | 0710 0710 | 2.895,70 |
111 | 10 22101952982 | STAR-MOTOR, S.L. | XX XXX XXXXXX 0 | 00000 XXXXX | 02 22 2010 012990474 | 0710 0710 | 1.400,56 |
111 | 10 22102313502 | OROEL JARDIN, S.L. | XX XXXXXX XX XXXXX, | 00000 SABI ANIGO | 03 22 2010 012683714 | 0208 0208 | 320,8 |
111 | 10 22102355332 | XXXXXXX XXXXXX XXXXXX, X.X. | XX XXXXXX 0 | 00000 XXXXXX | 02 22 2010 012998154 | 0410 0410 | 17,77 |
111 | 10 22102368971 | XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX | XX XXXXX-XXXXXX XX. | 00000 XXXXX | 02 22 2010 012999164 | 0710 0710 | 510,79 |
REG. | T./IDENTIF. | RAZON SOCIAL/NOMBRE | DIRECCIÓN | C.P. POBLACIÓN | TD NUM.PROV.RECLAMACIÓN | PERIODO | IMPORTE |
111 | 10 22102612279 | XXXXX XXXX XXXXXXX XXXXX | XX XXXXXX 0 | 00000 XXXXX | 02 22 2010 013003511 | 0710 0710 | 126,71 |
111 | 10 22102741211 | XXXXXXXX XXXX XXXXXXX | XX XXXXXxX 0 | 00000 XXXXXXXXX | 03 22 2010 012691895 | 0108 0108 | 29,81 |
111 | 10 22102783748 | CARPINTERIA AREñAS, S.L. | XX XXXXXXX 00 | 00000 XXXX | 03 22 2010 012692303 | 0708 0708 | 46,52 |
111 | 10 22102951173 | XXXX XXXXXXX XXX XXXXX | XX XXXXXX 00 | 00000 SARI ENA | 02 22 2010 013011995 | 0710 0710 | 895,32 |
Huesca, a 14 de diciembre de 2010.-La subdirectora provincial, Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx.
NOTIFICACIÓN DE PROVIDENCIAS DE APREMIO
7837
El Jefe de la Unidad competente de la Tesorería General de la Seguridad Social, respecto de los sujetos responsables que figuran en la relación adjunta, por deudas a la Seguridad Social cuya cuantía total asciende a la cantidad que asimismo se indica en la citada relación, ha dictado la siguiente
PROVIDENCIA DE APREMIO: En uso de la facultad que me confiere el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 xx xxxxx (B.O.E. 29-6-94) y el artículo 84 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 xx xxxxx (B.O.E. 25-06-04), ordeno la ejecución contra el patrimonio del deudor.
Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio del deudor, procede practicar la notificación de la providencia de apremio, conforme prevé el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, mediante la publicación del presente anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio conocido del deudor y en el Boletín Oficial correspondiente.
La presente notificación se publica con el fin de requerir al deudor para que efectúe el pago de la deuda en el plazo de QUINCE DÍAS naturales siguientes a la presente publicación ante la correspondiente Unidad de Recaudación Ejecutiva, con la advertencia de que en caso contrario se procederá al embargo de los bienes del deudor en cantidad bastante para el pago de la deuda por principal, recargo, intereses en su caso, y costas del procedimiento de apremio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 84 del citado Reglamento General de Recaudación.
Contra el presente acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Administración correspondiente dentro del plazo de 1 mes a partir del día siguiente a su notificación, por alguna de las causas señaladas en el artículo 34.3 de la Ley General de la Seguridad Social citada anteriormente, debidamente justificadas, suspendiéndose el procedimiento de apremio hasta la resolución del recurso.
Dichas causas son: pago; prescripción; error material o aritmético en la determinación de la deuda; condonación, aplazamiento de la deuda o suspensión del procedimiento; falta de notificación de la reclamación de la deuda, cuando esta proceda, del acta de liquidación o de las resoluciones que las mismas o las autoliquidaciones de cuotas originen.
Transcurridos 3 meses desde la interposición de recurso de alzada sin que se haya resuelto, podrá entenderse desestimado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 115 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27/11/ 92).
DIRECCIÓN PROVINCIAL: 22 HUESCA
REG. | T./IDENTIF. | RAZON SOCIAL/NOMBRE | DIRECCIÓN | C.P. POBLACIÓN | TD NUM.PROV.APREMIO | PERIODO | IMPORTE |
REGIMEN 521 | 05 R.E. TRABAJADORES CTA 07 221009462767 | . PROP. O AUTONOMOS XXXXXXXX — FANICA | XX XXXXX X XXXXX 00 | 00000 XXXXXX | 03 22 2010 011902660 | 0510 0510 | 368,71 |
DIRECCIÓN PROVINCIAL: 21 HUELVA | |||||||
REG. | T./IDENTIF. | RAZON SOCIAL/NOMBRE | DIRECCIÓN | C.P. POBLACIÓN | TD NUM.PROV.APREMIO | PERIODO | IMPORTE |
REGIMEN 06 R. ESPECIALAGRARIO CUENTAAJENA | |||||||
611 | 07 041026692792 | XXXXXXXXX — XXXXX | XX XXXXXX 00 | 00000 XXXXXX | 03 21 2010 026991580 | 0410 0410 | 35,46 |
Huesca a 14 de diciembre de 2010.-La subdirectora provincial, Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx.
Administración de Justicia
N.I.G.: 22125 41 1 2010 0003287.
JUZGADOS
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
NÚMERO UNO HUESCA
7822
Procedimiento: DECLARACIÓN DE HEREDEROS 625 /2010. Sobre OTRAS MATERIAS.
Xx Xx. XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX
Procuradora Xxx. XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXX. Abogada Xxx. XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXX.
EDICTO
Xx XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX, SECRETARIA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N° 1 XX XXXXXX.
Hago saber que en este Juzgado con el número 625/2010 a instancia de Da XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX se sigue expediente de declaración de herederos abintestato por el fallecimiento sin testar de Xx XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX en el que se ha acordado por resolución de esta fecha llamar a los que se crean con derecho a su herencia para que comparezcan en el Juzgado a reclamarla dentro de treinta días a contar desde la publicación de este edicto, acreditando su grado de parentesco con el causante.
Dado en Huesca, a veinte de octubre de 2010.- El/la secretario (ilegible).
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
NÚMERO CUATRO HUESCA
7821
N.I.G.: 22125 41 1 2010 0001097.
Procedimiento: DECLARACIÓN DE HEREDEROS 181 /2010. Sobre OTRAS MATERIAS.