ACUERDO MUTUO DE ARBITRAJE
Acuerdo Mutuo de Arbitraje ( "Acuerdo") es, con el fin de solucionar las reclamaciones por medio de arbitraje y es mutuamente vinculante para ambas partes tanto como para mi y mi empleador, incluyendo a Mambo Management, LP y todas las entidades que se relacionan con Mambo-Related y todos sus restaurantes por los que yo trabajo ó he trabajado alguna vez, que se define como cualquier entidad poseida, controlada, ó bajo la dirección de cualquier manera ó bajo cualquier medida de Mambo Management LP, incluyendo, pero no limitado a, cualquier entidad ó restaurante, dirigido, a cualquier medida, por cualquier empleado de Mambo Management, LP (colectivamente, "la Compañía"). El próximo párrafo contiene los términos y condiciones del acuerdo vinculante del cual estoy de acuerdo en su totalidad.
Introducción:
Estoy de acuerdo en someter a arbitraje y resolver cualquier y todas las disputas laborales entre la empresa y las entidades afiliadas y yo. Entiendo que la consideración de este Acuerdo es mi empleo, ó la continuidad de empleo, con la Compañía y de los diferentes beneficios que van junto con el empleo de la Compañía, incluyendo las promesas y compromiso propio hecho en el presente Acuerdo. Entiendo que el propósito de este Acuerdo es facilitar tanto a la Sociedad como a mí mismo una forma en que las reclamaciones ó disputas legales puedan ser resueltas mediante arbitraje vinculante en lugar de litigio, en reconocimiento del hecho de que la resolución de las diferencias en los tribunales rara vez es eficaz en cuestión de tiempo ó costo para cualquiera de las partes. La Compañía y yo entramos en este Acuerdo, de establecer y obtener los beneficios de una rápida, imparcial y eficaz en función de los costos de la disputa a soluciónes para con el procedimiento. Entiendo que el arbitraje es con el fin de resolver los conflictos legales entre la empresa y yo. Como tal, las acciones colectivas (incluso un Acto de Estándares de Trabajo Justo (“FLSA”) acción colectiva) no son permisibles según este Acuerdo, a menos que sea acordado por mí y la Empresa por escrito.
Estoy de acuerdo en que, en la presentación y resolución de cualquier conflicto, en cualquier foro, entre mi persona y la Compañía, así como contra otros empleados de la Compañía, tanto como propietarios, directores ó funcionarios, que renuncian expresamente al derecho a participar en cualquier clase ó acción colectiva y, más bien, aceptar expresamente que voy a resolver cualquier disputa ó reclamo en una sola acción sólo entre la Compañía y yo y / u otros empleados de la Compañía, propietarios, directores ó funcionarios. En consecuencia, no hare parte como representante de acción de clase ó colectiva, ni voy a participar, solicitar ó aceptar participar, activa ó pasivamente, ó participar en cualquier capacidad, en cualquier clase ó acción colectiva, no importa cuán pequeño ó menor, de un demandante ó grupo de demandantes, en contra de la Sociedad y / ó de otros empleados de la Compañía, tanto como propietarios, directores ó funcionarios.
Disputas Cubiertas:
Cualquier asunto cubierto por este Acuerdo ó sobre la legalidad ó la interpretación de este Acuerdo será escuchado y decidido bajo las disposiciones y la autoridad de la Ley Federal de Arbitraje, 9 U.S.C. § 1 según corresponda. Con objetivos de este Acuerdo, una disputa relacionada con el empleo incluye, pero no está limitado a, todos los conflictos, incluso reclamaciones del derecho consuetudinario y estatutarias, ya sea en virtud de las leyes estatales, federales ó locales, incluyendo, pero no limitado a, las teorías derivadas del incumplimiento de contrato implícito ó explícito, el pacto implícito de buena fe y trato justo, despido constructivo, despido injustificado, negligencia, negligencia grave, difamación, detención ilegal, las represalias de compensación al trabajador, imposición intencional de angustia emocional, la falsificación (tergiversación), lesiones personales, demandas derivadas de actividades relacionadas con el trabajo, inseguridad laboral, discriminación ilegítima, represalias y el acoso, acoso sexual, violaciones del
Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964, en su forma enmendada Ley de discriminación por edad en el Empleo (ADEA), Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA), Familia y Acto del Permiso Médico (FMLA), Acto de Estándares de Trabajo Justo, (FLSA) , denuncia de irregularidades, despidos injustificados, en violación de las políticas públicas, y la difamación. Reconozco que cualquier conflicto laboral, que directa ó indirectamente afecten a mi Compañía estará sujeto a arbitraje obligatorio, incluidos los litigios en contra de los supervisores y gerentes que involucren mi empleo. No obstante, el uno ó el otro partido(parte) puede buscar medidas cautelares temporales a través de un tribunal de jurisdicción competente, en espera de la resolución definitiva del litigio en el arbitraje.
En caso de que ejecute un acuerdo escrito separado con la Compañía para regir cualquier aspecto particular de mi relación de trabajo, que incluye pero no se limita a los acuerdos de confidencialidad ó de no competencia, Estoy de acuerdo que, en la medida de cualquier conflicto con este Acuerdo, prevalecerán los términos expresos con respecto a la solución de controversias contenidas en los acuerdos individuales escritos prevalecerán.
También reconozco que por medio de este Acuerdo se aplican a todas las disputas laborales, independientemente del momento en que surjan, incluyendo las disputas que surjan ó se afirmen después de dejar la empresa. Consecuentemente, tengo entendido que este Acuerdo se aplica a cualquier disputa que se produja antes ٕó después de que yo firme este acuerdo.
Bajo este Acuerdo, entiendo que el arbitraje puede otorgar remedio, ó alivio del cual el arbitraje considere justo y equitativo, incluyendo cualquier remedio ó alivio de que hubiera estado a disposición mía ó la Compañía, si el asunto ha sido escuchado en la corte. Esta autoridad incluye el derecho a la indemnización compensatoria y daños punitivos, honorarios de abogados, costos, y demás recursos en la medida de que esos recursos estarían disponibles bajo la ley aplicable en los tribunales. Además, reconozco que mientras y bajo este Acuerdo, que no podre presentar una demanda judicial para resolver una disputa en contra de la Compañía, que puede presentar una queja ante un estado federal, ó de otra agencia gubernamental administrativa en materia de derechos protegidos por la ley. Para reclamos cubiertos por el presente Acuerdo, el arbitraje es un recurso exclusivo de las partes.
Procedimiento Arbitral:
Para propósito del presente Acuerdo, el arbitraje se llevará a cabo ante un árbitro neutral acordado por las Partes, independiente de cualquier organización; dicho arbitraje se realizará bajo la Asociación Americana de Arbitraje ("AAA") Normas Nacionales para la Resolución de Disputas de Empleo, a menos que las Partes acuerden utilizar otras normas ó procedimientos. Si las Partes no pueden ponerse de acuerdo sobre un árbitro neutral por cualquier motivo, entonces, las Partes se pondrán de acuerdo sobre una organización neutral (AAA, Resolución Alternativa de Conflictos, ó del Foro Nacional de Arbitraje) para asegurar el compromiso de los Partidos a la encuadernación y el arbitraje final de sus disputas de empleo se cumpla; dicho arbitraje se debe conducir según las reglas de esa organización neutral, al menos que las Partes se comprometan a utilizar otras normas ó procedimientos. Las Partes en virtud del presente Acuerdo tendrán pleno derecho a la representación legal en el proceso de arbitraje.
Descubrimiento:
Las partes tendrán derecho a participar en el descubrimiento de la forma de solicitud de documentos, interrogatorios, solicitud de admisión, exámenes físicos y / ó exanimaciones mentales y declaraciones, sin embargo, cada Parte se limitaría a tres deposiciones hasta un total de 30 descubrimientos ó peticiones de cualquier tipo, incluidas las partes sub, excepto por mutuo acuerdo por las Partes. Exámenes físicos y mentales deben justificarse bajo los estándares establecidos por el gobierno Federal ó las reglas de Procedimiento Civil de Texas. Una declaración de un representante de las empresas se limitará a un
máximo de cuatro materias designadas. En una fecha de mutuo acuerdo, las partes intercambiarán listas de expertos que testificarán en el arbitraje. Cada una de las partes podrá destituir al otro lado de los expertos, y obtener los documentos que examinó y confiar en ellos, y estas declaraciones no se le cobrará al límite agregado de las partes sobre las solicitudes de descubrimiento ó el límite tres disposiciones. Cualquier disputa con respecto al descubrimiento serán resueltos por el árbitro, con una presunción en contra de aumentar el límite global de las solicitudes, peticiones de búsqueda adicionales sólo se concederarán con previa demostración de una buena causa.
Honorarios y Gastos de Arbitraje:
Cada Parte pagará por su propio abogado en el evento de que alguna de las Partes desee ser representado por un abogado. Para garantizar la neutralidad del arbitraje, las partes compartirán por igual todos los honorarios y gastos del arbitraje una vez que el otorgamiento sea definitivo en la medida prevista a continuación. Sin embargo, ninguna demanda hecha por ó a través de un empleado ó solicitante será requerido a avanzar más de $150 en costos de arbitraje antes de un otorgamiento ó se tomara una decisión, la Compañía avanzará cualquier importe adeudado antes de que el arbitraje comience. Cada parte deberá pagar sus propios gastos y los honorarios de sus abogados. Gastos pendientes de pago de arbitraje se descontará de cualquier indemnización por daños sin tener en cuenta cuál de las partes prevalece. Sin embargo, el árbitro puede, a su discreción, pero sólo en la medida permitida por la ley aplicable, permitir que la Parte predominante de recuperar gastos y honorarios de abogados, sin tener esa cantidad de compensación.
En circunstancias excepcionales de incapacidad demostrada para pagar ("indigencia") por su participación en el arbitraje, una organización neutral (AAA, Resolución Alternativa de Conflictos, ó del Foro Nacional de Arbitraje), los honorarios y los costos, el árbitro podrá requerir que la Compañía avance todos los gastos del arbitraje. Ninguna renuncia de costos de arbitraje se decretará a menos que el solicitante cumpla con las normas de el Artículo 28 Sección 1915, del Congreso de los Estados Unidos, además de la sumisión en tiempo oportuno de una solicitud por escrito al árbitro para la ayuda, incluso la clasificación de un afidávit de indigencia con la documentación que establece una inhabilidad de pagar y una inhabilidad de obtener la representación después de que el demandante haga un esfuerzo de buena fe. Todos tales avances de indigencia por la Compañía se deben compensar contra cualquier otorgamiento al indigente.
Diversos:
Este Acuerdo del Arbitraje incluye todos los decretos anteriores, declaraciones (afirmaciones) y admisión que se relaciona con intención de los Partidos (Partes) y acuerdo de arbitrar todas las disputas laborales. Si cualquiera de estos términos ó cláusulas precedentes de este Acuerdo se determina que es en violación de cualquier xxx, xxxxx ó reglamento, ó inaplicable, dicha determinación no afectará a ninguno de los restantes términos ó cláusulas de este Convenio. Todas las demás cláusulas permanecerán en pleno vigor y efecto. En el caso de que cualquier disposición de este Acuerdo finalmente se determine que sea no conforme a las leyes, se sustituirán por una disposición de contenido similar que refleje la intención original de las partes a resolver sus controversias mediante arbitraje vinculante. El presente Acuerdo perdurara mi empleo y sólo puede ser revocado ó modificado por un escrito firmado por las Partes. El presente Acuerdo no modifica la relación de empleo a voluntad entre la Compañía y yo.