CONTRATO DE MEDIACIÓN MERCANTIL
Tiens México
Tiens Health Products S de RL de CV
CONTRATO DE MEDIACIÓN MERCANTIL
DE DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE
SI LOS DATOS SEÑALADOS EN LOS CUADROS GRISES NO ESTÁN COMPLETOS NO SE PODRÁ REALIZAR EL PAGO DE MEDIACIÓN (BONO)
Declaro bajo juramento que todos los datos y expresiones manifestadas en el presente contrato
CÓDIGO DE DISTRIBUIDOR
son ciertas, se ajustan a la verdad y confirmo mi compromiso con el contenido del mismo:
Datos Personales
Nota: Llene con letra de molde todos los espacios.
APELLIDO PATERNO
APELLIDO MATERNO
NOMBRE (S) O RAZÓN SOCIAL
DIRECCIÓN (CALLE Y NÚMERO) COLONIA
DELEGACIÓN / MUNICIPIO / DEPARTAMENTO
ESTADO / CIUDAD / POBLACIÓN
CÓDIGO POSTAL PAÍS
CURP
FECHA DE NACIMIENTO
DÍA MES AÑO
RFC
NACIONALIDAD
E-MAIL TELÉFONO CASA (FIJO)
TELÉFONO / CELULAR
TIPO DE CUENTA:
Datos Bancarios
HORARIO P/ COMUNICARSE
ESTADO CIVIL:
XXXXXXX(A) CASADO(A) N° HIJOS
AHORRO DÉBITO No. DE CUENTA $.
BANCO XXXXXXXX Y DOMICILIO CUENTA SWIFT
Datos Patrocinador/ Colocador
CLABE INTERBANCARIA (18 DÍGITOS) INDISPENSABLE PARA PAGO DE BONOS
APELLIDO Y NOMBRE DEL PATROCINADOR DIRECTO
CÓDIGO DEL PATROCINADOR DIRECTO FIRMA
APELLIDO Y NOMBRE DEL COLOCADOR
CÓDIGO DEL COLOCADOR
A: Tiens Health Products S de XX xx XX
Xxxx Xxxxxxxxxxx 00, Xxx. Xxxxxxx. Xxxxxx X.X. X.X. 00000 R.F.C: THP060620NM1
Xxxxxxxx, A quien Corresponda:
Conforme al contrato de mediación mercantil (Actualización 27/08/2016), por la presente comunico y ratifico a TIENS HEALTH PRODUCTS S DE RL DE CV que estaré en el régimen fiscal siguiente:
Asimilados a Salarios Régimen de Incorporación fiscal Actividades empresariales o profesionales Pagaré directamente impuestos en mi país origen
Si me aceptan como nuevo Distribuidor, acepto que: la presente tiene por objeto solicitar el reconocimiento de la calidad de Distribuidor Independiente de los productos TIENS HEALTH PRODUCTS, obligándome (nos) a respetar y cumplir cada punto de los principios éticos, normas y reglamentos de TIENS HEALTH PRODUCTS, los mismos que declaro conocer. Así mismo declaro lo siguiente:
CONTRATO DE MEDIACIÓN MERCANTIL QUE CELEBRAN POR UNA PARTE “TIENS HEALTH PRODUCTS S. DE R.L. DE C.V.” A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA EFECTOS DE INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO, SE LE DENOMINARÁ COMO “LA VENDEDORA”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR QUIEN SUSCRIBE Y POR LA OTRA PARTE POR SU PROPIO DERECHO EL REGISTRADO (A) EN LA PARTE SUPERIOR DE ESTE DOCUMENTO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL “DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE” O “DI” AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES
“LA VENDEDORA”
1. Declara LA VENDEDORA ser una sociedad mercantil constituída y organizada de acuerdo con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos.
2. Su Representante cuenta con las facultades necesarias para obligarla en los términos de éste contrato, mismas que no le han sido revocadas o limitadas en forma alguna a la firma del presente.
3. Que su domicilio es el ubicado en Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxxx 00, xxxxxxx Xxxxxxx, Código Postal 00000, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx.
4. Que está inscrito ante el Registro Federal de Contribuyentes con clave THP060620NM1
5. Que dentro de su objeto social, se encuentra la comercialización, importación y exportación de los productos que se encuentran descritos en su catálogo de productos, en lo sucesivo “LOS PRODUCTOS”.
6. Que cuenta con los elementos técnicos, materiales, así como con los conocimientos necesarios para la comercialización de LOS PRODUCTOS.
7. Que ha pactado libremente con el “DI”, los lineamientos comerciales denominados “Reglas de Conducta y Reglamento del Distribuidor Independiente TIENS”, así como el “Manual de Negocio Independiente” y las políticas y procedimientos comerciales que como Distribuidor Independiente el “DI” deberá seguir los cuales forman parte del presente contrato como “Anexo 1”.
. Por su parte “LA VENDEDORA” declara que en cualquier momento podrá sin responsabilidad alguna, modificar los lineamientos comerciales denominados “Reglas de Conducta y Reglamento del Distribuidor Independiente TIENS”, así como el “Manual de Negocio Independiente” y las políticas y procedimientos comerciales, con la única obligación de notificarle al “DI” dichas modificaciones.
“DI”
1. Declara por su propio derecho, ser mayor de edad y contar con la capacidad jurídica para celebrar el presente contrato de Mediación Mercantil.
2. Señala como su domicilio para efectos del presente contrato, el que se menciona en el apartado de datos al inicio de este documento.
3. Que se encuentra legalmente inscrito en el Registro Federal de contribuyentes con la clave se señala en el apartado de datos al inicio de este documento.
4. Que cuenta con los medios, la capacidad económica, los conocimientos necesarios y la experiencia para cumplir con las obligaciones a su cargo establecidas en el presente contrato.
5. Que es su deseo inscribirse en el padrón de afiliación de LA VENDEDRA
6. Que ha pactado libremente con “LA VENDEDORA”, los lineamientos comerciales denominados “Reglas de Conducta y Reglamento del Distribuidor Independiente TIENS”, así como el “Manual de Negocio Independiente” y las políticas y procedimientos comerciales que como Distribuidor Independiente deberá seguir para llevar a cabo la promoción y reventa de LOS PRODUCTOS y su actividad de mediación mercantil; mismos que en este acto declara conocer y aceptar para su pleno cumplimiento y que forman parte del presente contrato como “Anexo 1”.
7. Que ha proporcionado datos personales y datos personales sensibles a “LA VENDEDORA” a quien expresamente autoriza a utilizar dicha información para los fines comerciales que requieran sus operaciones y objeto social, incluyendo la divulgación de dicha información a terceros, en el entendido de que dicha información recibirá el tratamiento establecido en el Aviso de Privacidad de “LA VENDEDORA” mismo que se puede consultar en la dirección electrónica xxxx://xxx.xx.xxxxx.xxx/xxxxxxx.xxxx, en cumplimiento con lo dispuesto por Ley Federal de Protección de Datos personales en posesión de Particulares.
1.- OBJETO DEL CONTRATO
1.01 El “DI” solicita y “LA VENDEDORA” acepta inscribirlo en su Registro de DI para la República Mexicana.
1.02 En consecuencia el “DI” comprará a “LA VENDEDORA” los productos en forma periódica y a precio de mayoreo, con la finalidad de que el “DI” lleve a cabo la reventa al menudeo de LOS PRODUCTOS que se mencionan en el CATALOGO DE PRODUCTOS TIENS y que forma parte integrante de este contrato como “Anexo 2”, el cual el “DI” declara conocer íntegramente.
1.03 Asimismo el “DI” se obliga a poner en contacto a “LA VENDEDORA” con personas físicas que puedan concluir la celebración de operaciones de compraventa de “LOS PRODUCTOS” que enajena directamente “LA VENDEDORA”, como distribuidores independientes, quienes podrán ser aceptados o no por “LA VENDEDORA” como tales.
CLÁUSULAS
1.04 Por su parte “LA VENDEDORA” se obliga a pagar al “DI” en la forma y bajo los términos comerciales establecidos en el Manual de Negocio Independiente TIENS, considerando el estatus en el que se encuentre el “DI” al momento del pago y de conformidad a las Reglas de Conducta y Reglamento del Distribuidor Independiente TIENS. Los pagos realizados no serán considerados o entendidos como percepción, salario o contraprestación derivada de condición de trabajo de ninguna naturaleza.
2.- RELACIÓN COMERCIAL
2.01 La relación entre el “DI” y “LA VENDEDORA” es de carácter y naturaleza meramente mercantil, no subordinada, independiente y diversa a la laboral, razón por la cual, “LA VENDEDORA” y el “DI” manifiestan a la firma del presente contrato su voluntad de sujetarse a éste, y someter sus relaciones de carácter comercial e independiente a las cláusulas y disposiciones contenidas en el mismo.
2.02 En consecuencia, el “DI” manifiesta que no está obligado por ninguna subordinación, ni tiene horario, ni lugar de trabajo dentro de los locales de “LA VENDEDORA” y que las directrices en sus servicios son determinadas por él mismo, sin que exista ninguna relación jerárquica entre ellos.
2.03 En consecuencia, el “DI” reconoce y manifiesta que de ninguna forma se encuentra dentro de los supuestos referidos por los artículos 8, 285 ni ningún otro de la Ley Federal del Trabajo, pues el presente contrato se celebra con motivo de la existencia de un acto de comercio, de conformidad con lo dispuesto por la fracción XIII del artículo 75 del Código de Comercio, razón por la cual no existe obligación alguna de parte de “LA VENDEDORA” de pagar al “DI” un salario, de otorgar prestaciones o de pagar cuotas obrero patronales o aportaciones habitacionales y de seguridad social, en virtud de la actividad independiente, ocasional, no exclusiva ni subordinada que habitualmente el “DI” ejerce para el público en general y a “LA VENDEDORA” de manera aislada, conforme a su propio xxxxxxx y conveniencia, para lo cual cuenta con elementos propios y suficientes.
3.- TÉRMINOS Y CONDICIONES EN LA REVENTA DE “LOS PRODUCTOS”
3.01 El “DI” llevará a cabo actividades para la promoción y reventa de LOS PRODUCTOS.
3.02 El nombre de LOS PRODUCTOS es definido por “LA VENDEDORA” por lo que de ninguna forma los podrán modificar.
3.03 Es obligación del “DI” mantener su organización de distribución y reventa de “LOS PRODUCTOS” debidamente calificada, por lo que deberá participar en los programas de formación comercial de “LA VENDEDORA” .
3.04 El “DI” deberá realizar las actividades objeto del presente contrato apegándose a las Reglas de Conducta y Reglamento del Distribuidor Independiente TIENS, así como al Manual de Negocio independiente y las políticas y procedimientos comerciales de “LA VENDEDORA” cuidando no poner en riesgo o afectar la reputación e imagen de “LA VENDEDORA”, sus marcas y “LOS PRODUCTOS”. En ese sentido el “DI” acepta sacar en paz y a salvo a “LA VENDEDORA” de daños y perjuicios o responsabilidades derivadas del mal uso de su imagen y sus marcas o bien por el uso de las mismas de formas distintas a las autorizadas expresamente por “LA VENDEDORA” en el “Manual de Negocio Independiente” y “Reglas de Conducta y Reglamento del Distribuidor Independiente TIENS”.
3.05 Por lo anterior el “DI” se compromete a no usar métodos comerciales engañosos que sean contrarios a la ética o a los usos comerciales nacionales e internacionales que conduzcan al consumidor final o terceros al error.
3.06 En relación con el apartado 3.05 anterior, el “DI” se obliga a dar cumplimiento a la Legislación Mexicana vigente aplicable a su actividad de mediación mercantil y distribución independiente.
3.07 Todos los gastos propios o inherentes a la reventa de “LOS PRODUCTOS”, así como los impuestos que puedan originarse como resultado de las actividades del “DI” derivados del presente contrato, serán cubiertos por el “DI”.
3.08 Ninguna de las partes podrá contraer obligación alguna ya sea expresa o tácita a nombre y por cuenta de la otra; por lo que cada una asume por su cuenta y riesgo cualquier responsabilidad en que pudiera incurrir derivada del incumplimiento del presente contrato o bien de contratos o convenios celebrados con terceros.
3.09 Las partes son totalmente independientes por lo que nada en este contrato constituirá o se considerará que constituye, crea, pone en práctica o de cualquier otra manera reconoce de facto, la existencia de alguna sociedad, asociación, joint-venture, organización empresarial o entidad legal de ningún tipo fuera del alcance del presente documento. Cada una de las partes actuará como un contratista independiente y no como agente, mandatario, representante o empleado de la otra Parte.
3.10 El “DI” acepta y reconoce que realizará las actividades descritas en el presente contrato de forma independiente e inclusive a través de terceros. En consecuencia, reconoce y acepta que será responsable de cualquier contingencia que pudiera existir respecto a estas personas o personal que utilice, incluyendo responsabilidad civil, mercantil, penal, laboral o de cualquier naturaleza que pudiera derivarse.
3.11 En caso de que exista algún conflicto, demanda, queja, reclamación (judicial y extrajudicial), juicio, capital constitutivo o responsabilidad para “LA VENDEDORA” derivado de los trabajadores, personal, agentes o prestadores de servicios que contrate el “DI” para el cumplimiento del presente contrato, el “DI” será el único obligado y responsable de los mismos, obligándose expresamente a sacar en paz y a salvo a “LA VENDEDORA” de dichos conflictos, demandas, quejas, reclamaciones, juicios, capitales constitutivos o responsabilidades que existan, incluyendo el costo de los asesores o abogados que tuviera que contratar “LA VENDEDORA” para hacer frente a tales procesos, procedimientos o quejas.
3.12 El “DI” se obliga a sacar en paz y a salvo a “LA VENDEDORA” de cualquier reclamación judicial o extrajudicial que pudiere surgir de sus relaciones con terceros, por actos u omisiones imputables al “DI”. El “DI” se compromete también a reembolsar a LA VENDEDORA de cualquier cantidad que tuviere que cubrir con motivo de las reclamaciones, incluyendo gastos y costas legales.
3.13 Los precios de venta de mayoreo de “LOS PRODUCTOS” son establecidos por “LA VENDEDORA” en la lista de precios vigente a la fecha de pago de los pedidos. Las listas de precios están sujetas a cambios por parte de “LA VENDEDORA” y todo cambio será aplicable a los pedidos de compra recibidos por “LA VENDEDORA” a partir de la fecha efectiva del aviso correspondiente.
3.14 El “DI” deberá haber pagado el importe de cada pedido al momento de solicitar el surtido de “LOS PRODUCTOS” a “LA VENDEDORA”. El “DI” acepta que “LA VENDEDORA” no surtirá el pedido hasta que el pago haya sido recibido en su cuenta bancaria.
3.15 LA VENDEDORA se obliga a entregar al “DI” “LOS PRODUCTOS” que este solicite para su venta, obligación que “LA VENDEDORA” tendrá siempre y cuando “LOS PRODUCTOS” se encuentren en existencia dentro de los almacenes de “LA VENDEDORA” y hayan sido previamente pagados por el “DI”.
3.16 “LA VENDEDORA” se compromete a entregar “LOS PRODUCTOS” previamente pagados por el “DI” en el lugar que éste le indique, siempre que este acepte erogar todos los gastos generados por concepto de dicha entrega, mismos que serán determinados de manera razonable atendiendo a la distancia y cantidad de productos a entregar.
3.17 El “DI” acepta que “LA VENDEDORA” no tendrá responsabilidad alguna derivada de los retrasos en la entrega de “LOS PRODUCTOS” cuando estos se produzcan por causas ajenas a la voluntad de “LA VENDEDORA”, o bien por causas de caso fortuito o fuerza mayor o cualquier otra circunstancia fuera de su control.
3.18 La propiedad y riesgo de pérdida de “LOS PRODUCTOS” adquiridos por el “DI” de conformidad con el presente contrato, pasará al “DI” al ser entregados por “LA VENDEDORA” y recibidos por este.
3.19 El “DI” revisará “LOS PRODUCTOS” tan pronto como le sean entregados, para verificar que no hagan faltantes o bien haya recibido producto dañado. El “DI” únicamente contará con 7 (siete) días naturales para cualquier reclamación en caso de productos faltantes o dañados.
3.20 En ningún caso y bajo ninguna circunstancia “LA VENDEDORA” será responsable por daños indirectos, consecuenciales o incidentales que pudieran derivar de la ejecución del presente contrato.
3.21 Asimismo en ningún caso la responsabilidad de “LA VENDEDORA” que pudiera surgir en relación con cualquier reclamación sobre “LOS PRODUCTOS” podrá exceder de un monto equivalente al importe real pagado por el “DI” a “LA VENDEDORA” por “LOS PRODUCTOS” objeto de dicha reclamación.
3.22 El DI está de acuerdo y otorga su consentimiento en que los pedidos de productos cancelados modifican su volumen de compras mensuales y de igual manera se modifican los bonos que pudieran habérsele otorgado de haber saldado ese pedido de compra cancelado.
4.- NO EXCLUSIVIDAD DEL DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE “DI”
4.01 “LA VENDEDORA” tiene el derecho de contratar los servicios objeto del presente contrato con personas distintas al “DI” por lo que la suscripción del presente contrato no se entenderá como el otorgamiento de derechos exclusivos al “DI” de ninguna naturaleza en territorio alguno.
5.- USO DE MATERIALES DE VENTA, NOMBRES Y MARCAS DE “LA VENDEDORA”
5.01 “LA VENDEDORA” venderá al “DI” materiales promocionales y técnicos relativos a “LOS PRODUCTOS”, estos materiales estarán sujetos a revisión en cualquier momento sin previo aviso. El “DI” no podrá reproducir, alterar o incluir mención o información alguna diferente a la autorizada expresamente en estos materiales.
5.02 En ningún caso el “DI” alterará producto alguno de “LA VENDEDORA”, ni modificará el etiquetado o bien las especificaciones técnicas o contenido de “LOS PRODUCTOS”, toda vez que esta es una práctica ilegal que podrá ser denunciada y sancionada por las autoridades penales y sanitarias correspondientes, por lo que “LA VENDEDORA” se reserva el derecho de ejercer las acciones legales pertinentes.
5.03 El “DI” entregará a sus clientes material apropiado relativo a “LOS PRODUCTOS”.
5.04 En el caso de modificaciones oficiales de los materiales realizados por “LA VENDEDORA” el “DI” deberá adquirir los más recientes y dejar de utilizar los que contengan información no aplicable. En caso de incumplimiento por parte del “DI” a las obligaciones contenidas en esta cláusula este será responsable por el resarcimiento de los daños y perjuicios que en su caso sean ocasionados a “LA VENDEDORA” por dicho incumplimiento.
5.05 Las partes reconocen y aceptan que TIENS HEALTH PRODUCTS, S. DE R.L. DE C.V. es y será la única titular de cualquier derecho de propiedad intelectual e industrial sobre los videos, materiales informativos, catálogos de producto o sus contenidos, manuales comerciales contenidos en el “Anexo 1” del presente contrato y cualesquiera otros elementos incluyendo imágenes, marcas comerciales, logotipos, textos, esquemas, diseños, símbolos, etc. que se pongan a disposición del “DI” para realizar sus actividades de mediación mercantil de carácter comercial (no laboral).
El acceso a los videos, proyecciones o al Sitio Web (sitio de Internet) de “LA VENDEDORA” no confiere al “DI” ningún derecho de explotación, alteración, reproducción, distribución, o utilización pública de los contenidos fuera de los establecidos por “LA VENDEDORA” en el presente contrato.
La comercialización, copia, reproducción, alquiler, o distribución a terceras personas, de los contenidos de los videos, proyecciones, documentos o manuales comerciales, ya sea parcial o en su totalidad, así como su uso en general de forma contraria a la naturaleza del presente contrato y a lo establecido por las partes en el mismo, se encuentra estrictamente prohibido. Cualquier otro uso deberá estar sujeto a la previa autorización por escrito por parte de TIENS HEALTH PRODUCTS S. DE R.L. DE C.V. a través de su representante legal.
6.- VIGENCIA
6.01 Este contrato estará vigente por tiempo indeterminado. 7.- CONTRAPRESTACIÓN
7.01 Las partes acuerdan que “LA VENDEDORA” se obliga a pagar al “DI” por la mediación mercantil las cantidades en la forma y
en los términos establecidos en el “Anexo 1” del presente contrato, considerando el estatus en el que el “DI” se ubique, su actividad y las políticas comerciales que la “VENDEDORA” tenga vigentes al momento del mismo.
7.02 Asimismo el “DI” reconoce que en su carácter de distribuidor independiente tendrá una ganancia correspondiente al margen de reventa que obtenga por la diferencia entre el precio de mayoreo que recibe de “LA VENDEDORA” por “LOS PRODUCTOS” y el precio de reventa de “LOS PRODUCTOS” al consumidor final.
7.03 Para llevar a cabo la contraprestación correspondiente, “LA VENDEDORA” realizará una transferencia electrónica a la cuenta bancaria señalada en el apartado de datos al inicio del presente contrato.
8.- IMPUESTOS
8.01 La relación entre “LA VENDEDORA” y el “DI” es de carácter mercantil, no subordinada, independiente y diversa a la laboral. El “DI”, con sus propios y suficientes elementos se dedica a la mediación mercantil en beneficio del público en general y de quien solicite sus servicios sin estar sujeta a exclusividad alguna y en operaciones aisladas. En ese sentido, el “DI” expresa su voluntad de que los pagos que reciba de acuerdo con la cláusula séptima del presente contrato y los impuestos que de estos se deriven, se pagarán conforme a lo previsto en el Capítulo I del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta y demás disposiciones aplicables o cualquier otra forma que así se determine.
Para estos efectos, el “DI” firma el presente contrato, mediante el cual manifiesta que opta por pagar el impuesto sobre la renta que se cause por los ingresos derivados de las operaciones aisladas de mediación, conforme a lo previsto en el Capítulo I del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, sin que ello implique que existe el pago o contraprestación de un salario o comisión derivado de la existencia de una relación de trabajo.
Lo anterior, con objeto de que “LA VENDEDORA” cumpla con su obligación de retener y enterar a las autoridades fiscales el impuesto sobre la renta que corresponda, el “DI” en este acto acepta y otorga su consentimiento para que se retenga dicho impuesto de los pagos que reciba de acuerdo con la cláusula séptima del presente contrato, con fundamento en lo establecido por el artículo 113 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
En consecuencia la contraprestación que efectivamente reciba derivada de su actividad comercial “LA VENDEDORA”, será el que resulte una vez que se haga la retención del impuesto sobre la renta respectivo.
Las partes acuerdan que las cantidades que pague “LA VENDEDORA” al “DI” deben reconocerse por el “DI” conjuntamente con sus demás ingresos, para determinar el impuesto sobre la renta que le corresponda pagar en el año fiscal de que se trate toda vez, que el “DI” reconoce y declara que tiene diversos ingresos de personas diversas a “LA VENDEDORA”, al existir independencia y no exclusividad en los servicios que presta al público en general.
9.- VARIOS
9.01. Ninguna de las cláusulas de este contrato podrá interpretarse o considerarse como una renuncia del derecho de “LA VENDEDORA” a exigir posteriormente todos y cada uno de los derechos que del mismo deriven, incluyendo la reparación de daños y perjuicios que se le hubieren podido ocasionar. La omisión en el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo del “DI” generará el derecho de “LA VENDEDORA” de reclamar la reparación de los daños y perjuicios que hubiere sufrido.
9.02 El “DI” se obliga a no divulgar a terceros información relativa a clientes o mercados, sistemas de comercialización, políticas comerciales, Manual de Negocio Independiente, Reglas de Conducta y Reglamento del Distribuidor Independiente Tiens, composición, fabricación o desarrollo de “LOS PRODUCTOS” y en general cualquier información que recibiere de “LA VENDEDORA”, ya sea de forma física o electrónica, para fines distintos que el cumplimiento de las obligaciones contraídas en virtud del presente contrato. En caso de no respetar esta obligación el DI será responsable por todos los daños y perjuicios causados a “LA VENDEDORA” o a cualquier tercero por la divulgación. Esta obligación continuará vigente por 3 años posteriores a la terminación del presente contrato.
9.03 Este contrato no podrá ser modificado por las partes, salvo consentimiento previo y por escrito de ambas. En ese sentido, para realizar modificaciones las partes deberán celebrar un convenio modificatorio al contrato, el cual deberá ser celebrado por escrito y firmado por ambas partes.
9.04 Todas las notificaciones y avisos que deban realizar las partes conforme al presente contrato, se realizarán por escrito y se enviarán por correo certificado con porte pagado o bien mensajería especializada con acuse de recibo, o bien por correo electrónico a los domicilios indicados en el apartado de datos que se encuentra al inicio del presente contrato. Cualquiera de las partes tendrá derecho a modificar su domicilio mediante aviso por escrito, de no ser así, cualquier notificación realizada en los domicilios antes señalados será considerada como efectivamente realizada, sin responsabilidad alguna por la parte que realice dicha notificación.
9.05 Las partes acuerdan en que este contrato y los derechos otorgados pueden ser cedidos o transferidos por el “DI” en favor de la persona que designen como Beneficiario según lo estable el Anexo 1, siempre que el “DI” no pueda continuar con el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente instrumento por causa de muerte o bien cualquiera de las situaciones establecidas en las “Reglas de Conducta y Reglamento del Distribuidor Independiente TIENS”. Para la transferencia del grupo comercial del “DI” se deben cumplir los requisitos y el procedimiento para la transferencia establecidos en las referidas Reglas y cuyos términos y condiciones fueron debidamente aceptados por el “DI”.
Para tales efectos, será necesario que el “Beneficiario” designado acepte por escrito los términos y condiciones del presente contrato a fin de hacerse acreedores de los derechos y obligaciones que del mismo se derivan, así como el “Manual de Negocio Independiente TIENS” y las “Reglas de Conducta y Reglamento del Distribuidor Independiente TIENS”.
9.06 El “DI” acepta que “LA VENDEDORA” se reserva el derecho de aceptar o no a la persona designada como “Beneficiario” como “Distribuidor Independiente” al amparo de este contrato, sin cuyo requisito no podrá realizarse la referida cesión o transferencia.
9.07 Será motivo de rescisión del presente contrato, sin responsabilidad alguna para “LA VENDEDORA”, además de las que resulten aplicables en los términos de las disposiciones legales aplicables:
A) Que el “DI” deje de contar con los elementos y recursos propios y suficientes para desempeñar la mediación mercantil de carácter independiente.
B) La violación a cualquiera de los términos y condiciones establecidos en el presente contrato y/o las condiciones comerciales establecidas en las “Reglas de Conducta y Reglamento del Distribuidor Independiente TIENS”, el “Manual de Negocio Independiente TIENS” y/o la legislación mexicana aplicable en relación con su actividad comercial.
C) En el caso de incumplimiento de las obligaciones de confidencialidad de la información contenidas en el presente contrato. En los casos de rescisión del contrato, las partes acuerdan que “LA VENDEDORA” pagará al “DI” el importe devengado por la mediación mercantil que estuviere pendiente al momento en que se rescinda el contrato. La rescisión de contrato opera de forma automática al verificarse alguno de los supuestos contenidos en esta cláusula, sin necesidad de la declaración judicial; lo anterior sin perjuicio de la responsabilidad que por daños y perjuicios pudiera operar.
9.08 INDEPENDENCIA DE LAS CLÁUSULAS. En el supuesto de que alguna de las cláusulas del presente contrato sea declarada nula por autoridad competente y quede sin efectos, no invalida el resto del clausulado por lo que continuará vigente. En tal supuesto, las partes formalizarán por escrito el hecho de que una cláusula haya quedado sin efectos o haya eliminada, para que dicha resolución tenga validez.
9.09 RENUNCIA. El hecho de que alguna de las partes no haga valer cualquiera de los derechos a ella otorgados en virtud del presente contrato, no constituirá ni será considerado como renuncia para hacerlos valer posteriormente.
9.10 La suscripción del presente contrato cancela y sustituye todo convenio celebrado anteriormente entre las partes.
9.11 Regulación xx Xxxxx y tribunales. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para todo lo que no esté expresamente estipulado en el mismo, las partes se someten a las leyes y a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando ambas partes al fuero que pudiera corresponderles por razón de su domicilio presente o futuro.
Leído el presente contrato por las partes y una vez enteradas de su contenido y alcance, lo firman por duplicado y de común acuerdo en la Ciudad de México el día de del .
CONFIRMO ACEPTACIÓN DE QUE MIS DATOS PERSONALES SEAN USADOS POR TIENS PARA DIFUSIÓN, MEDIACIÓN, PROMOCIÓN Y COMUNICADOS. AUTORIZO QUE MIS DATOS SEAN COMPARTIDOS CON MI PATROCINADOR Y CONFORME A LOS PLANES DE MERCADEO DE TIENS.
CONFIRMO QUE TIENS HACE DE MI CONOCIMIENTO DE SU AVISO DE PRIVACIDAD EN OFICINAS Y PÁGINA WEB. ENTIENDO QUE XXXX SE REFIERE A MEDIACIÓN EN ESTE CONTRATO.
FECHA DE FIRMA DEL PRESENTE CONTRATO DE MEDIACIÓN
/ /
NOMBRE Y FIRMA DE CONFORMIDAD
“LA VENDEDORA”
TIENS HEALTH PRODUCTS S DE RL DE CV
ANEXO 1.- MANUAL DE NEGOCIO INDEPENDIENTE TIENS; REGLAS DE CONDUCTA Y REGLAMENTO DEL DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE TIENS.
ANEXO 2.- CATÁLOGO DE PRODUCTOS TIENS