CARTA DE COMISIÓN POR VENTA
CARTA DE COMISIÓN POR VENTA
(*) Nombre de la Promoción
Nombre Fiscal: | CIF/NIF: | |
Nombre Comercial: | ||
Representante: | Tfno: | |
Dirección: | ||
Localidad: | C.P | |
Email: | ||
Página Web: | ||
Fecha de firma de comisión: | Plazo validez hasta(*): |
El presente convenio se establece entre Promociones inmobiliarias Sol 2018 S.L (en adelante Proinmosol) y la Agencia arriba descrita, bajo las siguientes condiciones:
1. EL AGENTE
Es la persona física o jurídica que como agente independiente posibilita con su intervención la compra de alguna de las propiedades del conjunto de “ ”(*) de la Promoción cuya gestión de ventas ha sido encargada por Proinmosol.
2. PRECIO DE LA COMPRAVENTA
El precio será el que se acuerde con el comprador en el contrato de reserva, excluyendo impuestos correspondientes.
3. IMPORTE DE LA COMISIÓN
La comisión será del incluidos).
4. PAGO DE LA COMISIÓN
por ciento
del precio de la compraventa (impuestos no
Proinmosol abonará la comisión a la Agencia, única y exclusivamente si:
El cliente no fue registrado previamente en el correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx de Proinmosol como cliente directo, sino como cliente de otra.
La ficha de cliente recibida por correo a Proinmosol debe ser cumplimentada correctamente y haber sido firmada por el cliente y el agente de la Agencia.
Datos de la ficha de cliente indicando como mínimo: nombre del cliente y número de pasaporte, descripción del apartamento, identificador de la vivienda, importe de venta, importe de la comisión, fecha de firma de contrato privado y fecha de firma de escritura pública según corresponda.
Para las empresas con domicilio fiscal fuera del territorio español, se condicionará el pago de la comisión, a la emisión de factura según la normativa fiscal y tributaria vigente en el momento del devengo y emisión, así como las retenciones correspondientes según la normativa española.
Las comisiones pactadas en esta estipulación serán abonadas a la Agencia, siempre y cuando concurran las siguientes condiciones:
1. Se produzca la presentación física de factura correctamente realizada conforme a los estándares de Proinmosol y con el IVA vigente, al devengo de la comisión.
2. El devengo de dichos honorarios se realizará dependiendo de la forma de pago del comprador, que tendrá dos opciones:
Opción 1:
Forma de pago | Reserva | Contrato Compra-venta | Pago aplazado a 90 días | Escritura |
Pago Cliente | 3.000 € | 20 | 0 | 80 |
Comisión agencia | 0 € | 100 | 0 | 0 |
Opción II:
Forma de pago | Reserva | Contrato Compra-venta | Pago aplazado a 90 días | Escritura |
Pago Cliente | 3.000 € | 20 | 10 | 70 |
Comisión agencia | 0 € | 50 | 50 | 0 |
Opción III:
Forma de pago | Reserva | Contrato Compra-venta | Pago aplazado a 90 días | Escritura |
Pago Cliente | 3.000 € | 30 | 0 | 70 |
Comisión agencia | 0 € | 100 | 0 | 0 |
En todos los supuestos, el abono del porcentaje arriba estipulado en los cuadros, se realizará en el plazo de 45 días naturales desde que se ha recibido la cantidad acordada de pago del cliente.
Esto es, desde la firma del contrato privado de compraventa, el pago aplazado de 90 días, o desde la formalización de la escritura, según corresponda en cada caso.
5. REGISTRO DE CLIENTES
Proinmosol NO podrá registrar clientes a nombre de la agencia que estén registrados previamente como cliente directo o a nombre de otra agencia en el inventario de Proinmosol o de la propiedad.
En el caso que, por razón cualquiera:
1. El cliente hubiera sido registrado previamente por otra agencia no se devengarán honorarios para la segunda agencia.
2. Se considerará cliente introducido por la agencia aquel que compre en un plazo máximo de 60 días naturales desde la confirmación de recepción de los datos del clientes por email en xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx. Finalizado este plazo, el cliente dejará de ser titularidad de la agencia a todos los efectos.
6. PLAZO DE VALIDEZ DE LA CARTA DE COMISION
Esta carta de comisión tendrá una doble limitación temporal en función de la situación que concurra primero:
Hasta el plazo de validez anteriormente definido.
Proinmosol se reserva el derecho de revocar el presente convenio en el caso de que la Agencia no cumpla con las condiciones establecidas, actúe de mala fe en sus labores comerciales, especialmente si aporta información no veraz al comprador, o no respeta el protocolo de Prevención de Blanqueo de Capitales según ley vigente.
En prueba de conformidad las partes firman y sellan el presente documento por duplicado para que así conste a todos los efectos.
7. CONDICIONES PARA LA VALIDEZ DE LA CARTA DE COMISION.
Será condición necesaria para la validez de la presente carta de comisión que la Agencia entregue, con anterioridad al momento del devengo de la comisión (siendo este la firma del contrato de reserva de la operación en cuestión) a Proinmosol, la documentación que a continuación se detalla:
Para personas físicas:
Documento de alta en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas)
DNI/NIE del titular
Para personas jurídicas:
CIF de la sociedad
Escritura de constitución o apoderamiento, en su caso.
Documento de alta en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas)
DNI/NIE del administrador o apoderado.
Se hace constar expresamente que el presente documento y, por tanto, las obligaciones y derechos que se desprenden del mismo, será válido sólo si la Agencia ha presentado a Proinmosol la documentación requerida con anterioridad al hito indicado (firma del contrato de reserva). Será imprescindible que los datos consignados por la Agencia en la presente Carta de Comisión se correspondan con los de la documentación aportada.
8. CONDICIÓN RESOLUTORIA 9.
La presente carta de comisión no llegará a adquirir validez alguna si se da alguno de los siguientes supuestos:
1. La Agencia no hace entrega a Proinmosol de la documentación detallada en el apartado 7 de la presente carta de comisión, con anterioridad a la firma del contrato de reserva entre el comprador y la vendedora.
2. Los datos consignados en la presente carta de comisión por la Agencia no se corresponden con la documentación aportada por la misma.
En cualquiera de ambos supuestos, las obligaciones y derechos que se derivan de la presente carta de comisión no adquieren validez, no teniendo ninguna de las partes intervinientes nada que reclamarse al respecto.
En prueba de conformidad las partes firman y sellan el presente documento por duplicado para que así conste a todos los efectos.
Fdo. Promociones Inmobiliarias Sol 2018 | Fdo. La Agencia | ||
Fecha: | Fecha: | ||
P.O.: | P.O.: |