SAC-00007-2021
SAC-00007-2021
San Xxxx, 6 de Enero del 2021
Señores
Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx/INS, Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx/INS
Referencia: ACUERDO 9630-II DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INS. Contrato Directo N°2020CD-000283-0001000001 (A20283E) "Servicios de pauta publicitaria, promoción y divulgación en medios de comunicación , según demanda" (Cadena Musical S.A.)
Estimados Máster Administración Negocios y Señora:
Para su conocimiento y acciones correspondientes, le comunico que la Junta Directiva del INS en sesión ordinaria Nº 9630, artículo II del 21 de diciembre del 2020, tomó el siguiente acuerdo sobre el tema citado en la referencia :
El señor presidente, MSc. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, somete a conocimiento de los señores directores el oficio del Departamento de Proveeduría, PROV-04656-2020-2020 del 18 de diciembre del 2020, que contiene la solicitud de adjudicación del Contrato Directo N°2020CD-000283-0001000001 (A20283E): "Servicios de pauta publicitaria, promoción y divulgación en medios de comunicación, según demanda." (Cadena Musical S.A.).
Una vez discutido y analizado este tema, la Junta Directiva
CONSIDERANDO:
Primero: Que la Dirección de Mercadeo ha solicitado la presente contratación de los servicios de pauta publicitaria, promoción y divulgación en medios de comunicación, según demanda, en los cuales se determinó la contratación directa de la empresa Cadena Musical Sociedad Anónima, para efectuar dicho servicio, con el aporte de la justificación de la necesidad, finalidad pública, fundamentación técnico- legal, análisis de oferta y razonabilidad de precio, todo en apego a la normativa vigente en materia de contratación administrativa.
Segundo: Que con base en los análisis anteriores, es de recibo la recomendación planteada por la Administración de adjudicar el presente contrato según lo solicitado en el oficio PROV-04650-2020 del 18 de diciembre del 2020 y con sustento en los artículos N°87 y N°139, Inciso c) del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, para lo cual se cuenta con recursos suficientes para cubrir el costo de esta adjudicación, bajo el entendido que las contrataciones se realizarán sustentadas en el plan de pautas que considera dicha normativa .
Tercero: Que acorde con lo que señala el artículo N°38: Límites para adjudicar y resolver los recursos, Capítulo II la Organización, funciones y responsabilidades del Departamento de Proveeduría y conformación y responsabilidad del Órgano Director, Título III Contratos Administrativos del INS del Manual de Reglamentos Administrativos, le corresponde dictar el acto final de adjudicación a esta Junta Directiva, por tratarse de un proceso de cuantía inestimada .
ACUERDA:
1. Aprobar la adjudicación del Contrato Directo N°2020CD-000283-0001000001 (A20283E): “Servicios de pauta publicitaria, promoción y divulgación en medios de comunicación, según demanda”, en concordancia con las facultades conferidas por
el artículo N°38 del Manual de Reglamentos Administrativos, Título III. Contratos Administrativos del INS (RICA), Capítulo II, y con sustento en las consideraciones de orden legal y técnico dictaminadas por el Departamento de Proveeduría y la Dirección de Mercadeo que se recogen en el oficio PROV-04656-2020 del 18 de diciembre del 2020, en los siguientes términos:
I. ADJUDICAR:
Oferta: Cadena Musical Sociedad Anónima
Cédula jurídica: 0-000-000000
Detalle tipo de pauta | Costo unitario tarifa publicada | Impuesto al Valor Agregado 13% | Costo unitario tarifa publicada IVA |
Xxxx xx 00 xxx | x36 000,00 | ₡4 680,00 | ₡40 680,00 |
Xxxx xx 00 xxx | x46 000,00 | ₡5 980,00 | ₡51 980,00 |
Notas Importantes:
-El oferente indicó que, se ofrecerá hasta un 30% de descuento especial dependiendo de la magnitud de las campañas y requerimientos del INS .
-El Reglamento a la Ley del Colegio de Periodistas de Costa Rica (Ley No 5527 del 00 xx xxxxx xx 0000) xx xx Xxxxxxxx 0x xxxxxx que toda factura o recibo de pago que se cancele por publicidad en espacios informativos o noticiosos de radio, televisión, periódicos de publicación diaria, cine o medios audiovisuales en general, queda afecta al timbre del uno por ciento de su valor total .
Monto máximo anual adjudicado: Cuantía inestimada. Parametrización del sistema:
A nivel de SICOP y debido a la parametrización del sistema, éste realiza la
sumatoria del monto de todas las líneas, siendo esto los montos unitarios de la contratación, los servicios se adjudicarán bajo la modalidad según demanda, los montos a reales son los consignados en el presente informe .
II. CONDICIONES TÉCNICAS DEL ADJUDICATARIO:
1. Vigencia del contrato: Será por un (1) año; con prórrogas automáticas por períodos anuales hasta un máximo de tres (3) renovaciones, salvo que el Instituto comunique al Contratista, con un mes de antelación al vencimiento de la anualidad respectiva, su deseo de no renovar el contrato .
No obstante , lo anterior, el Instituto se reserva el derecho de aplicar en cualquier momento lo dispuesto por los artículos Nº210 al N°212 y del Nº214 al N°216, del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa .
2. Revisión de precios: Con el tarifario de los costos de cada año .
El Adjudicatario deberá aportar al administrador del contrato en un plazo máximo de 30 días naturales posteriores a los cambios de tarifas en medios, los documentos digítales (tarifarios) correspondientes a cada uno de los servicios contratados. Queda claro que cualquier pedido que se haya realizado con antelación a la modificación del tarifario , se pagará con las tarifas previas a la modificación.
3. Entrega de documentos: El Adjudicatario debe entregar los siguientes documentos en el acto de formalización .
a) Especies Fiscales: Entero de Gobierno que acredite el pago de las especies fiscales o en su defecto las especies respectivas .
4. Garantía de Cumplimiento: Será responsabilidad del Adjudicatario aportar la garantía de cumplimiento por el siguiente monto :
Monto: ¢527.044,98.
5. Constancia de póliza de Riesgos del Trabajo: El Adjudicatario deberá aportar constancia emitida por la Entidad competente, de las condiciones y estado de la póliza de riesgos del trabajo en la que se indique la vigencia, el estado, tarifa, monto asegurado, prima y la actividad económica para la cual fue suscrita, la cual debe corresponder a la actividad económica para la cual está concursando.
El INS podrá revisar las condiciones del seguro durante toda la vigencia de la contratación para comprobar el aseguramiento .
6. Certificación de personería jurídica: Las personas jurídicas que resulten adjudicatarias, se comprometen a mantener actualizada y vigente en el Sistema SICOP la información de la personería, legal y la naturaleza y propiedad de las acciones. Cuando la propiedad de las acciones esté en poder de una persona jurídica, igualmente debe indicarse la propiedad de las acciones.
7. Especies Fiscales: De conformidad con lo que establece el artículo 272 del Código Fiscal, se requerirá el aporte de las especies fiscales que correspondan, a fin de brindar la formalización contractual y/o pedido u orden de compra respectiva, según corresponda.
Se recuerda las obligaciones de aseguramiento descritas en el pliego de condiciones, las cuales deberán cumplirse previo a la ejecución, que como resumen señala la obligación de acreditar los siguientes seguros :
- Seguro de Riesgos del trabajo
Las cuales deberán suscribirse en los términos y condiciones descritas en el cartel.
Todos los demás términos, condiciones y requerimientos técnicos y formales según cartel y oferta recibida el 16 de diciembre de 2020.
2. Se delega en la Jefatura o Subjefatura del Departamento de Proveeduría, la aprobación de las secuencias de verificación correspondientes en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP) para aprobar dicha gestión.
Acuerdo firme
Atentamente,
Secretaría de Actas Corporativa Secretario de Actas Corporativo Xxxx Xxxx/INS