BASES PROCESO DE SELECCIÓN DEL DIRECTOR/A DE PROGRAMACIÓN CULTURAL DEL ICAS
BASES PROCESO DE SELECCIÓN DEL DIRECTOR/A DE PROGRAMACIÓN CULTURAL DEL ICAS
1. CONVOCATORIA
El objeto de la presente convocatoria es la selección del puesto de Director/a de Programación Cultural del Instituto de Cultura de las Xxxxx xx Xxxxxxx, en adelante ICAS. La persona designada suscribirá contrato de alta dirección por un período de 3 años, renovables hasta la finalización del mandato de la actual Corporación (30 xx xxxxx de 2023), en las condiciones establecidas en los Estatutos y normativa de aplicación. La persona asignada deberá asumir la coordinación de la programación cultural del ICAS.
El puesto de Director/a de Programación Cultural se encuentra previsto en el Artículo 18 de los Estatutos del ICAS, dependiente del a Gerencia siendo responsable en las competencias que se le asignen siendo competente para su nombramiento el Presidente del ICAS, a propuesta del Vicepresidente.
2. RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES
El desempeño del puesto está sometido a las restricciones de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y normativa de desarrollo (art. 19 del Estatutos del ICAS).
3. FUNCIONES
La persona seleccionada prestará sus servicios como Director/a de Programación Cultural del Instituto de Cultura de las Xxxxx xx Xxxxxxx, asumiendo la coordinación de las programaciones culturales del ICAS a fin de garantizar su pleno desarrollo. De forma específica asumirá la dirección de las siguientes materias:
- Coordinar a instancia de la Dirección General de Cultura la programación del ICAS con el personal al servicio del ICAS.
- Coordinar la programación de los diferentes programas culturales del ICAS así como el trabajo de los técnicos de gestión cultural.
- Coordinar las relaciones que desde el ICAS se establezcan con los diferentes agentes culturales de la ciudad.
- Coordinación general, junto a la Gerencia del ICAS, del presupuesto de programación
- Coordinar las cesiones de espacios adscritos al ICAS para uso cultural
- Desarrollar, junto a la Dirección General de Cultura, nuevas líneas de apoyo al sector cultural en forma de ayudas o subvenciones.
- Apoyo en la redacción de los pliegos técnicos para las diferentes contrataciones
- Supervisión y control del desarrollo de las actividades programadas en los diferentes espacios
- Elaboración de Memorias anuales e Informes de resultados.
- Aquellas otras que por la especificidad de las actividades encomendadas se consideren necesarias por el Presidente o el Vicepresidente del Instituto.
4. REQUISITOS
Las candidaturas al puesto de Director/a de Programación Cultural del Instituto de Cultura de las Xxxxx xx Xxxxxxx deberán cumplir los siguientes requisitos:
• Ser de nacionalidad española, nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea, o extranjeras con residencia legal en España. Podrán no obstante presentar la candidatura las personas extranjeras no incluidas en este párrafo que, en caso de ser seleccionadas, deben obtener de forma obligatoria la residencia legal en España y tener un conocimiento suficiente del español.
• No haber sido separadas mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitadas para el ejercicio de las funciones públicas.
• Tener titulación de licenciatura o equivalente.
• Experiencia de al menos 3 años en tareas de dirección, coordinación, administración, y gestión de proyectos culturales en el ámbito local.
• Experiencia de al menos 3 años en la organización y producción de programas culturales desde el sector privado.
• Experiencia en la gestión de proyectos culturales de diferentes ámbitos artísticos tanto a nivel local, provincial, autonómico y nacional.
• Experiencia en la gestión de equipos de trabajo.
• Capacidad de comunicación, negociación, planificación, determinación de prioridades, toma de decisiones y resolución de conflictos.
• Capacidad de planificación y revisión de estrategias, políticas y programas al objeto de alcanzar los objetivos globales encomendados.
5. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Se debe presentar una solicitud acompañada de currículum vitae pormenorizado, Memoria Descriptiva de los proyectos más relevantes que hayan desarrollado a lo largo de su carrera profesional relacionados con el puesto (formato libre, y ocupará una extensión máxima de 10 folios tamaño A4) y la documentación que acredite de modo fehaciente, según lo requerido en la presente convocatoria.
El plazo de presentación de candidaturas será de 5 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación a la presente convocatoria en la página web del ICAS.
Las solicitudes y documentación exigida deben dirigirse a la Vicepresidencia del ICAS, indicando en la misma “Proceso de selección Director/a de Programación Cultural”
Se podrá presentar en Registro General, sito en Plaza de San Xxxxxxxxx nº 1. C.P: 41004. Edificio de la Estación de Autobuses xxx Xxxxx de San Xxxxxxxxx de lunes a viernes en horario de 9:00 a 14:00 horas, o en el mismo horario en cualquiera de los Registros Auxiliares de los Distritos Municipales en el plazo señalado.
6. PROCESO DE SELECCIÓN
Para la valoración de las candidaturas se atenderá a los principios de mérito y capacidad, y a criterios de idoneidad y adecuación del perfil profesional de la persona candidata, en relación con el puesto de trabajo a desempeñar.
La Comisión de Valoración estará compuesta por:
Presidente: Vicepresidente del ICAS Vocales:
· Directora General de Cultura
· Gerente del ICAS
Secretaria, con voz pero sin voto: La Jefa del Servicio de Gestión Administrativa, Económica y Cultural o funcionario/a en quien delegue.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, por la Comisión de Valoración se estudiará y valorará las que se hubiesen recibido para una preselección de las posibles personas candidatas (máximo 5) a las que se concederá un plazo de 3 días hábiles presenten una “Propuesta de coordinación de la programación cultural del ICAS” donde deberán incluirse los objetivos estratégicos a alcanzar.
La propuesta tiene formato libre y ocupará una extensión máxima de 10 folios tamaño A4.
La Comisión podrá realizar una entrevista personal antes de elevar su propuesta de designación motivada al órgano correspondiente.
7. RESPONSABILIDAD
El Director/a de Programación Cultural ejercitará poderes inherentes a la Entidad Pública Empresarial y en relación con sus objetivos generales con plena autonomía y plena responsabilidad, sólo limitadas por los criterios e instrucciones directas emanadas de los órganos superiores de gobierno y administración (art. 1.2. del Real
Decreto 1382/1985, de 1 xx xxxxxx, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección)
El puesto está sujeto a evaluación con arreglo a los criterios de eficacia y eficiencia, responsabilidad por su gestión y control de resultados en relación con los objetivos fijados (art. 133 del Estatuto Básico del Empleado Público y art. 25 y ss. de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno).
8. DURACIÓN DEL CONTRATO Y EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL
Resulta de aplicación la Disposición Adicional Octava de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma xxx xxxxxxx laboral de modo que la extinción, por desistimiento del empresario, únicamente dará lugar a una indemnización no superior a siete días por año de servicio de la retribución anual en metálico, con un máximo de seis mensualidades, sin derecho a preaviso.
El contrato tendrá una duración desde el día de su firma (estimada el 15 de septiembre de 2019) por un período de 3 años, renovables hasta la finalización del mandato de la actual Corporación (30 xx xxxxx de 2023) En cualquier caso, el contrato estando vinculado a la actual Corporación del Ayuntamiento de Sevilla, la nueva Corporación está facultada para rescindir el mismo antes del vencimiento establecido sin que cause derecho a indemnización alguna a favor del trabajador.
9. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS
Las personas implicadas en el proceso de selección garantizarán la absoluta confidencialidad de los datos personales y profesionales de las personas aspirantes, haciéndose público exclusivamente el nombre de la persona que resulte designada.