Acuerdo de Parte que Confía
Acuerdo de Parte que Confía
Atención: este Acuerdo de Parte que Confía (en adelante el "Acuerdo") se celebra entre la persona, entidad u organización que pretenda utilizar la información de un sello de tiempo o de un certificado digital emitido por Entrust de conformidad con las Declaraciones de Prácticas en el repositorio (según se definen a continuación) ("sello de tiempo" y "certificado", respectivamente), tener acceso al Repositorio de Entrust o utilizar cualquier otro servicio en relación con Certificados, Sellos de Tiempo o la validación de firmas electrónicas (en adelante denominado "Usted” o la “Parte que Confía", indistintamente) y la sociedad anónima Entrust u otra sociedad afiliada (“Entrust”), identificada en la Declaración de Prácticas correspondiente. Usted, como el individuo que acepta el Acuerdo, manifiesta y garantiza que es legalmente capaz de celebrar contratos (p. ejemplo, usted no es menor). Si usted está celebrando el Acuerdo en nombre de una entidad legal, por ejemplo la empresa u organización para la que trabaja, Usted manifiesta a Entrust que Usted tiene autoridad legal para vincular a dicha entidad legal.
Este Acuerdo incorpora para su consulta la versión más reciente de las declaraciones que describen las prácticas seguidas por Entrust en la emisión de Certificados y Sellos de Tiempo (colectivamente, "Declaraciones de Prácticas"), que pueden ser modificadas en su momento de acuerdo con sus términos y que se pueden encontrar en el repositorio de Entrust en xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxx (el “Repositorio”). La Declaración de Prácticas correspondiente a un Certificado o Sello de Tiempo específico depende del tipo de Certificado o Sello de Tiempo. Por ejemplo, los Certificados cualificados de autenticación de sitios web de tipo eIDAS se rigen por la versión más reciente del documento titulado “Declaración de Prácticas de Certificación para Certificados Cualificados”, y los Certificados no cualificados se rigen generalmente por la versión más reciente del documento titulado “Declaración de Prácticas de Certificación”.
Este Acuerdo entrará en vigor al darse cualquier de los siguientes supuestos, que indican además su aceptación: (i) el envío que la Parte que Confía haga de una consulta respecto de un Certificado o Sello de Tiempo; (ii) la verificación o intento de verificación que la Parte que Confía haga de una firma electrónica mediante un Certificado o Sello de Tiempo; o (iii) el uso que la Parte que Confía haga de cualquier otra información contenida en el Repositorio de Entrust o el uso de cualquier otro servicio en relación con Certificados, Sellos de Tiempo o la validación de firmas electrónicas o cualquier otro servicio descrito en las Declaraciones de Prácticas.
1. La Parte que Confía Debe Informarse: Cada Parte que Confía debe consultar la Declaración de Prácticas correspondiente para obtener más detalles de las prácticas e información relacionada con el suministro de Entrust de los tipos de Certificados y Sellos de Tiempo identificados en la Declaración de Prácticas, incluyendo:
(a) Especificación de los estándares de la industria aplicables y la(s) política(s) de servicios de confianza que se están aplicando;
(b) Restricciones y limitaciones aplicables a los Certificados y Sellos de Tiempo;
(c) Período de retención del registro de eventos;
(d) Procedimientos para quejas y solución de controversias;
(e) Especificación de las auditorías de cumplimiento aplicables y otras evaluaciones;
(f) Información de contacto para consultas sobre Certificados y Sellos de tiempo;
(g) Cómo se proporciona la información sobre el estado de revocación y el período durante el cual está disponible;
(h) Instrucciones claras para informar problemas tales como sospechas de compromiso de claves, uso indebido de Certificados u otros tipos de fraude, compromiso, uso indebido, conducta inapropiada o cualquier otro asunto relacionado con los Certificados.
2. Condiciones para confiar: Como condición para confiar en la información contenida en un Certificado o Sello de tiempo:
(a) Las Partes que Confían deben verificar la validez, suspensión o revocación del Certificado utilizando la información de estado de revocación actual como se indica en el Certificado;
(b) Las Partes que Confían deben verificar que el Sello de Tiempo se haya firmado correctamente y que la clave privada utilizada para firmar el Sello de Tiempo no se haya visto comprometida hasta el momento de la verificación;
(c) Las Partes que Confían deben tener en cuenta cualquier limitación en el uso del Certificado y/o el Sello de Tiempo indicado en el Certificado, este Acuerdo, la Declaración de Prácticas correspondiente o en la política de servicio de confianza correspondiente;
(d) Las Partes que Confían deben tener en cuenta cualquier otra precaución prescrita en este Acuerdo o en cualquier otro lugar; y
(e) además, en el caso de los Certificados cualificados de la UE, el ancla de confianza para la validación del Certificado será la identificada en un identificador digital de servicio de la entrada correspondiente de la lista de confianza de la UE para un QTSP. Entrust proporciona un enlace a la(s) entrada(s) de la lista de confianza de la UE correspondiente(s) en el Repositorio.
3. Aceptación de Uso: Es responsabilidad exclusiva de la Parte que Confía asegurarse de que tiene suficiente información y entiende lo necesario para tomar una decisión razonada sobre si debe confiar, y el alcance y límites de dicha confianza, en un Certificado o Sello de Tiempo, o para usar la información de Certificados y Sellos de Tiempo para confiar en sitios web, firmas electrónicas y código. Toda Parte que Xxxxxx declara que ha leído este Acuerdo y las Declaraciones de Prácticas correspondientes y comprende sus obligaciones, sus exenciones de declaración y garantías, y límites de responsabilidad, y ha tomado una decisión basada en su propio juicio razonado sobre si es apropiado y sensato confiar, considerando todos los hechos, circunstancias y el contexto de la transacción.
4. Exención de garantía: excepto por las declaraciones, garantías y condiciones expresamente señaladas en las Declaraciones de Prácticas, los Certificados, los Sellos de Tiempo y cualquier servicio o información relacionado se proporcionan "tal cual" y Entrust y sus filiales, licenciantes y proveedores renuncian expresamente a cualquier y a todas las declaraciones, condiciones o garantías de cualquier tipo, explícitas o implícitas, incluyendo garantías de no infracción, título, comerciabilidad o idoneidad para un fin, calidad satisfactoria o declaraciones, condiciones o garantías implícitas por estatuto, curso de negociación, curso de rendimiento o uso o comercio. Entrust renuncia además y no declara ni garantiza que (a) el suscriptor al cual ha emitido un Certificado es de hecho la persona, entidad u organización que reclama haber sido (b) un suscriptor es de hecho la persona, entidad u organización mencionada en el certificado, o (c) que la información contenida en
los Certificados o en cualquier mecanismo de estado del Certificado compilada, publicada o divulgada de otro modo por Entrust, o los resultados de cualquier método criptográfico implementado en relación con los Certificados es preciso, auténtico, completo o confiable. Entrust no garantiza bajo ninguna circunstancia el "no repudio" por parte de un suscriptor de cualquier transacción realizada por el suscriptor que involucre el uso o la confianza en un Certificado.
5. Limitación de responsabilidad:
5.1. En esta sección, “Entrust” se considerará que significa la corporación Entrust, sus filiales y sus respectivos proveedores, licenciantes, revendedores, distribuidores, subcontratistas, directores, responsables y personal.
5.2. En ningún caso Entrust será responsable de los daños consecuenciales, indirectos, especiales, incidentales, punitivos o ejemplares, ni de las pérdidas comerciales, oportunidades, ingresos, ganancias, ahorros, fondo de comercio, reputación, clientes, uso o datos, ni de los costes de reabastecimiento o interrupción del negocio, y la Parte que Confía renuncia a cualquier derecho que pueda tener al respecto.
5.3. En ningún caso la responsabilidad total de Entrust que surja o que esté relacionada con este Acuerdo o el uso o rendimiento de cualquier Certificado, Sello de Tiempo o cualquier servicio relacionado incluyendo cualquier confianza en un Certificado o Sello de Tiempo excederá los mil dólares estadounidenses (US$1000.00) (excepto para cualquier EV o Certificados cualificados, en que la responsabilidad total de Entrust se limita a dos mil dólares estadounidenses (US$2000,00) por dicho Certificado, hasta un xxxxxx xx xxxx mil dólares estadounidenses (US$10 000,00) ("límite de daño acumulativo")).
5.4. En ningún caso Entrust será responsable ante las partes que confían o cualquier otra persona, entidad u organización por pérdidas, costos, gastos, responsabilidades, daños, reclamaciones o cantidades del acuerdo que surjan o estén relacionados con el uso o el mal uso o la confianza en cualquier Certificado que: (i) haya caducado o sido revocado;
(ii) se haya utilizado para cualquier propósito distinto al establecido en la Declaración de Prácticas o acuerdo de suscripción correspondientes; (iii) haya sido manipulado; (iv) con respecto al que el par de claves subyacente a dicho Certificado o el algoritmo de criptografía utilizado para generar el par de claves de dicho Certificado se haya visto comprometido por la acción de cualquier parte distinta de Entrust (incluyendo entre otros el suscriptor o la Parte que Confía); o (v) sea objeto de tergiversaciones u otros actos engañosos u omisiones de cualquier otra parte, incluidos suscriptores y Partes que Confían.
5.5. Sin perjuicio de cualquier disposición en contrario en este Acuerdo, en la medida en que lo exija la ley aplicable, Entrust no excluye ni limita su responsabilidad por: (i) muerte o lesiones corporales causadas por su propia negligencia; (ii) su propio fraude o tergiversación fraudulenta; u (iii) otros asuntos por los cuales la responsabilidad no se puede excluir o limitar según la ley aplicable.
5.6. Las exclusiones y limitaciones de esta sección (limitación de responsabilidad) se aplicarán (a) con independencia de la forma de actuación, ya sea contractual (incluido el incumplimiento esencial), extracontractual (incluida la negligencia), de garantía, de indemnización, de incumplimiento de deberes legales, de tergiversación, de responsabilidad objetiva, de responsabilidad objetiva con respecto al producto o de otro
tipo; (b) en su conjunto, independientemente del número de reclamaciones, transacciones, firmas digitales, Sellos de Tiempo o Certificados; (c) aunque la posibilidad de los daños en cuestión se conociera o se comunicara con antelación y aunque dichos daños fueran previsibles; y (d) aunque los recursos no cumplan su finalidad esencial. Entrust ha establecido sus precios y proporciona Certificados, Sellos de Tiempo y servicios relacionados basándose en las limitaciones y exclusiones recogidas en esta sección (limitación de responsabilidad), que conforman una base esencial de la provisión de dichos Certificados, Sellos de Tiempo y servicios.
6. Elección del derecho aplicable: Salvo lo establecido en la Declaración de Prácticas que corresponda, cualquier disputa relacionada con este Acuerdo, así como con la estructura, validez, interpretación, aplicabilidad y ejecución del Acuerdo, se regirá por la legislación de la provincia de Ontario (Canadá) y deberá presentarse ante los tribunales provinciales o federales de Ottawa (Ontario). Cada parte acuerda por la presente que los tribunales correspondientes identificados en esta sección (Elección del derecho aplicable) tendrán jurisdicción personal y exclusiva sobre tales disputas. En caso de que se presente cualquier cuestión ante un tribunal provincial, estatal o federal, cada parte renuncia a cualquier derecho que dicha parte pueda tener a un juicio con jurado. En la medida máxima que permita la legislación aplicable, las partes acuerdan que las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías, con las modificaciones que correspondan en cada momento, no se aplicarán al Acuerdo. Esta sección (Elección del derecho aplicable) rige todas las reclamaciones que surjan del presente Acuerdo o estén relacionadas con él, incluidas las reclamaciones por agravio.
7. Divisibilidad: En la medida en que lo permita la legislación aplicable, las partes renuncian por la presente a cualquier disposición legal que pudiera invalidar o dejar sin efecto de otro modo cualquier disposición del Acuerdo en cualquier aspecto. En el caso de que una disposición del Acuerdo se considere invalidada o sin efecto de otro modo en su aplicación a hechos o circunstancias particulares, (a) dicha disposición se interpretará y modificará en la medida en que sea necesario para cumplir con su finalidad, en la medida máxima que permita la legislación aplicable, y su validez y aplicabilidad en relación con otros hechos o circunstancias no se verán afectadas ni perjudicadas; y (b) el resto de las disposiciones del Acuerdo continuarán en pleno vigor. En aras de una mayor claridad, se entiende y se pretende expresamente que cada disposición que trata de las limitaciones y exclusiones de responsabilidad, las renuncias a las manifestaciones, garantías y condiciones, o la indemnización es divisible de cualquier otra disposición.
8. Idioma: La versión final de este Acuerdo está escrita en inglés. Si este Acuerdo se traduce a otro idioma y existe un conflicto entre la versión en inglés y la traducida, prevalecerá la versión en inglés. Si la Parte que Xxxxxx se encuentra en Quebec, las partes confirman por la presente que han solicitado que este Acuerdo y todos los documentos relacionados se redacten en inglés; les parties ont exigé que le présent contrat et tous les documents connexes soient rédigés en anglais. Algunos servicios que se han designado como localizados o específicos de un país pueden, no obstante, contener algunos componentes y/o interfaces que solo estén en inglés.
9. Interpretación: En el Acuerdo, se considerará que las palabras “incluido”, “incluir” e
“incluye” van seguidas por el término “entre otros”. Las secciones u otros encabezados del Acuerdo se incorporan únicamente para una mayor comodidad y facilidad de referencia, y no deben contemplarse en la interpretación de ninguna disposición del Acuerdo. Cualquier anexo o documento al que se haga referencia en el Acuerdo representará dicho anexo o documento con las modificaciones y complementaciones que correspondan en cada momento en la medida que permitan las disposiciones aplicables al respecto y el Acuerdo. Las referencias a cualquier ley o normativa designarán dicha ley o normativa con las modificaciones que correspondan en cada momento e incluirán cualesquiera leyes o normativas que las sucedan. Todos los importes en dólares que figuran en el Acuerdo están en la moneda estadounidense, a menos que se especifique lo contrario.