Contract
CONVENIO DE SUBVENCIÓN NOMINATIVA ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE MADRID Y EL CONSORCIO CASA ASIA, PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO “ASIA INNOVA 2018”.
En Madrid, a 28 de diciembre de 0000
X X X X X X X X
Xx una parte, Xxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx, Coordinador General de la Alcaldía, según nombramiento efectuado por Decreto de la Alcaldesa, de 13 xx xxxxx de 2015, en representación del AYUNTAMIENTO DE MADRID, CIF P-2807900-B, con domicilio a efectos del presente convenio, en la calle Xxxxxxxxx, nº 1, CP 28014 de Madrid, en virtud de las competencias atribuidas por Acuerdo de 8 de febrero de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se modifica el Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias de la Coordinación General de la Alcaldía, en relación con el apartado 2º.2.1 del Decreto de la Alcaldesa de 28 de octubre de 2015 de delegación y desconcentración de competencias.
De otra, el Consorcio Casa Asia (en adelante Casa Asia) con C.I.F. número Q 0801118A y con domicilio social en Barcelona en la Calle Sant Xxxxxx Xx Xxxxxx , 167 ( Recinto Modernista de Sant Pau , Pavelló de Sant Xxxxxx) , representado por Don mayor de
edad , con DNI número…………………, en su condición de Director General del Consorcio , según escritura de elevación a público de acuerdos de 2 de octubre de 2017, ante el notario de Barcelona Xxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx con numero de protocolo 5.865.
Los intervinientes se reconocen capacidad y representación suficiente para suscribir en nombre de las instituciones que en este acto representan el presente convenio y, a tal efecto,
M A N I F I E S T A N
Primero.- El Acuerdo de Junta de Gobierno de 29 de octubre de 2015, por el que se establece la organización y competencias de la Coordinación General de la Alcaldía , establece en sus apartados 4º.1.2 a) b) e) f) que la Dirección General de Innovación y Promoción de la Ciudad
tiene atribuidas, entre sus competencias específicas las de : establecer, desarrollar y ejecutar políticas de apoyo a la innovación ; promover e impulsar las relaciones del Ayuntamiento con Instituciones , Administraciones públicas , Organismos y Empresas Públicas y Privadas y miembros de la sociedad civil que apuesten por la innovación como fuente de progreso; promover actitudes innovadoras y disruptivas, creativas y colaborativas entre los madrileños; ejecutar estrategias de innovación abierta para Madrid , que promuevan la adopción por los ciudadanos de soluciones que mejoren la calidad de vida de la ciudad.
En esta línea de actuación, desde el Ayuntamiento de Madrid, y en concreto desde la Dirección General de Innovación y Promoción de la Ciudad de la Coordinación General de la Alcaldía, se pretende fomentar todos los proyectos innovadores que redunden en beneficio de la ciudad y que constituyan un modelo a seguir, contribuyendo con ello a posicionar a Madrid a nivel nacional internacional como ciudad innovadora y comprometida con la sostenibilidad , impulsando para ello proyectos de gestión urbana innovadora, basados en valores como la solidaridad, la convivencia urbana , la igualdad, el respeto por el medio y la sostenibilidad.
Segundo.-Casa Asia es una entidad de derecho público de carácter interadministrativo adscrito a la Administración General del Estado con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, integrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores (actual Ministerio de Asuntos Exteriores Unión Europea y Cooperación ) , la Generalitat de Catalunya , el Ayuntamiento de Barcelona y el Ayuntamiento de Madrid , teniendo la consideración de Instituciones consorciadas fundadoras las tres primeras, incorporándose el Ayuntamiento de Madrid como miembro del Alto Patronato mediante convenio de 29 xx xxxxx de 2005 .
Casa Asia se constituyó con el fin de impulsar las relaciones entre España y Asia en el ámbito institucional, económico, cultural, y educativo. Acercar puntos de vista y facilitar el intercambio de culturas, ideas y proyectos de interés común .Contribuir al desarrollo de las relaciones entre las sociedades de Asia , el Pacifico , Europa y España para el logro de un mejor conocimiento de sus pueblos, siendo el interés del Ayuntamiento de Madrid con su adhesión , promover y favorecer el conocimiento y las relaciones de diversa índole de las instituciones y entidades de la sociedad civil y de la ciudadanía de Madrid , con las de los países de Asia y el Pacifico .
Entre los fines del consorcio se encuentran : la realización de actuaciones y proyectos que contribuyan al mejor conocimiento entre las sociedades de Asia , el Pacifico , Europa y España ; impulsar el desarrollo de las relaciones de España con los países de mayor vinculación histórica como Filipinas , en los ámbitos institucionales , culturales , sociales , científicos y económicos ; promocionar Madrid y Barcelona como lugares de encuentro entre Europa Asia y el Pacifico , facilitando el acercamiento institucional , empresarial , cultural y social ; servir de foro de las representaciones diplomáticas de dichos en la difusión sus intereses y realidades en Europa y España
Las principales áreas de actuación de Casa Asia son : los proyectos europeos de desarrollo urbano sostenible , el turismo, las inversiones asiáticas , la Innovación y la cooperación tecnológica , la capacitación de las PYMES para abordar los mercados asiáticos , y la formación,
abordados desde el punto de vista informativo a través de sesiones informativas, seminarios, publicaciones, y boletines .
Casa Asia se ha convertido en un punto de referencia obligado para los agentes económicos de los países asiáticos y para los agentes económicos locales, en el desarrollo de todo tipo de actividades, confiando en ella numerosas instituciones y embajadas asiáticas para llevar a cabo sus proyectos, y crear sinergias de colaboración entre los diversos agentes para materializar sus proyectos.
Xxxx Xxxxxx es el principal programa de Casa Asia dedicado a dar a conocer los progresos en el ámbito de innovación en la región asiática, especialmente teniendo en cuenta el enorme esfuerzo que los principales países de la zona están haciendo para incorporarse a la vanguardia tecnológica a nivel mundial.
Desde el año 2004 hasta el año 2013 se han celebrado 7 ediciones del programa, dedicadas a las políticas de I+D en diferentes países asiáticos: mujeres líderes en el ámbito científico, nanotecnología, robótica o tecnologías de la información, complementándose con la realización de publicaciones, organización de encuentros de investigadores, y difusión de información de becas.
Tercero.-El proyecto “Asia Innova 2018 “ es un proyecto dedicado a dar a conocer los progresos en el ámbito de innovación en la región asiática, conectando ciudades inteligentes entre Asia y Europa, que busca compartir los principales retos de las ciudades representadas y las experiencias de éxito y de fracaso, con el fin de identificar proyectos de colaboración con Asia para los diferentes agentes involucrados.
La edición 2018, en los Jardines de Xxxxxxx Xxxxxxxxx, reúne los representantes de algunas de las ciudades más dinámicas de Asia, asociaciones globales de ciudades, representantes de gobiernos locales, así como instituciones, empresas y centros de investigación por parte española contando con personalidades de relevancia en la gestión urbana innovadora según el programa que figura en el proyecto presentado.
“Asia Innova 2018” es un proyecto que promueve la imagen de Madrid a nivel nacional e internacional como ciudad interesada en la gestión urbana innovadora y competitiva, que favorece el desarrollo económico social y cultural de la ciudad , así como la generación de riqueza y empleo.
Cuarto.- Este proyecto está en plena consonancia con las competencias de la Coordinación General de la Alcaldía previstas en el decreto de delegación de 8 de febrero de 2018, con el objetivo estratégico 2, línea de subvención 5 y actuación 5.5 del Plan Estratégico de Subvenciones de la Coordinación General , así como con los objetivos y actividades previstas en su Presupuesto 2018 , en el que en su anexo I se determinaba la concesión de una subvención
nominativa a favor de Casa Asia para “el fomento de las relaciones de Madrid y Asia mediante la organización de eventos de innovación como Asia Innova“ estando presupuestados 20.000 €
Teniendo en cuenta todo ello, así como el interés tanto público como social e innovador de “ASIA INNOVA “, se estima conveniente en el ámbito de la acción de fomento, como una de las manifestaciones clásicas del poder local cuya finalidad es el impulso de actividades de interés público promovidas desde el ámbito privado, la concesión de una subvención nominativa a favor de Casa Asia por importe de 9.048 €
Quinto.-El objeto de esta subvención se encuentra dentro de los ámbitos sobre los que el Ayuntamiento de Madrid puede conceder subvenciones (artículo 1.2.c ) de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, por su interés público, social e innovador .
Así mismo el objeto de esta subvención está previsto en el Anexo I de las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para el ejercicio 2018 y en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Coordinación General de la Alcaldía 2018-2020 (en adelante PES), del Coordinador General de la Alcaldía, que contempla como objetivo estratégico: Promover la imagen de Madrid, tanto nacional como internacionalmente, como ciudad innovadora, cultural y xx xxx para favorecer el desarrollo económico, social y cultural de la ciudad. La línea de subvención 5: Posicionar Madrid, a nivel nacional e internacional, como referente de ciudad innovadora, competitiva y que contribuye a la generación de riqueza y de empleo. Y con la Actuación 5.1: Subvencionar la ejecución y desarrollo de eventos y proyectos concretos de carácter innovador en la ciudad que atraigan talento e inversión.
Sexto.- Por el presente Convenio, ambas partes pretenden consolidar este espíritu de colaboración, con la finalidad de promover el fomento de las relaciones de Madrid y Asia mediante la organización de eventos de innovación como Xxxx Xxxxxx.
Con este fin, declarándose mutuamente legitimados y con voluntad libre para ello, formalizan el presente convenio que habrá de regirse por las siguientes,
ESTIPULACIONES
PRIMERA. OBJETO DEL CONVENIO.
El objeto del presente convenio es conceder a Casa Asia una subvención nominativa por un importe cierto de 9.048 euros con el fin de colaborar en la financiación de los gastos derivados del desarrollo y ejecución del proyecto, “ASIA INNOVA 2018”.
El proyecto objeto del presente convenio se ejecuta a través de las siguientes actividades cuyo desarrollo y cronograma figuran en el proyecto aportado:
- Mesa redonda: “Desafíos para la urbanización de Asia y Europa”, en la que se discutió acerca de los desafíos existentes en áreas como el desarrollo de las infraestructuras, superpoblación, escasez de vivienda o sostenibilidad y las oportunidades de cooperación entre la UE y Asia en estos ámbitos.
- Mesa redonda; “Ciudades en transformación: Experiencias de ciudades asiáticas y europeas”, en las que se abordó el crecimiento de las ciudades asiáticas de forma más sostenible y competitiva en el contexto de la economía global. Para ello cada ciudad presento iniciativas de interés en el campo de la movilidad sostenible, la planificación urbana, y uso de la tecnología, basadas en sus mejores prácticas, con el objetivo de identificar las oportunidades de cooperación entre ciudades europeas y asiáticas, tanto a nivel municipal, como en el sector privado.
- Visita a La N@ve, por los participantes como ejemplo de espacio recientemente creado para facilitar el desarrollo de ecosistemas de start-up , clave para estrechar las relaciones entre ciudades y empresas y modelo a contrastar con otros modelos asiáticos, como el de Japón, India y China.
- Documento de conclusiones de las jornadas a realizar por Casa Asia antes del 31 de diciembre del corriente, identificando las posibilidades de colaboración entre las ciudades españolas y asiáticas, y entre las empresas madrileñas y asiáticas.
SEGUNDA. OBLIGACIONES Y COMPROMISOS
El Ayuntamiento de Madrid se compromete a:
• Hacer efectivo el abono de la subvención en la cuantía acordada a favor de Casa Asia, una vez firmado el convenio, en un único pago que tendrá la consideración de pago anticipado, mediante libramiento de pago conforme a lo dispuesto en los artículos 40 de la OBRS, 34.4 de la LGS y 88 del RLGS.
Casa Asia se compromete a:
• Cumplir el objeto del Convenio que fundamenta la concesión de aportación y aplicar la subvención concedida al pago de los gastos derivados de la ejecución del proyecto.
• Desarrollar y ejecutar el proyecto conforme a la documentación aportada que consta en el expediente, con sus mejores aptitudes y experiencia bajo la denominación: “ASIA INNOVA 2018””.
• Justificar ante el Ayuntamiento de Madrid el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determina la concesión de la aportación.
• Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el Ayuntamiento de Madrid, así como cualesquiera otras de seguimiento y control financiero que puedan realizar los órganos competentes.
• Comunicar al Ayuntamiento de Madrid la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.
• Disponer de libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por este convenio, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
• Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
• Acreditar que se haya al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las municipales y frente a la Seguridad Social, y no es deudor por resolución de reintegro.
• Contar con el personal necesario para atender las obligaciones derivadas del presente convenio, personal que, en ningún caso, tendrá relación jurídico-laboral con el Ayuntamiento de Madrid, el cual no será responsable, en ningún caso y bajo ninguna circunstancia de las obligaciones contractuales ni de la Seguridad Social que se deriven de la relación laboral que mantengan la Asociación y dicho personal.
• Indicar en la difusión y publicidad que se haga del contenido del proyecto el anagrama de las dos Instituciones que suscriben el convenio.
TERCERA: IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN.
Para el desarrollo de las actividades, el Ayuntamiento de Madrid aporta, en concepto de subvención nominativa a favor de Casa Asia C.I.F.Q 0801118A la cantidad de NUEVE MIL CUARENTA Y OCHO EUROS (9.048€ EUROS), que se hará efectiva tras la firma del convenio como pago anticipado. A estos efectos, la Subdirección General de Innovación y Ciudad Inteligente de Dirección General de Innovación y Promoción de la Ciudad como órgano encargado del seguimiento de la subvención, deberá dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 88.3 del Reglamento de la Ley 38/2033 de 17 de noviembre General de subvenciones.
Esta cantidad, destinada íntegramente al objeto de la colaboración recogida en este Convenio, serán ingresadas en la cuenta bancaria: BBVA ES 65 0182 6035 41 0201508701.
De conformidad con el articulo 22 .2 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30 de octubre de 2013, modificada por el acuerdo de Pleno de 31 xx xxxx de 2017 , y de conformidad con el artículo 42.2 del Reglamento de la ley 38/2003 de 17 de noviembre, teniendo en cuenta que la entidad beneficiaria es una entidad de derecho público de carácter interadministrativo adscrita a la Administración General del Estado, no se le exige el depósito de garantía.
El gasto se imputará a la aplicación presupuestaria 001/012/462.00/489.01 “Otras transferencias a instituciones sin ánimo de lucro” del vigente presupuesto municipal dotada con crédito adecuado y suficiente.
CUARTA: TIPO DE GASTOS SUBVENCIONABLES.
Según el artículo 32 de la OBRS, se considerarán subvencionables aquellos gastos que resulten estrictamente necesarios, respondan de manera indubitada a la naturaleza de la actividad y se realicen con anterioridad a la finalización del plazo previsto para la ejecución del proyecto o actividad subvencionada. De este modo, se estimarán subvencionables todos los gastos corrientes producidos o realizados desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2018 con motivo del desarrollo y ejecución del proyecto y efectivamente ejecutados en el periodo especificado. Se conceptuará gasto realizado el que haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación establecido en el presente convenio.
Tendrán el carácter de subvencionables los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y registrales y los gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado y los de administración específica siempre que estén directamente relacionados con la actividad subvencionada y sean indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma.
En ningún caso se considerarán gastos subvencionables los intereses deudores de las cuentas bancarias, intereses, recargos y sanciones administrativas y penales y los gastos de procedimientos judiciales.
Los tributos son gastos subvencionables cuando el beneficiario los abone efectivamente. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.
El IVA (Impuesto sobre el valor añadido) de las facturas correspondientes a los gastos efectuados, queda excluido de la presente subvención, excepto en el caso de que no fuera susceptible de recuperación o compensación. Asimismo, quedan excluidos los costes indirectos que pudieran generarse por la realización de la actividad, de conformidad con lo previsto en el artículo 32.7 de la OBRS.
Asimismo, quedan excluidos los costes indirectos que pudieran generarse por la realización de la actividad, de conformidad con lo previsto en el artículo 32.7 de la OBRS.
No se consideraran gastos subvencionables los gastos de amortización de los bienes inventariables propiedad del beneficiario que se empleen en el desarrollo de la actividad
No se admitirán gastos de garantía bancaria
El coste de adquisición de los gastos subvencionables, en ningún caso, podrá ser superior al valor xx xxxxxxx.
Cuando el importe de los gastos subvencionables, supere las cuantías establecidas en la legislación de contratos para el contrato menor, el beneficiario deberá proceder conforme a lo previsto en el artículo 32 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, y artículo 31 .3 de la ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones.
QUINTA. SUBCONTRATACIÓN.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la OBRS, los beneficiarios podrán subcontratar hasta un porcentaje del 50 % del importe de la actividad subvencionada, en los términos fijados en el citado artículo.
SEXTA.-COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.3 de la OBRS, se estable la compatibilidad de esta subvención con todas las subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
En este sentido y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.3 de la LGS, el importe de todas las subvenciones percibidas, en ningún caso, podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
Cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.
SÉPTIMA: JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
En el plazo de tres meses, a contar desde la finalización de la vigencia del convenio esto es, a contar desde el 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, Xxxx Xxxx presentará la justificación de las cantidades percibidas, con presentación ante el órgano gestor de la documentación requerida en los artículos 34 y siguientes de la OBRS en la forma de “cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto”.
OCTAVA: EVALUACIÓN DE RESULTADOS.
El Objetivo general estratégico de ASIA INNOVA 2018 consiste en: conectar Smart cities de Asia y Europa con Madrid como epicentro, fomentar e identificar las posibilidades de colaboración entre las ciudades españolas y algunas de las ciudades asiáticas más reputadas globalmente como smart cities, impulsar posibles alianzas entre empresas e instituciones madrileñas con empresas e instituciones asiáticas, y dar a conocer Madrid en el ámbito de las Smart cities, para poder atraer inversión internacional.
El objetivo general y estratégico más arriba mencionado se concreta en cuatro objetivos operativos, cuya descripción y ponderación sobre el total de la subvención se detallan a continuación.
Objetivo operativo 1: Establecer vínculos y crear canales de comunicación entre la ciudad de Madrid, ciudades asiáticas y redes de ciudades que compartan los mismos retos en el ámbito del desarrollo urbano sostenible y las ciudades inteligentes.
Objetivo operativo 2: Crear sinergias de colaboración entre empresas e instituciones tecnológicas españolas y empresas e instituciones asiáticas.
La cooperación en la transferencia de conocimiento en materia de buenas prácticas y de experiencias de las principales smart cities es clave, no sólo para afrontar estos desafíos sino también para generar nuevas oportunidades.
Objetivo Operativo 3: Proyectar la imagen de Madrid a nivel internacional, mediante la divulgación de los progresos científicos y de innovación de la ciudad en el ámbito de las Smart cities.
Objetivo operativo 4: Fomentar la igualdad de género en encuentros internacionales.
El presupuesto total del proyecto correspondiente a Madrid asciende a 25.844,46 €, de los que 16.796,86 € constituyen a la aportación económica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, y 9.048 € la subvención nominativa del Ayuntamiento de Madrid.
NOVENA: PAGO POR RESULTADOS Y REINTEGRO DE LA SUBVENCIÓN.
El objetivo estratégico general se materializa con el cumplimiento de los objetivos operativos, que se a su vez también se materializan y evalúan mediante indicadores verificables, a los que se les asignan metas y su ponderación sobre el importe total de la subvención. A continuación se trascribe ficha técnica de los objetivos operativos, unidades de medida, fórmula de cálculo, metas y ponderación sobre el importe de la subvención.
OBJETIVO OPEATIVO 1: 40% DEL IMPORTE DE LA SUBVENCION.
Objetivo operativo 1 | Establecer vínculos y crear canales de comunicación entre la ciudad de Madrid, ciudades asiáticas y redes de ciudades que compartan los mismos retos en el ámbito del desarrollo urbano sostenible y las ciudades inteligentes. | ||||
INDICADOR | UNIDAD DE MEDIDA | FÓRMULA | META | TIPO | PORCENTAJE DENTRO DEL PROYECTO |
Ciudades asiáticas | Número de ciudades asiáticas invitadas a Asia Innova. | Sumatorio | 4 | De actividad | 15% |
Organismos multilaterales y asociaciones de ciudades asiáticas | Número de Organismos multilaterales y asociaciones de ciudades participantes. | Sumatorio | 4 | De actividad | 15% |
Instituciones participantes | Número de instituciones españolas participantes. | Sumatorio | 4 | De Actvidad | 10% |
TOTAL PORCENTAJE DENTRO DEL PROYECTO DEL OBJETIVO 1 | 40% |
OBJETIVO OPERATIVO 2: 35%DEL IMPORTE DE LA SUBVENCION
Objetivo operativo 2 | Crear sinergias de colaboración entre empresas e instituciones tecnológicas españolas y empresas e instituciones asiáticas. La cooperación en la transferencia de conocimiento en materia de buenas prácticas y de experiencias de las principales smart cities es clave no sólo para afrontar estos desafíos sino también para generar nuevas oportunidades. | ||||
INDICADOR | UNIDAD DE MEDIDA | FÓRMULA | META | TIPO | PORCENTAJE DENTRO DEL PROYECTO |
Empresas participantes | Número de empresas participantes en Asia Innova | Sumatorio | 20 | De actividad | 10% |
Buenas prácticas | Número de presentaciones sobre mejores experiencias durante Asia Innova. | Sumatorio | 5 | De actividad | 10% |
Visitas técnicas | Número de visitas técnicas realizadas para los ponentes (La Nave/Madrid) | Sumatorio | 1 | De actividad | 10% |
Actividades de networking | Actividades de networking entre los participantes asiáticos y entidades locales. | Sumatorio | 1 | De resultado | 5% |
TOTAL PORCENTAJE DENTRO DEL PROYECTO DEL OBJETIVO 2 | 35% |
OJETIVO OPERATIVO 3: 20%DEL LA SUBVENCION
Objetivo operativo 3 | Proyectar la imagen de Madrid a nivel internacional, mediante la divulgación de los progresos científicos y de innovación de la ciudad en el ámbito de las Smart cities. | ||||
INDICADOR | UNIDAD DE MEDIDA | FÓRMULA | META | TIPO | PORCENTAJE DENTRO DEL PROYECTO |
Medios de comunicación utilizados para la difusión de Asia Innova. | Número de medios de comunicación y redes sociales utilizados para la difusión. | Sumatorio | 7 | De resultado | 10% |
Impacto mediático de la jornada | Número de publicaciones en los que ha aparecido el evento (prensa, radio, redes sociales, etc.). | Sumatorio | 20 | De resultado | 10% |
TOTAL PORCENTAJE DENTRO DEL PROYECTO DEL OBJETIVO 3 | 20% |
OBJETIVO OPERATIVO 4: 5% DE LA SUBVENCION.
Objetivo operativo 4 | Fomentar la igualdad de género en encuentros internacionales. | ||||
INDICADOR | UNIDAD DE MEDIDA | FÓRMULA | META | TIPO | PORCENTAJE DENTRO DEL PROYECTO |
Participación de | Número de mujeres que | ||||
mujeres | han participado como ponentes en Asia Innova | Sumatorio | 9 | De actividad | 5% |
(40,9% del total) | |||||
TOTAL PORCENTAJE DENTRO DEL PROYECTO DEL OBJETIVO 4 | 5% |
Las fuentes de verificación son los datos recogidos a lo largo del desarrollo del proyecto por el equipo que la entidad subvencionada pone a disposición para ello según se indica en el proyecto presentado.
Para analizar y valorar el cumplimiento de cada uno de los objetivos operativos de la subvención, se han establecido indicadores, a los cuales se les ha asignado una meta y se ha establecido su valor ponderado en función del peso en el conjunto del proyecto, y este será el porcentaje a aplicar en caso de reintegro por la no consecución de objetivos. Los objetivos medibles ascienden al 100% del proyecto.
Las metas fijadas se acreditarán mediante la memoria explicativa de la ejecución del proyecto y mediante los datos aportados, que deberán ser validados por el órgano concedente de la subvención. Si de su ejecución o evaluación se dedujese un resultado inferior al determinado en este convenio, se procederá al reintegro del exceso de manera proporcional al grado de incumplimiento. Por tanto, el importe final efectivo de la subvención y, en su caso, del reintegro que proceda, dependerá del grado de consecución de los resultados inicialmente previstos, no pudiéndose compensar el grado de cumplimiento de los resultados alcanzados entre los diferentes indicadores. El importe a reintegrar por Casa Asia por la no consecución de las metas previstas y descritas en los cuadros anteriores será el resultante de aplicar los porcentajes de reintegro que correspondan a cada una de las metas previstas y no obtenidas, sobre el 100% del importe total del presupuesto de la subvención municipal.
Procederá la revocación de la subvención así como el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora, desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, cuando se produzca algunas de las causas contempladas en los art. 36 y 37 de la LGS o si concurriese alguno de los supuestos contemplados en el artículo 41 de la OBRS.
DECIMA: RÉGIMEN DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO.
De acuerdo con el artículo 20 de la Ordenanza de las Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, podrá modificarse el convenio suscrito cuando circunstancias sobrevenidas e imprevisibles supongan una alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, siempre que las mismas no desvirtúen la naturaleza u objetivos de la subvención concedida y que la modificación no dañe derechos de terceros.
Las modificaciones propuestas por Casa Asia serán examinadas por la Dirección General de Innovación y Promoción de la Ciudad, como órgano instructor que elevará propuesta al Coordinador General de la Alcaldía, para en su caso proceder a la modificación del convenio.
El convenio modificado seguirá teniendo la duración prevista inicialmente.
UNDECIMA: MECANISMOS DE SEGUIMIENTO, VIGILANCIA Y CONTROL.
Se establecerá una Comisión Mixta de Seguimiento paritaria formada por dos representantes de cada parte firmante, que tendrá como funciones el impulso y seguimiento del convenio, velar por su ejecución y por el cumplimiento de los compromisos suscritos por los firmantes.
Esta Comisión estará integrada por el Director General de Innovación y Promoción de la Ciudad, el representante legal del consorcio CASA ASIA, o personas en quien deleguen, así como por otra persona más por cada una de las partes.
Se regirá, en lo no expresamente previsto en el presente Convenio, por lo dispuesto en los Art. 15 y siguientes de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, reguladores del régimen de funcionamiento de órganos colegiados de las administraciones públicas. Ejercerá la presidencia de la Comisión la persona titular de la Dirección General de Innovación y Promoción de la Ciudad a quien corresponderá convocar y presidir sus sesiones, visar las actas, asegurar el cumplimiento de las leyes y de los acuerdos adoptados, siendo su voto dirimente en caso de empate.
DUODECIMA: CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES Y COMPROMISOS ASUMIDOS.
En el supuesto de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes, se requerirá notificar a la parte incumplidora para que cumpla en un plazo determinado con las obligaciones y compromisos que se consideran incumplidos. Si transcurrido el plazo que se fije, persistiera el incumplimiento, se entenderá resuelto el convenio.
El incumplimiento de las obligaciones y compromisos por parte del beneficiario de la subvención implicará el reintegro proporcional del importe concedido, más los intereses de demora que correspondan desde el momento del pago de la subvención.
DECIMOTERCERA: CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONVENIO.
Son causas de resolución del convenio:
• El transcurso del plazo de vigencia establecido, esto es, el 31 de diciembre de 2018.
• El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por las partes.
• Por decisión judicial, que declare nulo el convenio.
Los efectos de la resolución del convenio supone la extinción de las obligaciones y compromisos asumidos por las partes y la liquidación de las prestaciones. A tales efectos:
Se aplicará lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, en cuanto a los efectos de la resolución y al régimen de liquidación e indemnización.
Se entenderán cumplidos los objetivos del convenio cuando su objeto se haya realizado en los términos y a satisfacción de ambas partes.
Si existieran actuaciones en curso de ejecución, las partes a propuesta de la comisión de seguimiento, vigilancia y control, podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización
DÉCIMACUARTA. RÉGIMEN DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
En materia de protección de datos, Casa Asia es responsable directa del tratamiento de datos de carácter personal relativos a los usuarios que atiende, y está obligado al cumplimiento de las prescripciones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999.
Asimismo, debe garantizarse el cumplimiento de las obligaciones contempladas en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de datos de las personas físicas y a la libre circulación de estos datos.
El Convenio propuesto no comporta por parte del Ayuntamiento de Madrid ningún tratamiento de datos de carácter personal ni cesión a terceros para su explotación, dado que no va a producirse ningún uso, reutilización y distribución por personas físicas o jurídicas de información y documentos que obren en poder del Ayuntamiento.
DECIMOQUINTA: PLAZO DE VIGENCIA DEL CONVENIO.
Tras la entrada en vigor de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, y según establece su artículo 49, el plazo de vigencia de los convenios no podrá ser superior a 4 años, sin perjuicio de la posibilidad de que las partes acuerden unánimemente una o varias prórrogas por un plazo máximo de cuatro años desde la finalización del plazo originario.
El Convenio se ajusta a esta previsión legal, al tener una vigencia desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2018. No admite prórrogas.
DECIMOSEXTA: RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN.
La legislación aplicable será:
• Presupuesto General del Ayuntamiento, aprobado por Acuerdo de 11 de julio de 2018 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid (Bases de Ejecución, Anexo 1).
• El Plan Estratégico de Subvenciones de la Coordinación General de la Alcaldía, para el periodo 2018-2020, encuadrándose esta subvención en la Línea 5, actuación 5.1.
• La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
• La Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
• Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
• Ordenanza de Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo Plenario de 30 de octubre de 2013.
• Acuerdo de 11 xx xxxx de 2017 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueban las directrices sobre actividad convencional del Ayuntamiento de Madrid, así como por cualquier otra norma que pueda resultar de aplicación.
• Decreto de 12 xx xxxxx de 2015 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública por el que se aprueba la Instrucción 2/2015 que establece los criterios y procedimientos para la evaluación de subvenciones y pago por resultados en el Ayuntamiento de Madrid.
El Convenio de subvención quedara excluido del ámbito de aplicación dela ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público , aplicándose no obstante , los principios de esta ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse , conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la misma .
DECIMOSÉPTIMA: MEDIOS MATERIALES Y PERSONALES.
Casa Asia contará con los medios materiales y el personal necesario para atender las obligaciones derivadas del presente convenio, personal que en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con el Ayuntamiento de Madrid.
DÉCIMOOCTAVA: DEVOLUCIÓN DE LA SUBVENCIÓN.
De conformidad con lo establecido en los artículos 43 de la OBRS y 90 del RLS, la entidad beneficiaria de la subvención, podrá realizar voluntariamente la devolución de la totalidad de la cuantía o de parte de ella mediante su ingreso, en concepto de “devolución voluntaria de subvención”, en la siguiente cuenta de titularidad del Ayuntamiento de Madrid: XX00 0000 0000 0000 0000 0000. En el ingreso se deberá identificar el proyecto concreto subvencionado, el número de expediente y la identificación del beneficiario.
Cuando se produzca la devolución voluntaria, la Administración calculará los intereses de demora producidos hasta ese momento.
DÉCIMONOVENA: RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación de este Convenio, deberán solventarse de mutuo acuerdo entre las partes y, en defecto de acuerdo, el conocimiento de estas cuestiones corresponderá a la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
De conformidad con lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones de las que son titulares los firmantes, suscriben el presente Convenio, en ejemplar duplicado, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
POR EL AYUNTAMIENTO DE MADRID | POR CASA ASIA |
D. Xxxx Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx |