CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS
BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL
Y
XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX
En Santiago, a 13 xx Xxxxx de 2017, entre Ia BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL,RUT N° 00.000.000-0, representada por su Director XXX XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXX, ambos domiciliados, para estos efectos, en xxxxx Xxxxxxxxx # 0000, xxxxxxx xxxx, xxxxxxx 000, xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx, en adelante Ia "Biblioteca" por una parte, y, por Ia otra, Xxx XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX, Cédula Nacional de Identidad N° 00.000.000-0, en adelante "el contratista", domiciliado para estos efectos en Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xx 0000, Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx, acuerdan el siguiente contrato de prestación de servicios, en adelante, el "Contrato"
PRIMERO: DEL CONTRATO
La Biblioteca requiere Ia provisión de servicios personales para Ia ejecución de trabajos menores, tendientes a Ia reparación, restauración, confección y otros, de similar naturaleza, de muebles e inmuebles institucionales.
Para estos efectos, y no encontrándose disponibles Ios servicios en el portal de compras y contratación pública, se resuelve su contratación directa amparados en el artículo 2 numerales 8 y 11 y artículo 000 Xx 0 todos del Reglamento de Ia Ley de Compras y Contratación Pública, contenido en el Decreto N° 250 del año 2004 del Ministerio de Hacienda.
EI tipo de contrato será en pesos chilenos, con pagos contra requerimiento de Ia Biblioteca y prestación efectiva y recepción conforme de servicios, en Ia forma y condiciones que más abajo se detallan.
SEGUNDO: DE LOS SERVICIOS QUE SE CONTRATAN
El contratista brindará Ios servicios contratados, de acuerdo a Ias especificaciones técnicas y requerimientos funcionales que Ie entregue Ia Biblioteca, por intermedio del Área de Desarrollo y Gestión de Infraestructura, cada vez que se requieran trabajos o reparaciones menores en sus sedes, todo en el marco de Ias normas vigentes y aplicables a este contrato y en general a Ia ejecución de buena fe Ios contratos. Para
estos efectos el Área designará una contraparte técnica en adelante C.T., cada vez que se requieran estos trabajos o reparaciones en sus sedes.
Corresponderá al contratista, especialmente Ia ejecución de Xxx siguientes trabajos:
-^ La confección, restauración y modificación de mobiliario de Ia BCN en madera, metal y aluminio.
^ Trabajos de pintura y barnizado de mobiliario e inmuebles institucionales
'^ Trabajos de restauración xx xxxxx (paredes), incluyendo pintura xx xxxxx y cielos
^ Trabajos de gasfitería (cuando es trabajo mayor, en Sede Valparaíso, previa consulta a Ia Empresa que certifica el Congreso Nacional, para cumplir Ias normas establecidas)
^ Trabajos eléctricos, tales como, cambio de enchufes, arranques de corriente y otros, (cuando es trabajo mayor, en Sede Valparaíso, previa consulta a Ia Empresa que certifica el Congreso Nacional, para cumplir Ias normas establecidas)
'^ Trabajos en tabiquería para separaciones de estaciones de trabajo.
^ Cambios de piso y otros trabajos menores que se Ie asignen.
A efectos del contrato, Ia Biblioteca, a través de Ia C.T. informará al contratista con Ia debida antelación el detalle de trabajos a realizar y el tipo de prestación que requerirá. El contratista cotizará Ios servicios requeridos. Al recibirse Ia cotización, Ia Biblioteca, a través de su C.T. deberá aprobar Ia misma a efectos de formalizar el requerimiento, momento desde el cual se contabilizan Ios plazos para Ia entrega de Ios trabajos.
La cotización de Ios trabajos deberá consignar todo Io necesario para su correcta y total ejecución en Ios términos y plazos previstos por Ia Biblioteca a través de su C.T., esto es, y a modo meramente enunciativo, Ios materiales y repuestos necesarios, herramientas, insumos, elementos de seguridad, pinturas, recubrimientos, etc.
Ante el requerimiento que formule Ia Biblioteca el contratista deberá formular una y/o más de una cotización, Ia que deberá considerar todos Ios necesario para Ia correcta y total realización de Ios trabajos encomendados, incluyendo Ia ganancia y/o pago de servicios personales.
Se deja expresa constancia que Ia definición de trabajos menores, cuya atención se entrega al contratista por ei presente instrumento, se refiere a obras cuyo costo total de ejecución sea igual y/o inferior a 10 UTM. La Biblioteca podrá, en todo caso, recurrir al trato directo con el contratista en Ios términos y condiciones previstos en Ia Ley de Compras y Contratación Pública y su Reglamento cuando el costo sea superior al antes indicado y siempre que concurra causal que Io justifique, siempre que su costo no sea superior a Ias 100 UTM.
El presente contrato no será impedimento para que el contratista pueda postular a Ias licitaciones en materias propias deI mismo.
TERCERO:PAGOS
La BCN pagará ai contratista contra recepción conforme en tiempo y forma de Ios trabajos requeridos. El contratista, una vez recepcionados Ios trabajos, deberá emitir factura o boleta de servicios por Ios montos previamente ofertados.
La contraparte técnica BCN dará visto bueno y conformidad a Ia factura luego de realizada Ia prestación, emitiendo además un informe respecto de Ia ejecución del servicio y de conformidad con el mismo, informe que contendrá, cuando corresponda el detalle de multas que se cobren en razón de atrasos y/o incumplimientos. La contraparte BCN será el Jefe del Área de Desarrollo e Infraestructura o quién Io subrogue.
El contratista deberá acreditar a Ia Biblioteca, al momento del pago, que no registra pagos pendientes respecto de sus trabajadores dependientes (si Ios tuviere) saldos insolutos de remuneraciones ni de cotizaciones de seguridad social.
En mérito de Io anterior el contratista, al presentar factura por el valor de Xxx servicios contratados, deberá acompañar comprobante de pago de sueldos (liquidaciones) y Ias últimas cotizaciones al día de sus trabajadores del mes que corresponde a Ia prestación del servicio. Además, deberá acompañar en el primer pago y semestralmente certificado emitido por Ia Inspección del Trabajo en el que conste que no existen reclamos en su contra. Sólo si estos antecedentes se ajustan a derecho y no dan cuenta de deudas pendientes, se procederá a visar el pago respectivo.
En el caso de que no tuviere trabajadores dependientes deberá informar esta circunstancia a Ia Biblioteca a través de su C.T.
CUARTO: MULTAS
La Biblioteca, con el propósito de estimular Ia eficiencia del contratista en Ia entrega de Ios servicios convenidos en Ios términos y plazos acordados y por él cotizados, aplicará multas, previo informe de Ia C.T. cuando éste no diere cumplimiento por cualquier causa a Ias obligaciones contraídas, en Ias formas ofertadas y en Ios plazos indicados, multa equivalentes a 0,5 UF del monto total ofertado por evento o día de atraso, según correspondiere, cuando a juicio de Ia Biblioteca Ia prestación no se haya realizado en Ios términos y condiciones ofertadas.
Se hará excepción a Ia aplicación de Ias multas en Ios siguientes casos:
>^ Fuerza mayor o caso fortuito, circunstancias que deberán ser comunicadas por escrito al Área de Desarrollo y Gestión de Infraestructura de Ia Biblioteca, con SU debida justificación. Estos casos serán apreciados y calificados por Ia Biblioteca, desestimándose Ias presentaciones que se efectúen después de 2 días hábiles contados desde Ia ocurrencia del hecho. Se entenderá por fuerza mayor o caso fortuito al imprevisto a que no es posible resistir.
'^ Alteración impuesta por Ia Biblioteca en Ios servicios encomendados, en caso que por razones de conveniencia, de fuerza mayor y otras, calificadas por Ia Biblioteca, ésta solicite Ia alteración del servicio, sin que ello altere el plazo total del contrato.
QUINTO: TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
La Biblioteca pondrá término anticipado al contrato, en Ios siguientes casos:
'^ Incumplimiento grave de Ias obligaciones contraídas por el contratista. Habrá incumplimiento grave, cuando el contratista no destina personal y/o materiales en Ia cantidad y de Ia calidad indicada en su propuesta o recursos suficientes que, a juicio de Ia Biblioteca no permitan cumplir con Ia entrega del servicio en Ia forma convenida.
V^ Si se considera que el contratista ha incurrido en negligencia, Ia que se traduce en que Ia calidad del trabajo ejecutado no corresponde a Io estipulado en Ia propuesta de Ia Biblioteca y/o en Ia cotización que este formula.
'^ Si existen causas graves imputables al contratista que, a criterio de Ia Biblioteca impidan una correcta ejecución de Xxx trabajos contratados.
>^ Si el contratista fuere condenado por algún delito que merezca pena aflictiva.
'^ Estado de notoria insolvencia, a menos que se constituyan cauciones que sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
>^ Si el contratista ha llegado a un arreglo de traspaso de todo o parte de sus bienes en favor de sus acreedores.
'^ Si el contratista registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores contratados en Ios últimos dos años, a Ia mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
'^ Cualquiera de Ias situaciones indicadas en Ios artículos 13 de Ia Ley deCompras Públicas y 77 del Reglamento de Ia misma Ley.
>^ Resciliación o mutuo acuerdo entre Ios contratantes. '^ Por exigirlo el interés público o Ia seguridad nacional.
^ Por muerte del contratista.
SEXTO: PROTECCION JURIDICA
El contratista, en el evento de que requiera contratar personal para Ia realización de Ios trabajos encomendados, tomará a su cuenta y cargo Ia contratación del personal necesario, siendo, por Io tanto, de su absoluta responsabilidad el pago de sus remuneraciones, imposiciones legales, seguros contra accidentes y por daños a terceros, indemnizaciones o cualquier otra prestación, liberando por tanto a Ia Biblioteca de cualquier responsabilidad con estos trabajadores.
Será responsabilidad del contratista acreditar y del Área de Desarrollo y Gestión de Infraestructura asegurar, en cada ocasión que sus servicios sean requeridos, estar al día en el pago de remuneraciones, imposiciones legales, seguros contra accidentes y por daños a terceros.
Asimismo, serán de cargo del contratista Ios costos por arriendo de maquinarias de trabajo y Ios materiales necesarios para Ia correcta ejecución del contrato, costos que deberá señalar en su cotización.
Las partes declaran que el presente contrato no crea vínculo laboral ni de dependencia ni subordinación alguna respecto del personal del contratista dedicado al cumplimiento del contrato.
En el evento de que ei contratista contraté a terceros para Ia ayuda y/o colaboración en Ia ejecución de Xxx trabajos encomendados, junto a Ia boleta o factura por sus servicios deberá acreditar estar al día con Ios pagos de remuneraciones que hubiere comprometido con estos terceros.
Será responsabilidad del contratista y/o de quienes con él se desempeñen el resarcir todo daño o perjuicio que se produjere a bienes muebles o inmuebles de Ia Biblioteca, que se vieren dañados por Ia acción negligente de estos.
Cualquier diferencia en Ia interpretación de Ia reglamentación y antecedentes indicados en el presente Contrato, será resuelta administrativamente por Ia Biblioteca sin perjuicio de Ia decisión que Ie corresponda a Ios Tribunales de justicia, según corresponda.
SEPTIMO: PERSONERIA
La personería de xxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, para actuar como Director de Ia Biblioteca del Congreso Nacional, consta en el acuerdo prímero de Ia sesión N°12/2012 de Ia Honorable Comisión Biblioteca de fecha 14 de Diciembre de 2012.