CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD
Conste por el tenor del presente documento Privado un CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD, suscrito al tenor de las cláusulas siguientes:
PRIMERA.- INTERVINIENTES: Suscriben el presente documento:
1.1. La FUNDACION EMPRENDER FUTURO, con NIT Nro. 285538024, inscrita legalmente en el Estado Plurinacional de Bolivia, con domicilio legal para efectos del presente Contrato ubicado en Xxxxx Xxxx xx xx Xxxxx Xx. 000, legalmente representada por la señora: XXXXXXX XXXXX XXXXX, mayor de edad, hábil por derecho, de nacionalidad Boliviana, con C.I. Nro. 4153885 expedido en Tarija como se desprende del Testimonio Poder Nro. 1126/2018 de fecha 25 de octubre del año 2018, otorgado ante la Notaría de Fe Pública Nro. 27 a cargo de la Dra. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx del Distrito Judicial de La Paz, quien en adelante y a efecto del presente contrato se denominara LA FUNDACION.
1.2. La señorita ,
mayor de edad, hábil por ley, domiciliada en
……………………………………………………………..………………………, con documento de identidad No. …….………….……………, para efectos del presente contrato será denominado simplemente, EL ESTUDIANTE.
SEGUNDA.- ANTECEDENTES: Son antecedentes para la suscripción del presente contrato:
1. Que LA FUNDACION, ha elaborado un programa de capacitación especializado en el desarrollo de habilidades blandas y tecnológicas dirigido a mujeres, el cual se compone de actividades, proyectos, talleres y Programas enfocados a incentivar y desarrollar habilidades tecnológicas y habilidades blandas bajo metodologías propias de la Fundación en mujeres.
2. Que EL ESTUDIANTE, ha manifestado su interés en Participar en los cursos, talleres, proyectos y/o Programas de capacitación impartidos por
la FUNDACION consistentes en ser parte del Programa Mujeres 360 (Programa y Bootcamp).
3. Que el ESTUDIANTE reconoce y acepta que con ocasión de las presentaciones de los estudios de LA FUNDACION, tendrá acceso a información de carácter confidencial en la que se han invertido recursos y esfuerzos intelectuales considerables.
4. Que para estos efectos se considerará como información CONFIDENCIAL aquella que es recibida, por cualquier, medio por EL ESTUDIANTE dentro de las presentaciones que haga LA FUNDACION y que sea resultado directo de sus investigaciones, trabajos, planes y proyectos. En general se considerará confidencial cualquier información que LA FUNDACIÓN presente, bien sea ésta de carácter técnico, tecnológico, contable, legal, industrial o comercial.
TERCERA.- ALCANCES.- Las partes celebran un acuerdo de confidencialidad que se rige por las siguientes cláusulas:
EL ESTUDIANTE, se obliga a guardar absoluta reserva sobre toda la información, políticas, procedimientos, metodologías, herramientas, planes, información, proyectos e investigaciones que le sean suministrados por LA FUNDACION, o a los que tenga acceso con ocasión del desarrollo de las reuniones que celebre con él y que se relaciones con los PLANES DE ESTUDIO descritos en las consideraciones iniciales de este acuerdo.
EL ESTUDIANTE reconoce y acepta que toda información que reciba o a la que tenga acceso con ocasión de este acuerdo, es información confidencial, salvo que EL ESTUDIANTE, pueda demostrar que la información o parte de ella es de carácter público, en los siguientes casos:
Cuando dicha información se encontrare en el dominio público sin la intervención directa o indirecta, activa o pasiva de EL ESTUDIANTE, que recibió la información.
Cuando dicha información se hubiere publicado legalmente o de cualquier otra manera hubiere sido revelada al público después de que le haya sido dada a conocer a la parte que recibió la información, sin que dicha información se haya hecho pública por o con asistencia de EL ESTUDIANTE en violación del presente acuerdo.
Dicha información que de cualquier otra forma hubiere sido puesta legalmente a disposición de o en conocimiento de la parte que recibió la información sobre una base no confidencial, por un tercero que, en el xxxx saber y entender de la parte que recibió la información, no haya recibido la información con reserva directa o indirecta por parte de LA FUNDACIÓN.
Si se le solicitare o exigiere a la parte que recibe la información divulgar la información confidencial mediante una orden judicial o una solicitud de revelar, o por requerimiento administrativo u otro mecanismo similar, la parte respectiva deberá notificar a la Parte que entregó la información de tal solicitud o requerimiento de manera inmediata, de tal forma que dicha parte pueda adelantar la acción judicial o administrativa tendiente a la protección de tal información.
EL ESTUDIANTE, se obliga a que una vez terminados sus análisis y estudios, devolverá todos los documentos que hayan sido suministrados por LA FUNDACION, y en todo caso los devolverá cuando éste se lo exija. Esta obligación de entrega de los documentos comprende todo tipo de soporte de información. EL ESTUDIANTE se compromete a no reproducir, sin previa autorización, y en caso de haberla obtenido se obliga a devolver dichas copias junto con los soportes originales cuando proceda tal devolución.
La obligación de entrega de los documentos de EL ESTUDIANTE surgirá cuando culmine el proceso de estudio.
CUARTA.- INCUMPLIMIENTO.- El ESTUDIANTE, se compromete a no divulgar por ningún medio verbal o escrito, la Información Confidencial a ninguna persona, empresa, asociación o entidad jurídica, reconociendo que en caso de infracción o incumplimiento, corresponde el resarcimiento de daños y perjuicios ocasionados a LA FUNDACION por tal divulgación, sin perjuicio de las acciones penales que LA FUNDACION pudiere iniciar.
En caso de ocurrir cualquier incumplimiento por parte del ESTUDIANTE a los términos previstos en el presente Acuerdo, LA FUNDACION se reserva el derecho de recurrir a cualquier autoridad judicial para prevenir que el ESTUDIANTE continúe incumpliendo la obligación de confidencialidad, considerando que la confidencialidad que se conviene respecto de la Información Confidencial se establece sobre la base de que cualquier incumplimiento podrá resultar en un daño económico para la FUNDACION, pasible de reparación ante la instancias legales correspondientes.
QUINTA.- ACEPTACIÓN.- Las partes intervinientes aceptan el tenor íntegro del presente convenio, suscribiendo al pie en señal de conformidad.
La Paz 14 de Octubre del 2021
XXXXXXX XXXXX 4153885 TJ DIRECTORA LA FUNDACION | EL ESTUDIANTE |