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PLIEGO DE BASES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO XX XXXXXXX DE COMUNICACIONES PARA EL PLAN INTEGRAL DE GESTION DE RESIDUOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA.
INDICE
CAPITULO I OBJETO Y CONDICIONES GENERALES CAPÍTULO II OBLIGACIONES DE LAS PARTES CONTRATANTES
CAPITULO III CONDICIONES RELATIVAS A LOS MEDIOS PERSONALES CAPITULO IV CONDICIONES TÉCNICAS DE LOS SERVICIOS A REALIZAR CAPITULO V PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO
CAPITULO VI PRESUPUESTO
ANEXOS
ANEXO 1 DIMENSIONAMIENTO Y PRESUPUESTO 1
CAPÍTULO I - OBJETO Y CONDICIONES GENERALES 1 - OBJETO Y FINALIDAD DEL CONTRATO
La finalidad del presente Xxxxxx es dar cumplimiento a una de las medidas contempladas en el Plan Integral de Gestión de Residuos de la Ciudad Autónoma de Melilla 2012-2016, que no es más que las campañas de comunicación y concienciación respecto distintos tipos de residuos contemplados en dicho Plan, tales como:
Residuos de origen doméstico:
o Orgánicos.
o Vidrio.
o Papel cartón
o Envases ligeros.
o Madera.
Residuos de construcción y demolición. (RCD)
Residuos de Xxxxx, baterías y acumuladores.
Residuos Voluminosos (Origen domiciliario: muebles, colchones...)
Residuo de Vehículo fuera de Uso (VFU).
Residuos de aceites minerales usados.
Residuos hospitalarios.
Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. (RAEE’s)
Residuos de aceites vegetales usados. 2
Residuos de la limpieza de vías públicas, zonas verdes y áreas recreativas
(residuos Forestales).
Residuos de productos farmacéuticos
Residuos especiales. Se refiere a los residuos de origen doméstico o de pequeños talleres, cuya recogida se sitúa en los puntos limpios programados.
Residuos de Neumáticos fuera de uso. (NFU).
Por consiguiente, de acuerdo con lo expuesto, el objeto del presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, es el de servir de base para proceder a la contratación de todos los trabajos y servicios que se precisan y son necesarios para el diseño y difusión de campañas de comunicación en cumplimiento con el Plan Integral de Gestión de Residuos de la Ciudad Autónoma de Melilla 2012-2016, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Mediante el establecimiento de las especificaciones que más adelante se desarrollan se persigue un doble objetivo:
Por un lado poner de manifiesto las directrices por las que ha de regir la relación entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Empresa Adjudicataria en su aspecto Técnico.
Por otro lado, establecer la normativa general del trabajo a realizar, marcando pautas a cada actuación, señalando niveles mínimos de calidad y de aceptación del trabajo realizado y, en general, delimitando el marco dentro del cual ha de desarrollarse la actividad de la Empresa Adjudicataria.
2 - NORMATIVA APLICABLE
El Contrato se regirá por:
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del presente Contrato.
Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares del presente Contrato.
Ley de Bases de Régimen Local, de 2 xx xxxxx de 1985 y Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Real Decreto 485/1.997, de 14 xx xxxxx, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo (B.O.E. número 97, de 23 xx xxxxx de 1.997).
Real Decreto 486/1.997, de 14 xx xxxxx, por el que se establecen las disposiciones
mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo (B.O.E. número 97, de 23 3
xx xxxxx de 1.997).
Ley 31/1.995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, publicado en el B.O.E. número 269, de 10 de Noviembre de 1.995 y posteriores modificaciones.
Reglamento de Seguridad en las Máquinas. Real Decreto 1.495/1.986, de 26 de
Mayo y posteriores modificaciones.
Real Decreto 1.942/1.993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios.
Real Decreto 314/2006, de 17 xx xxxxx, por el que se aprueba el Código Técnico
de la Edificación (CTE). “DB-SI. Documento Básico SI: Seguridad en caso de
incendio”.
Y demás Instrucciones y Normas Técnicas vigentes y que les sea de aplicación.
Respecto al personal que emplee en la realización del servicio, el empresario contratante estará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia tributaria, relaciones laborales, seguridad y salud en el trabajo, quedando la Ciudad Autónoma de Melilla exonerada de responsabilidad por este incumplimiento.
El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anejos al mismo o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole dictadas por la Administración que puedan tener aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al empresario de la obligación de su cumplimiento.
3 - ALCANCE DEL CONTRATO
El Plan Integral de Gestión de Residuos de la Ciudad Autónoma de Melilla 2012-2016, establece medidas para los siguientes residuos, que serán incluidos en las campañas de comunicaciones:
Residuos de origen doméstico:
o Orgánicos.
o Vidrio.
o Papel cartón
o Envases ligeros.
o Madera.
Residuos de construcción y demolición. (RCD)
Residuos de Xxxxx, baterías y acumuladores.
Residuos Voluminosos (Origen domiciliario: muebles, colchones...)
Residuo de Vehículo fuera de Uso (VFU).
Residuos de aceites minerales usados.
Residuos hospitalarios.
Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. (RAEE’s)
Residuos de aceites vegetales usados.
Residuos de la limpieza de vías públicas, zonas verdes y áreas recreativas (residuos Forestales). 4
Residuos de productos farmacéuticos
Residuos especiales. Se refiere a los residuos de origen doméstico o de pequeños talleres, cuya recogida se sitúa en los puntos limpios programados.
Residuos de Neumáticos fuera de uso. (NFU). Quedan fuera de las campañas de comunicaciones:
Residuos de Matadero
Residuos de lodos de la EDAR.
Residuos de la planta incineradora.
Dentro de los residuos que se incluyen en las campañas de comunicaciones, distinguimos 2 tipos, cuyo tratamiento en las campañas de comunicaciones serán distintos:
Tipo 1
Aquellos que disponen de legislación específica donde se fijan los objetivos de reciclado por habitantes y año, son residuos que en la campaña debemos referirnos a los objetivos de la legislación, situación en Melilla y objetivos de Plan Integral. Además se debe hacer mención a las mejoras ambientales que supone reciclar. Se incluyen entre estos residuos, los siguientes:
Residuos de envases xx xxxxxx
Residuos de papel Xxxxxx
Residuos de Xxxxx, baterías y acumuladores.
Residuo de vehículo fuera de uso.
Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
Aceites vegetales usados.
Tipo 2
Se incluye en este grupo todos aquellos residuos producidos por particulares que tienen normas de prerrecogida y recogida, las cuales deben ser divulgadas pues el cumplimiento de estas produce beneficios ambientales. El ejemplo típico son las normas de prerrecogida de los residuos orgánicos de origen domiciliario. Estas normas pues también deben ser divulgadas. Dentro de este grupo se incluirá los puntos limpios una vez estén construidos, el tipo de residuos que se puede llevar y las normas para depositarlo.
En resumen, en las diferentes la campaña de comunicación se incluirán: objetivos de reciclado; beneficios ambientales del reciclado; comparativa de cantidades recicladas en Melilla, en el estado Español y cantidades que indica la legislación; normas de depositar los residuos, con especial atención a los residuos orgánicos, RCD y en su momento a los
puntos limpios. 5
Para todas estas indicaciones se contará con el Plan Integral de Gestión de Residuos de la Ciudad Autónoma de Melilla 2012-2016.
4 - CONDICIONES GENERALES
Todos los servicios contratados se prestarán con sujeción estricta a lo especificado en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas y en el Cláusulas Administrativas Particulares, así como a lo dispuesto en el documento administrativo mediante el que se formalice el contrato y en el contenido de la proposición seleccionada.
La adjudicataria estará obligada a aceptar, por el mero hecho de haber concurrido a la licitación, la situación en que se encuentran los edificios objeto del contrato, sin que tenga derecho a reclamar compensación alguna por el sobreesfuerzo que exija el exacto cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
CAPÍTULO II - OBLIGACIONES DE LAS PARTES CONTRATANTES 1 - OBLIGACIONES COMUNES
1.1. Nombramiento de representantes
Tanto la Ciudad Autónoma de Melilla como la empresa adjudicataria, designarán una persona que les represente, quedando constancia escrita de dicha designación.
1.2. Misiones de los representantes
La comunicación entre las partes de cuantas circunstancias puedan producirse en detrimento de la calidad del servicio, el cumplimiento de horarios, de impedimentos u obstáculos originarios de los mismos y en general, de cuanto a juicio de ambas partes pueda acontecer en contradicción al estricto cumplimiento de las obligaciones que las partes contratantes han asumido.
Cualquiera de estas comunicaciones se hará por escrito con la firma del "enterado" por la parte afectada.
2 - OBLIGACIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA
Con independencia de las obligaciones derivadas del Contrato, ésta asume las siguientes: 6
Primero.- Facilitar energía eléctrica y agua sin cargo para el Adjudicatario, y que le sea precisa para la prestación del servicio que contrata. Informará de la situación de puntos de abastecimiento, potencias, voltajes y caudales.
Segundo.- Colaborar a que todo el personal asignado a los servicios que se contratan por la Empresa, tenga acceso a cada una de las dependencias y servicios de los locales a tratar y a todos los puntos de superficie. La colaboración se entiende en el sentido de tratar que no existan obstáculos que impidan la realización del servicio contratado, recabando de empleados, visitantes y público en general su concurso, cuando tal requerimiento sea necesario.
Tercero.- La Ciudad Autónoma se obliga durante la vigencia del Contrato a establecer consignaciones presupuestarias suficientes para el pago de sus obligaciones.
Cuarto.- La Ciudad Autónoma designará una persona con suficiente capacidad técnica, la cual controlará las actividades que en este pliego se definen.
Quinto.- El abono puntual al contratista adjudicatario, en la forma administrativamente procedente, de las sumas devengadas por la prestación de los servicios y trabajos que nos ocupan, y a la revisión, en el caso que legalmente así proceda, del precio de la adjudicación, siguiendo para ello, lo que se determine en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Sexto.- Asistirle en todos los impedimentos o dificultades que pudieran aparecer para la correcta prestación de todos los trabajos y operaciones objeto del presente Pliego de Condiciones.
3 - OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA
Primero.- El personal asignado al servicio contratado, deberá estar protegido mediante una Póliza de Seguros que cubra las contingencias de Accidentes de Trabajo dentro de la jornada laboral, considerando incluido en la misma el período de tiempo dedicado al transporte hasta el Centro de Trabajo. Así como el Riesgo Catastrófico dentro del Centro de Trabajo, incendio, explosión espontánea o provocada, caída xx xxxx etc.
La empresa se compromete a exonerar a la Ciudad Autónoma de Melilla, de cualquier responsabilidad en este sentido, sin reclamación de cantidad alguna en caso de producirse el Riesgo Catastrófico.
Segundo.- Los daños de cualquier clase por negligencia, impericia o imprudencia durante la realización de los servicios contratados que, por las razones expuestas se causen en las instalaciones o se produzcan a terceras personas o a las mercancías y materiales depositados en lugares inmediatos, serán de la entera responsabilidad de la Empresa, quien para la cobertura de los posibles daños, concertará con una Compañía de Seguros,
póliza de Responsabilidad Civil de 300.000 €. 7
De dicha Póliza remitirá copia autenticada a la dirección de Trabajo y a la Ciudad Autónoma de Melilla.
Tercero.- El personal empleado por la Empresa en la prestación de los servicios contratados, deberá estar, mientras permanezca en el centro de trabajo, correctamente uniformado y aseado, adoptando una actitud correcta y de esmerada educación hacia el resto de empleados de la propia empresa, visitantes y público en general.
Cuarto.- El personal destinado a la ejecución del Servicio, será mantenido inalterable por el contratista, dentro de cada uno de los turnos señalados, tanto en días laborables, como festivos, por lo que la empresa dispondrá del personal suficiente y necesario en su plantilla, para cumplir las exigencias que precedan en orden a suplir ausencias por cualquier causa, teniendo en cuenta que el personal que sea preciso para la realización del servicio ostentará respecto del mismo, su condición de patrono en cuanto a derechos y obligaciones dimanantes de la relación laboral contractual, por lo que serán de su exclusiva responsabilidad, el cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, seguridad social, y seguridad e Higiene en el trabajo, quedando entendido que en ningún caso, el personal que el Adjudicatario destine a la prestación del servicio podrá alegar derecho alguno frente a la Ciudad Autónoma, ya sea por finalización de contrato, por resolución del mismo o por cualquiera de las causas previstas para este tipo de contratas.
A efectos de control para la seguridad del Centro de Trabajo, la Empresa se obliga a presentar la relación del personal con indicación del puesto de trabajo, así como cualquier modificación que con respecto al mismo haya de realizar durante su ejecución. Modificación que deberá ser autorizada por la Dirección del centro o dependencia.
No podrá afectar a La Ciudad Autónoma de Melilla responsabilidad alguna o subsidiaria que derive de la relación laboral de quienes colaboren en el servicio, y si no obstante ello le fuese impuesto, bien al adjudicatario o a quien le suceda, por alguna autoridad, organismo o tribunal, se entiende que la Empresa vendrá obligada a resarcir a la Asamblea de La Ciudad Autónoma de Melilla del importe económico de dicha cantidad.
Quinta.- Si los servicios contratados a criterio de la Ciudad Autónoma de Melilla debiese de ser aumentado de forma temporal o fija, la Empresa Adjudicataria estará obligada a cubrir la ampliación. Los precios de la ampliación serán los que rijan en el contrato vigente.
Sexta.- Será obligación de cualquiera de los operarios de la empresa adjudicataria atender todos los trabajos relacionados con sus obligaciones, que de forma ocasional puedan presentarse y para los cuales sean requeridos por el representante de la Ciudad Autónoma.
Séptima.- La empresa adjudicataria presentará listado de trabajadores junto con la fianza definitiva y en todo caso antes de la formalización del contrato. 8
Octavo.- Para la realización de las Certificaciones mensuales, que realizará la Oficina Técnica designada por la Consejería de Medio Ambiente como responsable del control del servicio, la empresa adjudicataria, presentará los últimos recibos de la S.S., en su poder y el dimensionamiento de los operarios que ocupa en el servicio, esto será presentado entre el día 5 y 10 de cada mes. En el dimensionamiento deben venir los operarios que realizan los trabajos, con la misma especificación que en los recibos de la S.S., indicando al menos, número de horas por día, horario de trabajo, categoría y en el caso de Seguros Sociales compartidos por más operarios de la empresa en otros servicios, los indicados en el dimensionamiento, vendrán subrayados en los Recibos de la S.S.
Noveno. - El contratista adjudicatario quedará obligado a disponer de todas los elementos de trabajo principales y auxiliares, utillaje, organización y personal adecuado y necesarios, para la adecuada y perfecta realización de todos los trabajos, servicios y operaciones objeto del presente Pliego de Condiciones.
Décimo. - El contratista adjudicatario queda obligado a facilitar al responsable del control del servicio cuanta información o documentos le sean requeridos a efectos de control o controles estadísticos, o conocimiento de las operaciones o trabajos realizados, materiales utilizados, etc.
Undécimo. - El contratista adjudicatario es responsable del total y exacto cumplimiento de los citados servicios, operaciones y trabajos, en consecuencia, no servirá de excusa las faltas que cometan los trabajadores que realicen trabajos o servicios para él.
Duodécimo. - Será de cuenta del contratista adjudicatario el abono a todo el personal a su servicio y/o cargo, de todos los devengos de cualquier orden que cause, conforme a la Reglamentación Laboral que le sea aplicable.
Décimo tercero. - El contratista adjudicatario queda obligado al más exacto cumplimiento de todas las leyes y disposiciones legales vigentes en materia social, laboral y de seguridad e higiene en el trabajo, debiendo tener por tanto a todo el personal a su servicio debidamente legalizado, de acuerdo con las mismas.
Décimo cuarto. - La empresa o contratista adjudicatario estará obligado a resolver todas las reclamaciones que puedan presentarse en la Ciudad Autónoma de Melilla por posibles daños que puedan o pudieran producirse como consecuencia y durante la realización y prestación de los trabajos y servicios objeto del presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
Décimo quinto. - Serán a cargo del contratista adjudicatario todos los impuestos, derechos y tasas, tributos estatales y provinciales que gravan las actividades y medios materiales sobre los que recae la prestación del servicio objeto del presente contrato.
Décimo sexto. - El contratista adjudicatario no podrá subarrendar, ceder o traspasar los 9 derechos y obligaciones dimanantes del presente contrato, sin previa autorización de la Ciudad Autónoma de Melilla, el cual le otorgará, si concurren las condiciones legales para ello, y en consideración a las condiciones que ofrezca el concesionario, pudiendo incluso establecer nuevas garantías adicionales para la autorización del traspaso del servicio que nos ocupa y que se señala en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
CAPÍTULO III - CONDICIONES RELATIVAS A LOS MEDIOS PERSONALES 1 - DISPONIBILIDAD DE PERSONAL
La Empresa Adjudicataria deberá disponer del personal necesario, en número y con cualificación suficiente para efectuar los trabajos especificados en el presente Pliego de Condiciones.
La Ciudad Autónoma de Melilla no tendrá relación jurídica, ni laboral, ni de otra índole con el personal de la Empresa Adjudicataria, durante el plazo de vigencia del Contrato, ni al término ni una vez extinguido el mismo.
El/la Adjudicatario/a, no podrá pretextar la falta de personal para suspender o retrasar los servicios ofertados o que expresamente le ordene la Ciudad Autónoma de Melilla, debiendo disponer en todo momento del necesario para su ejecución.
2 - VARIACIONES DE PLANTILLA
Durante la vigencia del contrato, siempre que se vaya a producir una variación en la plantilla con la que se inicia el Contrato, bien sea por jubilación, defunción, baja voluntaria, despido, invalidez temporal, invalidez permanente, etc.; o siempre que se produzca una variación por necesidades del servicio, el Adjudicatario está obligado a
comunicar por escrito tal hecho, a los Servicios Municipales. En la comunicación deberá 10
incluirse además los siguientes datos: Identidad, D.N.I., tipo de contrato, antigüedad.
Toda sustitución será realizada como mínimo, con personal de la misma cualificación y horario que tenía el sustituido.
3 - VESTUARIO
Todo el personal empleado en la realización de los servicios, deberá estar perfectamente uniformado. Los/las licitadores/as presentarán un boceto con los tipos de uniforme que propongan para el personal.
La calidad y cantidad del vestuario del personal deberá cumplir en todo momento lo establecido por los Convenios Colectivos y por la Normativa de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
4 - SEGURIDAD DEL PERSONAL Y RESPONSABILIDAD CIVIL
La adjudicataria deberá tener debidamente asegurado a todo el personal a su cargo, según la vigente normativa sobre Derecho del trabajo y Seguridad Social. Por otra parte, al inicio de la ejecución del contrato deberá presentar copia de las pólizas de seguros de responsabilidad civil suscritas que cubran posibles daños a terceros y a la propia Ciudad Autónoma en la realización de los trabajos contemplados durante toda la ejecución del contrato cuyo capital mínimo asegurado deberá ser de 300.000 €.
La Adjudicataria dotará a su personal de tantos equipos de protección individual y colectivos que sean necesarios, a fin de lograr la seguridad de los/las trabajadores/as frente a los riesgos derivados de su actividad.
7 - ASEO Y DECORO DEL PERSONAL
La Adjudicataria se responsabilizará de la falta de aseo, decoro, uniformidad en el vestuario, o de la descortesía o mal trato que el personal observe con respecto a los/las usuarios/as de las instalaciones.
Tales hechos darán lugar a la imposición de las sanciones que se establecen en este Pliego.
8 - FORMACIÓN DE PERSONAL, SEGURIDAD E HIGIENE Y SERVICIOS MÉDICOS
La adjudicataria deberá observar el estricto cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de Seguridad de Higiene en el trabajo, así como los Servicios Médicos necesarios.
Asimismo será por cuenta de la Adjudicataria la organización de las actividades de formación necesarias para la actualización permanente de la plantilla al servicio del contrato. 11
9 - OTRAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
La Adjudicataria quedará obligado al cumplimiento de las obligaciones laborales que determine la legislación vigente, en materia de salarios, seguridad social, accidentes de trabajo, puntualidad laboral, formación, seguridad e higiene, etc. Mensualmente adjuntará copia de los documentos TC1 Y TC2, sellados y autentificados por la entidad pagadora.
El incumplimiento de cualquiera de estos aspectos facultará a la Ciudad Autónoma de Melilla para la resolución del contrato.
En ningún caso incumbirá responsabilidad alguna a la Ciudad Autónoma de Melilla, sino sólo a la Contratista, por lo que pudiera provenir del incumplimiento de las obligaciones que el Adjudicatario tuviera contraídas con sus operarios/as o empleados/as, o de los daños que pudieran derivarse de la ejecución de las diversas prestaciones objeto del contrato.
La Adjudicataria estará obligado a presentar los informes y estudios que sobre procedimientos, materiales, productos, maquinaria, ensayos, etc., le sean solicitados por los Servicios Técnicos y que evidentemente estén relacionados con los trabajos a desempeñar.
CAPÍTULO IV - CONDICIONES TÉCNICAS DE LOS SERVICIOS A REALIZAR 1 - NÚMERO DE CAMPAÑAS A CONTRATAR
Se plantean en el presente Pliego dos campañas anuales, hasta los años que restan al Plan Integral de Gestión de Residuos de la Ciudad Autónoma de Melilla 2012-2016.
Año | Nº camp. |
2014 | 2 |
2015 | 2 |
2016 | 2 |
TOTAL | 6 |
2 - CARACTERÍSTICAS DE CADA CAMPAÑA
La campaña será mediante comunicación directa con el ciudadano.
El perfil de las personas a la que queremos llegar es preferentemente mayores de 20 años y que lleven la dirección / organización de una casa.
La comunicación con el ciudadano se realizará al menos mediante 3 actuaciones:
o Parar al ciudadano ofreciéndole algún regalo como bolsas de reciclado xx xxxxxx y pilas (regalo suministrado por la Consejería de Medio Ambiente).
o Hablarle de las ventajas medioambientales del reciclado, de las cantidades 12
que marca la legislación, de cómo depositar los residuos etc.
o Finalmente, entregarle folletos que recuerden lo que verbalmente se le ha comentado. En cuanto a los folletos hay que prepara al menos 2 trípticos: uno para los residuos domiciliarios y otro para el resto. Además se prepararan folletos individualizados tipo octavilla. Preparar 10 folletos y de cada uno de estos preparar 2.500.
Cada campaña incluye la obligación de llegar a 2.000 personas.
Lugares:
o Puertas de mercados y supermercados y días de máximo uso, por ejemplo sábados.
o Zonas de Paseo por ejemplo Paseo marítimo, Plaza de las 4 culturas en domingos y festivos.
o Resto de días en zonas concurridas de la Ciudad, por ejemplo Avda. Xxxx Xxxxxx X (lugar más idóneo Plaza Xxxxxxxx Xxxxxx).
Horarios: preferentemente, sin ser obligatorio, de 10:00 a 14:00 horas.
La empresa adjudicataria antes del comienzo de los trabajos deberán presentar relación de lugares, días y horarios donde se van a realizar los trabajos, debiendo contar con la conformidad de la Consejería de Medio Ambiente.
3 - MEDIOS MATERIALES Y AUXILIARES
La Empresa Adjudicataria deberá poner a disposición del servicio un stand o mostrador transportable, de material resistente y de primera calidad, cuyo diseño será aprobado previamente por el Técnico Responsable del Servicio.
Los transportes del stand, así como de los regalos y flyers de propaganda a los puntos de comunicación establecidos por el Técnico Responsable del Servicio correrán a cargo de la Empresa Adjudicataria.
El adjudicatario diseñara los trípticos y folletos, debiendo recibir el visto bueno de la Consejería de Medio Ambiente antes de imprimirlo y someterse a las exigencias de cambio, si las hubiese, aceptando la realización de un nuevo diseño.
Para cada campaña se requerirán:
Trípticos tamaño A4: 2 modelos distintos de 2.500 unidades cada uno.
Octavilla tamaño A5: 10 modelos distintos de 2.500 unidades cada una.
El diseño de los anuncios de prensa escrita y radio, en caso de ser necesario, serán diseñados por parte de la Empresa Adjudicataria, corriendo la Ciudad Autónoma de Melilla con los gastos derivados de dichas publicaciones en los medios.
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CAPÍTULO V - PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO
El periodo o plazo de vigencia del contrato vendrá determinado en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del Contrato.
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CAPÍTULO VI - PRESUPUESTO
1 - PRESUPUESTO DE LICITACIÓN
El presupuesto total de licitación del presente contrato es de 29.358,12 € (VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO EUROS CON DOCE CÉNTIMOS DE EURO)
(IPSI incluido), con un importe de IPSI de 1.129,16 € (MIL CIENTO NOVENTA EUROS CON DIECISEIS CÉNTIMOS DE EURO).
Queda desglosado y justificado en el ANEXO 1. 2 - VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El valor estimado del presente contrato es de 29.358,12 € (VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO EUROS CON DOCE CÉNTIMOS DE EURO) (IPSI
incluido), con un importe de IPSI de 1.129,16 € (MIL CIENTO NOVENTA EUROS CON DIECISEIS CÉNTIMOS DE EURO).
3 - REVISIÓN DE PRECIOS
La revisión de precios se realizará con carácter anual, coincidiendo la primera revisión con el vencimiento del primer año de ejecución del contrato. A estos efectos se tomará
como fecha de inicio de contrato la fecha que figure en el acta de inicio de explotación. 15
La revisión de precios se realizará modificando los coeficientes de retribución que rijan la cuantía económica del contrato, aplicando a los inicialmente ofertados, el 85% de la variación que en más o en menos experimente el Índice de Precios al Consumo (IPC), a partir del segundo año del contrato.
4 - FORMA DE ABONO DE LOS SERVICIOS
Para la realización de las Certificaciones mensuales, que realizará la Oficina Técnica designada por la Consejería de Medio Ambiente como responsable del control del servicio, la empresa adjudicataria, presentará los últimos recibos de la S.S.,en su poder y el dimensionamiento de los operarios que ocupa en el servicio, esto será presentado entre el día 5 y 10 de cada mes. En el dimensionamiento deben venir los operarios que realizan los trabajos, con la misma especificación que en los recibos de la S.S., indicando al menos, número de horas por día, horario de trabajo, categoría y en el caso de Seguros Sociales compartidos por más operarios de la empresa en otros servicios, los indicados en el dimensionamiento, vendrán subrayados en los Recibos de la S.S.
Se emitirán mensualmente certificaciones donde se tendrán en cuenta los servicios realmente ejecutados en el período de comprobación, descontándose así los servicios que por cualquier motivo no se hayan realizado, sanciones impuestas en caso de que las hubiere, importes de daños que se hubieran causado a la Ciudad Autónoma de Melilla y a terceros con motivo de la ejecución de las diferentes prestaciones salvo las que se
originen en una orden directa de la Administración, etc. Los importes de las certificaciones de ajuste variarán, por tanto, en función de las compensaciones positivas o negativas aplicadas.
Melilla, febrero de 2014
El Director General de Gestión Técnica de Medio Ambiente
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx
00
XXXXX 0 Dimensionamiento y presupuesto.
00
XXXXX 0 - DIMENSIONAMIENTO Y PRESUPUESTO
1 - DETERMINACIÓN DEL PRECIO HORARIO DE MANO DE OBRA
1.1. Base normativa aplicable
Convenio Colectivo Estatal de las empresas de seguridad (BOE número 99, de 25 xx xxxxx de 2013).
Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el 2013, en su disposición final décima séptima, modifica la tabla de cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, contenida en el apartado uno de la disposición adicional cuarta de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el 2007, con efectos de 1 de enero de 2013 y vigencia indefinida.
Orden ESS/56/2013, de 28 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional, contenidas en la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el 2013.
Resolución de fecha 21/01/2013 del Área de Trabajo e Inmigración de la Delegación del Gobierno en Melilla por la que se registra y publica el Acuerdo Sectorial sobre Materias Concretas (BOME número 4994, de 25 de enero de 2013).
1.2. Supuestos contemplados y determinación del precio horario orientativo del 18
presupuesto
Para la determinación del precio horario consideraremos:
Las tablas salariales descritas en el Convenio Colectivo Estatal de las empresas de seguridad (BOE número 99, de 25 xx xxxxx de 2013), para el año 2014 y la categoría de azafata.
Una antigüedad media de 3 años, lo que suponen 1 trienio.
Se establece, para la valoración, como modelo de contrato único el modelo 100 INDEFINIDO.
1.3. Otros aspectos contenidos en el precio
Se considera incluido en el precio y, por tanto, correrán por cuenta del Contratista, los costes derivados del absentismo laboral.
Del mismo modo, sólo para los horarios básicos contemplados en el presente Pliego de Condiciones, se establecerá un único precio horario, que es el que se determina en el presente apartado; independientemente del horario en el que se preste el servicio, por lo que el Contratista deberá absorber los sobrecostes de nocturnidad (de 22:00 h. a 6:00 h.), desempeño del servicio en días festivos, etc.
1.4. Determinación del precio de mano de obra
COSTES SALARIALES SEGÚN CONVENIO ESTATAL DE EMPRESAS DE SEGURIDAD (BOE Num. 99 DE 25/04/2013) | TIPO CONT. | ||||||
CATEGORIA: AZAFATA | ANTIGÜEDAD: | TRIENIOS: | 1 | ||||
CONCEPTOS | €/MES | MESES | TOTAL | ||||
Costes Sujetos s S.S. (s/ Convenio Colectivo) | Sueldo Base Diario | 842,30 | 100,00% | 842,30 | 12,0 | 10.107,60 | |
Plus de Antigüedad | 25,45 | 1,00 | 25,45 | 12,0 | 305,40 | ||
Plus de Residencia | 867,75 | 25,00% | 216,94 | 12,0 | 2.603,25 | ||
Plus de Transporte | 83,11 | 100,00% | 83,11 | 12,0 | 997,32 | ||
Plus de Actividad | 124,07 | 100,00% | 124,07 | 12,0 | 1.488,84 | ||
Pagas Ex tras (Verano, Navidad y Benef.) | 1.049,48 | 3,0 | 3.148,44 | ||||
Complemento Retributiv o (BOME 4494) | 0,056414 | 18.650,85 | 1.052,17 | ||||
(2014) | |||||||
TOTAL COSTES SUJETOS A S.S. | 19.703,02 | ||||||
Costes NO Sujetos s S.S. (s/ Convenio Colectivo) | |||||||
TOTAL COSTES EXENTOS A S.S. | 0,00 | ||||||
Costes de S.S. | Contingencias Generales | 23,60% | 4.649,91 | ||||
Desempleo | 5,50% | 1.083,67 | |||||
Formación Profesional | 0,60% | 118,22 | |||||
Fondo de Garantía Salarial | 0,20% | 39,41 | |||||
Accidentes Trabajo y Enfermedades Prof. | 3,60% | 709,31 | |||||
Bonificación Empresarial S.S. | (50% para 2014) | 5.891,20 | 50,00% | -2.945,60 | |||
TOTAL COSTES S.S. | 3.654,91 | ||||||
TOTAL COSTE SALARIAL s/ CONVENIO COLECTIVO TOTAL HORAS ANUALES COSTE HORARIO | 23.357,93 | ||||||
1.782 | 100,00% | 1.782 | |||||
13,11 | |||||||
OTRAS CONSIDERACIONES | |||||||
LIBRANZAS | 1,80% | 0,24 | |||||
ABSENTISMO | 3,00% | 0,39 | |||||
OTROS CONCEPTOS*: | 5,00% | 0,66 | |||||
(*)OTRAS LICENCIAS Y PERMISOS (MATRIMONIOS, NACIMIENTOS…), REVISIONES MÉDICAS, VESTUARIOS,ETC. | |||||||
COSTE HORARIO DE LICITACIÓN | 14,39 |
Se establece un precio de 14.39 €/hora.
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2 - PRESUPUESTO
2.1. Dimensionamiento del servicio para una campaña
Cada campaña deberá llegar a 2.000 personas aproximadamente de forma directa, sin tener en cuenta los anuncios de prensa escrita o radio que pudieran llevarse a cabo. Estimando un tiempo de 3 minutos a dedicar a cada una de ellas para la explicación de la campaña y la entrega de documentación y/u obsequios, necesitaríamos unas 100 horas aproximadamente.
Estableciendo horarios de 4 horas/día (incluyendo desplazamientos, estimados en una hora), obtenemos un total de 17 días xx xxxxxxx de comunicación directa; con un total de horas, para dos azafatas de 136 horas:
Nº Azafatas | Días | h/día | Horas |
2 | 17 | 4 | 136 |
En cuanto a los folletos informativos, para cada campaña se requerirán:
Trípticos tamaño A4: 2 modelos distintos de 2.500 unidades cada uno.
Octavilla tamaño A5: 10 modelos distintos de 2.500 unidades cada una.
Por tanto, tendremos un total de 30.000 unidades entre ambas:
Diseños | Unidades | Total | |
Trípico tamaño A4 | 2 | 2.500 | 5.000 |
Octavilla tamaño A5 | 10 | 2.500 | 25.000 |
2.2. Valoración del servicio para una campaña
CAMPAÑA COMUNICACIÓN RESIDUOS | |||||||
1 | PERSONAL | € | 1.957,04 | ||||
Personal | |||||||
Número | Días | horas/día | Precio | Total | |||
Azafata | 2 | 17 | 4 | € | 14,39 | € | 1.957,04 |
2 | MATERIAL IMPRESIÓN | € | 1.050,00 | ||||
Diseños | Unidades | Uds. Totales | Precio | Total | |||
Tríptico A4 | 2 | 2.500 | 5.000 | € | 0,085 | € | 425,00 |
Octavilla A5 | 10 | 2.500 | 25.000 | € | 0,025 | € | 625,00 |
01.03 | OTROS | € | 1.120,00 | ||||
Imprevistos, varios, otros,.... | € | 45,00 | |||||
Stand/mostrador (amortizable en 6 usos) | € | 125,00 | |||||
Diseño trípticos, octavillas y cuñas prensa | € | 950,00 | |||||
RESUMEN CAMPAÑA COMUNICACIÓN RESIDUOS | € 4.127,04 |
Queda desglosado, en ejecución material, como sigue:
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2.3. Desglose del presupuesto
Queda como sigue:
PRESUPUESTO PLIEGO CAMPAÑA COMUNICACIONES AÑO 2014
Campaña | Año 2.014 | Número 2 | Precio € 4.127,04 | Total € 8.254,08 |
TOTAL | € 8.254,08 | |||
Gastos Generales 9% | € 742,87 | |||
Beneficio Industrial 5% | € 412,70 | |||
SUMA | € 9.409,65 | |||
IPSI 4% | € 376,39 |
TOTAL AÑO 2014
€ 9.786,04 21
PRESUPUESTO PLIEGO CAMPAÑA COMUNICACIONES AÑO 2015
Campaña | Año 2.015 | Número 2 | Precio € 4.127,04 | Total € 8.254,08 |
TOTAL | € 8.254,08 | |||
Gastos Generales 9% | € 742,87 | |||
Beneficio Industrial 5% | € 412,70 | |||
SUMA | € 9.409,65 | |||
IPSI 4% | € 376,39 |
TOTAL AÑO 2015 € 9.786,04
PRESUPUESTO PLIEGO CAMPAÑA COMUNICACIONES AÑO 2016
Campaña | Año 2.016 | Número 2 | Precio € 4.127,04 | Total € 8.254,08 |
TOTAL | € 8.254,08 | |||
Gastos Generales 9% | € 742,87 | |||
Beneficio Industrial 5% | € 412,70 | |||
SUMA | € 9.409,65 | |||
IPSI 4% | € 376,39 |
TOTAL AÑO 2016 € 9.786,04
RESUMEN POR AÑOS
E.M. | IPSI | TOTAL | ||||
2014 | € | 9.409,65 | € | 376,39 | € | 9.786,04 |
2015 | € | 9.409,65 | € | 376,39 | € | 9.786,04 |
2016 | € | 9.409,65 | € | 376,39 | € | 9.786,04 |
TOTAL | € | 28.228,95 | € | 1.129,17 | € | 29.358,12 |
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