CONTRATO DE ASESORAMIENTO NO INDEPENDIENTE EN MATERIA DE INVERSIÓN En ........................., a .......... de ............................. de ......
CONTRATO DE ASESORAMIENTO NO INDEPENDIENTE EN MATERIA DE INVERSIÓN
En ........................., a .......... de ............................. de ......
De una parte: MUTUACTIVOS INVERSIONES, AGENCIA DE VALORES, S.A.U., con domicilio en el Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx 00, 00000- Xxxxxx, y N.I.F. A-86780244, inscrita en el Registro de la CNMV con el número 250 (en adelante, MUTUACTIVOS AV), representada por D. XXXX XXXXX XXXXXX y D. XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, mayores de edad, con N.I.F. números 5218124-E y 2538502-S, respectivamente, en virtud de la escritura de poderes otorgada a su favor ante el Notario de Madrid, D. Xxxx Xxxxx-Xxxxxxx Xxxxxxxx, el día 26 de julio de 2.013 con número de protocolo 2.624. MUTUACTIVOS AV, es agente de seguros exclusivo de MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA, SOCIEDAD DE SEGUROS A PRIMA FIJA, y está inscrita en el Registro Administrativo Especial de mediadores de seguros, corredores de reaseguros y de sus altos cargos. De otra parte Xx/D……………………………., mayor de edad, con domicilio en ………………, y N.I.F. número …………… (en adelante, el Cliente). Las partes (en adelante denominadas conjuntamente como las Partes, e individualmente cada una de ellas por la abreviatura indicada o como una Parte o la Parte), se reconocen plena personalidad y capacidad de obrar, así como la representación con que actúan en este acto para otorgar el presente acuerdo, y
EXPONEN
Que MUTUACTIVOS AV es una agencia de valores habilitada legalmente para prestar determinados servicios de inversión, entre los que se encuentra el servicio de asesoramiento en materia de inversión. Que el Cliente y MUTUACTIVOS AV han suscrito un CONTRATO BÁSICO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE INVERSIÓN, en el que se establecen los derechos y obligaciones esenciales entre las Partes, de aplicación a todos los servicios y operaciones de inversión que MUTUACTIVOS AV preste al Cliente (en adelante, el Contrato Básico). Que el Cliente, está interesado en que MUTUACTIVOS AV le preste el servicio de asesoramiento recurrente no independiente en materia de inversión, por lo que las Partes convienen suscribir el presente contrato de asesoramiento no independiente en materia de inversión (en adelante, el Contrato), y que se regulará por las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. - OBJETO
El objeto del presente Contrato es la prestación del servicio de asesoramiento recurrente no independiente en materia de inversión por parte de MUTUACTIVOS AV al Cliente, que consistirá en la emisión de recomendaciones personalizadas al Cliente, sea a petición de éste o por iniciativa de MUTUACTIVOS AV, con respecto a una o más operaciones relativas a instrumentos financieros. El servicio de asesoramiento no independiente en materia de inversión se regirá por lo dispuesto en este Contrato y, en todo lo no establecido en él expresamente, por lo dispuesto en el Contrato Básico y sus documentos anexos firmados por el Cliente. En caso de discrepancia sobre un aspecto referente al servicio de asesoramiento no independiente en materia de inversión entre el Contrato y el Contrato Básico, prevalecerá lo establecido en este Contrato. Se hace constar que no se considerará que constituye asesoramiento recurrente en materia de inversión la emisión de recomendaciones de carácter genérico y no personalizadas que se realicen en el ámbito de la comercialización de valores o instrumentos financieros o aquellas que se realicen con carácter ocasional (asesoramiento puntual, regulado en el Contrato Básico y que quedan excluidas de este Contrato). SEGUNDA. - CONDICIONES DEL SERVICIO El servicio objeto del presente Contrato tendrá las siguientes características:
a) MUTUACTIVOS AV emitirá recomendaciones personalizadas por escrito al Cliente, en papel o en otro soporte duradero, sobre la estructura y composición de su cartera en función de sus conocimientos y experiencia, su situación financiera particular, incluida su capacidad para soportar pérdidas y sus objetivos de inversión, incluida su tolerancia al riesgo.
b) Tendrá carácter recurrente, por lo que, el personal de MUTUACTIVOS AV, revisará periódicamente y, al
menos, con una periodicidad anual la cartera del Cliente al objeto de formular recomendaciones sobre la composición y estructura de la misma y su idoneidad. Asimismo, se hace constar que MUTUACTIVOS AV proporcionará al Cliente, por un medio que acredite su entrega fehaciente, un informe de idoneidad, al menos anual, sobre la evaluación de su cartera en una fecha determinada en el que se indique si la misma se ajusta a los conocimientos y experiencia, situación financiera y objetivos de inversión del cliente. El servicio estará limitado a la emisión de recomendaciones de inversión sobre Instituciones de Inversión Colectiva (en adelante, IIC), nacionales y extranjeras, gestionadas por Mutuactivos S.A.U., S.G.I.I.C. (en adelante, Mutuactivos SGIIC) o por terceras entidades, sobre Planes de Pensiones del Sistema Individual y sobre productos de Vida-Ahorro comercializados o mediados, todos ellos, por la propia MUTUACTIVOS AV.
TERCERA. - EVALUACIÓN DE IDONEIDAD El Cliente expresamente declara que, con anterioridad a la suscripción del presente Contrato, ha proporcionado a MUTUACTIVOS AV información completa y veraz al efecto de que MUTUACTIVOS AV pudiera evaluar la idoneidad del servicio de inversión prestado. Asimismo, el Cliente se compromete, a efectos de evaluar la idoneidad de las operaciones recomendadas por MUTUACTIVOS AV, a facilitar toda la información que le sea requerida con este propósito. El Cliente se hace expresamente responsable de la información proporcionada, y de informar a MUTUACTIVOS AV sobre cualquier cambio que pueda suponer una modificación en relación con la evaluación de idoneidad realizada. En cualquier caso, MUTUACTIVOS AV actualizará y revisará, al menos una vez al año, la validez de la evaluación realizada. MUTUACTIVOS AV queda exonerado de toda responsabilidad en el caso de que, producido un daño al Cliente, éste se deba al incumplimiento por parte del Cliente de las obligaciones de información establecidas en el presente documento. CUARTA. - OBLIGACIONES DE MUTUACTIVOS AV MUTUACTIVOS AV se compromete a: 1.- Estudiar y proponer recomendaciones personalizadas en materia de inversión al Cliente que considere idóneas a la vista del perfil de riesgo, situación financiera particular, objetivos de inversión, conocimientos y experiencia del Cliente. Dichas recomendaciones incluirán una descripción de cómo se ajusta la recomendación realizada al perfil del cliente y a los términos en los que se haya clasificado el producto o servicio de inversión tanto desde el punto de vista del riesgo xx xxxxxxx, de crédito y de liquidez, como de su complejidad. 2.- MUTUACTIVOS AV se compromete a facilitar al Cliente información sobre la naturaleza, funcionamiento y riesgos inherentes a los instrumentos financieros que recomiende, de forma que el Cliente pueda tomar sus decisiones de inversión fundadas. Esta obligación de información se entenderá cumplida: a.- Respecto a IIC, si MUTUACTIVOS AV entrega al Cliente la documentación que la Ley 35/2003 de IIC y sus normas de desarrollo, o cualquier norma que le sustituya, establecen al efecto, para que éste tenga una descripción general de la naturaleza y riesgos de los instrumentos financieros considerados en la recomendación e información específica sobre los costes y gastos de los instrumentos financieros recomendados. b.- Respecto a Planes y fondos de pensiones, si MUTUACTIVOS AV entrega al Cliente la documentación que el RD Legislativo 1/2002 de Planes y Fondos de Pensiones y sus normas de desarrollo, o cualquier norma que le sustituya, establecen al efecto de la comercialización de planes de pensiones. c.- Respecto a productos de vida ahorro, si MUTUACTIVOS AV entrega al Cliente toda la documentación establecida como obligatoria por la legislación vigente a efectos de la mediación de productos de vida ahorro. d.- Mediante la entrega de cualesquiera otra documentación que sustituya o complemente a lo anterior de acuerdo con la normativa aplicable. 3.- MUTUACTIVOS AV se compromete a facilitar al Cliente información sobre los costes y gastos estimados relacionados con la prestación de servicios de inversión y auxiliares, incluyendo el coste del asesoramiento, el coste de los instrumentos financieros recomendados y a la forma en que deberá abonarlos, así como cualesquiera pagos relacionados con terceros. Con carácter anual, MUTUACTIVOS AV facilitará al Cliente información sobre todos los costes y gastos relacionados con la prestación del servicio y con los instrumentos financieros basada en los costes reales, así como información sobre el importe en efectivo de los honorarios, comisiones o beneficios monetarios o no monetarios percibidos de terceros o abonados por MUTUACTIVOS AV. Dicha información estará agregada, de forma que el Cliente pueda comprender el efecto acumulado de los costes y gastos sobre el rendimiento de la inversión, expresándose tanto en porcentaje como en efectivo. A solicitud del Cliente se facilitará un desglose de la citada información. 4.- MUTUACTIVOS AV se compromete a facilitar al Cliente, de manera individual, el importe en efectivo de los honorarios, comisiones o beneficios monetarios o no monetarios percibidos de terceros o abonados por MUTUACTIVOS AV a estos.
QUINTA. - REMUNERACIONES E INCENTIVOS Se adjunta al presente documento (“Anexo I”) la remuneración por la prestación del servicio de asesoramiento no independiente que deberá abonar el Cliente, así como su método de cálculo. La remuneración y comisiones afectas podrán ser modificadas por MUTUACTIVOS informando de ello al cliente en la forma y plazos establecidos legalmente en cada momento.
SEXTA. - DURACIÓN El presente Contrato tiene una vigencia indefinida, salvo que cualquiera de las Partes decida denunciarlo por escrito y darlo por resuelto en cualquier momento. En caso de que la resolución sea instada por MUTUACTIVOS AV se deberá dar un preaviso mínimo de un mes. Resuelto el Contrato, lo que se producirá en la fecha en que venza el plazo de preaviso, el Cliente deberá abonar cuantas cantidades se adeuden a MUTUACTIVOS AV por cualquier concepto por los servicios de inversión prestados. La resolución del presente Contrato no afectará a aquellas transacciones u órdenes, derechos u obligaciones correspondientes a las operaciones realizadas en el ámbito de los servicios de inversión prestados por MUTUACTIVOS AV que se correspondan a transacciones u órdenes pendientes o que al momento de dicha resolución se encuentren pendientes de liquidación. En todo caso, serán de cuenta del Cliente cualesquiera costes, gastos, pérdidas o responsabilidades que se deriven de esas operaciones. SÉPTIMA. - MODIFICACIONES MUTUACTIVOS AV podrá modificar algunos de los términos de este Contrato e incluso incorporar otros nuevos, mediante la remisión por escrito al Cliente de la información descriptiva de los cambios relevantes, con una antelación de al menos dos meses a su aplicación, pudiendo el Cliente en este periodo resolver el presente Contrato, sin que hasta entonces le sean de aplicación las referidas modificaciones o incorporaciones, tal y como establece la normativa vigente. Si la modificación supone un beneficio para el Cliente, resultará de aplicación inmediata. OCTAVA- CESIÓN Y SUBROGACIÓN MUTUACTIVOS AV está facultada para ceder o subcontratar con cualquier sociedad de su Grupo, debidamente autorizada por la autoridad competente para la prestación del servicio de asesoramiento en materia de inversión, la totalidad o parte de las obligaciones que le vinculan en virtud del presente Contrato, siempre y cuando informe de ello al Cliente. En el caso de existir la cesión y subrogación, este Contrato seguirá siendo el documento que regule los derechos y las obligaciones de la relación entre MUTUACTIVOS AV y el Cliente mientras éstos no decidan de mutuo acuerdo modificarlo o suscribir un nuevo contrato por escrito. NOVENA- LEY APLICABLE Y JURISDICCION El presente Contrato será interpretado y cumplido en sus propios términos y la legislación española en la materia, ajustándose a la misma las obligaciones y responsabilidades de las Partes. Los Tribunales Españoles tendrán jurisdicción exclusiva para resolver cualquier conflicto derivado de este Contrato y, por consiguiente, las Partes se someten a la jurisdicción exclusiva de los Tribunales Españoles. Todo lo que antecede concuerda con la verdadera voluntad de las Partes intervinientes, quiénes en prueba de conformidad y por duplicado, firman el presente Contrato. En ........................., a .......... de ............................. de ...... EL CLIENTE MUTUACTIVOS INVERSIONES, A.V., S.A.U.
Fdo. Xxxx Xxxxx Xxxxxx Fdo. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Fdo.
ANEXO I
CONDICIONES ECONOMICAS
Comisión de Asesoramiento no Independiente en Materia de Inversión
PATRIMONIO COMISIÓN
Patrimonio efectivo medio asesorado inferior a 200.000 euros
0,50% anual, con un mínimo de 500 euros anuales1
Patrimonio efectivo medio asesorado, igual o superior a 200.000 euros
0,00% anual
Para computar el efectivo medio asesorado, los clientes podrán agrupar sus posiciones asesoradas constituyendo una “Agrupación con Designación de Interlocutor Único” (en adelante, la Agrupación) que cumpla los siguientes requisitos:
1. Los miembros de la Agrupación deberán designar un único interlocutor (en adelante, el Interlocutor) con Mutuactivos Inversiones, AV, SAU. (en adelante, MUTUACTIVOS AV), aceptando expresamente que éste sea quien reciba la información pormenorizada (posiciones, rentabilidades, costes, riesgos, hechos relevantes, recomendaciones de inversión, etc.), sobre las inversiones de los integrantes de la Agrupación.
2. El Interlocutor debe asumir la responsabilidad exclusiva, con la aceptación del resto de miembros de la Agrupación, de trasladar las recomendaciones/información/observaciones realizadas por MUTUACTIVOS AV, al resto de miembros de la Agrupación cuando se vean afectados, y de trasladar a MUTUACTIVOS AV cualquier circunstancia relevante que debiera ser tenida en cuenta por ésta en las recomendaciones personalizadas que realizara a cualquiera de los miembros que conforman la Agrupación.
3. Que, tanto los miembros de la Agrupación como el Interlocutor, eximen a MUTUACTIVOS AV de cualquier responsabilidad que pudiera producirse por no haber cumplido el Interlocutor con sus deberes de información/comunicación entre los miembros de la Agrupación y MUTUACTIVOS AV.
4. El Interlocutor no podrá instruir órdenes de suscripción/reembolso/traspaso y aceptar, o no, la ejecución total o parcial de las recomendaciones recibidas de MUTUACTIVOS AV respecto a uno o varios miembros de la Agrupación, salvo que haya sido expresamente autorizado y acredite debidamente a MUTUACTIVOS AV su representación.
La comisión indicada anteriormente es anual, se devenga diariamente y se liquidará por trimestres naturales vencidos. A estos efectos, el cliente debe cumplimentar la orden de domiciliación de adeudo directo SEPA que se adjunta al contrato.
Base para calcular el patrimonio: valor diario efectivo del patrimonio asesorado.
OBSERVACIONES:
El Cliente contará con 1 año de carencia desde la firma del contrato de asesoramiento durante el cual estará eximido del pago de la comisión indicada.
A la hora de determinar si el patrimonio medio asesorado del trimestre natural que ha de liquidarse es superior o inferior a 200.000 euros y, por tanto, de si la comisión a aplicar es del 0,00% o del 0,50% anual, no se tendrá en cuenta la variación negativa efectiva del patrimonio debida a la valoración de los activos que compongan la cartera del cliente en cada momento. Por el contrario, se tendrán en cuenta los incrementos/disminuciones en el patrimonio asesorado debido a operaciones ejecutadas por el cliente (suscripciones, aportaciones, compras, traspasos, reembolsos, retiros, ventas, etc.).
Las comisiones y gastos propios de cada operación de intermediación que se realice en nombre y por cuenta del Cliente, así como de cualesquiera otras comisiones o gastos que se repercutan al Cliente, no superarán, en ningún caso, los máximos fijados en el Folleto de Tarifas del que se hace entrega en este acto al Cliente. Asimismo, MUTUACTIVOS AV facilitará al cliente, de forma previa a la realización de cada operación, un documento con la totalidad de costes y gastos asociados al instrumento financiero. Dicha información estará agregada, de forma que el Cliente pueda comprender el efecto acumulado de dichos costes y gastos sobre el rendimiento de los instrumentos financieros que vaya a contratar, estando disponible, previa solicitud del Cliente, un desglose de la misma. Los costes y gastos serán expresados tanto en porcentaje como en importe efectivo.
1 Sobre un patrimonio asesorado de 100.000 € la comisión de gestión supondría un total de 500 € anuales.
ANEXO II
INCENTIVOS
De conformidad con lo establecido en la normativa reguladora xxx xxxxxxx de valores, MUTUACTIVOS AV podrá abonar o cobrar honorarios o comisiones, beneficios monetarios en relación con la prestación del Servicio de asesoramiento no independiente, a un tercero o de un tercero que no sea el cliente o la persona que actué en nombre del cliente, siempre que el pago o beneficio:
a) Haya sido concebido para mejorar la calidad del servicio pertinente prestado al cliente.
b) No perjudique el cumplimiento de la obligación de MUTUACTIVOS AV de actuar con honestidad, imparcialidad y profesionalidad, en el mejor interés de sus clientes.
c) La existencia, naturaleza y cuantía de los pagos, beneficios o cuando la cuantía no pueda determinarse, su método de cálculo, deberán revelarse claramente a su cliente, de forma completa, exacta y comprensible, antes de la prestación del servicio de inversión o auxiliar correspondiente. Adicionalmente y con carácter anual, MUTUACTIVOS AV facilitará al cliente información sobre el total de incentivos percibidos de terceros en relación a la prestación del servicio de asesoramiento no independiente al Cliente.
En ........................., a .......... de ............................. de ......
EL CLIENTE MUTUACTIVOS INVERSIONES, A.V., S.A.U.
Fdo. Xxxx Xxxxx Xxxxxx Fdo. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Fdo.
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Orden de domiciliación de adeudo directo SEPA
Referencia de la orden de domiciliación: Comisión Servicio Mutuactivos Asesora
Identificador del acreedor: Mutuactivos Inversiones, A.V., S.A.U.
Nombre del acreedor: Mutuactivos Inversiones , A.V., S.A.U.
Dirección: Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx 00
Código postal - Población – Provincia: 28046. Madrid
País: España
Mediante la firma de esta orden de domiciliación, el deudor autoriza (A) al acreedor a enviar instrucciones a la entidad del deudor para adeudar su cuenta y (B) a la entidad para efectuar los adeudos en su cuenta siguiendo las instrucciones del acreedor. Como parte de sus derechos, el deudor está legitimado al reembolso por su entidad en los términos y condiciones del contrato suscrito con la misma. La solicitud de reembolso deberá efectuarse dentro de las ocho semanas que siguen a la fecha de adeudo en cuenta. Puede obtener información adicional sobre sus derechos en su entidad financiera.
Nombre del deudor/es:
Dirección del deudor:
Código postal - Población – Provincia:
País del deudor:
Swift BIC - puede contener 8 u 11 posiciones
Número de cuenta - IBAN En España el IBAN consta de 24 posiciones comenzando siempre por ES
Fecha – Localidad:
Firma del deudor:
TODOS LOS CAMPOS HAN DE SER CUMPLIMENTADOS OBLIGATORIAMENTE. UNA VEZ FIRMADA ESTA ORDEN DE DOMICILIACIÓN DEBE SER ENVIADA AL ACREEDOR PARA SU CUSTODIA
Constitución de Agrupación con Designación de Interlocutor Único
Las personas que se relacionan a continuación expresamente solicitan a Mutuactivos Inversiones AV SAU (en adelante, MUTUACTIVOS AV) constituir una “Agrupación con Designación de Interlocutor Único” (en adelante, la Agrupación) que se regirá por las siguientes estipulaciones:
1. Los miembros de la Agrupación designan en este acto a: D.
como interlocutor único (en adelante, el Interlocutor) con Mutuactivos.
2. Los miembros de la Agrupación aceptan expresamente que el Interlocutor sea quien reciba la información pormenorizada (posiciones, rentabilidades, costes, riesgos, hechos relevantes, recomendaciones de inversión, etc.), sobre las inversiones de los integrantes de la Agrupación que elabora y transmite periódicamente MUTUACTIVOS AV.
3. Igualmente, los miembros de la Agrupación autorizan expresamente mediante la firma del presente documento que cualquier gestión en la que se traten sus datos personales, se pueda realizar a través del interlocutor designado.
4. Todo dato de carácter personal que facilite este interlocutor a lo largo de la relación contractual a MUTUACTIVOS AV se presumirá veraz y que cuenta con el consentimiento informado de todos los miembros abajo firmantes, a los efectos de la normativa de protección de datos. MUTUACTIVOS AV estará exento de cualquier reclamación a este respecto.
5. En relación al tratamiento de datos de carácter personal, se estará a lo dispuesto en la cláusula redactada al efecto en cada producto contratado por cada miembro de la Agrupación, sin perjuicio de lo indicado en la cláusula anterior.
6. El Interlocutor asume la responsabilidad exclusiva, con la aceptación del resto de miembros de la Agrupación, de trasladar las recomendaciones/información/observaciones realizadas por MUTUACTIVOS AV, al resto de miembros de la Agrupación cuando se vean afectados, y de trasladar a MUTUACTIVOS AV cualquier circunstancia relevante que debiera ser tenida en cuenta por ésta en las recomendaciones personalizadas que realizara a cualquiera de los miembros que conforman la Agrupación.
7. Que, tanto los miembros de la Agrupación como, en su caso, el Interlocutor, eximen a MUTUACTIVOS AV de cualquier responsabilidad que pudiera producirse por no haber cumplido el Interlocutor con sus deberes de información/comunicación entre los miembros de la Agrupación y MUTUACTIVOS AV.
8. El interlocutor no podrá instruir órdenes de suscripción/reembolso/traspaso y aceptar, o no, la ejecución total o parcial de las recomendaciones recibidas de MUTUACTIVOS AV respecto a uno o varios miembros de la Agrupación, salvo que haya sido expresamente autorizado y acredite debidamente a MUTUACTIVOS AV su representación.
Fecha: Miembros de la Agrupación (Firma):