INGENICO FINANCIAL SOLUTIONS SERVICIOS DEL COMERCIANTE
INGENICO FINANCIAL SOLUTIONS SERVICIOS DEL COMERCIANTE
(Servicios Financieros y/o Procesamiento)
CONDICIONES GENERALES
V. 2018 02 08
único Contrato de Servicios del Comerciante.
Cláusula 1 Definiciones
A los efectos del Contrato de Servicios del Comerciante y, por tanto, también de las Condiciones Generales de los Servicios del Comerciante, que forman parte integrante del mismo, los siguientes términos con mayúscula inicial tendrán el significado que se estipula a continuación.
3D Secure significa Protocolo «Three Domain Secure» desarrollado por Visa International Inc. y denominado “Verified by Visa”, desarrollado por MasterCard International Inc. y denominado “MasterCard Secure Code”, incluyendo las versiones sucesivas del mismo y las futuras modificaciones del mismo. El principio más importante del 3D Secure es vincular el proceso de autorización financiera a una autenticación online.
Adquiriente significa institución financiera que presta Servicios de Adquisición. El Adquiriente está autorizado por los Sistemas pertinentes para adquirir Transacciones de Titulares de Cuentas a través de sus Emisores.
API significa interfaz (o conexión de servidor a servidor) de mensajes estandarizados para transferir los datos de Transacciones a Ingenico FS.
Autorización significa aprobación de una Transacción de pago por un Emisor a petición del Comerciante y comunicada a través de un Adquiriente antes de Capturar dicha Transacción. Autorización no significa garantía de pago, ya que una Transacción Autorizada podría ser bloqueada, rechazada o incluso revocada.
Captura significa confirmación por parte del Comerciante de que una Transacción Autorizada se presentará al Emisor y que se cobrará al Titular de Cuenta por la Transacción.
Código de Verificación de
Tarjeta (CV) significa código de tres o cuatro dígitos que figura impreso en una Tarjeta, denominado CVV2 para Visa y CVC2 para MasterCard (conjuntamente denominados “código de verificación”).
Comerciante significa la parte mencionada en el Contrato de Servicios del Comerciante, que ha sido aceptada por Ingenico FS y que ha confiado a Ingenico FS la prestación de los Servicios.
Comisiones significa las tarifas exigibles por Ingenico FS por la prestación de los Servicios, según se describe en el Contrato de Servicios del Comerciante. Las comisiones podrán incluir Comisiones de Procesamiento, Comisiones Mensuales, Comisiones de Configuración, Comisiones de Servicios Financieros, Comisiones por Servicios Accesorios, etc.
Comisión de Intercambio significa la tarifa pagada por un Adquiriente a un
Emisor a través de un Sistema por una Transacción.
Control significa el hecho de que una entidad, directa o indirectamente, tenga la autoridad para dirigir o influenciar la dirección de la gestión de otra entidad, mediante la detención de acciones con derecho a voto, por contrato u otros medios.
Cuenta Ingenico significa en relación al servicio de
Procesamiento, una cuenta del Comerciante en el entorno de producción de la Plataforma de Ingenico, identificada por un PSPID, y configurada por el Comerciante en la Zona del Comerciante. Un Comerciante puede tener varias Cuentas de Ingenico en virtud de un
Datos de Autenticación
Confidenciales significa información relacionada con la seguridad (incluyendo sin limitación, los códigos de validación de la Tarjeta, los datos completos de seguimiento, desde la banda magnética o equivalente a un chip, PIN o bloques de PIN) y utilizada para autenticar a los Titulares de Tarjeta y/o autorizar las Transacciones de Tarjeta.
Datos de la Cuenta significa (i) todos los datos del Titular de
Tarjeta, incluyendo el PAN completo (también pueden figurar el PAN completo más el nombre del Titular de Tarjeta, la fecha de expiración o un código de servicio), y (ii) Datos de Autenticación Confidenciales. PAN significa Número de Cuenta Permanente (« Permanent Account Number »).
Datos Personales significa los datos personales según se definen
en la Ley de Protección de Datos.
Depósito significa un importe de dinero perteneciente al Comerciante y en poder de Ingenico FS o de la Fundación como garantía de Devoluciones de Cargo, Reembolsos, Multas y Comisiones que debe pagar el Comerciante a Ingenico FS. A diferencia de la Reserva, el Comerciante no puede acceder al Depósito y, por consiguiente, no puede, por ejemplo, utilizar el Depósito para Reembolsos.
Devolución de Cargo significa devolución de fondos a un Titular de
Cuenta como resultado de una Transacción impugnada, exigida por un Titular de Cuenta o por su Emisor en virtud de las Normas del Sistema que permiten Devoluciones de Cargos.
Día Hábil significa un día, excepto sábados y domingos, en que las instituciones financieras (incluyendo los Adquirientes, Sistemas, etc.) estén abiertos a operaciones en Bélgica, entre las 9.00 y las
18.00 (CET, hora de Europa central).
Directiva de Servicios
de Pago significa la Directiva (UE)2015/2366 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2015 sobre servicios de pago en el mercado interior. Para evitar toda duda, las referencias a la Directiva de Servicios de Pago incluyen también la transposición a la legislación nacional vigente de dicha directiva, así como cualquier enmienda, modificación o corrección de dichos instrumentos legales, y cualquier instrumento legal europeo y/o nacional que sustituya total o parcialmente la directiva y/o su transposición a la legislación nacional.
Divisa de la Transacción significa la moneda de una Transacción. Cada
Método de Pago tiene una norma aplicable a las Divisas de Transacciones disponibles. Para las Transacciones de Pago y las Transacciones de Rembolso, el Comerciante establece las Divisas de Transacción como la moneda asociada al importe de la Transacción. Para las Transacciones de Devolución de cargo, un Emisor establece la moneda en virtud de las Normas del Sistema aplicables.
Divisa de Pago significa la moneda de los fondos en la que Ingenico FS realiza la Liquidación al Comerciante.
Emisor significa una institución financiera que emite una cuenta para un Método de Pago a un Titular de Cuenta en virtud de un contrato celebrado entre dicho Emisor y dicho Titular de Cuenta.
Fecha de Entrega significa la fecha en que se entrega el Producto
y Servicio del Comerciante.
Fecha Efectiva significa la fecha en la que el Contrato de Servicios del Comerciante entra en vigor, según figura en el Contrato de Servicios del Comerciante.
Frecuencia de Pago significa el ciclo de Pago en el que Ingenico FS
Paga al Comerciante por los fondos recaudados, a saber, diariamente, semanalmente o mensualmente.
Fundación significa Stichting Beheer Derdengelden Ingenico Financial Solutions, inscrita en la Cámara de Comercio (Kamer van Koophandel) bajo el número 53732332, fundación constituida en virtud de la legislación de los Países Bajos, con domicilio social en Ámsterdam.
Importe de Pedidos
Incompletos significa el importe total de Transacciones Autorizadas, Capturadas y/o Liquidadas a favor del Comerciante en un momento preciso, relativo a Productos y Servicios del Comerciante no entregados a los Titulares de Cuenta correspondientes en dicho momento y/o para el que los derechos de devolución o los derechos de cancelación de pedidos del Titular de Cuenta en virtud de las condiciones generales del Comerciante y/o la legislación aplicable no han vencido todavía.
Información Confidencial tiene el significado que se le otorga en la
cláusula 10.
Ingenico FS significa Ingenico Financial Solutions SA-NV, entidad emisora de dinero electrónico autorizada bajo supervisión del Banco Nacional de Bélgica, con domicilio social sito en Boulevard de la Woluwe 102, 1200 Bruselas, e inscrita en el Registro Mercantil de Bruselas (RPM-RPR) bajo el número 8886.476.763.
Ingenico Group significa Ingenico Group S.A., con domicilio
social sito en Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx 00-00, 00000 Xxxxx, Xxxxxxx, e inscrita en el Registro Mercantil de Xxxxx 000 218 758 00124 y/o cualquier entidad Controlada directa o indirectamente por Ingenico Group S.A.
Ley de Protección de Datos significa el reglamento general de protección de
datos (Reglamento de la UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, en su versión oportunamente modificada o sustituida, y en caso de que el reglamento general de protección de datos no esté vigente, la Directiva 95/46/CE de 24 de octubre de 1995 y su transposición a la legislación nacional. Ley de Protección de Datos se refiere también a cualquier disposición nacional accesoria en materia de protección de datos, siempre y cuando se ajuste al reglamento general de protección de datos y, siempre que sea aplicable, la Directiva 95/46. En países en que no se apliquen el reglamento general de protección de datos ni la Directiva 95/46, Ley de Protección de Datos se refiere a la legislación local en materia de protección de datos.
Liquidación (también Liquidar) significa pago de importes por parte de Ingenico FS o de la Fundación al Comerciante en relación con liquidaciones recibidas por Ingenico FS o por la Fundación de los Adquirientes o Sistemas de Transacciones procesadas de forma válida en favor del Comerciante (es decir, Transacciones para las que el portal de pagos confirmó su Autorización por parte del Adquiriente), menos los importes de Reembolsos y Devoluciones de Cargos, Comisiones e importes necesarios para mantener la Reserva dentro del Nivel de Reserva exigido y/o el Depósito dentro del Nivel de Depósito exigido. Si el saldo es positivo, Ingenico FS o de la Fundación procede a realizar el Pago. A efectos de aclaración, todos los Pagos son Liquidaciones, pero solo las Liquidaciones con un valor positivo son Pagos.
Métodos de Pago significa los diferentes tipos de Tarjetas y
cualquier otro método de pago (como
transferencias bancarias online y offline) operados por Sistemas en virtud de los cuales el Comerciante puede aceptar pagos. Para algunos Métodos de Pago, Ingenico FS ofrece tanto Procesamiento como Servicios Financieros, mientras que para otros Métodos de Pago Ingenico FS ofrece únicamente Procesamiento.
MO/TO significa Transacción de pedido por correo/teléfono, es decir una Transacción por parte de un Titular de Cuenta en la que el Titular de Cuenta no está presente físicamente en el punto de venta del Comerciante en el momento de la Transacción, y el Titular de Cuenta presenta el Pago al Comerciante a través de correo electrónico, fax o teléfono.
Multas significa penalización, aumento de la tarifa del servicio o cualquier otro pago adicional y costes asociados, aplicados por los Sistemas y/o Adquirientes al Comerciante, o aplicados o repercutidos a Ingenico FS y/o la Fundación. Las Multas pueden imponerse como resultado, por ejemplo, de un incumplimiento de una ley o de las Normas del Sistema por parte del Comerciante u ocasionado por el Comerciante, niveles excesivos de fraude o niveles excesivos de Devoluciones de Cargos, aceptación de pagos por bienes y/o servicios fuera del ámbito de los Productos y Servicios del Comerciante, aceptación de pagos de bienes y servicios que podrían dañar la reputación de Ingenico FS, la Fundación, los Sistemas o los Adquirientes.
Nivel de Depósito significa el nivel mínimo de Depósito(s) fijado
por el Comerciante en virtud de las presentes Condiciones Generales de los Servicios del Comerciante.
Nivel de Reserva significa el nivel mínimo de Reserva(s) fijado
oportunamente por el Comerciante en virtud de las presentes Condiciones Generales de Servicios del Comerciante.
Nombre de Usuario significa un identificador único utilizado junto
con una contraseña como credencial para que un Usuario del Comerciante inicie sesión en la Zona del Comerciante. En principio, el PSPID y el Nombre de Usuario son iguales. Sin embargo, puede haber varios Nombre de Usuario vinculados al mismo PSPID, o un único Nombre de Usuario puede dar acceso a varios PSPID.
Normas del Sistema significa un conjunto de estatutos, reglamentos,
normativas, instrucciones operativas, procedimientos y/o exenciones emitidas por los Sistemas oportunamente.
Página de Pago significa una página web segura a la que el
Titular de Cuenta es redirigido desde la página web del Comerciante y en la que el Titular de Cuenta introduce los datos de pago. Una Página de Pago puede estar alojada por el Comerciante o por Ingenico FS.
Pago (también: Pagar) significa Liquidación con un valor positivo o Liquidar con un valor positivo. El Pago se realiza cuando Ingenico FS o Stichting han dado a su institución financiera la instrucción de Pago.
PCI-DSS significa Estándares de Seguridad de Datos de la Industria de Tarjetas de Pago (Payment Card Industry Data Security Standard), un conjunto completo de requisitos impuestos en virtud de las Normas de los Sistemas de los Sistemas de Tarjetas, publicado por el Consejo de estándares de seguridad PCI (xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx).
Periodo de Captura significa el periodo en el que puede Capturarse
la Transacción autorizada. El Periodo de Captura varía por Método de Pago.
Periodo de Pago significa el número de días civiles entre el día
en el que Ingenico FS recibió los fondos de los Adquirientes o Sistemas y el día en el que Ingenico FS se prepara para Liquidar los fondos al Comerciante (para un Pago efectivo en el siguiente ciclo de Pago), después de deducir los Reembolsos, Devoluciones de Cargos, Comisiones y Multas.
Plataforma Ingenico significa la plataforma de procesamiento de
pagos (una plataforma compartida) que permite la prestación de los Servicios.
Procesamiento (o Procesar) significa (i) hosting en la Plataforma de Ingenico de la Cuenta Ingenico y de los datos financieros procesados por Ingenico IF y (ii) el servicio de procesamiento del pago, que permite enviar, recibir y gestionar dichos datos y enviar dichos datos a instituciones financieros o cualquier otro tercero a efectos del procesamiento de los pagos adeudados y pagaderos al Comerciante.
Productos y servicios del
Comerciante significa productos y/o servicios que se indican en el Contrato de Servicios del Comerciante, vendidos por el Comerciante a los Titulares de Cuenta.
PSPID significa «Identificación de Proveedor de Servicios de Pago», nombre único de una Cuenta Ingenico y también el código de acceso a esta Cuenta Ingenico.
Reembolso significa una devolución (total o parcial) de una Transacción de pago específica que ya ha sido Capturada, por la que los fondos se reembolsan al Titular de Cuenta por iniciativa o a petición del Comerciante.
Reserva significa un importe de dinero perteneciente al Comerciante y retenido por Ingenico FS o por la Fundación como garantía de Devoluciones de Cargos, Reembolsos, Multas y Comisiones por pagar por parte del Comerciante a Ingenico FS.
Servicios significa los servicios que Ingenio FS presta al Comerciante, según se describen en el Contrato de Servicios del Comerciante; los Servicios pueden constar de «Servicios Financieros», y/o de «Procesamiento» y de «Servicios Accesorios».
Servicios de Adquisición significa servicios prestados por un Adquiriente,
por los cuales el Adquiriente permite aceptar pagos de Titulares de Cuentas mediante Métodos de Pago.
Servicio Financiero significa informes, reconciliación y Liquidación
de fondos provenientes de diferentes Adquirientes y para el Comerciante, según se define más detalladamente en la cláusula 2.2.
Sistema significa una persona (como un Sistema de Tarjeta) que ofrece un Método de Pago y regula el mismo mediante Normas del Sistema.
Sistema de Tarjeta significa asociaciones como, por ejemplo,
Bancontact, Visa y MasterCard.
Sitio web xxx.xxxxxxx-xxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx
Tarjeta significa tarjeta de pago de débito o crédito en poder de un Titular de Tarjeta y que se utiliza para llevar a cabo las Transacciones.
Titular de Cuenta significa cliente del Comerciante que utiliza un
Método de Pago extendido por un Emisor. Un Titular de Tarjeta es un Titular de Cuenta.
Titular de Tarjeta significa persona cuya Tarjeta ha sido emitida por un Emisor.
Transacción se basa en uno de los Métodos de Pago. Puede tratarse de una transacción de pago, un Reembolso o una Devolución de Cargo.
Para evitar toda duda, cuando las Comisiones se calculen «por transacción» (sin mayúscula), esta «transacción» se define de forma diferente para las Comisiones de Procesamiento y para las Comisiones del Método de Pago, según se describe más detalladamente en la cláusula 5.2.
Transacción de Comercio
Electrónico significa Transacción por parte de un Titular de Cuenta en la que el mismo no se encuentra presente físicamente en el punto de venta en el momento de la Transacción. El Titular de Cuenta ofrece los datos del pago al Comerciante y/o Ingenico FS por medios de comunicación seguros a través de Internet.
Para evitar toda duda, esto incluye también las Transacciones realizadas en dispositivos móviles (comercio móvil o m-commerce).
Usuario del Comerciante significa toda persona física seleccionada por el
Comerciante para acceder a la Cuenta Ingenico.
Valor de Transacción medio significa suma total de importes de todas las
Transacciones de pago dividida entre el número total de todas las Transacciones de pago, durante un periodo determinado, en general un año.
Zona del Comerciante significa una xxxx xxxxxx alojada por Ingenico
FS, en la que el Comerciante puede acceder y configurar su(s) Cuenta(s) Ingenico con su Nombre de Usuario y contraseña personales, y en la que el Comerciante puede consultar, revisar y gestionar el estado de sus Transacciones, configurar y ver su perfil y los ajustes de su(s) Cuenta(s) Ingenico.
* * *
Cláusula 2 Servicios
Los Servicios prestados por Ingenico FS se detallan en el Contrato de Servicios del Comerciante. Los mismos incluyen Servicios Financieros y pueden incluir asimismo, Procesamiento y Servicios Accesorios.
El Contrato de Servicios del Comerciante indica también los Métodos de Pago aplicables para los Servicios Financieros. En los Métodos de Pago para los que Ingenico FS ofrece únicamente Procesamiento (sin Servicios Financieros), el Comerciante selecciona a su Adquiriente o sus Adquirientes a partir de una lista que está disponible en el Sitio web. En los Métodos de Pago para los que Ingenico FS ofrece Servicios Financieros, Ingenico FS selecciona al Adquiriente de la misma lista del Sitio web, o Ingenico FS es el Adquiriente e Ingenico FS acumula los fondos que pueden provenir de múltiples Adquirientes para conciliar, proporcionar informes y Liquidar los fondos para el Comerciante.
2.1 Procesamiento
El Procesamiento se ofrece en modo SaaS (SaaS: software as a service, software como servicio) y se realiza a través de la Plataforma de Ingenico.
El Procesamiento consiste en (i) hosting en la Plataforma de Ingenico de la Cuenta Ingenico y de los datos de pago tratados por Ingenico FS, y (ii) un servicio de procesamiento de pago, que permite al Comerciante enviar, recibir y gestionar datos que están alojados en la Plataforma de Ingenico, y que permiten que dichos datos se envíen a Adquirientes o cualquier otro tercero seleccionado por el Comerciante para permitir pagos exigibles y pagaderos al Comerciante y se reciban respuestas de los mismos, en la medida en que el Adquiriente seleccionado y la otra tercera parte estén disponibles en la Plataforma de Ingenico.
Para evitar toda duda, la configuración de la Cuenta Ingenico (véase la cláusula 4.1) y la integración que permitirá la comunicación entre la aplicación de venta a distancia del Comerciante y la Plataforma de Ingenico (véase la cláusula 4.2) no están incluidas en los Servicios.
2.2 Servicio Financiero
En relación a los Métodos de Pago para los que Ingenico FS ofrece el Servicio Financiero, los fondos de la cuenta de los Titulares de Cuenta (recaudados por Transacciones del Comerciante procesadas con validez, es decir, Transacciones que el portal de pago confirmó la Autorización del Adquiriente) que reciba Ingenico FS o la Fundación del/de los Adquiriente/s o el/los Sistema/s serán Liquidados posteriormente por Ingenico FS.
Si después de compensar los Reembolsos, las Devoluciones de Cargos, las Comisiones, las Multas y los importes necesarios para mantener la Reserva en el Nivel de Reserva exigido y/o el Depósito en el nivel de Depósito exigido, el saldo es positivo, Ingenico FS o la Fundación procederán al Pago. Si este saldo es negativo, Ingenico FS podrá recurrir a la Reserva. Si la Reserva no permite recuperar el importe total, Ingenico FS podrá establecer una solicitud de adeudo domiciliado sobre la cuenta bancaria del Comerciante por el importe del saldo negativo. Si el Comerciante tiene varias cuentas (p. ej., para diferentes monedas), Ingenico FS podrá ajustar el saldo negativo de una cuenta mediante el saldo positivo de otra cuenta, a la entera discreción de Ingenico FS. En ese caso, se aplica el tipo de cambio fijado por los Sistemas, Adquirientes, y/o Ingenico FS. Si la solicitud de adeudo domiciliado no permite la recuperación del monto en cuestión, Ingenico FS podrá recurrir al Depósito.
Ingenico FS y la Fundación únicamente proporcionarán la Liquidación de Transacciones para las que Ingenico FS o la Fundación hayan recibido los fondos del/los Adquiriente/s o de los Sistemas.
Ingenico FS o la Fundación se reservan el derecho a retener el Pago de las Transacciones si fueron Capturadas por Ingenico FS y/o el Adquiriente y/o Sistema correspondiente, pero se considera que son fraudulentas o que probablemente estén sujetas a una Devolución de cargo. Ingenico FS o la Fundación pueden retener el Pago hasta que se concluya satisfactoriamente la investigación de Ingenico FS o la del Adquiriente o del Sistema correspondiente o la de cualquier tercera parte designada por cualquiera de
las partes. El Comerciante cooperará plenamente con toda investigación que se lleve a cabo.
No se exigirá el pago de intereses por importes retenidos por Ingenico FS o la Fundación por cuenta del Comerciante antes del Pago al Comerciante.
En el supuesto de ausencia de ejecución o ejecución incorrecta de una Transacción, a petición del Comerciante, Ingenico FS se esforzará en rastrear la Transacción y notificar los resultados de sus esfuerzos al Comerciante.
La responsabilidad de la Fundación para con el Comerciante se limita a Liquidar fondos a su favor, los cuales hayan sido recibidos por la Fundación a tal efecto.
Ingenico FS es responsable de prestar los Servicios al Comerciante. El Comerciante deberá dirigirse siempre a Ingenico FS para evacuar preguntas, notificaciones o reclamaciones relacionadas con los Servicios, excluyendo a la Fundación.
Si la Divisa de la Transacción es diferente de la Divisa de Pago, el Comerciante acepta que los Sistemas, Adquirientes y/o Ingenico FS fijen los tipos de cambio, a menos que se acuerde expresamente y por escrito algo distinto con Ingenico FS. Las Comisiones por conversión de monedas aplicadas por Ingenico FS se indican en el Contrato de Servicios del Comerciante.
2.3 Servicios Accesorios
Los Servicios Accesorios son aquellos servicios complementarios que Ingenico FS proponga oportunamente y que el Comerciante opte por recibir en el Contrato de Servicios del Comerciante.
Cláusula 3 Obligaciones de Ingenico FS
3.1 Disponibilidad
Ingenico FS se compromete a hacer esfuerzos razonables para garantizar la máxima disponibilidad posible de sus Servicios y de la Plataforma de Ingenico. Pese a dichos esfuerzos y sin perjuicio a las responsabilidades de Ingenico FS que se recogen a continuación, podrían producirse problemas técnicos. El Comerciante se compromete a informar a Ingenico FS sin demora de cualquier problema técnico o mal funcionamiento que detecte, e Ingenico FS hará todo los esfuerzos razonables para solucionarlos tan pronto como sea posible.
3.2 Seguridad
Ingenico FS proporciona el Procesamiento bajo la certificación PCI DSS y se compromete a hacerlo durante la vigencia del Contrato de Servicios del Comerciante. Con sujeción a lo dispuesto en las cláusulas 4 y 13, Ingenico FS es responsable de la seguridad de los datos del Titular de Tarjeta que posea o almacene, procese o transmita de otro modo en nombre del Comerciante y por cuenta de éste.
Debido a la naturaleza del Procesamiento, al ser un servicio provisto en modo SaaS, implica que el accionar de Ingenico FS no puede afectar la seguridad del entorno de los datos del Titular de Cuenta del Comerciante, como una Página de Pago alojada por el Comerciante.
Ingenico FS podrá suspender sus Servicios total o parcialmente, sin previo aviso, (i) para evitar o solucionar cualquier deficiencia o fallo en su equipo, software o equipo de comunicación, (ii) si Ingenico FS lo considera necesario, en particular pero sin limitación, en caso de intento de piratería informática, apropiación indebida de fondos, abuso/fraude o (iii) para llevar a cabo el mantenimiento o realizar mejoras/aumentar la protección de los Servicios o de la Plataforma de Ingenico o (iv) si el Comerciante incumpliese sus obligaciones en virtud del Contrato de Servicios del Comerciante. Ingenico FS hará esfuerzos razonables para informar al Comerciante, cuando sea posible, de interrupciones previstas en un plazo de tiempo razonable. Ingenico FS no será responsable en ningún caso de los daños que pudieran derivarse de dichas suspensiones y/o interrupciones.
Ingenico FS tiene derecho a crear copias de seguridad del contenido de la Cuenta Ingenico y realizar otras operaciones necesarias para proteger la Cuenta Ingenico.
El Comerciante acepta que es técnicamente imposible, dado el estado actual de conocimiento, que Ingenico FS garantice una seguridad infalible o la completa integridad de los datos intercambiados en la red abierta de Internet. Ingenico FS declara que, por su parte, ha adoptado todas las medidas razonables y necesarias para que el Servicio sea seguro. Por su parte, el Comerciante continuará siendo responsable de la seguridad de los datos que transmite a Ingenico FS a través de Internet, por ejemplo a través de una API. Por lo tanto, el Comerciante indemnizará y liberará de responsabilidad a Ingenico FS de toda reclamación presentada por un tercero, incluyendo cualquier Titular de Cuenta, relacionada o derivada de cualquier incumplimiento por parte del Comerciante de la seguridad o la integridad de los datos exigidas para procesar un pago, o cualquier funcionamiento incorrecto del Servicio causado por dicho incumplimiento.
3.3 Asistencia
técnica) o a xxxxxxx@xx.xxxxxxxx.xxx para asistencia administrativa (iii) por teléfono llamando al número x00 (0)0 000.00.00.
No se le cobrará al Comerciante ningún cargo adicional por dicha asistencia, siempre y cuando (i) la solicitud sea razonable, y (ii) el Comerciante esté familiarizado con el Procesamiento y haya intentado primero encontrar la causa del problema en la documentación disponible, y (iii) el problema tenga origen en el Procesamiento y no en niveles anteriores o posteriores. Si no se cumplieran una o varias de estas condiciones, Ingenico FS tendrá derecho a cobrar dicha asistencia a razón de 100 euros la hora (o el equivalente en la moneda en la que se facture al Comerciante).
Cláusula 4 Obligaciones del Comerciante
4.1 Configuración de la Cuenta Ingenico y pruebas (aplicable exclusivamente al Procesamiento)
Con anterioridad a la creación de una Cuenta Ingenico, el Comerciante deberá crear siempre una cuenta de prueba y, a continuación, probará de forma completa las funcionalidades de su Cuenta Ingenico, actuando bajo su exclusiva responsabilidad. Ingenico FS no aplica cargo alguno por las cuentas de prueba.
Antes de cada nueva versión de la Plataforma de Ingenico, el Comerciante también probará de manera completa dicha nueva versión.
El Comerciante reconoce que toda solución de prevención de fraude requiere la activación previa por parte del Comerciante, lo que significa que primero el Comerciante debe configurar dicha solución en su Cuenta Ingenico antes de que pueda beneficiarse de dicha solución. Esto se aplica a las soluciones avanzadas de prevención de fraude ((Scoring y Checklist, cada módulo debe configurarse separadamente), pero también se aplica a la herramienta básica de prevención de fraude que se ofrece sin coste adicional como parte de los Servicios.
El Comerciante seguirá estrictamente las instrucciones incluidas en la documentación facilitada por Ingenico FS.
4.2 Integración (aplicable exclusivamente al Procesamiento)
Para poder enviar datos a Ingenico FS y recibir datos de ésta, el Comerciante deberá integrar su aplicación de venta a distancia a la Plataforma de Ingenico, actuando bajo su exclusiva responsabilidad.
El Comerciante seguirá estrictamente las instrucciones incluidas en la documentación facilitada por Ingenico FS.
4.3 Evaluación de las condiciones impuestas por los Métodos de Pago
El Comerciante evaluará si las condiciones impuestas por los Métodos de Pago para la Liquidación (comunicadas al Comerciante oportunamente a través de Ingenico FS y por los Sistemas a través de sus sitios web y otros canales de comunicaciones) le resultan aceptables.
El Comerciante entiende que ni Ingenico FS ni la Fundación lo compensará por el cumplimiento fuera de plazo o el incumplimiento, la insolvencia o la quiebra de un Adquiriente o de un Sistema, y que como consecuencia de ello el Comerciante recibiera una Liquidación fuera de plazo o no recibiera Liquidación alguna por cualquier Transacción procesada.
4.4 Captura de las Transacciones
El Comerciante es responsable de Capturar las Transacciones. El Comerciante entiende que las Transacciones Autorizadas tienen un Periodo de Captura máximo limitado en el que pueden Capturarse. Las Transacciones que no se Capturen dentro del Periodo de Captura aplicable podrían no Liquidarse. Ni Ingenico FS ni la Fundación pueden ser considerados responsables de costes o pérdidas en los que se incurra debido a Transacciones no Capturadas dentro del Periodo de Captura.
4.5 Cumplimiento con las mejores prácticas y las normas de seguridad más estrictas
El Comerciante cumplirá con todas las leyes y Normas del Sistema aplicables, así como los estándares de seguridad más estrictos, y cumplirá con PCI DSS si ofrece un Método de Pago que así lo exija.
a) El Comerciante utilizará la tecnología 3D Secure cuando ofrezca un Método de Pago que así lo exija, a menos que se acuerde lo contrario.
b) Si la Página de Pago está alojada por el Comerciante, si una API se utiliza para transferir datos de Transacciones a la Plataforma de Ingenico, y para MO/TO, y si Ingenico FS no provee el Procesamiento, el Comerciante tiene la responsabilidad de garantizar el tratamiento y el almacenamiento de dichos datos, en cumplimiento de las normas aplicables como, por ejemplo, PCI, entre otras.
El Comerciante no almacenará Datos de Cuenta en ningún formato a menos que se acuerde expresamente y cumplirá en todo momento con la normativa PCI DSS en relación con los Datos de Autenticación Confidenciales.
El Comerciante es responsable de cumplir las instrucciones pertinentes de Ingenico FS que exigen que los campos de datos obligatorios sean completados.
c) El Comerciante es responsable de la instalación, el mantenimiento, la seguridad y el funcionamiento de sus propios equipos y software que se utilicen para beneficiarse de los Servicios. El Comerciante se compromete a cumplir con cualesquiera especificaciones técnicas que facilite Ingenico FS y
que Ingenico FS se reserva el derecho a modificar en todo momento.
El Comerciante aplicará parches de seguridad a sus dispositivos y activará configuraciones seguras. El Comerciante protegerá el acceso a sus servidores y aplicaciones, así como a su infraestructura en general, especialmente con la ayuda de un firewall y antivirus estándar del sector, y adoptará procedimientos para el desarrollo de aplicaciones seguras.
d) El Comerciante gestiona su Cuenta Ingenico bajo su responsabilidad exclusiva y garantiza su buena administración y es el único responsable de la selección y la gestión del PSPID, los datos de conexión (credenciales) de los Usuarios del Comerciante (Nombre de Usuario) y las contraseñas correspondientes. Ingenico FS no asumirá responsabilidad alguna por cualesquiera pérdidas o daños de ningún tipo sufridos por el Comerciante (como pérdidas operativas, pérdidas de datos, etc.) a causa del mal funcionamiento del Servicio de Ingenico como resultado de cualquier cambio introducido en la Cuenta Ingenico por parte del Comerciante o cualquier tercero, a menos que dicho cambio se haya llevado a cabo de total conformidad con las instrucciones explícitas dadas por Ingenico FS. El Comerciante protegerá su contraseña y la cambiará periódicamente. El Comerciante es responsable de las consecuencias de cualquier uso ilícito que se haga de su Nombre de Usuario o contraseña.
El Comerciante será el único responsable de negligencias en el uso de su Cuenta Ingenico o cualquiera de los componentes de la misma (PSPID o contraseña, por ejemplo) e indemnizará y liberará de responsabilidad a Ingenico FS de cualquier reclamación presentada por un tercero basada en dicha conducta dolosa o negligencia del Comerciante. Los archivos de registro de Ingenico FS que rastrean el acceso a las Cuentas de Ingenico constituirán prueba definitiva al respecto. El Comerciante deberá notificar por escrito inmediatamente a Ingenico FS cualquier hecho que pueda provocar un uso no autorizado de los Servicios (como, p. ej., la pérdida del Nombre de usuario o contraseña), así como cualquier abuso o fraude que haya sido observado. Al recibir esta notificación, Ingenico FS podrá desactivar y/o suspender los Servicios o parte de los mismos para limitar las pérdidas o los daños.
e) A excepción de los elementos suministrados por Ingenico FS, el Comerciante es y seguirá siendo plenamente responsable de i) el contenido de su aplicación de venta a distancia en la que ofrece Productos y Servicios del Comerciante y de ii) el uso de su Cuenta Ingenico, incluyendo los parámetros de configuración de dicha Cuenta Ingenico, así como las transacciones financieras relacionadas. El Comerciante se compromete a mantener dicho contenido exacto, completo y permanentemente actualizado. El Comerciante garantiza que el contenido de la aplicación de venta a distancia para la que el Comerciante utiliza los Servicios i) no infringe ni infringirá los derechos de propiedad intelectual de ningún tercero, ni el derecho a la protección de la privacidad, el derecho fundamental de las personas, el derecho de representación ni ningún otro derecho de terceros; (ii) no es ni será contrario a la moral, el orden público y los códigos de conducta aplicables; (iii) no incumple ni incumplirá las leyes o normativas aplicables, como las leyes relacionadas con las prácticas comerciales.
f) Para todas las Transacciones con Tarjeta, el Comerciante deberá exigir el Código de Verificación de la Tarjeta cuando este sea requerido por el Método de Pago utilizado, excepto en casos en que las Normas del Sistema indiquen lo contrario. Las Transacciones no podrán ser Autorizadas sin un CV válido.
g) El Comerciante garantiza no copiar ni interceptar ningún dato relacionado con una Transacción, la Tarjeta, los datos de autenticación y/o el Titular de la Cuenta (como los números de tarjetas de crédito que se introducen en la Página de Pago de Ingenico FS). Si Ingenico FS tiene motivos para creer que el Comerciante está copiando o interceptando alguno de estos datos, suspenderá inmediatamente los Servicios.
h) El Comerciante tiene la obligación de notificar inmediatamente a Ingenico FS cualquier problema que observe en el uso de los Servicios. En la cláusula 8.1se hace referencia específicamente a las Transacciones no autorizadas. Ingenico FS hará todo lo razonablemente posible para solucionar dichos problemas.
4.6 Revisión de sus Transacciones en la Zona del Comerciante y adopción de mecanismos de control adecuados para verificar de forma oportuna la buena ejecución de los pagos y el procesamiento de los mismos.
Ingenico FS proporciona al Comerciante el informe de las Transacciones vía su Cuenta Ingenico. Todas las comunicaciones realizadas vía la Zona del Comerciante y de la Cuenta Ingenico son en idioma inglés, a menos que se acuerde expresamente algo distinto en el Contrato de Servicios del Comerciante.
El Comerciante se compromete a ejercer un control constante, eficiente y adecuado sobre sus Transacciones y a verificar que los pagos Procesados por Ingenico FS y su propia aplicación de venta a distancia coinciden. Cuando Ingenico FS provee el servicio de Procesamiento, proporciona varias herramientas automáticas o manuales que permiten al Comerciante controlar que las transacciones procesadas por Ingenico FS y su propia aplicación de venta a distancia coinciden, y en particular, permiten:
- consultar online las Transacciones en la Cuenta Ingenico,
- determinar, mediante sistemas estándar del sector, la integridad de los datos de pago gracias a la configuración de parámetros de seguridad mediante sistemas de criptografía estándar del sector.
- ofrecer información a los Comerciantes sobre los pagos que se procesen en tiempo real o diferido.
El Comerciante comunicará inmediatamente cualquier Transacción no autorizada a Ingenico FS en virtud de la cláusula 8.1.
Todos los registros inalterables, seguros y fiables contenidos en la Cuenta Ingenico y en la base de datos informática de Ingenico FS en relación con las
Transacciones, notificaciones enviadas por Ingenico FS por medios electrónicos, constituirán pruebas admisibles hasta que se demuestre lo contrario.
4.7 Fechas de Entrega de los Productos y Servicios del Comerciante (aplicables únicamente a los Servicios Financieros)
El Comerciante no aceptará ningún cambio de dirección de entrega para una Transacción después de haber solicitado la Autorización.
El Comerciante no está autorizado a utilizar los Servicios para pagos por adelantado de Productos y Servicios del Comerciante por parte de un Titular de Cuenta cuya Fecha de Entrega sea en parte o en su totalidad más de doce meses después de la fecha en la que la Transacción se presente para su Procesamiento.
4.8 Restricción relativa a los Productos y Servicios del Comerciante
El Comerciante únicamente utilizará los Servicios para ofertar sus productos y servicios indicados en el Contrato de Servicios del Comerciante, a menos que se acuerde expresamente lo contrario con Ingenico FS en un contrato separado. No utilizará los Servicios para el pago de Productos y Servicios del Comerciante cuando sea ilegal ofrecer o proporcionar los mismos en un determinado país. Para algunos Métodos de Pago, podrán aplicarse restricciones adicionales según se estipule en las Normas del Sistema vigentes.
4.9 Información a los Titulares de Cuenta
El Comerciante proporcionará la siguiente información al Titular de Cuenta en su aplicación de venta a distancia por cada Transacción: descripción completa de los Productos y Servicios del Comerciante, política de devolución de mercancía y Reembolso, contacto del servicio al cliente, incluyendo la dirección de correo electrónico y/o el número de teléfono, dirección, política de entrega, política de protección de datos del cliente del Comerciante y toda información que la ley exija que se proporcione al Titular de Cuenta en la jurisdicción correspondiente.
4.10 Mantenimiento de registros y participación en auditorías
El Comerciante conservará una copia de todos los registros relacionados con la Transacción y el pedido y la entrega de los Servicios y Productos del Comerciante durante un periodo de (i) diez (10) años tras la fecha en la que Ingenico FS procesó la Transacción o, de ser mayor, (ii) el periodo de garantía aplicable de los Productos y Servicios del Comerciante entregados. La copia de los registros incluirá, entre otras cosas, los datos del envío, las facturas correspondientes a los Productos y Servicios del Comerciante y todos los contactos con el Titular de Cuenta.
En caso de que una investigación sea realizada por parte de Ingenico FS o de un Adquiriente o un Sistema en relación con Devoluciones de Cargos, Reembolsos, sospecha de fraude o en caso de cualquier solicitud de información remitida a Ingenico FS o a la Fundación por parte de un Adquiriente o un Sistema, el Comerciante cooperará plenamente en cualquier auditoría de esos registros.
4.11 Provisión de información al primer requerimiento de Ingenico FS
Al primer requerimiento que realice Ingenico FS en cualquier momento, el Comerciante proporcionará toda la información que le sea solicitada sobre las fechas reales o previstas en las que se entreguen la totalidad de los Productos y Servicios del Comerciante para una Transacción y las estimaciones del tiempo promedio entre la autenticación de la Transacción y las Fechas de Entrega asociadas. El Comerciante también proporcionará a Ingenico FS al primer requerimiento toda la información solicitada sobre su situación financiera, solvencia y liquidez actuales.
Ingenico FS utilizará esta información para estimar el Importe de Pedidos Incompletos probable y establecer el Nivel de Reserva y/o el Nivel de Depósito. Si Ingenico FS tiene motivos razonables para dudar de (i) la exactitud o la fiabilidad de la información relacionada con las Fechas de Entrega y/o (ii) la estabilidad financiera del Comerciante y/o (iii) la capacidad del Comerciante para proporcionar los Productos y Servicios del Comerciante, Ingenico FS podrá a su entera discreción tenerlo en cuenta al establecer el Nivel de Reserva y/o el Nivel de Depósito.
El Comerciante proporcionará a Ingenico FS, sin demora y en su totalidad, toda la información relativa a un hecho o circunstancia relacionados con el alojamiento (según se indican en la definición de «Procesamiento») que puedan dar lugar a una acción o queja de un tercero contra Ingenico FS.
4.12 Cumplimiento con las instrucciones de Ingenico FS
El Comerciante utilizará el Servicio de acuerdo con las instrucciones de Ingenico FS, incluida la documentación que facilite Ingenico FS.
No utilizará los Servicios con fines no estipulados expresamente en el Contrato de Servicios del Comerciante. Tampoco perturbará el Procesamiento, por ejemplo al integrarse incorrectamente a la Plataforma de Ingenico o al enviar peticiones sistemáticas a la Plataforma de Ingenico para comprobar su disponibilidad o peticiones inútiles y repetitivas para conocer el estado de Transacciones no existentes o Transacciones cuyo estado ya no se modifique.
4.13 Intermediarios
En los Métodos de Pago para los que Ingenico FS solo ofrezca el Procesamiento, el Comerciante garantiza que es la contraparte en todos los
contratos con los Adquirientes y es la única parte contractual de dichos Adquirientes.
El Comerciante garantiza por la presente que al recibir los Servicios no actúa como intermediario.
4.14 Monitorización y grabación de llamadas - el Comerciante tiene que informar puntualmente a su personal
Ingenico FS puede monitorizar y grabar las llamadas hechas a la centralita de atención al cliente de Ingenico FS para asegurar su calidad, y grabarlas a los fines probatorios. El personal de monitorización de Ingenico FS normalmente no interactúa con el personal del Comerciante con anterioridad a su primera llamada, por lo que el Comerciante deberá comunicar con puntualidad a todos sus empleados que necesiten saberlo que pueden encontrar la información legal requerida a este respecto haciendo clic en el enlace apropiado del Sitio Web.
4.15 Comerciante será exclusivamente responsable de los daños y perjuicios derivados de todo incumplimiento de sus obligaciones bajo la presente cláusula
4. El Comerciante reconoce que la instalación de medidas insuficientes de control y/o seguridad puede ser perjudicial no solo para el Comerciante, sino también para otros comerciantes, así como para Ingenico FS y los Adquirientes.
Cláusula 5 Comisiones
5.1 Generalidades
Las Comisiones aplicadas por Ingenico FS se indican en el Contrato de Servicios del Comerciante.
A menos que se especifique lo contrario en el Contrato de Servicios del Comerciante, los precios se indican en Euros (€) y no incluyen el impuesto al valor agregado (IVA) aplicable.
5.2 Comisiones por el Procesamiento y Comisiones por los Servicios Financieros
Algunas Comisiones se aplican por transacción y corresponden al uso del Método de Pago utilizado para dicha transacción. Puede ser un porcentaje del importe de la Transacción o una tarifa fija, o una combinación de un porcentaje y tarifa fija con o sin transferencia de Comisión de Intercambio y Comisión del Sistema (p. ej., precio «Tarifa de Intercambio plus» y «Intercambio plus Comisión del Sistema plus»)
En precio por transacción, Comisiones por Procesamiento y las Comisiones de Servicios Accesorios, «transacción» significa cualquier petición a la Plataforma de Ingenico. Si el Titular de la Cuenta retira su instrucción inicial después de que se envíe la petición, será cobrada como transacción. Una transacción incluye las solicitudes enviadas a un Adquiriente, aunque la respuesta del Adquiriente sea negativa. Si el Comerciante actúa en dos pasos (Autorización seguida, en un momento posterior, por el pago efectivo –Captura de datos– o una cancelación), solo se facturará una única transacción para ambas operaciones. Sin embargo, las peticiones relacionadas con el estado de transacciones en la Plataforma de Ingenico no se facturan por separado. Solo operaciones como renovaciones de Autorización o pagos parciales o Devoluciones de Cargos o Reembolsos se facturan como transacciones independientes.
En precio por transacción, Comisiones por Servicios Financieros, «transacción» significa una transacción completada con éxito, es decir, una transacción que resulta en una Liquidación de fondos al Comerciante, independientemente de una posible Devolución de Cargo o Reembolso, que son transacciones separadas para el cálculo de las Comisiones del Método de Pago.
El Comerciante reconoce que Ingenico FS calcula la Comisión de Intercambio y la Comisión del Sistema subyacentes basándose en parámetros y ratios (como el volumen de facturación de ventas, el número de Transacciones, el ratio negocio-consumidor, el ratio cliente-origen, el ratio Reembolso-ventas, el ratio Devolución de cargo-ventas, el plazo medio de entrega, etc.) proporcionados por el Comerciante en el Contrato de Servicios del Comerciante. Si los parámetros o ratios reales difieren considerablemente de la información proporcionada por el Comerciante, Ingenico FS tiene derecho a ajustar las Comisiones basándose en los datos reales.
Para la estructura de precio «Comisión de Intercambio plus» y « Intercambio plus Comisión del Sistema plus», el Comerciante reconoce que Ingenico FS calcula las Comisiones reales basándose en la Comisión de Intercambio y la Comisión del Sistema por Transacción resultante de dicha Transacción, de acuerdo con los niveles de la Comisión de Intercambio del Sistema de Tarjeta y la Comisión del Sistema, que pueden variar oportunamente.
5.3 Otras Comisiones
Ingenico FS podrá introducir otras Comisiones oportunamente, las cuales se indicarán en el Contrato de Servicios del Comerciante.
5.4 Condiciones de Pago
El Pago de las Comisiones es exigible inmediatamente tras la realización de la Transacción correspondiente. Véase la Cláusula 2.2. en lo que respecta a la retención de importes de Liquidación.
Si los importes de la Liquidación no bastan para cubrir todos los importes
exigibles por Ingenico FS, las Comisiones seguirán siendo exigibles a la fecha de vencimiento y, a continuación, las Comisiones se pagarán mediante adeudo domiciliario o por cualquier otro medio que permita el débito automático, que el Comerciante se compromete a no revocar durante la vigencia del Contrato de Servicios del Comerciante. Si el banco del Comerciante rechaza estos débitos automáticos, el Comerciante se compromete a pagar sin demora las Comisiones, así como a adoptar todas las medidas necesarias de inmediato con respecto a su banco a los efectos de solucionar tal situación.
Ingenico FS enviará una factura por los Servicios cada mes. Las facturas proporcionan un resumen general de (i) las Comisiones exigibles correspondientes al mes anterior, calculadas en base al volumen de Transacciones de dicho mes, (ii) las Comisiones ya retenidas de las Liquidaciones y (iii) cuando corresponda, el importe restante adeudado o abonado al Comerciante. Posteriormente, los importes adeudados o abonados se sumarán o se restarán de la próxima Liquidación al Comerciante o, de no haber una próxima Liquidación, serán pagados o acreditados. La moneda de pago de la factura será el Euro (EUR), a no ser que se indique algo distinto en el Contrato de Servicios del Comerciante. Si algunas Comisiones se calculan en una moneda diferente de la de la factura, el Comerciante acepta que los tipos de cambio son fijados por los Sistemas, Adquirientes y/o Ingenico FS, a menos que se acuerde expresamente por escrito algo distinto con Ingenico FS.
Además, Ingenico FS y la Fundación se reservan el derecho a exigir en cualquier momento el pago inmediato de los importes (o a retenerlos de las Liquidaciones) en cualquiera de los casos siguientes:
Reembolsos y/o Devoluciones de Cargos, en caso de que los importes pendientes de Reembolso y/o de la Devolución del Cargo superen el importe de la Liquidación.
Cualquier importe exigido por Ingenico FS o la Fundación para cubrir cualquier posible Reembolso o Devolución de Cargo, o cualquier (posible) responsabilidad con respecto a una Transacción.
Cualquier importe exigido por Ingenico FS o la Fundación para cubrir cualquier (posible) responsabilidad del Comerciante en virtud del Contrato de Servicios del Comerciante.
Todos los demás gastos o importes exigibles al Comerciante en virtud del Contrato de Servicios del Comerciante, incluyendo cualesquiera Multas.
Cláusula 6 Reserva - Depósito
6.1 Ingenico FS establecerá el Nivel de Reserva y el Nivel de Depósito aplicable en virtud de la estimación de Ingenico FS vigente en ese momento del Importe de Pedidos Incompletos, la estimación del nivel de fraude y/o la posible exposición a Multas. Ingenico FS tiene derecho a modificar oportunamente el Nivel de Reserva y el Nivel de Xxxxxxxx, a su entera discreción, para que coincida con las estimaciones vigentes en ese momento. Ni la Reserva ni el Depósito devengan intereses.
6.2 Ingenico FS o la Fundación mantendrán la Reserva y el Nivel de Reserva, así como el Depósito y el Nivel de Depósito, deduciendo o sumando fondos de cada Liquidación.
6.3. Tras la rescisión del Contrato de Servicios del Comerciante o después de que cese el procesamiento de Transacciones, Ingenico o la Fundación liberarán la Reserva y el Depósito mensualmente al Comerciante para cubrir la disminución del Importe de Pedidos Incompletos, exposición al fraude y/o exposición a Multas hasta que la Reserva y el Depósito se devuelvan al Comerciante por completo o a donde corresponda, aplicados total o parcialmente por Ingenico FS o la Fundación para pagar Devoluciones de Cargos, atender reclamaciones de fraude o pagar las Comisiones pendientes de pago de Ingenico FS que adeude el Comerciante.
Cláusula 7 Devoluciones de cargos
7.1 El Comerciante es responsable de las Devoluciones de Cargos de sus Transacciones, independientemente del motivo de la Devolución de Cargo. El Comerciante minimizará de forma efectiva el riesgo de Devoluciones de Cargos aplicando procedimientos adecuados para revisar y aceptar pedidos y realizar las Transacciones.
7.2 Cuando las Devoluciones de Cargos superen los niveles que el Sistema correspondiente considere aceptables, el Comerciante se expone a Multas. El Comerciante indemnizará y liberará de responsabilidad a Ingenico y/o la Fundación de Multas en que incurra o que sean repercutidas en Ingenico FS y/o la Fundación debido a que el Comerciante superó los umbrales establecidos para Devoluciones de Cargos por los Adquirientes o los Sistemas.
7.3 Si Ingenico FS o la Fundación tienen motivos para creer que los volúmenes de Devoluciones de Cargos de las Transacciones del Comerciantes superan o es posible que superen los niveles que el Sistema o el Adquiriente consideran aceptables, Ingenico FS tendrá derecho a suspender la provisión de los Métodos de Pago correspondientes.
7.4 Si Ingenico FS tiene motivos para sospechar que el Comerciante no está entregando sus Productos y Servicios del Comerciante en las Fechas de Entrega o antes de las mismas, las cuales se utilizan para calcular el Importe de Pedidos Incompletos, y/o si Ingenico FS tiene motivos para sospechar que los Productos y Servicios del Comerciante para los que procesa Transacciones se basan en fraudes, probablemente generarán volúmenes elevados de Devoluciones de Cargos y/o son ilegales, Ingenico FS tendrá derecho a suspender la Liquidación de todas las Transacciones en cuestión hasta que reciba garantías que considere satisfactorias de que los Productos y Servicios del Comerciante se entregan realmente de acuerdo con las leyes aplicables y los pedidos realizados por el Titular de Cuenta.
7.5 Por cada Devolución de Cargo, se aplicará una Comisión de Devolución de Cargo no reembolsable al Comerciante, según se indica en el Contrato de Servicios del Comerciante.
7.6 Por cada Devolución de Cargo, el importe de la Devolución de Cargo se deducirá del importe de Liquidación o, si el importe de Liquidación es insuficiente, de la Reserva o, si la Reserva es insuficiente, se emitirá un adeudado domiciliado.
7.7 Dado que las Devoluciones de Cargos pueden producirse mucho tiempo después de la fecha de la Transacción correspondiente, el Comerciante reconoce y acepta que, aún en el supuesto de rescisión del Contrato de Servicios del Comerciante, Ingenico FS y la Fundación tendrán derecho a exigir al Comerciante las Devoluciones de Cargos y las Comisiones de Devoluciones de Cargos y Multas relacionadas, con respeto a todas las Devoluciones de Cargos que se produzcan en conexión con Transacciones realizadas durante la vigencia del Contrato de Servicios del Comerciante.
7.8 Dado que las Devoluciones de Cargos podrán realizarse en diferentes monedas por Emisores con respecto a las Divisas de Transacción de pagos originales, el Comerciante se compromete a aceptar los tipos de cambio aplicados por los Sistemas, Adquirientes y/o Ingenico FS.
Cláusula 8 Transacciones No Autorizadas
8.1 El Comerciante deberá notificar inmediatamente a Ingenico FS toda Transacción no autorizada que detecte, enviando un correo electrónico a xxxxxxx@xx.xxxxxxxx.xxx. No se admitirán las solicitudes de compensación o corrección tardías o que no respeten las condiciones formales especificadas anteriormente.
8.2 Las partes han acordado expresamente que los derechos y obligaciones estipulados en el título 3 y los artículos 62 sub 1, artículo 64 sub 3 y los artículos 72, 74, 76, 77, 80 and 89 de la Directiva de Servicios de Pago y cualquier legislación que implemente esos derechos y obligaciones de la Directiva de Servicios de Pago en el país en el que se presten los Servicios, no se aplicarán a su relación contractual. Por consiguiente, la relación contractual de las Partes en relación con los Servicios, incluida la responsabilidad de Ingenico FS frente al Comerciante por la prestación de los Servicios, estará determinada exclusivamente por lo estipulado en el Contrato de Servicios del Comerciante y las presentes Condiciones Generales de los Servicios del Comerciante.
8.3 Ingenico FS se reserva el derecho a suspender los Servicio o bloquear el Nombre de Usuario o la contraseña del Comerciante por razones objetivas relacionadas con la seguridad, sospecha de fraude o uso no autorizado.
Cláusula 9 Derechos de Propiedad Intelectual
9.1 El Contrato de Servicios del Comerciante no transfiere derecho de propiedad intelectual alguno y únicamente proporciona al Comerciante (excluyendo a cualquier otra persona), una licencia limitada, no exclusiva, personal e intransferible, para utilizar el Servicio y cualquiera de sus elementos, incluyendo cualquier documentación o el software que Ingenico FS ponga a disposición del Comerciante o utilizado por Ingenico FS para proveer el Servicio (el “Software”), exclusivamente para el fin de utilizar los Servicios y limitándose a la vigencia del Contrato de Servicios del Comerciante.
El Comerciante no podrá:
(a) realizar ingeniería inversa, copiar ni adaptar, total o parcialmente, el Software;
(b) ceder, vender, transferir, alquilar, negociar o gravar el Software, ponerlo a disposición de un tercero o utilizar los Servicios por cuenta de un tercero; ni
(c) poner los Servicios o el Software a disposición de un servicio para compartir archivos;
(d) eliminar o modificar los avisos de copyright u otros avisos de propiedad del Software o cualquiera de los Servicios;
(e) utilizar el Software o los Servicios para fines distintos de los establecidos en el Contrato de Servicios del Comerciante.
Cláusula 10 Confidencialidad
Todos los datos relativos al Comerciante, a Ingenico FS o a la Fundación y designados como confidenciales, así como todos los datos no expresamente indicados como confidenciales pero que razonablemente puedan considerarse como tales (la "Información Confidencial").
Los siguientes datos se consideran Información Confidencial, sin necesidad de ninguna mención especial:
- todos los datos financieros;
- los términos del Contrato de Servicios del Comerciante;
- todos los demás documentos contractuales suscritos entre las Partes, y;
- todos los manuales de usuario y guías relacionados con los productos y servicios de Ingenico FS.
La Parte que recibe la Información Confidencial no la revelará a ningún tercero que no sea sus filiales (definido en el caso de Ingenico FS, como todas las entidades del Grupo Ingenico y en el caso del Comerciante, todas las entidades Controladas por el Comerciante) sin el consentimiento expreso previo por escrito de la otra Parte excepto:
- A cualquier otro tercero para completar la prestación de los Servicios o como resultado de ellos, o;
- A cualquier autoridad legal, administrativa o de otro tipo que lo solicite, o;
- A cualquier interesado (según lo definido en la Ley de protección de datos) que lo requiera mediante una solicitud válida.
La Parte que recibe la Información Confidencial aplicará el mismo nivel de cuidado a dicha Información Confidencial como si fuera su propia Información Confidencial.
Esta obligación de confidencialidad se mantendrá vigente durante todo el período del Contrato de Servicios del Comerciante. Asimismo, subsistirá durante tres (3) años a partir de la expiración o rescisión del Contrato de Servicios del Comerciante, independientemente de los motivos de la rescisión del mismo.
Cláusula 11 Protección de Datos
Ingenico FS (o su subcontratista) es el responsable del tratamiento del tratamiento (según se define en la Ley de Protección de Datos) de Datos Personales en el marco del Contrato de Servicios del Comerciante, excepto para aquellos servicios específicos para los que está expresamente indicado en el Contrato de Servicios del Comerciante que el Comerciante es el responsable del tratamiento.
Para evitar dudas, el Comerciante reconoce y acepta que si trata los Datos Personales disponibles en el back office que Ingenico FS pone a su disposición (por ejemplo, consultando esos Datos Personales) será, en dicho caso, el responsable del tratamiento para ese tratamiento.
En el caso de que una Parte trate Datos Personales como responsable del tratamiento (como se define en la Ley de Protección de Datos), dicha Parte se asegurará de respetar la Ley de Protección de Datos aplicable.
Si el Comerciante opta por tener la solución denominada Direct Link y, por lo tanto, usa su propia Página de Pago, el Comerciante se compromete a incluir en su Página de Pago un enlace relativo al aviso de privacidad que Ingenico FS le proporcionará.
Cláusula 12 Vigencia y rescisión
12.1 Vigencia
El Contrato de Servicios del Comerciante entrará en vigor a la Fecha Efectiva y por el término de un año.
A su vencimiento, el Contrato de Servicios del Comerciante se prorrogará tácitamente por nuevos periodos sucesivos de un año, salvo que una de las Partes lo rescinda enviando aviso por escrito con una antelación mínima de un mes (si la rescisión se produce a instancias del Comerciante) o de dos meses (si la rescisión se produce a instancias de Ingenico FS). Para que dicha notificación sea válida, la misma debe contener el membrete de la empresa de la Parte notificante, estar fechada, llevar la firma original del representante de la Parte notificante y debe enviarse por correo certificado, fax o correo electrónico.
12.2 Rescisión
Ingenico FS tendrá derecho a rescindir parcial o totalmente el Contrato de Servicios del Comerciante mediante carta certificada, con efecto inmediato, sin aviso previo y sin deber ninguna compensación al Comerciante, en los siguientes casos:
Los Productos y Servicios del Comerciante infringen (o Ingenico FS tiene motivos razonables para creer que infringen) la legislación aplicable en el país en el que se ofrecen los Productos y Servicios del Comerciante.
El Comerciante ha modificado el tipo de Productos y Servicios del Comerciante sin haber obtenido la previa autorización por escrito de Ingenico FS para utilizar los Servicios para esos tipos nuevos o modificados de Productos y Servicios del Comerciante.
Un Adquiriente o Sistema solicita que Ingenico FS interrumpa o deje de prestar Servicios al Comerciante en relación con los Métodos de Pago puestos a disposición por dicho Adquiriente o Sistema a Ingenico FS.
La situación financiera del Comerciante se deteriorara significativamente.
El Comerciante incumple alguna de las Normas del Sistema y/o leyes aplicables a la utilización de los Servicios.
El Comerciante incumple alguna de las condiciones del Contrato de Servicios del Comerciante y, si dicho incumplimiento hubiera podido solucionarse y no lo soluciona en el plazo de 30 días tras el aviso de incumplimiento enviado por Ingenico FS al Comerciante.
Cambios importantes en las Normas del Sistema o la legislación aplicable que hacen que el cumplimiento del Contrato de Servicios del Comerciante resulte excesivamente oneroso para Ingenico FS.
El Comerciante i) se declara en quiebra, ii) se vuelve o es declarado insolvente, o se somete a un procedimiento relacionado con su liquidación, insolvencia o nombramiento de un administrador o figura similar para ello; (iii) realiza una cesión en beneficio de la totalidad o la cuasi totalidad de sus acreedores, o (iv) celebra un acuerdo para la refinanciación, aplazamiento o reajuste de la cuasi totalidad de sus obligaciones.
Cláusula 13 Responsabilidad
13.1 Principios Generales
Las obligaciones de Ingenico FS y de la Fundación en virtud del Contrato de Servicios del Comerciante son obligaciones de realizar esfuerzos razonables y
no una obligación de alcanzar un resultado específico. Ingenico FS y la Fundación son únicamente responsables por negligencia grave.
Para evitar toda duda:
- Ni Ingenico FS ni la Fundación pueden ser considerados responsables en ningún caso de pérdidas o daños que puedan ser consecuencia, en parte o en su totalidad, de un incumplimiento por parte del Comerciante de cualquier disposición del Contrato de Servicios del Comerciante.
- Ingenico FS o la Fundación no pueden ser considerados responsables de actos u omisiones de terceros o que se originen en procesos anteriores o posteriores a la Plataforma de Ingenico como, por ejemplo, un Sistema o un proveedor de servicios de telecomunicaciones, entre otros.
13.2 Limitación de responsabilidad
Contrato de Servicios del Comerciante.
La cartera de Métodos de Pago o monedas soportadas por Ingenico FS puede variar e Ingenico FS podrá decidir en cualquier momento y sin previo aviso dejar de aceptar un Método de Pago, mediante notificación al Comerciante. Los Adquirientes o Sistemas podrán decidir en cualquier momento rescindir determinados Métodos de Pago, cambiar las características de los mismos o modificar los criterios de aceptación en virtud de los cuales los ponen a disposición. Asimismo, podrán decidir en cualquier momento no aceptar una moneda específica. Como consecuencia, Ingenico FS bloqueará para el Comerciante el uso de un Método de Pago o una moneda, o impondrá restricciones adicionales o condiciones sobre su uso continuado, sin previo aviso y sin compensación alguna al Comerciante.
16.2 Precios
La responsabilidad de Ingenico FS o la Fundación se limitará a daños que sean consecuencia directa, necesaria, previsible e inevitable de la negligencia grave de Ingenico FS o la Fundación. Por consiguiente ni Ingenico FS ni la Fundación se responsabilizarán de daños indirectos o consecuentes (tales como la pérdida de facturación, fondo de comercio, producción, ahorros previstos, daños causados a la imagen o la reputación, reclamaciones de terceros o pérdidas consecuentes a la pérdida o daño de datos o de los costes de restitución de los mismos).
El importe total de la responsabilidad de Ingenico FS y de la Fundación por todos los hechos resultantes del Contrato de Servicios del Comerciante, ya sea por contrato o no, o de otro modo resultantes del Contrato de Servicios del Comerciante en el año calendario (del 1° de enero al 1° de diciembre), por garantía, indemnización o de otro modo, se limitarán siempre a un importe máximo igual al veinticinco por ciento (25%) de las Comisiones pagadas por el Comerciante durante ese año natural, una vez deducidos todos los costes repercutidos de dichas Comisiones, p. ej., Comisiones de Intercambio, Comisiones del Sistema, etc. Esta limitación de responsabilidad es necesaria a fin de mantener el principio de proporcionalidad entre los daños y perjuicios reclamados por un lado y, por otro lado, las Comisiones facturadas por Ingenico FS y el incumplimiento cometido.
Estas limitaciones se aplicarán independientemente de si el principio de los daños o pérdidas y su grado eran previsibles cuando el Contrato de Servicios del Comerciante entró en vigor, incluso si Ingenico FS fue informado de la posibilidad de que podía acaecer dichos daños o pérdidas.
Cláusula 14 Valor Probatorio
14.1 Las Partes reconocen que las comunicaciones por fax, correo electrónico y también mediante notificación en la Zona del Comerciante y/o en la Cuenta Ingenico son métodos válidos de comunicación entre las Partes. Cualquier información mantenida en la base de datos informática de Ingenico FS relacionada especialmente con instrucciones y solicitudes recibidas de Comerciantes, información (y, en particular, con extractos e historiales de pagos) presente en la Zona del Comerciante, para la ejecución de las Transacciones, por ejemplo en relación con la fecha y hora de dichas instrucciones/confirmaciones/solicitudes/transacciones y en relación con su contenido, se considerará definitiva hasta que se demuestre lo contrario, del mismo modo que un documento original firmado en soporte papel.
14.2 Los documentos emitidos por Ingenico FS en los que se reproduzcan dichos datos y los rastros inalterables, seguros y fiables de dichos datos en los sistemas informáticos de Ingenico FS se considerarán definitivos hasta que se demuestre lo contrario. Ingenico FS podrá proporcionar prueba de acceso a la Zona del Comerciante y a la Cuenta Ingenico por medios electrónicos adecuados. Los rastros inalterables, seguros y fiables registrados en los sistemas informáticos de Ingenico FS se considerarán como prueba de dicho acceso/recibo/expedición.
14.3 Las copias o reproducciones de documentos por parte de Ingenico FS se considerarán definitivas, igual que los documentos originales.
Cláusula 15 Reembolsos
Ingenico FS aplicará Comisiones de Reembolso por Transacción y podrá aplicar una Comisión de Reembolso adicional tras notificarlo previamente al Comerciante si se precisa una intervención manual o se incurre en costes adicionales por parte de Ingenico FS.
Ingenico FS o la Fundación podrán financiar los Reembolsos a partir de la Reserva del Comerciante. Ingenico FS no siempre ejecutará un Reembolso automáticamente (lo que significa que el importe correspondiente no será devuelto por Ingenico FS o por la Fundación al Titular de Cuenta correspondiente, directamente o a través del Adquiriente/Sistema correspondiente) si los fondos correspondientes a ese Reembolso no puedan restarse de la próxima Liquidación de todos los Métodos de Pago. A solicitud del Comerciante, puede crearse una Reserva adicional para financiar Reembolsos con Ingenico FS o con la Fundación, a fin de garantizar la ejecución inmediata de los Reembolsos.
Si se Reembolsa el pago de una Transacción, los costes y Comisiones aplicados por la ejecución de la Transacción de pago original no serán reembolsadas al Comerciante ni total ni parcialmente.
Cláusula 16 Evolución del Contrato de Servicios del Comerciante
16.1 Métodos de Pago y monedas aceptados
Ingenico FS se reserva el derecho a aumentar sus precios de los Servicios en cualquier momento, mediante aviso con antelación de tres (3) meses. Dichos aumentos de precios entrarán en vigor únicamente para los Servicios prestados a partir del vencimiento del periodo de tres meses. Durante ese periodo de aviso, el Comerciante podrá rescindir el Contrato de Servicios del Comerciante mediante aviso por escrito, lo cual surtirá efecto al final del periodo de tres meses.
Para evitar toda duda, esta cláusula no se aplica al aumento de la Comisión de Intercambio y las Comisiones del Sistema aplicadas al Comerciante en caso de que el precio «Intercambio plus» y/o «Intercambio plus Comisión del Sistema plus» se apliquen a su uso del Método de Pago, como tampoco a los aumentos de precios directamente resultantes de cambios en las leyes aplicables.
16.3 Plataforma de Ingenico
Ingenico FS se reserva el derecho a cambiar o modificar la Plataforma de Ingenico en cualquier momento, a proporcionarle al Comerciante acceso a la misma, y/o a cambiar las funcionalidades y características del software o los sistemas.
Ingenico FS hará lo posible por informar los cambios con una antelación mínima de dos (2) semanas, cuando resulte razonablemente posible, para que el Comerciante pueda tomar las medidas necesarias frente a cualquier impacto y mitigar los efectos. Los períodos de notificación más cortos deberán ajustarse a las leyes vigentes, los cambios de los requisitos de los Adquirientes y Sistemas o la necesidad de una mayor seguridad debido a riesgos de seguridad detectados por Ingenico FS.
Cláusula 17 Disposiciones Generales
17.1 Cesión
Ingenico FS tendrá derecho, en cualquier momento, a ceder, novar o transferir de otro modo el Contrato de Servicios del Comerciante a otra empresa. El Comerciante no cederá los derechos ni las obligaciones que emanen del Contrato de Servicios del Comerciante, ni total ni parcialmente, a ningún tercero, sin la previa autorización por escrito de Ingenico FS, que no deberá negarla sin motivo razonable.
17.2 Derecho de auditoría
Ingenico FS tiene derecho a realizar una auditoría en cualquier momento en las instalaciones del Comerciante, para auditar el cumplimiento por parte de éste de sus obligaciones en virtud del Contrato de Servicios del Comerciante. El Comerciante reconoce que los Adquirientes, Sistemas o las autoridades supervisoras/reguladoras o las fuerzas de seguridad también tienen derechos de realizar auditorías.
El comerciante cooperará plenamente con dicha auditorías, por ejemplo otorgando acceso a sus instalaciones, facilitando entrevistas con miembros del personal y proporcionando toda la información que Ingenico FS solicite de manera razonable.
Cada Parte soportará sus propios costes de dicha auditoría. Sin embargo, si la auditoría releva un incumplimiento por parte del Comerciante, el Comerciante soportará el coste total de la misma.
17.3 Acuerdo íntegro; sin renuncia
El Contrato de Servicios del Comerciante contiene todos los compromisos entre las Partes en relación con los Servicios y sustituye a todos los demás compromisos contractuales anteriores entre las Partes en relación con los Servicios.
En caso de que una Parte no ejerza sus derechos en algún momento, no se entenderá como una renuncia a dichos derechos. Sin embargo, si una Parte no comunica a la otra Parte una reclamación por daños derivados del Contrato de Servicios del Comerciante o relacionada con el mismo en el plazo de un (1) año del acontecimiento que dé lugar a dicha reclamación, se considerará que se ha renunciado irrevocablemente a dicha reclamación.
17.4 Divisibilidad
Si alguna disposición incluida en el Contrato de Servicios del Comerciante se declara nula o inaplicable, esto no afectará a las demás disposiciones del mismo, y las Partes sustituirán esa disposición nula o inaplicable por una disposición válida y aplicable similar en la mayor medida posible al propósito fundamental de la disposición nula o inaplicable.
17.5 Fuerza mayor
Los Métodos de Pago y las monedas aceptadas por Ingenico FS figuran en el Ni Ingenico FS ni la Fundación pueden ser considerados responsables en
ningún caso de pérdidas o daños que provocados, por ejemplo, por un caso de fuerza mayor. Cualquier acontecimiento fuera del control razonable de Ingenico FS o la Fundación se considerarán casos de fuerza mayor, independientemente de si era previsibles o no, incluyendo, por ejemplo, (i) un uso intensivo de la Zona del Comerciante, (ii) interrupciones de Internet o las telecomunicaciones, (iii) fallo del hardware y los equipos de Ingenico FS, (iv) fallo o error del software, (v) sobrecarga de la Plataforma de Ingenico, (vi) corte de corriente o mal funcionamiento de sistemas de terceros.
17.6 Avisos
Las notificaciones o quejas (como, por ejemplo, las relacionadas con un mal funcionamiento del Servicio, la información emitida por Ingenico FS, especialmente en el registro de Transacciones, un error cometido en la ejecución de una Transacción o la no ejecución de una Transacción por parte de Ingenico FS, o en relación con las Comisiones retiradas por Ingenico FS), o las reclamaciones deberán ser comunicadas inmediatamente por parte del Comerciante a Ingenico FS, mediante correo electrónico enviado a xxxxxxx@xx.xxxxxxxx.xxx. Se considerará que dicho correo electrónico ha sido recibido por Ingenico FS al momento de la entrega, siempre que tal entrega haya ocurrido durante un Día Hábil. De lo contrario, se considera que fue recibido por Ingenico FS el siguiente Día Hábil.
Se considerará que el Comerciante tuvo conocimiento de cualquier notificación o información transmitida por Ingenico FS el día en el que ésta fue transmitida
o puesta a disposición del Comerciante por cualquier medio (por ejemplo, a través de su publicación en la Zona del Comerciante).
No se admitirán las solicitudes de compensación que se reciban fuera de plazo
o que no respeten las condiciones formales especificadas anteriormente.
17.7 Modificación de las Condiciones Generales de los Servicios del Comerciante
Ingenico FS se reserva el derecho a modificar las presentes Condiciones Generales de los Servicios del Comerciante, siempre y cuando el Comerciante sea notificado mediante aviso publicado en la Zona del Comerciante como mínimo dos (2) meses antes de la fecha de aplicación propuesta. Se considerará que el Comerciante ha aceptado la nueva versión de los Términos y Condiciones Generales de los Servicios del Comerciante si no notifica a Ingenico FS antes de la fecha de aplicación propuesta que la misma no ha sido aceptada.
En el caso de que el Comerciante rechace la nueva versión de los Términos y Condiciones Generales de los Servicios del Comerciante, el Comerciante tiene el derecho a rescindir el Contrato de Servicios del Comerciante sin coste alguno y con efecto a partir de cualquier momento anterior a la fecha en que se habría aplicado la modificación.
17.8 Referencias
El Comerciante acuerda que su nombre y logotipo podrán utilizarse como referencia comercial. Además, Ingenico FS tendrá derecho a resumir cualquier mensaje no confidencial enviado por el Comerciante que permita a Ingenico FS concluir que el Comerciante está satisfecho. Ingenico FS enviará al Comerciante una copia del texto que pretenda usar antes de emplear dicho texto. En caso de que el Comerciante no rechace el uso dentro del plazo de cinco (5) días naturales a partir de dicho envío, se entenderá que el Comerciante ha aceptado dicho uso.
17.9 Legislación aplicable y tribunales competentes. El Contrato de Servicios del Comerciante y las presentes Condiciones Generales de los Servicios del Comerciante se rigen por la legislación belga. La jurisdicción exclusiva recae sobre el Tribunal Mercantil francófono de Bruselas.