CONTRATO PARA LA CONFECCION DE ESTRUCTURAS METALICAS
CONTRATO PARA LA CONFECCION DE ESTRUCTURAS METALICAS
Conste por el presente documento, el Contrato de Servicios de Consultoría que celebran de una parte la Municipalidad Distrital de San Xxxxx, con R.U.C Nº 20196625608, con domicilio en el Parque Xxxxx Xxxx S/N - San Xxxxx, a la que en lo sucesivo se le denominará la MUNICIPALIDAD, representada por su Alcalde señor XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXXXXX, identificado con D.N.I.. Nº 16454201 y de la otra parte el señor XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXX, con R.U.C. Nº 10161234333, con domicilio en Xx. Xxxxxxxx Xx 000 - Xxxxxxxx, a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA, en los términos y condiciones siguientes:
CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha 20 de Septiembre del 2005, la MUNICIPALIDAD convocó la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 006-2005-MDSM/CEP, “CONFECCION DE ESTRUCTURAS METALICAS PARA LOCALES PÙBLICOS E INSTITUCIONES EDUCATIVAS EN EL DISTRITO DE SAN XXXXX”, habiéndose otorgado la Buena Pro a EL CONTRATISTA, por el monto de su propuesta económica ascendente a S/. 20,116.00 Nuevos Soles el cual incluye Impuesto General a las Ventas (IGV) o cualquier otro concepto que pueda incidir en el costo del servicio-
CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO
Por el presente documento las partes acuerdan la contratación del Servicio de Confección de estructuras Metálicas para Locales Públicos e Instituciones educativas en el Distrito de San Xxxxx, conforme a las Especificaciones Técnicas y Propuesta Técnica-Económica de EL CONTRATISTA, los mismos que forman parte integrante del presente contrato en cuanto no se oponga al mismo; el TUO de la Ley 26850 y su Reglamento.
CLAUSULA TERCERA: DEL MONTO DEL CONTRATO
El precio total del servicio descrito en la cláusula precedente, de acuerdo a la Propuesta Económica de fecha 20 de Septiembre de 2005 es de S/ 20,116.00, (Veinte Mil ciento dieciséis con 00/100 Nuevos Soles), incluido los Impuestos xx xxx.
CLAUSULA CUARTA: DE LA FORMA DE PAGO
La MUNICIPALIDAD abonará la retribución del servicio a EL CONTRATISTA, en moneda nacional, conforme a lo siguiente:
El primer pago será el 50% del monto del contrato y el saldo al finalizar el servicio, previa presentación del Acta de Conformidad, de la Oficina de Logística y de Abastecimientos.
CLAUSULA QUINTA: PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO
El CONTRATISTA, prestará el servicio en un plazo de 30 días calendario el mismo que empezará a entrar en vigencia al día siguiente de haber suscrito el contrato.
CLAUSULA SEXTA: DE LAS RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DE EL CONTRATISTA
Queda establecido que con el presente Contrato, EL CONTRATISTA asume las siguientes responsabilidades y obligaciones:
EL CONTRATISTA, se compromete a cumplir con el objeto del contrato en estricta aplicación a lo señalado en las Especificaciones Técnicas de las Bases y su propuesta Técnica presentada.
EL CONTRATISTA, es responsable del pago de impuestos y contribuciones que le correspondan; asimismo de todas las acciones judiciales, reclamos y controversias derivados de actos omitidos y/o imputados a EL CONTRATISTA.
EL CONTRATISTA no podrá ceder parcial o totalmente el Contrato, salvo que su cesión cuente con la aprobación previa y por escrito de la MUNICIPALIDAD
Entregar a la MUNICIPALIDAD a la firma del contrato, la Factura correspondiente, debidamente suscrito en señal de conformidad.
CLAUSULA SEPTIMA : DE LAS RESPONSABILIDADES DE LA MUNCIPALIDAD
La MUNCIPALIDAD está obligada a:
La MUNCIPALIDAD, efectuará las coordinaciones necesarias para que El Contratista cuente con las facilidades del caso para el cumplimiento de su trabajo, sin que ello signifique la paralización de las operaciones del CONTRATISTA.
Designar un representante que controle el cumplimiento de los avances y obligaciones del Contrato.
La MUNICIPALIDAD, a través de la Oficina de Logística y de Abastecimientos proporcionara AL CONTRATISTA, lo siguiente:
40 metros lineales xx xxxxx Nº 10 de 2.00 de alto.
16 bolsas de cemento Pórtland Tipo I.
Materiales agregados para la colocación del enmallado del Parque Infantil de la Institución Educativa de Yuracmayo.
Calaminas para el techado del Complejo deportivo Barrio Pite.
La MUNCIPALIDAD, se compromete a efectivizar el pago correspondiente de acuerdo con la forma de pago establecido en la cláusula cuarta dentro de los cinco (5) días siguientes de presentación de la factura.
CLAUSULA OCTAVA: DE LA SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
La Oficina de Desarrollo Urbano y de Logística, será la encargada de verificar el cumplimiento del servicio, para lo cual podrá designar un Personal que se encargará de supervisar el cumplimiento del contrato de acuerdo a las Especificaciones Técnicas de las Bases y a la propuesta de EL CONTRATISTA.
CLAUSULA NOVENA: DE LAS PENALIDADES
En caso de retraso injustificado en la ejecución de la prestación, objeto de este Contrato La MUNCIPALIDAD le aplicará al CONTRATISTA una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al cinco por diez (10%) del monto contractual.
Esta penalidad será deducida del pago a cuenta, del pago final o en liquidación final. y se calculará de acuerdo a la siguiente formula:
Penalidad diaria = 0.10 x Monto
F x Plazo en días
Donde F = 0.40
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, La MUNCIPALIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento.
CLAUSULA DECIMA : DE LA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
En caso de incumplimiento por parte del Proveedor de alguna de sus obligaciones, que haya sido previamente observada por La MUNCIPALIDAD, ésta última podrá resolver el contrato, aplicando los procedimientos establecidos en el Artículo 225°,226° 227° del Reglamento.
CLAUSULA DECIMO PRIMERA: SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Las controversias que surjan sobre la ejecución o interpretación del Contrato se resolverán obligatoriamente mediante el procedimiento de arbitraje de derecho, conforme a las disposiciones de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento.
El laudo Arbitral será vinculante para las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el mismo inapelable ante el Poder Judicial o cualquier instancia administrativa.
CLAUSULA DECIMO SEGUNDA: DE LAS PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
Forman parte integrante del presente Contrato los documentos siguientes:
Anexo I - Propuesta Técnica y Económica, de fecha 20 de Septiembre 2005, en lo que no sea contrario a lo establecido en las Bases y Especificaciones Técnicas de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 006-2005-MDSM/CEP ni en el presente contrato.
Anexo II - Bases integradas del Proceso por Adjudicación de Menor
Cuantía N° 006-2005-MDSM/CEP.
Se suscribe el presente Contrato en señal de conformidad a los veintidós días del mes de Septiembre del año dos mil cinco.
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XXXXXX X. XXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXX
ALCALDE D.N.I. Nº 16123433
R.U.C. Nº 10161234333