Contract
Año 2015
Martes, 27 de enero
16
JUZGADOS | Pág. | AYUNTAMIENTO DE GRANADA. Relaciones Institucionales y Patrimonio.- Contratos privados de compraventa de | |
INSTRUCCION NUMERO SEIS DE GRANADA.- | trasteros en calle Xxxxxxxx Xxxxxxx, Conjunto Austral ........... | 7 | |
Autos núm. 254/14 ..................................................................... | 2 | Agencia Municipal Tributaria.- Notificación edictal ................. | 8 |
SOCIAL NUMERO UNO DE GRANADA.- | Secretaría General.- Sustitución del Excmo. Sr. Alcalde ........ | 9 | |
Autos núm. 1.006/14 .................................................................. | 2 | GUADIX.- Texto íntegro del Reglamento de Transporte | |
PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO DOS | Público de Viajeros de Guadix ................................................... | 9 | |
DE MOTRIL (Granada).- Expediente de dominio. | HUETOR TAJAR.- Padrón de agua-basura 4º/trim./2014 ........ | 15 | |
Exceso de cabida núm. 892/14 .................................................. | 2 | ILLORA.- Aprobación de padrones ........................................... | 16 |
AYUNTAMIENTOS | JUVILES.- Aprobación definitiva de presupuesto año 2015 ... MONTEFRIO.- Aprobación inicial del Plan Parcial del Sector E-SE-04 ............................................................................ | 16 17 | |
ALBOLOTE.- Baja por inscripción en Padrón de Habitantes, | PADUL.- Aprobación definitiva de presupuesto y R.P.T. para el ejercicio 2015 .................................................................. | 20 | |
expediente núm. 3/2014 ............................................................. | 3 | POLICAR.- Aprobación inicial del Presupuesto General para | |
Fe de erratas ................................................................................ ALDEIRE.- Padrones de agua y basura 1º, 2º, 3º y 4º trimestre de 2014 ........................................................................ | 20 4 | el ejercicio 2015 .......................................................................... QUENTAR.- Aprobación definitiva del Presupuesto General para el ejercicio de 2015 ............................................................ | 17 18 |
ALHAMA DE GRANADA.- Aprobación inicial de Reglamento de Factura Electrónica ................................................................ | 4 | XXXXX DE BENAUDALLA.- Aprobación inicial de expediente de modificación de créditos núm. 1/2015 ................................ | 18 |
Instalación de línea electrica y dos CT en paraje Las Xxxxx y | LA XXXXX.- Modificación de ordenanza reguladora del | ||
Xxxxx xx Xxxxxxxx ........................................................................ ALMUÑECAR.- Relación de admitidos/as y excluidos para la provisión de ocho plazas xx Xxxxxxx Conductor .............. | 19 4 | precio público por la emisión de publicidad en la emisora de radio municipal ...................................................................... | 1 |
BAZA. Unidad de Recaudación y Gestión Económica.- Exposición al público de listas cobratorias .............................. | 6 | ANUNCIOS NO OFICIALES | |
XXXX DE GRANADA.- Aprobación inicial de presupuesto municipal para 2015 ................................................................... | 6 | NOTARIA DE XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXX.- Acta de | |
CALAHORRA, LA.- Nombramiento de Secretaria acctal. ........ CIJUELA.- Requerimiento para toma de posesión de Concejal ....................................................................................... | 6 7 | notoriedad instada por Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx ................... | 19 |
B.O.P. número 00 x Xxxxxxx,Xxxxxxx,xxxxxx,xxxxxx,00 00xx deseptiembreenero dede20152008n
Administración: Diputación de Granada. Domicilio: x/ Xxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx xx 0 (Xxxxxxx 18014). Tel.: 000 000000 / Fax: 000 000000 D.L.: GR 1-1958. I.S.S.N.: 1699-6739. Edición digital. http:/xxx.xxxxxx.xx/XXX/xxx.xxx
AYUNTAMIENTO DE LA XXXXX (Granada)
Modificación ordenanza precios públicos
EDICTO
NUMERO 290
forma provisional la modificación del artículo 4 de la Orde- nanza reguladora del Precio Público por la emisión de pu- blicidad en la emisora de radio municipal, en el que se re- fleja el cuadro de tarifas, por lo que se expondrá el expe- diente a información pública durante 30 días dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y
Xx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Alcaldesa del Ayuntamiento de La Xxxxx (Granada),
HACE SABER: Que el Pleno municipal, en sesión ordi- naria celebrada el 29 de diciembre de 2014, aprobó de
presentar las alegaciones que estimen oportunas. La Xxxxx, 12 de enero de 2015.- (firma ilegible).
NUMERO 311
JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO SEIS DE GRANADA
Autos núm. 254/2014
EDICTO
En el Juzgado de Instrucción numero Seis de Granada, se siguen los autos de juicio xx xxxxxx número 254/2014, habiéndose dictado sentencia cuyo encabezamiento y fa- llo es del tenor literal:
SENTENCIA Nº 271/2014
En Granada a diez de septiembre de dos mil catorce.
D. Xxxxxx Xxxxx del Arco Xxxxxx, Magistrado-Juez de Instrucción, habiendo visto y oído en juicio oral y público la presente causa x. xxxxxx 254/2014, seguida por una falta de daños (art. 263 CP) contra Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx; ha- biendo sido parte en la misma el Ministerio Fiscal y demás partes personadas.
FALLO
Que debo de condenar como condeno a Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx, como autor responsable de una falta de daños (art. 263 CP) a la pena de veinte días multa con una cuota diaria de 6 euros: a que indemnice en concepto de responsabili- dad civil al Centro de Inserción Social Xxxxxxx Xxxxxx Fer- nández con la cantidad de 310 euros y al pago de las costas. Quedando el condenado sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas multa no satisfechas, bien voluntaria-
mente o por la vía de apremio.
La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos en este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Granada en el plazo de cinco días desde su notificación.
Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de notificación x Xxxx Te- xxxxxx Lever, expido el presente en Granada, a 12 de enero de 2015.-El/la Secretario, (firma ilegible).
NUMERO 305
JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO UNO DE GRANADA
Autos núm. 1.006/14
EDICTO
Xx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Secretaria Ju- dicial del Juzgado de lo Social número Uno de Granada.
HACE SABER: Que en virtud de resolución dictada en esta fecha, en los autos número 1.006/2014, se ha acor- dado citar a Xxxxxxxx Xxxxxx, S.L., como parte deman- dada, por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 27 de octubre de 2015 a las 10:30 horas para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso,
que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en Xxxx. xxx Xxx 0, Xxxxxxxx Xx Xxxxxx, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se sus- penderán por falta injustificada de asistencia.
Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social copia de la demanda presentada.
Y para que sirva de citación a Ferralla Xxxxxx, S.L., se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.
Granada, 13 de enero de 2015.-La Secretaria Judicial, (firma ilegible).
NUMERO 10.343/14
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO DOS DE MOTRIL (Granada)
Expediente de dominio. Exceso de cabida 892/2014
EDICTO
URBANA: Parcela de terreno, en el pago que nombran de Piedras Blancas, en el término de Salobreña, provincia de Granada. Parcela número 2.021 de la Urbanización Monte de los Almendros, con una superficie de mil dos- cientos veinticinco metros cuadrados (1.225 m2).
Linda: norte: con calle; sur: con finca matriz; este: con parcela núm. 2.020; oeste: con finca matriz.
Sobre dicha parcela se ha construido lo siguiente: vi- vienda unifamiliar aislada, en parcela de ochocientos me- tros cuadrados, sita en el pago que nombran de Piedras Blancas, término de Salobreña, provincia de Granada. La vivienda, que ocupa dentro de la parcela en la cual se ubica una superficie de terreno de ciento treinta y un metros cua- drados, consta de una planta baja y primera de alzado, con una superficie construida entre las dos plantas de doscien- tos cuarenta metros cuadrados. La planta baja, distribuida en varias dependencias y servicios y terraza transitable, tiene una superficie construida de ciento treinta y un me- tros cuadrados. La planta primera, distribuida igualmente en varias dependencias y servicios, tiene una superficie construida de ciento nueve metros cuadrados. El resto de la parcela sin edificar, debidamente acondicionada, está destinado a zona ajardinada y de recreo. Linda la parcela en su totalidad con la obra nueva declarada: norte: con ca- lle hoy llamada Avellano; sur: finca matriz; este: con par- cela número 2.020; oeste: con finca matriz.
Inscrita en el Registro de la Propiedad número Uno de Motril, al tomo 1.359, libro 255, folio 68, finca número 10.268
La Magistrada-Juez (firma ilegible).
XXXXXX 000
XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX (Xxxxxxx)
Xxxx por inscripción indebida en Padrón de Habitantes, expediente 3/2014
EDICTO
De conformidad con lo establecido en la resolución Conjunta de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre la gestión y revisión xxx Xxxxxx Municipal, de 9 xx xxxxx de 1997, sirva el presente anuncio para poner en conocimiento de las perso- nas que a continuación se relacionan, junto a su dirección que:
Habiendo tenido conocimiento de que ustedes no residen en el domicilio en el que figura inscrito en la hoja padronal, y en base a lo establecido en el artículo 72 del Real Decreto 1690/1996, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales (en su redacción dada por el Real Decreto 2162/1996, de 20 de diciembre) le comunico que se ha procedido a incoar expediente para proceder a darle de baja en el Padrón de este muni- cipio, por no cumplir los requisitos establecidos en el artículo 54 del mencionado Reglamento.
Habiendo resultado fallido el intento de notificación personal a los interesados, procede de conformidad con lo previsto en el artículo 59.5 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro- cedimiento Administrativo Común, la publicación del presente anuncio, a fin de que en el plazo de quince días, contados desde el siguiente a su publicación, los interesados puedan manifestar si están o no de acuerdo con la baja, pudiendo en éste último caso alegar o presentar los documentos y justificaciones que estimen oportunos. En el caso en que no efectúe alegación alguna, una vez transcurrido el plazo señalado al efecto, la baja se llevará a cabo con el informe favorable del Con- sejo de Empadronamiento.
Albolote, 13 de enero de 2015.-El Alcalde P.D.F. Resolución núm. 1227 de 25/11/2011; El Concejal Delegado de Presi- dencia, fdo.: Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx.
ANEXO | ||
EXPTE.: 3/14 | ||
NOMBRE | DOCUMENTO | DOMICILIO |
XXXXXX XXXXXXX XXXXX | X9666169 M | X/ Xxxxxx X. Xxxxxxxx 00 |
XXXXXXXX XXX XXXXXXXX | X9531944 P | Xxxxx xx xxx Xxxxxx 00 |
XXXXXXX JARIL | 069212 | Plaza Naranjos 1 1º A |
XXXXX XXXXXX XXX QUISQUE | 6864933 | Xxxx. Xxxxx Xxxxxxxxx 0 0x X |
XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXX | 14277004 F | Xxxx. Xxxxx Xxxxxxxxx 0 0x X |
XXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXX | A1110749 | Paseo xx Xxxxx 11, 3º C |
XXXXX XXXXX XXXXXX | 042623236 | Xx. Xxxxxx xx xx Xxxxx 0 |
XXXXXXX XXXXXX | X08209855 M | X/ Xxxxxxxxx Xxxxxxx 0, 0x X |
XXXXX XXXXXXX EL MGHARI | R 584760 | C/ Abeto nº 63 |
XXXXXX XXXXXX XXXX XXXX | Y0082878 L | C/ Xxxxxxxx 4 |
XXXXXX XXXXXXX XXXXXX | 05222856 M | Xxxx Xxxxxxxxx xx xxx Xxxxx 16 |
XXXXX XXXXXXX MANTAIC XX XXXX | 289310726 | Xxxxx xx Xxxxx 0 xxxxxxxx 0 0xX |
XXXXXX XXXXXXXX XX XXXX | 00076280 | Xxxxx xx Xxxxx 0 xxxxxxxx 0 0xX |
XXXXXXX XXXXX XXXXX | A 00522432 | Xxxx. Xxxxxx Xxxxxxxx 0 |
XXXXXX XXXXXX TERRENO | 27164954 N | Xxxxxxx Xxxxxxxxxx 7 3ª C |
XXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXX MARAVILLA | X09114932 D | Xxxxx xx Xxxxx 0 0x X |
XXXX XXXXX | X00000000 | Doctor Xxxxxxxxx 13 2º C |
XXXX XXXX XXX XXXXXX | X09546589 W | C/ Méjico nº 13 |
XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX | X07181221T | X/ Xxxxx x Xxxxx 00 0x X |
XXXXX XXXXXXXX | X 000000 | X/ Xxxx 0 |
AHED DABBERHA | 4787033 | X/ Xxxxx 00 |
NUR XXXXXXXX | 4787034 | X/ Xxxxx 00 |
ADI KARKUKLI | 005399641 | Xxxx. Xxxxx 0 portal 1 2ª X |
XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXX | CS583492 | Pl. Animas 5 Bajo A |
XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX DOS XXXXXX | X08024159 B | Pl. Animas 5 Bajo A |
XXXXXX XXXXXXX XXXXX DOS XXXXXX | X08086486 P | Xx. Xxxxxx 0 Xxxx X |
XXXXXX XXXXXXX XXXXXX | CT455249 | Xxxxx xx Xxxxx 00 0x Xxxx |
XXXXXXXX XXXX XXXXX XXXXXX | C1472804 | Xxxx. Xxxxx 0 xxxxxx 0 0x X |
XXXXXX XX XXXXX XXXXX | 356103 | Xxxx. Xxxxxx 0 portal 2 2ª F |
XXXXXXX XXXX XXXXXX | 27981203 N | C/ Xxxxxxxxx 5 1ª D |
XXXXXX DEL X. XXXXXXXXX XXXXXXX | 15213260 | Xxxx. Xxxxxxx 0 xxxxxx 0 0x X |
XXXXXX ABOUHYADE | MA-45522 | X/ Xxxx xxxxxxx 000 |
XXXX XXXXXX XXXXXXX | 0680843 | Xxxx. Xxxxx 0 xxxxxx 0 0x X |
XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX | C 1397828 | Xxxx. Xxxxx 0 xxxxxx 0 0x X |
Xx XXXXXX XXXXXXX XXXXXX | C 1397831 | Xxxx. Xxxxx 0 xxxxxx 0 0x X |
XXXXXX EL BATTAHI | X05658118 A | Xxxx. Xxxxx 0 xxxxxx 0 0x X |
XXXXX XXXXXXX XXXXXXX | 109020367 | X/ Xxxxx 0 |
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX | Y0112619 Q | C/ Nueva 8 |
XXXXXX XXXXX | X08022581 C | X/ Xxxx 00 |
XXXXXX XXXXXXXX | 551262 | X/ Xxxx 00 |
XXXXXXXX XXXXXXXX | Y 010904085 | X/ Xxxx 00 |
MOHAMADHMAM XXXXX | 005399977 | Xxxx. Xxxxx 0 xxxxxx 0 0x X |
XXXXXX XXXXX | 005399975 | Xxxx. Xxxxx 0 xxxxxx 0 0x X |
XXXX XXXXXXXX | 0528834 | X/ Xxxxxxx 00 |
XXXXXX OVCHARUK | X05979836 C | X/ Xxxxxxx 00 |
XXXXX XXXXXXX INICIALES MENOR | UTOR | DOMICILIO |
Y.J. | XXXXXXX JARIL | Xxxxx Xxxxxxxx 0 0x X |
B.K. | XXXXXX XXXXXXXX | X/ Xxxx 00 |
E.P. | XXXX XXXXXXXX | X/ Xxxxxxx 00 |
XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXX (Xxxxxxx)
NUMERO 389
AYUTAMIENTO DE ALHAMA DE GRANADA
NUMERO 298
Padrones de agua y basura 1º, 2º, 3º y 4º trimestre 2014
EDICTO
Xx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Aldeire (Granada),
HAGO SABER: Que confeccionados los padrones de Ciclo integral de agua y basura del 1º trimestre, 2º trimes- tre, 3º trimestre y 4º trimestre de 2014, se exponen al pú- blico en el tablón de edictos de este Ayuntamiento por es- pacio de 15 días para audiencia de reclamaciones, hacién- dose saber que de no producirse estas, los referidos pa- drones se entenderán elevados a definitivos.
Contra la inclusión, exclusión o alteración de cualquiera de los datos xxx xxxxxx cobratorio, cabe interponer potes- tativamente recurso de reposición ante la Alcaldesa-Presi- denta, en el plazo de un mes a contar desde el día inme- diato siguiente al del término del período de exposición pública, o bien impugnarlo directamente mediante recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, desde la fecha indicada anteriormente sin perjuicio de cualquier otro que estime conveniente.
Asimismo y de conformidad con lo establecido en el art. 24 del Reglamento General de Recaudación, se hace saber a todos los contribuyentes y por los conceptos indi- cados que el plazo de cobro en periodo voluntario será único y comprenderá tres meses desde el día 0 xx xxxxxxx xx 0 xx xxxx xx 0000.
Se advierte que, transcurrido el plazo de ingreso en pe- ríodo voluntario, las deudas será exigidas por el procedi- miento de apremio y devengarán los intereses de demora y los recargos del periodo ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley 58/2003 General Tributaria de 17 de diciembre y en su caso las costas que se produzcan.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Aldeire, 14 de enero de 2015.-La Alcaldesa, fdo.: Te- xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx.
Aprobación inicial Reglamento Factura Electrónica
EDICTO
El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Alhama de Gra- nada, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de diciembre de 2014, acordó la aprobación inicial del Reglamento so- bre el uso de la factura electrónica en el Ayuntamiento de Alhama de Granada, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, re- guladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposi- ciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inser- ción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que pueda ser examinado y se presenten las recla- maciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente di- cho Acuerdo.
Alhama de Granada, 12 de enero de 2015.-El Alcalde, fdo.: Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx.
XXXXXX 000
XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX (Xxxxxxx)
Relación de admitidos/as y excluidos para la provisión de ocho plazas xx Xxxxxxx Conductor
EDICTO
LISTA PROVISIONAL DE ADMITIDOS/AS Y EXCLUI- DOS/AS PARA LA PROVISION DE OCHO PLAZAS XX XXXXXXX CONDUCTOR
De conformidad con lo dispuesto en la Base 5 de las Bases para la provisión de ocho plazas mediante el sis- tema de concurso-oposición en turno libre xx Xxxxxxx- Conductor, vacantes en la plantilla del personal funciona-
rio del Excmo. Ayuntamiento de Almuñécar e incluidas en la Oferta de Empleo Público de 2014, publicadas en el Bo- letín Oficial de la provincia de Granada núm. 155, de 18 xx xxxxxx de 2014, con corrección de errores en el número 177, de 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000, x xx xx Xxxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxx xx Xxxxxxxxx núm. 170, de 2 de septiembre de 2014, con corrección de errores en el número 199, de 10 de octubre de 2014, y el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado núm. 260 de 27 de octubre de 2014, y una vez expirado el plazo de xxxxxxxxxxxx xx xxxx- citudes y habiéndose comprobado los requisitos de los/las aspirantes de acuerdo con los establecidos en la Base 3, en uso de las facultades conferidas a esta Alcaldía por el artículo 21 de la Ley 7/1985 de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases del Régimen Local, esta Alcaldía ha dictado la siguiente resolución nº 0080/2015.
Primero.- Aprobar la siguiente lista provisional de ad- mitidos/as y excluidos/as y las causas de exclusión:
RELACION ADMITIDOS/AS | ||
APELLIDOS | NOMBRE | DNI |
XXXXXX XXXXXX | XXXX | 00000000-X |
XXXXXXX XXXXXXX | XXXX | 00000000-X |
XXXX XXXXXXXXX | XXXX XXXXXXX | 00000000-X |
XXXXXXXXXXX XXXXXXX | XXXXXXX XXXXXXX | 74656178-H |
XXXXXXX XXXXXXX | XXXXXX | 74692480-A |
XXXXXXXXX XXXXXX | XXXX | 00000000-X |
XXXXXX XXXXX | XXXX | 77371927-X |
XXXXXXX XXXXXXXX | XXXX XXXXXXX | 74721906-N |
XXXXXXX XXXXXXX | XXXXX | 74718023-X |
XXXXXXX XXXXXXX | XXXXXX XXXXX | 14629513-X |
XXXXXXXXX XXX XXX XXXXX | XXXX XXXXXX | 74719660-C |
XXXXXXX XXXXXXXXX | XXXXXXXX | 74723594-K |
XXXXXXXX XXXXXXXX | XXXXXXX | 30822436K |
XXXXXXXX XXXXXXX | XXXX | 75170007-X |
XXXXXXXX XXXXXXX | XXXXXXX XXXXXX | 44354097-X |
XXXXXXXXX XXXXX | XXXXXXX XXXXXX | 24272869-A |
XXXXXX XXXXXXX | XXXXXXXXX | 00000000-X |
XXXXX XXXXX | XXXXX | 52627764-S |
XXXXXXX XXXXXXXXX | XXXXXX | 75130934-P |
DEL XXXXX XXXXXXX | XXXXXX XXXX | 28745964-X |
XXXXXXX XXXXX | VITORIANO | 7501944-W |
XXXXXXX XXXXXX | XXXX XXXXX | 31261101-F |
ESPAÑA XXXXX | XXXXXXXXX | 79018378-S |
XXXXXXXXXX XXXXXXXX | XXXX XXXXX | 74867002-X |
XXXXXX XXXXXXX | XXXX XXXX | 20076968-S |
XXXXXX XXXXXXXX | XXXXX | 74716606-W |
XXXXXXXXX XXXXXXXXX | XXXXXX | 72457344-X |
XXXXXXXX XXXXXX XX XXXXXX | XXXXXXX | 53352405-H |
XXXXXXXX XXXXXX | XXXXXXX | 23806281-Q |
XXXXXXXX XXXXXXXXX | XXXXXX | 74895841-X |
XXXXXXXX XXXXXXX | XXXXX XXXXXX | 27393137-X |
XXXXXXXXX XXXXX | XXXXXXXXX XXXXXX | 45311980-X |
XXXXXXXXX XXXXXX | XXXXXX XXXXX | 48569164-H |
XXXXXXX XXXXXXX | XXXXXX | 75155924-X |
XXXXXXX XXXXX | XXXXX XXXXXX | 74726085-M |
XXXXXX XXXXXXX | XXXXX XXXXXX | 50608547-X |
XXXXX XXXX | XXXXX XXXX | 47788962-E |
XXXXX XXXXXXXXX | XXXXX | 74640109-A |
XXXXXXX XXXXXXX | XXXXX | 74912796-W |
XXXXX XXXXXXX | XXXXX | 75723548-G |
XXXXX XXXXXXX | XXXXX | 25344968-X |
XXXXXX- XXXXXXX | ||
XXXXXXX-XXXXXX | XXXX XXXXXX | 71215451-E |
XXXXXX XXXXXX | XXXXXX | 74739028-E |
XXXXXX XXXXXXXX | XXXX XXXXXX | 74688236-Z |
XXXXXX XXXXXXXXX | XXXXXXXXX XXXX | 74731319-H |
XXXXXX XXXXX | XXXXXXXXX XXXXXX | 23801298-R |
XXXXXX XXXXXXXXXX | XXXXXXX | 74725741-Y |
XXXXXXXX XXXXXX | XXXXX | 39910706-W |
XXXX XXXX XXXXXX 26032176-V
MONJE DE PRO XXXXX 45299491-W
XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX 79033741-X
XXXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXX 52489918-P
XXXXX XXXX XXXXX 53013648-M
XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX 74696729-C
XXXXXXXX XXXXX XXXXXX 74828966-F
XXXXXXXX XXXXXX XXXXX 77346696-L
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXX 80156655-X
XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX 45313287-X
XXXXXXXXX XXXXXX XXXX XXXXXXX 74638231-B
XXXXXXXXX XXXX XXXXX 74675237-X
XXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXXX 30804123-Q
XXXX XXXXXX XXXXXX 74722923-X
XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX 53153144-Y
XXXX XXXXXX XXXXXXXX 44589941-W
XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX 14623779-X
XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX XXXXX 47054660-X XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX 75159027-X XXXXXXX XXXX XXXX XXXXXXX 77471164-X
XXXXX XXXXX XXXX XXXXXX 74724180-D
TOUS XXXXXXX XXXXXXX XXXX 47392905-W
XXXXXXXX XXXXXXX XXXX 74847498-X
XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXX 75926010-X
XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX 49041727-X XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXX 79014012-X XXXXXX XXXXX XXXX XXXXXX 53272499-X XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXX 50488846-M
RELACION EXCLUIDOS/AS
APELLIDOS NOMBRE DNI OBSERVACIONES XXXXXXX MONTUNO XXXXXXX 00000000-X E
XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX 00000000-X E
XXXXXX XXXXXX XXXXXX 53350879-X G XXXXXXXX XXXXX XXXXXX 75255332-E B, C, D, X XXXXXXX XXXXXXX XXX 76420229-S G
XXXXXX XXXXXXX XXXXXX 74718963-J G XXXXXXX XXXXXX XXXXXX 7468688-H C, D, G XXXXX XXXXXX XXXXX 16082036-E B, C, D XXXX XXXXX XXXXXX 29218539-Y C, D XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX
SANTIAGO 77321875-S G
XXXXXXXXX XXXXXXXX XXX 76148781-J G
XXXX XXXXX XXXX XXXX 33546334-Y F
XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXX 74723614-H G
XXXXXXX XXXXX XXXXX XXXX 44282276-P G
XXXXXXXX XXXX XXXXXX 76964717-R D, F
GUERRERO XXXXXXXX XXXXXX 76653377-N G
XXXXX XXXXXX XXXXXXX 75571662-X G
XXXXXX XXXXXXXX SANTIAGO 75879288-B G
XXXXXX XXXXXX XXXX XXXXXX 74677112-E G
XXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX 75710295-E F XXXXXX XXXXX XXXXX 26744340-D B, C, X XXXXXXX XXXXXXX XXXX XXXXXX 78688127-K C, D, X XXXXXX XXXX XXXX XXXXXX 46816126-V A, E
XXXXXX XXXX XXXXX 74941092-P G
XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX 75773436-M B, X XXXXXXX XXXX XXXXXXXX 74943082-C B, C, X XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXX 74719761-Y B, C
XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXX 77344168-K G
XXXXXXX XXXXX XXXXXX 74726195-T G
XXX XXX XXXXX JUN 44599768-P G
CAUSAS DE EXCLUSION
A INSTANCIA FUERA DE PLAZO
B NO APORTA FOTOCOPIA DNI COMPULSADA
C NO APORTA FOTOCOPIA COMPULSADA DEL PERMISO DE CONDUCCION D NO APORTA FOTOCOPIA COMPULSADA DEL TITULO DE GRADUADO
ESCOLAR O EQUIVALENTE E
E NO APORTA REGUARDO ACREDITATIVO DE HABER SATISFECHO
EL IMPORTE DE LAS TASAS SEGUN MODELO DE AUTOLIQUIDACION F NO APORTA SOLICITUD EN MODELO OFICIAL
G NO APORTA DECLARACION JURADA SEGUN MODELO ANEXO IV
Segundo.- Conceder un plazo xx xxxx días hábiles, a con- tar desde el día siguiente al de la publicación del presente decreto en el Boletín Oficial de la provincia de Granada, para la subsanación de deficiencias, que sean subsanables, y/o presentación de reclamaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/92, de 26 de no- viembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú- blicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Tercero.- Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la provincia de Granada y en el tablón de anun- cios del Excmo. Ayuntamiento de Almuñécar.
Xxxxxxxxx, 13 de enero de 2015.-La Alcaldesa, fdo.: Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx.
- Se advierte de que, transcurrido el plazo de ingreso en voluntaria, las deudas serán exigibles por el procedi- miento de apremio, y devengarán los recargos, intereses de demora, y, en su caso, las costas que se produzcan.
Baza, 9 de enero de 2015.-El Alcalde, fdo.: Xxxxx Fer- nández Xxxxxxxx.
NUMERO 394
AYUNTAMIENTO DE BEAS DE GRANADA
Aprobación inicial presupuesto municipal para 2015
EDICTO
AYUNTAMIENTO XX XXXX (Granada)
NUMERO 300
Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el pa- sado día 15 de enero de 2015, ha aprobado, inicialmente, el Presupuesto General Municipal, las Bases de Ejecución y la Plantilla Presupuestaria para el ejercicio 2015.
UNIDAD DE RECAUDACION Y GESTION ECONOMICA
Exposición al público listas cobratorias
EDICTO
X. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de la ciudad xx Xxxx.
HACE SABER: Que han sido aprobadas por Decreto de la Alcaldía núm. 2/2015 los padrones y listas cobratorias siguientes: agua, basura y alcantarillado, correspondiente al cuarto trimestre de 2014.
Los mismos se exponen al público de conformidad con lo dispuesto en el art. 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de di- ciembre General Tributaria.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 108 de la Ley de Bases del Régimen Local, contra el presente acto, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse re- curso de reposición, ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Pro- vincia, con el cumplimiento de los requisitos establecidos en el art. 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. El recurso de reposi- ción deberá interponerse, preceptivamente, en el caso de que desee acudir a la jurisdicción contencioso-administra- tiva. Todo ello, sin perjuicio de que quiera interponer cual- quier otro recurso que estime procedente.
Simultáneamente, y con arreglo a lo dispuesto en el art. 24 del Reglamento General de Recaudación, se procede a efectuar el anuncio de cobranza con arreglo a las siguien- tes determinaciones:
- Plazo de ingreso: del día 2 de febrero al 10 xx xxxxx de 2015.
- Modalidad de ingreso:
Mediante cargo en cuenta de aquellos recibos domici- liados por alguna entidad bancaria o mediante presenta- ción de la comunicación que se envía individualizada en las entidades colaboradoras.
Lo que se hace público de conformidad con lo estable- cido en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, estando a dis- posición por espacio de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el B.O.P., durante el cual se admitirán las reclamaciones y sugeren- cias que deberán presentarse ante el Pleno de la Corpora- ción, que las resolverá en el plazo de treinta días.
Si al término del período de exposición no se hubieran presentado reclamaciones, se considerará definitiva- mente aprobado el citado acuerdo.
Xxxx de Granada, 16 de enero de 2015.-Xx Xxxxxxx, fdo.: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx.
XXXXXX 000
XXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXXXXX (Xxxxxxx)
Nombramiento Secretaria acctal.
EDICTO
RESOLUCION DE ALCALDIA
Vista la solicitud formulada por la actual Secretaria-In- terventora de este Ayuntamiento, Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxx- nez Xxxxx, presentada con fecha 9 de enero de 2014, en la que se solicitan vacaciones por razones familiares.
Siendo necesario, por tanto, proponer el nombramiento accidental en personal funcionario de este Ayuntamiento para el desempeño de sus funciones durante el período de ausencia solicitado, y teniendo en cuenta la disponibilidad de la plantilla de personal,
En virtud de las facultades que me confiere la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases del Régimen Local,
RESUELVO:
PRIMERO.- Proponer el nombramiento como Secreta- ria-Interventora Accidental a favor de Xx Xxxxxxx Xxxxxxxx
Xxxxxx, funcionaria de este Ayuntamiento, que se en- cuentra plenamente capacitada para realizar las funciones encomendadas al puesto de trabajo a cubrir con carácter accidental, durante los días 14 de enero de 2015 a 23 de enero de 2015, ambos inclusive.
SEGUNDO.- En virtud de lo establecido en el art. 92 bis de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local, intro- ducido por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Raciona- lización y Sostenibilidad de la Administración Local, orde- nar la remisión de la citada resolución de propuesta de nombramiento a la Dirección General de Administración Local, perteneciente a la Consejería de Administración Lo- cal y Relaciones Institucionales de la Junta de Andalucía.
TERCERO.- Ordenar la notificación de la presente reso- lución a la interesada, a los efectos oportunos.
CUARTO.- Ordenar la publicación de la citada resolu- ción en el Boletín Oficial de la provincia de Granada.
QUINTO.- Dar cuenta al Pleno de la Corporación muni- cipal en la siguiente Sesión Ordinaria que se celebre, a los efectos de su conocimiento y control oportunos.
La Calahorra, 13 de enero de 2015.-El Alcalde, fdo.: Xxx- xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx.
NUMERO 302
jal de este Ayuntamiento, no siendo posible su notifica- ción por no residir ya en Cijuela.
Pese a los intentos de notificación efectuados, y no siendo posible localizar a la indicada candidata por no re- sidir ya en este municipio, según informa formalmente el Sr. Portavoz del Grupo Político correspondiente, y aten- diendo al criterio adoptado por la Junta Electoral Central, en reuniones de fechas 29 xx xxxxx, 26 xx xxxxx y 25 xx xxxx de 1990, por medio del presente:
Se procede a publicar este edicto en el BOP de Granada, por ser este el del último domicilio conocido a los efectos de requerir a la candidata a fin de que cubra la vacante que se ha producido y/o en el plazo de 15 días manifieste ante este Ayuntamiento si va a proceder a ello o renuncia a to- mar posesión, entendiéndose que, de no haber pronuncia- miento por su parte en el indicado periodo, se procederá por parte de esta Administración a solicitar a la Junta Elec- xxxxx Central la expedición de nueva credencial a favor del candidato electo siguiente de la misma lista.
El presente anuncio se publica también en el tablón de anuncios, y en la Sede Electrónica de esta Administración.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Cijuela, 14 de enero de 2015.-El Alcalde, fdo.: Xxxx An- xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx.
AYUNTAMIENTO DE CIJUELA (Granada)
Requerimiento para toma de posesión de Concejal
AYUNTAMIENTO DE GRANADA
NUMERO 321
EDICTO
X. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cijuela (Granada),
HACE SABER: Que, con fecha 0 xx xxxxx xx 0000, X. Xx- xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, con DNI núm. 00.000.000- B, comunicó a esta Administración renuncia a su cargo como Concejal del Ayuntamiento de Cijuela por la forma- ción política del Partido Popular por razones laborales.
Que, en fecha 10 de noviembre de 2014, esta Adminis- tración envió Comunicación a la Junta Electoral Central de la renuncia de Concejal Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxxx, y solicitud de credencial a favor del siguiente candidato en la lista por el Partido Popular, Xx Xxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
Que, en fecha 20 de noviembre de 2014, tuvo entrada en este Ayuntamiento escrito de la Junta Electoral Central, por el que se adjuntaba Credencial de Concejala, de Xx Xxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
Que, en fecha 27 de noviembre de 2014, esta Adminis- tración efectúa el correspondiente llamamiento a la candi- data electa a fin de que proceda a cubrir la vacante que se ha producido y, a tal efecto, remite a la misma los corres- pondientes modelos sobre causas de posible incompati- bilidad y sobre cualquier actividad que le proporcione o pueda proporcionar ingresos económicos, así como de- claración de los bienes patrimoniales y de la participación en sociedades de todo tipo, con información de las socie- dades por ellas participadas y de las liquidaciones de los impuestos sobre la Renta, Patrimonio y, en su caso, socie- dades, a los efectos de su toma de posesión como Conce-
RELACIONES INSTITUCIONALES Y PATRIMONIO
Contratos privados de compraventa de trasteros en calle Xxxxxxxx Xxxxxxx Conjunto Austral
EDICTO
Expediente número 218/2014.- Contratos privados de compraventa de trasteros propiedad municipal, situados en la calle Xxxxxxxx Xxxxxxx, en el inmueble Conjunto Austral.
1.- Entidad adjudicadora:
a) Organismo: Ayuntamiento de Granada.
b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Patrimonio.
c) Número de expediente: 218/2014. 2.- Objeto del contrato:
a) Adjudicación en venta de trasteros, propiedad muni- cipal, situados en la calle Xxxxxxxx Xxxxxxx, en el inmue- ble Conjunto Austral, de Granada, de las fincas cuyos nú- meros a continuación se relacionan: Núms. 68660 - 68662
- 68664 - 68670 - 68674 - 68692 - 68708 - 68710 - 68714 -
68718 - 68726 - 68730 - 68734 - 68738 - 68740 - 70424 -
70426 - 70442 - 70448 - 70450 y 70474.
(Ver datos registrales Cláusula 1 del Anexo I al Pliego de Cláusulas Administrativas.)
b) Lugar de ejecución: Granada.
3.- Tramitación, procedimiento de adjudicación:
a) Tramitación: ordinaria.
b) Procedimiento: abierto.
4.- Tipo de licitación:
1ª) Finca núm. 68660 2.166,61 euros
2ª) Finca núm. 68662 2.166,61 euros
3ª) Finca núm. 68664 2.166,61 euros
4ª) Finca núm. 68670 2.130,50 euros
5ª) Finca núm. 68674 2.166.61 euros
6ª) Finca núm. 68692 2.166,61 euros
7ª) Finca núm. 68708 1.556,35 euros
8ª) Finca núm. 68710 2.166.61 euros
9ª) Finca núm. 68714 2.166,61 euros
10ª) Finca núm. 68718 2.166,61 euros
11ª) Finca núm. 68726 2.166,61 euros
12ª) Finca núm. 68730 1.996,89 euros
13ª) Finca núm. 68734 2.220,78 euros
14ª) Finca núm. 68738 2.220,78 euros
15ª) Finca núm. 68740 2.202,72 euros
16ª) Finca núm. 70424 2.166,61 euros
17ª) Finca núm. 70426 2.090,78 euros
18ª) Finca núm. 70442 2.148,56 euros
19ª) Finca núm. 70448 2.166,61 euros
20ª) Finca núm. 70450 2.166,61 euros
21ª) Finca núm. 70474 2.238,83 euros
9.- Apertura de ofertas:
a) Entidad: Ayuntamiento de Granada.
b) Domicilio: Plaza xxx Xxxxxx.
c) Localidad: Granada
d) Xxxxx y hora: según se determine por la Mesa de Contratación.
10.- Otras informaciones:
Las adjudicaciones se harán a las ofertas económicas más ventajosas para cada una de las fincas, teniendo como único criterio de adjudicación, el precio.
11.- Gastos de anuncios por cuenta de los adjudicatarios. 12.- Portal informático o página web donde figuren las informaciones relativas a la convocatoria o donde pueden
obtenerse los pliegos. xxx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxxx.xxx.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Granada, 30 de diciembre de 2014.-El Concejal Dele- gado de Relaciones Institucionales y Patrimonio, fdo.: Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx.
NUMERO 323
Los tipos de licitación se considerarán mínimos y serán mejorables al alza, no incluyendo Impuesto de Transmi- siones Patrimoniales, IVA y demás impuestos que sean de aplicación.
5.- Garantías:
Provisional: no se exige. Definitiva: no se exige.
6.- Obtención de documentación e información:
a) Entidad: Servicio de Patrimonio.
b) Domicilio: Avenida de las Fuerzas Armadas, 4 "Com- plejo Administrativo Xxx Xxxxxxxxxxx", Xxxxxxxx X - 0x xxxxxx xxxxxxxxx.
c) Localidad y Código Postal: Granada. 18071.
d) Teléfono: 000000000.
e) Telefax: 958246937.
f) Fecha límite de obtención de información: desde las 09:00 a 13:30 horas en el plazo de quince días naturales, contados a partir del siguiente a aquél en que aparezca la inserción del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
7.- Requisitos específicos del contratista:
(Ver Cláusula 13 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas y 8 de su Anexo I).
8.- Presentación de ofertas o de solicitudes de participación:
a) Fecha límite de presentación: hasta las 12:00 del día siguiente hábil a aquél en que finaliza el plazo de examen del expediente.
b) Documentación que integrarán las ofertas: Sobre 1.- Acreditación de la aptitud para contratar. Sobre 2.- Proposición económica.
(Ver Cláusula 15 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas).
c) Lugar de Presentación:
- Entidad: Servicio de Patrimonio.
- Domicilio: Avenida de las Fuerzas Armadas, 4 "Com- plejo Administrativo Los Mondragones", Edificio D - 1ª planta izquierda.
Localidad y Código Postal: Granada. 18071.
d) Xxxxx durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta (procedimiento abierto): dos meses.
AYUNTAMIENTO DE GRANADA
AGENCIA MUNICIPAL TRIBUTARIA
Notificación edictal
EDICTO
HAGO SABER: Que encontrándose pendientes de notifi- cación las Resoluciones Administrativas dictadas en resolu- ción de los recursos de reposición interpuestos contra ac- tos del procedimiento administrativo de apremio seguido en este Ayuntamiento de Granada contra los sujetos pasi- vos que se relacionan, al no haberse podido practicar las mismas tras dos intentos, un solo intento cuando el desti- natario resulte desconocido, y por causas ajenas a esta Ad- ministración Local, conforme a lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Adminis- trativo Común, (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de las resoluciones dictadas por la Titular del Organo de Gestión Tributaria.
Contra estas resoluciones podrá interponerse Reclama- ción Económico Administrativa, previa a la vía judicial, den- tro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial o diario oficial correspondiente, ante el Tribunal Económico Administrativo Municipal de Granada, de conformidad con lo establecido en el artículo 235 xx Xxx 58/2003, de 17 de di- ciembre, General Tributaria y Reglamento Orgánico del Tri- bunal Económico Administrativo Municipal de Granada (B.O.P. 1.132, de 17 de febrero de 2012).
Los correspondientes expedientes obran en el Servicio Jurídicos de la Agencia Municipal Tributaria del Excmo. Ayuntamiento de Granada, sita en Xxxx. Xxxxxxx Xxxxxxx, xxx. 0 “Complejo Administrativo Los Mondragones”, edi- ficio A planta primera, en horario de 09:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes.
Granada, 12 de enero de 2015.-El Director Gerente en funciones de la Agencia Municipal Tributaria, fdo.: Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx.
ACTO QUE SE NOTIFICA:
Resolución recurso reposición contra providencia de apremio
Expte.: 11120/2013
Nombre: Xxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx XXX: 00000000X
NUMERO 403
AYUNTAMIENTO DE GRANADA
SECRETARIA GENERAL
Sustitución del Excmo. Sr. Alcalde
EDICTO
El Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Granada, con fecha 19 de enero de 2015, ha dictado De- creto que literalmente dice:
“X. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Granada,
De conformidad con lo recogido en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Entidades Locales y con lo que al respecto se dispone en el artículo 25 del Reglamento Orgánico Municipal, en con- cordancia con el artículo 125.1 de la Ley 7/85, de 2 xx xxxxx, reguladora de Bases de Régimen Local, y con objeto de cubrir la ausencia temporal del Titular de esta Alcaldía,
HE RESUELTO:
Delegar, por ausencia del titular de esta Alcaldía, en Xx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxx, Segunda Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, la totalidad de las funciones correspondientes al cargo xx Xxxxxxx del Excmo. Ayuntamiento de Granada, desde el día 23 de enero de 2015 hasta el día 29 de enero de 2015 (ambos inclusive).
El presente Decreto se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de su efectividad durante los días señalados.
Dese cuenta del presente Decreto al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que se celebre.”
Granada, 20 de enero de 2015.-La Secretaria General, fdo.: Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx.
NUMERO 304
AYUNTAMIENTO DE GUADIX (Granada)
Texto íntegro del Reglamento de Transporte Público de Viajeros de Guadix
EDICTO
El Pleno de la Corporación, en sesión del día 30 de sep- tiembre de 2014, adoptó el acuerdo de aprobación inicial
del Reglamento Municipal Regulador del Servicio de Transporte Público Colectivo Urbano de Viajeros en Auto- bús de la Ciudad de Guadix.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/85 de 2 xx xxxxx, el expediente se ha sometido a in- formación pública y audiencia de los interesados por plazo de 30 días, tras su publicación en el B.O.P. núm. 202 de fecha 23 de octubre de 2014.
Durante el plazo de exposición, no se ha presentado re- clamación alguna contra dicha modificación, según se acre- dita en el expediente mediante certificado expedido por el Secretario General de este Ayuntamiento.
El Pleno de la Corporación, en sesión de 30 de septiem- bre de 2014, acordó que para el caso de que no fuesen presentadas alegaciones,, mediante resolución, sea ele- vada a definitiva la aprobación de éste Reglamento, ele- vándose a definitiva mediante resolución de la Alcaldía núm. 26.037 de fecha 9 de enero de 2.015.
En ejecución del acuerdo Plenario de 30 de septiembre de 2.014 se publica el texto integro del Reglamento:
REGLAMENTO MUNICIPAL REGULADOR DEL SERVI- CIO DEL TRANSPORTE PUBLICO COLECTIVO XXXXXX XX XXXXXXXX XX XXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX
Título preliminar Capítulo primero
Objeto y ámbito de aplicación Artículo 1º.-
El presente Reglamento se dicta en virtud de la potes- tad reglamentaria reconocida a los Municipios por los artí- culos 4 y 84 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el artículo
26.1 d) del mismo cuerpo legal, que fija la competencia en esta materia al determinar cómo prestación de servicios obligatoria de los Municipios de más de 50.000 habitan- tes, y potestativo en los de número inferior de habitantes. Este municipio no supera dicha cifra, no obstante se considera que el servicio de Transporte público urbano de viajeros, es necesario actualmente por las características peculiares, tanto geográficas, poblacional como medio-
ambientales del mismo.
Artículo 2º.-
Para la consecución de la finalidad indicada este Regla- mento articula las normas necesarias que regularán la acti- vidad del transporte público urbano de uso general de via- jeros en autobús dentro del término municipal de Guadix.
Artículo 3º.-
Las competencias municipales sobre la modalidad de transporte objeto de este Reglamento, se ejercerán con es- tricta sujeción a lo dispuesto en las normas sustantivas dic- tadas por el Estado y la Comunidad Autónoma de Andalu- cía que regulen las mismas, en concreto la Ley 2/2003, de Ordenación de los Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucía, en las demás normas sustantivas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin perjuicio de la legislación básica estatal que, en su caso, se dicten den- tro del marco de las mencionadas normas, por Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres según redacción dada por la ley 9/2013, en los términos re- cogidos en la sentencia del Tribunal Constitucional 118/1987, así como por el presente Reglamento.
Capítulo Segundo Definiciones Artículo 4º.-
Por transporte público urbano regular permanente de uso general de viajeros en autobús se entiende el que se lleva a cabo de forma continuada para atender necesida- des de carácter estable, dirigido a satisfacer una demanda general, siendo susceptible de utilización por cualquier in- teresado y se desarrolle íntegramente dentro del mismo término municipal.
Artículo 5º.-
Por transporte público urbano temporal de uso general se entenderá:
a) El que se preste de forma continuada durante un pe- riodo de tiempo no superior a un año, por una única vez, tales como los de ferias y exposiciones extraordinarias.
b) El que se preste de forma continuada durante perio- dos de tiempo repetidos no superiores a cuatro meses al año, tales como los de vacaciones y estacionales.
c) El que se preste de forma discontinua, pero periódi- camente a lo largo del año con motivo de acontecimientos periódicos, tales como mercados y ferias ordinarias, los cuales no podrán tener sus calendarios superiores a ocho días al mes.
Artículo 6º.-
Por transporte público urbano de uso especial se en- tenderá aquel que tiene por destinatario un grupo homo- géneo o específico de usuarios.
TITULO I
Gestión del servicio público de transporte colectivo ur- bano de viajeros en autobús
Artículo 7º.-
El servicio de transporte público urbano regular de via- jeros en autobús se realizará por empresa pública o pri- vada, en régimen de concesión o por otros modos de ges- tión, en los términos previstos en la legislación básica so- bre contratos y concesiones administrativas, en materia de transportes y en materia de régimen local.
De conformidad con lo previsto en el artículo 22.2.f) de la Ley de Bases de Régimen Local, corresponde al Pleno Municipal, valorando las circunstancias concurrentes en cada momento, la determinación de la forma de gestión del servicio.
Artículo 8º.-
La prestación del servicio se ajustará a los itinerarios que sean aprobados por el Pleno Municipal, previo Estu- dio informativo elaborado al efecto por técnicos munici- pales o por empresa especializada contratada al efecto.
Artículo 9º.-
9.1 - Podrán realizarse modificaciones en los citados iti- nerarios, de oficio por el Ayuntamiento o a instancias de la entidad gestora, en las condiciones y conforme al proce- dimiento regulado en el pliego de cláusulas administrati- vas y prescripciones técnicas que en cada momento rija la prestación del servicio, siendo necesario la audiencia pre- via de esta en el primer supuesto. En todo caso, la pro- puesta deberá contener una memoria justificativa de la modificación, plano y descripción de los nuevos recorri- dos con expresión de los servicios con cuyo itinerario se produzca alguna incidencia, debiendo contemplar expre- samente la repercusión económica y tarifaria.
9.2 - Se considerarán modificaciones en los citados iti- nerarios:
a) Las ampliaciones de los itinerarios inicialmente pre- vistos, ya se trate de prolongaciones de los mismos o de establecimiento de nuevos trazados.
b) La supresión o disminución de los itinerarios inicial- mente establecidos.
c) La sustitución total o parcial de los itinerarios inicial- mente establecidos.
d) El cambio de frecuencias en la prestación del servi- cio, y/o de las paradas de un itinerario.
9.3 - Cualquier modificación o alteración a que se re- fiere el presente artículo se hará pública con la debida an- telación.
9.4 - No se considera modificación cualquier alteración del tráfico, horario o itinerario de carácter puntual. No obs- tante la entidad gestora deberá poner en conocimiento del Ayuntamiento tal circunstancia de forma inmediata.
Artículo 10º.-
El servicio del transporte público regular de uso gene- ral se prestará de acuerdo con las tarifas máximas aproba- das por el Ayuntamiento.
Artículo 11º.-
Los usuarios de este servicio estarán cubiertos por el seguro obligatorio de viajeros.
La empresa responsable de la gestión del transporte urbano de viajeros en autobús está obligada a tener cu- bierta de forma ilimitada su responsabilidad civil con los daños que se causen con ocasión del transporte.
Igualmente está obligada a suscribir a favor del Exce- lentísimo Ayuntamiento una póliza de seguro a todo riesgo de las instalaciones fijas adscritas al servicio.
TITULO II
De las relaciones entre el ayuntamiento, la entidad ges- tora y los usuarios del servicio
Capítulo I
Potestades y deberes del Ayuntamiento respecto de la Entidad Gestora
Artículo 12º.-
El Ayuntamiento ostentará, sin perjuicio de las que pro- cedan conforme a la legislación aplicable y las estableci- das en el xxxxxx xx xxxxxx de cláusulas administrativas y prescripciones técnicas, las potestades siguientes:
a) Ordenar como debe gestionarse el servicio.
b) Alterar las tarifas a cargo del público y la forma y re- tribución otorgada.
c) Fiscalizar el servicio.
d) Intervenir el servicio asumiendo temporalmente su ejecución en los casos en que por causas imputables a la sociedad existiera perturbación grave en el mismo que no se pudiera corregir por otros medios.
e) Imponerle las correcciones pertinentes por razón de las infracciones en las que incurriera.
f) Rescatar el servicio. Artículo 13º.-
Son obligaciones del Ayuntamiento, sin perjuicio de las que procedan conforme a la legislación aplicable y las es- tablecidas en el xxxxxx xx xxxxxx de cláusulas administrati- vas y prescripciones técnicas, con la entidad gestora las siguientes:
a) Otorgarle la protección adecuada para que pueda prestar el servicio debidamente.
b) Mantener el equilibrio financiero para lo cual:
- Compensará económicamente a la empresa por razón de las modificaciones que le ordene introducir en el servicio y que incrementen los costes y disminuyan su retribución.
- Revisará las tarifas y subvención que en su caso, le otorgue, cuando aún sin mediar modificaciones del servi- cio circunstancias sobrevenidas o imprevisibles determi- nen en cualquier sentido la ruptura de la economía de la explotación.
- Indemnizará y compensará a la empresa por el res- cate del servicio en los términos establecidos en la legisla- ción de contratos de las Administraciones Públicas y de Transportes.
Capítulo II
Derechos y deberes de la entidad gestora respecto del Ayuntamiento
Artículo 14º.-
Son obligaciones básicas de la empresa gestora:
a) Prestar el servicio con sujeción estricta a las normas contenidas en la presente Reglamento y las que le sean de aplicación por razón de la materia vigente en cada mo- mento, así como a las disposiciones que dicte el Ayunta- miento en el ejercicio de sus competencias y las estableci- das en el xxxxxx xx xxxxxx de cláusulas administrativas y prescripciones técnicas.
b) Cuidar del buen orden del servicio pudiendo dictar las instrucciones que a este efecto sean oportunas sin per- juicio de la superior vigilancia e inspección que corres- ponden a la Administración municipal.
c) La conservación de las construcciones e instalacio- nes así como el mantenimiento y perfecto estado de fun- cionamiento, limpieza e higiene de las instalaciones afec- tas al servicio.
d) Mantener el material móvil en buen estado de fun- cionamiento y en condiciones que ofrezcan seguridad a los usuarios, cuidando sus exteriores e interiores y cum- pliendo estrictamente las condiciones de índole higiénico sanitarias y técnicas de acuerdo con las normas de carác- ter general dictadas por la Administración del Estado o la Comunidad Autónoma Andaluza.
e) Admitir a goce del servicio a toda persona que reúna los requisitos establecidos en el presente Reglamento.
f) Indemnizar a terceros de los daños que les ocasionare el funcionamiento del servicio, salvo si se hubiesen produ- cido por actos en cumplimiento de una cláusula u orden impuesta por la Corporación con carácter ineludible.
g) Someterse a la fiscalización municipal de acuerdo con el régimen establecido en el presente Reglamento.
h) Indemnizar al Ayuntamiento por los daños y perjui- cios que efectivamente le irrogue derivados de su incum- plimiento.
i) El estricto cumplimiento de sus obligaciones en el or- den laboral, de seguridad e higiene en el trabajo, fiscal y tributaria bajo su específica y personal responsabilidad.
j) Respetar el principio de no discriminación por razón de la nacionalidad respecto de las empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del acuerdo sobre contratación pública de la Organización Mundial del Comercio, en los contratos de suministro que suscriban.
k) No realizar por acción o dejar de hacer por omisión, acto o inacción, que se encuentre tipificada como infrac- ción en el presente reglamento.
Artículo 15º.-
Son derechos de la entidad gestora, además de los que procedan conforme a la legislación aplicable y los estable- cidos en el xxxxxx xx xxxxxx de cláusulas administrativas y prescripciones técnicas:
a) Utilizar las superficies de la vía pública correspon- dientes a los itinerarios del servicio.
b) Percibir la retribución correspondiente a la presta- ción del servicio.
c) Obtener la compensación económica que permita mantener el equilibrio financiero de los supuestos consi- derados como básicos al adjudicar la gestión del servicio y en el supuesto de modificaciones del mismo impuestas por la Corporación que aumenten sus costes o disminu- yan la retribución, de acuerdo con el pliego de cláusula administrativas y prescripciones técnicas en los casos de gestión indirecta del servicio.
d) Percibir las compensaciones e indemnizaciones le- galmente previstas, en los casos de rescate del servicio.
Capítulo III
De los derechos y obligaciones de los Usuarios. Artículo 16º.-
Los usuarios del servicio público de transportes urbano ostentan los siguientes derechos:
a) Toda persona que dé cumplimiento a las disposicio- nes vigentes y reúna los requisitos exigidos por las mis- mas tiene derecho a utilizar los servicios que se presten por la sociedad gestora en línea regular.
b) El usuario tiene derecho a viajar con las máximas ga- rantías de seguridad e higiene.
c) El usuario tiene derecho a ser tratado correctamente por el personal de la empresa.
d) El usuario tiene derecho a que por el personal del servicio se dé el más exacto cumplimiento a lo previsto en estas normas y disposiciones vigentes, pero en todo caso se abstendrá de discutir con los empleados del servicio, aceptando sus decisiones o presentando la oportuna re- clamación en la oficina de Información al Consumidor, Ofi- cina Municipal de atención al Ciudadano o procedimiento legal que considere oportuno, y ello sin perjuicio de las hojas de reclamaciones que deberá llevar cada vehículo y el existente en las oficinas de la empresa.
e) El usuario tiene derecho, salvo por causa de fuerza mayor a subir o bajar en las paradas señalizadas en la vía pública.
f) El usuario tiene derecho a ser informado con al me- nos con una semana de antelación de cualquier variación en el itinerario, horarios, paradas y precio del servicio, salvo causa de fuerza mayor. En el interior del vehículo es- tarán expuestas al público las tarifas oficiales del servicio y existirá en los vehículos a disposición de los usuarios in- formación sobre horarios e itinerarios así como un ex- tracto del Reglamento.
Artículo 17º.-
Son obligaciones de los usuarios del servicio municipal de transporte urbano de viajeros en autobús las siguientes:
a) Subir al vehículo, una vez estacionado este, por la puerta que al efecto se indica.
b) No subir al vehículo en cualquiera de las siguientes circunstancias:
- Portando bultos o efectos que por su tamaño, clase o forma resten espacio o dificulten el paso al resto de los usuarios, y sobre todo que molesten a estos, ensucien el vehículo o despidan olores desagradables, a excepción de los coches y sillitas cerradas de niños, carritos de com- pra y sillas o aparatos de minusválidos.
- Con animales de compañía, en los términos que esta- blezca la Ordenanza municipal correspondiente.
- Llevando sustancias nocivas o peligrosas.
c) Abonar el viaje, exigiendo al conductor el correspon- diente billete, dándole para el cobro moneda fraccionaria y en cuantía máxima que no exceda del quíntuplo del im- porte total.
d) El conductor no tiene la obligación de proporcionar cambio de moneda que supere a la proporción indicada.
e) No realizar por acción o dejar de hacer por omisión, acto o inacción, que se encuentre tipificada como infrac- ción en el presente Reglamento.
Queda prohibido a los usuarios durante el uso del ser- vicio:
a) Fumar en el interior del vehículo.
b) Producir cualquier tipo de ruidos innecesarios y que produzcan molestias al resto de usuarios.
c) Conversar con los conductores, salvo asuntos estric- tamente indispensables del servicio.
d) Xxxxxxx en el vehículo papeles, cáscaras o cualquier objeto inservible fuera de las papeleras habilitadas al efecto.
e) Acceder en estado de embriaguez.
f) Escupir, comer o beber en los vehículos.
g) Viajar sin billete.
h) En general cuanto pueda perturbar el decoro de un recinto público de acuerdo con el buen espíritu cívico.
i) Utilización de billetes subvencionados sin tener el carné correspondiente.
Artículo 18º.-
Para la mejor prestación del servicio se aplicarán las si- guientes normas:
a) El usuario que espere en una parada, al acercarse el vehículo que desea utilizar, hará una señal al conductor para indicarle que desea utilizar dicho servicio.
b) Una vez abonado el billete o cancelado el bono, el usuario deberá pasar al interior, permitiendo el paso de los demás usuarios. No deberán apoyarse en las puertas, permanecer sin agarrarse a las barras o asideras y en ge- neral tomarán las medidas de seguridad necesarias para evitar caídas, golpes y otros riesgos.
c) El usuario deberá conservar el billete hasta el final del recorrido.
d) Las personas que hagan uso de billetes subvencio- nados por el ayuntamiento, jubilados, estudiantes, jóve- nes o cualesquiera otros, vienen obligados a presentar el correspondiente carné al conductor.
e) El usuario que sea sorprendido sin billete por la ins- pección del servicio deberá abonar el importe del billete sin perjuicio de las responsabilidades administrativas en que hubiera incurrido. Igual criterio se utilizará cuando el billete este roto o deteriorado que impida la identificación de su número.
f) Al aperarse el usuario del vehículo lo hará por la puerta identificada como salida.
g) En las líneas o trayectos de circunvalación, el usuario podrá permanecer en el vehículo sin abonar nuevo billete hasta su parada, siempre que no sobrepase la vuelta total de circunvalación de esta línea.
TITULO III
De la fiscalización del servicio Artículo 19º.-
La fiscalización de la actuación de la empresa gestora tiene su base en los poderes y potestades atribuidas al Ayuntamiento por la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases de Régimen Local; Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx; por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de contratos de Sector Publico, por el Real De- creto 1098, de 12 de octubre por el que se aprueba el Re- glamento de la ley de Contratos de las Administraciones Publicas, por Ley 2/2003, de Ordenación de los Transpor- tes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucía, Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Trans- portes Terrestres según redacción dada por la ley 9/2013, en los términos recogidos en la sentencia del Tribunal Constitucional 118/1987, cuantas disposiciones de la Co- munidad Autónoma de Andalucía y de la Administración Central sean de aplicación por razón de la materia.
Dicha fiscalización comprende las facultades de vigilan-
cia, dirección, tutela y sanción.
Capítulo I
De la Vigilancia Artículo 20º.-
La inspección y vigilancia del servicio de transportes ur- banos de viajeros en autobús se ejercerá por el Ayunta- miento, sin perjuicios de las que corresponden al Estado con arreglo a la legislación básica en materia de transportes, y de las atribuidas a la Comunidad Autónoma Andaluza.
El Alcalde designará, de entre el personal al servicio de la Corporación, los que ejercerán en nombre del Ayunta- miento la función inspectora y de vigilancia, teniendo en el ejercicio de sus funciones la consideración de agentes de la autoridad.
Artículo 21º.-
La inspección comprenderá la visita a las instalaciones y el examen de los documentos, libros de contabilidad y cualesquiera otros que este obligada a llevar la empresa.
La empresa vendrá por tanto obligada a facilitar a los inspectores el acceso a sus locales, instalaciones y docu- mentos así como a presentar éstos en las oficinas munici- pales cuando sea requerida para ello.
Las funciones inspectoras tienen como finalidad com- probar si en la organización del servicio, cobro de las xxxx- fas, y demás particularidades de la explotación se cum- plen las disposiciones y condiciones establecidas, y por ello sus actuaciones estarán limitadas por la congruencia con estos fines.
Artículo 22º.-
Corresponde a los inspectores:
- Proponer toda clase de medidas para el correcto fun- cionamiento del servicio.
- Emitir los informes que se le soliciten por el Ayunta- miento.
- Cursar las instrucciones precisas para la conservación de las construcciones, instalaciones, y sus condiciones de limpieza, seguridad e higiene, así como su uso adecuado.
- Levantar actas descriptivas de los hechos que puedan ser constitutivos de irregularidad o infracción de las dispo- siciones de esta Ordenanza haciendo constar en las mis- mas las alegaciones que formule la empresa.
- Estas actas deberán ser firmadas por las partes inter- vinientes, y en su caso por testigos, y tendrán valor proba- xxxxx de los hechos constatados sin perjuicios de las prue- bas que en defensa de sus derechos o intereses puede se- ñalar o aportar la empresa gestora.
- Poner en conocimiento de los servicios u organismos de las Administraciones competentes las infracciones que puedan percibir de la normativa básica de transportes te- rrestres o de otros sectores sujetos a ordenación administra- tiva especialmente en materia laboral, fiscal, y de seguridad.
Capítulo II
De la Dirección Artículo 23º.-
El Ayuntamiento podrá exigir de la empresa todo lo que a su juicio sea necesario para la buena conservación de las obras o para remediar cualquier perjuicio público o parti- cular que pueda derivarse del funcionamiento del servicio.
Artículo 24º.-
A los efectos anteriores el Ayuntamiento podrá formu- lar a la empresa órdenes ejecutivas que la misma está obligada a cumplir.
Artículo 25º.-
El Alcalde o Concejal Delegado, de oficio o a instancia de cualquier interesado, previo informe del Responsable Municipal del Servicio o Responsable del contrato en caso de gestión indirecta, oída la empresa dictará resolución señalando las deficiencias o incumplimientos observados y las medidas precisas para subsanarlos señalando un plazo de ejecución.
Transcurrido el plazo concedido sin haber ejecutado las medidas requeridas el Alcalde o Concejal Delegado podrá disponer a la apertura de procedimiento sanciona- dor, en cuya resolución además de imponer la multa que corresponda señalará nuevo plazo para la corrección de las deficiencias o incumplimientos anteriormente aludi- dos, que de no cumplirlos determinará que las medidas se lleven a cabo por el Ayuntamiento con cargo a la empresa a través del procedimiento de ejecución subsidiaria pre- visto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi- miento Administrativo Común. Igualmente si del incum- plimiento de la empresa se derivase perturbación grave del servicio, y esta no fuera reparable por los medios indi- cados podrá elevar propuesta al Excelentísimo Ayunta- miento Pleno de intervención del servicio por el tiempo que sea necesario para restaurar la situación alterada.
Capítulo III De la Tutela Artículo 26º.-
Están sujetas a autorización administrativa las modifi- caciones del servicio.
Capítulo IV
Régimen de penalidades de la entidad gestora y de los usuarios del servicio
Artículo 27º.-
Incurrirán en responsabilidad administrativa las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas que cometan, por ac- ción u omisión, cualesquiera de las infracciones tipificadas en el presente Reglamento y demás normativa de aplicación.
Serán responsables:
a) En las infracciones cometidas con ocasión de la rea- lización de transportes o actividades sujetos a concesión, autorización o licencia administrativa, la persona titular de la concesión, autorización o licencia.
b) En las infracciones cometidas con ocasión de la rea- lización de transportes o actividades sin el correspon- diente título administrativo, la persona propietaria del ve- hículo o titular de la actividad auxiliar.
c) En las infracciones cometidas por usuarios o, en ge- neral, por terceros que sin estar comprendidos en los pá- rrafos anteriores realicen actividades sometidas a la legis- lación de transportes terrestres, la persona autora de la in- fracción, o la que tenga atribuida específicamente la res- ponsabilidad por las correspondientes normas.
Si hubiese más de un sujeto responsable, responderán todos ellos de forma solidaria.
Artículo 28º.-
Las infracciones de la entidad gestora se calificarán de leves, graves o muy graves, según las circunstancias con- currentes y, específicamente, atendiendo al menor o ma- yor perjuicio que con ellas se cause al funcionamiento del servicio o al público en general.
Artículo 29º.-
Las infracciones muy graves, graves y leves en que puede incurrir el concesionario del servicio, serán las tipifi- cadas en la Ley 2/2003, de 12 xx xxxx de Ordenación de los Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucía, ejerciendo el Ayuntamiento de Guadix la potes- tad sancionadora en los términos establecidos en el artículo 48 de dicha Ley y en la Ley de Bases de Régimen Local. Igualmente tendrán la consideración de infracciones graves el incumplimiento de cualesquiera de las obligaciones reco- gidas en el art 14 del presente reglamento y no se encuen- tren tipificas en la ley 2/2003, de 12 xx xxxx, como muy graves o leves, de encontrarse tipificadas en la citada ley prevalecerá tipo y la sanción reguladas en la meritada Ley.
Artículo 30º.-
Constituirá infracción de carácter leve por los usuarios del servicio el incumplimiento de las obligaciones que les co- rrespondan, conforme a las reglas de utilización del servicio previstas en la normativa aplicable, salvo que en la misma se considere expresamente como falta grave, y en particular el incumplimiento de las siguientes prohibiciones:
1. Impedir o forzar la apertura o cierre de las puertas de acceso a los vehículos.
2. Manipular los mecanismos de apertura o cierre de las puertas de acceso al vehículo o de cualquiera de sus compartimentos previstos para su accionamiento exclu- sivo por el personal de la empresa transportista.
3. Hacer uso sin causa justificada de cualquiera de los me- canismos de seguridad o socorro instalados en el vehículo para casos de emergencia.
4. Perturbar a los demás usuarios o alterar el orden pú- blico en los vehículos.
5. Subir o bajar del vehículo estando este en movi- miento.
6. Realizar, sin causa justificada, cualquier acto que dis- traiga la atención del conductor o entorpecer su labor cuando el vehículo se encuentre en marcha.
7. Viajar en lugares distintos a los habilitados para los usuarios.
8. Todo comportamiento que implique peligro para la integridad física de los demás usuarios o pueda conside- rarse molesto u ofensivo para éstos o para el conductor del vehículo.
9. Toda acción que implique deterioro o cause sucie- dad en los vehículos.
10. Desatender las indicaciones del personal de la em- presa transportista y de los carteles colocados a la vista en los vehículos, en relación a la correcta prestación del ser- vicio.
11. Viajar careciendo del correspondiente billete o tí- tulo de transporte.
12. El incumplimiento de las obligaciones o la realiza- ción de actos prohibidos recogidos en el art. 17 de la pre- sente ordenanza y no se encuentren tipificas en la ley 2/2003, de 12 xx xxxx, como muy graves o muy graves, de encontrarse tipificadas en la citada ley prevalecerá tipo y la sanción reguladas en la meritada Ley.
Artículo 31º.-
Las infracciones se sancionarán con las siguientes multas:
a) Las leves con multa de hasta 270 euros, con aperci- bimiento, o con ambas medidas.
b) Las graves con multa de 270,01 euros a 1.380 euros.
c) Las muy graves con multa de 1.380,01 euros a 2.760 euros.
Para la graduación de las sanciones, dentro de los lími- tes establecidos en el apartado anterior, se tendrán en cuenta la repercusión social de la infracción, la intenciona- lidad y el daño causado, en su caso.
Artículo 32º.-
La comisión de las infracciones previstas en los artícu- los anteriores podrá implicar, con independencia de las sanciones pecuniarias que correspondan, las sanciones accesorias previstas en el artículo 45 de la Ley 2/2003, de 12 xx xxxx de Ordenación de los Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucía, ejerciendo el Ayuntamiento de Guadix esta potestad sancionadora en los términos establecidos en el artículo 48 de dicha Ley.
Artículo 33º.-
De acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 2/2003, de 12 xx xxxx de Ordenación de los Trans- portes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalu- cía, y sin perjuicio de las sanciones que puedan impo- nerse, el incumplimiento reiterado o de manifiesta grave- dad de las condiciones esenciales de las concesiones o autorizaciones, podrá dar lugar a la caducidad de la con- cesión o a la revocación de la autorización, en ambos ca- sos con pérdida de la fianza.
Artículo 34º.-
Las sanciones serán compatibles con la exigencia al in- fractor de la reposición de la situación alterada por el mismo a su estado originario así como la indemnización por los daños y perjuicios causados.
Artículo 35º.-
El plazo de prescripción de las sanciones será de tres años para las impuestas por la comisión de infracciones muy graves, dos años para las que se impongan por la co- misión de infracciones graves, y un año para las impues- tas por infracciones leves.
Artículo 36º.-
El procedimiento para sancionar las infracciones tipifi- cadas en la presente Ordenanza se ajustará a lo dispuesto por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurí- dico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en su normativa de desarrollo, teniendo en cuenta, en su caso, las especificaciones pre- vistas para el procedimiento sancionador en las normas en materia de transportes o en las correspondientes Orde- nanzas Municipales.
Título IV
De las competencias municipales Artículo 37º.-
El Ayuntamiento ejercerá en el servicio la inspección vi- gilancia y cuantas funciones implique el ejercicio de auto- ridad según la atribución de competencias establecidas en la Ley de Bases de Régimen Local, que se recogen en los artículos siguientes.
Artículo 38º.-
Es competencia de la Corporación en Pleno:
- La aprobación, modificación o derogación de este Re- glamento.
- La modificación de la forma de gestión del servicio del transporte urbano de viajeros en autobús.
- La autorización previa de los actos y acuerdos de los ór- ganos de gobierno de la sociedad determinados en los artí- culos anteriores, de la cesión del contrato de la gestión del servicio y de la subcontratación de prestaciones accesorias.
- La intervención temporal del servicio como conse- cuencia del incumplimiento de la sociedad gestora.
- El rescate por razones de interés público y la supre- sión del servicio.
- La interpretación de las normas del presente Reglamento.
- La interpretación de las e las cláusulas del contrato de gestión del servicio, la resolución en vía administrativa de las divergencias que puedan surgir entre el Ayuntamiento y la sociedad que explote el servicio cuando sea el Pleno el órgano de contratación
- Y en general resolver las cuestiones que planteen en relación con la materia objeto de regulación por el Alcalde o el Concejal Delegado.
Artículo 39º.-
Es competencia xxx Xxxxxxx que podrá ejercer por sí mismo o por delegación:
- La vigilancia e inspección del servicio, dictando al efecto las instrucciones que considere oportunas.
- La dirección del servicio y en consecuencia dictar las ordenes de ejecución que considere oportunas para su adecuada prestación o para la corrección de las situacio- nes producidas como consecuencia de su defectuoso fun- cionamiento.
- Corregir las infracciones a la presente Ordenanza me- diante la imposición de las sanciones tipificadas en la misma y las medidas adicionales y de ejecución subsidia- ria que llevan aparejadas.
- Y elevar al Excelentísimo Ayuntamiento Pleno pro- puestas sobre las materias atribuidas a la competencia de ese órgano.
Título V
Recursos y reclamaciones. Capítulo I
De las Reclamaciones Artículo 40º.-
Contra cualquier instrucción emanada de la inspección o de la empresa o situación de hecho que no tenga la cali- ficación del acto administrativo podrá reclamarse ante el Alcalde o Concejal Delegado.
Capítulo II
De los recursos Artículo 41º.-
Los actos y acuerdos de los órganos municipales com- petentes según esta Ordenanza ponen fin a la vía adminis- trativa y en consecuencia solo son impugnables ante la ju- risdicción contencioso-administrativa con arreglo a sus normas reguladoras, sin perjuicio de que procediera la re- visión de los mismos de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad- ministrativo Común.
Artículo 42º.-
Protección de los usuarios
Como instrumento para la protección y defensa de los usuarios del transporte urbano y metropolitano, se pro- moverá que la resolución de los conflictos entre viajeros y transportistas se realice por medio de la Juntas Arbitrales de Transporte
Título VI
Standares de calidad del servicio Artículo 43 Criterio de calidad.
Se fijan los siguientes criterio que podrán ser tenidos en cuentas para establecer en los pliegos de cláusulas ad- ministrativas y de prescripciones técnicas ponderándose estos criterios para la adjudicación.
1. Disponibilidad: cobertura del servicio ofrecido en térmi- nos de geografía, tiempo, frecuencia y modo de transporte.
2. Accesibilidad: acceso al sistema de transporte pú- blico incluyendo interfaz con otros modos de transporte.
3. Información: suministro sistemático de conoci- miento sobre el sistema de transporte público para facili- tar la planificación y ejecución de los viajes.
4. Tiempo: aspectos del tiempo relevantes a la planifi- cación y ejecución de los viajes.
5. Atención al cliente: elementos del servicio introduci- dos para permitir la mejor practicable combinación entre el servicio estándar y los requerimientos de cada cliente.
6. Confort: elementos del servicio introducidos con el propósito de hacer que los viajes en transporte público sean relajantes y placenteros.
7. Seguridad: sensación de protección personal experi- mentada por los clientes, derivada de la aplicación de me- didas concretas y de la actividad diseñada para asegurar que los clientes sean conscientes de estas medidas.
8. Impacto ambiental: efecto sobre el medio ambiente de- rivado de la prestación de un servicio de transporte público
Disposiciones adicionales.
I. Los preceptos contenidos en el presente Reglamento se entienden sin perjuicio de lo que corresponda a otros
organismos de las Administraciones Públicas en la esfera de sus respectivas competencias.
II. En lo no previsto en el presente Reglamento, se estará a lo dispuesto en la Ley 7/85, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases de Régimen Local; el Real Decreto 781/1986, de 18 xx xxxxx, l, Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial y su Reglamento de desarrollo, la Ley 2/2003, de 12 xx xxxx de Ordenación de los Transportes Urbanos y Metropolita- nos de Viajeros en Andalucía y la Ley 30/1992, de 26 de no- viembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú- blicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Disposición transitoria.
El pleno municipal en sesión celebrad el día 22 de julio tomo en consideración el proyecto de explotación del ser- vicio/estudio económico financiero del servicio de Trans- porte urbano de viajeros de Guadix, sometiéndolo a infor- mación pública mediante publicación de anuncio en el Bo- letín Oficial de la Provincia y Tablón de edictos de la Cor- poración, el cual quedara elevado a definitivo si no se pre- sentan reclamaciones o sugerencias durante el plazo de exposición.
Durante le indicado plazo no se han presentado recla- maciones o sugerencias, según certificación obrante en el expediente.
El proyecto de explotación del servicio/estudio econó- mico financiero del servicio, se recoge como forma de gestión el concierto, así como el itinerario.
Disposición final.
El presente Reglamento que consta de 43 artículos, dos disposiciones adicionales, un transitoria y una disposición final, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento el día 30 de septiembre de 2014, entrará en vigor tras su publicación íntegra en el “Boletín Oficial “ de la provincia, transcurrido el plazo a que se refiere el artículo 65.2 de la Ley de Bases de Régimen Local.
DILIGENCIA: Que la hago yo el Secretario Accidental para hacer constar que el presente Reglamento fue apro- bado inicialmente por acuerdo del Pleno de la Corpora- ción de fecha 30 de septiembre de 2014, habiéndose ele- vado a aprobación definitiva por resolución de la Alcaldía núm. 26.037 de fecha 9 de enero de 2015.-Guadix, 9 de enero de 2015.-El Secretario acctal., fdo.: Xxxx Xxxxxx Xx- varrete.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Guadix, 9 de enero de 2015.-El Alcalde-Presidente, fdo.: Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx.
NUMERO 303
AYUNTAMIENTO DE HUETOR TAJAR (Granada)
Padrón agua-basura
EDICTO
X. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Huétor Tájar (Granada).
HACE SABER: Que aprobada por resolución de Alcal- día núm. 1.017/2014 de fecha 30 de diciembre del 2014 la lista cobratoria correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio 2014 relativos a los servicios de abastecimiento domiciliario de agua, servicio de recogida de basura, servi- cio de alcantarillado y canon depuración la citada lista se expone al publico por espacio de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los legítimos interesados puedan examinarla en las Oficinas Administra- tivas de este Ayuntamiento en los días hábiles, entre las 8 y las 15,00 horas.
Finalizado el plazo citado los interesados podrán inter- poner recurso potestativo de reposición previo, en su caso a las reclamación económica-administrativa, ante el Sr. Al- calde en los términos del artículo 14 del Texto Refundido de la Ley reguladoras de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx.
Asimismo y de conformidad con lo establecido en el art.
88.2 del Reglamento General de Recaudación, se hace sa- ber a todos los contribuyentes por los conceptos indicados, que el plazo de cobro en periodo voluntario será único y comprenderá cuarenta y cinco días naturales a contar desde la finalización del plazo de exposición al público.
Transcurrido el periodo voluntario de pago, se iniciara el periodo ejecutivo que determina el devengo del re- cargo de apremio y de los intereses de demora, de acuerdo con lo previsto en la L.G.T.
Huétor Tájar, 30 de diciembre de 2014.-El Alcalde, fdo.: Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx.
NUMERO 333
AYUNTAMIENTO DE ILLORA (Granada)
Aprobación de padrones
EDICTO
Xx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcaldesa Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Illora (Granada),
HACE SABER: Que la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, acordó la aprobación de los padrones que a continuación se señalan en su sesión celebrada con fe- cha 19 de noviembre de 2014.
a).- Padrón de tasa por prestación del Servicio de Guar- dería Infantil correspondiente al mes de octubre de 2014.
Que la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, acordó la aprobación de los padrones que a continuación se señalan en su sesión celebrada con fecha 18 de diciem- bre de 2014.
a).- Padrón de tasa por prestación del Servicio de Guar- dería Infantil correspondiente al mes de noviembre de 2014. b).- Padrón de tasa por prestación del Servicio de Ayuda
a Domicilio correspondiente al mes de octubre de 2014. c).- Padrón de tasa por prestación del Servicio de Ayuda
a Domicilio correspondiente al mes de noviembre de 2014.
Lo que se hace público para general conocimiento, quedando dichos padrones expuestos al público en las dependencias del Area Económica por plazo de quince días, contados desde la publicación del presente edicto en el BOP.
Se advierte que contra los actos de liquidación conteni- dos en los padrones, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales, podrá interponerse ante la Junta de Gobierno Local, el recurso de reposición a que se refiere el artículo 14.2 citado y artículo 108 de la Ley 7/1985 de 2 xx xxxxx, reguladora de Bases de Régimen Lo- cal. El recurso se planteará en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de finalización del periodo de ex- posición pública, previo al recurso contencioso administra- tivo, que podrá interponerse ante el Juzgado de lo Conten- cioso-Administrativo de Granada, en la forma y plazos pre- vistos en la Ley reguladora de dicha Jurisdicción.
La interposición del recurso no suspenderá la ejecución del acto impugnado, con las consecuencias legales consi- guientes, incluso la recaudación de cuotas o derechos li- quidados, intereses y recargos, a menos que el interesado solicite la suspensión expresa dentro del plazo para inter- poner el recurso, a cuyo efecto será indispensable la pre- sentación de justificante de las garantías constituidas.
Según los acuerdos adoptados, se procede igual- mente, y de conformidad con lo establecido en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio a efectuar el co- rrespondiente,
ANUNCIO DE COBRANZA
Según lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, el plazo de ingreso en periodo voluntario abarcará dos meses naturales a contar desde el día siguiente a la inserción de éste edicto en el BOP.
El pago de los recibos el pago de los recibos efectuará conforme preceptúa el articulo 6.1 de la vigente Orde- nanza Fiscal, mediante el cargo en cuenta corriente dentro del plazo voluntario de cobro.
Se advierte que, trascurrido el plazo de ingreso en pe- riodo voluntario, sin que el pago se haya hecho efectivo, las deudas serán exigidas por el procedimiento adminis- trativo de apremio, devengándose los recargos, intereses y costas que procedan de conformidad con lo previsto en la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria.
Illora, 9 de enero de 2015.-La Alcaldesa, fdo.: Xxxx Isa- bel Xxxxxxx Xxxx.
NUMERO 307
AYUNTAMIENTO DE JUVILES (Granada)
Aprobación definitiva presupuesto año 2015
EDICTO
Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Alcaldesa-Presi- denta del Ayuntamiento de Juviles,
HACE PUBLICO: Que contra el acuerdo adoptado el 11 de diciembre de 2014, por el que se efectuó la aprobación inicial del presupuesto general para el ejercicio 2015 y de la plantilla que comprende todos los puestos de trabajo re- servados a funcionarios, personal laboral y eventual, no se ha presentado reclamación alguna, por lo que se considera definitivamente aprobado. Transcribiéndose a continua-
AYUNTAMIENTO DE MONTEFRIO (Granada)
Aprobación inical Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx X-XX-00
XXXXXX
XXXXXX 000
ción de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley reguladora de Haciendas Loca- les aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 xx xxxxx, el resumen del mismo por capítulos:
Capítulo Denominación Euros Estado de Ingresos:
Capítulo I.- Impuestos directos 28.864,26
Capítulo II.- Impuestos indirectos 2.400,00 Capítulo III.- Tasas y otros ingresos 22.858,05 Capítulo IV.- Transferencias corrientes 183.483,13 Capítulo V.- Ingresos patrimoniales 4.531,00 Capítulo VI.- Enajenación de invers. reales --------
Capítulo VII.- Transferencias de capital 5.321,40 Capítulo VIII.- Activos financieros ---------
Capítulo IX.- Pasivos financieros ---------
Total estado de Ingresos: 247.457,84
Capítulo Denominación Euros Estado de Gastos:
Xx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx, Alcaldesa-Presidenta del
Excmo. Ayuntamiento de Montefrío,
HACE SABER QUE: Por resolución de esta Alcaldía nú- mero 19/2015, de fecha 16 de enero de 2015, se ha apro- bado inicialmente el Plan Parcial de Ordenación del sector E-SE-04, que desarrolla el Plan General de Ordenación Ur- banística de este Municipio.
Asimismo se acordó la apertura del trámite de informa- ción pública, durante un plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en una de los diarios de mayor difusión y en el tablón de anuncios del municipio.
Durante dicho período quedará el expediente a disposi- ción de cualquiera que quiera examinarlo; a estos efectos el Plan Parcial podrá ser examinado en las dependencias municipales, para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Quedan suspendidas las aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas en todo el sector. La duración de la suspensión es de dos años.
Montefrío, 16 de enero de 2015.-La Alcaldesa (firma ile- gible).
Capítulo I.- Capítulo II.- | Gastos de personal Gastos en bienes corrientes | 96.053,15 |
y servic. | 106.678,16 | |
Capítulo III.- | Gastos Financieros | 115,00 |
Capítulo IV.- | Transferencias corrientes | 12.535,12 |
Capítulo VI.- | Inversiones reales | 30.221,96 |
Capítulo VII.- | Transferencias de capital | 1.854,45 |
Capítulo VIII.- | Activos financieros | -------- |
Capítulo IX.- | Pasivos financieros | --------- |
Total estado de Gastos: | 247.457,84 |
AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX (Granada)
NUMERO 351
Plantilla Nº de Plazas Subgrupo
A) PERSONAL FUNCIONARIO
I. Con habilitación de carácter Nacional
Secretario-Interventor 1 subgrupo A1 (Acumulado)
B) Personal Laboral
Auxiliar-Administrativo 1
Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen las normas de dicha juris- dicción de conformidad con lo dispuesto en el artículo
171.1 del Texto Refundido de la Ley reguladora de Hacien- das Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx.
Juviles, 19 de enero de 2015.-La Alcaldesa, fdo.: Xx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.
Aprobación inicial del Presupuesto General para el ejercicio 2015.
EDICTO
Habiendo sido aprobado inicialmente el Presupuesto General de esta Corporación para el ejercicio 2015, en se- sión plenaria de fecha 18 de diciembre del 2014. De con- formidad a lo previsto en el art. 169 de la L.R.H.L. queda expuesto al público, en la Secretaría del Ayuntamiento du- rante el plazo de 15 días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el B.O.P., a efectos de que los interesados que estén legitimados, puedan exami- nar el expediente y presentar las reclamaciones y alega- ciones que consideren oportunas.
Polícar, 15 de enero de 2015.- El Alcalde, fdo.: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx.
AYUNTAMIENTO DE QUENTAR (Granada)
NUMERO 438
ESTADO DE INGRESOS
Capítulos Euros
1. IMPUESTOS CORRIENTES 350.748,54
Aprobación definitiva Presupuesto General para el ejercicio de 2015
EDICTO
X. Xxxxxx Xxxx Xxxxx, Alcalde-Presidente del Ayunta- miento de Quéntar (Granada), en relación con el expe- diente de Presupuesto General para el ejercicio econó- mico 2015, hace público el siguiente edicto
Aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 18 de diciembre de 2014, el Presu- puesto General del Ayuntamiento de Quéntar para el ejer- cicio 2015 y no presentadas reclamaciones ante el Pleno tras la publicación de la aprobación inicial en B.O.P. nº 247 de 29 de diciembre de 2014, de conformidad con lo dis- puesto en el art. 169-1º del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se consi- dera definitivamente aprobado y se transcribe a continua- ción con el siguiente detalle:
ESTADO DE GASTOS
Capítulos Euros
1. GASTOS DE PERSONAL 411.346,93
2. GASTOS CORRIENTES 328.401,00
3. GASTOS FINANCIEROS 15.000,00
4. TRANSFERENCIAS CORRIENTES 20.475,00
6. INVERSIONES REALES 169.626,64
7. TRANSFERENCIAS CAPITAL 8.000,00
9. PASIVOS FINANCIEROS 30.000,00
TOTAL 982.849,57
2. IMPUESTOS INDIRECTOS 10.000,00
3. TASAS Y OTROS 138.400,00
4. TRANSFERENCIAS CORRIENTES 430.588,03
5. INGRESOS PATRIMONIALES 19.010,00
6. ENAJENACIONES 1,00
7. TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 34.102,00
TOTAL 982.849,57
Asimismo se hace público el contenido de la Plantilla de Personal para el ejercicio 2015 aprobada en Pleno, de con- formidad con lo establecido por el artículo 127 del Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, que tiene el siguiente contenido y detalle:
PLANTILLA DE PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE QUEN- TAR AÑO 2015
Plantilla Nº Plazas Grupo
Personal Funcionario
I. Con habilitación nacional Secretario- Interventor 1 A 1
II. Escala de Administración General Subescala Auxiliar 2 C 2
Subescala Subalterna Agente notificador 1 E
De conformidad con el contenido del artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, contra la aprobación definitiva del Pre- supuesto podrá interponerse directamente recurso con- tencioso-administrativo, en la forma y plazos que esta- blezcan las normas de dicha jurisdicción.
Es lo que hago público y firmo en Quéntar, 19 de enero de 2015.- El Alcalde-Presidente, fdo.: Xxxxxx Xxxx Xxxxx.
AYUNTAMIENTO DE VELEZ DE BENAUDALLA (Granada)
Aprobación inicial de expediente de modificación de créditos nº 1/2015
EDICTO
NUMERO 419
El Pleno del Ayuntamiento xx Xxxxx de Benaudalla, en sesión ordinaria celebrada el 16/1/2015 acordó la aprobación ini- cial del expediente de modificación de créditos nº 1/2015 del Presupuesto en vigor en la modalidad de suplemento de cré- ditos, financiado con cargo, con el siguiente resumen por capítulos:
ESTADO DE GASTOS
Aplicación Descripción Suplemento Consignación inicial Consignación definitiva Presupuestaria
011 913 00 Amortización préstamos a largo plazo 81.000,00 euros 362.460,62 euros 443.460,62 euros TOTAL GASTOS 443.460,62 euros
ESTADO DE INGRESOS
Capítulo Descripción Consignación inicial Consignación definitiva 913 Pasivos financieros 0,00 euros 362.460,62 euros
TOTAL INGRESOS 362.460,62 euros
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo. Vélez de Benaudalla, 19 de enero de 2015.- Alcalde Presidente, fdo.: Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.
NUMERO 444
AYUNTAMIENTO DE ALHAMA DE GRANADA
Instalación de línea eléctrica y dos CT paraje Las Xxxxx y Xxxxx xx Xxxxxxxx
ANUNCIO
Habiéndose realizado los intentos de notificación pre- vistos legalmente sin haberse podido practicar la misma, o bien los interesados son desconocidos, se ignora el lu- gar de notificación o medio, a través del presente anuncio se procede a la notificación por anuncios, en los términos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de las siguientes actuaciones en relación con expediente que se indica, de forma conjunta, con especificación de los as- pectos individualizados de cada persona interesada, en la habilitación conferida en el apartado 2 del articulo 60 de la Ley 30/1992, referenciada.
Solicitada por XXXXX XX XXXXXXXXXXXXXXX XXX XXXXX X
XXXXX XX XXXXXXXX calificación ambiental para la activi- dad de LINEA ELECTRICA DE MEDIA TENSION Y DOS CEN-
TROS DE TRANSFORMACION sita en paraje de las Xxxxx y Xxxxx xx Xxxxxxxx, del municipio de Alhama de Granada.
Se le comunica como colindante afectado por el lugar de emplazamiento propuesto, que, en cumplimiento con lo previsto en el artículo 13 del Decreto 297/1995, de 19 de diciembre de Calificación Ambiental, se abre un periodo de información pública por término de veinte días. El ex- pediente objeto de esta información se encuentra deposi- tado en las dependencias de este Ayuntamiento, pudién- dose consultar en las mismas en horario de oficina, para que puedan presentar las alegaciones y documentos que estimen oportunos.
PREDIOS AFECTADOS PENDIENTES DE NOTIFICAR
Nombre | Xxxxxxxx | Xxxxxxx |
Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx | 00 | 000 |
Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx | 20 | 371 |
Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx | 20 | 318 |
Xxxxxx España Xxxxxxx | 20 | 145 |
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx | 20 | 379 |
Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx | 20 | Varias |
Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx | 20 | 391 |
Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx | 20 | 113 |
Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx | 20 | 137 |
Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx | 00 | 000 |
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx | 20 | 395 |
Lo que se le notifica a los efectos oportunos, en Alhama de Granada a 8 de enero de 2015.- El Alcalde, fdo.: Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx.
NUMERO 9.911/14
NOTARIA DE XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXX
Acta de notoriedad instada por Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx
EDICTO
Yo, Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, Xxxxxxx xxx Xxxxxxx Co- legio de Andalucía, con residencia en Albuñol (Granada),
sustituto legal, por vacante, de la Notaría de la Ugíjar, con despacho en X/ Xxxxxxxx, x/x, Xxxx,
HAGO SABER: Que ante mí se tramita Acta de Notoriedad, instada por xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, mayor de edad, ti- tular del D.N.I./N.I.F. número 24.198.324-R.A fin de que, de acuerdo con el procedimiento establecido en los artículos 53, apartado 10 de la Ley 13/96 de 30 de diciembre, y artículos 203 de la Ley Hipotecaria, 288 al 297 del Reglamento Hipote- cario y 209 y 210 del Reglamento Notarial, declare suficiente- mente probado el siguiente hecho, que la requirente asevera ser cierto bajo pena de falsedad en documento público:
EXPONE:
I.- Que es dueña, en pleno dominio, con carácter priva- tivo, de la siguiente finca:
URBANA: En el pueblo de Bérchules (Granada), Barrio de Alcútar y en la Plaza de la Iglesia, demarcada con el número ocho, una casa de dos plantas de alzada. La planta baja ocupa la superficie de treinta y tres metros cuadrados. Y la planta pri- mera, ocupa la superficie de treinta y seis metros cuadrados. Xxxxx: Xxxxxxx entrando, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx; izquierda, Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx; y espalda, Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx. Hoy xxxxx, según certificado técnico, que luego se dirá: Xxxxxxx xxxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx; izquierda, Xxxxx- dad Xxxxxx Xxxxxxx; fondo, Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx; y frente, Plaza de la Iglesia, por donde la vivienda tiene su acceso cu- bierta por un xxxxx xxxxxxxxxxx, que linda con xxx Xxxx Xxxx- nio Xxxxxx Xxxxxx y con xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.
Registro: Tomo 733, libro 52 de Bérchules, folio 99, finca
número 4.632.
Referencia Catastral: 2913405VF8921D0001BJ.
Título: Le pertenece en pleno dominio, con carácter pri- vativo, en virtud de escritura de extinción del condominio otorgada en Granada, el día 21 xx xxxxx de 2010, ante el Notario xxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, número 659 de or- den de Protocolo.
Xxxxxx y arrendamientos: Libre de unos y otros, según manifiesta.
II.- Me requiere y solicita de mí, el Notario, que previa el acta prevista en el artículo 53, apartado 10 de la Ley 13/96 de 30 de diciembre, y artículos 203 de la Ley Hipotecaria, 288 al 297 del Reglamento Hipotecario y 209 y 210 del Re- glamento Notarial, declare suficientemente probado el si- guiente hecho, que asevera ser cierto bajo pena de false- dad en documento público:
HECHOS:
1.- Que la finca antes descrita ocupa una superficie de solar de cuarenta y nueve metros con sesenta y cinco de- címetros cuadrados (49,65 m2).
Manifiesta que no existen otros colindantes, ni arrenda- tarios, ni titulares de derechos reales, de la finca descrita.
Lo que se notifica como a cuantos puedan ver afecta- dos sus derechos como consecuencia del requerimiento. Que el plazo para formular tales alegaciones es de veinte días naturales a contar desde la fecha de esta publicación y el lugar para ello es mi despacho, en el domicilio indicado al
principio.
Que la documentación complementaria del acta se en- cuentra en mi despacho, en el domicilio antes citado, a dis- posición de quién pueda ser perjudicado en sus derechos, para lo que le será puesta de manifiesto en horario xx xxxx a catorce horas, durante el plazo señalado anteriormente.
Ugíjar, 2 de diciembre de 2014.
AYUNTAMIENTO DEL PADUL (Granada)
NUMERO 521
3 Administrativos
5 Conserjes
1 Bibliotecaria
Aprobación definitiva Presupuesto y R.P.T. para el ejercicio 2015
EDICTO
X. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Alcalde del Ayuntamiento de El Padul (Granada),
HACE SABER: Que no habiéndose producido reclama- ciones contra el acuerdo de aprobación inicial del presu- puesto municipal de esta entidad para el ejercicio 2015, adoptado en sesión plenaria de 23 de diciembre de 2014 y publicado en el B.O.P. nº 248 de 30 de diciembre, se eleva a definitivo y se publica resumido por capítulos.
CAPITULO I Personal | 2.317.642,17 |
CAPITULO II Gastos Bienes Corr. y Serv. | 1.875.711,30 |
CAPITULO III Gastos Financieros | 67.692,90 |
CAPITULO IV Transferencias Corrientes | 279.778,00 |
CAPITULO VI Inversiones Reales | 870.000,00 |
CAPITULO VIII Activos financieros | 36.000,00 |
CAPITULO IX Pasivos Financieros | 230.877,66 |
TOTAL PRESUPUESTO DE GASTOS | 5.677.702,03 |
CAPITULO 1 Impuestos Directos 2.415.370,17
CAPITULO 2 Impuestos Indirectos 40.000,00 CAPITULO 3 Tasas y Otros Ingresos. 768.024,59 CAPITULO 4 Transferencias Corrientes 2.197.307,27
CAPITULO 5 Ingresos Patrimoniales 221.000,00
CAPITULO 7 Transferencias de Capital 0,00
CAPITULO 8 Activos Financieros 36.000,00
CAPITULO 9 Pasivos Financieros 0,00 TOTAL PRESUPUESTO INGRESOS 5.677.702,03
RELACION DE PUESTOS DE TRABAJO/PLANTILLA:
Funcionarios
Nº de | Denominación | Grupo | C.D. | |
puestos | ||||
1 | Secretaría | A1 | 30 | |
1 | Intervención | A1 | 26 | |
1 | Técnico Admón. General. | A1 | 26 | |
1 | Informático | A2 | 24 | |
1 | Xxxxxxxxxx X. | X0 | 00 | |
0 | Administrativo | C1 | 21 | |
1 | Cabo P. Local | C1 | 22 | |
5 | Policía Local | C1 | 21 | |
1 | Auxiliar | C2 | 17 | |
1 | Tec. Medio Ambiente | A2 | 24 | |
Plazas de funcionarios interinos/vacantes | ||||
Nº de | Denominación | Grupo | C.D. | I/V |
puestos | ||||
1 | Subalterno | C2 | 12 | I |
1 | Auxiliar Administrativo | C2 | 17 | I |
1 | Arquitecto Técnico | A2 | 24 | V |
2 | Coordinador de Centros | C1 | 20 | I |
1 | Tec. Admón. General | A1 | 26 | I |
Personal Laboral Temporal:
Nº de puestos Denominación
30 Oficial de mantenimiento
1 Jefe de mantenimiento
14 Peón Limpiador
1 Técnico de deportes
Personal Eventual de confianza: 1 puesto de Secretario del Alcalde.
Contra la referida resolución, que agota la vía administra- tiva, podrá interponerse directamente recurso contencioso- administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Adminis- trativo en Granada que por turno corresponda en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la presente publicación. Todo ello de conformidad con lo regulado en los arts. 169 y 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx.
El Padul, 23 de enero de 2015.- El Alcalde, fdo.: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx.
FE DE ERRATAS
En el BOP nº 12, de 21-1-15, pág. 24, en el anuncio nº 184 del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx, en el ANEXO II. PLAN- TILLA DE PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO.
donde dice:
“Denominación Nº plazas Grupo PERSONAL FUNCIONARIO
I. Con Habilitación de carácter Nacional
1.1. Subescala Secretaría. 1 A1
1.2. Subescala Intervención Tesorería 1 “
debe decir:
“Denominación Nº plazas Grupo PERSONAL FUNCIONARIO
I. Con Habilitación de carácter Nacional
1.1. Subescala Secretaría. 1 A1
1.2. Subescala Intervención Tesorería 1 A1“
y donde dice: “Denominación | Nº plazas | Grupo |
PERSONAL FUNCIONARIO III. Escala Administración Especial 3.1. Subescala Técnica 3.1.7. Psicólogo/a -Coordinadora Centro Ocupacional | 1 A1” | |
debe decir: “Denominación | Nº plazas | Grupo |
PERSONAL FUNCIONARIO III. Escala Administración Especial 3.1. Subescala Técnica 3.1.7. Psicólogo/a -Coordinadora Centro Ocupacional | 1 | A1” |
n