PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE RIGEN LA ADJUDICACIÓN POR CONCURSO DE LAS CONSIDERADAS PARCELAS LIBRES EN EL MURO DEL CAMPO DE FÚTBOL QUE LINDA CON LA CARRETERA EX104
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE RIGEN LA ADJUDICACIÓN POR CONCURSO DE LAS CONSIDERADAS PARCELAS LIBRES EN EL XXXX XXX XXXXX DE FÚTBOL QUE LINDA CON LA CARRETERA EX104
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto del Contrato
El contrato tiene por objeto otorgar el uso privativo de las divisiones (parcelas), especificadas más adelante, existentes en el xxxx xxx Xxxxx de Fútbol Municipal que tiene fachada a la carretera EX104 para la instalación de publicidad de empresas, asociaciones, etc, mediante la modalidad de concesión administrativa, de conformidad con los establecido en el Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.
El muro que bordea el Campo de Fútbol, tiene las siguientes dimensiones:
• Con fachada a la Avda. Ntra. Xxx. xx Xxxxx: 92,20 ml. (zona A)
• Con fachada al Centro de Salud y estación de Autobuses: 150 ml. (zona B)
Las parcelas a contratar tendrán una dimensión mínima de 3 metros lineales, pudiendo solicitar cada licitador la unión de dos o más parcelas para editar el anuncio que pretenda instalar. En Anexo aparte figura plano de parcelas libres.
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo especial, tal y como establece el artículo 19.1.b) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por satisfacer de forma directa o inmediata la finalidad pública de colaborar en el mantenimiento del Club Deportivo de Fútbol de la localidad.
CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación
La forma de adjudicación de la concesión será el procedimiento abierto, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato, de acuerdo con el artículo 14 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa deberá de atenderse a varios criterios vinculados al objeto del contrato, de conformidad con el artículo 150 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 00 xx xxxxxxxxx x xxx xx xxxxxxxx xxxxxxxxxxxx xx xxxx Pliego.
CLÁUSULA TERCERA. El Perfil de Contratante
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx
CLÁUSULA CUARTA. Canon
El canon que sirve de base a la licitación se fija dependiendo del lugar donde esté instalada la parcela que se solicite:
• Zona A: Parcela de 3 x 2,5 m: 90,00 euros anuales.
• Zona B: Parcela de 3 x 2,5 m: 75,00 euros anuales.
CLÁUSULA QUINTA. Órgano de Contratación
A la vista del importe del contrato, el órgano competente para efectuar la presente contratación y tramitar el expediente, de conformidad con la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, será el Alcalde.
CLÁUSULA SEXTA. Duración
El plazo de utilización del bien será de un mínimo de 3 años, debiendo comunicar, el adjudicatario, con una antelación de 3 meses que no estaría dispuesto a renovar el contrato.
CLÁUSULA SÉPTIMA. Obras o Instalaciones a Realizar por el Concesionario
Las obras o instalaciones a realizar por el concesionario y a su xxxxx, son las siguientes:
• Ocupar la parcela adjudicada con publicidad de su empresa.
• Esta ocupación la deberá realizar mediante pintura con una dimensión de 3 metros de ancha y 2,5 de alta o mediante la instalación xx xxxxx fina y pegado de vinilo con la publicidad correspondiente y con las medidas antes indicadas, consiguiéndose con ello una uniformidad en la forma de publicidad a lo largo de todo el muro.
CLÁUSULA OCTAVA. Deberes y Facultades del Concesionario
— Derecho a usar de forma privativa, limitativa y excluyente la porción del dominio público objeto de la concesión.
— Obligación de pagar el canon establecido en el presente Xxxxxx. Este comportará el deber del concesionario de abonar el importe de los daños y perjuicios que se causaren a los bienes.
— Obligación de mantener en buen estado la porción xxx xxxx utilizado y retocar la pintura o renovar el vinilo cuando se encuentre deteriorado.
— Obligación de abandonar y dejar libres a disposición de la Entidad Local, dentro del plazo fijado, los bienes objeto de la utilización, reconociendo la potestad de aquella para acordar y ejecutar por sí el lanzamiento.
— [...].
CLÁUSULA NOVENA. Facultades de la Corporación
— Xxxxx sin efecto la concesión antes del vencimiento si lo justificaren circunstancias sobrevenidas de interés público, mediante resarcimiento de los daños que causaren, o sin él cuando no procediere.
— Inspeccionar en cualquier momento los bienes objeto de concesión, las instalaciones y construcciones.
— [...]
CLÁUSULA DÉCIMA. Reversión
Al término del plazo de la concesión, revertirán a la Corporación los bienes objeto de la concesión, debiendo el contratista entregarlos con arreglo al contrato y en el estado de conservación y funcionamiento adecuados, esto es, igual que se entrega por el Ayuntamiento, debidamente pintado en blanco.
Durante un período de tiempo anterior a la reversión, que será de tres meses, el órgano competente de la Administración adoptará las disposiciones encaminadas a que la entrega de los bienes se verifique en las condiciones convenidas.
CLÁUSULA UNDÉCIMA. Extinción de la Concesión
La concesión otorgada se extingue:
— Por vencimiento del plazo.
— Por desaparición del bien sobre el que hayan sido otorgadas.
— Por renuncia del concesionario.
— Por rescate.
— Por resolución judicial.
CLÁUSULA DUODÉCIMA. Acreditación de la Aptitud para Contratar
Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y no estén incursas en prohibiciones de contratar.
1. La capacidad de obrar de los empresarios se acreditará:
a) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas, mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
b) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
2. La prueba por parte de los empresarios de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de Contratos del Sector Público, podrá realizarse mediante la presentación del Anexo II.
CLÁUSULA DÉCIMOTERCERA. Presentación de Proposiciones
Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento C/ Plaza de España, 1, en horario de atención al público, dentro del plazo de quince días contados desde la publicación del anuncio en el Perfil de Contratante y Tablones de Anuncios Municipales.
La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Xxxxxx.
Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda
«Proposición para la concesión administrativa de Parcela en Xxxx xx Xxxxx de Fútbol para insertar publicidad”.
La denominación de los sobres es la siguiente:
— Sobre «A»: Documentación Administrativa.
— Sobre «B»: Proposición Económica.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.
Dentro de cada sobre se incluirá los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:
SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del particular, empresario o miembro de Asociación.
• DNI.
• CIF de la empresa.
• Poder de representación, etc.
c) Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
• Anexo II
SOBRE «B» PROPOSICIÓN ECONÓMICA
a) Proposición económica:
Se presentará conforme al modelo Anexo I:
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Garantía Provisional
Se exime de garantía provisional.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Criterios de Adjudicación
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a un único criterio de adjudicación:
CRITERIOS | PUNTOS |
Por incremento del valor de la parcela xx xxxx, por cada 10 € al alza | 02 puntos |
En caso de igualdad económica, si un licitador ha presentado oferta por otra parcela colindante para sumar el doble de espacio | 04 puntos |
CLÁUSULA DECIMOSEXTA. Mesa de Contratación
La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, estará formada por:
MESA DE CONTRATACIÓN | |
PRESIDENTE | Xxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx o persona en quien delegue |
VOCAL | Xxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx-Xxxxxxx (Concejal PP) |
VOCAL | Doña Xxx Xxxxx Xxxxx Xxxxx (Concejal PSOE) |
VOCAL | Xxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx (Secretario Ayuntamiento) |
VOCAL | Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx (Interventora Ayuntamiento) |
VOCAL | Xxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx (Técnico) |
SECRETARIO | Xxx Xxxx Xxxxxxx-Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx |
CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA. Prerrogativas de la Administración
El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, ostenta las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
CLÁUSULA DECIMOCTAVA. Apertura de Proposiciones
La Mesa de Contratación se constituirá el día 15 de julio a las 13 horas, procederá a la apertura de los Sobres «A» y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos.
Posteriormente, procederá a la apertura y examen de los sobres «B», que contienen las ofertas económicas.
Tras la lectura de dichas proposiciones, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos, para la valoración de las mismas con arreglo a los criterios y a las ponderaciones establecidas en este Pliego.
CLÁUSULA DECIMONOVENA. Requerimiento de Documentación
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello.
CLÁUSULA VIGÉSIMA. Garantía Definitiva
No existe Garantía definitiva.
CLÁUSULA VIGESIMOPRIMERA. Ofertas con Valores Anormales o Desproporcionados
No se tendrán en cuenta los Valores anormales o desproporcionados.
CLÁUSULA VIGESIMOSEGUNDA Adjudicación del Contrato
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
CLÁUSULA VIGESIMOTERCERA. Formalización de la concesión
La formalización de la concesión en documento administrativo se efectuará dentro de los quince días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
CLÁUSULA VIGESIMOCUARTA. Régimen Jurídico del Contrato
El presente contrato tiene carácter administrativo especial y se regirá en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción por lo establecido en este
Pliego, y para lo no previsto en él, serán de aplicación el Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales , el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el Real Xxxxxxx 000/0000, xx 0 xx xxxx, x xx Xxxx Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga al Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y esté vigente tras la entrada en vigor del RD 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Cabeza xxx Xxxx, 30 xx xxxxx de 2014.
El Xxxxxxx,
Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx
ANEXO I
PROPOSICIÓN ECONOMICA PARA LA ADJUDICACIÓN POR CONCURSO DE LAS CONSIDERADAS PARCELAS LIBRES EN EL XXXX XXX XXXXX DE FÚTBOL QUE XXXXX CON LA CARRETERA EX104
D. , con domicilio a efectos de notificaciones en , c/
, n.º , con DNI n.º , y teléfono nº
, en representación de , con CIF n.º , habiéndose enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación por concurso de las consideradas Parcelas libres en el Xxxx xxx Xxxxx de Fútbol, hago constar que conozco el pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente. A efectos de valoración de criterios, realiza la siguiente PROPUESTA:
CONCEPTO | ZONA | PRECIO |
Opta por la Parcela que se especifica, con el precio de | ||
Además opta por la Parcela colindante que se especifica y por el precio | ||
Nota:
En , a de de 20 .
Firma del candidato,
SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO.
ANEXO II
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE TENER CAPACIDAD PARA CONTRATAR
D. , NIF. , con domicilio en la C/ , C.P. ( ) de
, Teléfonos de contacto.
, Email: , en nombre propio o en representación de la empresa:
, CIF - NIF: , con domicilio a efecto de notificaciones C/ , C.P. (_ ) de: , teléfonos: Email.
.
En su calidad de según acredita
mediante Escritura de Apoderamiento núm.: , del protocolo
de X. Xxxxxxx de
; bastanteada por la Secretaría General del Ayuntamiento de Cabeza xxx Xxxx.
Declara bajo su personal responsabilidad y otorgada ante (*)
.
o Tener plena capacidad de obrar.
o Hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Cabeza xxx Xxxx.
o No encontrarse incurso en las prohibiciones para contratar previstas en el Art. 60 del Real Decreto Ley 3/2011, de 14 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
En a de de 20
Ante mí, FEDATARIO PÚBLICO,
Firmado:
El Declarante,
Firmado: NIF:
(*) Otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado