CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LA
CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION ENTRE LA
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE DE LA PROVINCIA DE ENTRE XXXX Y EL
INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL
Entre la SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE de la Provincia de Entre Xxxx con domicilio en la xxxxx Xxxxxxx 000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxx Xxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, por una parte, representada en este acto por el señor Secretario Provincial de Medio Ambiente en su condición de tal Ing. XXXXXXXX XXXXX, y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL con domicilio en xxxxx Xxxxxxx X Xxxx 0000 xxxx 0xx, Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx por la otra, representada presidente por su Ing. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx y considerando:
I.- Que con fecha 11 xx xxxxx de 2010 se firmó un Convenio Xxxxx de Cooperación Tecnológica entre el INTI y la SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE de la Provincia de Entre Xxxx.
II.- Que en el instrumento de referencia se acuerda implementar acciones de cooperación, gestión y coordinación para la ejecución conjunta de Programas y Proyectos de carácter, científico, tecnológico, educativo y social en el área ambiental con el objetivo de mejorar la vida de una comunidad. Así también la formación y perfeccionamiento de recursos humanos, el intercambio de información científica y técnica.
III.- Que sobre la base del objeto precedentemente indicado y conforme compromisos detallados en la Cláusula Segunda del citado Convenio Marco de Cooperación Tecnológica se podrán celebrar acuerdos específicos, determinándose además en su Cláusula Cuarta que todas las acciones especificas que deriven de la implementación del presente Convenio serán fijados mediante acuerdos y sus respectivos anexos, los que podrán celebrarse en forma conjunta con alguna de las Facultades Regionales en forma independiente o con más de una, considerando los fines y objetivos del trabajo a realizar y la especialidad de las mismas.
IV.- Que en esta oportunidad se implementará el Programa Mejora de Desempeño Ambiental del Sector Productivo Entrerriano (PMDASPE). En función de ello, los firmantes convienen:
PRIMERA: Implementar y desarrollar, con los fines y efectos indicados en el citado acuerdo xxxxx y en los antecedentes del presente, un (1) Proyecto que tendrán por OBJETO: establecer la factibilidad técnica de las propuestas de mejoras presentadas por las industrias de la Provincia de Entre Xxxx, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Nº 19/10 de la XXXXX tomando como referencia empresas representativas de los principales rubros industrializados.
1. En este sentido las empresas alcanzadas por el presente convenio específico listado en el Anexo 1, deberán presentar a la Secretaría de Medio Ambiente de Entre Xxxx (XXXXX) la solicitud de ingreso al programa a través de una carta de intención generándose un acto administrativo (Expediente).
2. Previamente, la empresa en cuestión será sujeto de un análisis de factibilidad financiera por parte de una institución financiera, el que pondrá sus condiciones para aprobar la factibilidad de financiamiento.
3. La empresa solicitara la factibilidad técnica al INTI, por lo que se dispondrá de un formulario mencionado en el punto 1 quién respetará para su identificación el N° de expediente otorgado por la XXXXX. En el lapso de 30 días el INTI deberá expedirse aprobando el plan técnico de mejoras
4. El tiempo de aprobación del plan técnico de mejoras estará sujeto a que la información volcada en el formulario sea completa. El INTI podrá solicitar información técnica adicional a la empresa para completar la evaluación de la información volcada en el formulario.
5. La Secretaría de Medio Ambiente Provincial emitirá su opinión respecto a la factibilidad legal de la empresa y su condición para ser partícipe del Programa Mejora de Desempeño Ambiental, si se cumplimentan la factibilidad técnica y financiera que serán informada a esta a través de una comunicación oficial.
6. La XXXXX se expedirá a través de una resolución respecto de la participación de la empresa al PMDASPE.
7. La XXXXX en forma conjunta con el INTI, realizará las auditorías necesarias a fin de verificar y documentar las mejoras presentadas.
SEGUNDA: EL INTI se compromete a:
Proporcionar los recursos humanos, técnicos, instrumentales y herramientas que estime necesarios y apropiados para llevar adelante las actividades que le corresponden según el plan de trabajo que figura en el anexo B que forma parte del presente convenio.
Vencido el plazo de ejecución del presente Xxxxxxxx y sus eventuales prórrogas, EL INTI, presentará a LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE el informe final de lo ejecutado.
Presentar las facturas correspondientes en tiempo y forma las cuales deberán estar debidamente conformadas.
TERCERA: LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE tendrá a su cargo:
Realizar las gestiones institucionales que fueren necesarias para la implementación de términos de referencia por parte del INSTITUTO.
Instruir a las empresas respecto de su interacción con el INTI para que éste pueda emitir la factibilidad técnica del proyecto.
Expedirse respecto de la participación de cada empresa al PMDASPE.
CUARTA: CONSTITUCIÓN DE DOMICILlOS
Para todos los efectos del presente Convenio de Cooperación Específica entre LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE y EL INTI, las partes fijan sus domicilios en los señalados en el encabezado, en los que se realizarán todas las notificaciones.
QUINTA: PLAZO EJECUCION
Ambas partes convienen el plazo de ejecución de los proyectos que conforman el objeto del presente en UN AÑO, contados a partir del día en que EL INTI reciba el aporte comprometido, prorrogables automáticamente y sin necesidad de notificación de ningún tipo por otro período igual. Sin perjuicio de ello podrá dejarse sin efecto antes de su vencimiento, a solicitud de una o de ambas de las partes, lo cual deberá ser notificado por medio fehaciente a la otra con una antelación no menor a treinta
(30) días hábiles anteriores a la finalización del mismo. En cualquier caso la rescisión no generará derecho a indemnizar a la otra parte.
SEXTA: RESULTADOS
Los resultados parciales o definitivos que se logren a través de trabajos realizados en virtud del presente convenio, podrán ser publicados o dados a conocer por las partes, previa notificación en su caso a la otra, o de manera conjunta, debiendo constar siempre que han sido elaborados en el contexto del presente Convenio. Asimismo se consignará la participación correspondiente de cada una de ellas y los mecanismos de financiamiento que cada actividad demande.
SEPTIMA: RESERVA DE DERECHOS
La XXXXX se reserva el derecho a certificar la recepción de manera total y/o parcial de cada presentación efectuada por parte del INTI en virtud del presente Convenio. En caso de considerar que los mismos no cumplan con lo pactado oportunamente, podrá solicitar su inmediata y sucesiva sustitución hasta otorgar su conformidad en la recepción.
OCTAVA: COMPETENCIAS. JURISDICCiÓN
Las partes acreditan en este acto tener competencia para celebrar y firmar el presente Convenio de Colaboración Específico, en virtud de las respectivas disposiciones legales y administrativas vigentes. Asimismo, se comprometen a procurar las soluciones de eventuales diferencias o controversias en forma fluida y amistosa, pero ante la imposibilidad de arribar a un acuerdo, se someterán a los Tribunales de la Justicia Federal de la ciudad de (PARANA).
En prueba de conformidad con las cláusulas precedentes, se formaliza el presente Convenio de Cooperación Específica, en dos ejemplares de igual tenor y a un solo efecto, el día 11 xx xxxxx del 2010.
ANEXO “A”
CRONOGRAMAS DE PAGOS POR CADA PROYECTO.
Cada proyecto presentado por una empresa será objeto de una Orden de Trabajo (OT), cuyo monto será equivalente al 1% del costo total del proyecto presentado para su estudio.
CUOTA | PORCENTAJE (%) | OBSERVACIÓN |
1 | 50 | Contra apertura de OT |
2 | 50 | Contra entrega de informe |
ANEXO B. PLAN DE TRABAJO
PROGRAMA DE MEJORA AMBIENTAL DEL SECTOR INDUSTRIAL ENTRERRIANO.
ESCALA DEMOSTRATIVA CON ALCANCE A CINCO RUBROS:
AVICULTURA CITRICULTURA CARNE HARINAS GRANOS LACTEOS
CENTROS PARTICIPANTES POR INTI *:
INTI-AMBIENTE
INTI-CONCEPCIÓN DEL URUGUAY
*SIN PERJUICIO DE QUE EN FUNCIÓN DE LAS TAREAS A DESARROLLAR SEAN CONVOCADOS OTROS CENYTROS DEL SISTEMA DE CENTROS INTI.
El plan de trabajo a desarrollar en enmarcado en el presente convenio constará de las siguientes acciones:
1): Etapa de estudio del plan de mejoras ambientales presentados por las empresas y evaluación de las modificaciones que se propongan.
2): Remitir informe de lo actuado con el correspondiente plan de acción el cual será implementado por la empresa.
3): El INTI asumirá la tarea de verificar en campo la implementación de las mejoras acordadas y establecer así la validez o no de los procesos correspondientes, dentro del marco de este convenio.
4): Se formarán equipos de trabajo para abarcar los proyectos que se acuerden para cada una de las empresas evaluando en cada caso la integración de expertos en el tema que aporten conocimiento.
5): Integración final y Conclusiones.
5.1): Coordinación con el grupo de trabajo de Medio Ambiente de la Secretaría. 5.2): Evaluación de los resultados.
5.3): Presentación del informe
Estas actividades insumirían un tiempo aproximado de un (1) año contando desde el comienzo efectivo de las tareas de los integrantes del equipo de trabajo que incluyen:
*Tareas de campo.
*Tareas de laboratorio.
*Tareas de supervisión y/o coordinación.
*Reuniones de trabajo y plenarias, incluida la preparación de informes.