EXP. 600/2019
EXP. 600/2019
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES REGULADORAS DEL ACCESO AL VIVERO DE EMPRESAS DE LA MATANZA DE ACENTEJO
CLÁUSULA PRIMERA. OBJETO Y CALIFICACIÓN. ORGANIZACIÓN Y UBICACIÓN.
Constituye el objeto del contrato el arrendamiento por este Ayuntamiento del siguiente bien calificado como patrimonial: Vivero de Empresas Municipal ubicado en la 2ª Planta xxx Xxxxxxxxxx del Agricultor.
A la vista de que dicho bien se destina en este momento a acogimiento temporal para ubicar a empresas en sus primeros pasos en el mercado, acompañarlos y prestarles determinados servicios adaptados a las necesidades de cada proyecto empresarial con el fin de facilitar el desarrollo de iniciativas empresariales de interés local.
El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 9 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Los presentes pliegos tienen la finalidad de regular el procedimiento para el acceso y ocupación de los Viveros de Empresas, concebidos como instrumento para el desarrollo del Municipio de La Matanza de Acentejo, por parte de los emprendedores y de las personas físicas y jurídicas promotoras de proyectos empresariales y en concreto se establece:
a) El vivero de empresas no tiene reconocida personalidad jurídica propia, sino que forma parte del patrimonio del Ayuntamiento de La Matanza.
b) El vivero de empresas de La Matanza de Acentejo es una estructura de acogida temporal para ubicar a empresas, especialmente a aquéllas que quieren realizar los primeros pasos en el mercado, acompañarlas y prestarles determinados servicios adaptados a las necesidades de cada iniciativa empresarial de interés para el municipio.
c) El vivero supone un espacio físico que alberga mediante una contraprestación económica temporal inferior a la vigente en el mercado, con carácter prioritario, a empresas de reciente creación y empresas que, una vez iniciada su actividad, presenten una situación económico-financiera desfavorable en el corto plazo, pero viabilidad en el medio-largo plazo.
Asimismo, podrán ser acogidas otras empresas y/o entidades, que podrán hacer uso de la infraestructura y el equipamiento xxx xxxxxx de empresas, siempre que contribuyan a la consolidación y el crecimiento del resto de empresas instaladas o con sede en cualquier otro lugar del término municipal.
d) A efectos de las presentes bases, se entiende por espacio cedido o arrendado, el despacho
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u oficina identificada por la superficie medida en metros cuadrados que ocupa el cesionario.
Un mismo espacio no podrá ser ocupado por más de una empresa sin la autorización expresa del órgano competente.
e) El vivero de empresas se encuentra actualmente situado en la segunda planta del edificio del Mercadillo del Agricultor, el Vino y la Artesanía de La Matanza de Acentejo.
CLÁUSULA SEGUNDA. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN
La forma de adjudicación del contrato de arrendamiento será el CONCURSO, en el que cualquier interesado podrá presentar una oferta, de acuerdo con el artículo 107.1 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
La adjudicación del contrato se realizará utilizando una pluralidad de criterios de adjudicación con base en la mejor relación calidad-precio de conformidad con lo que se establece en la cláusula octava.
CLÁUSULA TERCERA. EL PERFIL DE CONTRATANTE
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: xxx.xxxxxxxxxx.xx
CLÁUSULA CUARTA. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN
El presupuesto base de licitación asciende a las cantidades que se detallan en el Anexo III del presente pliego y que viene determinada por la renta mensual por cada espacio que constituyen los LOTES a los que se pueden concurrir, y que podrá ser mejorada al alza por los licitadores.
Se establece en dos (. - 2) el número de lotes para los que un mismo candidato o licitador puede presentar oferta, no pudiendo adjudicarse a cada licitador sino uno de los lotes.
CLÁUSULA QUINTA. DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración del contrato de arrendamiento se fija en 3 años, y no podrá superar este plazo de tres años, salvo que, con carácter excepcional y previo informe favorable emitido al respecto por técnicos xxx xxxxxx de empresas se justifique convenientemente la necesidad de prorrogar el contrato de cesión o arrendamiento un año más con el objetivo de garantizar la viabilidad del proyecto empresarial que hubiera promovido.
CLAÚSULA SEXTA. BENEFICIARIOS.
Podrán ubicarse y optar a los servicios xxx xxxxxx de empresas, con carácter general, las siguientes personas:
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a) Aquellos nuevos proyectos empresariales que comiencen su andadura empresarial después de la puesta en marcha xxx xxxxxx de empresas.
b) Empresas de reciente creación cuya actividad se haya iniciado en un plazo inferior a dos años antes de la solicitud de espacio en el vivero.
c) Empresas ya constituidas y que quieran desarrollar su actividad en el municipio y que justifiquen de manera documental, clara y objetiva la importancia de su ubicación en el vivero de empresas y su contribución al desarrollo económico y al empleo en La Matanza de Acentejo.
Podrán ubicarse y optar a los servicios xxx xxxxxx de empresas, con carácter excepcional, las siguientes personas:
a) Empresas con dificultades económicas pero que acrediten contar con un proyecto viable a medio o largo plazo.
b) Entidades (clusters, asociaciones, fundaciones, etc.), legalmente constituidas, que demuestren su solvencia técnica y económica y cuenten con personalidad jurídica propia, y dispongan de un proyecto que contribuya a la consolidación y/o el crecimiento de las empresas instaladas en el vivero de empresas y, en general, al desarrollo del tejido empresarial del municipio de La Matanza de Acentejo.
CLÁUSULA SÉPTIMA. REQUISITOS.
a) Para iniciativas empresariales:
1. Establecer el domicilio de la nueva actividad xxx xxxxxx en la dirección de la empresa en La Matanza de Acentejo.
2. No desarrollar actividades nocivas, insalubres o peligrosas.
3. Plan de empresa, conforme al Anexo II.
b) Para empresas de reciente creación:
1. Empresas cuya actividad se haya iniciado en un plazo inferior a dos años antes de la solicitud de espacio en el vivero, acreditado mediante el correspondiente certificado emitido por la Agencia Tributaria.
2. No desarrollar actividades nocivas, insalubres o peligrosas.
3. Plan de empresa, conforme al Anexo II.
c) Para empresas ya constituidas que contribuyan al desarrollo social, económico y empleo en La Matanza de Acentejo:
1. Carece de instalaciones propias para el desarrollo de su actividad.
2. Tener la consideración de PYMES.
3. No desarrollar actividades nocivas, insalubres o peligrosas.
4. Proyecto empresarial que acredite de forma clara su contribución al desarrollo económico y al empleo de La Matanza de Acentejo.
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d) Para empresas con dificultades económicas que acrediten contar con un proyecto viable a medio o largo plazo:
1. Tener la consideración de PYME.
2. No desarrollar actividades nocivas, insalubres o peligrosas.
3. Acreditar estar en situación de dificultad económica.
4. Proyecto empresarial en el que se acredite la viabilidad a medio o largo plazo.
e) Para clusters, asociaciones, fundaciones, etc. que contribuyan al desarrollo social y empresarial de La Matanza de Acentejo.
1. Estar legalmente constituidas y con personalidad jurídica propia.
2. Disponer de un proyecto que contribuya al desarrollo del tejido empresarial del municipio.
3. Acreditar la solvencia técnica y económica.
CLÁUSULA OCTAVA. INICIO DEL PROCESO DE SELECCIÓN.
El proceso de selección se considerará iniciado desde la fecha en que se presente la documentación completa, entre la que se incluirá una solicitud firmada por un representante de la empresa (ver ANEXO I).
CLÁUSULA NOVENA. - PUNTO DE INFORMACIÓN.
El Ayuntamiento de La Matanza de Acentejo a través de sus servicios correspondientes, se constituyen como puntos de información y recogida de la documentación relativa a los proyectos empresariales que van a incorporarse al Vivero de Empresas. El estudio de estos proyectos se llevará a cabo por el área competente de la gestión xxx Xxxxxx de Empresas en el Ayuntamiento de La Matanza y garantizarán la transmisión de los datos necesarios para que el promotor conozca las instalaciones, los servicios que se prestan, las características del contrato de cesión de uso (arrendamiento), los precios vigentes y la metodología del proceso selectivo. A los promotores que deseen iniciar el proceso selectivo, se les facilitará la siguiente documentación: NORMAS DE USO XXX XXXXXX DE EMPRESAS DE LA MATANZA DE ACENTEJO.
CLÁUSULA DÉCIMA. - SOLICITUDES.
La solicitud de espacio en el vivero deberá ser suscrita por un único solicitante, siendo éste quien asuma frente al Ayuntamiento de La Matanza de Acentejo el régimen de derechos y obligaciones derivados del contrato a formalizar entre ambas partes.
El formato de solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
a) Para iniciativas empresariales:
- Fotocopia/s del D.N.I. del solicitante y/o socios.
- Currículum vitae de los socios.
- Compromiso de que comience su actividad tras la aprobación de la solicitud mediante una
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declaración jurada.
- Certificado de estar al corriente en las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal, la Seguridad Social y la Administración Tributaria Canaria.
- Plan de empresas.
b)Para empresas de reciente creación:
- Fotocopia/s del D.N.I. del solicitante y/o socios.
- Fotocopia de la Tarjeta del CIF.
- Modelo 036/037.
- Escritura pública de constitución inscrita en el Registro Mercantil.
- Currículum vitae de los socios.
- Alta de autónomo, en su caso.
- Certificado de estar al corriente en las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal, la Seguridad Social y la Administración Tributaria Canaria.
- Certificado de la Agencia Tributaria que acredite los periodos de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas.
- Plan de empresa.
c) Para empresas ya constituidas que contribuyan al desarrollo económico y al empleo en La Matanza de Acentejo:
- Fotocopia/s del D.N.I. del solicitante y/o socios.
- Fotocopia de la Tarjeta del CIF.
- Modelo 036/037.
- Escritura pública de constitución inscrita en el Registro Mercantil.
- Currículum vitae de los socios.
- Alta de autónomo, en su caso.
- Certificado de estar al corriente en las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal, la Seguridad Social y la Administración Tributaria Canaria.
- Proyecto empresarial que acredite de forma clara su contribución al desarrollo económico y al empleo de La Matanza de Acentejo.
d) Para empresas con dificultades económicas que acrediten contar con un proyecto viable a medio o largo plazo:
- Fotocopia/s del D.N.I. del solicitante y/o socios.
- Fotocopia de la Tarjeta del CIF.
- Modelo 036/037.
- Escritura pública de constitución inscrita en el Registro Mercantil.
- Currículum vitae de los socios.
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- Alta de autónomo, en su caso.
- Certificado de estar al corriente en las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal, la Seguridad Social y la Administración Tributaria Canaria.
- Proyecto empresarial en el que se acredite la viabilidad a medio o largo plazo.
e) Para clusters, asociaciones, fundaciones, etc. que contribuyan al desarrollo del tejido empresarial de La Matanza de Acentejo:
- Fotocopia/s del D.N.I. del solicitante y/o socios.
- Fotocopia de la Tarjeta del CIF.
- Modelo 036/037.
- Estatutos debidamente registrados o, en su caso, escritura pública de constitución inscrita en el Registro Mercantil.
- Certificado de estar al corriente en las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal, la Seguridad Social y la Administración Tributaria Canaria.
- Proyecto que acredite de forma clara su contribución al desarrollo económico y al empleo de La Matanza de Acentejo.
La documentación para acreditar la dificultad económica será exigida y valorada para cada empresa de manera particular atendiendo a la causa de su dificultad económica, a su sector de actividad y a su mercado. De manera general y orientativa, atendiendo a cada particularidad, se le podrá solicitar:
a) Balance de situación y cuenta de resultados de los últimos tres años.
b) Impuesto sobre Sociedades de los últimos tres años, en su caso.
c) Detalle de las deudas con entidades financieras.
d) Nº de empleados y tipo de contrato (temporal o fijo).
e) Principales clientes y plazo de cobro.
f) Principales proveedores y plazo de pago
CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA. Acreditación de la Aptitud para Contratar
Podrán presentar ofertas, por sí mismas o por medio de representantes y por lo tanto optar a ubicarse y optar a los servicios xxx xxxxxx de empresas, con carácter general, las siguientes personas:
d) Aquellos nuevos proyectos empresariales que comiencen su andadura empresarial después de la puesta en marcha xxx xxxxxx de empresas.
e) Empresas de reciente creación cuya actividad se haya iniciado en un plazo inferior a dos años antes de la solicitud de espacio en el vivero.
f) Empresas ya constituidas y que quieran desarrollar su actividad en el municipio y que justifiquen de manera documental, clara y objetiva la importancia de su ubicación en el xxxxxx xx
Xxxxxxx de relación y participación ciudadana con tu Ayuntamiento, las 24 horas de los 365 días del año.
empresas y su contribución al desarrollo económico y al empleo en La Matanza de Acentejo.
Podrán ubicarse y optar a los servicios xxx xxxxxx de empresas, con carácter excepcional, las siguientes personas:
c) Empresas con dificultades económicas pero que acrediten contar con un proyecto viable a medio o largo plazo.
d) Entidades (clusters, asociaciones, fundaciones, etc.), legalmente constituidas, que demuestren su solvencia técnica y económica y cuenten con personalidad jurídica propia, y dispongan de un proyecto que contribuya a la consolidación y/o el crecimiento de las empresas instaladas en el vivero de empresas y, en general, al desarrollo del tejido empresarial del municipio de La Matanza de Acentejo.
1. La capacidad de obrar se acreditará:
a) En cuanto a personas físicas, mediante la fotocopia del documento nacional de identidad.
b) En cuanto a personas jurídicas, mediante la fotocopia del CIF y la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
2. La prueba, por parte de los empresarios, de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones para contratar, podrá realizarse mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos. Cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA. PRESENTACIÓN DE OFERTAS Y DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
12.1 Condiciones previas
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna.
Cada licitador no podrá presentar más de una oferta.
12.2 Lugar y plazo de presentación de ofertas
La presente licitación tiene carácter electrónico. Los licitadores deberán preparar y presentar sus ofertas obligatoriamente de forma electrónica a través de la herramienta de preparación y presentación de ofertas de la Plataforma de Contratación del Sector Público.
La utilización de estos servicios supone:
• La preparación y presentación de ofertas de forma telemática por el licitador.
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• La custodia electrónica de ofertas por el sistema.
• La apertura y evaluación de la documentación a través de la plataforma.
Las proposiciones, junto con la documentación preceptiva se presentarán, dentro del plazo de 15 días contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Perfil de contratante, exclusivamente de forma electrónica a través de la Herramienta de Preparación y Presentación de ofertas que la Plataforma de Contratación del Sector Público pone a disposición de candidatos y entidades licitadoras para tal fin.
Por este motivo, para participar en esta licitación, es importante que los licitadores interesados se registren, en el supuesto de que no lo estén, en la Plataforma de Contratación del Sector Público.
La oferta electrónica y cualquier otro documento que la acompañe deberán estar firmados electrónicamente por alguno de los sistemas de firma admitidos por el artículo 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.
Para garantizar la confidencialidad del contenido de los sobres hasta el momento de su apertura, la herramienta cifrará dichos sobres en el envío.
Una vez realizada la presentación, la Herramienta proporcionará a la entidad licitadora un justificante de envío, susceptible de almacenamiento e impresión, con el sello de tiempo.
12.3. Información a los licitadores
Cuando sea preciso solicitar la información adicional o complementaria a que se refiere el artículo 138 de la LCSP, la Administración contratante deberá facilitarla, al menos, seis días antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de ofertas, siempre que dicha petición se presente con una antelación mínima de doce días respecto de aquella fecha. Dicha solicitud se efectuará al número de fax o a la dirección de correo electrónico previsto en el anuncio de licitación.
12.4 Contenido de las proposiciones
Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en dos archivos electrónicos, firmados por el licitador, en los que se hará constar la denominación del archivo electrónico y la leyenda
«Proposición para licitar a la contratación del arrendamiento del inmueble
». La denominación de los sobres es la siguiente:
— Archivo electrónico «A»: Documentación Administrativa.
—Archivo electrónico «B»: Proposición Económica y Documentación Cuantificable de Forma Automática.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos, así como una relación numerada de los mismos:
ARCHIVO ELECTRÓNICO «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
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a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario, y en su caso, la representación.
— Los que comparezcan o firmen ofertas en nombre de otro, acreditarán la representación de cualquier modo adecuado en Derecho.
— Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.
— Igualmente la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.
b) Una declaración responsable de no estar incursa en la prohibición de contratar y que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, incluidas las del Ayuntamiento, y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
c) En todo caso la solicitud de participación en el concurso deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
a) Para iniciativas empresariales:
- Fotocopia/s del D.N.I. del solicitante y/o socios.
- Currículum vitae de los socios.
- Compromiso de que comience su actividad tras la aprobación de la solicitud mediante una declaración jurada.
- Certificado de estar al corriente en las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal, la Seguridad Social y la Administración Tributaria Canaria.
- Plan de empresas.
b) Para empresas de reciente creación:
- Fotocopia/s del D.N.I. del solicitante y/o socios.
- Fotocopia de la Tarjeta del CIF.
- Modelo 036/037.
- Escritura pública de constitución inscrita en el Registro Mercantil.
- Currículum vitae de los socios.
- Alta de autónomo, en su caso.
- Certificado de estar al corriente en las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal, la Seguridad Social y la Administración Tributaria Canaria.
- Certificado de la Agencia Tributaria que acredite los periodos de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas.
- Plan de empresa.
c) Para empresas ya constituidas que contribuyan al desarrollo económico y al empleo en La Matanza de Acentejo:
- Fotocopia/s del D.N.I. del solicitante y/o socios.
- Fotocopia de la Tarjeta del CIF.
- Modelo 036/037.
- Escritura pública de constitución inscrita en el Registro Mercantil.
- Currículum vitae de los socios.
- Alta de autónomo, en su caso.
- Certificado de estar al corriente en las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal, la Seguridad Social y la Administración Tributaria Canaria.
Canales de relación y participación ciudadana con tu Ayuntamiento, las 24 horas de los 365 días del año.
- Proyecto empresarial que acredite de forma clara su contribución al desarrollo económico y al empleo de La Matanza de Acentejo.
d) Para empresas con dificultades económicas que acrediten contar con un proyecto viable a medio o largo plazo:
- Fotocopia/s del D.N.I. del solicitante y/o socios.
- Fotocopia de la Tarjeta del CIF.
- Modelo 036/037.
- Escritura pública de constitución inscrita en el Registro Mercantil.
- Currículum vitae de los socios.
- Alta de autónomo, en su caso.
- Certificado de estar al corriente en las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal, la Seguridad Social y la Administración Tributaria Canaria.
- Proyecto empresarial en el que se acredite la viabilidad a medio o largo plazo.
e) Para clusters, asociaciones, fundaciones, etc. que contribuyan al desarrollo del tejido empresarial de La Matanza de Acentejo:
- Fotocopia/s del D.N.I. del solicitante y/o socios.
- Fotocopia de la Tarjeta del CIF.
- Modelo 036/037.
- Estatutos debidamente registrados o, en su caso, escritura pública de constitución inscrita en el Registro Mercantil.
- Certificado de estar al corriente en las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal, la Seguridad Social y la Administración Tributaria Canaria.
- Proyecto que acredite de forma clara su contribución al desarrollo económico y al empleo de La Matanza de Acentejo.
La documentación para acreditar la dificultad económica será exigida y valorada para cada empresa de manera particular atendiendo a la causa de su dificultad económica, a su sector de actividad y a su mercado. De manera general y orientativa, atendiendo a cada particularidad, se le podrá solicitar:
a) Balance de situación y cuenta de resultados de los últimos tres años.
b) Impuesto sobre Sociedades de los últimos tres años, en su caso.
c) Detalle de las deudas con entidades financieras.
d) Nº de empleados y tipo de contrato (temporal o fijo).
e) Principales clientes y plazo de cobro.
f) Principales proveedores y plazo de pago Se presentará conforme al siguiente modelo:
«MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
, con domicilio a efectos de notificaciones en ,
, n.º , con NIF n.º , en representación de la Entidad
, con NIF n.º , a efectos de su participación en la licitación
, ante
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
PRIMERO. Que se dispone a participar en la contratación del arrendamiento del inmueble
.
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SEGUNDO. Que cumple con todos los requisitos previos exigidos por el pliego de cláusulas administrativas particulares para ser adjudicatario, en concreto:
— Que no está incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
— Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de las obligaciones con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
— Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. (En el caso de empresas extranjeras)
— Que la dirección de correo electrónico en que efectuar notificaciones es
.
TERCERO. Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello.
Y para que conste, firmo la presente declaración.
En , a de de 20 .
Firma del declarante, Fdo.: »
ARVIVO «B»
OFERTA ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
— Oferta económica.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
« , con domicilio a efectos de notificaciones en , con NIF n.º
, en representación de la Entidad , con NIF n.º , enterado del expediente para el arrendamiento del bien inmueble [vivienda/local/nave/…], mediante concurso anunciado en el perfil de contratante, hago constar que conozco el pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y ofertando por el bien la cantidad de euros.
En , a de de 20 .
Canales de relación y participación ciudadana con tu Ayuntamiento, las 24 horas de los 365 días del año.
Firma del candidato, Fdo.: ».
b) Documentos que permitan a la Mesa de Contratación valorar las condiciones de las ofertas según los criterios de adjudicación.
12.5 Subsanación de solicitudes.
Si la solicitud no va acompañada de la documentación exigida o la presentada adoleciera de algún defecto, se requerirá a la persona solicitante para que, en el plazo xx xxxx días hábiles, subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se tendrá por desistida en su petición, previa notificación de la resolución que habrá de dictarse en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Para la selección de los proyectos se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
Criterios de Selección | Puntuación |
Experiencia Laboral relacionada con la actividad a desarrollar. | Por cada 180 días, 0,5 puntos con un máximo de 1 punto. |
Jóvenes menores de 35 años. | 1,5 puntos. |
Solicitantes mayores de 45 años. | 1,5 puntos. |
Solicitantes desempleados de larga duración (inscrito como desempleado 12 meses o más) | 0,5 puntos. |
Si la forma jurídica del solicitante es la de persona física (autónomo) | 2 puntos. |
Si la forma jurídica del solicitante es la de Sociedad Limitada laboral o Sociedad Anónima Laboral. | 2 puntos. |
Puestos de trabajo creados con carácter indefinido o por un periodo mínimo de 1 año. | 0,5 puntos por puesto creado, con un máximo de 1 punto. |
Por cada mujer contratada. | La puntuación se incrementará en 0,25 puntos, con un máximo de 1 punto. |
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La apreciación de los criterios será valorada de forma conjunta, atendiendo a su mayor o menor concurrencia globalmente considerados, sin que exista ningún grado de prioridad entre los mismos, sin que haya de realizarse un proceso de baremación entre los proyectos presentados.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA. COMISIÓN MIXTA DE SEGUIMIENTO
La gestión y administración xxx Xxxxxx de Empresas corresponderá al Ayuntamiento de La Matanza, que constituirá una Comisión Mixta de Seguimiento que tendrá la siguiente composición, con voz y voto:
- Presidente de la Comisión que será el Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de La Matanza o Concejal en quien delegue.
- 4 vocales distribuidos entre dos Técnicos del Área de Desarrollo Local del Ayuntamiento y dos representantes de la Asociación de Empresarios de La Matanza.
Los Miembros de la Comisión podrán ir acompañados del Personal técnico que estimen oportuno.
Así mismo forma parte de la comisión con voz, pero sin voto actuando como Secretario/a de la misma un Técnico del Ayuntamiento de La Matanza.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA. APERTURA DE OFERTAS
La Comisión Mixta de Seguimiento se constituirá tras la finalización del plazo de presentación de las ofertas y procederá a la apertura de los archivos electrónicos «A» y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos.
Si fuera necesario, la Comisión Mixta de Seguimiento concederá un plazo no superior a 3 días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observadas en la documentación presentada.
Finalmente, procederá a la apertura y examen de los archivos electrónicos «B», que contienen las ofertas económicas y los documentos que permitan a la Comisión Mixta de Seguimiento valorar las condiciones de las ofertas según los criterios de adjudicación.
a) Tras la lectura de dichas proposiciones, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos, para la valoración de las mismas con arreglo a los criterios y a las ponderaciones establecidas en este Pliego. El Personal Técnico del Ayuntamiento, se ocupará del estudio e informe de las solicitudes de admisión.
b) Durante el tiempo de estudio de los proyectos se podrán exigir cuantos datos se precisen para la correcta valoración de los citados. No se considerarán imputables al Ayuntamiento de La Matanza las posibles demoras en el proceso producidas por la tardanza en aportar los datos mencionados.
A la vista de la valoración la Comisión Mixta de Seguimiento propondrá al adjudicatario del contrato.
CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA. REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
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requerimiento, presente la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos, en concreto la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía provisional, si se hubiera constituido.
En el supuesto señalado en el párrafo anterior, se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
CLÁUSULA DÉCIMO SÉPTIMA. RESOLUCIÓN DEL PROCESO SELECTIVO.
Concluido el proceso de selección conforme a lo establecido en los artículos anteriores, la Comisión Mixta de Seguimiento, procederá a realizar la adjudicación definitiva de los despachos elevando el informe correspondiente a la Junta de Gobierno local, basándose en los informes recibidos y, en su caso, en los resultados del baremo aplicado.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA. PROYECTOS DE ESPERA.
En el caso de que se presenten solicitudes y no existan espacios libres, en ese momento se informará a los solicitantes sobre el plazo aproximado en el que pueden quedar despachos libres y se les ofrecerá la posibilidad de formar parte de una lista de espera.
El criterio de admisión para los proyectos que estén en lista de espera, será el orden cronológico de la solicitud resuelta favorablemente. La lista de espera se mantendrá permanentemente actualizada por parte de los servicios administrativos de la Sociedad de Desarrollo de La Matanza de Acentejo y será renovada anualmente. En caso de que transcurrido el año no se haya producido ninguna vacante, el solicitante renovará su solicitud manteniendo ésta la prioridad frente a otras solicitudes.
CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA. FIANZA
A la celebración del contrato, será obligatoria la exigencia y prestación de una fianza en metálico de dos mensualidades.
La garantía se depositará:
— En la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en la Caja o establecimiento público equivalente de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efecto cuando se trate de garantías en efectivo.
— Ante el órgano de contratación, cuando se trate de certificados de inmovilización de valores anotados, de avales o de certificados de seguro de caución.
CLÁUSULA VIGÉSIMA. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Canales de relación y participación ciudadana con tu Ayuntamiento, las 24 horas de los 365 días del año.
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los candidatos o licitadores, debiendo ser publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días.
La adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de quince días a contar desde el siguiente al de apertura de las proposiciones.
CLÁUSULA VIGÉSIMO PRIMERA. OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO Y DEL AYUNTAMIENTO
El uso xxx Xxxxxx se regirá por el DOCUMENTO “NORMAS DE USO XXX XXXXXX DE EMPRESAS DE LA MATANZA DE ACENTEJO,” que se adjunta a este pliego como Anexo IV y que tiene como finalidad regular el funcionamiento xxx XXXXXX de Empresas de La Matanza de Acentejo, la admisión de beneficiarios xxx Xxxxxx, así como los derechos y obligaciones de sus usuarios o beneficiarios y la ordenación del uso de los espacios, bienes y servicios por parte de las personas y entidades que establezcan sus empresas en el citado Vivero.
CLÁUSULA VIGÉSIMO SEGUNDA. RÉGIMEN ECONÓMICO.
El precio de cesión o arrendamiento de cada espacio por los cesionarios o arrendatarios será el que se expresa en el Anexo III del presente pliego.
Los gastos por suplidos, esto es, por el consumo individual de electricidad y servicios telefónicos, así como por la prestación de otros servicios, tales como alquiler xx xxxx de reuniones, despacho, proyector, cañón de proyección, videoconferencias, televisor, vídeo y/o DVD, uso de fax y fotocopiadora, impresión y encuadernación de documentos, no estarán incluidos en tal precio, no obstante, se abonarán, a mes vencido, conjuntamente con el mismo al correr por cuenta expresa del cesionario o arrendatario, salvo los que se puedan contratar directamente por el arrendatario con las compañías suministradoras que se pagarán directamente, pudiendo pedirse copia del abono por parte de la Comisión Mixta de Seguimiento.
El abono del arrendamiento y resto de servicios se realizará por periodos mensuales, dentro de los cinco días iniciales de cada mes, para lo cual los servicios administrativos del Ayuntamiento de La Matanza de Acentejo comunicarán al usuario el importe correspondiente a la mensualidad, que deberá ser abonado mediante ingreso en la cuenta del Ayuntamiento habilitada al afecto.
CLÁUSULA VIGÉSIMO TERCERA. EFECTOS Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se extinguirá por cumplimiento o resolución.
A estos efectos, serán de aplicación además de lo contenido en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, el Código Civil y demás disposiciones de derecho privado que sean de aplicación.
Se considerará causa de resolución del contrato la falta del pago del precio, en los plazos y forma establecidos en el presente Pliego.
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La aplicación de las causas de resolución, sus efectos, así como el procedimiento correspondiente y la indemnización por daños y perjuicios que proceda, se ajustarán a lo dispuesto en las disposiciones de derecho privado (Código Civil) de aplicación con las salvedades establecidas en este pliego.
CLÁUSULA VIGÉSIMO CUARTA. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquel en que se realice la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía constituida por el licitador.
Si las causas de la no formalización fueran imputables al Ayuntamiento, se indemnizará al adjudicatario de los daños y perjuicios que la demora le pueda ocasionar con independencia de que pueda solicitar la resolución del contrato.
CLÁUSULA VIGÉSIMO QUINTA. CONFIDENCIALIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS
25.1 Confidencialidad
El adjudicatario y su personal, en cumplimiento de los principios de integridad y confidencialidad deben tratar los datos personales a los que tengan acceso de forma que garanticen una seguridad adecuada incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental, mediante la aplicación de medidas técnicas u organizativas apropiadas de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento 2016/679 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento general de protección de datos).
Esta obligación es complementaria de los deberes xx xxxxxxx profesional y subsistirá, aunque haya finalizado el contrato con el responsable del tratamiento de los datos (Ayuntamiento).
25.2 Tratamiento de Datos
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento general de protección de datos, los licitadores quedan informados de que los datos de carácter personales que, en su caso, sean recogidos a través de la presentación de su oferta y demás documentación necesaria para proceder a la contratación serán tratados por este Ayuntamiento con la finalidad de garantizar el adecuado mantenimiento, cumplimiento y control del desarrollo del contrato.
CLÁUSULA VIGÉSIMO SEXTA. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
Este contrato tiene carácter privado, su preparación y adjudicación se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx y la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014; supletoriamente
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se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por las Normas de Derecho privado.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente el conocimiento de las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de este contrato.
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
XXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXX - 45458351R
Firmado digitalmente por XXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXX - 45458351R
Fecha: 2019.04.11
14:54:03 +01'00'
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ANEXO I MODELO DE SOLICITUD
SOLICITUD DE ESPACIO EN EL VIVERO DE EMPRESAS DE LA MATANZA DE ACENTEJO
Nº de Registro entrada: Fecha y hora de entrada: | ||||
DATOS DEL SOLICITANTE | ||||
Nombre o Razón Social: | N.I.F. / C.I.F.: | |||
Representante: | N.I.F. / C.I.F.: |
DOMICILIO DE NOTIFICACIÓN | |||||||||
Provincia: | Municipio: | ||||||||
Vía: | Nombre vía pública: | ||||||||
Nº: | Piso: | Pta: | Código postal: | Fax: | |||||
Teléfono 1: | Teléfono 2: | E-mail: | |||||||
Acepto expresamente recibir las notificaciones relativas a este expediente vía correo electrónico, SMS y/o Fax; ❑ Si ❑ No |
DATOS DEL PROYECTO | |||
Nombre del proyecto: | |||
Forma jurídica del proyecto o empresa: | |||
Tipo de solicitud (márquese la que proceda): | ❑ Iniciativa empresarial. ❑ Emp. reciente. creación. ❑ Empresa que contribuya al desarrollo ec. y al empleo de La Matanza de Acentejo. ❑ Empresa con dificultades económicas con proyecto viabilidad a medio/largo plazo. ❑ Cluster/asociación/fundación que contribuya al desarrollo económico y al empleo de La Matanza de Acentejo. | ||
Fecha prevista de inicio de actividad en el vivero | Previsión de empleos creados en el primero año: | ||
Breve descripción de la actividad: | |||
SALA QUE SE SOLICITA: (de obligado cumplimiento) |
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DOCUMENTACIÓN A APORTAR
DOCUMENTACIÓN COMÚN PARA TODOS LAS SOLICITUDES:
Fotocopia del DNI del solicitante y/o socios de la entidad. Fotocopia del CIF de la entidad, en su caso.
Certificado de estar al corriente en las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal, la Seguridad Social y la Administración Tributaria Canaria.
DOCUMENTACIÓN PARA INICIATIVAS EMPRESARIALES: |
Curriculum vitae del solicitante y/o socios. |
Compromiso de comienzo de actividad tras la aprobación de la solicitud (declaración jurada). |
Plan de empresas. |
DOCUMENTACIÓN PARA EMPRESAS DE RECIENTE CREACIÓN: |
Modelo 036/037, de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas. |
Escritura pública de constitución de la entidad, en su caso, con la inscripción correspondiente en el Registro Mercantil. |
Curriculum vitae del solicitante y/o socios. |
Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomo, en su caso. |
Certificado de la Agencia Tributaria de acreditación de los periodos de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas. |
Plan de empresas. |
DOCUMENTACIÓN PARA EMPRESAS QUE CONTRIBUYAN AL DESARROLLO ECONÓMICO Y AL EMPLEO DE LA MATANZA DE ACENTEJO: |
Modelo 036/037, de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas. |
Escritura pública de constitución de la entidad, en su caso, con la inscripción correspondiente en el Registro Mercantil. |
Curriculum vitae del solicitante y/o socios. |
Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomo, en su caso. |
Proyecto empresarial que acredite de forma clara su contribución al desarrollo económico y al empleo de La Matanza de Acentejo. |
DOCUMENTACIÓN PARA EMPRESAS CON DIFICULTADES ECONÓMICAS QUE ACREDITEN CONTAR CON UN PROYECTO VIABLE A MEDIO O LARGO PLAZO: |
Modelo 036/037, de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas. |
Escritura pública de constitución de la entidad, en su caso, con la inscripción correspondiente en el Registro Mercantil. |
Curriculum vitae del solicitante y/o socios. |
Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomo, en su caso. |
Proyecto empresarial que acredite la viabilidad del proyecto a medio o largo plazo. |
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DOCUMENTACIÓN PARA CLUSTERS, ASOCIACIONES, FUNDACIONES… QUE CONTRIBUYAN AL DESARROLLO DEL TEJIDO EMPRESARIAL DE LA MATANZA DE ACENTEJO: |
Modelo 036/037, de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas. |
Estatutos debidamente registrados o, en su caso, escritura pública de constitución de la entidad, con la inscripción correspondiente en el Registro Mercantil. |
Proyecto empresarial que acredite de forma clara su contribución al desarrollo económico y al empleo de Xx Xxxxxxx xx Xxxxxxxx. |
Xx Xx Xxxxx xx Xx Xxxxxxx de Acentejo, a …… de ………………… de …………
FIRMA
De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que sus datos personales serán incorporados y tratados a un fichero titularidad del Excmo. Ayuntamiento de La Matanza de Acentejo. Podrán ser utilizados por el titular del fichero para el ejercicio de las funciones propias en el ámbito de sus competencias. Igualmente se informa que podrán ser cedidos de conformidad con la legislación vigente. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición, mediante escrito dirigido al Excmo. Ayuntamiento de La Matanza de Acentejo, Xxxxxxx Xxxxxxxx, x 00 (XX 00000).
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ANEXO II
MODELO DE PLAN DE EMPRESAS
Promotor: (Nombre o denominación Social, Apellidos, DNI/CIF,..)
Actividad a desarrollar: (Detalle del servicio prestado o producto/s a comercializar, horario de apertura de la actividad, imagen corporativa, medios a utilizar, etc)
Ubicación del proyecto de negocio: (Dirección del inmueble objeto de arrendamiento o Arrendamiento)
Fecha Prevista de inicio: (En caso de ser adjudicado y teniendo en cuenta el tiempo necesario para la adecuación del local de negocio)
Número de socios: (Si va a ser gestionado por un único administrador, una pluralidad de ellos o una persona jurídica)
Número de trabajadores previstos: (Número de trabajadores por cada categoría profesional, retribuciones mensuales brutas, número de pagas extra, importe de la cotización a la Seguridad Social, convenio colectivo de aplicación, etc):
Inversión Inicial prevista (Gastos iniciales necesarios para la puesta en marcha del negocio, adecuación del local, instalaciones, maquinaria y equipamiento, etc):
Financiación de la Inversión Inicial (Si va a ser con capital propio, préstamo bancario, indicando condiciones xxx xxxxxxxx, tipo de interés previsto, años de amortización, de carencia, si se van a recibir subvenciones,..)
Clientes Potenciales: (Tipología de edades, nivel, características, demanda potencial,…):
Análisis de la competencia: (Empresas que presten servicios o vendan productos similares en el entorno):
Ventajas comerciales respecto a la competencia: (Que producto o servicio ofrezco que sea mejor que el de la competencia):
Proveedores (a quien le compro y en que condiciones): Publicidad y promoción (Forma de dar a conocer el negocio): Plan de Viabilidad: el que se detalla a continuación:
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PLAN DE VIABILIDAD – Modelo normalizado | ||
Promotor: | DNI/CIF: | |
Denominación de la empresa: | ||
A.-Parámetros Generales Incremento IPC previsto……………………….. | 0,00% | Número de empleados……… 0 |
Incremento salarial anual……………………… | 0,00% | % Cotización Seguridad Social 0,00% |
% Previsto Impuesto sobre Beneficios…… | 0,00% | Número de Pagas Extra………………………… |
B.-Inversión y Financiación (Necesarios para la puesta en funcionamiento del negocio)
B.1.- Inversiones
Nº | Descripción de la Inversión | Número Unidade s | Importe Unidad | Importe Total | Nº años vida útil | Amortización Anual |
1 | Acondicionamiento | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
inmueble……………... | ||||||
2 | Maquinaria y Utillaje | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
……….………...………… | ||||||
3 | Instalaciones | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
Técnicas…………………………… | ||||||
4 | Equipos proceso información (Incluye | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
TPV) | ||||||
5 | Mobiliario…………………………………… | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
…………… | ||||||
6 | Elementos de | 0,00 | 0,00 | 0,00 | ||
transporte……………………………………………… | ||||||
7 | Otro inmovilizado | 0,00 | 0,00 | 0,00 | ||
material……………………………… | ||||||
8 | ……………… |
B.2.-Financiación de la Inversión
Total Inversione s….
0,00 0,00
Nº | Descripción | Importe | Nº años Interés Amortización anual amortiz Financiero |
1 | Recursos propios ……………………………………………. | 0,00 | |
2 | Financiación bancaria (Préstamos) ……………… | 0,00 | 0,00 0,00% 0,00 |
3 | Otros… …… | 0,00 | |
Total Recursos Financiación ……. | 0,00 | ||
Ingresos Ingresos Año 1 Año 2 Año 3 Mes Año | ||||
0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
C.-Gastos e Ingresos de Explotación referido a los tres primeros años C.1.-Ingresos de Explotación
Venta de Bienes y/o prestación servicios
………………………….
Ingresos Servicios Accesorios (Según Memoria)
………………………….
Otros Ingresos
………………………………………………..…………
……………….
Otros Ingresos
………………………………………………..…………
……………….
Total Ingresos previstos
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C.2.-Gastos de Explotación
Mes/T or | rabajad Me | nsua l | Coste Año 1 Año 2 Año 3 Anual | ||||
Retribuciones del Personal……….…………………. | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
Cotizaciones del Personal …………………………… | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
Seguridad Social Autónomos 0,00 …………………………………… | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |||
Compras de productos 0,00 ………………………………………………………… | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |||
……….. Reparaciones y 0,00 Conservación……………………… | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |||
……………………….. Suministros (Agua, luz, basura, 0,00 teléfono, datos)………………………………… | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |||
………….. Servicios Exteriores 0,00 (Gestorías,..)………………………… | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |||
…………………. Servicios Bancarios y 0,00 similares……………………………… | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |||
……………………………….. Alquiler/Canon 0,00 inmueble……………………………………………… | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |||
……………….. Publicidad y 0,00 propaganda…………………………………………… | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |||
………………….. Primas de 0,00 Seguros……………………………………………… | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |||
………………………………….. Cuidado de la 0,00 Salud…………………………………………………… | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |||
…………………………….. Prevención de riesgos 0,00 laborales……………………………………………… | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |||
………………………………….. Seguros Convenios 0,00 colectivos……………………………………………… | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |||
………………………………….. Otros 0,00 Gastos………………………………………………… | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |||
……………………………….. Otros 0,00 Gastos………………………………………………… | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |||
……………………………….. Otros 0,00 Gastos………………………………………………… | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |||
……………………………….. Subtotal Gastos Explotación…….. | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |||
Amortizaciones Inmovilizado…….. | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |||
Gastos Financieros…….. | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |||
Totales …………………………… | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
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Resultado Previsional | |||||
Año 1 | Año 2 | Año 3 | TOTAL | ||
Ingresos Previstos (A)………………… | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
Gastos de Explotación (B)…………. | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
Amortizaciones Inmovilizado (C) ……… | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
Gastos financieros (D)……………………………. | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
Resulado de Explotación (A-B-C- D)……………………. | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
Impuesto sobre Beneficios ……………………… | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
Beneficio/Pérdida Xxxx…………………. | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
Plan de Tesorería (Cash Flow)
Entradas (Ingresos estimados)
Recursos Propios + Préstamos
……………………
Ingresos de Explotación
………...…………………
Total entradas
…………………
Salidas (Pagos Previstos)
0,00
0,00
0,00
0,00
TOTAL
Año 1 Año 2 Año 3
0,00 0,00 0,00 0,00
0,00 0,00 0,00 0,00
Inversiones a realizar
…………………………………
Gastos de explotación
……………..…………………
Gastos
financieros……………..…………
………………
Amortización
Préstamos…………………………
……
Tributos e impuestos
……………..……………………
Total salidas
…………………
Evolución Cash Flow
…………
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
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ANEXO III
PRECIO DE CESIÓN O ARRENDAMIENTO DE CADA ESPACIO (POR LOTE)
AÑO 1 | AÑO 2 | AÑO 3 | |||||
LOTE | SALA | MENSUAL | ANUAL | MENSUAL | ANUAL | MENSUAL | ANUAL |
1 | SALA 2 | 123,60 | 1.483,20 | 123,60 | 1.483,20 | 123,60 | 1.483,20 |
2 | SALA 3 | 123,30 | 1.479,60 | 123,30 | 1.479,60 | 123,30 | 1.479,60 |
3 | SALA 4 | 123,30 | 1.479,60 | 123,30 | 1.479,60 | 123,30 | 1.479,60 |
4 | SALA 5 | 121,20 | 1.454,40 | 121,20 | 1.454,40 | 121,20 | 1.454,40 |
5 | SALA 6 | 65,10 | 781,20 | 65,10 | 781,20 | 65,10 | 781,20 |
6 | SALA 11 | 192,00 | 2.304,00 | 192,00 | 2.304,00 | 192,00 | 2.304,00 |
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ANEXO IV
NORMAS DE USO XXX XXXXXX DE EMPRESAS DE LA MATANZA DE ACENTEJO. TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo 1.- Objeto.
Este documento tiene como finalidad regular el funcionamiento xxx XXXXXX de Empresas de La Matanza de Acentejo, la admisión de beneficiarios xxx Xxxxxx, así como los derechos y obligaciones de sus usuarios o beneficiarios y la ordenación del uso de los espacios, bienes y servicios por parte de las personas y entidades que establezcan sus empresas en el citado Vivero.
Artículo 2.- Fines y medios y ámbito de aplicación
El Vivero de Empresas es una acción impulsada por el Ayuntamiento de La Matanza de Acentejo, con el objetivo de fomentar el desarrollo de iniciativas emprendedoras y proporcionar un espacio de gestión y un apoyo administrativo a las nuevas empresas.
El Vivero de Empresas se configura como una estructura de acogimiento temporal para ubicar a empresas en sus primeros pasos en el mercado, acompañarlos y prestarles determinados servicios adaptados a las necesidades de cada proyecto empresarial con el fin de facilitar el desarrollo de iniciativas empresariales de interés local.
El objetivo fundamental es el apoyo al surgimiento y continuidad de empresas de reciente creación y proyectos de autoempleo que, por su viabilidad, puedan contribuir en términos económicos, comerciales, de empleo, etc, al desarrollo del municipio, favoreciéndose aquellos que por su interés social o estratégico así se determinen.
El presente documento tiene como ámbito espacial de aplicación la integridad xxx Xxxxxx, entendiéndose como tal el espacio físico en su conjunto destinado a los fines que persiguen.
En este sentido , y para cumplir con el fin propuesto, el Ayuntamiento de La Matanza dispone de los siguientes recursos:
Vivero de Empresas: Ubicado en la Planta xxxxxxx xxx Xxxxxxxxxx del Agricultor. Vino y la Artesanía.
SALA 2 | 41.20 m2. |
SALA 3 | 41,10 m2. |
SALA 4 | 41,10 m2. |
SALA 5 | 40,40 m2. |
SALA 6 | 21,70 m2. |
SALA 11 | 64,00 m2. |
Artículo 3.- Beneficiarios. Requisitos previos.
Canales de relación y participación ciudadana con tu Ayuntamiento, las 24 horas de los 365 días del año.
El Vivero está destinado a empresas de nueva o reciente creación considerando como antigüedad máxima del negocio de 12 meses. A estos efectos se tomará la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución por parte del correspondiente notario, en caso de sociedades, y para el caso de personas físicas, la fecha más antigua entre la del alta en el Régimen Especial de los trabajadores Autónomos y la del alta en el IAE. Se prestará especial atención en la verificación de la antigüedad del negocio declarada.
Artículo 4.- Actividades Excluidas.
Quedan excluidas las actividades siguientes:
- Actividades que generen externalidades que perjudiquen el desarrollo normal xxx Xxxxxx y la convivencia en el mismo de conformidad a lo establecido en el documento de uso xxx Xxxxxx. La justificación de las causas de la exclusión por este concepto, han de recogerse por escrito en informe que se elevará a la Comisión Mixta de Seguimiento.
- Actividades que no estén clasificadas como de bajo riesgo, según se recoge en la normativa contra incendios.
- Actividades que generen contaminación acústica o medioambiental de acuerdo con lo establecido en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido.
- Proyectos empresariales cuya actividad económica sea el comercio minorista.
- Actividades que tengan que almacenar carburantes o combustibles de cualquier clase.
- Empresas que en el momento de la solicitud ya tengan otro local en régimen de propiedad o alquiler tanto en el municipio como fuera de él o que cualquier de los solicitantes o socios hayan disfrutado con anterioridad de un espacio físico en el Vivero.
TITULO II: FUNCIONAMIENTO Y ORGANIZACIÓN
Artículo 5.- Carencia de personalidad jurídica
El Vivero de Empresas no dispone de personalidad jurídica propia, sino que forma parte de los servicios xxx Xxxxxxx Ayuntamiento de La Villa de La Matanza de Acentejo como Entidad titular.
Artículo 6.- Gestión xxx xxxxxx de empresas. Organización.
La gestión y administración xxx Xxxxxx de Empresas corresponderá al Ayuntamiento de La Matanza, que constituirá una Comisión Mixta de Seguimiento que tendrá la siguiente composición, con voz y voto:
- Presidente de la Comisión que será el Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de La Matanza o Concejal en quien delegue.
- 4 vocales distribuidos entre dos Técnicos del Área de Desarrollo Local del Ayuntamiento y dos representantes de la Asociación de Empresarios de La Matanza.
Los Miembros de la Comisión podrán ir acompañados del Personal técnico que estimen oportuno.
Así mismo forma parte de la comisión con voz, pero sin voto actuando como Secretario/a de la misma un Técnico del Ayuntamiento de La Matanza.
La Comisión Mixta de Seguimiento xxx Xxxxxx tendrá las siguientes funciones:
1.- Resolver las solicitudes de ingresos en el Vivero, y, en su caso, los supuestos de expulsión y exclusión, elevándolo a la Junta de Gobierno Local. En todo caso, se respetarán los requisitos y procedimientos establecidos para la selección de los emprendedores, que sólo podrán modificarse por la Comisión Mixta, previo informe del Personal Técnico.
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2.- Autorizar, por unanimidad de sus miembros, y previo informe del Personal Técnico, cualquier modificación de las condiciones de explotación xxx Xxxxxx.
3.- Determinar la necesidad de ampliación temporal de estancia en el Vivero de los diferentes viveristas en el caso de solicitud de dicha ampliación.
4.- Velar por el cumplimiento de las normas de funcionamiento xxx xxxxxx e informar sobre su incumplimiento.
5.- Resolver las cuestiones que se planteen respecto a la aplicación del presente documento de uso xxx Xxxxxx.
La Comisión Mixta de Seguimiento adoptará todas las decisiones que estime necesarias para la buena marcha y funcionamiento xxx Xxxxxx, y dichas decisiones obligarán a todos los viveristas y ocupantes del mismo, previa notificación de las mismas por el Ayuntamiento o por el Técnico Responsable.
La Comisión de Seguimiento se reunirá cada trimestre con carácter ordinario y con carácter extraordinario cuando lo solicite cualquiera de sus miembros.
Para celebrar válidamente sus reuniones la Comisión de Seguimiento deberá contar con la asistencia, al menos, de un representante del Ayuntamiento y uno de Asociación de Empresarios de La Matanza.
Las decisiones se adoptarán por mayoría simple, decidiendo en caso de empate el voto del presidente de la Comisión.
Artículo 7.- Responsable xxx Xxxxxx.
El Ayuntamiento nombrará a un Técnico perteneciente a su plantilla como responsable xxx Xxxxxx y cuyas funciones serán las siguientes:
- Velar por el cumplimiento diario de la Normativa xxx Xxxxxx.
- Gestionar los servicios xxx Xxxxxx y ser el responsable de la administración y el mantenimiento del mismo.
- Elevar las propuestas de proyectos para su instalación en el Vivero.
- Informar a los posibles usuarios y solicitantes xxx Xxxxxx.
- Ser el responsable del correcto funcionamiento xxx Xxxxxx de Empresas.
- Actuar de Secretario de la Comisión Mixta de Seguimiento con voz y sin voto.
Artículo 8. – Vinculación normativa.
Los cesionarios estarán sometidos a las normas del presente documento, así como a las específicas de la convocatoria para la adjudicación, debiendo respetar, en su caso, todas las servidumbres que puedan gravar el inmueble, así como las exigidas por los servicios y suministros públicos y especialmente las que pudieran derivar de razones de seguridad, salubridad, vigilancia y orden público.
Artículo 9. - Normas Generales.
a) El objeto de esta reglamentación es ordenar el uso de espacios, bienes y servicios xxx Xxxxxx de Empresas de La Matanza, por parte de las personas y entidades que establezcan sus empresas en el citado Vivero, cuya titularidad pertenece al Ayuntamiento de La Matanza.
b) Así mismo complementa a las cláusulas contenidas en el contrato de cesión de uso (arrendamiento) suscrito entre los adjudicatarios y el Ayuntamiento.
Artículo 10.- Horario de funcionamiento xxx Xxxxxx.
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El Horario de funcionamiento xxx Xxxxxx de empresas de La Matanza será establecido por la Comisión Mixta de Seguimiento.
Artículo 11.- Personal autorizado. Identificación.
En caso de que el responsable xxx Xxxxxx o persona encargada de su custodia lo crea conveniente, podrá solicitar a cualquier persona que acceda o permanezca en el Vivero, identificación y justificación de su presencia en el mismo. Los usuarios/beneficiarios están obligados a comunicar al Ayuntamiento de La Matanza la persona o personas que forman parte de cada empresa.
Artículo 12.- Custodia de llaves.
Por razones de seguridad y para su utilización en casos de emergencia, los adjudicatarios xxx Xxxxxx de Empresas deberán depositar una copia de las llaves de acceso a sus locales, en las dependencias del Ayuntamiento de La Matanza.
Para el caso de que por la Comisión Mixta de Seguimiento se establezca unos horarios determinados de apertura y cierre xxx xxxxxx, todos los empresarios ubicados en el mismo que dispongan de autorización de un horario diferente al horario en que permanezca abierto el mismo, podrán solicitar una copia de las llaves de acceso, al objeto de no impedir por cuestiones de horario, el trabajo de las empresas.
Artículo 13.- Imagen de conjunto y modificación de estructura y diseño.
La imagen xxx Xxxxxx exige un aspecto de conjunto armonioso por lo que los cesionarios deberán respetar la concepción estética del mismo. A tal fin, la Comisión Técnica definirá los espacios y soportes para la ubicación de los carteles identificativos de las empresas instaladas en el Vivero, de forma que éstos se integren en el diseño del mismo y con un único diseño.
Los usuarios de las instalaciones xxx Xxxxxx de empresas no podrán modificar las partes externas e internas de su oficina sin autorización previa. El Ayuntamiento de La Matanza destinará espacios o soportes para la ubicación de los carteles identificativos de las empresas xxx Xxxxxx, de forma que éstos se integren en el diseño de la señalización interior del edificio.
Toda reforma o modificación del aspecto interno que se realice en los módulos se hará previa comunicación al Ayuntamiento de La Matanza, según formulario que se establezca, y tras la autorización de las mismas, previo informe de la Comisión Técnica de Seguimiento y Valoración xxx Xxxxxx. El coste de las reformas en los módulos correrá a cargo de los arrendatarios, así como el coste del arreglo de los desperfectos que en los mismos se produzcan.
Artículo 14.- Notificación de deficiencias.
Es obligación de cualquier empresario o usuario xxx Xxxxxx de Empresas, comunicar a la dirección cualquier avería o deficiencia que se produzca en las instalaciones de uso común del xxxxxxx xxx Xxxxxx de Empresas.
Artículo 15.- Responsabilidad de uso de instalaciones.
El Ayuntamiento de La Matanza no se hace responsable de los daños, perjuicios o atentados contra la propiedad (incluidos robos) que pudieran cometer personas extrañas al Ayuntamiento contra los enseres, bienes o efectos de las empresas. El Ayuntamiento de La Matanza no será nunca responsable de los
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perjuicios que pudieran sobrevenir de un mal estado de conservación o mala utilización de las instalaciones de cada local, con excepción de las instalaciones generales y básicas del edificio.
Así se establece que cada actividad que se instale deberá contar con seguro específico que cubra los daños que puedan producirse en el local por un importe mínimo equivalente al valor del local cedido. Dicha póliza deberá ser presentada a esta Entidad con carácter previo a la formalización del contrato y anualmente se remitirá a esta Entidad copia del último recibo del pago de prima satisfecho.
Artículo 16.- Residuos.
a) Residuos Sólidos: Toda empresa radicada en el Vivero está obligada a clasificar sus residuos y a depositarlos separadamente en los contenedores destinados para ello.
b) Residuos Especiales: El adjudicatario de un local se obliga a concertar un contrato de evacuación de residuos especiales, no domésticos, en el caso de que los hubiese. (Toners, cartuchos, pilas,...)
Artículo 17.- Almacenaje.
Por motivos de seguridad se prohíbe a los ocupantes de las empresas instaladas de depositar o colocar géneros y mercancías en lugares y zonas comunes, invadiendo total o parcialmente pasillos, accesos o zonas de paso, teniendo que estar éstas siempre libres para el buen funcionamiento xxx Xxxxxx.
Artículo 18.- Salubridad y seguridad contra incendios.
Los cesionarios y ocupantes de locales xxx Xxxxxx se comprometen a observar y respetar las normas y reglamentos de salubridad y seguridad correspondientes al Vivero.
Queda prohibido introducir en el Vivero materiales peligrosos, insalubres, malolientes o inflamables que estén prohibidos por las normas legales o administrativas, las disposiciones de los servicios de seguridad y/o las pólizas de seguro xxx Xxxxxx.
No podrá ser colocado ni depositado en el interior xxx Xxxxxx ningún objeto cuyo peso sobrepase el límite de carga de suelos y tabiques.
Las griferías, sanitarios e instalaciones de fontanería y electricidad que se encuentren en el Vivero deberán ser mantenidos en buen estado de funcionamiento, procurando el Ayuntamiento, a través de su servicio de mantenimiento, su rápida reparación en su caso al objeto de evitar cualquier daño a los ocupantes xxx Xxxxxx.
No se podrá arrojar en las canalizaciones o desagües materiales inflamables o peligrosos, extendiéndose la prohibición a todos aquellos elementos que puedan perturbar el buen funcionamiento de las mencionadas instalaciones.
El Ilustre Ayuntamiento de La Matanza deberá equipar su local con las instalaciones necesarias para prevenir incendios de conformidad con el sistema general de seguridad xxx Xxxxxx, debiendo mantener los mismos en perfecto estado de funcionamiento y conservación.
Los aparatos contra incendios, los cuadros eléctricos y los tableros de mando deberán ser accesibles y visibles en todo momento, debiendo además respetar las normas que, al respecto, sean dictadas por la Administración competente.
Los cesionarios deberán respetar todas las normas que se dicten en materia de seguridad, dejando las puertas de salida sin el cierre bloqueado durante las horas de apertura, y manteniendo despejados los
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pasillos de servicio que sirven de salida de emergencia en caso de incendio o siniestro quedando prohibido la ocupación con géneros o mercancías de los lugares y zonas comunes. Asimismo, las salidas de emergencia deberán estar debidamente señaladas mediante carteles luminosos.
Asimismo, los módulos cedidos en ningún momento y bajo ningún pretexto, podrán acoger mercancías calificadas como peligrosas, tanto para la salud pública como para la integridad del reciento, no pudiendo crear en los espacios cedidos almacenes empresariales.
La utilización indebida de los aparatos contra incendios se encuentra formalmente prohibida debiendo el Ayuntamiento de La Matanza mantener el equipamiento contra incendios en perfecto estado de funcionamiento.
Artículo 19.- Prohibiciones.
Las siguientes actividades están expresamente prohibidas para los cesionarios u ocupantes xxx Xxxxxx:
• El uso de cualquier material no permitido por las normas de Seguridad e Higiene.
• Está prohibido ejercer en el Vivero toda actividad que pueda considerarse peligrosa, insalubre, y nociva o que perturbe la actividad de los restantes ocupantes. El uso de cada despacho xxx Xxxxxx no debe implicar ninguna molestia anormal (aunque fuere excepcional) en relación con las actividades proyectadas en el mismo.
• El uso de todo o parte de cualquier despacho xxx Xxxxxx como vivienda o cualquier otro uso no permitido.
• La práctica en cualquier parte xxx Xxxxxx, de cualquier profesión, comercio o actividad no previstos en el contrato de cesión de uso (arrendamiento) o autorizados previamente o contrarios a la moral, al orden público o a las buenas costumbres, y la organización de cualquier tipo de manifestaciones políticas, sindicales y/o religiosas.
• Queda prohibida la distribución de propaganda de cualquier tipo fuera de las superficies cedidas de las oficinas.
De forma general, los cesionarios de las oficinas no deben en forma alguna perturbar el ambiente xxx Xxxxxx mediante ruidos, vibraciones, olores, temperaturas o cualquier otra causa que pueda afectar o producir molestias a los restantes ocupantes.
Artículo 20.- Mantenimiento y Funcionamiento de los espacios de uso común
La limpieza de las zonas comunes es competencia del ayuntamiento de La Matanza, siendo deber inexcusable de las empresas cesionarias mantener sus módulos en perfecto estado de limpieza, conservación y condiciones higiénicas. Toda empresa radicada en el recinto está obligada a clasificar sus residuos y depositarlos en los contenedores destinados a tal efecto, según el origen de los mismos.
El mantenimiento de las instalaciones generales y básicas es competencia del Ayuntamiento de La Matanza, siendo deber del empresario comunicar inmediatamente cualquier anomalía detectada en dichas instalaciones. A tal fin, es obligación de cualquier empresario o usuario el inmueble comunicar al Ayuntamiento cualquier avería o deficiencia que se produzca en las instalaciones de uso común xxx xxxxxxx, así como de uso interno.
El Ayuntamiento podrá imputar a los empresarios el coste de las reparaciones de las instalaciones generales si se demuestra que las anomalías son consecuencia de un uso inadecuado de las mismas.
Cada uno de los cesionarios y ocupantes tendrá el libre uso de las zonas comunes, conforme a su destino, siempre y cuando no impida con ello los mismos derechos de los restantes cesionarios y su buen funcionamiento con las reservas siguientes:
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a) Las zonas comunes deberán ser utilizadas de conformidad con el uso previsto para las mismas.
b) La Comisión Técnica de Seguimiento y Valoración xxx Xxxxxx podrá, en cualquier momento, cerrar temporalmente todo o parte del espacio de las zonas comunes donde sea necesario efectuar trabajos de reparación o cambios, o por cualquier otra causa justificada. Salvo urgencia ineludible que impida cumplir con el aviso previo, la Comisión Técnica deberá advertir a los cesionarios con una antelación mínima de ocho días.
TITULO III: SERVICIOS OFRECIDOS
Artículo 21.- Tipos de servicios:
Los diferentes tipos de servicios básicos que correrán a cargo del Ayuntamiento son los siguientes:
-Limpieza de las zonas comunes.
-Mantenimiento de las Instalaciones generales y básicas.
-Servicio de orientación y asesoramiento empresarial.
-Formación básica específica.
Servicios Específicos, que correrán a cargo de las empresas instaladas, serán los siguientes:
- Contratación de líneas de teléfono e Internet particular.
- Contratación xx xxxxx eléctricas
- Realización de llamadas telefónicas hacia el exterior.
- Recepción y/o envío de cartas o giros postales.
- Servicios de Gestión Empresarial particulares.
Artículo 22.- Ocupación y abandono. Pérdida del Derecho de estancia en el Vivero.
La firma del documento de cesión, el Ayuntamiento de La Matanza dará posesión al cesionario del local asignado.
Una vez finalizado el plazo de ocupación, el cesionario deberá dejar libre y expedito el local a disposición del Ayuntamiento, en el plazo máximo de 72 horas siguientes al requerimiento fehaciente que se efectúe.
El cesionario se obliga y compromete a facilitar al Ayuntamiento el acceso al despacho cedido a los efectos de la comprobación del uso y destino dado al mismo.
El Viverista perderá el Derecho de disfrute del local y servicios comunes que se prestan en el Vivero de Empresas, aunque se halle al corriente en el pago de los derechos correspondientes en los siguientes casos:
a) Cuando dejara transcurrir 60 días desde la fecha en que se le comunicara la adjudicación del local sin ocuparlo real y efectivamente.
b) Cuando el local estuviera cerrado o sin dedicarse a la actividad correspondiente durante 60 días consecutivos, excepto si mediare causa justificada y así apreciada por el Ayuntamiento.
TÍTULO IV.- OBLIGACIONES.
Artículo 23.- Obligaciones de los beneficiarios.
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Son obligaciones de los emprendedores instalados en el Vivero las siguientes:
a) El abono del precio público fijado como contraprestación al uso de las instalaciones y los servicios prestados en el Vivero durante los cinco primeros días de cada mes, en cualquier entidad bancaria colaboradora con este Ayuntamiento de la Villa de La Matanza de Acentejo
b) Serán por cuenta de la empresa el abono de suministro de teléfono y electricidad que consuman con ocasión de la utilización del espacio.
c) Iniciar la actividad en las instalaciones xxx Xxxxxx, previa la obtención de licencias y autorizaciones, en el plazo de 30 días naturales desde la fecha de la firma del contrato. La inactividad trascurrida este plazo supondrá la rescisión del contrato, salvo que el Ayuntamiento decida mantenerlo por el tiempo que estime pertinente por motivos justificados.
d) Satisfacer a su exclusiva xxxxx, las cargas, impuestos y gravámenes que pesen sobre la actividad comercial o industrial que se desarrollen en el local.
e) Satisfacer las cuotas obligatorias a la Seguridad Social, de las personas empleadas en el local y en la actividad que allí se desarrolle.
f) Abonar a su xxxxx los gastos derivados de usos, consumos y suministros propios.
g) Poner a disposición del Ayuntamiento, cada tres meses los listados correspondientes al personal empleado en la actividad correspondiente, así como los TC-2 de la Seguridad Social y la acreditación del abono.
h) En el supuesto de que sean detectadas deficiencias en la marcha de la empresa, el empresario estará obligado a aceptar y poner en marcha el plan de gestión (incluidas las acciones formativas que se consideren oportunas) que será elaborado por los servicios técnicos del Ayuntamiento, constituyendo su incumplimiento causa objetiva de rescisión del contrato.
i) El usuario será responsable de los daños derivados del mal uso o uso negligente de las instalaciones y los servicios.
j) Utilizar los servicios autorizados sin que pueda cederlos o traspasarlos a favor de terceros, no obstante, el titular podrá cambiar la forma jurídica de la empresa, previo informe favorable de la Comisión que aprobó su admisión.
k) Conservar y mantener las instalaciones en el estado en las que las recibió, ejecutando a su xxxxx todas aquellas reparaciones o reformas, autorizadas previamente, para el correcto funcionamiento de la actividad permitida. Todas las mejoras autorizadas y realizadas por los usuarios en las instalaciones xxx xxxxxxx quedarán a beneficio del mismo, sin derecho a indemnización a favor del usuario.
l) Deberá solicitar autorización para cualquier reforma, reparación, instalación o remodelación necesaria para desarrollar la actividad autorizada.
m) No introducir elementos en las instalaciones que no se ajusten a la actividad autorizada.
n) Satisfacer, a su exclusiva xxxxx, las cargas, impuestos y gravámenes que pesen sobre la actividad que se desarrolle en las instalaciones.
o) Cumplir la normativa aplicable a la actividad que desarrolla, especialmente en materia Tributaria, Laboral, Seguridad Social e Higiene en el Trabajo.
p) Poner a disposición del Ayuntamiento cuanta documentación contable y administrativa le sea requerida, a los efectos de poder comprobar el nivel de consolidación que va adquiriendo la iniciativa empresarial y detectar posibles fallos de gestión que puedan impedir la buena marcha de la empresa.
q) Permitir las visitas de inspección promovidas por el Ayuntamiento, a fin de comprobar el uso que se hace de las instalaciones y su estado de conservación.
r) Devolver el local al Ayuntamiento a la finalización o resolución contractual (por la causa que fuere), en las mismas condiciones de uso que lo recibió, salvando el uso normal y diligente y el menoscabo por ello producido.
s) No podrá subrogar, arrendar o subarrendar, tanto total como parcialmente, así como constituir a favor de terceros, cualquier tipo de derecho de uso o utilización sobre los derechos objeto de este contrato.
t) Será responsable el empresario del uso negligente de los servicios objeto del presente contrato.
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u) Todas las mejoras realizadas por el Empresario en el local fuera por la causa que fuere, quedarán a beneficio de la nave sin derecho indemnizatorio a favor del empresario.
v) Suscribir una póliza de seguro multirriesgo, de la actividad que se vaya a desarrollar y que cubra el contenido y el continente. La empresa deberá entregar una copia de la póliza y de las sucesivas renovaciones al Ayuntamiento de La Matanza.
w) Notificar por escrito al Ayuntamiento el personal a su servicio que está autorizado a acceder al mismo.
x) Mantener limpio el entorno interior y exterior, sin que puedan almacenarse en las zonas comunes materiales, productos y desperdicios.
y) No modificar las partes comunes de las instalaciones, ni colocar rótulos u otros elementos sin la autorización expresa del Ayuntamiento.
z) No introducir animales en el interior y depositar la basura en los contenedores o lugares habilitados. aa) Comunicar a la Dirección cualquier avería o deficiencia que se produzca dentro xxx Xxxxxx.
Artículo 24.- Obligaciones del Ayuntamiento
Constituyen obligaciones del Ayuntamiento, titular de la instalación, las siguientes:
1. La cesión de uso del local y su puesta a disposición del empresario a partir del momento de la firma del mismo.
2. La prestación de los siguientes servicios:
a) Conservación, mantenimiento y limpieza de los elementos comunes xxx Xxxxxx de Empresas, su reparación, pintura, conservación, ornato y jardinería.
b) Aquellos otros que requiriera la buena marcha xxx Xxxxxx que sean de necesidad general.
c) Los gastos originados por la modificación de carácter estructural o infraestructural de utilidad general y de uso o aprovechamiento común de los contratantes.
TÍTULO V.- RÉGIMEN DISCIPLINARIO.
Artículo 25.- Infracciones.
1.- Las acciones u omisiones contrarias a este documento tendrán el carácter de infracciones administrativas y serán sancionadas de conformidad con lo previsto en este documento y conforme a las disposiciones y procedimiento de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el procedimiento, además de al infractor, se dará audiencia a la Comisión Técnica de Seguimiento y Valoración.
Artículo 26.- Clasificación.
1) Las infracciones a que hace referencia el apartado anterior se clasifican en leves, graves y muy graves. 2)Tendrán la consideración de infracciones leves las cometidas contra las normas contenidas en este documento que no se califiquen expresamente como graves o muy graves en los apartados siguientes.
3) Se consideran faltas graves el deterioro intencionado o negligente de los elementos comunes xxx Xxxxxx.
4) Tendrán la consideración de muy graves la utilización del local arrendado para un uso diferente del concedido por este Ayuntamiento, la falsificación de documentación, firmas, sellos o datos relevantes para su incorporación al Vivero o en su relación posterior, el incumplimiento de las obligaciones económicas con el Vivero durante dos meses consecutivos o tres alternos, el depósito en el local de materiales peligrosos, insalubres o nocivos no permitidos por la correspondiente licencia de apertura y la comisión de tres faltas graves.
Artículo 27.- Sanciones.
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Las sanciones se graduarán en atención a la gravedad de la infracción o reincidencia.
- Faltas leves: Las infracciones leves serán sancionadas con:
a) Apercibimiento.
b) Multa hasta ciento cincuenta euros.
- Faltas graves: las infracciones graves serán sancionadas con:
Multa desde ciento cincuenta y un euros a cuatrocientos euros y/o la suspensión del derecho de utilización de los servicios comunes
- Faltas muy graves: las infracciones muy graves serán sancionadas con multa desde cuatrocientos un euro a mil euros y/o la resolución del contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, si se hubiera causado daño, el infractor deberá repararlos, y si no lo hiciese el Ayuntamiento podrá realizar dichas reparaciones x xxxxx de dicho infractor pudiendo utilizar la vía de apremio.
Las infracciones leves prescribirán al mes, las graves a los seis meses y las muy graves al año desde que Ayuntamiento tuviese conocimiento de su comisión y de su autor.
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