CARTA DE ACUERDO
Este acuerdo se celebra entre Bristol-Xxxxx Squibb, S.A.U, con domicilio social en la Calle
y CIF ("BMS"), y Fundación Pública Andaluza para la Gestión de Investigación en Saludo xx Xxxxxxx (FISEVI), con domicilio social en
Receptor").
1. Información de identificación
Solicitud. Este acuerdo pertenece al número de solicitud del Receptor 00000000, llamada
, la cual podrá haber sido modificada desde la fecha en la que se envió a BMS y la fecha efectiva de este acuerdo (la "Solicitud"). Esta Solicitud forma parte del acuerdo a todos los efectos.
Por favor tenga en cuenta que cualquier cambio en la Solicitud, incluida la conversión de una reunión en vivo en una reunión virtual, debe ser sometido a BMS para su revisión como se describe en la Sección 3 (c) abajo. Por favor utilice los formularios de Cambio de Alcance: COVID o Formulario de Anulación para enviar modificaciones a su solicitud.
2. Actividad
El Receptor llevará a cabo todas las actividades descritas en la Solicitud conforme a los términos y condiciones establecidos en el presente acuerdo.
3. Financiación
a. Importe. El importe total al que asciende la aportación económica para los fines establecidos en la Solicitud es de 6000.00 EUR("Fondos").
Por favor, marque la casilla correspondiente en función de si dicha aportación económica incluye o no incluye el IVA:
Los Fondos incluyen el importe correspondiente al IVA
Los Fondos no incluyen el importe correspondiente al IVA, el cual deberá añadirse a la factura de acuerdo con la legislación vigente en cada momento.
b. Finalidad.
i. La aportación económica se lleva a cabo exclusivamente para la actividad descrita en la Solicitud y en ningún caso tendrá la finalidad de promocionar productos.
ii. En el caso de que el Receptor o un tercero por él designado no lleve a cabo la actividad propuesta en el plazo especificado en la Solicitud, o el Receptor o Socio(s) no asuman la actividad como se especifica en este documento o en la Solicitud, el Receptor deberá devolver los Fondos a BMS (o en la medida en que los Fondos no hubieran sido transferidos aún al Receptor, BMS podrá retenerlos), no pudiendo el Receptor pedir financiación adicional alguna a BMS para dicha actividad.
iii. Con el fin de garantizar de forma razonable el cumplimiento de lo previsto en esta sección, el Receptor autorizará la realización de una comprobación o auditoría por parte de BMS o de sus agentes o representantes autorizados, para que, a petición de BMS en cualquier momento durante la vigencia del presente acuerdo y, con posterioridad, aquéllos puedan acceder a los libros, registros y otros documentos pertinentes para tal fin.
c. Cambio en una Solicitud Aprobada. El Receptor deberá notificar a BMS por escrito cualquier cambio que se produzca en la Solicitud Aprobada con al menos 30 días de antelación a que implementación de dicho ambio a través del envío de un formulario de solicitud de cambio de programa y un formulario de revisión del coste de programa (en el supuesto de que la financiación se vea afectada por el cambio). Si BMS acepta los cambios propuestos, el Receptor recibirá una notificación por escrito y los cambios propuestos se considerarán una enmienda al presente acuerdo. Si BMS determina que el cambio del programa no es congruente con la Solicitud original, el Receptor recibirá una notificación por escrito, debiendo el Receptor o bien devolver la totalidad de los Fondos a BMS en el plazo de 15 días hábiles desde la recepción de la notificación o bien continuar con la actividad tal y como se aprobó inicialmente.
d. Liquidación. El Receptor deberá cumplir con el proceso de liquidación para la Solicitud. El Receptor, tras la recepción de la notificación de BMS, certificará que las actividades previstas en la Solicitud se han llevado a cabo y facilitarán la información relativa a los costes efectivos incurridos respecto del presupuesto inicial para la actividad presentada a BMS. La liquidación será completada por el Receptor y deberá enviarse a BMS dentro de un plazo de 90 días desde la fecha de finalización de la actividad especificada en la Solicitud. El Receptor reconoce y acepta que todos los fondos no utilizados deberán ser devueltos a BMS. A los efectos del presente acuerdo "Fondos no utilizados" significa la diferencia entre los costes reales incurridos del presupuesto final enviado a BMS como parte de la Liquidación y los costes estimados para la actividad que figuran en la Solicitud tal y como fue aprobada por BMS. BMS podrá, con carácter discrecional, extender el período de liquidación notificándolo por escrito. En todo caso, todos los fondos que no se hayan destinado a la actividad deberán devolverse a BMS en el plazo de 90 días desde la finalización de dicha actividad.
e. Si los Fondos se han utilizado o están siendo utilizados para colaborar en un Congreso soportado por varios patrocinadores y esta información se incluía en la Solicitud, los Fondos no utilizados podrían ser usados para financiar actividades relativas a la misión general del Receptor, siempre y cuando la aprobación de la Solicitud por BMS lo permita y el Receptor sea una organización sin ánimo de lucro.
4. Miscelánea
a. Contenido. Si la actividad llevada a cabo por BMS al amparo de este acuerdo consiste en la financiación de un programa o un material, el Receptor deberá mantener el control en todo momento sobre el contenido, la calidad, la integridad científica de la actividad y los materiales, así como respecto de la selección de ponentes, moderadores, autores, editores, patrocinadores invitados y otros profesores que participen en la actividad o el material. Por su parte, BMS, en la medida en que la legislación local lo permita, no participará ni tendrá ningún control (directo o indirecto) a los efectos previstos en esta sección.
b. Independencia del Receptor. Todas las actividades objeto del presente acuerdo deberá llevarlas a cabo el Receptor de manera independiente. Nada de lo dispuesto en el presente acuerdo implicará una relación de asociación, agencia o empresa conjunta entre BMS y el Receptor o entre éstos y su personal respectivo.
c. Reconocimiento. En contraprestación por la financiación recibida por BMS para la actividad prevista en el presente acuerdo, el Receptor se compromete a divulgar dicha financiación en la forma acordada con BMS. Cualquier otro uso del nombre, marcas, logotipo o nombres de productos de BMS deberá aprobarse previamente por escrito.
d. Requisitos de EFPIA. El receptor comprende y reconoce que BMS es un miembro corporativo de EFPIA(European Federation of Pharmaceutical Industries and Association). Por lo tanto, si la actividad descrita en la Solicitud se rige por la iniciativa e4ethics de EFPIA y el Sistema de Verificación de Conferencia (en conjunto, "EFPIA"), y la actividad descrita en la Solicitud no es aprobada por EFPIA, el Receptor deberá devolver los Fondos a BMS
.
e. Transparencia.
i. El Receptor reconoce que BMS está sujeto a las leyes, reglamentos y códigos de la industria farmacéutica aplicables con relación a la recogida y reporte sobre los pagos o transferencias de valor efectuados a ciertos profesionales e instituciones sanitarias y hospitales ("obligaciones de transparencia"); especialmente, las obligaciones de transparencia establecidas en el Código de Farmaindustria. BMS podrá revelar y/o difundir públicamente en foros y medios apropiados (incluyendo páginas web) los términos del presente acuerdo, las actividades relativas al programa y los honorarios y gastos asociados al mismo para cumplir con las obligaciones de transparencia de conformidad con la legislación y códigos de industria aplicables.
ii. El Receptor cooperará con BMS para dar cumplimiento a las obligaciones de transparencia derivadas del presente acuerdo, debiendo proporcionar a BMS sin demora toda la información que BMS razonablemente le solicite.
iii. A los efectos de lo previsto en esta sección, el Receptor consiente expresamente la divulgación de toda la información que BMS deba divulgar a los efectos de cumplir con las obligaciones de transparencia derivadas del presente acuerdo.
f. Normas anti-soborno.
i. Las actividades previstas en este acuerdo no podrán estar ligadas, ni dar la apariencia de estar ligadas a la compra, recomendación o descuentos en precios, pasados, presentes o futuros, respecto de ningún producto de BMS o medicamento en investigación, o cualquier otra ventaja económica o transacción.
ii. El Receptor no ha llevado a cabo ni llevará a cabo ninguna acción ni ofrecerá ningún pago o promesa de pago que incumpla, o que pueda causar que BMS o cualquiera de sus filiales incumpla la legislación aplicable incluyendo las
prohibiciones contra el soborno o pagos a funcionarios públicos para obtener ventajas comerciales de manera fraudulenta.
g. Grupos de presión. El Receptor no hará uso de los Fondos para (a) tratar de influenciar al legislador (entendiéndose en sentido amplio según la definición conferida por la legislación aplicable), (b) llevar a cabo actividades relacionadas con grupos de presión o lobbies para apoyar o rechazar cualquier legislación, (c) apoyar u oponerse a cualquier candidato a un cargo público, (d) organizar o influir de cualquier modo en las referencias comerciales o para recomendar el uso o la compra de cualquiera de los productos de BMS.
h. Legislación vigente. Este acuerdo se regirá e interpretará de conformidad con la legislación española. El Receptor se compromete a utilizar los Fondos previstos en el acuerdo de conformidad con la legislación aplicable a este acuerdo y códigos de la industria aplicables.
i. Entrada en vigor. Este acuerdo entrará en vigor en el momento en que BMS reciba una copia firmada con los requisitos y conforme al procedimiento descrito en el acuerdo.
j. Ejecución. El presente acuerdo podrá ser otorgado en diversas copias, cada una de las cuales, una vez formalizadas, se considerarán documento original del presente acuerdo, y en conjunto, constituirán un único instrumento. La firma original escaneada tendrá la consideración de firma original a los efectos de este acuerdo.
k. Nulidad. Si alguna de las disposiciones de este acuerdo se declarara nula o sin efecto, ello no afectará a la validez del resto del acuerdo, el cual conservará su eficacia y validez.
l. Modificaciones. Cualquier modificación del presente acuerdo deberá realizarse por muto acuerdo de las partes por escrito.
m. Totalidad del acuerdo. Este acuerdo incluyendo la Solicitud constituye la totalidad del acuerdo entre las partes con relación al objeto aquí previsto y sustituye todos los acuerdos previos verbales y escritos existentes.
5. Protección de datos personales
En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento (2016/679/UE) de Protección de Datos y demás normativa vigente que resulta de aplicación, BMS informa a los intervinientes de que los datos personales que figuran en el presente Acuerdo y los que se deriven de la ejecución del mismo, serán tratados por Bristol-Xxxxx Squibb, S.A.U., en calidad de responsable del tratamiento, que podrá ser contactado utilizando la información que se indican a continuación.
Esta información será tratada con las finalidades relacionadas con la administración, gestión y ejecución del Acuerdo suscrito y para mantener un adecuado archivo y control por parte de BMS. En consecuencia, la base jurídica para el tratamiento de los datos es la correcta ejecución del Acuerdo firmado entre las partes. Es necesario facilitar dichos datos pues en caso contrario no sería posible gestionar la relación.
BMS podrá compartir estos datos personales con otras filiales de BMS o con proveedores de servicios contratados por BMS para las finalidades anteriormente descritas, que podrán tener su sede social en la Unión Europea o en países terceros. BMS velará por la adecuada protección y
legítima transferencia de datos entre las empresas de su grupo y proveedores de acuerdo con el Reglamento. También podrá ceder aquellos datos que sean necesarios por requerimiento legal.
Conservaremos su información personal durante el tiempo que sea razonablemente necesario para las finalidades descritas, y siempre de conformidad con la legislación aplicable. Sobre dichos datos, los interesados podrán ejercitar los derechos de acceso, portabilidad, rectificación, limitación, supresión y oposición dirigiendo su solicitud mediante email a
No obstante, cuando dicha solicitud de supresión de datos coloque a BMS o a sus filiales en situación de incumplimiento de sus obligaciones, BMS tendrá derecho a no realizar dicha supresión. Asimismo, los interesados tienen derecho a reclamar ante la Autoridad de Control Agencia Española de Protección de Dato
LEÍDO Y CONFORME:
Nombre de organización: Fundación Pública Andaluza para la Gestión de Investigación en Saludo xx Xxxxxxx (FISEVI)
_ _ Firma del Representan
_ _ Nombre (en letra impr
_ _ Título
_ _ Fecha