COMUNA11
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
COMUNA11
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
OBRA:
SANTA XXXX ETAPA II
ÍNDICE
GENERALIDADES
Objeto de la Contratación y Trabajos Realizados
2.1.1.1 Terminología
2.1.1.2 Consultas y Aclaraciones
Plazo de Ejecución
Presupuesto Oficial
Forma de Contratación
Anticipo Financiero
Visita al lugar de la obra y su constancia
Retiro de Pliegos de Bases y Condiciones
Formalidades de la Presentación
2.2 PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
2.2.1 Requisitos de los Oferentes
2.2.2 Ejecución de Obras por empresas asociadas
2.2.3 Documentos que integran la oferta
2.2.3.1 Documentación a presentar por Personas Físicas
2.2.3.2 Documentación Inexcusable
2.3. ESTUDIO DE LAS OFERTAS - PREADJUDICACIÓN
2.3.1 Presentación de las Propuestas
2.3.2. Error en el monto de la garantía
2.3.3 Lugar de presentación de las ofertas
2.3.4 Lugar de apertura de sobres
2.3.5. Rechazo de Ofertas
2.3.6 Defectos de forma
2.3.7 Anuncio de la Pre-adjudicación
2.3.8 Impugnaciones.
2.4. ADJUDICACIÓN
2.4.1 Garantía de Adjudicación
2.5 CONTRATO Y CONTRATA
2.5.1 Firma de la Contrata
2.5.2 Documentos integrantes del Contrato
2.6 ORGANIZACIÓN DE LA OBRA
2.6.1 Orden de Comienzo
2.6.2 Replanteo de las obras
2.6.3 Inasistencia del Contratista o Responsable Técnico en Obra
2.6.4 Inspección
2.6.5 Bonificación de horas extras cumplidas por el personal de inspección.
2.6.6. Horario de trabajo
2.6.7. Pago de los importes correspondientes a horas extras del personal de inspección
2.6.8 Telefonía al personal de inspección.
2.6.9 Seguridad y señalamiento
2.6.10 Conexiones, Desconexiones y Traslados
2.7 PERSONAL
2.7.1 Salarios
2.8. MATERIALES Y TRABAJO
2.8.1 Calidad de los materiales y trabajo
2.9 DESARROLLO DE LAS OBRAS
2.9.1 Ritmo de inversión
2.9.2 Recaudos para los trabajos
2.9.3 Perjuicio por incendio
2.9.4 Seguros
2.9.5 Indemnización
2.9.5.1 Indemnización por caso fortuito o fuerza mayor
2.9.6 Libro de Órdenes de Servicio
2.9.7 Libro de Notas de Pedido
2.9.8. Partes Diarios
2.9.9 Bibliorato de certificados
2.9.10 Plazo de garantía
2.10. SANCIONES
2.10.1 Tipo de sanciones
2.10.2 Forma de Aplicación
2.10.3 Aplicación de Sanciones
2.10.4 Multas
2.10.5 Rescisión del contrato
2.11 CERTIFICACIÓN, PAGOS Y GARANTÍAS
2.11.1 Medición de las obras
2.11.2 Certificación
2.11.3 Aprobación de los certificados
2.11.4 Retenciones sobre los certificados
2.11.5. Fondo de reparos
2.11.6 Sustitución del Fondo de Garantía y Reparo
2.11.7 Pago de los certificados de obra
2.11.8 Demora en los pagos
2.11.9 Retenciones sobre los pagos
2.11.10 Comisiones bancarias para el pago de certificados
2.11.11 Gastos y Derechos
2.12 MODIFICACIONES DE OBRA
2.13 APROBACIÓN Y RECEPCIÓN DE LA OBRA
2.13.1 Acta de Recepción Provisoria – Planos Conforme a Obra
2.13.2 Plazo de Garantía
2.13.3 Fiscalización durante el período de garantía
2.13.4 Recepción Definitiva de la Obra
2.13.5 Liquidación final y devolución de la garantía de adjudicación
2.14 VARIOS
2.14.1 Tribunales competentes
2.14.2 Índices financieros
2.14.3 Dos últimos Balances
2.14.4 Facultad del Contratante
2.15. CERTIFICADOS A PRESENTAR POR LOS OFERENTES
2.15.1 Certificado de capacidad de contratación anual para licitación con fórmula.
2.15.2 Certificado fiscal para contratar de la AFIP
2.15.3 Certificado del Registro de Deudores/as Alimentarios/as morosos/as.
2.16. Redeterminación de Precios
2.16.1 Estructura de ponderación.
ANEXOS
Anexo I Carta de presentación de la propuesta
Anexo II Aspectos Legales
Anexo III Modelo de Contrata
Anexo IV Planilla de Cotización
Anexo V Análisis de Precios
Anexo VI Indices para Redeterminación de Precios
Anexo VII Coeficiente de Pase
Anexo VIII Seguridad e Higiene
Anexo IX Impacto Ambiental
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
2.1 GENERALIDADES
El presente Pliego de Condiciones Particulares tiene por objeto completar y aclarar las estipulaciones xxx Xxxxxx de Condiciones Generales, para las obras mayores, aprobado por el Decreto Nº 1.254/GCABA/08, pertenecientes al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en un todo de acuerdo a los planos y pliegos del proyecto.
2.1.1 OBJETO DE LA CONTRATACIÓN Y TRABAJOS REALIZADOS
Sujeto a las estipulaciones del presente Pliego, la Comuna 11 sita Avenida Xxxxxxxxx Xxxxx 4680 C.A.B.A , llama a licitación pública para la obra “ SANTA XXXX ETAPA II” que tiene como objetivo principal la construcción de nuevas veredas y revalorizar el espacio público como ámbito de interacción, mejorar las condiciones de habitabilidad y seguridad de las vía pública y aportar nueva vegetación.
2.1.1.1 TERMINOLOGÍA
En el presente pliego y en la documentación de los contratos que se celebren, se emplean, con el significado que aquí se indica en los siguientes términos:
COMUNA: Comuna 11 […..] Comitente.
Adjudicación: Es el acto administrativo por el cual se acepta la oferta más conveniente.
Circular con consulta: Respuestas de la COMUNA todo pedido de aclaración.
Circular sin consulta: Aclaraciones de oficio que la COMUNA pueda formular en el marco de esta licitación.
Contrato: Instrumento por el cual se formaliza el objeto de la presente licitación, una vez adjudicada la Oferta más conveniente y aprobada dicha adjudicación, y que rige las relaciones entre la COMUNA y el Adjudicatario, cuyas condiciones se estipulan en todos los documentos técnicos y legales.
Documentación: La totalidad de los elementos del contrato, detallados en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas.
Garantía de Adjudicación: Constituye el depósito o seguro de caución obligatorio que asegura el cumplimiento fiel del contrato en cabeza del adjudicatario (numeral 1.4.4. xxx Xxxxxx de Condiciones Generales).
Garantía de la Oferta: Constituye el depósito o seguro de caución obligatorio (numeral 1.3.6. xxx Xxxxxx de Condiciones Generales), para el mantenimiento de la oferta de la presente licitación.
GCABA: Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
PCP: El presente Pliego de Condiciones Particulares, complemento xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, que tiene por objeto especificar las condiciones de la contratación, las obligaciones de las partes, el procedimiento de la Licitación Pública, así como también el trámite de perfeccionamiento de la Adjudicación y del Contrato.
PET: El Pliego de Especificaciones Técnicas s el documento donde se establecen las condiciones de carácter técnico de la Licitación Pública.
Adquirente: El que retira el Pliego.
Oferente: Persona Física o Jurídica que presenta una oferta ante el llamado licitatorio.
Oferta: Es la propuesta realizada por los oferentes que desean participar del presente procedimiento licitatorio y acompañan toda la documentación y demás información incorporada en la presentación.
Representante Técnico (Profesional Responsable): Persona física que ejercerá la representación técnica del Oferente / Contratista durante la ejecución del contrato objeto de la presente licitación, de conformidad con las atribuciones y obligaciones establecidas en el presente Pliego y las propias de su incumbencia profesional. Es el responsable técnico del cumplimiento de todos y cada uno de los términos que se establezcan en el presente pliego.
Responsable en obra: Persona física responsable de supervisar las obras objeto de la presente licitación durante todo el proceso y etapas de la misma. Debe estar presente en forma permanente en el lugar donde se realizan las obras y tareas contratadas.
Todo otro término empleado en la documentación y no mencionado en este artículo tiene el significado dado por el uso y la costumbre.
2.1.1.2. CONSULTAS Y ACLARACIONES
El artículo 1.1.5 del P.C.G. queda complementado de esta manera:
Las consultas relacionadas con el procedimiento de contratación y de los Pliegos de Bases y Condiciones, se presentarán por escrito en la COMUNA, sita en Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx 0000 C.A.B.A hasta cuatro (4) días hábiles administrativos previos a contar desde la fecha de apertura de las ofertas. La aclaración que la COMUNA emita a tal efecto deberá ser remitida dentro de los dos (2) días hábiles administrativos antes de la fecha de apertura de las ofertas.
La COMUNA podrá formular aclaraciones de oficio hasta dos (2) días hábiles anteriores a la fecha de apertura de ofertas.
Los Oferentes deberán constatar en la sede de la COMUNA, hasta los dos (2) días antes del Acto de Apertura, todas las Circulares que se hubiesen emitido, sin que puedan excusarse de su aplicación y vigencia.
SE DEJA CONSTANCIA QUE DEBERÁ CONSULTARSE PERIÓDICAMENTE LA PÁGINA DE INTERNET DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx – Hacienda – Compras y Contrataciones – Licitaciones y Compras – Consulta de Compras y Contrataciones) A LOS EFECTOS DE CONSTATAR LA EMISIÓN DE CIRCULARES.
En consecuencia, los oferentes no podrán alegar ninguna causa basada en el desconocimiento del contenido de dichas Circulares.
2.1.2. PLAZO DE EJECUCIÓN
Para la ejecución de los trabajos contratados, se fija un plazo total de CIENTO VEINTE DIAS ( 120) días corridos, contados a partir de la fecha de comienzo de trabajos fijados en la Orden de inicio.
Se llama la atención que deben preverse como normales los días de lluvia comprendidos en la media mensual y no se reconocerán prórrogas por este concepto.
Si por cualquier circunstancia se demoraran los trabajos, el Contratista arbitrará los medios para recuperar tiempos y cumplir los plazos contractuales.
2.1.3. PRESUPUESTO OFICIAL
El presupuesto oficial de la obra asciende a la suma de PESOS SEIS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MIL SESENTA Y OCHO CON 70/100 ($ 6.432.068,70) con anticipo financiero del 30%.
2.1.4. FORMA DE CONTRATACIÓN
La contratación de los trabajos se hará por el sistema de ajuste alzado y a todos sus efectos se define la obra como de Arquitectura o en la especialidad afín de los trabajos que se licitan.
2.1.5. ANTICIPO FINANCIERO
El contratista podrá solicitar un treinta por ciento (30 %) del monto del contrato en concepto de anticipo financiero, debiendo formalizar dicha solicitud dentro de los diez (10) días corridos del comienzo de la obra.
Dicho anticipo es a los fines de facilitar el desarrollo financiero de la obra posibilitando de esa manera una mayor participación de oferentes.
Los montos abonados en concepto de anticipo financiero no estarán sujetos al régimen de redeterminación a partir de la fecha de su efectivo pago (conf. artículo 3° del Anexo I, Decreto N° 127/GCABA/14).
El contratista deberá presentar el Certificado de anticipo financiero, que se tramitará como sus similares de obra, conforme numeral 2.11. “Certificación, Pagos y Garantías” del presente Pliego.
El contratista deberá ofrecer y presentar a entera satisfacción de la Comitente una garantía equivalente a la totalidad del monto que reciba como anticipo, la que podrá afianzarse mediante alguna de las siguientes formas:
a. Fianza otorgada por una institución bancaria o por entidad autorizada por el Banco Central de la República Argentina la que, endosada a favor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, será aceptada por su valor escrito y será pagadera incondicionalmente al primer requerimiento por escrito. La fianza no contendrá reservas, limitaciones, restricciones o salvedades y será emitida en carácter de fiador liso y llano y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión, con arreglo a los artículos 1584 y 1590 del Código Civil y Comercial de la Nación. Las firmas de los representantes de la entidad emisora actuantes, deberán hallarse certificadas y legalizadas por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).
b. Seguro de caución cuya póliza deberá estar endosada a favor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, otorgado por una Compañía de Seguros de reconocida solvencia en los términos autorizados por las normas vigentes, emitida en carácter de fiador liso y llano y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión, con arreglo a los artículos 1584 y 1590 del Código Civil y Comercial de la Nación. Las firmas de los representantes de la entidad aseguradora actuantes, deberán hallarse certificadas y legalizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación Argentina.
Se fija un plazo de tres (3) días hábiles administrativos a partir del día siguiente de la presentación del Certificado de adelanto a efectos de que la Comitente proceda a conformar el certificado.
El pago de este certificado se efectuará como máximo dentro de los quince (15) días hábiles administrativos desde la conformidad presentada por la Comitente.
De cada Certificado de Obra se descontará una suma que resulta de afectar al monto anticipado por el porcentaje de avance correspondiente a ese mes, de acuerdo a la Curva de Inversiones aprobada por la Inspección de Obra.
2.1.6. VISITA AL LUGAR DE LA OBRA Y SU CONSTANCIA
Los interesados deberán visitar y conocer perfectamente el lugar donde se hallan las instalaciones a intervenir, con el fin de constatar las condiciones de las mismas y las tareas a ejecutar. Asimismo, el oferente deberá presentar, junto con la oferta, la respectiva constancia de visita a obra extendida por la COMUNA al momento de efectuar la misma. Dicha constancia se extenderá en el lugar donde se realizarán los trabajos, en la fecha prevista para la visita a obra en la publicación del llamado a licitación.
2.1.7. RETIRO DE PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES
Los Pliegos de Bases y Condiciones y demás documentación técnica licitatoria que rige la presente licitación podrán retirarse en forma gratuita, en la COMUNA, sita en Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx 0000 Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, de Lunes a Viernes de 10.30 HORAS a 15 horas.
2.1.8 FORMALIDADES DE LA PRESENTACION
Sin perjuicio de los requisitos exigidos en el punto 1.3.4 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, con la modalidad de selección de sobre único, las propuestas deberán ser firmadas y selladas en cada una de sus hojas por el oferente. La firma deberá encontrarse aclarada indicando el carácter del firmante. La foliatura deberá constar en el extremo inferior derecho y será independiente para cada uno de los ejemplares.
El oferente deberá formular su propuesta indicando precios unitarios y globales cuando corresponda, con los cuales propone realizar cada uno de todos los ítems de las obras.
Las ofertas deberán ser en pesos ($) moneda de curso legal en la República Argentina, incluyendo el iva sin discriminar dado que el GCBA reviste la calidad de exento.
Cuando exista discordancia en la consignación de un mismo precio siempre se dará prioridad al precio escrito en letras.
Los Oferentes deberán presentar el análisis de precios de todos los ítems que integran la planilla de cómputo y presupuesto. El Gobierno podrá requerir análisis de precios adicionales si así lo juzgase necesario.
Si se consignasen precios que permitan suponer error evidente, la COMUNA Nº11 requerirá su aclaración, reservándose el derecho de desechar la oferta a su solo juicio, si dicho precio no fuese ratificado con fundamentación satisfactoria.
La planilla de cómputo y presupuesto está dividida en ítems, quedando entendido que esa división está hecha con el objeto de facilitar la medición de los trabajos y su posterior pago.
El oferente deberá considerar al conjunto de los ítems indicados en las planillas de cómputo y presupuesto como representativo de la totalidad de los trabajos objeto del contrato, por lo que al estudiar sus precios deberá incluir en los mismos no sólo la incidencia directa de los gastos que represente la ejecución del ítem, sino también la incidencia de los costos de aquellos trabajos y servicios exigidos en la documentación y que no estén específicamente detallados como ítem en las planillas de cómputo y presupuesto.
A título de ejemplo y sin que esta enumeración sea taxativa, se advierte que no se considerará mayor cantidad de obra adicional a la reubicación o extensión de servicios públicos para ejecutar las correspondientes conexiones, modificaciones y/o cambios en el recorrido de las cañerías, etc.
2.2. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
REQUISITOS DE LOS OFERENTES
Podrán presentarse todas aquellas empresas que acrediten ser especialistas en este tipo de obras. El objetivo principal de la presente licitación es la construcción de nuevas veredas y revalorizar el espacio público como ámbito de interacción, mejorar las condiciones de habitabilidad y seguridad de la vía pública y aportar nueva vegetación.
EJECUCIÓN DE OBRAS POR EMPRESAS ASOCIADAS
En el caso de que dos o más sociedades comerciales se presenten asociadas a la Licitación deberán hacerlo en forma conjunta, mancomunada y solidaria, dando cumplimiento a los requisitos exigidos para las Uniones Transitorias en los artículos 1463 a 1469 del Código Civil y Comercial de la Nación.
Una vez presentadas a la Licitación, las Uniones Transitorias no podrán modificar su integración, es decir cambiar las empresas que la componen ni aumentar o disminuir su número, ante ninguna situación relacionada con la Licitación y en caso de ser contratadas no podrán hacerlo hasta el cumplimiento total de las obligaciones emergentes del mismo, salvo que durante la ejecución del contrato lo autorice previamente el organismo comitente de la obra.
El representante legal de las Sociedades y de la UT, deberá acompañar constancia de estar facultado para contratar en su nombre.
Las empresas asociadas deberán cumplir los siguientes requisitos:
Constituir domicilio legal en la Ciudad de Buenos Aires.
La UT deberá tener por estatuto una duración superior al tiempo que demande la obra, incluido el plazo de garantía, y que los trabajos a realizar se encuentren comprendidos dentro de su giro comercial.
2.2.3. DOCUMENTOS QUE DEBEN INTEGRAR LA OFERTA
1) Carta de presentación según modelo de carta de presentación de la propuesta del Xxxxx X.
2) Garantía de Oferta según numeral 1.3.6 del PCG
3) Pliego de Bases y Condiciones Generales, de Condiciones Particulares, de Especificaciones Técnicas, documentación gráfica, Planos, Formularios, Anexos y Circulares con y sin consulta que se hubieran efectuado, firmados en todos sus folios por los Representantes: 1) Legal y; 2) Técnico.
Dicha documentación deberá integrar el “original”
4) Documentación requerida en el Anexo II según corresponda
5) Certificado contable de los pagos de los últimos doce (12) meses de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos, Valor Agregado, Ganancias y Aportes Previsionales, con la firma del Contador Público autenticada por el Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. Además en la respectiva certificación deberá constar el siguiente detalle: período, base imponible, monto pagado, fecha y lugar de pago.
6) Constancia de inscripción en la AFIP.
7) Certificado Fiscal para Contratar emitido por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) o fotocopia autenticada por Escribano Público. Así también se podrá presentar la constancia de solicitud de dicho certificado pero este mismo deberá ser presentado al momento de la eventual adjudicación de la Oferta. En todos los casos el respectivo certificado fiscal deberá estar vigente al momento de la adjudicación.
8) Presentación de los dos (2) últimos estados contables, de acuerdo con el numeral 2.14.3 del PCP.
9) Índices financieros, según numeral 2.14.2 del PCP
10) Certificado de contratación anual para Licitación, según numeral 2.15.1 de este P.C.P. La documentación solicitada deberá estar certificada por Escribano Público.
11) Listado de todas las obras realizadas en los últimos cinco años. El oferente podrá incluir obras ejecutadas en carácter de Subcontratista. En tal caso deberá demostrar tal condición de manera fehaciente.
12) Listado de obras similares a la licitada, realizadas en los últimos cinco (5) años. El oferente podrá incluir obras ejecutadas en carácter de Subcontratista. En tal caso deberá demostrar tal condición de manera fehaciente.
13) Declaración jurada de obras en ejecución o a ejecutar en los próximos 24 meses. El oferente podrá incluir obras ejecutadas en carácter de Subcontratista. En tal caso deberá demostrar tal condición de manera fehaciente.
14) Nómina del personal de la empresa indicando las responsabilidades de cada uno.
15) Equipamiento y maquinaria a afectar a la obra.
16) Nombre y apellido, título profesional, matricula y amplios antecedentes del Representante Técnico que se propone, con la conformidad escrita y firmada por el mismo.
17) Plan de Trabajo y Curva de Inversión. Planilla de presentación según listado de tareas. El no cumplimiento del presente punto implicará la desestimación de la oferta.
18) Planilla de cotización según listado de tareas de acuerdo a la planilla detallada en el Anexo IV, Los oferentes deberán cotizar la totalidad de los ítems solicitados. El no cumplimiento del presente punto implicará la desestimación de la oferta.
19) Análisis de precios de los ítems que conforman la Planilla de Cotización, con sus precios actualizados al momento de la oferta. De ella debe surgir el detalle de los costos directos e indirectos que la componen, la incidencia impositiva y la utilidad prevista.
También se deberá indicar el índice/precio asociado a cada uno de los conceptos que componen la estructura real de costos.
Los índices/precios de referencia a utilizar serán los informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, la Dirección General de Estadística y Censos dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del GCABA o el Organismo que la reemplace, o por otros organismos especializados, aprobados por el comitente.
Estos precios o índices de referencia, aprobados por el comitente al momento de la adjudicación, serán los considerados en caso de aplicación del régimen de redeterminación de precios del contrato.
La estructura presupuestaria y la metodología de análisis de precios deberán adecuarse a las siguientes pautas:
El presupuesto desagregado por ítem, indicando volúmenes o cantidades respectivas y precios unitarios, o su incidencia en el precio total, cuando corresponda.
Los análisis de precios de cada uno de los ítems, desagregados en todos sus componentes, incluidos cargas sociales y tributarias.
Los precios de referencia asociados a cada insumo incluido en los análisis de precios, de conformidad con lo establecido en el artículo 5º de la Ley 2809 (Texto consolidado por Ley Nº5666)
El presupuesto desagregado por ítem y los análisis de precios o estructuras de costos de cada uno de los ítems en soporte magnético, en formato EXCEL.
El oferente deberá considerar el conjunto de los ítems indicados en la planilla de cómputo y presupuesto como representativo de la totalidad de los trabajos objeto del contrato, por lo que al estudiar sus precios deberá incluir en los mismos no sólo la incidencia directa de los gastos que represente la ejecución del ítem, sino también la incidencia de los costos de aquellos trabajos y servicios exigidos en la documentación y que no estén específicamente detallados como ítem en la planilla de cómputo y presupuesto.
20) Archivo digital que contenga el presupuesto Ofertado, con sus correspondientes análisis de precios, la curva de inversiones y el plan de trabajos que se han presentado en la Oferta.
21) Declaración jurada, manifestando que el oferente no se encuentra incurso en ninguna de las inhabilidades previstas en la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires (Ley N° 2095, texto consolidado por la Ley Nº 5.666).
22) Certificado del registro de deudores/as alimentarios morosos/as, según inciso 17) del numeral 1.3.5 del PCG.
23) Declaración jurada de mantenimiento de oferta por el plazo de noventa (90) días a partir de la fecha de apertura de las Ofertas. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima de quince (15) días anteriores al vencimiento del plazo original, aquella se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial.
24) Documentación que acredite la representación legal invocada y documentación constitutiva de la sociedad comercial, debidamente legalizada por Escribano Público.
25) Declaración Jurada de aceptación de jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.
26) Documentación para el análisis de la capacidad de financiación de acuerdo con lo normado en el inciso 3 del numeral 2.14.2 del PCP.
27) Nómina actualizada –con una antigüedad menor de dos (2) meses del mes de apertura de las ofertas– de referencias bancarias, financieras y comerciales con la que opera habitualmente, donde deberá indicar como mínimo cinco (5) referencias dando: Nombre, dirección y teléfono, y por lo menos deberá presentar entre las cinco (5), una (1) de cada tipo de entidad.
28) Constancia de inscripción en el RIUPP o constancia de haber iniciado el trámite de inscripción al momento de apertura de las Ofertas. Es condición para la preadjudicación que el Oferente se encuentre inscripto en dicho registro.
2.2.3.1 Documentación a presentar por Personas Físicas
De acuerdo y en forma complementaria a lo estipulado en el numeral 1.3.5 del PCG, las personas físicas deberán presentar la documentación detallada en el numeral 2.2.3 a excepción de lo establecido en los incisos 4, 5 y 6.-
Por otra parte, las personas físicas deberán presentar en forma complementaria:
Constancia original o fotocopia autenticada por Escribano Público de Inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), de Ingresos Brutos y Sistema Previsional.
Comprobante original o fotocopia autenticada por Escribano Público de las tres (3) últimas declaraciones juradas correspondientes a Ingresos Xxxxxx, Ganancias, Impuesto al Valor Agregado (IVA)
Referencias Bancarias: se debe indicar la nómina de bancos con que opera, indicando sucursales, tipo y número de cuenta, saldo al cierre del último mes y al treinta y uno (31) de diciembre de cada uno de los últimos tres (3) años
2.2.3.2 Documentación Inexcusable
La falta de presentación de la documentación conforme al numeral 2.2.3 incisos 2, 16, 17, 18 y 19 serán inexcusables, siendo su falta causal de desestimación de la Oferta.
La Comisión de Evaluación de Ofertas podrá solicitar la documentación faltante, en tanto su integración, con posterioridad al Acto de Apertura de Ofertas, no afecte el Principio de Igualdad entre los Oferentes.
ESTUDIO DE LAS OFERTAS – PREADJUDICACIÓN
Abiertos los sobres presentados, la COMUNA procederá a su estudio y podrá requerir de los oferentes cualquier información complementaria que considere necesaria y que no implique una modificación de la oferta, y posteriormente emitirá un Acta de Preadjudicación.
2.3.1. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
El Oferente deberá cotizar la totalidad de los trabajos, siendo la omisión de cualquiera de ellos causa fundada de eliminación de la Oferta.
Con las cantidades indicadas en la planilla de cotización y los precios unitarios calculados por el Oferente, éste confeccionará su planilla de cotización.
De esta forma la oferta que, a criterio de la COMUNA, resulte más conveniente por precio, calidad y antecedentes será adjudicada por los ítems requeridos.
Sin perjuicio de los requisitos exigidos en el punto 1.3.4 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, las propuestas deberán ser presentadas en original, una (1) copia impresa y soporte digital en idioma castellano, firmada y sellada en cada una de sus hojas por el Oferente y el Representante Técnico. La firma deberá encontrarse aclarada indicando el carácter del firmante, debiendo presentar la documentación que avale el carácter invocado. La foliatura deberá constar en el extremo inferior derecho y será independiente para cada uno de los ejemplares.
2.3.2. ERROR EN EL MONTO DE LA GARANTÍA
No serán rechazadas las ofertas cuando, por error, la garantía fuera de un importe inferior a la que corresponda, no superando el error un 20% (veinte por ciento) del importe correcto.
El error en la garantía igual o inferior al 20% (veinte por ciento) del importe correcto deberá ser subsanado por el oferente dentro de las 48 hs., bajo apercibimiento de considerar que existe desistimiento de la oferta.
2.3.3. LUGAR DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán ser presentadas en la COMUNA, sita en Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, hasta el día y hora fijado para la celebración del acto de apertura de ofertas.
2.3.4. LUGAR DE APERTURA DE SOBRES
El acto de apertura de ofertas se llevará a cabo en la COMUNA, sita en Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx 0000 X.X.X.X xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, en el día y hora fijados, a tal efecto, por la autoridad competente.
2.3.5. RECHAZO DE OFERTAS
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires podrá rechazar todas las ofertas o aceptar variantes previstas en el Pliego de Condiciones Particulares, sin que ello dé derecho a reclamo por parte de los oferentes.
Será objeto de desestimación las ofertas que no estén firmadas por el oferente, que estén escritas con lápiz; que carecieran de la garantía exigida; que tengan raspaduras o enmiendas en sus partes fundamentales: “precio”, “cantidades”, o alguna otra que haga a la esencia del contrato y que no hayan sido debidamente salvada y que no hubieran presentado la documentación exigida en el numeral 2.2.3., salvo las omisiones que resulten subsanables (Cf. Art. 8 de la Ley Nº 2095, texto consolidado por Ley Nº 5666), aplicable conforme en el numeral 1.1.3 del PCG.
2.3.6. DEFECTOS DE FORMA
No serán desestimadas las ofertas que contengan defectos de forma o imperfecciones que no impidan su exacta comparación con las demás presentadas.
2.3.7. ANUNCIO DE LA PREADJUDICACIÓN
La preadjudicación será notificada a todos los oferentes en forma fehaciente y en la Cartelera del Organismo Licitante.
2.3.8. IMPUGNACIONES
Las impugnaciones al dictamen emitido por la Comisión Evaluadora, deberán ser presentadas en la COMUNA sita en Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx 0000 , Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx-, previa constitución del depósito en garantía. Junto con la presentación de la impugnación deberá presentar fotocopia de la boleta de depósito y exhibir el original extendido por la sucursal actuante, conforme lo previsto en el numeral 1.4.2 del PCG, según se establece en el Decreto Nº 1013/GCABA/08.
La autoridad competente resolverá las impugnaciones deducidas, previa intervención de la Procuración Xxxxxxx xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
ADJUDICACIÓN
La adjudicación se efectuará en la forma prevista en el numeral 1.4.3 del P.C.G., basándose en el análisis de la oferta más conveniente.
Si se diera el caso que, a juicio del Gobierno, dos (2) o más ofertas estuvieran en igualdad de precios, se les invitará, para una nueva fecha, a una mejora de los mismos, con recaudos análogos a los de los Pliegos de Bases y Condiciones y demás documentación emitida con motivo del llamado y, si la misma situación se mantuviera, la adjudicación se resolverá por sorteo en presencia de los interesados.
Si el adjudicatario no estuviere en condiciones de firmar el contrato en el plazo fijado se perderá la garantía de oferta, y el GCABA podrá proceder a la adjudicación de las obras al oferente que le sigue en el orden de conveniencia de las ofertas ajustadas a pliegos, o a efectuar un nuevo llamado.
Si el GCABA no firmara el contrato antes de los sesenta (60) días de notificada la adjudicación, por causas no imputables al adjudicatario, vencido el término éste podrá solicitar que la adjudicación quede sin efecto, en cuyo caso se le devolverá la garantía de oferta sin que ello importe el reconocimiento de indemnización alguna.
2.4.1. GARANTÍA DE ADJUDICACIÓN
Dentro de los cinco (5) días hábiles de notificado de la adjudicación, el adjudicatario deberá presentar la “Garantía de Adjudicación” de conformidad con lo establecido en el artículo 1.4.4 del PCG. Si el adjudicatario no integrara en el plazo debido la garantía de Adjudicación, el GCABA no podrá dejar sin efecto aquella, en cuyo caso el oferente perderá la Garantía de Oferta. Es facultad del GCABA proceder en esta forma o acordar, si mediaren razones atendibles, un plazo adicional para integrar la misma.
CONTRATO Y CONTRATA
2.5.1. FIRMA DE LA CONTRATA
Dentro de los dos (2) días hábiles de integrada la garantía de adjudicación, el adjudicatario deberá presentarse a firmar la Contrata y sus complementos. Si no lo hiciera, el GCABA podrá anular la adjudicación, en cuyo caso el adjudicatario perderá la garantía constituida. Anulada dicha adjudicación, el GCABA podrá adjudicar la obra al oferente que le siga en orden de mérito, conforme lo establecido en el numeral 1.5.1 del PCG.
El modelo de Contrata a firmar deberá ajustarse al indicado, en el ANEXO III del presente PCP.
2.5.2 DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO
Integrarán el Contrato, la Contrata y los siguientes documentos, los cuales se firmarán en tres (3) ejemplares de la correspondiente Contrata, uno para cada una de las partes, toda la documentación de licitación, las aclaraciones, las ofertas, detalle de los principales elementos de trabajo, y la resolución de adjudicación. Firmarán esos documentos un funcionario autorizado en representación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el Contratista y el Representante Técnico de la ejecución de la Obra. El Gobierno de la Ciudad entregará sin cargo al contratista una copia fiel de toda la documentación contractual para tenerla en obra.
2.6 ORGANIZACIÓN DE LA OBRA
2.6.1 ORDEN DE COMIENZO
La orden de comienzo de los trabajos se impartirá dentro de los cinco (5) días hábiles de la fecha de la firma del contrato.
Para tal fin se confeccionará un Acta de Comienzo, firmada por la Inspección de Obra y el Representante Técnico del Contratista.
Si a los diez (10) días de la fecha fijada el Contratista no hubiera iniciado realmente los trabajos el GCABA podrá rescindir el Contrato por culpa del Contratista, el que en dicho caso perderá la garantía de adjudicación y responderá por los daños y perjuicios consiguientes.
El contratista entregará el Plan de Trabajo y Curva de Inversión y la Planilla de Presentación según Listado de Xxxxxx al inicio de los Trabajos.
2.6.2 Replanteo de las obras
El Replanteo de los Trabajos será hecho en conjunto por la Inspección de Obra y el Contratista o su Responsable Técnico.
Una vez finalizado el mismo por las partes actuantes, se emitirán por escrito las tareas a realizar mediante el Libro de Ordenes de Servicios. La recepción de dichas tareas, por parte del Contratista, implicará el inicio de la obra y no podrán comenzarse los trabajos en ningún sector que no haya sido previamente replanteado.
Cualquier observación que deseare formular el Contratista relacionada con el replanteo, que pudiera dar lugar a reclamos, deberá emitirla a través del Libro de Comunicaciones, con forma de reserva, sin cuyo requisito no se considerará válido ningún reclamo.
Todo reclamo relacionado con las reservas efectuadas en las órdenes de servicio deberá ser presentado indefectiblemente dentro de los dos (2) días posteriores a la fecha emitida la misma, vencido dicho plazo el Contratista perderá los derechos respectivos y se considerará no efectuada la reserva.
2.6.3 INASISTENCIA DEL CONTRATISTA O RESPONSABLE TÉCNICO EN OBRA
Toda justificación de inasistencia del Contratista o del Responsable Técnico en Obra se hará por escrito ante la Inspección de Obra la que podrá aceptar o rechazar las causales, mediante su sentamiento en el Libro de órdenes de servicio. En su ausencia quedará siempre en Obra un técnico capacitado para reemplazarlo en las funciones que le competen, de su mismo nivel en forma de que no resienta la marcha de los trabajos. En ningún caso dicho sustituto podrá observar órdenes impartidas por la Inspección de Obra, todo lo cual será exclusivo del Contratista o de su Representante de Obra. Toda ausencia del Contratista o su Responsable Técnico en Obra que no obedezca a razones justificadas a juicio de la Inspección de Obra dará motivo a la aplicación de una multa igual al incumplimiento de una Orden de Servicio.
2.6.4 INSPECCIÓN
La Supervisión Técnica de los trabajos corresponde al GCABA., realizando la inspección y controles pertinentes a través del personal designado.
A los efectos de atender las observaciones de la Inspección de Obra, deberá hallarse permanentemente en obra el Representante Técnico del Contratista y/o Representante de Obra que la empresa elija, el cual deberá ser un técnico en la materia como Maestro Mayor de Obras, Ingeniero o Arquitecto.
La Inspección de Obra fiscalizará, además de la calidad de los materiales y de la mano de obra, la marcha de los trabajos y el cumplimiento de las demás obligaciones contractuales. Además, conjuntamente con el Contratista y/o profesional responsable efectuará las mediciones que servirán de base para la confección de los certificados de obra.
La Inspección tendrá libre acceso sin aviso previo a las plantas centrales y depósitos del Contratista.
El Contratista deberá garantizar al Comitente la provisión de movilidad, dentro de los DIEZ (10) días de firmada la Contrata y hasta la recepción provisoria de la obra. Dicha provisión permitirá facilitar la movilidad del personal afectado a la Inspección, para lo cual deberá proveer un (1) vehículo nuevo o con dos (2) años de antigüedad como máximo, con no más de 20.000 Km, capacidad para cuatro (4) personas, con un mil ochocientos (1.800) cm3 de cilindrada mínima, aire acondicionado y dirección hidráulica, ABS, doble airbag y apoyacabezas en la plaza trasera de serie, dando así cumplimiento al artículo 29 de la Ley Nacional N° 26.363.
Se deja establecido que todos los gastos de mantenimiento, estacionamiento, combustible, repuestos, seguros, patentes, etc. estarán a cargo exclusivo del contratista durante la ejecución de la obra y hasta su efectiva recepción provisoria por parte de la COMUNA.
Asimismo, el Contratista facilitará sin cargo, para oficina de inspección, un espacio físico de no menos doce (12.00) m2 de superficie cubierta, que cuente con dependencia sanitaria adecuada. Si la obra se lleva a cabo en la vía pública, se facilitará un tráiler móvil que funcionará como oficina de inspección. Se deberá proveer un bidón de agua potable fría/caliente.
Para la oficina se requerirá lo siguiente: -
Una (1) notebook o PC de escritorio, a decisión del Gobierno de la Ciudad, de marca reconocida, no genérica, como por ejemplo, Bangho, Lenovo, MAC o HP, a decisión del Gobierno de la Ciudad. Procesador Intel Corei7, 8 GB de RAM, y 1 Tera de disco rígido o superior.
- Una (1) impresora láser color, no doméstica tamaño de hoja A3 xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Xerox, Brother o similar, con los cartuchos para su reposición en cantidad de 3 juegos como mínimo. –
La entrega de lo requerido en el presente punto se efectuará al momento de la firma del Acta de Comienzo.
Una vez efectuada la recepción provisoria, se procederá a restituir al contratista de los bienes antes detallados para cumplir con el funcionamiento de la oficina de inspección.
La falta de cumplimiento de estas disposiciones aunque sea de forma parcial, dará lugar a la aplicación de una multa equivalente al incumplimiento de una Orden de Servicio (1.11.4 PCG y 2.10.4 PCP).
2.6.5 BONIFICACIÓN DE HORAS EXTRAS CUMPLIDAS POR EL PERSONAL DE INSPECCIÓN
Aceptado el horario de trabajo del Contratista, este deberá tener en cuenta que el establecido por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para su personal es de 9:00 a 20:00 horas, de lunes a viernes. En consecuencia la tarea que realice el personal del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, fuera de esos días y horarios, será considerada como “horas extras” y su pago estará a cargo del Contratista.
La retribución por horas en días hábiles, será sin bonificación alguna, excepto para el horario entre las 21:00 y 6:00 horas, que será del 100%, lo mismo para los días xxxxxxx, xxxxxxxx, feriados y no laborales.
2.6.6. HORARIO DE TRABAJO
Al librarse el Acta de Comienzo se dejará constancia en la misma el horario en que desarrollará sus tareas el Contratista y si deseare modificar dicho horario deberá solicitarlo por intermedio del Libro de Comunicaciones y exponiendo las razones y demás argumentos que crea conveniente.
El GGCABA podrá o no acceder a tal demanda sin necesidad de explicación alguna en cualquiera de los casos.
La ejecución de las obras no deberá obstruir o modificar el normal desarrollo del tránsito peatonal y vehicular. Por lo anteriormente expuesto el Contratista deberá considerar en su organización la ejecución de tareas incluyendo los fines de semana y los costos que representen esos días de trabajo deberán estar incluidos en su oferta, sin tener derecho a reclamo alguno, ni mayores costos para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
2.6.7 PAGO DE LOS IMPORTES CORRESPONDIENTES A HORAS EXTRAS DEL PERSONAL DE INSPECCIÓN
Los importes de las retribuciones o bonificaciones anteriormente previstas serán calculados mensualmente por la COMUNA 11, a los valores horarios establecidos por la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, para cada agente que desempeñe tareas de Inspección de Obras.
Los importes serán descontados del primer certificado a pagar. Los importes totales en ningún caso podrán superar el uno por ciento (1%) del monto total del certificado mensual.
TELEFONÍA AL PERSONAL DE INSPECCIÓN
El contratista deberá proveer a la Inspección de Obra un (1) equipo de telefonía Smartphone, marca Samsung, LG, Nokia o similar (a decisión del Gobierno de la Ciudad). Con cámara de fotos de 8 Mpixels o superior, con memoria interna igual o superior a 8Gb con un mínimo de 400 minutos libres por mes y plan de datos para internet ilimitado.
La entrega de lo requerido en el presente punto se efectuará al momento de la firma del Acta de Comienzo, el cual continuará en poder del inspector de la obra hasta la recepción definitiva de la misma.
La falta de cumplimiento de estas disposiciones aunque sea de forma parcial, dará lugar a la aplicación de una multa equivalente al incumplimiento de una Orden de Servicio.
2.6.9. SEGURIDAD Y SEÑALAMIENTO
En todas las obras que se realicen en la vía pública, se deberán adoptar las medidas de seguridad y señalamiento que prescribe la Ley Nacional N° 24.449, Ley Nacional de Tránsito, Título IV “La Vía Pública” Capítulo Único “Sistema Uniforme de Señalamiento” (arts. 22/27), y Anexo L de su Decreto Reglamentario N° 779/PEN/95.
Los operarios del Contratista deberán contar con todos los elementos de seguridad que las normas vigentes requieren, para estos tipos de trabajos.
Asimismo, deberá el Contratista tener en cuenta las normas de “Salud y Seguridad en la Construcción” contempladas en la Resolución N° 1069/91 MTSS y sus complementarias.
La zona de trabajo deberá quedar perfectamente delimitada y señalizada, debiéndose permitir el libre acceso a las propiedades frentistas, ya sea de peatones o rodados.
2.6.10. CONEXIONES, DESCONEXIONES Y TRASLADOS
Los trabajos incluyen las desconexiones, conexiones y rehabilitación de cualquier instalación provisoria o definitiva, solicitud de medidores eléctricos y de agua potable, los que deberán ser gestionadas por el Contratista, con la debida anticipación y corriendo por cuenta del mismo los gastos, trámites, derechos, etc., que éstos eventos demanden.
En caso de que los trabajos a realizar implicaran tareas de apertura y cierre de calzadas en la vía pública, el Contratista deberá cumplir con la Ley Nº 2.634 (Texto consolidado Ley Nº 5666) y su Decreto Reglamentario N° 238/GCABA/08.
No se procederá a efectuar la Recepción Provisoria de las obras, hasta tanto el Contratista no presente la aprobación final de las instalaciones correspondientes de acuerdo al tipo de obra por parte de las respectivas empresas, sin perjuicio de las sanciones que pudieren corresponder de acuerdo al contrato.
PERSONAL
2.7.1. SALARIOS
El Contratista deberá mantener al día el pago del personal que emplee en la Obra y dará estricto cumplimiento a las disposiciones sobre legislación del trabajo existente.
El Contratista será el único responsable ante el GCABA por el pago del personal que hubiere trabajado en la obra sin excepción alguna.
Además responderá por los daños y perjuicios en los casos de posibles reclamaciones judiciales o extrajudiciales que el incumplimiento de lo anterior ocasionase al GCABA.
El Contratista será responsable de cualquier accidente que ocurra al personal correspondiéndole en consecuencia el cumplimiento de las obligaciones que establece la Ley Nacional N° 24.557.
Queda entendido que el contratista asume cualquier obligación que surja de las modificaciones en las relaciones laborales con sus dependientes durante el término del contrato, desligando al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de toda responsabilidad y/o intervención en todas las cuestiones que, al respecto, pudieran ocurrir.
La responsabilidad del Contratista frente a cualquier accidente que ocurra al personal obrero surge de las obligaciones que establecen las Leyes Nacionales N° 24.557, Nº 22.250, N° 19.587 y cualquier otra normativa vigente durante el transcurso de la obra contratada.
El Contratista deberá proveer a su personal de las prendas de vestir y accesorios necesarios para el cumplimiento de sus tareas, con leyenda o tarjeta identificatoria de la empresa de modo que lo diferencie del personal del GCABA. y público en general. Eventualmente, el GCABA podrá solicitar a la empresa contratista la provisión, a su exclusivo costo, de una pechera identificatoria para el personal de obra.
MATERIALES Y TRABAJO
2.8.1 CALIDAD DE LOS MATERIALES Y TRABAJO
Todos los materiales a emplear en la Obra deberán ser aprobados previamente por la Inspección de Obra. Esta aprobación requerirá la intervención del laboratorio del Gobierno de la Ciudad o aquél que el GCABA disponga a tal efecto, para todos aquellos materiales cuyo análisis no pueda ser efectuado en la Obra. Para esta clase de materiales el Contratista presentará muestras de acuerdo a lo que establezcan los P.E.T., y como lo indique la Inspección de Obra en los casos no previstos en aquél.
Los gastos de provisión, extracción, envase y transporte de las muestras hasta donde deben realizarse los ensayos serán por cuenta de la Contratista.
Cuando las especificaciones no establezcan plazo para la comunicación de la aceptación o rechazo, éste será de cinco (5) días para los materiales e inspección en las obras y diez (10) días en el caso de materiales que deban ser estudiados en el laboratorio.
Las demoras motivadas por rechazo de materiales presentados son imputables al Contratista.
El Contratista es responsable de cualquier daño, reclamo o denuncias que pudiere originar la provisión y/o el uso indebido de materiales patentados.
Los materiales rechazados serán retirados de la Obra por el Contratista dentro del plazo de veinticuatro (24) horas de notificarse del mismo. Cuando el Contratista no cumpliere esta orden, la Inspección de Obra podrá hacer retirar los materiales rechazados y serán por cuenta exclusiva del Contratista los gastos y riesgos que se originen, no responsabilizándose la COMUNA por pérdidas, sustracciones u otros perjuicios que esta medida pudiera causar al Contratista, previa notificación del lugar de depósito de los materiales.
2.9. DESARROLLO DE LAS OBRAS
2.9.1 RITMO DE INVERSIÓN
Durante la ejecución de la Obra se llevará un gráfico de inversión real, con los precios cotizados, corregido por prórrogas si las hubiera. El GCABA podrá exigir aumento de actividad cada vez que la inversión esté cinco por ciento (5%) por debajo de la prevista.
Si la inversión en un momento dado resultara inferior al setenta por ciento (70%) de la prevista, el Gobierno podrá resolver el contrato por culpa del Contratista.
Si el Contratista se adelantara al plan de trabajo, y la inversión excediera la prevista en más xxx xxxx por ciento (10%), el GCABA podrá demorar los pagos ajustándolos al plan de inversión aprobado.
2.9.2 RECAUDOS PARA LOS TRABAJOS
No se permitirá el acopio de materiales sueltos en la vía pública, especialmente arena. Todos los materiales deben estar perfectamente confinados, ya sea en bolsas apropiadas o en sus envases originales.
La elaboración de morteros de cualquier tipo no podrá realizarse sobre la vía pública (aceras o calzadas), las mezclas deben ser ejecutadas dentro de recipientes (bateas) xx xxxxx. En caso de utilizarse mezcladoras del tipo mecánicas, el mortero deberá volcarse sobre una chapa o algún otro recipiente que impida el contacto de la mezcla con la calzada o acera.
En aquellos sectores de la Ciudad, que por sus características especiales de tránsito peatonal y/o vehicular, hagan conflictiva la ejecución de los trabajos, la Inspección de Obra determinará la metodología de trabajo a emplear, tendiendo a minimizar los inconvenientes y evitar accidentes.
Finalizada la jornada de trabajo no deberán quedar en el lugar de la obra, materiales excedentes ni escombros. El área de trabajo deberá quedar perfectamente limpia, libre de restos de materiales y escombros y perfectamente señalizada a fin de evitar accidentes y/o daños a terceros.
No se permitirá lavar las máquinas e implementos de trabajo en la vía pública.
2.9.3 PERJUICIO POR INCENDIO
El Contratista deberá extremar las medidas de precaución para evitar incendios en las Obras durante los períodos de ejecución y de conservación, debiendo a tal fin disponer de los elementos apropiados, según la naturaleza de los trabajos.
Será responsabilidad del Contratista y será de su exclusiva cuenta, tanto los perjuicios ocasionados a la obra como los que pudieran ocasionarse al GCABA y/o a terceros en caso de incendio, debiendo el Contratista probar, para eximirse de responsabilidad que el siniestro se produjo por caso fortuito motivado por agentes o causas ajenas al personal y a la obra.
2.9.4. SEGUROS
a) Generalidades
El Adjudicatario deberá contratar los seguros que se detallan en el presente artículo y acreditar la constitución de los mismos y su vigencia durante todo el periodo contractual, mediante la presentación de copias de sus respectivas pólizas y comprobantes de pago del premio, excepto para el supuesto de la cobertura de daño ambiental, la cual se acreditará mediante presentación del original en la Gerencia Operativa Asuntos Legales de Seguros (DGCyC).
La contratación de los seguros que aquí se refiere es independiente de aquellos otros que le sean legalmente exigibles al Adjudicatario por su actividad a fin de brindar cobertura a los posibles daños que afecten a terceros, como consecuencia de otras
cuestiones atinentes a su actividad.
El Adjudicatario deberá mantener actualizadas todas las pólizas de los seguros exigidos con antelación no menor a cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas, que deberán tener vigencia hasta la efectiva finalización de
los trabajos encomendados conforme el contrato y/o contratos celebrados, incluidas las posibles prórrogas.
Si durante la prestación de la ejecución contractual se produjera el vencimiento de las pólizas, el Adjudicatario estará obligado a constituir nuevos seguros hasta la finalización efectiva de la relación contractual, con una antelación no menos de cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas. La no actualización de las pólizas dará lugar a las sanciones que por ello correspondan, de acuerdo a las convenciones contractuales.
El adjudicatario será el único responsable de los perjuicios que ocasionare la inobservancia de los seguros exigidos en el presente Xxxxxx, en las formas y con la vigencia estipulada, quedando el GCABA exento de toda responsabilidad respecto de
cualquier siniestro que se produjera en este caso
Queda entendido que, sin perjuicio de su responsabilidad general por los siniestros que pudieran ocurrir durante los trabajos contratados, el Contratista asume el importe de las franquicias obligatorias impuestas por las Compañías Aseguradoras.
Quedará a criterio del GCABA conforme los trabajos a efectuar objeto de la presente contratación la inclusión/incorporación/exclusión de cláusulas de cobertura, medida de la prestación y modificación de sumas aseguradas, durante la vigencia de las pólizas contratadas por el adjudicatario.
b) De las compañías aseguradoras.
Las coberturas de seguros deberán ser contratadas en una empresa aseguradora habilitada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires y que al menos cuente con un Patrimonio Neto superior a los $
500.000.000 (pesos quinientos millones), de acuerdo al último balance anual presentado ante la citada Superintendencia y publicado por la misma.
Deberán también acreditar una calificación establecida por una calificadora de Riesgo autorizada a operar en la República Argentina.
Lo antedicho y enumerado en materia de patrimonio no será requerido en los supuestos de coberturas xxx xxxx Riesgos del Trabajo, Daño Ambiental de Incidencia Colectiva y/ó Caución (Garantías de cumplimiento).
c) De los seguros en particular.
1) Laborales:
Los exigidos por las leyes laborales vigentes para proteger al personal en relación de dependencia, mediante seguro suscripto con una Aseguradora de Riesgo del Trabajo (ART) autorizada para brindar ese tipo de cobertura, incluyendo específicamente las
contingencias derivadas de los accidentes de trabajo, de muerte, invalidez total o parcial .
Seguro de Riesgos del Trabajo
En el supuesto de la cobertura de riesgos de trabajo, para trabajadores en relación de dependencia:
- Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto:
Por la presente, la A.R.T, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires, sus funcionarios y/ó empleados, sea con fundamento en el art. 39 ap. 5 de la Ley 24.557 y modificatorias, o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar al personal dependiente o ex dependiente del Adjudicatario/Contratista, amparados por
la cobertura del contrato de afiliación N° XXXX, por accidentes del trabajo o enfermedades profesionales, ocurridos o contraídas por el hecho o en ocasión de trabajo.
2) Seguro de Accidentes Personales (en caso de corresponder)
En el supuesto de la cobertura de Seguro de Accidentes Personales, para quienes prestan servicios bajo las distintas modalidades de contratación y no revistan relación de dependencia:
-Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto:
Por la presente, la “Aseguradora”, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires, sus funcionarios y/ó empleados, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar a los prestadores de servicios que haya contratado el Adjudicatario/Contratista, amparados por la póliza N° XXXX y por accidentes ocurridos por el hecho o en ocasión de trabajo.
Las condiciones de cobertura mínimas serán las siguientes:
Seguro de Accidentes Personales:
La aseguradora se obligará a indemnizar a los asegurados, ante el fallecimiento accidental e invalidez total y/o parcial permanente derivados de accidentes acaecidos, como así también en concepto de las erogaciones en que se incurran por asistencia médica y/o farmacéutica según topes indemnizatorios determinados en póliza.
Alcance de las coberturas: Jornada de servicio incluyendo cobertura in-itinere. Sumas a Asegurar (Monto Mínimo):
· Muerte: Pesos Cuatrocientos Mil ($ 400.000)
· Invalidez Total y/o parcial permanente por accidente: Pesos Cuatrocientos Mil ($ 400.000)
· Asistencia Médico Farmacéutica (AMF): Pesos Quince mil ($ 15.000)
3) Seguro de Responsabilidad Civil Construcción/Demolición:
El adjudicatario deberá amparar todos los daños que se ocasionen a personas o cosas de terceros y/o del GCABA, como consecuencia, directa o indirecta de la prestación del objeto de la presente, por un monto mínimo de suma asegurada de pesos dos millones ($ 2.000.000).
A continuación se detalla un listado enunciativo y no taxativo de adicionales de cobertura sugeridos:
a) Derrumbe, fracturas, fisuras, roturas, desmoronamiento de la obra y/o equipos y otros daños análogos, típicos de la construcción.
b) Caída de Objetos, carteles y/o letreros.
c) Incendio y/o Explosión.
d) Carga y descarga de materiales.
e) Abertura de zanjas.
f) Bienes bajo custodia, cuidado y control. (De corresponder)
g) Xxxxxxx y desmontaje de estructuras.
h) Grúas, guinches y/o Montacargas y/o auto elevadores. (de corresponder)
La cobertura incluirá los daños que se ocasionen por el uso y desplazamiento de los automotores o maquinarias y equipos viales
afectadas a los servicios contratados y/o los que provoquen o involucren a la carga transportada, así como aquellos que sean ocasionados por el personal a su cargo y/ó subcontratado.
También estarán cubiertos por estas pólizas los eventos producidos como consecuencia de cualquier accidente que se produzca como consecuencia directa o indirecta de los trabajos en ejecución.
Estarán incluidos dentro de la cobertura los accidentes ocasionados en restos de viejas instalaciones que con motivo de la prestación contratada puedan existir y deban ser removidos y retirados por las Contratistas.
En caso de que el monto de la póliza no alcanzare a cubrir los daños provocados, la diferencia resultante es asumida por el contratista.
Las pólizas deberán contener:
- Un endoso sin restricción de ninguna especie o naturaleza a favor del GCABA
- Una clausula por medio de la cual la adjudicataria se compromete a comunicar fehacientemente al GCABA con treinta (30) días
de anticipación de cualquier cambio en las condiciones de la póliza, o de la cancelación y/o vencimiento de la misma y/o de reducciones en los montos de las coberturas.
4) Seguro Técnico Equipamiento/Maquinaria:
El adjudicatario deberá cubrir sus máquinas y equipos a partir del momento en que se encuentra efectuando la obra objeto de la presente contratación.
Cobertura General: Cobertura contra pérdidas y/o daños materiales externos, siempre que tales pérdidas y/o daños se produzcan en forma accidental, súbita e imprevista y que se haga necesaria una reparación y/o reposición. Cobertura Básica:
Daños totales por Incendio, Accidente, Robo y/o Hurto, a prorrata hasta el valor individual de cada equipo.
Cobertura Adicional:
Responsabilidad Civil por lesiones y/o muerte y daños materiales a cosas de terceros hasta el valor del equipo, con un mínimo de pesos cien mil ($ 100.000).
5) Seguro de Daño Ambiental de Incidencia Colectiva: (De corresponder)
El adjudicatario deberá contratar la póliza de Seguro por Daño Ambiental emitidas a efectos de cumplir las exigencias del art. 22º de la Ley General del Ambiente N° 25.675. Asimismo dicha póliza deberá remitirse en original ante la Gerencia Operativa Asuntos
Legales de Seguros (DGCyC), de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta N° 2/SSFIN-APRA/15.
2.9.5 INDEMNIZACIÓN
El Contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdida o perjuicios ocasionados por su propia culpa, falta de medios o errores en las operaciones que le sean imputables.
Cuando esas pérdidas, averías o perjuicios provengan de culpa de los empleados de la administración, o de fuerza mayor o caso fortuito, serán soportados por la administración pública.
Para tener derecho a las indemnizaciones correspondientes, el Contratista deberá hacer la reclamación correspondiente dentro de los diez (10) días hábiles administrativos de producidos los hechos. En el caso, de que el contratista no cumpliese con los plazos indicados, perderá el derecho al reclamo indemnizatorio antedicho.
En caso que proceda la indemnización, se pagará el perjuicio de acuerdo, en cuanto ello sea posible, con los precios del contrato.
2.9.5.1 INDEMNIZACIÓN POR CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR
En el caso que el reclamo a interponer por el contratista guardare relación con acontecimientos de origen natural extraordinario, y de características tales que no le resultare posible adoptar con antelación medidas suficientes para prevenir sus efectos, mediando debida acreditación por su parte del comienzo y del final del fenómeno que lo ha afectado en forma específica, la presentación se deberá efectuar antes de transcurridos diez (10) días hábiles de la fecha de finalización, rigiendo a partir de ello las mismas condiciones que en el caso antes considerado.
En el caso de que proceda la indemnización, se pagará el perjuicio de acuerdo, en cuanto ello sea posible, con los precios del Contrato (artículo 39 de la Ley Nacional de Obras Públicas).
2.9.6 LIBRO DE ÓRDENES DE SERVICIO
Los libros tendrán hojas numeradas por triplicado. En este libro se redactarán las Órdenes de Servicios impartidas por la Inspección de Obra, que serán firmadas por el Inspector de Obra y por el Profesional responsable de la Empresa, como constancia de haberse notificado.
El libro de órdenes de servicios será provisto por el Contratista. El contratista podrá impugnar la orden de servicio dentro de los (3) tres días hábiles contados a partir de su notificación, y en ese caso, se suspenderá la obligatoriedad del cumplimiento de la orden de servicio por el mismo plazo.
Si luego de la impugnación realizada, el Inspector de obra reiterara la misma Orden de Servicio, entonces el contratista deberá cumplir la Orden sin más dilaciones.
En caso de incumplimiento de lo dispuesto en el presente numeral se aplicarán las multas previstas en el numeral 2.10.4 del presente Pliego.
2.9.7 LIBRO DE NOTAS DE PEDIDOS.
Tendrán hojas numeradas por triplicado. En este libro la Empresa Contratista asentará los pedidos de aprobación de las distintas etapas de la obra, otras observaciones que desee efectuar o pedidos de aclaración.
El Representante Técnico de la Empresa firmará las notas de pedido emitidas, y el Inspector de Obra procederá a su aceptación o rechazo, indicando las causas del mismo, firmando al pie.
2.9.8 PARTES DIARIOS
El Contratista estará obligado a entregar diariamente a la Inspección de Obra el parte diario donde se consigne:
1) Número de personal ocupado: presentes y ausentes.
2) Gremios que trabajan, con indicación del número del personal ocupado.
3) Materiales ingresados a la obra; detalle, cantidad y fecha.
4) Trabajos realizados.
5) Condiciones atmosféricas.
6) Equipos en obra: características, cantidad y calidad.
Estos partes se confeccionarán por triplicado y quedarán dos (2) ejemplares en poder del inspector de obra. Los formularios serán numerados correlativamente y provistos por el Contratista, previa aprobación por la inspección de su texto.
2.9.9 BIBLIORATO DE CERTIFICADOS
En este Bibliorato se deberá archivar un duplicado de cada certificado de obra
2.9.10 PLAZO DE GARANTÍA
A partir de la fecha de la Recepción Provisoria de las Obras comenzará a regir el Plazo de Garantía que será de trescientos sesenta y cinco (365) días, durante el cual el Contratista corregirá, sin cargo alguno, cualquier defecto producido por deficiencias en la ejecución de los trabajos o por mala calidad de los materiales empleados, respondiendo por ellos con el fondo de reparos.
SANCIONES
2.10.1 Tipo de Sanciones
El GCABA a través de la Inspección de Obra, podrá imponer al Contratista y/o Profesional Responsable y/o su Representante en obra en caso de incumplimiento de las condiciones contractuales, las siguientes penalidades:
1º AL CONTRATISTA
A- Multas.
B- Descuentos por trabajos mal ejecutados.
C- Reconstrucción de las obras.
D- Solicitud de suspensión al Registro Nacional de Obras Públicas.
2º AL PROFESIONAL RESPONSABLE Y/O REPRESENTANTE EN OBRA
A- Llamado de atención.
B- Apercibimiento.
C- Suspensión.
D- Sustitución.
2.10.2 FORMA DE APLICACIÓN
La aplicación de penalidades al Responsable Técnico y/o representante en obra no releva al Contratista de las penalidades que le pudieren corresponder por mala ejecución de trabajos o mala calidad de los materiales.
2.10.3. APLICACIÓN DE SANCIONES:
Las penalidades serán aplicables en los siguientes casos:
1º AL CONTRATISTA
A- La de multa
Cuando el Contratista no cumpliera con el Plan de trabajo aprobado por la Inspección de Obra, o por xxxx en cumplimiento de una orden de servicio o de trabajo.
B- Descuentos por trabajos mal ejecutados
En los casos en que se compruebe la carencia en cualquier lugar de la obra del dosaje, materiales exigidos, resistencia o espesores. Este descuento es de carácter penal y no será necesariamente proporcional al valor económico del material o elemento ausente sino al de disminución de la calidad de resistencia o durabilidad que ese hecho es susceptible de producir. Su aplicación está regulada por lo que establezcan las respectivas especificaciones técnicas y sus complementarias. Ello será determinado por la COMUNA cuya decisión será inapelable y de no ser aceptado, corresponderá la reconstrucción de las obras.
C- Reconstrucción de las obras
I. Cuando se comprueba fehacientemente que el Contratista ha realizado actos dolosos con el objeto de beneficiarse ilícitamente. A modo ejemplificatorio, estos actos pueden ser: empleo de materiales prohibidos, elaboración de mezclas sin debidas proporciones, empleo de materiales que no cumplan con lo especificado.
II. Cuando las estructuras constituidas no respondan a las condiciones establecidas en las correspondientes especificaciones.
D- Solicitud de suspensión al Registro Nacional de Obras Públicas.
I. En caso de resolución del Contrato por culpa del Contratista.
II. Cuando cualquier obra constituida adolezca de defectos o vicios imputables al mismo y el Contratista no se allane a cumplir las resoluciones del GCABA.
III. Cuando reiteradamente viole las estipulaciones del Contrato.
IV. Cuando carezca de aptitudes técnicas para la ejecución de los trabajos encomendados.
V. Cuando haya tenido que reemplazar a su profesional responsable y/o representante en obra, suspendidos o sustituidos por faltas graves.
2º Al Representante en Obra y/o Representante Técnico:
A- La de llamado de atención
I. Por no concurrir a citación debidamente efectuada.
II. Por desobediencia en ejecutar trabajos no autorizados sujetos a inspección.
B- La de apercibimiento
I. Cuando se produzca un segundo motivo para llamado de atención se aplicará apercibimiento.
C- La de suspensión
I. Al cumplirse dos apercibimientos corresponderá suspensión automática de un (1) mes.
II. La reiteración de estos hechos que puedan comprometer la calidad de las obras. Suspensión por seis (6) meses.
D- La de sustitución
I. Cuando por reiteración de hechos punibles se haga pasible de nueva suspensión, habiendo sido antes suspendido por dos (2) veces.
II. Por faltas graves o comprobación de dolo.
La sustitución del Representante Técnico y/o Representante de Obra, es una sanción que alcanza a sus titulares en la totalidad de las obras en que desempeñen sus funciones.
Penalidades a empresas asociadas
En los casos en que el Contratista fuera una Unión Transitoria de Empresas vinculadas ocasionalmente para la ejecución de la obra, según se estipula en el Art. 2.2.2. de este Pliego, la sanción que eventualmente pueda serles aplicada será afrontada en forma solidaria cuando se tratare de multas.
Cuando corresponda la solicitud de suspensión al Registro Nacional de Obras Públicas, la misma se hará extensiva a todas las empresas integrantes de la Unión Transitoria de Empresas contratista.
2.10.4 Multas
Incumplimiento de Órdenes de Servicio:
En caso de incumplimiento de las Ordenes de Servicio impartidas por la Inspección de Obra, se procederá a la aplicación de una multa diaria igual a 1/2000 del monto del contrato, incluidas las ampliaciones y/o cuando el avance de obra fuera menor en un VEINTE POR CIENTO (20%) o más de lo aprobado según el plan de trabajo e inversiones.
Incumplimiento de plazos parciales y final:
Por cada día de atraso en el cumplimiento de los plazos parciales o final se procederá a la aplicación de una multa diaria igual a 1/1000 del monto del Contrato, incluidas las ampliaciones.
El monto de las multas surgirá en cada caso de la suma de las multas diarias aplicadas hasta el momento de subsanarse el incumplimiento origen de las mismas o hasta sumar el monto máximo a aplicar, siendo las mismas progresivas y acumulativas. Cuando el importe de las multas por cualquier concepto alcance al 10% (diez por ciento) del monto del contrato, el GCABA podrá optar por su rescisión, o bien decidirá la continuación del mismo, sin que en el período restante hasta la terminación de la obra pueda hacérsele pasible de nuevas penalidades en virtud de la demora. En caso de decidirse la continuación del contrato, se fijará un plazo de terminación para el cual se hará un nuevo plan de inversión.
Este límite en la sanción por retraso no libera al Contratista de su responsabilidad por los daños y perjuicios a terceros o al Gobierno emergente de la demora correspondiente al lapso sin multa. En caso de decidirse la continuación del contrato, se fijará un plazo de terminación para el cual se hará un nuevo plan de inversión.
2.10.5 RESCISIÓN DEL CONTRATO
La rescisión por culpa del contratista implicará la pérdida del depósito de garantía en la parte no cumplida, quedando retenido el remanente y los otros créditos pendientes para responder por los mayores costos que resulten por la terminación de los trabajos, sin perjuicios de las demás sanciones que correspondieran.
En ningún caso la demora en los pagos acordará al Contratista el derecho a obtener una prórroga de plazo en la ejecución de la obra.
CERTIFICACIÓN, PAGOS Y GARANTÍAS
Medición de las Obras
Dentro de los últimos cinco (5) días de cada mes se medirán los trabajos ejecutados por el Contratista, en conjunto con la Inspección de Obras. Se entenderá por trabajos ejecutados a los fines de la medición a aquellos cuyos elementos constitutivos se hallen colocados en la obra, en el lugar y la forma que ocuparán definitivamente. El resultado de las mediciones se volcará en los formularios preparados por el Contratista, que deberán ser aprobados por la Inspección de Obra.
El Contratista o su Representante están obligados a asistir a todas las mediciones de las obras ejecutadas, así como a las recepciones de las mismas. En las actas y cómputos de estas mediciones debe constar la conformidad del Contratista o de su Representante. En caso de que el Contratista no estuviese conforme con las clasificaciones o mediciones de obra deberá manifestarlo por el acta en las fojas de medición. La reserva deberá ser clara y precisa. Dentro del término de dos (2) días hábiles administrativos, justificará su disconformidad, detallando las razones que le asisten, sin cuyo requisito sus observaciones quedarán sin efecto, perdiendo todo derecho a reclamación ulterior. La observación o falta de conformidad que se refieran a la medición o clasificación de obras cubiertas o trabajos cuyas medidas, características, etc., pudieran alterarse con el transcurso del tiempo, por el uso o por otra causa o que resulte dificultoso o imposible de verificar posteriormente, deberá ser formulado en la primera oportunidad en que tales obras se clasifiquen o midan. No tendrá ningún derecho el Contratista de reclamación de ninguna especie, si las observaciones no fuesen formuladas en la oportunidad que se menciona en el párrafo precedente.
Su silencio, en esa oportunidad, significará su conformidad con la medición que en otro momento practique el GCABA. En las mediciones parciales o finales, provisorias o definitivas, si el Contratista se negase a presenciarlas o no concurriese a la citación por escrito que se le formulase al efecto se le tendrá por conforme con el resultado de la operación practicada por la Inspección.
Los gastos y conceptos de jornales de peones, útiles, instrumentos, etc., que sea necesario utilizar o emplear en las mediciones, ya sean parciales o definitivas, o en las verificaciones de las mismas que la COMUNA considere necesario realizar, serán por cuenta exclusiva del Contratista.
Certificación
Se rige por lo regulado en el numeral 1.11.1 complementado con lo siguiente:
Conformada la medición por la Inspección de Obra y el Contratista, éste preparará de acuerdo a sus resultados, el certificado mensual de avance de obra, según formulario aprobado por la Inspección, en el que se liquidarán los trabajos de acuerdo al Cómputo y Presupuestos aprobados.
Cada certificado mensual de avance de obra deberá ser acumulativo, es decir, que comprenderá la totalidad de los trabajos ejecutados desde el comienzo de la obra hasta la fecha de la última medición y su valor parcial estará dado por su excedente sobre el total del certificado anterior. Aún en caso de disconformidad del Contratista con el resultado de las mediciones, el certificado se deberá confeccionar con el criterio sustentado por la Inspección de Obra, haciéndose posteriormente, si correspondiera, la rectificación pertinente o difiriendo para la liquidación final el ajuste de las diferencias sobre las que no hubiera acuerdo. Los certificados constituirán en todos los casos, documentos provisionales para el pago a cuenta, sujetos a posteriores rectificaciones, hasta tanto se produzca la medición y liquidación final y ésta sea aprobada por la COMUNA.
El Contratista debe elevar a la Inspección de Obra que designa la COMUNA, dentro de los primeros cinco (5) días hábiles del mes siguiente al que correspondan los trabajos, dos (2) ejemplares de los certificados por él confeccionados para la conformidad de la inspección de obra y posterior aprobación por parte de la COMUNA.
En caso xx xxxx en el plazo arriba mencionado, dentro de los diez (10) días hábiles subsiguientes, la Inspección de Obra podrá bajo apercibimiento, certificar de oficio, sin recurso alguno la cantidad que se considere conveniente.
El pago de los certificados de obra se hará dentro de los treinta (30) días hábiles a partir de la fecha de la conformación por la Inspección de Obra.
Los certificados serán confeccionados por el Contratista en original y una (1) copia y serán presentados ante la COMUNA para su conformidad y posterior tramitación.
2.11.3 Aprobación de los Certificados
Se fija un plazo de cinco (5) días hábiles a partir de la fecha de presentación los certificados de obra, a efectos de que la inspección de Obras les preste su conformidad. Previo a la tramitación del pago de los certificados, los mismos deberán contar con la expresa aprobación de la Inspección de Obra.
Si el certificado fuere observado, el plazo comenzará a regir a partir del momento en que el contratista lo presente corregido.
La COMUNA deberá aprobar y girar los certificados dentro de los cinco (5) días hábiles de la presentada conformidad por la misma.
2.11.4 Retenciones sobre los certificados
De cada certificado de obra se retendrá de su valor total bruto un cinco (5%) por ciento para constituir el denominado Fondo de Reparo.
2.11.5 Fondo de Reparos
El Fondo de reparo quedará en poder del GCABA hasta la oportunidad prevista en el numeral 1.12.2 del P.C.G.
Se deducirán también del Fondo de reparo los descuentos por trabajos mal ejecutados, que se pongan de manifiesto a posterioridad a su aprobación.
2.11.6 Sustitución del Fondo de Garantía y Reparo
El GCABA tendrá derecho a exigir el cumplimiento de la fianza precedentemente citada, no sólo en el caso que el Fondo de Reparo deba ser efectuado por vicios o defectos en la ejecución de las obras, sino también cuando se rescinda el contrato por culpa del Contratista a los efectos de la retención prevista en el Art. 51 inc. c) de la Ley Nacional N° 13.064 o cuando la liquidación final de los trabajos resulte en saldo deudor en contra de aquel. Hecha efectiva la fianza que aquí se trata, su importe podrá aplicarse al pago de cualquier crédito que la COMUNA tenga con el Contratista, así como a cubrir los cargos que correspondan en virtud de la Ley Nacional N° 13.064 o del contrato (jornales de obreros, créditos correspondidos en el Art. N° 47, primera parte de la Ley Nacional N° 13.064, etc.).
2.11.7 Pago de los Certificados DE OBRA
El Contratista deberá obligatoriamente abrir una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en la Casa Central o en cualquier sucursal del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a los efectos de poder acreditar en la misma los pagos que le correspondan. (Decreto N° 34/GCABA/98).
2.11.8 Demora en los pagos
Si el GCABA se demorase en el pago de los certificados aprobados, el Contratista tendrá derecho a reclamar intereses a la Tasa Xxxxxx xxx Xxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx para operaciones de plazo fijo a treinta (30) días.
En ningún caso la demora en los pagos acordará al Contratista el derecho de obtener una prórroga de plazo en la ejecución de la obra.
2.11.9 RetenciONES sobre los pagos
Cuando corresponda el pago de intereses los mismos se determinarán sobre la suma líquida a pagar al Contratista de acuerdo con el resultado final que arroje la liquidación del certificado y previa la deducción de las sumas que se retengan por concepto de multas, fletes y todo otro concepto que se debite al Contratista, originado en cualquier clase de retención que se efectuara con arreglo a las cláusulas contractuales.
2.11.10 Comisiones bancarias para el pago de los certificados
Las comisiones bancarias que se originen por transferencias de fondos serán por cuenta de quién las solicite. Si fuese imprescindible transferir fondos a percibir por el Contratista por el pago de las obligaciones del mismo, de carácter perentorio, la COMUNA le deducirá el importe de las comisiones bancarias que resulten.
2.11.11 Gastos y derechos
Todos los pagos de gastos y derechos que deriven de la ejecución de la obra serán abonados por el Contratista, incluso los derechos correspondientes al pago de agua de la construcción.
Asimismo, los trámites, derechos, aranceles y gastos que demande la instalación, provisión y consumo de energía eléctrica, fuerza motriz, gas, etc., correrán por cuenta del Contratista.
MOFICACIONES DE OBRA
Cuando correspondiere la fijación de precios nuevos por modificaciones de obra serán calculados mediante análisis sobre la base del precio de adquisición por mayor de los materiales que se requieran, del desperdicio y de la mano de obra. Los precios se calcularán a valores básicos de contrato o de la última redeterminación, según corresponda.
En casos particulares (por ejemplo cuando por el tiempo transcurrido desde la licitación o cuando por razones técnicas no es posible obtener los precios básicos), también se podrán calcular a la fecha en que se convenga, debiéndose dejar la debida constancia en el documento de aprobación.
Los precios nuevos se determinarán siguiendo el criterio establecido en el artículo referido a Análisis de Precios del presente pliego.
Mano de obra: Los jornales y beneficios a tener en cuenta serán los vigentes en el mes indicado como básico. Para las cargas sociales y el seguro se considerará la planilla publicada por la Cámara Argentina de la Construcción. El órgano encargado de la administración del contrato podrá exigir los comprobantes que acrediten el cumplimiento de las cargas sociales.
Falta de acuerdo: Aún en el caso de no llegarse a un acuerdo previo sobre el precio, el Contratista deberá proceder inmediatamente a la ejecución de los trabajos, dejando a salvo sus derechos, siempre que no sea de aplicación la rescisión. En este caso se llevará cuenta minuciosa de las inversiones realizadas, cuyo detalle, con la aprobación o reparos del órgano encargado de la administración del contrato, servirá como elemento ilustrativo para fijar luego el precio en instancia administrativa o judicial.
A este último efecto las partes aceptan los porcentajes de recargo en concepto de gastos generales y beneficios ya establecidos.
Ejecución por un tercero o por administración: Xxx perjuicio de lo estipulado precedentemente, el órgano encargado de la administración del contrato podrá disponer que los trabajos de que se trata se lleven a cabo directamente o por nuevo contrato.
2.13 APROBACIÓN Y RECEPCIÓN DE LA OBRA
2.13.1 ACTA DE RECEPCIÓN PROVISORIA – PLANOS CONFORME A OBRA
La Recepción Provisoria total de la obra será suscripta por la COMUNA y la Contratista.
Junto con la de Recepción Provisoria, el Contratista presentará los planos conforme a obra ploteados en papel blanco y en soporte digital mediante disco compacto (CD) u otro similar, en CAD 2000.
Los planos deberán presentarse en colores convencionales, suscritos por el Representante Técnico del Contratista, con aclaración de firma, Nº de matrícula, e indicación del Consejo Profesional otorgante.
Estas obligaciones constituyen una de las prestaciones del Contratista aun cuando estén diferidas hasta el período de garantía, y su inobservancia importa un incumplimiento de contrato, que impide la Recepción Definitiva y la Liquidación Final de la obra, y por ello el contratista no queda liberado de responsabilidad atinente al cumplimiento de todas las tareas de reparación, mantenimiento o conservación de los trabajos de la obra a los que se obligó durante el período de garantía.
2.13.2. PLAZO DE GARANTÍA
A partir de la fecha de la Recepción Provisoria de las Obras comenzará a regir el Plazo de Garantía que será de trescientos sesenta y cinco (365) días, durante el cual el Contratista corregirá, sin cargo alguno, cualquier defecto producido por deficiencias en la ejecución de los trabajos o por mala calidad de los materiales empleados, respondiendo a ellos con el fondo de reparos.
2.13.3. FISCALIZACIÓN DURANTE EL PERÍODO DE GARANTÍA
Durante el período de garantía el Contratista deberá mantener en perfecto estado la obra, debiendo elaborar en conjunto con la Inspección de Obra un acta mensual, consignando los problemas detectados. Los mismos deberán subsanarse de inmediato librando la Inspección de Obra el correspondiente certificado de corrección de las fallas detectadas.
El GCABA fiscalizará la ejecución de los trabajos de conservación y a tal efecto, el Contratista deberá suministrar en todos los casos con dos (2) días hábiles administrativos de anticipación, las fechas en que procederá a ejecutarlos.
Las actas con sus correspondientes certificados de corrección, expedidos por la Inspección de Obra, deberán presentarse para obtener la Recepción Definitiva de la obra.
La falta de cumplimiento de esta disposición determinará considerar tales trabajos como faltos de fiscalización.
En el caso que el contratista no procediera a efectuar las reparaciones, tal cual se indica en este Pliego de Condiciones Particulares, el GCABA dispondrá su ejecución por administración en cualquier momento.
El importe del trabajo, cuando se trate de reparaciones, será cobrado al contratista al precio efectivo que resultare, independientemente de la multa que le correspondiere.
Cabe aclarar que cualquier deficiencia que el oferente constatara en los planos de la obra, deberá comunicarlo fehacientemente antes de iniciar los trabajos (conforme artículo 26 Ley Nacional de Obra Pública).
2.13.4. RECEPCIÓN DEFINITIVA DE LA OBRA
Concluido el plazo de garantía y cumplido lo estipulado en el numeral 2.13.1, se suscribirá el Acta de Recepción Definitiva de la Obra entre la COMUNA y el Contratista, y será aprobada por la COMUNA
2.13.5. LIQUIDACIÓN FINAL Y DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DE ADJUDICACIÓN
La Garantía de Adjudicación o los saldos que hubiera de estos, les serán devueltos al Contratista después de aprobada la liquidación final de las obras, por la misma norma legal que adjudicó los trabajos, y una vez satisfechas las indemnizaciones por daños y perjuicios o cualquier otra deuda que corra por su cuenta y que surja de la liquidación.
El acto administrativo que apruebe la liquidación final y devuelva, en caso de corresponder, los saldos a favor del contratista o la garantía de adjudicación deberá emanar de autoridad con idéntico rango que el que adjudicó los trabajos.
2.14 VARIOS
2.14.1 TRIBUNALES COMPETENTES
Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse, ambas partes quedan sometidas a la competencia de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires.
2.14.2 ÍNDICES FINANCIEROS
Cuando el oferente sea una Empresa Unipersonal deberá adjuntar la siguiente documentación:
Estado de situación patrimonial, emitido por contador público con su firma autenticada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que corresponda.
Certificación Contable de la facturación acumulada en los últimos doce meses, con la firma del contador público autenticada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que corresponda.
La documentación detallada precedentemente no deberá diferir en más de dos meses del mes de apertura de las ofertas.
La evaluación económico – financiera de las ofertas se hará en base a los indicadores detallados a continuación:
Índices Financieros (en valores absolutos)
Cuando el oferente sea una Empresa Unipersonal deberá adjuntar la siguiente documentación:
Estado de situación patrimonial, emitido por Contador Público con su firma autenticada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que corresponda.
Certificación contable de la facturación acumulada en los últimos doce meses, con la firma del contador público autenticada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que corresponda.
La evaluación económica – financiera de las ofertas se hará en base a los indicadores detallados a continuación:
Índices Financieros (en valores absolutos)
Rangos Normales
1. Liquidez: ACTIVO CORRIENTE> a 1
PASIVO CORRIENTE
2. Endeudamiento: PASIVO TOTAL< al 100 %
PATRIMONIO NETO
3. Solvencia: PATRIMONIO NETO> a 1
PASIVO TOTAL
Índices Económicos:
4. Inmovilizaciones: PATRIMONIO NETO + GANANCIA A REALIZAR> a 1
ACTIVO NO CORRIENTE
5. Rentabilidad (%): Utilidad Neta
Patrimonio Neto
Los valores de las fórmulas definidas precedentemente se extraerán de los rubros correspondientes (activo corriente, pasivo corriente, patrimonio neto, etc.) de los estados contables presentados por el oferente.
Dichos índices deberán ser calculados a la fecha de cierre de los estados contables. En caso de presentar estado de situación patrimonial intermedio los índices también deberán ser calculados a esa fecha.
En caso de Uniones Transitorias (UT) cada una de las sociedades que la integran deberá presentar su propia información contable (balances, estados contables intermedios, etc.) y en base a esa información se han de determinar los índices pertinentes. En cuanto a la facturación acumulada, se considerará la suma de cada facturación afectada por su porcentaje de participación. En cuando al compromiso bancario, se computará para su análisis la suma de los compromisos en firme en cada uno de los integrantes de la UT.
Capacidad de Financiación: el oferente deberá cumplir con uno de los dos requisitos expuestos a continuación:
El oferente deberá presentar para avalar la Capacidad de financiación un compromiso firme –con fecha de emisión y plazo de vigencia, no inferior al plazo de obra – de una entidad bancaria o financiera por el importe total del importe total del Presupuesto Oficial, para el cumplimiento de la obra objeto de la presente Licitación.
Como alternativa a ésta, el oferente podrá presentar una certificación contable por contador público, con su firma autenticada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que corresponda, de la facturación mensual efectuada en los últimos doce meses, cuya antigüedad no sea mayor de dos meses con respecto al mes de la fecha de apertura de ofertas.
Del promedio mensual de la referenciada certificación, deberá surgir que el oferente realiza operaciones habituales por un importe igual o superior al equivalente a una certificación mensual del Presupuesto Oficial; calculada como el resultante de dividir el Presupuesto Oficial por el plazo, en meses, de la obra.
2.14.3 DOS ÚLTIMOS BALANCES
Estados contables de los últimos dos ejercicios económicos anuales y copia legalizada del Acta de Asamblea de accionistas o de reunión de socios (S.R.L.) aprobatoria de dichos estados, los que deberán contar con dictamen sobre su razonabilidad emitido por un profesional en Ciencias Económicas, con la firma certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
Cuando el último estado contable anual tenga una antigüedad mayor a cinco meses respecto al mes de apertura de ofertas, deberá presentarse un estado de situación patrimonial o estados contables intermedios que abarque desde el último ejercicio anual y cuyo cierre opere a no más de dos meses del mes de apertura de las ofertas, además deberá contar con un dictamen sobre su razonabilidad o Informe de revisión limitada, emitido por un profesional en Ciencias Económicas, con firma certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
2.14.4 Facultad del Contratante
El GCABA se reserva el derecho de dejar sin efecto la licitación en todo o en parte, previo a la adjudicación, sin que ello genere a favor de los proponentes derecho a reclamo o indemnización, conforme se establece en el numeral del 1.18 PCG.
2.15 Certificados a presentar por los oferentes
2.15.1 Certificado de capacidad de contratación anual para licitación con formula
Los oferentes deben estar inscriptos en el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas y contar con una capacidad de contratación libre mayor o igual al importe de la licitación y/o contratación.
Deberán presentar una declaración jurada del saldo de capacidad de contratación disponible a la fecha de la oferta en caso de que hubieran comprometido nuevas obras en fechas posteriores a la emisión del certificado exigido en el párrafo anterior.
La capacidad mínima requerida surge de la siguiente fórmula:
C.C.A. = Po + Po (12 – PE)
12
C.C.A. : Capacidad de contratación anual.
Po: Presupuesto Oficial
PE: Plazo de ejecución de la obra expresado en meses.
La capacidad de contratación deberá actualizarse al mes correspondiente a la firma del contrato calculándose el monto mínimo exigible, conforme al procedimiento antes indicado, pero con respecto a la oferta adjudicada.
En caso de presentarse con la oferta fotocopia del Certificado o Solicitud del mismo, deberán estar certificadas por Escribano Público.
CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR DE LA AFIP
Por aplicación de la Resolución General de la AFIP Nº 1814-05 (B.O. Nº 30.569 del 13 de enero del 2005) en las contrataciones y/o licitaciones que superen el importe de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000.-), las empresas presentarán con su oferta el “CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR” o la constancia de solicitud del mismo. En el caso de presentar la solicitud del pedido del Certificado ante la AFIP, deberá presentar el CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR otorgado por la AFIP, previo a la adjudicación.
2.15.3. CERTIFICADO DEL REGISTRO DE DEUDORES/AS ALIMENTARIOS/AS MOROSOS/AS
Conforme los términos de la Ley N° 269, texto consolidado por Ley Nº 5666, deberá acompañarse el Certificado del que resulta que el oferente, concursante o postor en el caso de personas físicas o que los directores o miembros del Organismo de Administración, en caso de sociedades, no se encuentran inscriptos en el Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos /as, dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en caso de presentarse copia de dicho certificado, deberá encontrarse debidamente certificado por ante Escribano Público.
2.16 REDETERMINACIÒN DE PRECIOS
El Régimen de Redeterminación de los precios pactados en el contrato objeto de la presente licitación se rige por la Ley Nº 2.809 ( texto consolidado según Ley Nº 5666) y su reglamentación.
2.16.1 ESTRUCTURA DE PONDERACIÓN
De acuerdo a lo previsto en la Metodología de la redeterminación de precios rige para la presente obra la siguiente estructura de ponderación, para los ítems más representativos:
ANEXO I - MODELO CARTA DE PRESENTACIÓN
Buenos Aires,… de …….. de……
Señores
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Xxxxx Xxxxxxx 00
Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
La Empresa y/o Unión Transitoria.................................................................. ............................................................................................... en adelante el Oferente, representada legalmente por el Señor ………………………………......................................................................... ................................................................................presenta su oferta de conformidad con lo establecido en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES de la obra denominada "................................................................................" y que es objeto de la LICITACIÓN PÚBLICA Nº...................................................
Dicha oferta cubre todos los trabajos, incluyendo mano de obra, materiales, equipos y demás elementos necesarios para llevar a cabo la totalidad de los trabajos ofertados, a los precios cotizados.
El Oferente declara expresamente que:
La Oferta se ajusta íntegramente a los documentos de la licitación, a las disposiciones establecidas y a los documentos suministrados por el GCABA a los Oferentes.
La presentación no está impedida o afectada por ninguna de las incompatibilidades que se establecen en los Documentos de Licitación.
La Oferta es válida y permanecerá vigente por el lapso y en los términos establecidos en el Pliego de Condiciones Particulares.
Ha examinado y acepta sin reserva todas las estipulaciones de los documentos licitatorios y sus circulares; que ha estudiado con cuidado todos los ítems y cantidades mostradas en "Planillas de Cómputo y Cotización"; ha revisado con cuidado la exactitud de cada frase y palabra incluida en la Oferta y sus Anexos y después de un examen cuidadoso de los documentos licitatorios y sus circulares y examen de las condiciones generales y locales que podrán ser encontradas durante la ejecución de cualquier parte de la obra y de recoger la información necesaria para la elaboración del plan general de operaciones, el plan detallado de los trabajos, el plan de inversiones, el de equipos afectados a obra, el cronograma de necesidades del personal y de cualquier otro elemento que pudiese en alguna forma afectar el plazo o costo de la obra.
Declara la veracidad y exactitud de toda la información proporcionada y autoriza, mediante la presente, para que cualquier persona natural o jurídica suministre al GCABA o a sus representantes autorizados, toda la información que ese organismo considere necesaria para verificar la documentación que se presenta y en caso de comprobarse cualquier incorrección en la misma se da por notificado que el GCABA tiene el derecho de invalidar su participación.
Se compromete a proporcionar cualquier información adicional que le fuera requerida, entendiendo que se refiere única y exclusivamente a aclaraciones sobre la documentación presentada y en ningún caso permite suministrar documentos adicionales o información que hubiera sido omitida, y en caso de no hacerlo puede ser motivo suficiente para eliminar su participación.
En caso de divergencias, errores o incompatibilidad entre los distintos documentos de la Oferta presentada puede ser motivo suficiente para eliminar su participación.
En caso de ser invalidada su participación por las causales precedentes o por incumplimiento de las condiciones estipuladas en los Documentos Licitatorios, renuncia a cualquier reclamo o indemnización, reconociendo derecho al GCABA a realizar la eliminación de su participación a su exclusivo juicio.
Renuncia a cualquier reclamo o indemnización en caso de error en la interpretación de los documentos licitatorios del llamado y demás documentos del Contrato.
No tiene relación de dependencia ni vinculación directa o indirecta con el GCABA ni con sus directivos o funcionarios.
En el caso que el Contrato le fuera adjudicado, se compromete a presentar, la garantía de Adjudicación del Contrato, así como también a firmar la Contrata dentro del plazo fijado por el GCABA momento en el cual se presentará la garantía de adjudicación.
En el caso de que no mantuviera la Oferta por el plazo indicado, o que no se presentase la garantía, dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de la adjudicación, a satisfacción del GCABA o que no firmase el Contrato dentro del plazo fijado por este Gobierno, en dicha notificación y presentase la garantía de adjudicación, perderá la garantía de oferta.
Atentamente
.................................................. ………..………………………………
Firma del Representante Legal Firma de la Empresa o UT
Sello de la Empresa/ Unión Transitoria
ANEXO II - ASPECTOS LEGALES
A los efectos de acreditar su capacidad legal, el Oferente deberá presentar:
a.- Contrato social o estatuto como así también las reformas vigentes que se hubieran introducido al mismo y constancias de sus respectivas inscripciones en los Registros Públicos correspondientes.
b.- Acta de directorio o acto similar donde surja la decisión social de presentarse a la Licitación.
c.- Poder especial, otorgado por escribano público, por el que se designa, a uno o más representantes con facultades amplias y suficientes para representar ante el GCABA al oferente sin limitación alguna, y para obligar a los mandantes durante el proceso licitatorio cuanto se trate de una UT, o en el supuesto que los firmantes no sean las personas que figuran en los estatutos que se acompañan.
Si se tratare del representante legal, bastará que el acta de directorio contenga, de manera expresa, las facultades requeridas anteriormente.
d.- Domicilio especial constituido en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y su número de teléfono/fax.
Cuando se trate de Uniones Transitorias, además deberá presentar:
e.- Representación legal unificada mediante poder y con los mismos alcances establecidos en el apartado precedente.
f.- Documentación que acredite el compromiso (acta de acuerdo o convenio) de constitución y modalidades de la UT, en la que deberá establecerse como mínimo lo siguiente:
-Domicilio especial único en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Teléfono y Fax)
-Grado de participación de cada integrante.
-Compromiso expreso de asumir la responsabilidad solidaria de todas las obligaciones contractuales emergentes del contrato en todos sus aspectos, como así también el compromiso irrevocable de constituir en forma definitiva e inscribir en el organismo registral competente la unión transitoria o a sociedad anónima en caso de resultar adjudicatarios, previo a la firma de la contrata.
g.- Copia de las actas de cada una de las empresas autorizando la formación de la UT con el compromiso de mantenerlo en vigencia por un plazo no menor del fijado para la terminación de las obras y la extinción de las obligaciones emergentes del contrato.
h.- Declaración Jurada en la que consta expresamente que no se encuentran incursas en ninguna de las inhabilitaciones previstas por la ley.
Nota: La documentación indicada en los ítems a, b, c, e, y g deberá ser legalizada por escribano público.
XXXXX XXX - MODELO DE CONTRATA
Entre la Comuna 11 el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, que en adelante se denominará EL COMITENTE, representado en este acto por el Xxxxxxxxxx xx xx Xxxxx Xxxxxxx Xx00, Xx./Xxx………………….., con domicilio en Avenida Xxxxxxxxx Xxxxx 4680 C.A.B.A., y la firma……………………… , CUIT N° …………………… con domicilio legal en ……………………………………..de la Ciudad de Buenos Aires representada en este acto por………………………… con DNI N° ………………………. en su carácter de ………………………de la firma que en adelante se denominará EL CONTRATISTA, se celebra contenida en las cláusulas siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: En vista que EL COMITENTE adjudicó a EL CONTRATISTA, la Licitación Pública N°………………… , que tramitó por Expediente N°……………….. llamada para ejecutar los trabajos de …………………………………………, encomendadas conforme a Pliegos en los plazos, condiciones y precios fijados en la Oferta por EL CONTRATISTA, ambas partes proceden a formalizar el Contrato que ha quedado celebrado en virtud de los hechos expuestos. ------------------
CLÁUSULA SEGUNDA: EL CONTRATISTA se obliga a ejecutar para EL COMITENTE, a su costo y por su exclusiva cuenta, los ya indicados trabajos en los términos que se expresan en los Pliegos de Condiciones del llamado.
CLÁUSULA TERCERA: Dichos trabajos serán ejecutados por EL CONTRATISTA de acuerdo con los documentos que se inician a continuación y prevalecen en el orden en que se indican:
Pliego de Condiciones Generales.
Pliego de Condiciones Particulares y Circulares aclaratorias de todo tipo.
Pliego de Especificaciones Técnicas.
Planos Generales y Planillas
Planos de detalle.
Oferta
Contrata
Se deja constancia que en caso de discrepancias en los planos ente la dimensión apreciada a escala y la expresada en cifras o letras, prevalecerá esta última.
CLÁUSULA CUARTA: El precio de los trabajos es el que surge de la planilla de cotización, presentada por EL CONTRATISTA, que ofertará un monto total de Oferta de Pesos…………………………………………($...............................) que se adjunta como Anexo a esta Contrata.
CLÁUSULA QUINTA: EL CONTRATISTA se compromete a ejecutar la totalidad de los trabajos encomendados dentro del plazo de obra, que se fija en……………………($............................)……………………(……) ]días corridos contados a partir de la fecha de comienzo de los trabajos fijados en la Orden de Inicio.
CLÁUSULA SEXTA: EL CONTRATISTA ha constituido la garantía de adjudicación que fija el Pliego de Bases y Condiciones y la normativa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y EL COMITENTE ha recibido la misma de conformidad, estando constituida bajo POLIZA DE SEGURO DE CAUCION Nº [ ………….., extendida por …………….., garantía de ejecución de contrato, por pesos …………………. ($ ……………) .]
CLÁUSULA SEPTIMA: Las controversias de cualquier naturaleza que pudieren suscitarse con motivo de la presente Contrata, serán resueltas por los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, aceptando expresamente EL CONTRATISTA, la competencia de estos, con renuncia a cualquier otra jurisdicción o competencia.
Se otorgan y firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de Buenos Aires, a los [ …….. días del mes de ……..………. del año …………. ]
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [ … ]-SIGAF/17– LEY NACIONAL Nº 13.064 – Decretos Nº 1254-GCABA/08 y Nº 203-GCABA/16.
APROBADA POR RESOLUCIÓN Nº [ … XXX.-COMUNA XX/2017 .. ]
CONTRATO DE LOCACION DE OBRA [ … XXX/2017 ]
ANEXO IV - PLANILLA DE COTIZACIÓN
Se deja expresa constancia que los cómputos vertidos en la presente planilla son al sólo efecto de realizar la oferta, las empresas contratistas deberán efectuar sus propias mediciones.
ANEXO V - ANÁLISIS DE PRECIOS (*)
Conjuntamente con la planilla de cotización deberán presentar el análisis de precios de todos los ítems que la conforman respetando su orden. Deberán presentarlos con el formato de la planilla que se detalla a continuación:
ANALISIS DE PRECIOS |
||||||||||||||||||||||||||||||
Item |
DESCRIPCIÓN |
UN. |
Mano de Obra y Cargas Sociales |
Material 1 |
Material 2 |
Material 3 |
Costo Costo |
Coef. De Pase |
Precio Unitario |
|||||||||||||||||||||
A |
B |
C |
D |
E=A+B+C+D |
F=Anexo C |
G= E x F |
||||||||||||||||||||||||
Cód. Ajuste |
$ |
Cód. Ajuste |
$ |
Cód. Ajuste |
$ |
Cód. Ajuste |
$ |
$ |
|
$ |
||||||||||||||||||||
1 |
TRABAJOS PRELIMINARES y TAREAS COMPLEMENTARIAS |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|||||||||||||||||||
1.1 |
Limpieza, replanteo y nivelación del terreno |
U |
A1 |
17.941,61 |
M53 |
3.750,00 |
|
|
|
|
21.691,61 |
1,4850 |
32.212,04 |
|||||||||||||||||
1.2 |
Relevamiento Planialtimetrico y Cateos |
U |
A1 |
6.698,20 |
|
|
|
|
|
|
6.698,20 |
1,4850 |
9.946,83 |
|||||||||||||||||
1.3 |
Documentación Grafica, Proyecto Ejecutivo |
ML |
A1 |
10.290,15 |
|
|
|
|
|
|
10.290,15 |
1,4850 |
15.280,87 |
|||||||||||||||||
1.4 |
Provisión y colocación de Defensas |
M2 |
A1 |
72,02 |
M25 |
250,00 |
|
|
|
|
322,02 |
1,4850 |
478,20 |
|||||||||||||||||
2 |
MOVIMENTO DE SUELOS |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|||||||||||||||||
2.1 |
Excavación mecánica y retiro |
M2 |
A1 |
41,16 |
M53 |
45,00 |
M41 |
72,00 |
|
|
158,16 |
1,4850 |
234,87 |
|||||||||||||||||
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
(*) Los valores e índices son a modo ilustrativo.
ANEXO VI - INDICES PARA REDETERMINACIÓN DE PRECIOS (*)
Los oferentes deberán presentar los códigos de índices para redeterminación de precios con el formato de la planilla que se agrega a continuación:
CODIGO |
FUENTE |
CAPITULO |
ITEM |
DESCRIPCION |
A1 |
GCABA |
DIRECCION GENERAL DE ESTADISTICAS Y CENSOS |
UOCRA |
EVOLUCIÓN DEL COSTO SALARIAL DE LA ACTIVIDAD DE LA CONSTRUCCIÓN. |
A2 |
SOM |
SINDICATO DE OBREROS DE MAESTRANZA |
LIMPIEZA |
CATEGORÍA OFICIAL, VIÁTICOS Y CONCEPTOS NO REMUNERATIVOS (AMBITO SERVICIOS) |
A3 |
INDEC |
Indice de Salarios Sector Privado Registrado |
MANO DE OBRA |
Índices del Coeficiente de Variación Salarial (CVS) |
A4 |
CCT |
C.C.T. Nº 653/12 - Oficial de espacios verdes |
MANO DE OBRA |
JARDINEROS PARQUISTAS, VIVERISTAS Y FLORICULTORES |
A5 |
CCT |
C.C.T. Nº 653/12 - Operario |
MANO DE OBRA |
JARDINEROS PARQUISTAS, VIVERISTAS Y FLORICULTORES |
M01 |
INDEC |
CUADRO 7.3.2 IPIB |
33 |
EQUIPOS PARA MEDICINA E INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN |
M02 |
INDEC |
CUADRO 7.3.2 IPIB |
251 |
PRODUCTOS DE CAUCHO |
M03 |
INDEC |
CUADRO 7.3.2 IPIB |
273 |
PRODUCTOS DE FUNDICIÓN |
M04 |
INDEC |
CUADRO 7.3.2 IPIB |
321 |
COMPONENTES ELECTRÓNICOS |
M05 |
INDEC |
CUADRO 8.1.1.1 NIVEL GENERAL Y CAPÍTULOS DEL ICC, BASE 1993=100 |
MATERIALES |
MATERIALES |
M06 |
INDEC |
CAPÍTULO GASTOS GENERALES |
51560-21 |
SERENO |
M07 |
INDEC |
CAPÍTULO GASTOS GENERALES |
53111-1 |
CASILLA PARA OBRADOR |
M08 |
INDEC |
CAPÍTULO GASTOS GENERALES |
54400-1 |
CERCO DE OBRA |
M09 |
INDEC |
CAPÍTULO GASTOS GENERALES |
71240-11 |
ALQUILER DE CAMIÓN VOLCADOR |
M10 |
INDEC |
ÍNDICE DE PRECIOS DE ALGUNOS SERVICIOS |
74110-11 |
CONTENEDOR TIPO VOLQUETE |
M11 |
INDEC |
ÍNDICES DE LOS COMPONENTES INCLUIDOS EN EL DECRETO 1295/2002 |
A |
ALBAÑILERIA |
M12 |
INDEC |
ÍNDICES DE LOS COMPONENTES INCLUIDOS EN EL DECRETO 1295/2002 |
D |
CARPINTERÍAS |
M13 |
INDEC |
ÍNDICES DE LOS COMPONENTES INCLUIDOS EN EL DECRETO 1295/2002 |
F |
ANDAMIOS |
M14 |
INDEC |
ÍNDICES DE LOS COMPONENTES INCLUIDOS EN EL DECRETO 1295/2002 |
G |
ARTEFACTOS DE ILUMINACIÓN Y CABLEADO |
M15 |
INDEC |
ÍNDICES DE LOS COMPONENTES INCLUIDOS EN EL DECRETO 1295/2002 |
H |
CAÑOS DE PVC PARA INSTALACIONES VARIAS |
M16 |
INDEC |
ÍNDICES DE LOS COMPONENTES INCLUIDOS EN EL DECRETO 1295/2002 |
P |
GASTOS GENERALES |
M17 |
INDEC |
ÍNDICES DE LOS COMPONENTES INCLUIDOS EN EL DECRETO 1295/2002 |
R |
ARTEFACTO PARA BAÑO Y SU GRIFERÍA |
M18 |
INDEC |
ÍNDICES DE LOS COMPONENTES INCLUIDOS EN EL DECRETO 1295/2002 |
S |
HORMIGÓN |
M19 |
INDEC |
ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS BÁSICOS AL POR MAYOR (IPIB). MAYOR DESAGREGACIÓN DISPONIBLE |
31100-1 |
MADERAS ASERRADAS |
M20 |
INDEC |
ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS BÁSICOS AL POR MAYOR (IPIB). MAYOR DESAGREGACIÓN DISPONIBLE |
35110-3 |
PINTURAS AL LÁTEX |
M21 |
INDEC |
ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS BÁSICOS AL POR MAYOR (IPIB). MAYOR DESAGREGACIÓN DISPONIBLE |
37113-1 |
VIDRIO PLANO |
M22 |
INDEC |
ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS BÁSICOS AL POR MAYOR (IPIB). MAYOR DESAGREGACIÓN DISPONIBLE |
37440-1 |
CEMENTO PORTLAND |
M23 |
INDEC |
ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS BÁSICOS AL POR MAYOR (IPIB). MAYOR DESAGREGACIÓN DISPONIBLE |
37910-1 |
ABRASIVOS (EN RUEDA, DISCOS Y HOJAS) |
M24 |
INDEC |
ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS BÁSICOS AL POR MAYOR (IPIB). MAYOR DESAGREGACIÓN DISPONIBLE |
41261-1 |
XXXXXX XX XXXXXX Y ACERO |
M25 |
INDEC |
ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS BÁSICOS AL POR MAYOR (IPIB). MAYOR DESAGREGACIÓN DISPONIBLE |
42999-2 |
CHAPAS METÁLICAS |
M26 |
INDEC |
ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS BÁSICOS AL POR MAYOR (IPIB). MAYOR DESAGREGACIÓN DISPONIBLE |
43230-1 |
COMPRESORES Y SUS RESPUESTOS |
M27 |
INDEC |
ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS BÁSICOS AL POR MAYOR (IPIB). MAYOR DESAGREGACIÓN DISPONIBLE |
46113-1 |
GRUPOS ELECTRÓGENOS |
M28 |
INDEC |
ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS BÁSICOS AL POR MAYOR (IPIB) |
E |
PRODUCTOS QUÍMICOS |
M29 |
INDEC |
ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS BÁSICOS AL POR MAYOR (IPIB) |
I |
MOTORES ELÉCTRICOS Y EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO |
M30 |
INDEC |
CAPÍTULO MATERIALES. ÍNDICES ELEMENTALES |
37540-11 |
MOSAICO GRANÍTICO |
M31 |
INDEC |
CAPÍTULO MATERIALES. ÍNDICES ELEMENTALES |
37550-11 |
VIGUETA DE HORMIGÓN PRETENSADO |
M32 |
INDEC |
CAPÍTULO MATERIALES. ÍNDICES ELEMENTALES |
41277-11 |
XXXX XX XXXXX GALVANIZADA |
M33 |
INDEC |
CAPÍTULO MATERIALES. ÍNDICES ELEMENTALES |
41541-11 |
PLOMO PARA FUNDIR |
M34 |
INDEC |
CAPÍTULO MATERIALES. ÍNDICES ELEMENTALES |
41543-11 |
XXXX DE PLOMO |
M35 |
INDEC |
CAPÍTULO MATERIALES. ÍNDICES ELEMENTALES |
43540-12 |
ASCENSOR DE 7 PARADAS |
M36 |
INDEC |
CAPÍTULO MATERIALES. ÍNDICES ELEMENTALES |
43923-11 |
MATAFUEGO DE POLVO QUÍMICO |
M37 |
INDEC |
CAPÍTULO MATERIALES. ÍNDICES ELEMENTALES |
43923-21 |
HIDRANTE COMPLETO, CON MANGUERA Y GABINETE |
M38 |
INDEC |
CAPÍTULO MATERIALES. ÍNDICES ELEMENTALES |
44826-21 |
TERMOTANQUE A GAS |
M39 |
INDEC |
CAPÍTULO MATERIALES. ÍNDICES ELEMENTALES |
46340-11 |
CABLE TELEFÓNICO DE 1 PAR |
M40 |
INDEC |
ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS BÁSICOS AL POR MAYOR (IPIB) |
33360-1 |
GAS OIL |
M41 |
INDEC |
CAPÍTULO GASTOS GENERALES |
74110-11 |
ALQUILER DE VOLQUETE |
M42 |
INDEC |
ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS BÁSICOS AL POR MAYOR (IPIB) |
41251-1 |
PERFILES XX XXXXXX |
M43 |
INDEC |
ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS BÁSICOS AL POR MAYOR (IPIB) |
37350-2 |
TEJAS |
M44 |
INDEC |
ÍNDICES DE LOS COMPONENTES INCLUIDOS EN EL DECRETO 1295/2002 |
W |
MEMBRANA IMPERMEABILIZANTE |
M45 |
INDEC |
CAPÍTULO MATERIALES. ÍNDICES ELEMENTALES |
37410-11 |
YESO BLANCO |
M46 |
INDEC |
ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS BÁSICOS AL POR MAYOR (IPIB) |
37129-1 |
FIBRAS MINERALES |
M47 |
INDEC |
CAPÍTULO MATERIALES. ÍNDICES ELEMENTALES |
37370-11 |
BALDOSA CERÁMICA ESMALTADA |
M48 |
INDEC |
CAPÍTULO MATERIALES. ÍNDICES ELEMENTALES |
37540-32 |
LOSETA CALCÁREA PARA VEREDA |
M49 |
INDEC |
CAPÍTULO MATERIALES. ÍNDICES ELEMENTALES |
35110-21 |
ESMALTE SINTÉTICO BRILLANTE |
M50 |
INDEC |
CAPÍTULO MATERIALES. ÍNDICES ELEMENTALES |
38130-15 |
MUEBLE DE COCINA BAJO MESADA XX XXXXXX DE CALIDAD MEDIA |
M51 |
INDEC |
ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS BÁSICOS AL POR MAYOR (IPIB) |
42992-1 |
CERRADURAS |
M52 |
INDEC |
ÍNDICES DE LOS COMPONENTES INCLUIDOS EN EL DECRETO 1295/2002 |
K |
ASFALTOS, COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES |
M53 |
INDEC |
ÍNDICES DE LOS COMPONENTES INCLUIDOS EN EL DECRETO 1295/2002 |
J |
EQUIPO - AMORTIZACIÓN DE EQUIPO |
M54 |
INDEC |
CUADRO 7.3.2 IPIB |
11 |
AGRÍCOLAS |
M55 |
INDEC |
ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS BÁSICOS AL POR MAYOR (IPIB) |
42921-2 |
HERRAMIENTAS DE MANO |
M56 |
INDEC |
CAPÍTULO MATERIALES. ÍNDICES ELEMENTALES |
46340-31 |
CABLE CON CONDUCTOR UNIPOLAR |
M57 |
INDEC |
ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS BÁSICOS AL POR MAYOR (IPIB) |
46212-1 |
INTERRUPTORES ELÉCTRICOS |
M58 |
INDEC |
CAPÍTULO MATERIALES. ÍNDICES ELEMENTALES |
42999-51 |
JABALINA |
M59 |
INDEC |
CAPÍTULO MATERIALES. ÍNDICES ELEMENTALES |
46212-41 |
INTERRUPTOR TERMOMAGNÉTICO |
M60 |
INDEC |
ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS BÁSICOS AL POR MAYOR (IPIB) |
49129-3 |
EQUIPOS DE TRANSMISIÓN |
M61 |
INDEC |
CAPÍTULO MATERIALES. ÍNDICES ELEMENTALES |
44822-11 |
CALEFACTOR DE TIRO BALANCEADO |
M62 |
INDEC |
CAPÍTULO MATERIALES. ÍNDICES ELEMENTALES |
41277-31 |
XXXX XX XXXXXX NEGRO CON REVESTIMIENTO EPOXI |
M63 |
INDEC |
CAPÍTULO MATERIALES. ÍNDICES ELEMENTALES |
43240-31 |
LLAVE DE PASO PARA GAS |
M64 |
INDEC |
ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS BÁSICOS AL POR MAYOR (IPIB) |
42320-1 |
CALDERAS (A GAS Y FUEL OIL) |
M65 |
INDEC |
ÍNDICES DE LOS COMPONENTES INCLUIDOS EN EL DECRETO 1295/2002 |
V |
ELECTROBOMBAS |
M66 |
INDEC |
ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS BÁSICOS AL POR MAYOR (IPIB) |
94920-1 |
ACCESORIOS Y REPUESTOS PARA MÁQUINAS DE USO ESPECIAL |
M67 |
INDEC |
ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS BÁSICOS AL POR MAYOR (IPIB) |
36490-6 |
BOLSAS DE PLÁSTICO |
M68 |
INDEC |
CAPÍTULO MATERIALES. ÍNDICES ELEMENTALES |
46340-21 |
CABLE TIPO SINTENAX |
M69 |
INDEC |
ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS BÁSICOS AL POR MAYOR (IPIB) |
91223-1 |
ACEROS ALEADOS |
M70 |
INDEC |
CAPÍTULO MATERIALES. ÍNDICES ELEMENTALES |
42999-23 |
CAJA XX XXXXX PARA TABLERO |
M71 |
INDEC |
ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS BÁSICOS AL POR MAYOR (IPIB) |
34740-1 |
RESINAS PLASTICAS |
M72 |
INDEC |
CAPÍTULO MATERIALES. ÍNDICES ELEMENTALES |
37510-11 |
HORMIGÓN ELABORADO |
M73 |
INDEC |
CAPÍTULO MATERIALES. ÍNDICES ELEMENTALES |
15400-21 |
TOSCA |
M74 |
INDEC |
CAPÍTULO MATERIALES. ÍNDICES ELEMENTALES |
15320-1 |
PIEDRAS |
M75 |
INDEC |
CAPÍTULO MATERIALES. ÍNDICES ELEMENTALES |
37350-21 |
LADRILLO COMÚN |
M76 |
INDEC |
CAPÍTULO MATERIALES. ÍNDICES ELEMENTALES |
37990-1 |
HIDROFUGOS |
M77 |
INDEC |
CAPÍTULO MATERIALES. ÍNDICES ELEMENTALES |
42190-11 |
REJA DE BARROTES |
M78 |
INDEC |
IPIM 7.3.1 |
31 |
MAQUINAS Y APARATOS ELECTRICOS |
M79 |
INDEC |
IPIM 7.3.1 |
34 |
VEHÍCULOS AUTOMOTORES, CARROCERÍAS Y REPUESTOS |
M80 |
INDEC |
IPIM 7.3.1 |
251 |
PRODUCTOS DE CAUCHO |
M81 |
INDEC |
IPIM 7.3.1 |
343 |
REPUESTOS PARA AUTOMOTORES |
M82 |
INDEC |
IPIM 7.3.1 |
24 |
SUSTANCIAS Y PRODUCTOS QUÍMICOS |
M83 |
INDEC |
IPIM 7.3.1 |
2424 |
JABONES Y DETERGENTES |
M84 |
INDEC |
IPIM 7.3.1 |
NG |
NIVEL GENERAL |
M85 |
INDEC |
IPIM 7.3.1 |
18 |
PRENDAS Y MATERIALES TEXTILES |
M86 |
INDEC |
IPIM 7.3.1 |
29 |
MÁQUINAS Y EQUIPOS |
Los valores e índices son a modo ilustrativo (*) |
|
|
|
|
|
|
|
ANEXO VII - COEFICIENTE DE PASE (*) |
|
|
Los oferentes deberán presentar el coeficiente de pase definiendo su composición, siguiendo el formato de la planilla que se agrega a continuación:
1 |
Costo |
1 |
2 |
Gastos Generales ( ….......% de 1) |
|
3 |
Subtotal ( 1 + 2 ) |
|
4 |
Beneficio (.......... % de 3) |
|
5 |
Gasto financiero ( ….......% de 3) |
|
6 |
Subtotal (3 + 4 + 5) |
|
7 |
Impuestos ( ........... % de 6 ) |
|
8 |
Coeficiente antes de IVA ( 6 + 7 ) |
|
9 |
I.V.A. ( ........... % de 8) |
|
10 |
COEFICIENTE DE PASE ( 8 + 9) |
|
Los valores e índices son a modo ilustrativo (*) |
|
|
ANEXO VIII – SEGURIDAD E HIGIENE
1 - Objeto
Establecer las reglas y pautas que deben observar los contratistas del GCABA., las cuales integran las condiciones de contratación y son de cumplimiento obligatorio
2 - Alcance
Todos los Contratistas del GCABA que ejecuten Obras Civiles, o cualquier otra obra y/o servicio enmarcado en la Industria de la Construcción.
3 - Ámbito
La Sede Central del Organismo, las sedes de Organismos centralizados, y otras dependientes del mismo.
4 - Legislación
• Ley Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo N° 19.587 y reglamentaciones pertinentes.
• Ley Nacional Sobre Riesgos de Trabajo N° 24.557 y actualizaciones y/o modificaciones según ley 27.348 y Decretos 1694/2009, 1278/2000, 839/1998.
• Decreto de Higiene y Seguridad en la construcción N° 911/96
• Resolución Superintendencia de Riesgos del Trabajo N° 231/96
• Resolución Superintendencia de Riesgos del Trabajo N° 51/97
• Resolución Superintendencia de Riesgos del Trabajo N° 35/98, N° 319/99, N° 552/2001 y sus modificatorias u otras reglamentaciones que pudiesen surgir.
• Resolución Superintendencia de Riesgos del Trabajo N° 320/99
• Ordenanzas Municipales que correspondan al lugar de ejecución de la obra.
5 - Correlato
Las normas que se exponen a continuación se entenderán como reafirmatorias, ampliatorias y complementarias, y bajo ningún concepto substitutivas total o parcialmente de lo expresado en las leyes, decretos, resoluciones, ordenanzas, etc. que constituyen el ítem 4 de la presente reglamentación, aclarándose que en el supuesto caso de presentarse una discrepancia o conflicto de interpretación entre las Normas y la Legislación prevalecerá siempre esta última.
6 - Vigencia
Las Normas que siguen así como la Legislación correspondiente serán aplicables durante la totalidad del tiempo que dure el contrato del cual serán parte integrante cesando su aplicación solo cuando se compruebe fehacientemente que a juicio del GCABA los requisitos correspondientes han sido cumplimentados.
7 - Incumplimiento
La xxxx o la falta de cumplimiento de las Normas facultarán al GCABA para sancionar al contratista con medidas que pueden llegar a la rescisión unilateral del contrato según la gravedad de la falta, sin indemnización obligatoria alguna.
En caso que personal idóneo del GCABA verifique el incumplimiento de alguna Norma / Legislación, el mismo estará autorizado a paralizar la obra total o parcialmente hasta que el contratista tome las acciones que correspondan para solucionar la anomalía detectada, no siendo imputable el GCABA por los atrasos y costos causados a la obra.
El GCABA podrá prohibir el ingreso o retirar de la obra al personal, materiales o equipos que no cumplan con las Normas / Legislación correspondiente.
8 - Emergencias
En caso de producirse situaciones de incumplimiento de las Normas / Legislación que corresponden, que pongan en peligro la integridad física de personal del contratista, personal del GCABA o terceros, o puedan causar daños en forma inminente a bienes patrimoniales del Organismo, el GCABA estará facultado para proveer los materiales, el personal, o ejecutar las obras a fin de evitar dichas emergencias, los costos de los cuales serán transferidos y aceptados por el contratista.
9 - Disposiciones
A) Xxxxxxx / egreso del personal del contratista
El personal del contratista ingresará a la OBRA y se retirará de la misma en la forma y modo que indique el GCABA, perfectamente identificable según la modalidad que impere en el Organismo, manteniendo su identificación durante todo el tiempo de permanencia en la obra.
B) Indumentaria y Elementos de Seguridad Personal
El contratista debe proveer a su personal de ropa de trabajo y cascos de colores tales que permitan diferenciar a: personal obrero, supervisores o capataces y personal superior o de conducción.
Los elementos de Seguridad y Protección Personal a proveer por el contratista a su personal, deben ser los aprobados por las normas vigentes en la materia y en particular por el GCABA según el tipo de actividad realizada.
Es obligación del contratista exigir su uso a su personal, bajo apercibimiento que el mismo sea retirado de la obra cuando se verifique la contravención y hasta tanto se regularice la situación.
Asimismo señalizar la obligatoriedad de uso según Norma IRAM 10005.
C) Ingreso y circulación de los vehículos del contratista
El contratista debe asegurar sus vehículos y/o otros medios de locomoción en Compañías Aseguradoras a satisfacción del GCABA.
Los seguros tomados deben cubrir todos los riesgos que el bien asegurado pudiera ocasionar al personal transportado así como a terceros.
Las primas y sus actualizaciones deberán mantenerse actualizadas y vigentes para lo cual el GCABA se reserva amplias facultades de control siendo obligación del contratista presentar original y copias de las pólizas, recibos de pagos xx xxxxxx, reajustes, ampliaciones y/o actualizaciones que se practiquen durante la vigencia.
Los vehículos y/u otro medio de locomoción que no cumplan con lo exigido serán retirados del mismo hasta tanto regularicen su situación.
Los conductores de los vehículos de transporte del personal del contratista sean propios o subcontratados por el mismo deberán tener su licencia de conductor en concordancia con el tipo de vehículo que conduzcan en plena vigencia, pudiendo ser sometidos a pruebas de aptitud cuando el GCABA lo considere pertinente.
D) Normas Internas
No se permite el consumo de bebidas alcohólicas en ningún área de la obra.
Se prohíbe fumar en áreas de la obra definiendo el GCABA los lugares en áreas delimitadas donde estará permitido hacerlo.
Está prohibido el ingreso o consumo de comestibles y bebestibles a las áreas de trabajo circunscribiéndolo a los comedores o áreas preacordadas entre el contratista y el GCABA.
El agua para beber será provista en forma continua en la modalidad y forma que acuerden el contratista y el GCABA.
Se prohíbe la utilización de elementos y accesorios (bufandas, pulseras, cadenas, corbatas, etc.) que puedan significar un riesgo adicional en la ejecución de las tareas. El cabello, en su caso deberá ser recogido o cubierto.
Queda prohibido el uso de radios y/u otro tipo de reproductores de sonido, tanto sean colectivos, como individuales en áreas de obra.
E) Responsabilidades del Contratista
El Contratista es responsable por cualquier empleado que trabaje para él y toda otra persona que dependa de él o ejecute trabajos con o para él en el Organismo.
También el Contratista es responsable por el cumplimiento de esta norma por cualquier subcontratista que él pueda elegir, el cual debe estar expresamente autorizado por el Organismo o representante del GCABA.
En caso que la obra requiriese la intervención de subcontratistas o de contratistas menores el contratista principal asumirá la responsabilidad de implementar a través de su propio servicio de Higiene y Seguridad la coordinación de las acciones de prevención para todos los contratistas involucrados durante todo el tiempo que dure la obra, en virtud de lo señalado por el Art. 3° de la Resolución 319/99 de la SRT
En el área de la obra habrá en forma permanente un representante del contratista autorizado por éste para actuar en su nombre en casos de emergencia por motivos de trabajo, personal o equipos del mismo.
El representante del contratista hará conocer su domicilio particular y número de teléfono al
GCABA a efectos de poder ser ubicado cuando sea necesario.
- Orden y Limpieza en los lugares de trabajo
El contratista está obligado a mantener el orden y la limpieza en los lugares en que efectúa sus tareas.
Cercará las áreas de acceso restringido.
Todo desperdicio generado será acumulado y evacuado en plazos perentorios o cuando la COMUNA lo indique, por cuenta y riesgo del contratista, en los lugares apropiados bajo directivas del GCABA siendo condición indispensable para dar final de obra.
- Uso de Máquinas y herramientas del GCABA
A los contratistas les está vedado el uso de máquinas y herramientas de la COMUNA salvo expresa autorización del mismo.
- Conexiones
Toda conexión (eléctrica, de gas, hidráulica, etc.) debe ser supervisada y autorizada por La COMUNA.
- Carteles Indicadores
Los carteles indicadores existentes en el GCABA deben ser respetados.
- Sogas y Cables metálicos
Las sogas y cables metálicos deben ser los adecuados para el tipo de carga y operación.
- Accidente de Trabajo
Transcurridas no más de 24 horas de producido cualquier accidente en el área de la obra o “in itínere” al personal del contratista o algún tercero donde se hallen implicados personal, materiales o equipos del contratista, éste deberá brindar un informe detallado del mismo a la COMUNA. En caso de accidente de personal del contratista, será de su exclusiva responsabilidad realizar todo trámite que fuera necesario ante su ART en concordancia con lo establecido en la Ley Nacional 24557 y cualquier otro procedimiento de acuerdo a lo establecido en las leyes vigentes.
- Incidente de trabajo
Asimismo será responsabilidad del Contratista informar a la COMUNA dentro de las 24 hs de ocurrido el mismo cualquier incidente con la potencialidad tal de convertirse en un accidente o que haya causado daños considerables a equipos o instalaciones tanto sea de la COMUNA como propias.
- Investigación de Accidentes / Incidentes
Los accidentes e incidentes que lo ameriten, en razón de su gravedad o potencialidad a juicio de la COMUNA serán investigados por un comité conformado por personal técnico y del área de Higiene y Seguridad del Contratista y de la COMUNA.
F) Seguridad e Higiene Industrial
Este apartado constituye un resumen de las reglas de prevención de accidentes y procedimientos seguros de aplicación para quienes trabajan en una obra de la COMUNA teniendo como propósito principal evitar accidentes que puedan resultar en lesiones a personal del Contratista, personal del GCABA, o terceros, e incidentes que puedan producir daños a la propiedad o equipos.
Toda situación particular y no prevista en esta Norma deberá ser analizada bajo el marco del Decreto 911/96 y contar con la aprobación del GCABA.
- El Contratista es el principal responsable para capacitar y asegurar el cumplimiento de estas Normas por parte de su personal y de cualquier subcontratista que designe.
- Construcciones provisorias /remolques
Las construcciones precarias (pañoles de herramientas, obradores, etc.) que sean levantadas por el contratista no podrán ser calefaccionados por estufas de llama abierta o eléctricas (infrarrojas) o pantallas de gas xx xxxxxxx.
- Andamios
Se prohíbe utilizar tambores, cajones, bloques u objetos inestables como soportes de las plataformas de trabajo o andamios.
Los andamios deben tener parantes con patas seguras (adecuada superficie de apoyo) para evitar que se asienten o hundan en caso de estar apoyados sobre el terreno.
El acceso a las plataformas de trabajo debe ser seguro, prohibiéndose escalar usando los parantes:
Se prohíbe el uso de escaleras portátiles para andamios con alturas de (3m) tres metros o mayores.
Si fueran usadas deben colocarse a un ángulo aproximado de 75º (setenta y cinco grados) de la horizontal y perfectamente aseguradas en el tope de la plataforma.
En general y para todo tipo de andamio se preferirán las escaleras fijas.
Si se utiliza un andamio metálico debe asegurarse de apretar bien las tuercas.
Los tablones usados para andamios serán bien seleccionados y de tipo especial. Se deben adecuar al propósito de uso en cada caso sus medidas nominales mínimas serán: (5cm) cinco centímetros de espesor y una plataforma de trabajo de (0,60m).
Los tablones para andamios no deben pintarse, ya que la pintura puede ocultar fallas estructurales.
Para su conservación debe aplicarse una mano de aceite.
No se permitirá el almacenamiento en andamios y deberán eliminarse al fin de cada jornada las herramientas, materiales y desperdicios. Los andamios deben quedar sin carga de ninguna naturaleza. Durante las operaciones la acumulación de estos elementos se reducirá al mínimo.
Toda vez que se realicen trabajos en altura se debe cercar convenientemente la zona aledaña con carteles o cinta de peligro alertando sobre la presencia de personal efectuando tareas de este tipo.
- Andamios Colgantes
Es sumamente importante el tipo y modo de anclaje del que está suspendido el andamio, se lo inspeccionará cuidadosamente en cuanto a la construcción y resistencia acorde al tipo de trabajo.
El andamio debe someterse a una prueba que consiste en elevarlo a (30cm) treinta centímetros del suelo y sobrecargarlo con (4) cuatro veces la carga normal de trabajo.
Todos los cables y sogas serán sometidos a una inspección minuciosa previa a su uso.
- Trabajos de Soldadura
Cuando se realicen tareas de soldadura y/o corte se deberá vallar o señalizar la zona de riesgo y antes de comenzar las tareas se deberá contar con la autorización del personal del GCABA responsable.
Las operaciones xx xxxxx o soldadura se harán utilizando antiparras, visores, protectores faciales,
etc., según corresponda.
Durante las operaciones de soldadura debe haber siempre un extintor apropiado disponible.
Nunca use aceite o grasas en válvulas y accesorios de cilindros de oxígeno.
Está terminantemente prohibido el uso de oxígeno para la limpieza (en reemplazo de aire) ni para soplar tuberías.
- Equipos y Herramientas
El Contratista está obligado a mantener en buen estado mecánico sus herramientas y equipos así como velar sus condiciones y requerimientos de seguridad.
Las herramientas deben estar en buenas condiciones y repararse cuando sea necesario.
Las herramientas o cualquier otro material nunca deberán ser arrojados desde lugares elevados, ni tampoco permitir que se caigan.
Al utilizar xxxx y corta-frío, se debe utilizar un aguantador de herramienta para evitar lesionarse las manos y deberá utilizarse protección ocular.
Transportar las herramientas en un cajón adecuado.
Para cualquier trabajo usar siempre la herramienta adecuada.
Al ascender a escaleras con herramientas de mano, estas deben ser izadas o bajadas utilizando cinturón portaherramientas o una soga.
Al utilizar herramientas eléctricas, siempre se debe verificar que el enchufe y el cable estén en buenas condiciones.
Antes de usar equipo eléctrico asegurarse que esté permitido en el área de trabajo.
Antes de usar cualquier herramienta eléctrica asegurarse que esté debidamente conectada a tierra.
Las herramientas de mano se deben mantener siempre limpias y listas para entrar en función.
Cuando se utilizan piedras de amolar, picar, martillos, etc., es obligatorio el uso de protectores faciales completos.
No se debe intentar el uso de herramientas eléctricas de mano cuando se está parado sobre un charco de agua o sobre piso húmedo. Si se trabaja en lugar húmedo se deben usar botas y guantes de goma.
No conversar con otra persona cuando se usa una herramienta portátil de mano.
Al completar un trabajo con herramienta portátil accionada eléctricamente no olvidar desenchufar inmediatamente. Asegurarse que las guardas de seguridad sobre las herramientas portátiles cumplan su función y se encuentren en buenas condiciones
- Vallado de Seguridad
Cuando se practique un agujero, zanja o cualquier otra abertura en el piso, nunca debe dejarse al descubierto.
El personal que los practicó o produjo pondrá sumo cuidado en taparlos, rellenarlos, o cercarlos antes de retirarse del sector. Si el lugar estuviera poco iluminado, dicho cerco además deberá presentar una xxx xxxx en horario nocturno.
- Escaleras portátiles
Seleccionar las escaleras con el largo adecuado para el trabajo que se va a realizar. No usar escaleras empatilladas, las extensiones improvisadas son peligrosas y su uso está prohibido.
Examinar las escaleras antes de usarlas, si están rotas, rajadas o defectuosas en alguna forma, retirarlas para su reparación.
Usar escaleras que estén equipadas con pies y agarraderas de seguridad, si la escalera da la impresión de estar insegura, amarrar por medio de una soga la parte superior a un soporte fijo.
Esto es recomendable con escaleras altas, donde existe la posibilidad que la misma resbale, cambie su posición o sea llevada por delante.
Colocar la escalera sobre un piso o base segura, usando los pies de seguridad dependiendo ello del tipo de superficie donde se asienta la escalera.
Ubicar la base de la escalera a una cuarta parte de su largo de la vertical. Esto dará un ángulo seguro para desarrollar su trabajo.
Si se trata de una escalera de dos hojas abrir bien antes de intentar ascender.
Al ascender o descender de la escalera hacerlo de frente a la misma, deslizarse por la escalera es peligroso y está prohibido.
Para ascender y descender de las escaleras mantener ambas manos libres. Los artículos pequeños deben llevarse en los bolsillos o en el cinto. Los artículos de mayor volumen deben descenderse o izarse por medio de sogas o aparejos desde lugares elevados.
Tener mucho cuidado de no lesionar a otros empleados al trabajar desde escaleras o cuando se las coloca o transporta.
Si es necesario ubicar la escalera donde hay peligro de que sea golpeada por una persona u objeto colocar una barricada alrededor.
Mantener las escaleras libres de suciedad y pintura que puedan ocultar defectos.
- Equipos y elementos de seguridad
El CONTRATISTA está obligado a proveer a su personal el equipo y elementos de seguridad necesarios para los trabajos. La calidad de los mismos cumplirá con lo especificado por la Ley Nacional 19587, su Decreto Reglamentario 351/79 y el Decreto 911/96 específico para la Industria de la Construcción y las normas IRAM que correspondan.
Los elementos de protección personal deberán cubrir las siguientes áreas según las tareas a realizar y los riesgos emergentes de las mismas:
-Cascos de Seguridad
-Protección Ocular
-Protección Auditiva
-Protección Respiratoria
-Protección de miembros inferiores (zapatos de seguridad, botas, etc.)
-Protección de miembros superiores (guantes, mitones, etc.)
-Protección de caídas (cinturón de seguridad, arnés, etc.)
-Protección del tronco (trajes especiales, delantales, etc.)
La vestimenta será la adecuada al clima y medio en el cual se desarrolla la obra
-Prevención y Protección contra Incendios
Será exclusiva responsabilidad del CONTRATISTA la provisión, así como el control periódico para asegurar su perfecto funcionamiento, de los elementos portátiles de extinción que correspondan, en tipo y cantidad según la magnitud del riesgo que implique la obra.
Es responsabilidad del CONTRATISTA no solo contar con los elementos adecuados para la extinción de posibles incendios, sino tomar todas las medidas correctivas y preventivas para evitar que estos se produzcan.
Se prohíbe el almacenamiento o transporte de combustibles líquidos en condiciones que configuren peligro de derrames o de inflamabilidad. El uso de los mismos estará supeditado a la autorización del personal idóneo del GCABA.
Se evitará en lo posible el uso de herramientas o equipos que puedan generar chispas.
Se prohíbe el uso de artefactos o equipos de llama abierta excepto en casos específicamente autorizados por el GCABA.
G) Legajo Técnico
Como consecuencia del artículo 20 del Decreto 911/PEN/96 y del artículo 3º de la Resolución 231/96 de la SRT el Contratista preparará y presentará al GCABA- Inspección de Obra a partir del inicio de la obra y tantas veces como este último lo considere necesario, a fin de verificar los avances y cumplimientos en el área de Higiene y Seguridad en el Trabajo, el Legajo Técnico según los requerimientos de los artículos arriba citados.
Además de estar debidamente rubricado por el Responsable de Higiene y Seguridad del Contratista se completará con la siguiente documentación:
a) Memoria descriptiva de la obra.
b) Programa de Prevención de Accidentes y Enfermedades Profesionales de acuerdo a los riesgos previstos en cada etapa de obra (se lo completará con planos o esquemas si fuera necesario).
c) Programa de Capacitación al personal en materia de Higiene y Seguridad.
d) Registro de Evaluaciones efectuadas por el Servicio de Higiene y Seguridad, donde se asentarán las visitas y las mediciones de contaminantes.
e) Organigrama del Servicio de Higiene y Seguridad
f) Plano o esquema xxx xxxxxxx y servicios auxiliares.
H) Programación de Seguridad
En cumplimiento de lo requerido según la Resolución 51/97 de la Superintendencia de Riesgo de Trabajo el Contratista presentará a la Inspección de Obra, si así corresponde por las características de la obra o a juicio de su Aseguradora de Riesgo de Trabajo, el Programa de Seguridad cuyo contenido será en coincidencia con lo expresado en el Anexo I del Decreto citado.
Dicho Programa deberá contar con la aprobación de la Aseguradora de Riesgo de Trabajo, del Contratista y el GCABA a través de la Inspección de Obra será informado cada vez que la ART realice una visita de verificación en cumplimiento del Mecanismo de Verificación incluido en el Decreto de referencia. Lo antedicho se materializará a través de la recepción de una copia del informe o constancia, el plazo para presentar la aprobación del mismo a la inspección de obra es de 2 (dos) días hábiles a partir de la fecha de notificación al adjudicatario del inicio de los trabajos.
Deberá contar con el asesoramiento de un Graduado Universitario en Higiene y Seguridad durante todo el tiempo que dure la Obra, quien deberá cumplir con un mínimo de 12 horas semanales de presencia, o las horas indicadas en la Resolución SRT 231/96, lo que resulte mayor, o en su defecto destinar un Técnico Superior en Higiene y Seguridad para cubrir esa carga horaria.
La Empresa constructora, independientemente del Programa Único de Seguridad exigido por Resolución SRT 35/98 deberá confeccionar, de acuerdo a la Resolución SRT N° 51/97 un Programa de Seguridad que se deberá ajustar a lo siguiente:
a) Se confeccionará un programa por obra o emprendimiento ya sea que el empleador participe como contratista principal o bien como subcontratista, según lo establecido en el artículo 61 del Anexo del Decreto Reglamentario N° 911/96.
b) Contendrá la nómina del personal que trabajará en la obra y será actualizado inmediatamente, en casos de altas o bajas.
c) Contará con identificación de la Empresa, del Establecimiento y de la Aseguradora.
d) Fecha de confección del Programa de Seguridad.
e) Descripción de la obra y sus etapas constructivas con fechas probables de ejecución.
f) Enumeración de los riesgos generales y específicos, previstos por etapas.
g) Deberá contemplar cada etapa de obra e indicar las medidas de seguridad a adoptar, para controlar los riesgos previstos.
h) Será firmado por el Contratista, el Representante Técnico y el responsable de Higiene y Seguridad de la obra, y será aprobado (en los términos del artículo 3° de la Resolución 51/97), por un profesional en Higiene y Seguridad de la Aseguradora de Riesgo de Trabajo (ART).
i) El responsable de Higiene y Seguridad de la Empresa constructora deberá llevar un libro foliado de Higiene y Seguridad, que será rubricado por él y la Inspección de Obra. En él se asentarán las novedades, visitas, pedidos, inspecciones y cualquier otra novedad referente al rubro.
Este libro quedará en manos de la Contratista y a disposición de quienes lo soliciten.
El responsable de Higiene y Seguridad de la empresa contratista principal deberá, además, dejar asentados los días de visita y horas asignadas a la obra, para poder dar cumplimiento a lo estipulado por el Art. 2 de la Resolución SRT 231/96.
Previo a su ingreso a la obra la empresa contratista deberá presentar:
a) contrato de afiliación con una aseguradora de riesgos del trabajo (ART).
b) Programa de Seguridad aprobado por la ART en un plazo no superior a los 5 días hábiles de firmada el Acta de Comienzo.
c) Nómina del personal de obra emitida por la ART.
d) Aviso de inicio de obra.
e) Documento de vinculación entre el profesional que ejerza como responsable de Higiene y Seguridad y un responsable de la empresa firmado por ambas partes.
f) Para los casos de personal autónomo, una póliza de seguro de accidentes personales por un valor de $ 230.000 (pesos doscientos treinta mil).
En forma mensual la contratista deberá presentar:
a) Nómina actualizada del personal de obra emitida por la ART
b) Entrega mensual de estadísticas de accidentes.
c) Investigación de accidentes e incidentes y entrega de informes de las causas de los mismos en un lapso no mayor a 72 horas de ocurrido los mismos.
En caso que la Contratista no cumpla con alguna de las consideraciones y requerimientos de esta especificación, será advertido por la Inspección mediante Orden de Servicio, la que dará un plazo para su concreción. Si la Contratista no cumple con lo solicitado en la advertencia dentro del plazo establecido en la notificación de la Inspección, se le aplicará una multa equivalente al 2% de la Certificación mensual correspondiente al mes de incumplimiento, o la correspondiente a incumplimiento de órdenes de servicio, lo que sea mayor.
I) Responsabilidad del Área de Higiene y Seguridad en el Trabajo.
Al momento de dar inicio a la obra el Contratista informará por escrito a la Inspección de Obra los datos del responsable del Área de Higiene y Seguridad en el Trabajo para la misma, independientemente de que este sea propio o el servicio le sea brindado a través de un tercero.
Asimismo informará a la Inspección de Obra cada vez que se produzca un reemplazo del profesional citado.
ANEXO IX - IMPACTO AMBIENTAL durante la ejecución de la obra.
Objeto
La presente especificación establece las normas a seguir para cumplir con las Medidas de Mitigación previstas para la etapa de construcción de las obras.
Normativa
Sin perjuicio de lo definido a continuación en este documento, serán de aplicación en el caso de esta obra, la Ley Nacional General del Ambiente N° 25.675, la Ley Nacional 24.051, la Ley Nº 123 de Evaluación de Impacto Ambiental (Texto consolidado Ley 5666) y su Decreto Reglamentario 222/GCABA/12 y particularmente las condiciones que para la ejecución de la obra se establezcan en Resoluciones y Dictámenes que emita la Autoridad del GCABA como resultado del proceso de Evaluación de Impacto Ambiental el proyecto.
Responsable Ambiental
La Contratista deberá designar una persona física como Responsable Ambiental especializado en Manejo Ambiental de Obras y estudios de Evaluación de Impacto Ambiental, cuyos antecedentes deberán ser comunicados a la Inspección de Obra, al inicio de la ejecución del Contrato. Dicho profesional, que puede ser la misma persona a cargo de la Higiene y la Seguridad de la obra siempre y cuando cumpla con los requisitos, deberá tener una experiencia mínima de 3 años en el control ambiental de obras y encontrase inscripto en el Registro de la Agencia de Protección Ambiental del GCABA.
Los antecedentes profesionales serán evaluados en primera instancia por la Inspección y si merecieran su aprobación los elevará a la Agencia de Protección Ambiental del GCABA, quien determinará finalmente su aceptación.
El Responsable Ambiental actuará como interlocutor en todos los aspectos ambientales entre la Contratista, Autoridades Competentes y Comunidades Locales.
El Responsable Ambiental deberá tener en cuenta que todo evento, que por la generación de accidentes pueda afectar a la salud, tanto de la población como de los operarios de la Contratista, es de su competencia.
El Responsable Ambiental deberá elaborar un informe mensual que elevará a la Inspección mencionando las actividades realizadas en materia de gestión ambiental, estado de la obra en relación a los aspectos ambientales y dar adecuada respuesta a los pasivos ambientales que la Inspección señale en los informes que realizará, como así también, a las Ordenes de Servicio que sobre temas ambientales se hayan emitido.
Permisos Ambientales
La Contratista obtendrá los permisos ambientales y los permisos de utilización, aprovechamiento o afectación de recursos correspondientes. Está facultado para contactar a las autoridades ambientales para obtener los permisos ambientales, o de ser necesaria una modificación a cualquiera de los permisos o autorizaciones requeridos para la ejecución del proyecto.
La Contratista deberá presentar a la Inspección un programa detallado y un plan de manejo de todos los permisos y licencias requeridos para la obra que no sean suministrados por el GCABA y que se requieran para ejecutar el trabajo. Los costos de todas las acciones, permisos y declaraciones, deberán ser incluidos dentro de los gastos generales de la obra, no recibiendo pago directo alguno por parte del Comitente.
Los permisos que debe obtener la Contratista incluyen, pero no estarán limitados a los permisos operacionales, a los siguientes:
Permisos de utilización de agua.
Disposición de materiales de excavaciones.
Localización xxx Xxxxxxx.
Disposición de residuos sólidos.
Disposición de efluentes.
Permisos de transporte: incluyendo el transporte de residuos peligrosos como combustibles, aceites usados y otros insumos de obra, sólidos y líquidos.
Permisos para la realización de desvíos, cierre temporal de accesos a propiedades privadas, etc.
Permiso para la colocación de volquetes.
La Contratista debe acatar todas las estipulaciones y debe cumplir con todos los requisitos para cada permiso procesado, sujetando la ejecución de las obras a las resoluciones y dictámenes que emitan las autoridades del GCABA competentes.
Conservación del Medio Ambiente
La Contratista deberá producir el menor impacto posible sobre la población residente en el área, sobretodo aquella frentista a las obras, derivada de la afectación del aire, generación de ruidos, desvíos de tránsito, accesos a las viviendas, etc. durante la etapa de ejecución.
En aquellos casos en los que la Contratista deba remover el pavimento existente, dado que los equipos que se utilizan producen ruidos superiores a la 150 dB (A) deberá, por medio de cartelería, anunciar los días y horarios en que realizara las tareas
Responsabilidad
Los daños causados al medio ambiente y a terceros, como resultado de las actividades de construcción, serán responsabilidad de la Contratista, quien deberá remediarlos a su exclusivo costo.
La Contratista deberá designar una persona o grupo de personas competentes, responsables de la implementación de estas Especificaciones Técnicas.
El Responsable de Medio Ambiente de la Contratista será la persona asignada para mantener las comunicaciones con la comunidad, las Autoridades Competentes y la Inspección, en materia de Medio Ambiente.
Medidas de Mitigación
El Contratista deberá tomar las medidas necesarias tendientes fundamentales a evitar, mitigar y controlar las situaciones indeseadas para el medio ambiente y para las actividades cotidianas de la población del área de influencia, como consecuencia de la ejecución de las Obras.
El Contratista deberá cumplir con la normativa ambiental vigente al momento del inicio de las obras.
Información a las comunidades
Se deberá mantener permanente y apropiadamente informada a los pobladores y comerciantes del área sobre las características de las actividades vinculadas a las construcciones que habrán de ocasionarle inconvenientes y molestias para el desarrollo de su normal vida cotidiana. Los aspectos principales a tener en cuenta en este sentido son: las interrupciones de tránsito, la rotura de calles y calzadas y la posibilidad de interrupción de diversas prestaciones de servicios por rotura o remoción de ductos subterráneos.
La Contratista deberá informar oportuna y convenientemente, con un lenguaje accesible y claro, a la población afectada por la ejecución de las obras, acerca de los alcances, duración y objetivos de las obras a emprender. A tal efecto y antes de iniciar las obras deberá presentar a la Inspección un Plan de Comunicación a la Población o Plan de Comunicación Social contemplando todos los aspectos relativos a las interacciones de la obra con la población.
Los trabajadores de la Contratista y los Subcontratistas deberán respetar la forma de vida de la población afectada por las obras.
La Contratista está obligada a dar a conocer las características de los obras a realizar y la duración de las mismas y tener la aceptación previa por parte de la Inspección y de la autoridad correspondiente.
Instalación xxx xxxxxxx
La Contratista deberá proceder a determinar la localización óptima xxx Xxxxxxx teniendo en cuenta los impactos ambientales, tales como contaminación de aire por voladuras de partículas de acopios al aire libre, ruidos, tránsito de maquinaria vial y camiones, etc., que afectaran a la población circundante y a los peatones.
Previo a la instalación xxx Xxxxxxx, la Contratista presentará para aprobación de la Inspección, la localización finalmente elegida, fundamentando dicha elección del lugar, en función de no afectar, en la medida de lo posible, a la población circundante en relación a los impactos mencionados.
La Contratista deberá presentar un croquis detallado xxx Xxxxxxx donde se muestre la localización de las diferentes instalaciones, el que deberá ser aprobado por la Inspección.
El diseño xxx Xxxxxxx deberá efectuarse en un plano de planta, que sea claro para los usuarios, con caminos peatonales y vehiculares claramente diferenciados, además de la localización de estacionamientos de maquinarias, camiones y vehículos.
Los residuos líquidos equiparables a los domiciliarios podrán ser volcados al sistema cloacal de la Ciudad, así como los sólidos podrán ser retirados por el sistema de recolección domiciliaria de la ciudad.
Los residuos sólidos que puedan tener algún grado de contaminación deberán cumplir con las condiciones establecidas en el Anexo N° 4 de la Ley Nacional Nº 24.585/95 “De la Protección Ambiental de la Actividad Minera”. (Normativa complementaria - presupuestos mínimos).
Para los residuos peligrosos incluidos en el Anexo N° I de la Ley Nacional Nº 24.051 “De Residuos Peligrosos”, rigen las normas sobre manipulación, transporte y disposición final especificadas en dicha Ley y su Decreto Reglamentario.
Para depositar escombros o materiales no utilizados y para retirar de la vista todos los residuos inertes de tamaño considerable hasta dejar todas las zonas de obra limpias y despejadas, la Contratista deberá contratar a una empresa, debidamente autorizada para retirar dichos residuos xxx Xxxxxxx y de la obra, o realizarlo por su propia cuenta.
El Obrador contendrá equipos de extinción de incendios, sala de primeros auxilios con un responsable con el material médico necesario. El Obrador deberá mantener todas sus instalaciones en perfectas condiciones de funcionamiento durante todo el desarrollo de la obra.
La Contratista deberá tener en la salida xxx Xxxxxxx una cartelería adecuada señalando la existencia de acceso y salida de maquinarias y un equipo de banderilleros que corten el tránsito en los momentos en que se producen los mencionados accesos y salidas.
La Contratista deberá tener en las oficinas xxx Xxxxxxx copia de toda la legislación citada en las presentes especificaciones y de las normas vinculadas a la temática ambiental que emita el GCABA, posteriores al inicio de las obras.
Una vez terminados los trabajos se deberán retirar de las áreas xxx Xxxxxxx, todas las instalaciones fijas o desmontables que la Contratista hubiera instalado para la ejecución de la obra, como así también eliminar las chatarras, escombros, cercos, divisiones, rellenar pozos, desarmar o rellenar las rampas para carga y descarga de materiales, maquinarias, equipos, etc. No se recepcionarán las obras si no se ha dado cumplimiento a lo establecido precedentemente.
Aspectos relativos a la maquinaria y equipos El equipo móvil incluyendo maquinaria pesada, deberá estar en buen estado mecánico y de carburación, de tal manera que se queme el mínimo necesario de combustible reduciendo así las emisiones atmosféricas.
Asimismo, el estado de los silenciadores de los motores debe ser bueno, para evitar los excesos de ruidos.
Igualmente deberán tomarse medidas para evitar derrames de combustible o lubricantes que puedan afectar los suelos y/o al escurrimiento de aguas de lluvia.
En el aprovisionamiento de combustible y el mantenimiento del equipo móvil y maquinaria, incluyendo lavado y cambios de aceite, se deberá evitar que estas actividades contaminen los suelos.
Los cambios de aceites de las maquinarias deberán ser cuidadosos, disponiéndose el aceite de desecho en bidones o tambores y su disposición final deberá ser aprobado por la Inspección de la obra. Por ningún motivo estos aceites serán vertidos en el suelo.
Los aceites usados deberán estar contenidos en bidones o tambores localizados sobre una platea de hormigón, el lugar deberá estar techado y con un cerco perimetral y con candado para que solo pueda acceder el personal autorizado. En ningún caso dichos bidones o tambores podrán estar depositados en un lugar que carezca de ventilación.
Contaminación
Los contaminantes como productos químicos, combustibles, lubricantes, bitúmenes, aguas servidas, pinturas y otros desechos nocivos, no serán descargados en zonas donde si se producen precipitaciones puedan ser arrastrados al sistema de desagües pluviales, siendo la Contratista la responsable de su eliminación final en condiciones ambientalmente adecuadas.
En el caso de que la Contratista en forma accidental vierta, descargue o derrame cualquier combustible o productos químicos, notificará inmediatamente a la Inspección y a todos los organismos jurisdiccionales correspondientes, y tomará las medidas para contener y eliminar el combustible o los productos químicos.
La Contratista tomará las medidas necesarias para garantizar que cemento o concreto fresco no tengan como receptor el sistema pluvial del área. La Contratista evitará el vertido de xxxxx xx xxxxxx o de enjuague de hormigones al sistema de desagües pluviales, como también de cualquier otro residuo proveniente de las operaciones de mezclado de los hormigones.
Como los suelos provenientes de las excavaciones para los conductos pluviales y cámaras podrían estar contaminados tanto por pérdidas eventuales de establecimientos (desactivados o no) y depósitos localizados en el área, por el contacto con napas contaminadas o por las filtraciones de los conductos de desagüe, el Contratista deberá en primer lugar determinar las características y niveles que podría revestir dicha contaminación.
Para mitigar la contaminación con dichos suelos, el Contratista deberá tener en cuenta dos aspectos fundamentales: por un lado todo lo referente a la prevención del contacto humano con esos lodos contaminantes y, por el otro, todas aquellas acciones vinculadas a su tratamiento y su disposición final.
Control de derrames
Se determinará el origen del derrame y se impedirá que se continúe derramando el contaminante.
Se informará inmediatamente al Responsable de Seguridad e Higiene y al Responsable Ambiental de la obra.
Se interrumpirán otras actividades.
Se obtendrá toda la información necesaria sobre el tamaño, extensión y los contaminantes derramados.
El Responsable de Seguridad e Higiene y el Responsable Ambiental determinarán si es necesaria la contratación de una empresa especializada en control y remediación de derrames. Se asegurará el cumplimiento de la legislación vigente en todo momento.
Remoción del pavimento existente
La Contratista al ejecutar la remoción del pavimento existente deberá extraer de la zona el material removido y deberá trasladarlo al obrador u otro destino final a los efectos de no afectar el área de trabajo.
En ningún caso este podrá ser depositado sobre las veredas.
La Contratista utilizará solamente los lugares de depósitos aprobados por la Inspección.
La Contratista no depositará ningún material en terrenos de propiedad privada sin la previa autorización del dueño, debidamente ejecutada, protocolizada y con el visto bueno de la Inspección.
Los adoquines extraídos en la remoción del pavimento existente quedaran de propiedad del GCABA. La Contratista informará a la Inspección el lugar en que se depositarán para que esta informe al organismo competente del GCABA para que estos sean retirados para su uso posterior en obras que requieran este tipo de material.
Reconstrucción de veredas
En el caso de la reconstrucción de veredas deberá implementar un sistema adecuado para que los peatones puedan desplazarse con absoluta seguridad y garantizara a los vecinos frentistas a la obra el acceso seguro a sus viviendas. En ningún caso un vecino frentista se verá impedido del ingreso a su propiedad.
Protección de la vegetación existente
Se deberá conservar y proteger toda la vegetación existente (árboles, arbustos, plantas) contra el corte y/o la destrucción que pueda causar el personal del Contratista y contra los daños que se pudiesen producir por los descuidos en las operaciones de los equipos o por la acumulación de materiales, desechos y escombros. El Contratista deberá restaurar y reponer a su cargo la vegetación que se halla destruido o dañado por los trabajadores de excavación, construcción de los conductos, pavimentos, etc.
La Contratista deberá evitar daños al arbolado existente tanto en la zona operativa como en las calles laterales, salvo en el caso que en el pliego de forestación se establezca la extracción de algún ejemplar arbóreo.
La Contratista tomará todas las precauciones razonables para impedir y eliminar los incendios, evitando que los trabajadores enciendan fuegos no imprescindibles a las tareas propias de la obra.
Identificará un responsable del manejo de equipos e instalaciones de extinción de fuego y en caso de ser necesario avisará con celeridad a la autoridad local competente colaborando con la misma en el informe, prevención y eliminación de los incendios.
Queda expresamente prohibido que los trabajadores efectúen actividades predatorias sobre el arbolado existente no pudiendo colocar clavos en los árboles, cuerdas, cables o cadenas; manipular combustibles, lubricantes o productos químicos en las zonas de raíces; apilar material contra los troncos, cortar ramas, seccionar raíces importantes y dejar raíces sin cubrir.
Disposición de Residuos
Se deberá planificar una rápida disposición final de los escombros y basuras generadas, a fin de impedir problemas innecesarios de creación de ambientes propicios para la proliferación de vectores y roedores.
Minimización de la contaminación atmosférica y de los ruidos
Durante la fase de construcción, la Contratista controlará las emisiones de polvo procedentes de las operaciones de carga y descarga de camiones, plantas de áridos y otras instalaciones de obra. Las tolvas de carga de materiales deberán estar protegidas con pantallas contra el polvo y los camiones que circulen con materiales áridos o pulverulentos, deberán llevar su carga tapada con un plástico o lonas para evitar fugas de los mismos. Asimismo controlará el correcto estado de la maquinaria para evitar emisiones contaminantes superiores a las permitidas.
Los equipos no serán alterados de ninguna forma como para que los niveles de ruido sean más altos que los producidos por los equipos originales.
A criterio de la Inspección y cuando sea factible, la Contratista establecerá vías de transporte que alejen a sus vehículos como al de sus proveedores de zonas con congestión de tránsito y aseguren que las molestias ocasionadas por las operaciones de transporte se reduzcan al mínimo.
La Inspección se reserva el derecho a prohibir o restringir cualquier trabajo cercano a receptores sensibles que produzca niveles de ruido superiores a 65 dB (A) en horas nocturnas, de 22 a 06 hs., a menos que las ordenanzas locales establezcan otros límites u horarios, en cuyo caso prevalecerán las más exigentes.
Dependencias sanitarias en la zona de obra
En todos los sitios donde se desarrollen obras se instalarán baños químicos portátiles, contenedores para residuos sólidos domiciliarios y habrá agua potable disponible.
Los baños portátiles funcionarán a base de un compuesto químico líquido que degradarán las materias que se depositen, formando un residuo no contaminante biodegradable y libre de olores.
El producto químico se cargará en los baños mediante camiones cisterna con equipo especial de bombeo. Los residuos generados en los baños químicos serán evacuados mediante transportes especiales cuando su capacidad fuera colmada.
Cuando se efectúe el traslado de los baños químicos desde una ubicación a otra, se comprobará que los recipientes contenedores estén perfectamente cerrados, a fin de no provocar ningún derrame accidental durante el transporte.
Todas las dependencias sanitarias, cualquiera sea su tipo, serán higienizadas diariamente, a fin de evitar la generación de probables focos de enfermedades infecciosas.
Hallazgos arqueológicos, paleontológicos y de minerales de interés científico
Al proceder al levantamiento del pavimento existente, en el caso de algún descubrimiento de material arqueológico, sitios de asentamiento u otros objetos de interés arqueológico, paleontológico o de raro interés mineralógico durante la realización de las obras, la Contratista tomará de inmediato medidas para suspender transitoriamente los trabajos en el sitio de descubrimiento, colocará un vallado perimetral para delimitar la zona en cuestión y dejará personal de custodia con el fin de evitar los posibles saqueos. Dará aviso a la Inspección, la cual notificará de inmediato a la Autoridad Estatal a cargo de la responsabilidad de investigar y evaluar dicho hallazgo.
La Contratista cooperará, y a pedido de la Inspección ayudará a la protección, relevamiento y traslado de esos hallazgos.
Patrimonio Histórico
El Contratista deberá comunicar fehacientemente y con adecuada anticipación a los responsables directos de aquellos sitios donde se hallen elementos ornamentales y de patrimonio a fin que estos adopten en tiempo y forma los recaudos necesarios para asegurar la apropiada preservación durante la etapa de construcción, particularmente durante las excavaciones, movimiento de maquinaria pesada, rotura de pavimentos y todas aquellas actividades que generen polvos.
Seguimiento y monitoreo ambiental
El programa de monitoreo estará basado en el seguimiento de las Medidas de Mitigación propuestas, orientado a conservar las condiciones de los componentes ambientales: atmósfera, suelo, agua, flora, social (patrones sociales y culturales) y paisaje, como referentes esenciales para el área del Proyecto.
La Contratista elaborará un Plan de Monitoreo que deberá acoplarse al Plan de Obra. Estos planes aprobados por la Inspección, serán de estricto cumplimiento por parte de la Contratista.
Antes de la puesta en funcionamiento xxx Xxxxxxx y del inicio de las obras la Contratista realizará, entre las 10 hs. y las 17 hs., un monitoreo de aire y ruido para determinar la Línea de Base, tanto en la zona en que se localizara el Obrador y como en aquellos puntos que indique la inspección.
El responsable de ejecutar el seguimiento será la Contratista, la que deberá entregar un reporte mensual sobre los componentes y variables que realice, suministrando los análisis con el soporte de un laboratorio certificado y el informe de auditoría incluyendo fotografías fechadas, firmado por el Responsable Ambiental y el Representante Técnico de la Contratista.
El programa de monitoreo planteado tiene como finalidad identificar la eficacia de las Medidas de Mitigación propuestas y el cumplimiento de las mismas por la Contratista. La Inspección podrá, eventualmente, solicitar determinados monitoreos, en el caso de que lo considere necesario, sobre todo en los casos en que se produzcan quejas de los vecinos. Esto no implicara un adicional de obra.
Penalidades
En caso que la Contratista no cumpla con alguna de las consideraciones y requerimientos de esta especificación, será advertido por la Inspección mediante Orden de Servicio, la que dará un plazo para su concreción. Si la Contratista no cumple con lo solicitado en la advertencia dentro del plazo establecido en la notificación de la Inspección, se le aplicará una multa equivalente al 2% de la Certificación mensual correspondiente al mes de incumplimiento, o la correspondiente a incumplimiento de órdenes de servicio, lo que sea mayor.
No se realizará la recepción provisional de la obra hasta tanto no se haya dado cumplimiento a la totalidad de los Aspectos Ambientales citados en esta Especificación y a todos los requerimientos de las Autoridades Competentes.
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