CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA
CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA
PROYECTO DE ASISTENCIA TÉCNICA Y RIEGO TECNIFICADO PARA LA RECONVERSION DEL CULTIVO DEL ARROZ EN LAS REGIONES DE LAMBAYEQUE Y PIURA
CONTRATO N° 283-2008-AG-PSI
Conste por el presente documento, el Contrato de Servicios de Consultoría de un CONSULTOR EN PREPARACION DE EXPEDIENTE TECNICO XX XXXXX PRESURIZADO EN EL SECTOR SAMAN BAJO - XXXXXX XXXXX, XXXXX XXX XXXXX, PIURA, que suscriben de una parte del Programa Subsectorial de Irrigaciones, del Ministerio de Agricultura, con RUC N° 20414868216, representado por su Director Ejecutivo (e) ING. XXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX, identificado con DNI N° 00000000, designado mediante Resolución Ministerial N° 0247-2005-AG, a quien en adelante se le denominará “LA ENTIDAD”, señalando como domicilio legal en Xx. XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX Xx 000 XXXXX XXXXXXX - XXXX, y de la otra parte el Sr.(a) (ta) XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXX, identificado con DNI N° 00000000 RUC N° 10402081860, domiciliado en Xx. Xxxxx xxx Xxx Xx 0000, Xxx Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxx, a quien en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA”, de acuerdo a los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA – ANTECEDENTES
Como resultado de la Adjudicación de Menor Cuantía N° 288-2008-AG-PSI, CONSULTOR EN PREPARACION DE EXPEDIENTE TECNICO XX XXXXX PRESURIZADO EN EL SECTOR SAMAN BAJO - XXXXXX XXXXX, XXXXX XXX XXXXX, PIURA - OGZN CHICLAYO, el Área de Logística, encargada de llevar a cabo los procesos de adjudicación de bienes y servicios de menor cuantía, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 23° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, otorgó la Buena Pro al postor Sr. (a) XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXX, por la retribución económica total de S/.11600, incluido impuestos, para prestar sus servicios según los Términos de Referencia contenidos en las Bases Administrativas, las mismas que forman parte del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA – BASE LEGAL
La presente Adjudicación tiene como Base Legal la Ley N° 29142 “Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2008”, a nivel de Unidad Ejecutora y el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados mediante los Decretos Supremos Ns° 083 y 084-2004-PCM, respectivamente y las presentes Bases Administrativas.
CLÁUSULA TERCERA – DEL OBJETO DEL CONTRATO
Es objeto del presente contrato, contratar los servicios de un (a) CONSULTOR EN PREPARACION DE EXPEDIENTE TECNICO XX XXXXX PRESURIZADO EN EL SECTOR SAMAN BAJO - XXXXXX XXXXX, XXXXX XXX XXXXX, PIURA, para apoyar en las actividades inherentes a la Oficina de Gestion Zonal Norte - Chiclayo y la Oficina de Tecnificación xxx Xxxxx y bajo su supervisión respectiva, en el Programa Subsectorial de Irrigaciones – Ministerio de Agricultura.
CLÁUSULA CUARTA – ALCANCES DEL SERVICIO
Los alcances del servicio a prestar se detallan en los Términos de Referencia (Anexo “A”), que se adjuntan y forma parte del presente contrato, pudiendo ser mejorados y ampliados, por “EL CONTRATISTA”, sin costo adicional para “LA ENTIDAD”.
CLÁUSULA QUINTA – CALIDAD DEL SERVICIO
El servicio debe ser de buena calidad; comprometiéndose “EL CONTRATISTA” a prestarlo de acuerdo con las normas más elevadas de competencia e integridad ética y profesional.
CLÁUSULA SEXTA – ÁMBITO
“EL CONTRATISTA”, se compromete a ejecutar el servicio en el lugar indicado en los Términos de la Referencia (Anexo “A”).
CLÁUSULA SÉPTIMA – PLAZO DE EJECUCIÓN
“EL CONTRATISTA” prestará sus servicios, durante el periodo de: 00 xx xxxxxxx xx 00 de noviembre de 2008.
CLÁUSULA OCTAVA - DE LA GARANTÍA
“EL CONTRATISTA” declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLÁUSULA NOVENA – PENALIDADES
Si “EL CONTRATISTA” incurriese en xxxx en la presentación de los informes de acuerdo al cronograma establecido en la cláusula 10° del presente contrato, “LA ENTIDAD” le aplicará a “ EL CONTRATISTA” una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto equivalente al cinco por ciento (5%) del monto contractual.
La penalidad se aplicará y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad diaria: 0.10 x Monto del Contrato / F x Plazo en días. Donde F = 0.40
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, “LA ENTIDAD” podrá resolver el contrato por incumplimiento.
CLÁUSULA DÉCIMA – DEL COSTO DEL SERVICIO A PRESTAR Y FORMA DE PAGO.
La retribución económica total del servicio a prestar incluyendo impuestos es S/. 11,600 (ONCE MIL SEISCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), el cual será cancelado de la siguiente manera:
Primer Pago: S/. 2,900 equivalente al 25% a la presentación del Plan de Trabajo y previa conformidad de la Oficina de Gestion Zonal Norte - Chiclayo y de la Oficina de Tecnificación xxx Xxxxx.
Segundo Pago: S/. 8,700 equivalente al 75% a la aprobación del Expediente Técnico y previa conformidad de la Oficina de Gestion Zonal Norte - Chiclayo y la Oficina de Tecnificación xxx Xxxxx.
El pago se realizará previa aprobación del informe y/o producto por parte del Jefe inmediato y deberá contar con la conformidad de los Jefes de Oficina y Directores correspondientes.
Dicha suma ha sido establecida en el entendido de que incluye los costos y utilidades para “EL CONTRATISTA”, así como cualquier obligación tributaria a que pudiera estar sujeto. Los gastos por concepto de pasajes y viáticos en que incurra el Contratista para la realización de sus actividades inherentes al servicio contratado, serán asumidos por “LA ENTIDAD”, cuando así lo disponga expresamente.
Se da por vigente al Subcapítulo I - Pago Mediante Transferencias Electrónicas, Capítulo II Procedimiento de Pagaduría de la Directiva N° 001-2007-EF/77.15 de la Directiva de Tesorería correspondiente al año Fiscal 2007, establece que las retribuciones económicas serán depositadas en la Entidad Bancaria indicada por “EL CONTRATISTA”, en tanto se pronuncie la Directiva de Tesorería correspondiente al Ejercicio Fiscal 2008.
CLÁUSULA UNDÉCIMA – OBLIGACIONES DE LAS PARTES
“DE LA ENTIDAD”
11.1 “LA ENTIDAD” se compromete a pagar el costo del servicio, conforme a lo previsto en el presente Contrato.
11.2 “LA ENTIDAD” hará conocer oportunamente por escrito a “EL CONTRATISTA” las deficiencias de servicios para superarlas.
“DEL CONTRATISTA”
11.3 “EL CONTRATISTA” está obligado a ejecutar el servicio en los plazos establecidos y de acuerdo a los Términos de Referencia (Anexo “A”) de las Bases Administrativas.
11.4 Durante la vigencia del contrato y dentro de los dos años siguientes a su término, “EL CONTRATISTA” no podrá revelar ninguna información confidencial o de propiedad de “LA ENTIDAD” relacionada con los servicios en virtud del presente, o de las actividades u operaciones de “LA ENTIDAD” sin el consentimiento previo por escrito de “LA ENTIDAD” .
11.5 Todos los estudios, informes, gráficos, programas de computación u otros materiales preparados por “EL CONTRATISTA” en virtud de este contrato serán de propiedad de “LA ENTIDAD”.
11.6 Mantener un comportamiento adecuado en las instalaciones de “LA ENTIDAD”.
11.7 Velar por la correcta utilización de los bienes de propiedad de “LA ENTIDAD” y en caso de deterioro o desaparición por causa imputable a su parte, asumir el costo de su reposición y / o reparación.
11.8 De corresponder, todos los PROGRAMAS FUENTES y la documentación de los SISTEMAS elaborados, deberán ser entregados a “LA ENTIDAD”.
CLÁUSULA DUODÉCIMA – RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
LA ENTIDAD, se reserva el derecho de resolver el presente contrato antes de su vencimiento sin pago de indemnización por ningún concepto, en los siguientes casos:
Por deficiencia comprobada en el servicio
De común acuerdo entre las partes contratantes.
Por mal comportamiento en las instalaciones de “LA ENTIDAD”
Por falta de disponibilidad presupuestal.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA – SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Por la presente Cláusula, las partes acuerdan que cualquier controversia o reclamo que surja de, o se relacione con, la ejecución y/o interpretación del presente Contrato, será resuelta de manera definitiva mediante Arbitraje de Derecho conforme a las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento (Art. 274°) y la Ley General de Arbitraje.
Estando conforme ambas partes contratantes con los términos y condiciones señaladas en el presente Contrato, lo suscriben por duplicado, en señal de aceptación y plena validez, en la ciudad de Lima, el día 10 de octubre de 2008.
“LA ENTIDAD” |
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“EL CONTRATISTA” |
ING. XXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX Director Ejecutivo (e) |
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XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXX DNI N° 00000000 |
CAPITULO III
REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
MINISTERIO DE AGRICULTURA
PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES- PSI
OFICINA DE TECNIFICACIÓN XXX XXXXX - DGR
TERMINOS DE REFERENCIA
CONSULTOR EN PREPARACION DE EXPEDIENTE TECNICO
XX XXXXX PRESURIZADO EN EL SECTOR “SAMAN BAJO”,
XXXXXX XXXXX, XXXXX XXX XXXXX
ANTECEDENTES
Mediante la Ley Nº 29035 se autorizó un crédito suplementario en el presupuesto del sector público para el 2007, entre otros, para el Pliego 013 Ministerio de Agricultura. Mediante Resolución Ministerial Nº 418-2007-AG del 15 junio 2007 se aprobó la desagregación de los recursos aprobados, asignándole a la Unidad Ejecutora Programa Subsectorial de Irrigaciones – PSI, para iniciar la ejecución del Proyecto “Asistencia Técnica y Riego Tecnificado para la Reconversión del Cultivo de Arroz en Piura y Lambayeque–I Etapa”. En el presupuesto del sector público para el año 2008, Ley Nº 29142, se le ha asignado al PSI la suma ascendente a S/. 2´615,056 para la continuación de la ejecución las metas previstas en el referido Proyecto.
El objetivo del Proyecto es contribuir a mejorar la rentabilidad de la agricultura xx xxxxx en las Regiones de Piura y Lambayeque, mediante la reconversión del cultivo tradicional de arroz, por otros cultivos mas rentables orientados a la exportación, como el banano orgánico, palto, mango, cítricos, espárragos, páprika, ají piquillo y otros.
Para alcanzar los objetivos propuestos, el Proyecto contempla la ejecución de los siguientes componentes:
i. Tecnificación xxx xxxxx a nivel parcelario (riego presurizado)
ii. Capacitación y Asistencia Técnica en riego y cultivos
iii. Instalación de nuevas plantaciones
iv. Articulación comercial y financiera, estudios xx xxxxxxx y planes de negocios.
v. Administración y gestión del Proyecto.
El Proyecto beneficiará en forma directa a aproximadamente 250 pequeños agricultores con una superficie agrícola total de 550 ha ubicadas en las regiones de Piura (275 ha) y Lambayeque (275 ha), conformados preferentemente en grupos de gestión con superficies agrícolas del orden de 50 ha. y con la activa participación de los beneficiarios y las Organizaciones de Usuarios.
Para la implementación del componente de tecnificación xx xxxxx a nivel parcelario, se requiere previamente la elaboración de los expedientes técnicos respectivos. Para tal fin, habiéndose constituido el grupo de gestión empresarial denominado “Saman Bajo” en el xxxxx xxx Xxxxx en Piura, el PSI requiere contratar los servicios de un Consultor especialista en riego tecnificado, para la preparación de Expedientes Técnicos de sistemas xx xxxxx presurizado a instalarse.
REQUISITOS
Ingeniero Agrícola, Civil, Mecánico de Fluidos ó Agrónomo con experiencia profesional mayor a cinco (5) años.
Experiencia probada mayor a cuatro (4) años en la preparación o supervisión de proyectos o diseños y/o instalación de sistemas xx xxxxx tecnificado (aspersión, microaspersión, goteo, multicompuertas).
Certificado Inscripción vigente en Registro Nacional Proveedores – RNP del CONSUCODE, en el rubro de servicios.
Certificado de Inscripción en Registro de Consultores del CONSUCODE
III. OBJETO DE LA CONSULTORIA
El objeto del presente Consultoría es la preparación del Expediente Técnico con diseños a nivel definitivo del sistema xx xxxxx presurizado, así como de las obras civiles y de electrificación complementarias, del Proyecto de Tecnificación xx Xxxxx en una superficie de sesenta (60) hectáreas perteneciente al Grupo Gestión “Saman Xxxx” xx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxx, conformado por 70 pequeños agricultores propietarios.
IV. LOCALIZACION
La consultoría se desarrollará en los terrenos de Grupo de Gestión “Saman Bajo”, ubicado en el ámbito de la Comisión de Regantes Xxxxxx Xxxxx de la Junta de Usuarios del Xxxxx xxx Xxxxx, en el distrito de Marcavelica de la provincia de Sullana, en la Región Piura.
V. ALCANCE DE LOS SERVICIOS
El Consultor elaborará el Expediente Técnico objeto de la presente consultoría, teniendo en cuenta la “Guía para la Elaboración de Expedientes Técnicos xx Xxxxx Presurizado” del Programa Subsectorial de Irrigaciones – PSI, el mismo que se adjunta y forma parte de los Términos de Referencia, además deberá tener en cuenta la experiencia en proyectos similares del PSI y la buena práctica de la ingeniería en el tema.
Entre los rubros más importantes que el Consultor deberá desarrollar, están:
i) Aspectos Generales del Proyecto
ii) Concepción del Proyecto
iii) Diseño Agronómico
iv) Diseño Hidráulico xxx Xxxxx y Obras Complementarias
v) Descripción de los Componentes del Sistema xx Xxxxx Proyectado
vi) Plan de Capacitación en O & M
vii) Presupuesto Detallado
viii) Cronograma de Implementación
ix) Anexos: Planos, documentos técnicos, cálculos justificativos, análisis de suelos y de aguas, cotizaciones, información de los beneficiarios y otros.
El Consultor, como parte de sus obligaciones deberá revisar y evaluar la información básica entregada por el PSI (levantamientos topográficos y de suelos) de la zona del proyecto, debiendo validarlos para efectos del planeamiento y diseño del sistema presurizado. Asimismo, teniendo en cuenta que el proyecto desarrollado para el sector xx Xxxxx Alto ha sido dimensionado con cabezal y red matriz suficiente para atender la demanda de este sector, el Consultor deberá diseñar la red principal y secundaria, teniendo en cuenta los parámetros de diseño anteriores.
El Consultor deberá absolver todas las observaciones que se formulen, hasta la aprobación correspondiente por parte del PSI. El Consultor coordinará sus actividades con la Oficina de Tecnificación xx Xxxxx de la Dirección de Gestión xx Xxxxx.
PLAZO DE EJECUCION
El Consultor será contratado por la modalidad de “Consultoría Individual” por un período de Treinta días (30) días calendario, desde el 10 de Octubre al 10 de Noviembre.
DE LA SUPERVISIÓN
La Oficina de Tecnificación xx Xxxxx - OTR de la Dirección de Gestión xx Xxxxx – DGR del PSI, tendrá a su cargo la supervisión del avance de la ejecución del servicio contratado con el Consultor, conforme a lo establecido en los Términos de Referencia, hasta su culminación y aprobación correspondiente.
VALOR REFERENCIAL Y FORMA DE PAGO
El Valor Referencial de los servicios requeridos asciende a la suma de S/. 11,600.00 (once mil seiscientos y 00/100 nuevos soles), que incluye todos los costos y gastos necesarios para la ejecución de los servicios por parte del Consultor, hasta la aprobación respectiva.
El pago de los servicios se realizará en dos (2) armadas:
i) Un veinticinco por ciento (25%) a la presentación y conformidad del Plan de Trabajo, según requerido en numeral IX.- i).
ii) Un setenta y cinco por ciento (75%) a la aprobación del Expediente Técnico concluido.
DE LOS PRODUCTOS
El Consultor presentará los siguientes productos:
i) Plan de Trabajo, a los ocho (8) días de iniciados los servicios, el mismo que deberá contener el detalle de las actividades a realizar y cronograma de la ejecución; asimismo, deberá contener una evaluación y validación de la información básica entregada por el PSI (topografía y otros), la definición de la ubicación del cabezal xx xxxxx, así como el sistema xx xxxxx a proponer, el desarrollo de los Aspectos Generales del Proyecto, información básica recopilada (climatología y otros), así como la descripción de la Concepción del Proyecto.
ii) Expediente Técnico concluido, de acuerdo a los Términos de Referencia, a los veinticinco (25) días calendario de iniciados los servicios.
Los referidos productos serán remitidos a la Oficina de Tecnificación xx Xxxxx (OTR), para su revisión, aprobación y trámite de pago.
El expediente técnico final se entregará en original y dos (2) copias; asimismo, los informes y la documentación sustentatoria se presentarán en papel bond A4 y su presentación en forma anillada, los plano se presentaran en formato A-1 o A-3 y en ambos caso en CD.
X. FUENTE DE FINANCIAMIENTO
La fuente de financiamiento son los recursos ordinarios del Proyecto de “Asistencia Técnica y Riego Tecnificado para la Reconversión del Cultivo del Arroz en Piura y Lambayeque – I Etapa”, asignados al Proyecto Subsectorial de Irrigación – PSI, para la ejecución del proyecto.
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