CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS ENTRE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRIVADA-CEBA SAN VIATOR Y
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS ENTRE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRIVADA-CEBA SAN XXXXXX Y
PADRES, MADRES DE FAMILIA, ESTUDIANTES O APODERADO PARA EL PERIODO PROMOCIONAL 2022 I y II
Conste por el presente documento el CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS que suscriben de una parte la Asociación de Educadores SAN XXXXXX Yachatsikuqkuna Ayllukashqa, con RUC N° 20407956771, con domicilio legal en Jr. dos xx xxxx S/N Acobamba – Yungay, Entidad Promotora de la I. E. Pr. – CEBA SAN XXXXXX xx Xxxxxxx, Autorizado mediante R.D.R. Nº 03114-2010, debidamente representado por su Director General Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxx VACAS XXXXXXXX, identificado con DNI Nº 00000000, a quien en delante se denominará CEBA y por otra parte el/la Sr. (a)
identificado con DNI Nº domiciliado en
, a quien en adelante se denominará USUARIO, quienes suscribimos el presente contrato en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, dando a conocer la información veraz, clara y suficiente con respecto al costo y servicio educativo para el periodo promocional 2022 I y II, la misma que se expresa lo siguiente:
I. DE LOS SUJETOS DEL CONTRATO
1.1. EL CEBA es una Institución de Gestión Privada que brinda SERVICIOS EDUCATIVOS, inspirado en los fundamentos, principios y lineamientos axiológicos señalados en su Reglamento Interno, en el ciclo avanzado de Educación Básica Alternativa de conformidad con la R.D.R. Nº 03414-2010.
1.2. El USUARIO, es Padre de Familia, estudiante, Tutor o Apoderado, debidamente acreditado, cuyos datos se consignan en la presente contrata.
II. OBJETO DEL CONTRATO: Por el presente el USUARIO elige los SERVICIOS que brinda EL CEBA, en consecuencia, procederá a disponer la matrícula como Estudiante del CEBA SAN XXXXXX.
El Objeto del presente Contrato es dejar constancia la responsabilidad de los padres o apoderado de cumplir con el pago de los servicios prestados, toda vez que ella redunda en la formación integral del estudiante y apoyo psicológico de los estudiantes, en unión de esfuerzos con la Institución Educativa. Esta meta se verá fortalecida con el apoyo de la familia para la formación integral del ESTUDIANTE y de su rendimiento académico en función al currículo nacional correspondiente de cada grado, en ese sentido, EL USUARIO contrata los servicios educativos que ofrece EL CEBA, con el fin de matricular como estudiante de la Institución Educativa a:
Apellidos y Nombres del estudiante | Ciclo / Grado | |
Ciclo Avanzado | Grado: | |
Ciclo Avanzado | Grado: |
III. XXX XXXXXXX, COSTO DEL SERVICIO EDUCATIVO, FORMA Y OPORTUNIDAD DE PAGO:
3.1. Vacantes disponibles
NIVEL | VACANTES DISPONIBLES PARA ESTUDIANTES | TOTAL | |
REGULARES | CON NEE* | ||
Ciclo avanzado (1º a 4º) | 16 x cada sección | 2 x cada sección | 18 |
• Queda reservado por quince días calendarios, a partir del inicio de la matrícula. |
3.2. Costo del Servicio Educativo: Como contraprestación de los servicios de materia del presente y bajo la denominación de MATRÍCULA y SEIS MENSUALIDADES POR CADA PERIODO PROMOCIONAL DE PENSIÓN DE ENSEÑANZA, el USUARIO abonará a la cuenta recaudadora del CEBA por cada uno de los estudiantes señalados en el numeral que antecede los siguientes conceptos:
INFORMACIÓN HISTÓRICA DEL SERVICIO EDUCATIVO | ||||||
CRITERIO 2018 2019 2020 2021 | 2022 Semipresencial Virtual** | |||||
MATRÍCULA | S/. 50.00 | S/. 50.00 | S/. 50.00 | S/. 50.00 | S/. 50.00 | S/. 50.00 |
PENSIÓN DE ENSEÑANZA* Ciclo avanzado - Semipresencial | S/. 50.00 | S/. 50.00 | S/. 50.00 | S/. 50.00 | S/. 50.00 | S/. 50.00 |
PENSIÓN DE ENSEÑANZA* Ciclo avanzado - A Distancia | S/. 60.00 | S/. 60.00 | S/. 60.00 | S/. 60.00 | S/. 60.00 | S/. 60.00 |
* 6 Cuotas o Mensualidades por cada periodo promocional, no habrá aumento y vence cada último día del mes. |
** El servicio educativo virtual a través de plataforma VIATOR, Zoom y WhatsApp, hasta que dure la emergencia sanitaria COVID 19.
3.3. Forma y oportunidad del pago: Todos los pagos por estos conceptos se efectuarán en la cuenta recaudadora del CEBA. Y las cuotas de pensión de enseñanza será de acuerdo al siguiente cronograma:
PERIODO PROMOCIONAL 2022-I | |||
Matrícula | Fecha de pago: 01 enero hasta 15 de febrero | ||
MENSUALIDAD | FECHA DE VENCIMIENTO DE PAGO | MENSUALIDAD | FECHA DE VENCIMIENTO DE PAGO |
Primera: enero | 31 de enero | Cuarta: abril | 30 xx xxxxx |
Segunda: febrero | 28 de febrero | Quinta: mayo | 31 xx xxxx |
Tercera: marzo | 31 xx xxxxx | Sexta: junio | 30 xx xxxxx |
PERIODO PROMOCIONAL 2022-II | |||
Matrícula | Fecha de pago: 01 julio hasta 15 xx xxxxxx | ||
MENSUALIDAD | FECHA DE VENCIMIENTO DE PAGO | MENSUALIDAD | FECHA DE VENCIMIENTO DE PAGO |
Primera: julio | 31 de julio | Cuarta: octubre | 31 de octubre |
Segunda: agosto | 31 xx xxxxxx | Quinta: noviembre | 30 de noviembre |
Tercera: setiembre | 30 de setiembre | Sexta: diciembre | 31 de diciembre |
El USUARIO declara haber sido informado oportunamente del costo antes descrito y estar de acuerdo con asumir el pago oportuno en la fecha de vencimiento en la cuenta recaudadora del CEBA - Caja Sullana.
IV. DE LOS PAGOS ATRASADOS
Incumplimiento de los padres de familia al cronograma de cuotas de pensión de enseñanza del numeral 3, se aplicará la tasa de interés actual promedio del sistema financiero fijado por el BCRP, de las pensiones de enseñanza más antiguas adeudadas en la tesorería. Asimismo, EL CEBA se reserva el derecho matrícula para la continuidad en el siguiente año lectivo, además, la retención de certificados de estudios de los grados no pagados, finalmente, por incumplimiento del numeral 3, la IE informará treinta días calendario antes de finalizar el año lectivo sobre la no continuidad del servicio educativo como consecuencia de los incumplimientos de las pensiones de enseñanza, con la finalidad de salvaguardar el bienestar del estudiante y garantizar su oportuno traslado a otra IE, de ser el caso1.
V. VIGENCIA DEL CONTRATA:
5.1. La Vigencia del presente contrato corresponde al PERIODO PROMOCIONAL 2022 I y II y comprende entre el 01 de enero al 31 de diciembre del 2022, siendo renovable previo acuerdo de las partes.
5.2. La renovación del Contrato requiere de la solicitud de Reserva de Matricula para el siguiente año, que debe ser comunicada oportunamente por EL USUARIO al CEBA antes de la culminación del año académico que corresponde al período 2022. En caso de no comunicar la reserva de la matrícula al finalizar el año académico, EL CEBA podrá disponer de la vacante del estudiante.
5.3. No habrá renovación del contrato si:
a. EL USUARIO ha observado morosidad en el pago de las Pensiones de Enseñanza o mantiene deudas por concepto de Pensiones de Enseñanza al momento de la nueva matrícula.
b. EL USUARIO ha incumplido las disposiciones contenidas en el Reglamento Interno de la Institución Educativa.
c. EL USUARIO ha mostrado de forma reiterada actitudes evidentemente agresivas a nivel físico o verbal contra un estudiante, contra otros padres de familia o contra cualquiera de los miembros del personal de XXXX. EL USUARIO ha realizado, en el contexto de la institución, imputaciones falsas o injustificadas contra un estudiante, contra otros padres de familia o contra el personal del CEBA, mellando la buena honra de otras personas de forma pública y reiterada.
d. EL / LA ESTUDIANTE ha tenido problemas de disciplina, ha incurrido en faltas graves, según lo contemplado en el presente reglamento interno, durante su permanencia en la Institución Educativa.
e. EL / LA ESTUDIANTE ha tenido matrícula condicional y no ha mejorado en las faltas incurridas.
VI. OBLIGACIONES DE LAS PARTES
6.1. Son obligaciones del CEBA:
a. Informa a los Padres de Familia que el servicio educativo que brinda la Institución2, revisar el portal web xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx/ en cumplimiento al numeral 14.1 del D.U. Nº 002-2020.
b. Brindar los Servicios Educativos a favor del estudiante cuyos datos se consignan en la cláusula II del presente, conforme a lo establecido en el Reglamento Interno y Proyecto Educativo Institucional del Colegio; el pago del Derecho de Enseñanza.
c. Xxxxxxx al estudiante un clima de convivencia democrática y sin violencia.
d. Brindar un servicio educativo de alto nivel académico, con una metodología moderna, con un novedoso diseño curricular didáctico, atractivo, futurista y vivencial, en conformidad a las normas establecidas por las autoridades educativas correspondientes.
e. Una Propuesta Pedagógica cimentada en valores, a través de la didáctica Lúdica, con enfoque sociocrítico, socioformativo, crítico reflexivo, dialéctica y ternura.
f. Informar al PADRE DE FAMILIA sobre los resultados del proceso educativo y formativo de su hijo (a).
g. Dar orientaciones e indicaciones que ayuden a superar las deficiencias académicas o del comportamiento de la estudiante.
h. Dar orientaciones e indicaciones que ayuden a superar las deficiencias académicas o del comportamiento de la estudiante.
i. La Calendarización del año escolar 2022, es como sigue:
Periodo Promocional 2022-I: 01 de enero a 12 xx xxxxx del año 2022 Vacaciones: Del lunes 13-junio al viernes 15-julio-2022 Periodo Promocional 2022-II: 16 de julio a 25 de diciembre del año 2022
6.2. Son Obligaciones del USUARIO:
a. Responsabilizarme por la asistencia puntual de mi hijo a la Institución Educativa, a la 7:10 a.m. (Hora de ingreso), a la asesoría por las tardes, seminario de estudios si es seleccionado por el profesorado del CEBA.
b. Participar en todas las actividades de la Institución Educativa que exijan nuestra presencia, como son: Día de la Madre, del Padre, aniversario de la Institución Educativa, entre otros.
1 Art. 53 del D.S. Nº 005-2021
2 xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxx-xxxxxxx/
c. En caso de acoso escolar (Bullying), el usuario asumirá las responsabilidades y contratas para contribuir a la convivencia democrática.
d. Cumplir con el pago oportuno de las pensiones de enseñanza (6 Pensiones por cada periodo promocional), conforme se detalla en la Cláusula Tercera del presente contrato, siendo así asume el compromiso de cumplir con el pago de las cuotas de enseñanza, a más tardar en la fecha de su vencimiento correspondiente al servicio educativo del mes, reconociendo que el presupuesto de operación e inversión de EL CEBA se financia, fundamentalmente con las pensiones de enseñanza, que a su vez solventan el pago de las remuneraciones del personal de EL CEBA, así como la adquisición de bienes y de otro lado, el pago oportuno y puntual de dichas pensiones evita intereses y moras que establece EL CEBA de acuerdo x Xxx.
e. En caso de que su hijo o pupilo sea trasladado a otro CEBA por cualquier motivo y en cualquier época del año, esto será comunicado oportunamente a la Dirección de EL CEBA.
f. Participar en el proceso educativo y formativo de su menor hijo (a). En consonancia con el Proyecto Ético de Vida y la Formación Integral de la Persona del estudiante, es que la nota mínima de todas las áreas de Ciclo Avanzado es 14.
g. Acatar las medidas disciplinarias y correctivas que disponga EL CEBA en aplicación del Reglamento Interno de la Institución. En caso de acoso entre estudiantes (Bulling), el USUARIO, asumirá las responsabilidades y compromisos para contribuir a la convivencia democrática.
h. Asistir al CEBA a las citaciones del Director y/o Director General, tutores, profesores de área, docentes tutores, coordinadores de la institución Educativa, en forma OBLIGATORIA para tratar asuntos de la familia o del estudiante.
i. Asistir a las reuniones de comité de aula o Escuela de Familia, revisar la libreta de control de asistencia diariamente y firmar de manera OBLIGATORIA.
j. Cumplir con los requerimientos solicitados por la Institución Educativa en relación con los problemas de conducta y/o de aprendizaje de su (s) hijo (a) (s) en forma OBLIGATORIA buscando el bienestar del estudiante.
k. Hacer participar a su hijo(a) en las actividades externas que el CEBA programa como son visitas de estudios, olimpiadas, campañas solidarias, concursos, etc.
l. Evitar la participación de sus menores hijos (as) en fiestas de promoción que no estén acordes con sus necesidades e intereses y generen gastos en la economía familiar, recayendo bajo la absoluta responsabilidad del USUARIO, cualquier decisión que vaya en contra de la normativa vigente.
m. Asumir el costo de las comunicaciones notariales que se le cursen por falta de pago de Pensiones de Xxxxxxxxx y asistir a las mismas. Las notificaciones se tendrán por bien notificadas si el padre no cumple con la variación de domicilio oportunamente.
n. Consignar con veracidad la información requerida en la suscripción de contrata al momento de la Matrícula, debiendo comunicar en su oportunidad cualquier variación en especial lo referente al domicilio, teléfonos y correos electrónicos.
o. Enviar a mi hijo o hija correctamente uniformado, aseado y con el xxxxx xx xxxxxxx escolar (varones) sujetado (mujeres) y con sus materiales respectivos.
p. Las demás obligaciones contenidas en el Reglamento Interno que figuran publicado en la página web del CEBA y que regulan las condiciones y características del servicio educativo que oferta EL CEBA.
VII. LISTA DE ÚTILES ESCOLARES Y OTROS: el USUARIO, no está obligado a presentar la lista de útiles escolares al inicio del año escolar. El CEBA nunca determina con exclusividad a uno o más establecimientos para la adquisición de los uniformes y/o materiales y útiles escolares.
VIII. LOS PAGOS EFECTUADOS SUJETOS A DEVOLUCIÓN
IX. En caso que mi hijo sea retirado o traslado de la Institución Educativa por cualquier motivo y en cualquier época del año, solicitaré la devolución de los importes pagados a la Institución Educativa por cuota de ingreso, aplicando la fórmula de devolución de cuota de ingreso (Anexo III3):
( ∗ 𝑁𝐺𝐹) − ( ∗ 𝑇𝐷 ∗ 𝑁𝐺𝐸)
𝐶𝐼 𝐶𝐼
𝑀𝐷 = 𝑁𝐺𝐸𝐵𝑅 𝑁𝐺𝐸𝐵𝑅 − 𝐷𝐴 (1 + 𝜋𝑝)𝑁𝐺𝐸
Donde:
MD: Monto final de la devolución.
CI: Monto de la cuota de ingreso.
NGEBR: Número de grados (año lectivo o periodo promocional) que le faltaban completar al/ a la estudiante para culminar su formación al momento del pago de la cuota de ingreso.
NGF: Número de grados que le faltan cursar al/a la estudiante para finalizar su formación, al momento de solicitar la devolución de la cuota de ingreso.
TD: Tasa de depreciación por concepto de uso “otros bienes del activo fi jo” establecida en La Ley de Impuesto a la
Renta y su Reglamento.
NGE: Número de grados estudiados por el/la estudiante en la IE privada, incluyendo el grado vigente al momento de la presentación de la solicitud de devolución
DA: Deuda pendiente por parte de los padres y/o madres de familia o la persona a cargo de la tutela o representación legal del/ de la estudiante (en caso este sea menor de edad) o al/a la propio/a estudiante (en caso este sea mayor de edad y/o tenga capacidad de ejercicio) a la IE privada.
πp: Tasa de inflación promedio de los últimos cinco años.
3 Art. 48 del D.S. Nº 005-2021
X. CAUSALES DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO:
10.1. Por incumplimiento de obligaciones del padre de familia. El Contrato queda resuelto si:
a. El USUARIO ha incumplido cualquiera de las obligaciones establecidas en la cláusula V del contrato y las establecidas en el Reglamento Interno de EL CEBA.
b. Si ha acumulado deuda de dos pensiones consecutivas o tres no consecutivas durante la vigencia del contrato; en este caso EL USUARIO no podrá retirar los documentos de la estudiante mientras mantenga deuda con la Institución Educativa. En este caso la estudiante no será limitada en la asistencia educativa y en sus evaluaciones, teniendo EL CEBA la facultad de retener la información certificado estudios del estudiante, hasta la cancelación total de las Pensiones de Enseñanza adeudadas.
10.2. Por incumplimiento de las obligaciones del (a) estudiante: El Contrato queda resuelto si: El / La estudiante atenta o incurre en actos contra la integridad física, moral, emocional y/o psicológica del personal, compañeras de estudios o padres de familia de l a Institución.
10.3. Por expiración del término fijado, es decir el año electivo.
10.4. Por mutuo consenso entre las partes.
10.5. Por repitencia de año
XI. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS:
11.1. ENTREGA O REMISIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE MATRÍCULA: De no mediar RENOVACIÓN DEL CONTRATO o de RESOLVERSE el mismo en aplicación de las condiciones establecidas en el presente, EL CEBA dispondrá de la vacante y podrá remitir los documentos de matrícula al domicilio del USUARIO por conducto notarial, siempre y cuando no mantenga deudas con la Institución Educativa.
11.2. CULMINACIÓN DEL AÑO ESCOLAR: Lo señalado en el numeral que antecede no impide la normal asistencia a las labores escolares y la culminación del año escolar de la estudiante a favor de quien se suscribe el presente contrato, excepto en la aplicación de medida correctiva de separación definitiva por medida disciplinaria o por traslado a otra Institución Educativa.
11.3. DE LOS CONCEPTOS EXIGIBLES Y PAGADOS:
a. LA MATRÍCULA: Es el pago que se realiza una vez por cada año académico y previa suscripción del CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS.
b. LAS PENSIONES DE ENSEÑANZA: Son seis (por cada periodo promocional) y una por cada mes del año académico que corresponde a la vigencia del presente contrato.
c. RENUNCIA A RECLAMOS POR MONTOS PAGADOS: Las partes acuerdan que, la resolución del contrato, el traslado a otra institución educativa, la aplicación de medida disciplinaria y/o el retiro de la estudiante, no dará lugar de forma alguna a la devolución de los montos pagados por matrícula ni pensiones de enseñanza. El padre de familia que suscribe, renuncia a cualquier acción administrativa o legal que tenga por objeto reclamar la devolución de los montos señalados.
11.4. FACULTAD DE RETENCIÓN DE CERTIFICADOS DE ESTUDIOS4: En caso de deuda por pago de pensiones de Enseñanza EL CEBA queda facultado a retener la información de Certificados de Estudios de los periodos o pensiones no pagados.
11.5. VÍAS DE COMUNICACIÓN: Sin perjuicio de lo establecido en el numeral 5.2 del contrato, el USUARIO autoriza al CEBA a cursarle todo tipo de comunicaciones a las direcciones y/o teléfonos consignados al CEBA, utilizando cualquier medio de comunicación, sea e-Mail, WhatsApp, SMS, mensajes de voz, etc.
XII. DECLARACIÓN DE CONOCIMIENTO DE INSTRUMENTOS DE GESTIÓN Y ENTRE OTROS:
El USUARIO al momento de la suscripción del presente, DECLARA TENER PLENO CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO que brinda EL CEBA. Asimismo, ha revisado y leído toda la información del servicio educativo el año 2022 en la página web del colegio (xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx), además, que ha descargado el Reglamento Interno y en especial los derechos, deberes y obligaciones, así como de las prohibiciones de los estudiantes, la propuesta pedagógica, plan de estudio y de la participación de los Padres de Familia.
XIII. DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD: Las partes declaran que en la suscripción del presente no ha mediado dolo, ni presión que lo invalide, siendo su contenido la espontánea expresión de su voluntad, por lo que leído en todas y cada una de sus partes, lo ratifican firmándolo en señal de conformidad.
Carhuaz,
Nombres y Apellidos del Padre de Familia, Tutor o Apoderado | Firma | Xxxxxxxxx X. XXXXX XXXXXXXX DIRECTOR GENERAL DEL CEBA “SV” “SAN XXXXXX” Yachatsikuqkuna Ayllukashqa |
E-Mail: | Teléfono: |