CONTRATO DE CONSULTORÍA NRO. 004 2022
CONTRATO DE CONSULTORÍA NRO. 004 2022
CONTRATACIÓN DE CONSULTORÍA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS MÓDULOS DE CATASTRO PREDIAL URBANO- RURAL ALFANUMÉRICO Y GRÁFICO, CONTRIBUCIÓN ESPECIAL DE MEJORAS, PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, SERVICIOS BÁSICOS, RENTAS, RECAUDACIÓN UNIFICADA, PUBLICACIÓN DE RESULTADOS AL CIUDADANO.
En la ciudad xx Xxxxx Xxxxx, a los veinte y ocho días del mes de julio del año 2022, comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal xx Xxxxx Xxxxx legalmente representado por el Ing. XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, en calidad xx Xxxxxxx, a quien en adelante se le denominará la CONTRATANTE; y, por otra el Ingeniero XXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, Representante Legal de la Compañía SISTEMA DE INFORMACIÓN INTELIGENTE INTELECTUS SYSTEM con
RUC número 1792393795001 a quién en adelante se le denominará la CONTRATISTA. Las partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas:
Cláusula Primera.- ANTECEDENTES
1.1. De conformidad con los artículos 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública LOSNCP, 25 y 26 de su Reglamento General, y el Plan Anual de Contrataciones de la CONTRATANTE, se contempla la contratación de la “CONSULTORÍA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS MÓDULOS DE CATASTRO PREDIAL URBANO- RURAL ALFANUMÉRICO Y GRÁFICO, CONTRIBUCIÓN ESPECIAL DE MEJORAS, PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, SERVICIOS BÁSICOS, RENTAS, RECAUDACIÓN UNIFICADA, PUBLICACIÓN DE RESULTADOS AL CIUDADANO”.
1.2. Previo los informes y los estudios respectivos, la máxima autoridad de la CONTRATANTE mediante Resolución No. 077-A-GADMPS-2022, de fecha 04 de julio de 2022, resolvió autorizar el inicio del proceso, aprobación de pliegos y cronograma para la Contratación Directa de Consultoría: RCCD-GADMPS-02- 2022, denominado “CONSULTORÍA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS MÓDULOS DE CATASTRO PREDIAL URBANO- RURAL ALFANUMÉRICO Y GRÁFICO, CONTRIBUCIÓN ESPECIAL DE MEJORAS, PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, SERVICIOS BÁSICOS, RENTAS, RECAUDACIÓN UNIFICADA, PUBLICACIÓN DE RESULTADOS AL CIUDADANO”.
1.3. Se cuenta con la existencia y suficiente disponibilidad de fondos en la Partida Presupuestaria Nro. 1.2.1.7.3.06.01.13 denominada: “Consultoría para Adquisición de nuevo Sistema Informático para el GADMPS I Etapa”, conforme consta en la certificación presupuestaria número 554, de fecha 00 xx xxxx xx
0000, xxxxxxxxx por la Econ. Xxx Xxxx, Directora Administrativa Financiera del Gobierno Municipal xx Xxxxx Xxxxx.
1.4. Se realizó la respectiva convocatoria el 00 xx xxxxx xx 0000, x xxxxxx xxx Xxxxxx Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
1.5. Luego del proceso correspondiente mediante Resolución No. 083- ALCALDIA-GADMPS-2022, de fecha 15 de julio de 2022, se adjudicó el proceso de Contratación Directa N° RCCD-GADMPS-02-2022, denominado “CONSULTORÍA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS MÓDULOS DE CATASTRO PREDIAL URBANO- RURAL ALFANUMÉRICO Y GRÁFICO, CONTRIBUCIÓN ESPECIAL DE MEJORAS, PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, SERVICIOS BÁSICOS, RENTAS, RECAUDACIÓN UNIFICADA, PUBLICACIÓN DE RESULTADOS AL CIUDADANO”, al Ingeniero XXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, Representante Legal de la Compañía SISTEMA DE INFORMACIÓN INTELIGENTE INTELECTUS SYSTEM con RUC número 1792393795001.
Cláusula Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO
2.1Forman parte integrante del contrato los siguientes documentos:
a) El pliego (Condiciones Particulares xxx Xxxxxx CPP y Condiciones Generales xxx Xxxxxx CGP) incluyendo los términos de referencia que corresponden a la consultoría contratada.
b) Las Condiciones Generales de los Contratos de Ejecución de Consultoría (CGC) publicados y vigentes a la fecha de la Convocatoria en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
c) La oferta presentada por la contratista, con todos sus documentos que la conforman.
d) Las garantías presentadas por la contratista.
e) La resolución de adjudicación.
f) La certificación presupuestaria, que acredita la existencia de la partida presupuestaria y disponibilidad de recursos, para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.
Cláusula Tercera.- OBJETO DEL CONTRATO
3.1 La Contratista se obliga con la contratante a ejecutar, terminar y entregar a su entera satisfacción la “CONSULTORÍA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS MÓDULOS DE CATASTRO PREDIAL URBANO- RURAL ALFANUMÉRICO Y GRÁFICO, CONTRIBUCIÓN ESPECIAL DE MEJORAS, PLANIFICACIÓN
TERRITORIAL, SERVICIOS BÁSICOS, RENTAS, RECAUDACIÓN UNIFICADA, PUBLICACIÓN DE RESULTADOS AL CIUDADANO”.
Se compromete al efecto, a ejecutar la consultoría, con sujeción a su oferta, plan de trabajo y metodología, términos de referencia, anexos, Condiciones Generales de los Contratos de Ejecución de Consultoría (CGC), instrucciones de la entidad y demás documentos contractuales, respetando el marco normativo nacional vigente.
Cláusula Cuarta. - OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA
En virtud de la celebración del contrato, la Contratista se obliga con el GAD Municipal xxx xxxxxx Xxxxx Xxxxx a prestar sus servicios entregando la “CONSULTORÍA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS MÓDULOS DE CATASTRO PREDIAL URBANO- RURAL ALFANUMÉRICO Y GRÁFICO, CONTRIBUCIÓN ESPECIAL DE MEJORAS, PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, SERVICIOS BÁSICOS, RENTAS, RECAUDACIÓN UNIFICADA, PUBLICACIÓN DE
RESULTADOS AL CIUDADANO” y todo aquello que fuere necesario para la total ejecución del objeto de la Consultoría, de conformidad con la oferta negociada, los términos de referencia, las condiciones generales y especiales y los demás documentos contractuales.
Cláusula Quinta.- ALCANCE
La consultoría tendrá un alcance con las áreas mencionadas en el proyecto, cumpliendo con las leyes vigentes, objetivos señalados; además deberá seguir los lineamientos técnicos para su respectiva implementación, brindando una solución tecnológica a las áreas de catastro predial urbano - rural alfanumérico y gráfico, contribución especial de mejoras, planificación territorial, servicios básicos, rentas, recaudación unificada y la publicación de resultados al ciudadano, utilizando herramientas de software que faciliten la logística, administración, la identificación de los usuarios que estén registrados en la municipalidad, y mecanismos que faciliten los trámites internos y externos.
Así mismo, una base de datos que almacene y respalde la información que deberá estar debidamente organizada y depurada para la elaboración de datos estadísticas que permitan analizar la información histórica y actual a través de reportes, fichas y demás información detallada y sintetizada de las áreas involucradas en el proyecto.
Al finalizar la implementación de esta solución informática, el GAD- Municipal xx Xxxxx Xxxxx contará con los módulos enlazados entre sí, a través de procesos automatizados, reduciendo tiempo y trámites burocráticos a la ciudanía.
Cláusula Sexta.- OBJETIVOS DE LOS ESTUDIOS:
6.1 Objetivo general:
▪ Implementar un Sistema Informático, para el GAD Municipal xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, mediante el desarrollo de los siguientes módulos: “MÓDULOS DE CATASTRO PREDIAL URBANO - RURAL ALFANUMÉRICO Y GRÁFICO, CONTRIBUCIÓN ESPECIAL DE MEJORAS, PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, SERVICIOS BÁSICOS, RENTAS, RECAUDACIÓN UNIFICADA, PUBLICACIÓN DE RESULTADOS AL CIUDADANO”
6.2 Específicos:
▪ Contar con un sistema de Regulación y control Urbano, Rural y Ordenamiento Territorial unificado que cumpla con la normativa catastral vigente.
▪ Contar con un sistema informático estándar que permita la unificación de la gestión administrativa y tributaria gestionada por el GAD Municipal xx Xxxxx Xxxxx para la integración con el sistema de información local SIL.
▪ Automatizar bajo un mismo esquema de desarrollo e infraestructura, los procesos de administración, determinación y recaudación de todos los tributos municipales.
▪ Reducir los tiempos y costos de soporte y mantenimiento al contar con una aplicación web estandarizada.
▪ Permitir la accesibilidad y disponibilidad desde cualquier lugar a través de la intranet del GADM y la conectividad al internet al tratarse de un sistema desarrollado para funcionar en un ambiente web.
▪ Diseñar y crear una estructura de base de datos que permita almacenar la nueva información municipal, partiendo de la gestión tributaria.
▪ Permitir el tratamiento de reglas y usos legales para la administración y gestión tributaria y no tributaria de acuerdo a las Leyes, Normas y Ordenanzas vigentes.
▪ Cumplir con las normas técnicas emitidas por los entes de regulación y control del Estado.
▪ Permita la gestión de información y trámites, a través xx xxxxxxxx web y aplicaciones para móviles (App) para usuarios internos y externos.
Cláusula Séptima.- PRECIO DEL CONTRATO
7.1. El valor estimado del presente contrato que la CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA, es de USD. $ 62.000,00 (SESENTA Y DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA) sin incluir IVA, de conformidad con la oferta presentada por el contratista y el acta de negociación.
PRESUPUESTO:
Descripción | Valor en Dólares ($) |
COSTOS DIRECTOS | |
Remuneraciones | $20.000,00000 |
Beneficios o Cargas Sociales | |
Viajes y viáticos | $4.000,00000 |
Subcontratos y servicios varios | $10.000,00000 |
Arrendamiento y alquiler de vehículos | |
Arrendamiento y alquiler de equipos e instalaciones | $2.000,00000 |
Suministros y materiales | $400,00000 |
Reproducciones, ediciones y publicaciones | |
Otros | |
COSTOS INDIRECTOS | |
Personal de dirección | |
Personal intermedio | |
Personal de mantenimiento y limpieza | |
Personal subalterno | |
Personal de control de calidad | |
Personal informático | $1.000,00000 |
Personal de servicios varios | |
GASTOS GENERALES (No aplicable para consultores individuales) | |
Sueldos, salarios y beneficios o cargas sociales del personal directivo y administrativo que desarrolle su actividad de manera permanente en laconsultora | $10.000,00000 |
Arrendamientos y alquileres o depreciación y mantenimiento y operación de instalaciones y equipos, utilizados de forma permanente para el desarrollo desus actividades | |
UTILIDAD EMPRESARIAL (Solo aplicable para firmas consultoras) | |
Utilidad | $14.600,00000 |
Total (Sesenta y Dos Mil dólares 00000/100000 centavos) | $62.000,00000 |
7.2. Los precios acordados en el contrato por los trabajos especificados, constituirán la única compensación al contratista, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que tuviese que pagar, excepto el Impuesto al Valor Agregado que será añadido al precio del contrato.
Cláusula Octava.- FORMA DE PAGO
8.1 El Pago será por planilla del 100% y se realizará a la entrega de cada producto de acuerdo a su fase, conforme se detallan en los TDR, que son parte integrante de este proceso de contratación pública.
Cláusula Novena.- GARANTÍA
9.1.- En este contrato se rendirá la siguiente garantía:
• La Contratista entrega a la orden de la Entidad Contratante, una garantía técnica válida por dos años y vigente a partir de la firma del acta de recepción definitiva sobre el sistema informático producto de la consultoría denominada “CONSULTORÍA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS MÓDULOS DE CATASTRO PREDIAL URBANO- RURAL ALFANUMÉRICO Y GRÁFICO, CONTRIBUCIÓN ESPECIAL DE MEJORAS, PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, SERVICIOS BÁSICOS, RENTAS, RECAUDACIÓN UNIFICADA, PUBLICACIÓN DE RESULTADOS AL CIUDADANO”.
La garantía entregada se devolverá de acuerdo a lo establecido en el artículo 77 de la LOSNCP y 118 del Reglamento General. Entre tanto, deberá mantenerse vigente, lo que será vigilado y exigido por la CONTRATANTE, a través del Administrador del contrato y Tesorera Municipal.
Cláusula Novena.- PLAZO
10.1.-El plazo para la ejecución y terminación de la totalidad de los estudios contratados es de 180 (CIENTO OCHENTA) días, contado a partir de la fecha de suscripción del contrato.
Xxxxxxxx Xxxxxx.- MULTAS
11.1.- Por cada día/ evento de retraso en la entrega de cada uno de los (bienes, servicios), la contratista se obliga a pagar el 1x1000 del monto del contrato, que se encuentra pendiente de ejecutar.
Las multas no aplicarán en el evento de caso fortuito o fuerza mayor, conforme lo establecido en la Codificación del Código Civil, debidamente comprobado y aceptado por ocurridos los hechos.
Concluido este término, de no mediar dicha notificación, se entenderá como no ocurridos los hechos que alegue LA CONTRATISTA como causa para la no ejecución del contrato y se le impondrá la multa prevista anteriormente. Dichas multas no serán revisadas ni devueltas por ningún concepto.
La entidad contratante queda autorizada por el contratista para que haga efectiva la multa impuesta, de los valores que por este contrato le corresponde recibir sin requisito o trámite previo alguno.
Si el valor de las multas excede del 5% del monto total del contrato, LA ENTIDAD CONTRATANTE, dará por terminado el contrato de manera anticipada y unilateralmente.
Cláusula Décima Segunda.- DEL REAJUSTE DE PRECIOS:
12.1 Por la naturaleza del contrato, éste no contempla reajuste de precios.
Cláusula Décima Tercera.- DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO:
13.1 La contratante designa al Ing. Xxxxxx Xxxxxxxx, Técnico de Sistemas del GAD Municipal xxx xxxxxx Xxxxx Xxxxx, en calidad de administrador del contrato, quien deberá atenerse a las condiciones generales y particulares xxx xxxxxx que forma parte del presente contrato, y velará por el cabal cumplimiento del mismo en base a lo dispuesto en el artículo 121 de Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
13.2 La contratante podrá cambiar de administrador del contrato, para lo cual bastará cursar al contratista la respectiva comunicación; sin que sea necesario la modificación del texto contractual.
Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.- DEL TÉCNICO NO INTERVINIENTE EN EL PROCESO:
14.1 La contratante designa a la Srta. Xxxxx Xxxxxx, Recaudadora, como Técnica no interviniente en el proceso, quien legalizará el, acta de recepción única y definitiva.
Cláusula Décima Quinta.- OTRAS OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA.- Son obligaciones de la Contratista las siguientes:
1. Revisar cuidadosamente términos de referencia del requerimiento, obligaciones y responsabilidades, así como el cumplimiento de todos los requerimientos de la entidad. La acción u omisión, por descuido o negligencia del proveedor adjudicado al no entregar los requerimientos, no le relevará de sus obligaciones, ni de la aplicación de las penalidades fijadas.
2. Se compromete a adoptar las medidas necesarias, así como a disponer de los medios humanos y materiales adecuadas para la óptima prestación del servicio objeto de este procedimiento.
3. El proveedor adjudicado, una vez notificada la adjudicación, designará un responsable en la ejecución de la presente contratación debidamente acreditado, quien canalizará las comunicaciones entre la entidad contratante y el administrador de la presente contratación.
4. El proveedor adjudicado debe proteger y salvar de responsabilidad a la Entidad Contratante y a sus representantes de cualquier reclamo o juicio que surgiera como consecuencia de la contravención o falta de cumplimiento de cualquier norma jurídica por parte del proveedor adjudicado o su personal.
5. El proveedor adjudicado deberá guardar con estricta y absoluta confidencialidad cualquier información relacionada a la contratación que llegare a conocer como consecuencia de la ejecución de sus actividades, salvo autorización escrita.
6. A más de las obligaciones ya establecidas en la notificación, el proveedor adjudicado está obligado a cumplir con cualquiera otra que se derive natural y legalmente del objeto de la contratación y sea exigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal específicamente aplicable.
7. El proveedor adjudicado se obliga al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Código del Trabajo y en la Ley de Seguridad Social, adquiriendo, respecto de sus trabajadores, la calidad de patrono, sin que la Entidad contratante tenga responsabilidad alguna por tales cargas, ni relación con el personal que labore en la ejecución de la contratación, ni con el personal de la subcontratista.
8. El consultor se compromete a prestar sus servicios derivados del procedimiento de contratación tramitado, sobre la base de la información con los que contó la Entidad Contratante y que fueron conocidos en la etapa precontractual; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad de dichos documentos.
✓ El contratista adjudicado pagará las tasas según xxxx los requerimientos en los pliegos aprobados por la entidad.
✓ Suscribirá un acuerdo de confidencialidad respecto del uso de credenciales de identificación, del manejo de la información existente y generada en los archivos gráficos y alfanuméricos del equipamiento de la Unidad de Avalúos y catastros, Rentas, Recaudación, agua Potable del GAD Municipal, además de los resultados de los productos objeto de la contratación.
✓ Se obliga a cumplir el objeto contractual de acuerdo con las disposiciones aquí contenidas y de conformidad con lo ofrecido en su oferta y lo dispuesto en este documento.
✓ Garantizará la calidad del objeto contratado, de los profesionales asignados en los diferentes procesos del contrato y responderá por ellos al
Art. 100 de la LOSNCP. “Responsabilidad de los consultores. - Los consultores nacionales y extranjeros son legal y económicamente responsables de la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad, dentro de los términos contractuales, las condiciones de información básica disponible y el conocimiento científico y tecnológico existente a la época de su elaboración. Esta responsabilidad prescribe en el plazo de cinco años, contados a partir de la recepción definitiva de los estudios”
✓ Colaborará con el GAD Municipal xx Xxxxx xxxxx en lo que sea necesario para que el objeto contratado se cumpla y que éste sea de la mejor calidad.
✓ Cumplirá los requerimientos que durante el desarrollo del contrato el GAD Municipal xx Xxxxx xxxxx le imparta a través del administrador del contrato y de manera general obrará con la lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando las dilaciones e inconvenientes que pudieran presentarse.
✓ No accederá por peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley con el fin de obligarlos a hacer u omitir algún acto o hecho. Cuando se presenten tales amenazas o peticiones, el CONTRATISTA deberá informar inmediatamente de su ocurrencia al GAD Municipal xx Xxxxx xxxxx y a las demás autoridades competentes para que ellas adopten las medidas y correctivos que fueren necesarios.
✓ Deberá cumplir con la entrega efectiva de los productos que se contratan, así como cumplir con los informes que se solicitan en base a la forma de pago.
✓ Los documentos deberán ser entregados de manera física (papel) y digital por productos de acuerdo a la Oferta Técnica presentada por el contratista y debidamente respaldada por el Cronograma de ejecución de actividades.
✓ Capacitar al personal de las diferentes Direcciones que se encuentren inmersos en la presente contratación, de tal forma que puedan desempeñarse independientemente en las diferentes actividades una vez terminado el contrato.
✓ Socializar los productos entregados a todas las direcciones que se encuentren inmersos en dicha contratación.
✓ Entregar el código fuente, manuales de usuarios, manuales técnicos, diccionario de datos, videos tutoriales de los procesos para usuarios internos y externos.
✓ El consultor coordinará con el técnico de sistemas las acciones necesarias para garantizar la seguridad e integridad de la información a ser publicada en la Web.
✓ El consultor es legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la LOSNCP, obligándose a ejecutarlos
de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más adecuadas en la materia aplicable en el Ecuador.
Cláusula Décima Sexta.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE.- Son obligaciones de la Contratante las siguientes:
1. La entidad Contratante será responsable de tomar todas las medidas necesarias para la adecuada ejecución de la contratación, con estricto cumplimiento de sus cláusulas, programas, cronogramas, plazos y costos previstos, debiendo velar por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones atinentes al trámite, además de adoptar las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e imponer las multas y sanciones a que hubiere lugar. Esta responsabilidad, de acuerdo con la Ley, es administrativa, civil y penal, según corresponda.
2. Una vez notificada la adjudicación, la entidad contratante deberá recibir el servicio/bien adquirido y cumplir con las demás obligaciones derivadas de la misma.
3. Suscribir la respectiva acta de entrega recepción definitiva del servicio/bien recibido a satisfacción de la entidad.
4. Cumplir y hacer cumplir las obligaciones estipuladas en el presente documento.
5. El GAD Municipal, se compromete con el contratista a:
✓ Facilitar el uso del archivo digital y alfanumérico existente en la institución, además de toda la documentación e información que sea necesaria para que el contratista ejecute adecuadamente el trabajo.
✓ Designar un administrador de contrato.
✓ Adoptar las acciones necesarias para evitar retrasos injustificados.
✓ Imponer multas y sanciones en el caso que exista.
✓ Verificar el cumplimiento del contrato en relación con la oferta y los términos de referencia
✓ Informar oportunamente a las autoridades en caso de retrasos justificados.
✓ Responder cuanta petición se produzca producto de la ejecución del contrato
✓ Realizar los pagos de conformidad a lo estipulado en el contrato, una vez cumplidas las condiciones adjuntando la documentación de soporte.
✓ En caso de terminación unilateral del contrato, elaborará informes técnicos y económicos, mismos que serán puestos en conocimiento del contratista previo a la elaboración de la resolución de terminación unilateral.
✓ Solicitar a la máxima autoridad la designación del técnico que no ha intervenido en la contratación para la suscripción del acta entrega recepción definitiva de la consultoría.
✓ Aprobar el informe final definitivo entregado por el contratista.
✓ Elaborar y suscribir el acta de entrega de recepción del trabajo junto con el técnico afín de la contratación y el contratista.
✓ Realizar las gestiones necesarias para la realización de convenios con instituciones financieras a fin de implementar servicios en línea.
✓ Adquirir dominios y certificados SSL para la publicación de consultas al ciudadano.
✓ Contar con la infraestructura y seguridad necesaria para la publicación de consultas al ciudadano.
Cláusula Décima Séptima.- TERMINACIÓN DEL CONTRATO:
17.1 Terminación del contrato.-El contrato termina conforme lo previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y las Condiciones Particulares y Generales del Contrato.
17.2 Causales de Terminación unilateral del contrato.-Tratándose de incumplimiento del contratista, procederá la declaración anticipada y unilateral de la Contratante, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP. Además, se considerarán las siguientes causales:
a) Si la Contratista no notificare a la Contratante acerca de la transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación;
b) Si la Contratante, en función de aplicar lo establecido en el artículo 78 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social de la Contratista;
c) Si la Contratista incumple con las declaraciones que ha realizado en el formulario de oferta - Presentación y compromiso;
d) En caso de que la entidad contratante encontrare que existe inconsistencia, simulación y/o inexactitud en la información presentada por contratista, en el procedimiento precontractual o en la ejecución del presente contrato, dicha inconsistencia, simulación y/o inexactitud serán causales de terminación unilateral del contrato por lo que, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, lo declarará contratista incumplido, sin perjuicio además, de las acciones judiciales a que hubiera lugar.
17.3.- Procedimiento de terminación unilateral.- El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
Xxxxxxxx Xxxxxx Octava.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS:
18.1.- Si respecto de la divergencia o controversia existentes no se lograre un acuerdo directo entre las partes, éstas se someterán al procedimiento Contencioso Administrativo contemplado en el Código Orgánico General de Procesos; o la normativa que corresponda; siendo competente para conocer la controversia el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la entidad contratante.
18.2 La legislación aplicable a este contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el contratista declara conocer el ordenamiento jurídico ecuatoriano y por lo tanto, se entiende incorporado el mismo en todo lo que sea aplicable al presente contrato.
Cláusula Décima Novena: COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES:
Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a los trabajos, serán formuladas por escrito o por medios electrónicos y en idioma español.
Las comunicaciones entre el administrador del contrato y el contratista se harán a través de documentos escritos o por medios electrónicos, cuya constancia de entrega debe encontrarse en la copia del documento.
Xxxxxxxx Xxxxxxxx.- DOMICILIO:
20.1. Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio en la ciudad y xxxxxx Xxxxx Xxxxx, provincia xx Xxxxxx Santiago.
20.2. Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes:
LA CONTRATANTE: Provincia: Morona Santiago
Cantón: Xxxxx Xxxxx
Dirección: Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxx x 00 xx Xxxxxxx. Telf: 000000000
Email: municipio xxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.
LA CONTRATISTA: Provincia: Pichincha
Cantón: Quito
Calle: Coruña N2966 y Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Teléfono: 000000000
Celular: 0000000000
E mail: xxxx.xxxxxxx@xxxxxxxxxx-xxxxxx.xxx
Cláusula Vigésima Primera.- ACEPTACIÓN DE LAS PARTES.
21.1.- Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos Consultoría, publicado en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, vigente a la fecha de la convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de este Contrato que lo están suscribiendo.
21.2.-Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones.
Firmado electrónicamente por:
XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX
Firmado electrónicamente por:
XXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX
Ing. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Ing. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx XXXXXXX XX XXXXX XXXXX CONTRATISTA