PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO
PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO
SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA N° 9812
ORGANISMO: Departamento de Antioquia - Secretaría Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia.
OBJETO: Contratar la prestación de servicios y la infraestructura necesaria para el funcionamiento del Sistema de Radiocomunicaciones del Departamento de Antioquia.
PRESUPUESTO OFICIAL: QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO PESOS $ 579.042.625 IVA INCLUIDO
PLAZO: El plazo de ejecución del presente contrato será de seis (6) meses contados a partir de la firma del acta de Inicio, sin superar el 13 de diciembre de 2019.
CONVOCATORIA VEEDURÍAS CIUDADANAS
El Departamento de Antioquia convoca a las veedurías ciudadanas para que ejerzan vigilancia preventiva y posterior del proceso de gestión haciendo recomendaciones escritas y oportunas ante las Entidades que ejecutan el programa, proyecto o contrato, ante los organismos de control del Estado para mejorar la eficiencia institucional y la actuación de los funcionarios públicos de conformidad con lo establecido en la Ley 850 de 2003, para lo cual pueden consultar este proceso en el Portal de Contratación Estatal Sistema Electrónico para la Contratación Estatal xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xxxxxxxxx/XxxxxxxxXxxxxxXxxxxxxxxx/Xxxxx?xxxxxxxXxxx uage=es-CO&Page=login&Country=CO&SkinName=CCE
MEDELLIN JUNIO DE 2019
RECOMENDACIONES PARA LOS PROPONENTES.
Este documento constituye el Pliego de Condiciones Definitivo y se publica en xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xxxxxxxxx/XxxxxxxxXxxxxxXxxxxxxxxx/Xxxxx?xxxxxxxXxxx uage=es-CO&Page=login&Country=CO&SkinName=CCE, se recomienda a los aspirantes que deseen participar en este proceso, leer detenidamente el presente proyecto xx xxxxxx, cumplir con las exigencias previstas y tener en cuenta las circunstancias que tengan incidencia de cualquier manera en la oferta, en el cumplimiento del contrato y/o en los costos derivados de éstos.
Para la elaboración de la propuesta, deberá seguir el orden señalado en el presente documento, con el objeto de obtener claridad y ofrecimientos de la misma índole, lo cual permitirá una selección sin contratiempos y en un plano de absoluta igualdad.
Antes de entregar la propuesta verifique que se haya incluido la totalidad de los documentos exigidos.
Revise la garantía de seriedad de la propuesta, en especial el nombre del tomador, objeto asegurado, la vigencia y el valor asegurado, de acuerdo a lo que se exigirá en el pliego de condiciones.
Corresponde al proponente enterarse en forma suficiente de las condiciones particulares de ejecución, resolver previamente las inquietudes que le suscite el pliego de condiciones definitivo, según el caso. Por los principios de lealtad procesal y buena fe, deberá advertir a la Secretaría Seccional de Salud y Protección social de Antioquia de los errores o inconsistencias que advierta en el presente documento.
Cuando la propuesta contenga información o documentos que tengan el carácter de reserva, de acuerdo con la Ley colombiana, el proponente deberá hacer manifestación expresa de tal circunstancia en la carta de presentación de la oferta soportándolo legalmente. En caso de no hacerlo se entenderá que toda la información allí contenida es pública.
La presentación de la propuesta, por parte del oferente, constituye evidencia de que se estudiaron completamente las especificaciones técnicas, formatos y demás documentos; que recibió las aclaraciones necesarias sobre las inquietudes o dudas previamente consultadas y que ha aceptado que el Pliego de Condiciones definitivo es completo, compatible y adecuado y que ha tenido en cuenta todo lo anterior para definir las obligaciones que se adquieren en virtud del contrato que se celebrará.
Los proponentes por la sola presentación de su propuesta, autorizan a la Entidad a verificar toda la información que en ella suministren.
INTRODUCCIÓN
La Secretaría Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia pone a disposición de los interesados el Pliego de Condiciones Definitivo para la selección del contratista encargado de ejecutar el contrato cuyo objeto será: “contratar la prestación de servicios y la infraestructura necesaria para el funcionamiento del Sistema de Radiocomunicaciones del Departamento de Antioquia”, con la finalidad de que sean estudiados por posibles oferentes y por la comunidad en general y realicen si así lo consideren pertinente, observaciones y/o aclaraciones que permitan adelantar el presente proceso de forma adecuada.
Los estudios y documentos previos del cual hace parte integrante el análisis del sector, el Pliego de Condiciones Definitivo la matriz de análisis del riesgo y el Pliego de Condiciones definitivo, así como cualquiera de sus anexos están o estarán a disposición del público en cada una de sus etapas, en el Sistema Electrónico para Contratación Pública – SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xxxxxxxxx/XxxxxxxxXxxxxxXxxxxxxxxx/Xxxxx?xxxxxxxXxxx uage=es-CO&Page=login&Country=CO&SkinName=CCE
La selección del contratista se realiza a través de Selección Abreviada de Menor Cuantía, teniendo en cuenta el objeto contractual y su cuantía.
CAPITULO 1.
ASPECTOS GENERALES.
1. INVITACIÓN A LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS.
En cumplimiento de lo dispuesto el artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y del literal c) del artículo 15 de la ley 850 de 2003, la Secretaría Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia invita a todas las personas y organizaciones interesadas en hacer control social al presente Proceso de Contratación, en cualquiera de sus fases o etapas, a que presenten las recomendaciones que consideren convenientes, intervengan en las audiencias y a que consulten los Documentos del Proceso en el Sistema Electrónico para Contratación Pública – SECOP II.
2. COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN.
Los Proponentes deben suscribir el compromiso anticorrupción contenido en el Anexo dispuesto en el presente pliego de condiciones, en el cual manifiestan su apoyo irrestricto a los esfuerzos del Estado colombiano contra la corrupción. Si hay incumplimiento comprobado del compromiso anticorrupción por parte del Proponente, sus empleados, representantes, asesores o de cualquier otra persona que en el Proceso de Contratación actúe en su nombre, es causal suficiente para el rechazo de la Oferta o para de terminación anticipada del contrato si el incumplimiento ocurre con posterioridad a la Adjudicación del mismo, sin perjuicio de que tal incumplimiento tenga consecuencias adicionales.
3. INSCRIPCIÓN PROVEEDORES Y CONTRATISTAS
De conformidad con el principio de celeridad, aplicable a los procesos contractuales, se recomienda a los proponentes interesados en este proceso, adelantar en forma simultánea, la inscripción como proveedor en el registro de la Gobernación de Antioquia. Se aclara que este trámite no es requisito habilitante.
Para inscripción como proveedor deberá diligenciar el formato FO-M8-P2-007 Versión 7 - “Inscripción de Proveedores y Contratistas”, que se encuentra en la página web de la Gobernación de Antioquia xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y acompañarse de la documentación, que para este efecto se requiere finalizando con el envío al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx
4. INTERPRETACIÓN, ACLARACIÓN Y MODIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS
El proponente deberá examinar todas las instrucciones, condiciones específicas y toda clase de Información suministrada por el Departamento de Antioquia para participar en el proceso de
selección abreviada de menor cuantía, las cuales constituyen la única fuente de información para la preparación de la propuesta.
La información contenida en el pliego de condiciones y adendas al mismo, sustituye cualquier otra clase de información que el Departamento de Antioquia o sus representantes pudieron haber suministrado a los proponentes o terceros interesados en el presente proceso de contratación.
Por consiguiente, todas las informaciones preliminares, concomitantes o posteriores que los interesados hayan obtenido u obtengan en el transcurso del presente proceso contractual en forma diferente a la oficial, quedan sin valor y el Departamento no se hace responsable por su utilización. El Departamento de Antioquia publicará todos los documentos y actos en el Portal de contratación estatal Sistema Electrónico para Contratación Pública – SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xxxxxxxxx/XxxxxxxxXxxxxxXxxxxxxxxx/Xxxxx?xxxxxxxXxxx uage=es-CO&Page=login&Country=CO&SkinName=CCE, de conformidad con lo previsto en el artículo 3 de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con el artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015. En dicho sitio se podrá consultar toda la información referente al presente proceso de selección.
En caso de presentarse comunicaciones a través de correos electrónicos, solo tendrán el carácter de informativas y no se entenderá que son modificatorias xxx Xxxxxx de Condiciones.
El Pliego de Condiciones conservará plena validez, mientras no sea modificado expresamente por el Departamento de Antioquia y sólo a través de adendas debidamente publicados en la página Portal de contratación estatal Sistema Electrónico para Contratación Pública – SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xxxxxxxxx/XxxxxxxxXxxxxxXxxxxxxxxx/Xxxxx?xxxxxxxXxxx uage=es-CO&Page=login&Country=CO&SkinName=CCE
5. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA.
El proponente deberá elaborar su oferta y enviarla de manera electrónica a través de la plataforma del SECOP II. La Entidad UNICAMENTE recibirá propuestas mediante esta plataforma.
La propuesta deberá elaborarse con base en los formatos y anexos establecidos para el efecto. Una vez finalizado el plazo para la presentación de propuestas la Entidad publicará el listado de proponentes en la plataforma del SECOP II.
Las ofertas estarán vigentes por el término de noventa (90) días calendario, contados desde la fecha de presentación de Ofertas establecida en el Cronograma.
Una vez vencido el plazo para presentar ofertas, la Secretaría Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia hará la apertura de los sobres de forma virtual, conforme a los parámetros de la plataforma Secop II. De tal modo, esta dependencia publicará un informe con la lista de las
Proponentes y la hora de presentación de las Ofertas en la forma predeterminada por la plataforma.
La revisión del valor total de cada propuesta se efectuará con base en la información diligenciada y enviada por el oferente en la plataforma SECOP II.
Para el diligenciamiento de estos formularios, el oferente deberá tener en cuenta todo lo requerido en los correspondientes formatos oficiales publicados en formato PDF en el sitio: xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xxxxxxxxx/XxxxxxxxXxxxxxXxxxxxxxxx/Xxxxx?xxxxxxxXxxx uage=es-CO&Page=login&Country=CO&SkinName=CCE
6. INDISPONIBILIDAD DE LA PLATAFORMA SECOP II.
El protocolo de indisponibilidad de la plataforma Secop II, está dirigido a los usuarios del SECOP II en los eventos en los cuales la plataforma presenta fallas Generales o particulares que interrumpan el normal desarrollo de los procesos de contratación en el SECOP II, el cual se puede consultar en el siguiente link: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxx_xxxxxx/xxxxx/xxx_xxxxxxxxxx/xxxxxxxxx_xx_xxxxxxx nibilidad_secop_ii.pdf
Las actuaciones que pueden ser afectadas por las fallas son: presentación o apertura de ofertas; presentación de manifestaciones de interés, observaciones o subsanaciones, aprobación de garantías, publicación de respuestas a las observaciones, publicación de informes de evaluación, habilitación y, elaboración o aplicación de Adendas en el SECOP II.
El protocolo aplica cuando dichas Fallas se presentan dentro de las cuatro (4) horas calendario previas al evento (presentación o apertura de ofertas; presentación de manifestaciones de interés, observaciones o subsanaciones, aprobación de garantías, publicación de respuestas a las observaciones, publicación de informes de evaluación, habilitación y, elaboración o aplicación de Adendas).
Ante una posible indisponibilidad por falla general o particular es importante que como Proveedores estén atentos a los medios de comunicación de Colombia Compra Eficiente y, en caso xx xxxxxx particulares, se comuniquen oportunamente con la Entidad Compradora y la Mesa de Servicio a través del formulario de soporte, que podrán acceder a través del link: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxxxxxxxx-xx-xxxxxxx.
Para un uso más expedito de este Protocolo, el Departamento de Antioquia – Secretaría Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia para los casos de indisponibilidad pone a disposición el correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx
La comunicación con la Entidad a través de dicho correo debe realizarse antes de finalizar los tiempos definidos en el cronograma, adjuntando el certificado de indisponibilidad que registra la falla general o certificado xx xxxxx particular.
No obstante, se recomienda a los oferentes disponer del tiempo suficiente para estructurar y presentar sus ofertas a través del Sistema Electrónico de Contratación Estatal SECOP II.
1. MODALIDAD.
CAPÍTULO 2.
FUNDAMENTOS JURIDICOS.
El procedimiento de selección del contratista está sometido a los principios de transparencia selección objetiva e igualdad de derechos y oportunidades de los que se deriva la obligación de someter a todos los oferentes a las mismas condiciones definidas en la Ley y en el pliego de condiciones. El pliego de condiciones forma parte esencial del contrato; es la fuente de derechos y obligaciones de las partes y elemento fundamental para su interpretación e integración, pues contiene la voluntad de la administración a la que se someten los proponentes y el futuro contratista.
La modalidad seleccionada para satisfacer la necesidad planteada será la Selección Abreviada de Menor cuantía.
De conformidad con el artículo 2 de la Ley 1150, la Selección abreviada corresponde a la modalidad de selección objetiva prevista para aquellos casos en que por las características del objeto a contratar, las circunstancias de la contratación, la cuantía o destinación del bien, obra o servicio, puedan adelantarse por procesos simplificados para garantizar la eficiencia de la gestión contractual.
Igualmente señala el literal b) del artículo antes señalado que será causal de selección abreviada, la contratación de menor cuantía que se entenderá en función de los presupuestos anuales de las entidades públicas, expresados en salarios mínimos legales mensuales.
Para las entidades que tengan un presupuesto anual superior o igual a 1.200.000 salarios mínimos legales mensuales, como es el caso del Departamento de Antioquia, la menor cuantía será hasta 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Así mismo, el artículo 2.2.1.2.1.2.20 del Decreto 1082 de 2015 reglamenta el procedimiento para adelantar la contratación de Menor cuantía, procedimiento al cual se acoge esta Secretaría, para adelantar el presente proceso de contratación de la siguiente manera:
En un término no mayor a tres (3) días hábiles contados a partir de la fecha de apertura del Proceso de Contratación los interesados deben manifestar su intención de participar, a través del mecanismo establecido para el efecto en los pliegos de condiciones.
Si la entidad estatal recibe más xx xxxx (10) manifestaciones de interés puede continuar el proceso o hacer un sorteo para seleccionar máximo diez (10) interesados con quienes continuará el Proceso de Contratación.
La entidad estatal debe establecer en los pliegos de condiciones si hay lugar a sorteo y la forma en la cual lo hará.
Si hay lugar a sorteo, el plazo para la presentación de las ofertas empezará a correr el día hábil siguiente a la fecha en la cual la entidad estatal informe a los interesados el resultado del sorteo.
La entidad estatal debe publicar el informe de evaluación de ofertas durante tres (3) días hábiles.
2. TIPO DE CONTRATO A CELEBRAR
El contrato que se celebrará, corresponde a un contrato de PRESTACIÓN DE SERVICIOS de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993, el cual predica:
“Contrato de prestación de servicios: Son contratos de prestación de servicios los que celebren las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Estos contratos sólo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados. En ningún caso estos contratos generan relación laboral ni prestaciones sociales y se celebrarán por el término estrictamente indispensable.”
Con fundamento en lo prescrito en el inciso anterior, se pretende celebrar este tipo de contrato, puesto que, es la tipología contractual ideal que puede enmarcar la ejecución de las actividades de instalación y desinstalación de antenas, repetidoras y equipos con personal capacitado, entrenado y certificado para trabajos en alturas.
CAPÍTULO 4.
DEL SERVICIO A CONTRATAR.
1. NECESIDAD QUE LA GOBERNACION DE ANTIOQUIA PRETENDE SATISFACER.
La necesidad existente en la Secretaría Seccional de Salud y Protección Social del Departamento de Antioquia, consiste en garantizar la continuidad en la operación del sistema de radiocomunicaciones actual y ampliar la cobertura del mismo a otros municipios incluyendo algunos sitios en la ruralidad, puede ser satisfecha mediante la escogencia de un contratista que provisione los equipos (radios base, radios móviles, repetidoras y equipos de repetición, entre otros), infraestructura y servicios asociados; pasando de 82 a 120 radios base y de 51 a 156 radios móviles, lo cual representa un porcentaje de incremento de 31.66% y 206% respectivamente y llegando a un total de 117 municipios. Con lo cual, se espera mejorar la comunicación para la coordinación y el apoyo en la atención en salud a las comunidades afectadas por eventos de urgencias, emergencias o desastres; y de esta manera impactar indicadores del plan de desarrollo “Antioquia Piensa en grande”.
2. DESCRIPCIÓN Y ALCANCE DEL OBJETO.
2.1. Objeto.
Contratar la prestación de servicios y la infraestructura necesaria para el funcionamiento del Sistema de Radiocomunicaciones del Departamento de Antioquia.
2.2. Alcance del objeto contractual.
La presente contratación comprende la instalación y puesta en funcionamiento de 120 radios base y 156 radios móviles distribuidos en 117 municipios del Departamento de Antioquia, de repetidoras con sus respectivas antenas, cables, duplexer y demás elementos requeridos, equipos gateway, de acuerdo a especificaciones técnicas, además de garantizar:
Suministro de minutos para el teléfono satelital del CRUE Departamental.
Mesa de Ayuda (soporte, mantenimiento del software y sistema total, operación del sistema, entrega de informes mensuales y contingencias).
Puesta en operación de las frecuencias autorizadas a la Secretaría Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia de acuerdo al cuadro técnico aprobado por el MinTic vigente.
El Contratista pondrá a disposición del sistema: repetidores completos, infraestructura, radios base, radios móviles, Gateway de acuerdo con las especificaciones técnicas.
Operación e interoperabilidad con el software instalado en el CRUE y con los radios portátiles, monitores, y PC del CRUE Departamental.
Transporte ida y regreso a cada uno de los municipios dentro del alcance del contrato, para la instalación y desinstalación de equipos (repetidoras, antenas, radios base, radios móviles y otros), y para la solución de incidentes del sistema de radiocomunicaciones.
Mantenimiento preventivo y correctivo a los equipos del Sistema de Radiocomunicaciones.
Capacitación y entrenamiento a los usuarios del sistema de radiocomunicaciones (personal de las Empresas Sociales del Estado (ESE), Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación de los movilizados (ETCR) y del CRUE Departamental).
Conexión al sistema de radiocomunicaciones de la Gobernación de Antioquia, de las ambulancias que hacen parte del Sistema de Emergencias Médicas (SEM) de los municipios con los cuales la Secretaría Seccional de Salud y Protección Social suscriba convenio.
Instalación y desinstalación, conexión al sistema de radiocomunicaciones de la Gobernación de Antioquia, de los equipos de la Secretaría Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia como contingencia para la atención de situaciones de emergencia o desastre, a saber: 3 antenas, 3 repetidoras, 10 radios base, 2 radios móviles.
3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
A) Suministro de minutos para el teléfono satelital (Contingencia).
En este ítem se contempla el suministro de minutos para garantizar autonomía de 72 horas (4320 minutos INMARSAT) para un (1) teléfono satelital que es propiedad del CRUE Departamental.
La Entidad sólo cancelará al contratista los minutos que efectivamente sean utilizados y avalados por el Supervisor.
B) Mesa de Ayuda.
El Contratista deberá contar con una mesa de ayuda para soporte, mantenimiento del software y del sistema total, operación del sistema, informes mensuales y contingencias, a fin de dar respuesta y solución oportuna a las situaciones que afecten el Sistema de Radiocomunicaciones.
La mesa de ayuda deberá soportar e incluir en el software del sistema total y de operación del sistema, los radios base que se activen como plan de contingencia por situaciones de emergencia o desastre, y los radios móviles de los vehículos del SEM de los municipios que tengan convenio con el Departamento de Antioquia.
Para la totalidad de los equipos (a disposición, de contingencia, de vehículos SEM), la mesa de ayuda deberá estar en capacidad de generar informes y solucionar situaciones que afecten la operación del sistema de radiocomunicaciones de la Gobernación.
C) Frecuencias asignadas por el MinTic a la Gobernación de Antioquia.
Las características técnicas de la red para el uso del espectro radioeléctrico, autorizada por el Ministerio de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones –MinTic-, al Departamento de Antioquia, incluye seis (6) pares de frecuencias y se detallan en el anexo.
Los seis (6) pares de frecuencias deberán ser utilizadas por el Contratista en la operación del sistema de radiocomunicaciones de acuerdo con los lineamientos dados por el MinTic.
En caso de requerir cambios en las frecuencias asignadas, el Contratista deberá solicitar a la Secretaria Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia un poder para gestionar ante el MinTic los cambios que sean requeridos.
D) Infraestructura, repetidores y antenas.
La infraestructura para la operación incluye: caseta, mano de obra, servicios de energía e internet, seguridad y protección de los equipos, sistema de pararrayos, equipos que garanticen reserva de energía, protección de fluctuaciones de corriente eléctrica, entre otros elementos y servicios, con los cuales se garantice la operación 24/7 del sistema de Radiocomunicaciones. Incluye también la disposición responsable de residuos generados durante la instalación y desinstalación de equipos.
El repetidor debe ser completo. Es decir, incluye antena, cable, duplexer, baterías, inversor/controlador, rack, pigtails entre otros elementos que puedan requerirse para operar.
El contratista deberá instalar la infraestructura y los repetidores en las ubicaciones autorizadas por el MinTic al Departamento de Antioquia según el cuadro de características técnicas de la red. (Anexo).
a. Especificaciones de las antenas Antena 4 dipolos americana
Rango de Frecuencia: 164-174 MHz Dipolos: 4
Ganancia: 6 / 9 dB Ancho xx Xxxxx: 10 MHz Potencia: 25 W
Conector: N Macho Resistencia al viento: 161 km/h
b. Especificaciones de las repetidoras Repetidor Inteligente DMR II
Actualizable a Sistema Trunking DMRIII y Simulcast
Conexión IP multisitio Interconexión telefónica digital Software de gestión remota RDAC
Con pantalla, conexión de micrófono y 16 canales
RD986S es un repetidor que funciona en modo dual (Análogo y Digital Convencional DMR
II) con 50W de potencia. Este repetidor se puede actualizar a modo Trunking DMR III o Simulcast mediante una licencia de software. El paquete de actualización provee la posibilidad de funcionamiento en diferentes modos como, analógico convencional, MPT- 1327, DMR convencional, Trunking DMR y Simulcast DMR.
c. Especificaciones del Duplexer Duplexer Xxxxxxxx Q2220E
Rango de frecuencia: 138-174 MHz. Aislamiento mínimo: 70 dB. Impedancia: 50 Ω.
Potencia máxima: 25 W.
Separación de frecuencias: 0.5 MHz. Pérdida por inserción máxima: 1.5 dB. Cavidades: 4.
Conectores: N Hembra.
Temperatura de operación: -40 a 60º.
E) Radios Base y Radios Móviles.
Ubicación de los radios base.
Los radios base incluyen cable, fuentes, antena y accesorios, incluye también: instalación, frecuencia y licencia de software en cada uno de los municipios a cubrir.
El Contratista deberá instalar los radios base en el área de urgencias de las Empresas Sociales del Estado (E.S.E) de los siguientes municipios:
a. Bajo Cauca: 5
Cáceres, Caucasia, El Bagre, Nechí, Xxxxxx
x. Xxxxxxxxx Medio: 4
Caracolí, Maceo, Puerto Nare, Yondó
x. Xxxxxxxx: 12
Xxxxxx, Xxxxxxxx, San Xxxxx, Xxxxx Domingo, Segovia, Vegachí, Yalí, Yolombó Anorí (2): Xxxx Xxxxxx (0), Xxxx Xxxxx (0) xx xx xxxxxx Xx Xxxxxxx
Remedios (2): Xxxx Xxxxxx (0), Xxxx Xxxxx (0) xx xx xxxxxx Xxxxxxxx
x. Xxxxx: 16
Angostura, Belmira, Briceño, Campamento, Carolina del Príncipe, Xxx Xxxxxx, Entrerrios, Xxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx, Ituango, San Xxxxxx de Cuerquia, San Xxxx de la Montaña, San Xxxxx de los Milagros, Xxxxxx, Xxxxxxxx, Yarumal
e. Occidente: 17
Anzá, Armenia, Buriticá, Cañasgordas, Dabeiba, Ebéjico, Xxxxxxxx, Xxxxxxx, Heliconia, Liborina, Olaya, Peque, Sabanalarga, San Xxxxxxxx, Santafe de Antioquia, Sopetrán,
Uramita
f. Oriente: 20
Abejorral, Xxxxxxxxxx, Xxxxxxx, Cocorná, Concepción, El Peñol, El Santuario, Granada, Guarne, Guatape, La Ceja, La Unión, Marinilla, Nariño, Rionegro, San Xxxxxx, San Xxxxxxxxx, San Xxxx, San Xxxxxx, Sonsón
g. Suroeste: 25
Amaga, Andes, Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxxx, Caramanta, Ciudad Bolívar, Concordia, Fredonia, Hispania, Jardín, Jericó, La Pintada, Montebello, Pueblorico, Salgar, Santa Xxxxxxx, Támesis, Tarso, Titiribí, Urrao, Valparaíso
Venecia (2): Zona Urbana (1), Zona Rural (1) en el corregimiento de Bolombolo
h. Urabá: 10
Arboletes, Carepa, Chigorodó, Murindó, Mutatá, Necoclí, San Xxxx de Urabá, San Xxxxx de Urabá, Turbo, Vigía del Fuerte
x. Xxxxx de Aburrá: 11
Barbosa, Caldas, Copacabana, Girardota, La Estrella, Sabaneta Bello Hospital Xxxxx Xxxxx Xxxxxx
Itagüí Hospital del Sur Itagüí Hospital San Xxxxxx Medellín CRUE
Medellín Hospital La Xxxxx
Radios Base a disponer: 120
Radios Base de la SSSA: 10 (Equipos cuya instalación se contempla dentro del plan de contingencia en situaciones de emergencia y desastres)
Total de Radios Base en el Sistema de Radiocomunicaciones: Hasta 130.
Ubicación de los radios móviles.
Los radios móviles incluyen cable, antena y accesorios incluye también instalación, frecuencia y licencia de software en cada uno de los municipios a cubrir.
El contratista deberá instalar los radios móviles en los vehículos para traslado de pacientes (terrestre o acuático) de las Empresas Sociales del Estado de los municipios que se detallan en el listado a continuación. Los vehículos en los cuales se deben instalar los radios móviles pueden estar en la zona urbana o rural del municipio, este aspecto deberá ser considerado por el contratista en la planeación de la instalación.
a. Bajo Cauca: 6
Cáceres: Urbana (1)
Caucasia: Urbana (1)
El bagre: Urbana (2)
Nechí: Urbana (1)
Tarazá: Urbana (1)
x. Xxxxxxxxx Medio: 5 Caracolí: Urbana (1)
Maceo: Urbana (1)
Puerto Nare: Urbana (1), Rural (1)
Yondó: Urbana (1)
x. Xxxxxxxx: 18
Amalfi: Urbana (2)
Anori: Urbana (1)
Xxxxxxxx: Urbana (1)
Remedios: Urbana (2)
Xxx Xxxxx: Xxxxxx (0), Xxxxx (0)
Xxxxx Xxxxxxx: Urbana (2)
Segovia: Urbana (3), Rural (1)
Vegachí: Urbana (1)
Yalí: Urbana (1)
Yolombó: Urbana (1)
d. Norte: 19
Angostura: Urbana (1)
Belmira: Urbana (1)
Briceño: Urbana (1)
Campamento: Urbana (1)
Carolina del Príncipe: Urbana (1)
Donmatías: Urbana (2)
Entrerrios: | Urbana (2) |
Xxxxx Xxxxx: | Urbana (2) |
Guadalupe: | Urbana (1) |
Ituango: | Urbana (1) |
Xxx Xxxxxx xx Xxxxxxxx: | Xxxxxx (0) |
Xxx Xxxx xx xx Xxxxxxx: | Urbana (1) |
Xxx Xxxxx xx xxx Xxxxxxxx: | Xxxxxx (0) |
Xxxxxx: | Urbana (1) |
Valdivia: | Urbana (1) |
Yarumal: | Urbana (1) |
e. Occidente: 19 Anzá: | Urbana (1) |
Armenia: | Urbana (1) |
Buriticá: | Urbana (1) |
Cañasgordas: | Urbana (1) |
Dabeiba: | Urbana (1) |
Ebéjico: | Urbana (1) |
Frontino: | Urbana (1) |
Giraldo: | Urbana (1) |
Heliconia: | Urbana (1) |
Liborina: | Urbana (2) |
Olaya: | Urbana (1) |
Peque: | Urbana (1) |
Sabanalarga: | Urbana (1) |
San Xxxxxxxx: Urbana (2)
Santa Fe de Antioquia: Urbana (1)
Sopetrán: Urbana (1)
Uramita: Urbana (1)
f. Oriente: 27
Abejorral: Urbana (2)
Alejandría Urbana (1)
Argelia: Urbana (1)
Cocorná: Urbana (2)
Concepción: Urbana (1) El Peñol: Urbana (2) El Santuario: Urbana (1) Granada: Urbana (1)
Guarne: Urbana (1)
Guatape: Urbana (1)
La Ceja: Urbana (1)
La Unión: Urbana (1)
Marinilla: Urbana (1)
Nariño: Urbana (1)
Rionegro: Urbana (1) San Xxxxxx: Urbana (1) San Xxxxxxxxx: Urbana (1) San Xxxx: Urbana (2) Xxx Xxxxxx: Xxxxxx (0)
Xxxxxx: Urbana (4)
g. Suroeste: 37
Amaga: Urbana (1)
Andes: Urbana (1)
Angelópolis: Urbana (1)
Betania: Urbana (2)
Betulia: Urbana (2), Rural (1)
Caicedo: Urbana (1)
Caramanta: Urbana (1) Ciudad Bolívar Urbana (1) Concordia: Urbana (1)
Fredonia: Urbana (1)
Hispania: Urbana (1)
Jardín: Urbana (2)
Jericó: Urbana (1) La Pintada: Urbana (1) Montebello: Urbana (1)
Pueblorico: Urbana (1)
Salgar: Urbana (2) Santa Xxxxxxx: Urbana (2) Támesis: Urbana (2)
Tarso: Urbana (1)
Titiribí: Urbana (2)
Urrao: Urbana (4)
Valparaíso: Urbana (1)
Venecia: Urbana (2), Rural (1)
h. Urabá:13
Arboletes: Urbana (2)
Carepa: Urbana (1)
Chigorodó: Urbana (1)
Murindó: Urbana (2)
Mutatá: Urbana (1)
Necoclí: Urbana (1) San Xxxx de Urabá: Urbana (1) San Xxxxx de Urabá: Urbana (2) Turbo: Urbana (1) Vigía del Fuerte: Urbana (1)
x. Xxxxx de Aburrá: 12 Barbosa: Urbana (1)
Bello: Hospital Xxxxx Xxxxx Xxxxxx: Urbana (1) Caldas: Urbana (1)
Copacabana: Urbana (1)
Girardota: Xxxxxx (0)
Xxxxxx: Hospital del Sur: Xxxxxx (0) Xxxxxx: Hospital San Xxxxxx: Urbana (2) La Estrella: Urbana (1)
Medellín: Hospital La Xxxxx: Urbana (2) Sabaneta: Urbana (1)
Radios Móviles a disponer: 156
Radios Móviles de los vehículos que hacen parte del SEM de municipios con convenio (Itagüí, Sabaneta, Envigado): Hasta 12
Radios Móviles SSSA a incluir como contingencia: 2
Total de Radios Móviles en el Sistema de Radiocomunicaciones: Hasta 170.
Ubicación de los Gateway.
a. Murindó (1)
b. Vigía del fuerte (1)
Especificaciones de los radios base y de los radios móviles (Ver anexo).
F) Instalación y puesta en operación
Tanto la instalación de la infraestructura y de las repetidoras, antenas, radios base, radios móviles y demás equipos, como la puesta en operación del sistema de radiocomunicaciones deberá realizarse dentro del primer mes de ejecución del contrato. Para tal fin, el contratista deberá contar con los medios de transporte de ida y regreso a cada uno de los municipios dentro del alcance del contrato.
El Contratista deberá entregar junto con la propuesta técnica el cronograma de actividades definido para los 3 equipos de trabajo que son solicitados.
La instalación y entrega de los radios base y de los radios móviles deberá ser coordinada previamente con las ESE destinatarias y con las ETCR. La Secretaría Seccional de Salud y Protección Social suministrará la base de datos con los números de contacto.
El Contratista deberá instalar los radios base en el área de urgencias de las ESE. La instalación en otra ubicación dentro del hospital deberá ser informada y aprobada por el supervisor antes de su implementación.
Una vez se realice la instalación, se debe efectuar capacitación y entrenamiento a dos (2) personas por equipo instalado, los cuales deben ser personal de urgencias y/o tripulación de los vehículos.
Como producto de la instalación de las antenas, repetidoras, radios base y radios móviles, el Contratista deberá generar un informe divido por subregión y municipio que contenga fotografías a color de los equipos instalados, ubicación final de los equipos (coordenadas o ubicación específica), detalle de las pruebas de funcionamiento de equipos y servicios realizadas, registro de capacitación y entrenamiento, acta de entrega de los equipos debidamente diligenciada y firmada por la ESE o ETCR.
Dado que el alcance del contrato contempla la conexión al sistema de radiocomunicaciones de la Gobernación de Antioquia, de las ambulancias que hacen parte del SEM de los municipios con los cuales se suscriba convenio y de los equipos propiedad de la SSSA como contingencia frente a las situaciones de emergencia o desastre que pudieran llegar a ocurrir, el Contratista debe considerar esta actividad en su propuesta técnica.
G) Laboratorio Técnico.
El proponente deberá contar con laboratorio técnico debidamente certificado por el fabricante, con domicilio en la ciudad de Medellín o en otro de los municipios del Valle de Aburrá, con el fin de brindar soporte técnico permanente y presencial a los sistemas y/o aplicaciones implementados en la plataforma de comunicaciones digital con radios de dos vías e interoperabilidad de la entidad y de esta manera asegurar el cumplimiento efectivo de las obligaciones del contrato dentro del término de ejecución y especificaciones técnicas exigidas por la entidad.
H) Tiempos de solución de los incidentes reportados.
En este contrato se entenderá como incidente a aquella situación que impida la continuidad en la comunicación entre el CRUE Departamental y las Empresas Sociales de Salud (ESE) o los Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación de los desmovilizados (ETCR) o las ambulancias, o viceversa.
Si los incidentes no pueden solucionarse de forma remota, el contratista deberá realizar el desplazamiento hasta el municipio donde se encuentra instalado el equipo que presenta la novedad.
Los tiempos para solucionar los incidentes son los siguientes:
a. Tiempo de respuesta: Es el tiempo transcurrido entre el reporte del incidente por parte del supervisor o por parte del CRUE Departamental y el envío por parte del Contratista, de una comunicación escrita de recepción del incidente, informando el tipo de contingencia que va a implementar para solucionar el incidente.
Incidentes asociados a antenas, repetidoras y frecuencias: 2 Horas
Incidentes asociados a Radio Base: 2 Horas
Incidentes asociados a Radio Móvil: 2 Horas
b. Tiempo de solución: Es el tiempo desde el reporte del incidente al contratista, hasta la solución definitiva al problema. Los tiempos que se describe a continuación incluyen los desplazamientos que deba realizar el Contratista hasta el municipio de localización del equipo:
Incidentes asociados a antenas, repetidoras y frecuencias: 3 días
Incidentes asociados a Radio Base: 2 día
Incidentes asociados a Radio Móvil: 2 día
I) Seguridad y Salud en el Trabajo
Durante la ejecución del contrato, se deberán observar los lineamientos dados por la Gobernación de Antioquia, en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, los cuales, se encuentran detallados en el Manual de Seguridad y Salud en el Trabajo para contratistas (Ver anexo).
4. AUTORIZACIONES, PERMISOS, LICENCIAS Y DOCUMENTOS TÉCNICOS.
El oferente deberá aportar los siguientes documentos con la propuesta técnica:
Registro del MinTic.
Certificado de distribuidor de servicio satelital.
Certificación dada por el fabricante, en la cual se evidencie que el proponente cuenta con laboratorio técnico certificado con domicilio en la ciudad de Medellín o en otro de los municipios del Valle de Aburrá, para la marca de equipos con los cuales va a trabajar.
Certificado de distribuidor autorizado para la marca de los equipos que oferte.
Listado con los nombres, y números de cédula del personal técnico operativo que vaya a realizar instalación o desinstalación de equipos en altura. Así mismo, el proponente deberá suministrar copia legible del certificado para trabajo en alturas nivel avanzado para las personas relacionadas en dicho listado.
Árbol xx xxxxxx del sistema de radiocomunicaciones y el plan de contingencia para cada una xx xxxxxx identificadas.
Cronograma de actividades para la instalación de equipos que garantice la puesta en operación del sistema de radiocomunicaciones dentro del primer mes de ejecución del contrato.
Certificados para trabajos en alturas nivel avanzado para las personas que realizarán los trabajos en altura y certificado para trabajos en altura como coordinador de trabajos en altura para la persona que ejercerá la supervisión de este tipo de actividades. Lo anterior, de acuerdo con lo establecido en las Resolución 1409 de 2012 y 1903 de 2013 emitidas por el Ministerio de Trabajo, para el personal que va a realizar la instalación y desinstalación de los equipos en altura.
La certificación emitida por la Aseguradora de Riesgos Laborales (ARL) que tiene el proponente del nivel de riesgo y de sus centros de trabajo (en caso de que existan) de acuerdo con lo descrito en el Decreto 1609/2009
5. PARTES.
Contratante: Departamento de Antioquia - Secretaria Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia.
Contratista: Proponente seleccionado por la modalidad de Selección Abreviada de Menor Cuantía.
6. CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS DE NACIONES UNIDAS (UNSPSC).
Segmento: 83000000 - Servicios públicos y servicios relacionados con el sector público Familia: 83110000 - Servicios de medios de telecomunicaciones
Clase: 83112200 - Servicios mejorados de telecomunicaciones
Producto: 83112206 - Servicio de administración de la capacidad del radio direccional para la recuperación de desastres
Segmento: 83000000 - Servicios públicos y servicios relacionados con el sector público Familia: 83110000 - Servicios de medios de telecomunicaciones
Clase: 83111600 - Servicios de comunicaciones móviles
Segmento: 81000000 - Servicios basados en Ingeniería, Investigación y Tecnología Familia: 81110000 - Servicios informáticos
Clase: 81112000 - Servicios de datos
Segmento: 32000000 - Componentes y suministros electrónicos
Familia: 32100000 - Circuitos impresos, circuitos integrados y micro ensamblajes Clase: 32101500 - Conjunto de circuitos y componentes de radiofrecuencia (RF
7. DEDUCCIONES.
Se debe tener en cuenta que el contrato que se suscriba será sujeto de las siguientes retenciones xx Xxx, antes de IVA:
- Estampilla Pro Bienestar del Adulto Mayor–2%
- Estampilla Pro Hospital–1%
- Estampilla Pro Desarrollo–6 x mil
- Estampilla Pro Politécnico–4 x mil
- Estampilla Pro Universidad de Envigado–4 x mil Todas las estampillas suman el 4.4%
Adicionalmente tendrá la retención en la fuente de acuerdo a la normatividad vigente según el tipo de contribuyente, para lo que se deberá tomar en cuenta el RUT del contratista.
IMPUESTO RETEICA:
Es responsabilidad del contratista, estar x Xxx y Salvo por concepto de Industria y Comercio en el municipio donde ejerce sus labores, conforme a lo establecido en la circular 000131 del 14 xx xxxxx de 2013.
Para el municipio de Itagüí, el departamento de Antioquia fue declarado Agente Retenedor, por lo que es deber del contratista y del supervisor, discriminar e indicar en el informe de supervisión o de interventoría y en la factura, los valores por las actividades comerciales realizadas en este municipio.
El contratista serán responsable de informarse e incluir en su propuesta toda tasa, retribución, impuesto o gravamen que corresponda y/o del cual sea responsable, y el Departamento no aceptará reclamación alguna por estos conceptos.
8. ELEMENTOS PRESUPUESTALES.
RUBRO PRESUPUESTAL:
A.2.4.14 1116 0-OI2611 330102000 230010001
CDP: 3500042551 del 22 xx xxxxx de 2019 por valor de $ 593.437.491
VIGENCIA FUTURA: N/A
BANCOS DE PROYECTOS:
2016050000223 Elemento PEP: 23 – 0010
9. LUGAR DE EJECUCIÓN O ENTREGA:
El contrato se ejecutará en el Departamento de Antioquia. La entrega de informes y documentos se realizará en Medellín Centro Administrativo Departamental-Xxxx Xxxxx Xxxxxxx, piso 8, oficina 808.
10. OBLIGACIONES DE LAS PARTES
Son las responsabilidades a cargo de las partes y que serán esenciales para el adecuado desarrollo y ejecución del objeto contractual.
10.1. Obligaciones Generales de las partes:
10.1.1. Perfeccionar conjuntamente la minuta del contrato en los términos previstos, suscripción del acta de inicio, suspensiones o prórrogas, modificaciones y en general las actas que se produzcan en el desarrollo del contrato incluyendo acta de liquidación.
10.1.2. Suministrar la información disponible que se requiera para la ejecución del contrato.
10.1.3. Apoyar técnicamente el desarrollo del contrato.
10.1.4. Asistir a las reuniones programadas y brindar la información que se requiera.
10.1.5. Propender por el logro de los servicios pactados.
10.1.6. Mantener un flujo constante de la información necesaria durante ejecución y liquidación del contrato; entre otras.
10.2. Obligaciones del Contratista:
10.2.1. Desarrollar las actividades necesarias para dar cabal cumplimiento al objeto del contrato con todas las especificaciones y requerimientos jurídicos, técnicos, financieros, ambientales, administrativos y de seguridad y salud en el trabajo, descritos en los requerimientos establecidos en el proceso precontractual, en los Estudios y Documentos Previos, en el Proyecto Pliego de Condiciones, en el Pliego de Condiciones y Adendas si las hubiere.
10.2.2. Allegar la garantía única con la cual se amparen los riesgos previstos del proyecto para el inicio del plazo contractual.
10.2.3. Emitir oportunamente los informes que respalden los valores cobrados por el servicio dentro de los cinco (05) primeros días calendario de cada mes siguiente a la ejecución de las labores contratadas.
10.2.4. Suministrar los equipos y herramientas, personal e instrumentos de trabajo que se requieran para la ejecución adecuada de las labores contratadas dentro del plazo contractualmente establecido.
10.2.5. Realizar mensualmente el pago de salarios, prestaciones sociales, parafiscales, riesgos laborales (acorde con el nivel de riesgo establecido para la empresa y sus centros de trabajo, si existieren), dotación, elementos de protección personal, herramientas de trabajo, según las actividades a desempeñar y cumplir con sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral, parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF). Para evidencia de lo anterior, el Contratista debe presentar al supervisor/interventor del contrato, dentro del término establecido, la documentación que acredite el cumplimiento del pago de estas obligaciones. Además del cumplimiento de la normatividad vigente, en el marco del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
10.2.6. El proponente favorecido no podrá alegar el desconocimiento o la ocurrencia de un riesgo que no fue puesto en consideración por la Secretaría Seccional de Salud y Protección Social en los requerimientos establecidos en el proceso precontractual, en
los Estudios y Documentos Previos, en el Proyecto Pliego de Condiciones, en el Pliego de Condiciones y Adendas si las hubiere; concertados y definidos en la audiencia celebrada para la aclaración de los mismo, por lo tanto, la presentación de la respectiva oferta, y firma del contrato, de acuerdo con las condiciones definitivas señaladas en Estudios y Documentos Previos, Proyecto Pliego de Condiciones y Pliego de Condiciones y Adendas si las hubiere, significa, para los efectos de la ejecución de las actividades objeto del proyecto, que el proponente consintió y aceptó lo que se ha establecido en todos los documentos precontractuales y en el contrato.
10.2.7. El Contratista no podrá señalar condiciones diferentes a las establecidas en los Estudios y Documentos Previos, Proyecto Pliego de Condiciones, Pliego de Condiciones y Adendas (si las hubiere). En caso de hacerlo, se tendrán por no escritas y, por lo tanto, prevalecerán las disposiciones contenidas en los Estudios y documentos previos, Proyecto Pliego de Condiciones y Pliego de Condiciones y Adendas si las hubiere.
10.2.8. Disponer de los medios necesarios para la ejecución del contrato, conforme a lo estipulado en los pliegos.
10.2.9. Atender en forma oportuna las instrucciones del supervisor del contrato. No se podrán realizar cambios a lo establecido en el contrato durante su ejecución, sin que se haga previamente la consulta para que desde lo jurídico se defina su viabilidad y la necesidad.
10.2.10. Conocer y dar cumplimiento a la normatividad ambiental y de seguridad y salud en el Trabajo aplicable para la ejecución del proyecto.
10.2.11. El contratista manifestará en la minuta del contrato bajo gravedad de juramento que ni él, ni sus accionistas o socios, administradores, miembros de junta directiva, representantes legales, apoderados, revisor fiscal, o quienes hagan sus veces: a) Están incluidos en la lista ONU emitida por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, o la lista emitida por la oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) también conocida como lista Xxxxxxx, tengan circular roja de INTERPOL, ni se encuentran en ninguna otra lista restrictiva emitida por organismos nacionales o internacionales, policiales, judiciales o de investigación con igual fin. b) Han participado en actividades xx xxxxxx de activos o financiación del terrorismo. Lo anterior de conformidad con la Circular 2019090000065 del 15 de febrero de 2019, emitida por la Secretaría General de la Gobernación de Antioquia.
10.2.12. Informar a la Interventoría/supervisión sobre cualquier anomalía, inconveniente o dificultad durante la ejecución de las actividades objeto del contrato, y las posibles soluciones para la resolución de los mismos.
10.2.13. Garantizar la implementación de las medidas necesarias para prevenir la ocurrencia de posibles accidentes no solo para trabajadores sino para la comunidad en general.
10.2.14. Acreditar que se encuentra al día en el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social en Salud y parafiscales para la participación en el proceso de selección, a la firma del contrato y durante toda su ejecución.
10.2.15. Cumplir con los requisitos para la prevención de accidentes y enfermedades laborales del personal propio y/o el de los subcontratistas de acuerdo con lo establecido en el Código Sustantivo del Trabajo y demás normas que rijan la materia, dando aplicación en lo que corresponda al Manual de Seguridad y Salud en el Trabajo dirigido a Contratistas del Departamento de Antioquia.
10.2.16. Todas las demás inherentes al objeto del contrato y las establecidas en la Ley.
10.3. Obligaciones del Contratante: Departamento – Secretaría Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia:
10.3.1. Asignar un (1) supervisor para el presente contrato.
10.3.2. Exigir al Contratista la ejecución idónea y oportuna del objeto.
10.3.3. Vigilar que los productos objeto de este contrato cumplan con las especificaciones técnicas establecidas en los Estudios y Documentos Previos, Proyecto Pliego de Condiciones y Pliego de Condiciones y Adendas (si las hubiere). Rechazar los productos que no cumplan con las especificaciones y exigir al contratista el cambio de los mismos, de acuerdo con las condiciones de garantía aplicables a cada uno de éstos.
10.3.4. Cancelar al contratista los valores correspondientes de acuerdo a la forma de pago establecida.
10.3.5. Realizar el seguimiento al contrato, la supervisión y emitir los informes de seguimiento a la contratación estatal correspondientes.
10.3.6. Realizar los esfuerzos posibles para que el contratista cumpla con los requisitos normativos y el Manual de seguridad y Salud en el Trabajo Dirigido a Contratistas del Departamento de Antioquia.
10.3.7. Verificar que el contratista se encuentre al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios xxx XXXX, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, durante la celebración, ejecución y liquidación del contrato.
1. ETAPAS DEL PROCESO.
CAPITULO 5. EL PROCESO.
En la presente Selección Abreviada de Menor Cuantía se cumplirán con las siguientes etapas de conformidad con lo dispuesto por las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015 así:
1. Aviso de Convocatoria Pública |
2. Publicación xx XXXXXX DE CONDICIONES DEFINITIVO y Estudios Previos |
3. Observaciones al de proyecto de pliegos de condiciones y estudios previos |
4. Respuesta a las observaciones xxx XXXXXX DE CONDICIONES DEFINITIVO y estudios previos |
5. Ajuste xxx xxxxxx de condiciones, de acuerdo a las observaciones recibidas |
6. Manifestación de interés para limitar la convocatoria a MIPYMES |
7. Publicación de la Resolución de Apertura |
8. Publicación xxx Xxxxxx de Condiciones Definitivo |
9. Audiencia de Aclaraciones y de asignación de riesgos |
10. Manifestación de interés |
11. Publicación del listado de oferentes |
12. Sorteo de consolidación de oferentes en caso de ser necesario |
13. Plazo para presentar observaciones al Pliego de Condiciones Definitivo |
14. Plazo para dar respuesta a las observaciones |
15. Publicación de Adendas en caso de ser necesario |
16. Recepción de Propuestas y audiencia de Cierre |
17. Evaluación de las propuestas y publicación del informe preliminar de evaluación |
18. Plazo para presentar observaciones al informe de evaluación y subsanar requisitos habilitantes. |
19. Informe de evaluación definitivo |
20. Observaciones al informe de evaluación definitivo |
21. Contestación a las observaciones efectuadas a la evaluación final. |
22. Resolución de Adjudicación |
2. PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO.
El PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO se publicará en el Portal de contratación estatal xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xxxxxxxxx/XxxxxxxxXxxxxxXxxxxxxxxx/Xxxxx?xxxxxxxXxxx uage=es-CO&Page=login&Country=CO&SkinName=CCE de conformidad con lo establecido el artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015.
Las observaciones al proyecto de pliegos se harán dentro del término establecido para su publicación en el presente documento y podrán ser acogidas o rechazadas por la entidad y para el efecto dará respuesta a las mismas en documento escrito motivado que se publicará en el Portal de contratación estatal Sistema Electrónico para la Contratación Pública Secop II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xxxxxxxxx/XxxxxxxxXxxxxxXxxxxxxxxx/Xxxxx?xxxxxxxXxxx uage=es-CO&Page=login&Country=CO&SkinName=CCE
Las consultas y observaciones al PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO, se deberán formular por medio de mensajes en el expediente ubicado en área de trabajo de la plataforma Secop II.
3. APERTURA DEL PROCESO Y PLIEGOS DEFINITIVOS.
De conformidad con el artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015, la Secretaría Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia, mediante acto administrativo de carácter general, ordenará de manera motivada la apertura del proceso de selección bajo la modalidad de menor cuantía; en dicho acto incluirá el cronograma del proceso, con indicación expresa de las fechas y lugares en que se llevarán a cabo las audiencias del presente proceso y se determinará el termino establecido para cada una de las etapas del proceso.
El acto de apertura y el pliego de condiciones se publicarán en la página xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xxxxxxxxx/XxxxxxxxXxxxxxXxxxxxxxxx/Xxxxx?xxxxxxxXxxx uage=es-CO&Page=login&Country=CO&SkinName=CCE de conformidad con lo establecido en los artículos 2.2.1.1.1.7.1 y 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015.
4. ACLARACIONES Y OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES.
Las observaciones al pliego se harán dentro del término establecido en el cronograma del proceso incluido en el acto de apertura de la selección abreviada de menor cuantía Nro. 9812 y podrán ser acogidas o rechazadas por la entidad y para el efecto dará respuesta a las mismas por escrito que se publicará en el Portal de contratación estatal Secop II
xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xxxxxxxxx/XxxxxxxxXxxxxxXxxxxxxxxx/Xxxxx?xxxxxxxXxxx uage=es-CO&Page=login&Country=CO&SkinName=CCE
Las consultas y observaciones al PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO, se deberán formular por medio de mensajes en el expediente ubicado en área de trabajo de la plataforma Secop II.
La entidad dará lugar a una audiencia de aclaraciones al pliego de condiciones y asignación de riesgos del proceso; la asistencia a dicha audiencia no es obligatoria.
5. MODIFICACIONES (ADENDAS) AL PLIEGO DE CONDICIONES
Cualquier aclaración o modificación se hará mediante Adendas numeradas consecutivamente; estos documentos formarán parte integral xxx Xxxxxx de Condiciones.
La Entidad Estatal puede modificar los Pliegos de Condiciones a través de Adendas expedidas antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Además el Departamento de Antioquia también puede expedir Xxxxxxx para modificar únicamente el Cronograma una vez vencido el término para la presentación de las ofertas y antes de la adjudicación del contrato, de conformidad con las previsiones dispuestas en el artículo 2.2.1.1.2.2.1 del Decreto 1082 de 2015.
Para la expedición de Xxxxxxx, el Departamento de Antioquia hará la respectiva publicación en días hábiles.
La Entidad Estatal publicará las Adendas para modificar el pliego de condiciones, de conformidad con la Ley a más tardar el día hábil anterior al vencimiento del plazo para presentar ofertas a la hora fijada para tal presentación.
Los documentos antes mencionados serán publicados en el SECOP II, medio de consulta de los interesados; por tanto, la entidad en virtud del principio de economía da por entendido que los interesados en participar en el presente proceso de selección tienen conocimiento de ellos una vez sean publicados. El proponente deberá tener en cuenta el contenido de las Adendas al momento de elaborar y presentar su oferta.
Es entendido, que el Pliego de Condiciones y las Adendas se complementan entre sí, cualquier mención, especificación o detalle que aparezca en uno de ellos y no esté contemplado en el otro, se tendrá como valedero para las condiciones del proceso.
Lo anterior, implica, por ejemplo, que la información presentada en las aclaraciones u observaciones xxx Xxxxxx de Condiciones debe entenderse como la explicación o interpretación de los mismos, según la Entidad. Con la expedición de las Adendas se entienden modificadas todas las disposiciones que le sean contrarias.
Las solicitudes de aclaraciones o modificaciones al contenido xxx Xxxxxx de Condiciones y su respuesta no producirán efecto suspensivo sobre el plazo de presentación de las propuestas y
en consecuencia, las condiciones xxx Xxxxxx y las Adendas respectivas, habrán de tomarse como se expidieron.
6. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y CIERRE DEL PROCESO
Dentro del término establecido en el cronograma del proceso incluido el acto de apertura de la presente contratación se establecerá el plazo a partir del cual se pueden presentar propuestas y la fecha límite o de cierre para hacerlo.
En la fecha, lugar y hora determinada para el cierre se realizará la apertura del sobre que contiene los documentos que conforman la propuesta, dicha apertura se efectuará en forma electrónica en la plataforma SECOP II Portal Único de Contratación xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xxxxxxxxx/XxxxxxxxXxxxxxXxxxxxxxxx/Xxxxx?xxxxxxxXxxx uage=es-CO&Page=login&Country=CO&SkinName=CCE
La propuesta deberá ser firmada por el Representante Legal revestido de facultades para ello cuando se trate de personas jurídicas, o por la persona designada para representar al Consorcio o Unión Temporal u otra forma asociativa permitida por la Ley cuando de ello se trate, o por apoderado, debiéndose anexar el respectivo poder con el lleno de los requisitos exigidos por ley; o por el proponente cuando sea persona natural. En caso de que la propuesta contenga enmendaduras, deberán ser refrendadas con la firma del proponente o de su representante legal, en caso de que se trate de persona jurídica, consorcio o unión temporal, u otra forma asociativa.
No se aceptarán propuestas parciales.
7. VERIFICACIÓN REQUISITOS HABILITANTES Y REGLAS DE SUBSANABILIDAD
El resultado de la verificación de los requisitos habilitantes será publicado en el SECOP II. En dicho informe se señalarán los proponentes que no se consideran habilitados y a los cuales se les concederá un plazo a través de comunicación debidamente publicada y dada como traslado al proponente. Será rechazada la propuesta que no subsane los requisitos verificables de acuerdo con el plazo establecido en la solicitud de la entidad.
8. SOBRE EL MANEJO DE LA PLATAFORMA SECOP II.
El SECOP II funciona como una plataforma transaccional con cuentas para los Proveedores. Los Proveedores pueden hacer comentarios a los Documentos del Proceso, presentar ofertas y seguir el proceso de selección en línea.
La implementación y manejo de la plataforma está definido por la Agencia Nacional Colombia Compra Eficiente. En caso de duda frente al acceso de las funcionalidades deberá consultar las guías de ¿Cómo usar el SECOP II en el ambiente de Proveedor? En el siguiente link: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx-xx/xxxxxxxxxxx.
9. PLAZOS DEL PROCESO.
Todos los plazos del proceso contractual hasta la firma del contrato serán establecidos en el cronograma incluido en el acto de apertura del proceso, y podrán ser prorrogados antes de su vencimiento, cuando las necesidades de la Administración así lo exijan.
Cuando la entidad estatal establezca que el plazo de verificación y evaluación, previsto por la entidad, no garantice el deber de selección objetiva, podrá prorrogarlo antes de su vencimiento, determinando un nuevo plazo.
10. ADJUDICACIÓN DE LA SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA.
La adjudicación se hará previa evaluación de las propuestas y el análisis comparativo de las mismas, al proponente cuya propuesta ajustada al Pliego de Condiciones, resulte ser la más favorable para la Entidad. Se considera como ofrecimiento más favorable, aquel que teniendo en cuenta el cumplimiento de los factores de escogencia, ocupe el primer orden de elegibilidad.
La adjudicación del contrato se realizará mediante acto motivado, en resolución de adjudicación.
El acto de adjudicación es irrevocable y obliga a la Entidad y al adjudicatario. No obstante lo anterior, si dentro del plazo comprendido entre la adjudicación del contrato y la suscripción del mismo, sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad o si se demuestra que el acto se obtuvo por medios ilegales, éste podrá ser revocado, caso en el cual, la Entidad, mediante acto motivado, podrá adjudicar el contrato dentro de los quince (15) días siguientes, al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la Entidad.
Sin perjuicio de las potestades a que se refiere el artículo 18 de la Ley 80 de 1993, en aquellos casos en que la Entidad declare la caducidad del contrato y se encuentre pendiente de ejecución un porcentaje igual o superior al cincuenta por ciento (50%) del mismo, con excepción de los contratos de concesión, se podrá contratar al proponente calificado en el segundo lugar en el proceso de selección respectivo, previa revisión de las condiciones a que haya lugar.
La entidad puede adjudicar el contrato cuando solo se haya presentado una oferta siempre que cumpla con los requisitos habilitantes exigidos y satisfaga los requisitos de los pliegos de condiciones.
11. FACTORES DE DESEMPATE PARA LA ADJUDICACIÓN
En caso de empate en el puntaje total de dos o más ofertas, la Entidad escogerá el oferente que tenga el mayor puntaje en el factor económico.
Si persiste el empate, escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el factor de calidad.
Si aun así persiste el empate, se dará aplicación a lo preceptuado en el artículo 2.2.1.1.2.2.9 del Decreto Reglamentario 1082 de 2015, así:
1. Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
2. Preferir las ofertas presentada por una Mipyme nacional.
3. Preferir la oferta presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura.
4. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
5. Utilizar un método aleatorio para seleccionar el oferente, método que deberá haber sido previsto en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación.
El método aleatorio empleado por la Entidad será el siguiente:
Se realizará sorteo en acto público consistente en introducir en una bolsa oscura una cantidad de balotas igual a la del número de oferentes empatados; cada balota llevará el nombre de los oferentes a participar, pasó a seguir, un funcionario público sacará de la bolsa una balota; el oferente ganador y adjudicatario será el que aparezca en la balota.
Contra el anterior procedimiento no se podrán presentar recursos ni oponerse de manera alguna.
12. DECLARATORIA DE DESIERTA.
El Departamento de Antioquia – Secretaría Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia declarará desierto el proceso de selección abreviada de menor cuantía conforme a lo estipulado en la Ley 80 de 1993 y el Decreto Reglamentario 1082 de 2015, en los siguientes casos:
No se presenten Ofertas.
Ninguna de las Ofertas resulte admisible en los factores jurídicos, técnicos, financieros y de experiencia previstos en el Pliego de Condiciones.
Existan causas o motivos que impidan la escogencia objetiva del Proponente
El ordenador del gasto no acoja la recomendación del comité evaluador y opte por la declaratoria de desierta del proceso, caso en el cual deberá motivar su decisión.
Se presenten los demás casos contemplados en la ley.
13. CRONOGRAMA.
Los términos y procedimientos se harán conforme a la cronología del proceso incluida en el acto administrativo de apertura de Selección Abreviada de Menor Cuantía y demás actos que lo modifiquen, el cual es el siguiente y se podrá modificar mediante adendas conforme a la ley.
Expedición y publicación acto administrativo de apertura del proceso de selección y publicación xxx xxxxxx de condiciones definitivo en la página web del Portal Único de contratación. | 12 xx xxxxx de 2019 | Portal Único de Contratación Secop II: xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xxxxxxxxx/Xxx tractNoticeManagement/Index?currentLanguage=es- CO&Page=login&Country=CO&SkinName=CCE |
Audiencia de asignación de Riesgos y aclaración de pliegos | 13 xx xxxxx de 2019 02:00 P.M. | Xxxxx 00 X Xx. 00-000 piso 8, oficina 804 de la Secretaría Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia, del Centro administrativo Departamental. |
Manifestación de Interés para participar en el proceso de selección | Hasta el 13 xx xxxxx de 2019 | Portal Único de Contratación Secop II: xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xxxxxxxxx/Xxx tractNoticeManagement/Index?currentLanguage=es- CO&Page=login&Country=CO&SkinName=CCE |
Publicación de manifestación de interés | 13 xx xxxxx de 2019 | Portal Único de Contratación Secop II: xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xxxxxxxxx/Xxx tractNoticeManagement/Index?currentLanguage=es- |
Audiencia de sorteo de consolidación de oferentes en caso de ser necesario | 14 xx xxxxx de 2019 10:00 a.m | Xxxxx 00 X Xx. 00-000 xxxx 0, xxxxxxx 804 de la Secretaría Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia, del Centro administrativo Departamental. |
Publicación de listado consolidado de oferentes resultantes del sorteo | 14 xx xxxxx de 2019 | Portal Único de Contratación Secop II: xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xxxxxxxxx/Xxx tractNoticeManagement/Index?currentLanguage=es- |
Plazo final para la presentación de observaciones al Pliego de Condiciones | Hasta el 19 xx xxxxx de 2019 | Portal Único de Contratación Secop II: xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xxxxxxxxx/Xxx tractNoticeManagement/Index?currentLanguage=es- |
Respuesta de observaciones al Pliego de Condiciones | 20 xx xxxxx de 2019 | Portal Único de Contratación Secop II: xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xxxxxxxxx/Xxx tractNoticeManagement/Index?currentLanguage=es- |
Expedición de Adendas | Un día hábil antes del cierre | Portal Único de Contratación Secop II: xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xxxxxxxxx/Xxx tractNoticeManagement/Index?currentLanguage=es- CO&Page=login&Country=CO&SkinName=CCE |
Cierre del proceso de selección y entrega de propuestas | 25 xx xxxxx de 2019 a las 10:00 A.M | Portal Único de Contratación Secop II: xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xxxxxxxxx/Xxx tractNoticeManagement/Index?currentLanguage=es- |
Publicación de acta de cierre y apertura de propuestas | 25 xx xxxxx de 2019 | Portal Único de Contratación Secop II: xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xxxxxxxxx/Xxx tractNoticeManagement/Index?currentLanguage=es- CO&Page=login&Country=CO&SkinName=CCE |
Publicación del informe de evaluación | 27 xx xxxxx de 2019 | Portal Único de Contratación Secop II: xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xxxxxxxxx/Xxx tractNoticeManagement/Index?currentLanguage=es- |
Presentación de observaciones y plazo para subsanar requisitos habilitantes | 00 xx xxxxx xx 0000 | Xxxxxx Xxxxx de Contratación Secop II: xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xxxxxxxxx/Xxx tractNoticeManagement/Index?currentLanguage=es- CO&Page=login&Country=CO&SkinName=CCE |
Publicación de respuestas al informe de evaluación | 05 julio de 2019 | Portal Único de Contratación Secop II: xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xxxxxxxxx/Xxx tractNoticeManagement/Index?currentLanguage=es- CO&Page=login&Country=CO&SkinName=CCE |
Publicación acto administrativo de adjudicación o declaratoria de desierto. | Una vez sea aprobado en el comité de contratación interno de la entidad | Portal Único de Contratación Secop II: xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xxxxxxxxx/Xxx tractNoticeManagement/Index?currentLanguage=es- CO&Page=login&Country=CO&SkinName=CCE |
Publicación del contrato en el SECOP II | Una vez se expida el registro presupuestal y se aprueben las garantías | Portal Único de Contratación Secop II: xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xxxxxxxxx/Xxx tractNoticeManagement/Index?currentLanguage=es- CO&Page=login&Country=CO&SkinName=CCE |
36
CAPÍTULO 6.
CONDICIONES GENERALES DE LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA.
1. REQUISITOS GENERALES QUE DEBEN CUMPLIR LOS PROPONENTES
Todos los proponentes se deben presentar bajo alguna de las siguientes modalidades, siempre y cuando cumplan las condiciones exigidas en el Pliego de Condiciones:
1.1. Individualmente como:
Personas naturales nacionales o extranjeras
Personas jurídicas nacionales o extranjeras, que se encuentren debidamente constituidas, previamente a la fecha de apertura de la Selección Abreviada de Menor Cuantía.
Como personas jurídicas que se constituyan con el único objeto de presentar propuesta y ejecutar el contrato, caso en el cual al proponente le será aplicable lo dispuesto en el parágrafo 3 del artículo 7 de la Ley 80 de 1993.
1.2. Cuando dos o más personas en forma conjunta presentan propuesta bajo la modalidad de Consorcio o Unión Temporal.
2. REQUISITOS PARTICULARES DE LOS PROPONENTES.
Todos los proponentes deben:
Tener capacidad jurídica para la presentación de la propuesta.
Tener capacidad jurídica para la celebración y ejecución del contrato.
No estar incursos en ninguna de las causales de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición previstas en las leyes de Colombia, en especial las previstas en los artículos 8 y 9 de la Ley 80 de 1993 y la Ley 1474 de 2011.
Las personas jurídicas, proponentes y/o los miembros integrantes de los consorcios y/o uniones temporales deberán acreditar, cada uno, que su duración no será inferior a la del plazo del contrato y un (1) año más.
2.1. PERSONAS NATURALES Y JURIDICAS
Las personas naturales deben aportar su cédula de ciudadanía y acreditar individualmente la inscripción en el Registro Único de Proponentes, en donde conste su actividad, y calidad.
Las personas jurídicas deben acreditar la inscripción en el Registro Único de Proponentes, así como el Certificado de Existencia y Representación Legal, en donde conste su existencia, representación legal y facultades del representante legal, el cual deberá ser expedido con una antelación no superior de treinta (30) días anteriores a la fecha de cierre de la Selección Abreviada de Menor Cuantía.
En ambos casos, deberán aportar la Identificación Tributaria por medio del RUT (Registro Único Tributario).
2.2. PERSONAS NATURALES EXTRANJERAS.
Adicional a todos los requisitos establecidos para participar en el presente proceso, las personas naturales extranjeras que pretendan presentar propuesta en el mismo, deben presentar copia de su cédula de extranjería y pasaporte.
2.2.1. PERSONAS NATURALES EXTRANJERAS CON DOMICILIO EN COLOMBIA.
Las personas naturales extranjeras que tengan domicilio en Colombia, deben estar inscritas en el Registro Único de Proponentes y deben anexar a su propuesta éste documento original, expedido por la respectiva Cámara de Comercio dentro de los treinta (30) días anteriores a la fecha de cierre del proceso de selección.
2.2.2. PERSONAS NATURALES EXTRANJERAS SIN DOMICILIO EN COLOMBIA.
Las personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia no requieren estar inscritos en el Registro Único de Proponentes.
La entidad verificará directamente la información sobre la capacidad jurídica y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de acuerdo con el Decreto 1082 de 2015.
Adicionalmente, acreditarán un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato, así como también para representarla judicial y extrajudicialmente.
2.3. PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS
2.3.1. PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS CON DOMICILIO O SUCURSAL EN COLOMBIA
Sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente pliego, deben presentar el Certificado de Existencia y Representación expedido por la Cámara de Comercio respectiva, expedido dentro de los treinta (30) días anteriores a la fecha de cierre del proceso de selección.
2.3.2. PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS SIN DOMICILIO O SUCURSAL EN COLOMBIA
Sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente pliego, deben presentar el Certificado de Existencia y Representación que en el país de origen les permite acreditar tal calidad, expedido dentro de los treinta (30) días anteriores a la fecha de cierre del proceso de selección.
La entidad verificará directamente la información sobre la capacidad jurídica y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización. (Artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015).
Adicionalmente, acreditarán un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato, así como también para representarla judicial y extrajudicialmente.
2.4. LOS CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES
Los proponentes indicarán si su participación es a título de consorcio o unión temporal, y deberán señalar los términos y extensión de su participación en la propuesta y en la ejecución del contrato, El proponente y/o los miembros integrantes de los consorcios y/o uniones temporales deberán acreditar, cada uno, que su duración no será inferior a la del plazo del contrato y un (1) año más.
Los miembros del consorcio o de la unión temporal deberán designar la persona que, para todos los efectos, representará al consorcio o unión temporal y señalarán las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad, de conformidad con lo señalado en el parágrafo 1º del artículo 7º de la Ley 80 de 1993.
Las personas jurídicas y/o naturales integrantes de un consorcio o unión temporal deben acreditar individualmente la Identificación Tributaria por medio del RUT (Registro Único Tributario), la inscripción en el Registro Único de Proponentes y el Certificado de Existencia y Representación Legal.
El proponente persona natural o jurídica o al menos uno de los integrantes de consorcios o uniones temporales debe estar inscrito como proveedor de los bienes, obras y servicios objeto del presente contrato en la Cámara de Comercio correspondiente, de acuerdo con el clasificador de bienes y servicios de Naciones Unidas, hasta el momento de cierre de la selección abreviada. Los integrantes de los consorcios o uniones temporales deberán ser personas naturales o jurídicas que cumplan individualmente con los requisitos exigidos en el presente Pliego de Condiciones, salvo los casos expresamente señalados.
3. TRATADOS DE LIBRE COMERCIO.
En el marco de la globalización y la internacionalización de los mercados, las entidades públicas deberán indicar si la contratación respectiva se encuentra cobijada por un Acuerdo Comercial suscrito por el Estado Colombiano ya que se deben observar las obligaciones en ellos contenidas.
Se deberá verificar:
Si la cuantía del proceso lo somete al capítulo de compras públicas.
Si la entidad estatal se encuentra incluida en la cobertura del capítulo de compras públicas.
Si los bienes y servicios a contratar no se encuentran excluidos de la cobertura del capítulo de compras públicas.
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo en coordinación con la Agencia Nacional de Contratación Pública, Colombia Compra Eficiente, mantendrá publicada en su página web y en el SECOP la información actualizada relativa a los Tratados vigentes en materia de contratación pública, que permita realizar tal verificación.
Realizada la revisión del Manual Explicativo que para el efecto expide el Ministerio de Comercio Industria y Turismo y el Departamento Nacional de Planeación, la presente contratación esta cobijada por Acuerdos Internacionales o Tratados de Libre Comercio vigentes para el Estado Colombiano, en la forma descrita en los estudios previos.
Realizado análisis de cuáles son los acuerdos comerciales internacionales vigentes para Colombia y para la presente modalidad de selección y teniendo factores como la cuantía del proceso y los bienes y servicios a contratar, se consolida la información así:
Las gobernaciones están obligadas por los Acuerdos Comerciales con la Alianza Pacífico (únicamente con Chile y Perú), Chile, Corea, Xxxxx Rica, los Estados AELC, Estados Unidos, el Triángulo Norte (únicamente con El Xxxxxxxx y Guatemala), la Unión Europea; y por la Decisión 439 de 1998 de la Secretaría de la CAN.
Pero en el presente proceso, por relación de las cuantías, solo le son aplicables el Acuerdo Comercial con el Triángulo Norte (únicamente con El Xxxxxxxx y Guatemala) la cual es aplicable cuando el proceso cuenta con un presupuesto enmarcado dentro de la menor cuantía de la entidad departamental, y la Decisión 439 de 1998 de la Secretaría de la CAN la cual establece que le es aplicable a todos los Procesos de Contratación de las Entidades Estatales de nivel departamental, independientemente del valor del Proceso de Contratación.
TABLA DE TRATADOS COMERCIALES.
Entidad estatal Cubierta | Valor del proceso de contratación superior al umbral del Acuerdo Comercial | Excepción aplicable al proceso de contratación | Proceso de contratación cubierto por el Acuerdo Comercial | ||
Si/No | Si/No | Si/No | Si/No | ||
Alianza xxx Xxxxxxxx | Chile | Si | No | N/A | N/A |
México | No | N/A | N/A | N/A | |
Perú | Si | No | N/A | N/A | |
Canadá | No | N/A | N/A | N/A | |
Chile | Si | No | N/A | N/X | |
Xxxxx | Si | No | N/A | N/X | |
Xxxxx Rica | Si | No | N/A | N/A | |
Estados Unidos | Si | No | N/A | N/A | |
Estados AELC | Si | No | N/A | N/A | |
México | No | N/A | N/A | N/A |
Entidad estatal Cubierta | Valor del proceso de contratación superior al umbral del Acuerdo Comercial | Excepción aplicable al proceso de contratación | Proceso de contratación cubierto por el Acuerdo Comercial | ||
Si/No | Si/No | Si/No | Si/No | ||
Triángulo Norte | Salvador | Si | Si | No | Si |
Guatemala | Si | Si | No | Si | |
Honduras | No | N/A | N/A | N/A | |
Unión Europea | Si | No | No | No | |
Comunidad Andina | Si | Si | No | Si |
4. MANIFESTACIÓN DE INTERÉS EN PARTICIPAR.
Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la apertura del proceso de selección, los posibles interesados en participar en el mismo, manifestarán su interés a través del área de trabajo de la plataforma Secop II, presentada en la fecha, hora y lugar determinados en el acto administrativo de apertura.
Lo anterior con el objetivo de conformar la lista de posibles oferentes. Quienes no manifiesten interés de participar no podrán presentar propuestas, de conformidad con lo dispuesto en el numeral artículo 2.2.1.2.1.2.20 del Decreto 1082 de 2015.
Para el presente proceso se realizará sorteo de consolidación de oferentes de que habla la citada norma si se reciben más xx xxxx (10) manifestaciones de interés, la cual se realizará el día y hora que se establece en el cronograma y en un acto público, se procederá a imprimir y recortar los nombres de quienes manifestaron interés, los cuales se introducirán en una bolsa oscura y acto seguido, con los diez (10) primeros de ellos que sean extraídos por un funcionario público a determinar, se continuará el proceso.
Se podrán presentar al presente proceso quien considere que se encuentra en capacidad de celebrar el contrato y ejecutar el objeto del mismo.
5. CONVOCATORIAS LIMITADAS A MIPYME
El presente proceso de selección no podría limitarse a Mipyme, toda vez que el presupuesto oficial asciende QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO PESOS ($ 579.042.625) IVA INCLUIDO, lo cual es mayor a ciento
veinticinco mil dólares de los Estados Unidos de América (US$125.000), liquidados con la tasa de cambio a la fecha de la presente publicación.
En los términos del capítulo II –Incentivos en la Contratación Pública- del Decreto 1082 de 2015 y en atención a la cuantía del proceso, la presente contratación no será objeto de limitación a MIPYMES.
6. GASTOS DE PREPARACION DE LA PROPUESTA Y DEL PERFECCIONAMIENTO.
Los costos y gastos en que los interesados incurran con ocasión del análisis de los Documentos del Proceso, la presentación de observaciones, la preparación y presentación de las Ofertas, la presentación de observaciones a las mismas, la asistencia a audiencias públicas y cualquier otro costo o gasto relacionado con la participación en el Proceso de Contratación estará a cargo exclusivo de los interesados y Proponentes, sin que posteriormente pueda alegar la existencia de desequilibrio económico, por ésta razón, a su favor.
De estos gastos se entenderán también que corren por cuenta del oferente lo correspondiente a pago de impuestos, derechos, valor xx xxxxxx, constitución de pólizas, tasas, parafiscales, publicaciones y demás erogaciones derivadas del perfeccionamiento del contrato y su ulterior ejecución.
7. RETIRO DE LA PROPUESTA.
Los Proponentes que opten por entregar su oferta antes de la fecha de cierre del proceso de selección, podrán retirarlas a través de la plataforma Secop II, en el área de trabajo del ambiente de proveedores haciendo clic en “No presentar” y luego en “Retirar”, Acepte las términos y condiciones y haga clic en “Confirmar”.
Es menester aclarar que el proveedor puede retirar la oferta antes de la fecha límite para presentación de ofertas.
Ninguna propuesta se podrá retirar después de la fecha y hora fijadas para el cierre del proceso y apertura de propuestas, según los términos de operatividad de la plataforma.
8. PLAZO PARA PRESENTAR LAS PROPUESTAS.
El plazo para la presentación de las propuestas será en la fecha, hora y lugar, conforme a la cronología establecida en la Resolución de Apertura. No se aceptarán ofertas presentadas por fuera del plazo y sitio estipulados en la Resolución de Apertura.
9. PROPUESTAS TARDÍAS EN SECOP II.
Vencido el plazo y la hora fijada en el numeral anterior para el cierre de la Selección Abreviada de Menor Cuantía y apertura de las propuestas, la plataforma Secop II no permite realizar propuestas.
10. PERIODO DE VALIDEZ DE LA PROPUESTA.
La propuesta deberá ser válida durante noventa (90) días, contados a partir de la fecha de presentación de la misma, pero si las necesidades de la Entidad así lo exigen, ésta podrá solicitar al proponente, que antes del vencimiento del plazo anteriormente establecido, prorrogue la validez de la propuesta hasta por un término superior al inicialmente señalado, debiendo el proponente proceder en conformidad, so pena de hacerse efectiva la garantía de seriedad de la propuesta.
11. PROCEDIMIENTO DE SANEAMIENTO
En el presente proceso de selección primará lo sustancial sobre lo formal. En consecuencia no se rechazará una propuesta por la ausencia de requisitos o la falta de documentos que verifiquen las condiciones del proponente o soporten el contenido de la oferta, y que no constituyan los factores de escogencia establecidos por la entidad en el pliego de condiciones, de conformidad con lo previsto en los numerales 2 del artículo 5° de la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015.
Los documentos oponibles a terceros mediante publicaciones de acceso al público en general, pueden ser entregados por el proponente hasta el último día de traslado de la evaluación, siempre y cuando no se trate de modificaciones efectuadas a la calidad del proponente con posterioridad al vencimiento del plazo de recepción de las ofertas.
Los documentos necesarios para la comparación de las propuestas y que otorgan puntaje, deben ser entregados antes del vencimiento del plazo para presentar propuesta. Su inexactitud o falta de claridad en el contenido de los datos suministrados por el proponente dará lugar al rechazo de la propuesta.
A título de ejemplo, el certificado de inscripción del Registro Único de Proponentes hace parte de los documentos que se pueden aportar durante el plazo de requerimiento, como no lo es el requisito de participación, es decir, estar inscrito, que estará sujeto a las reglas sobre rechazo de la propuesta. Los documentos elaborados por los proponentes relacionados con la capacidad legal hacen parte de los requisitos de participación y deberán entregarse al momento de presentación de la propuesta.
CAPÍTULO 7.
REQUISITOS HABILITANTES DE LA PROPUESTA.
La Secretaría Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia verificará con el Registro Único de Proponentes vigente y en firme a la fecha fijada para el cierre del presente proceso, el cumplimiento de los requisitos habilitantes.
Esta verificación se hará de acuerdo con el artículo 2.2.1.1.1.5.2 y 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015 y la Circular Externa Única expedida por Colombia Compra Eficiente.
Solo se revisaran los requisitos habilitantes de quienes hayan realizado manifestación de interés para participar conforme a los lineamientos de operatividad de la plataforma Secop II, dando cumplimiento al artículo 2.2.1.2.1.2.20, numeral 1 del Decreto 1082 de 2015: “en un término no mayor a tres (3) días hábiles contados a partir de la fecha de apertura del Proceso de Contratación los interesados deben manifestar su intención de participar, a través del mecanismo establecido para el efecto en los pliegos de condiciones”.
REQUISITOS HABILITANTES Y DE PARTICIPACIÓN.
En el presente numeral se establecen los requisitos que habilitan para participar en el presente proceso, los cuales son objeto de verificación de cumplimiento y NO otorgaran puntaje, de conformidad con lo señalado en el numeral 1 del artículo 5 de la ley 1150 de 2007.
El propósito de los requisitos habilitantes es establecer unas condiciones mínimas para los proponentes, de tal manera que el Departamento de Antioquia solo evalúe las ofertas de aquellos oferentes que estén en las condiciones de cumplir con el objeto del proceso de contratación.
5.1.1 Requisitos de orden jurídico.
El proponente debe ser persona natural o jurídica considerada legalmente capaz por las disposiciones legales vigentes, o un Consorcio o Unión Temporal constituido en los términos de la Ley 80 de 1993. La capacidad se establecerá a partir de los siguientes criterios:
De acuerdo al artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015, la capacidad jurídica será evaluada teniendo en cuenta los datos contenidos en el RUP el cual se aportará con la propuesta; y entre los documentos de soporte se encuentran:
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA: El formato de carta de presentación de la propuesta suministrado por la entidad deberá estar suscrita por la persona que este autorizada para ello. (En caso de hacer uso de una firma digital, deberá cumplirse con lo establecido para ella en la Ley 527 de 1999 modificada por el Decreto 019 de 2012), si es persona natural; Por el representante legal, si es persona jurídica y, por el representante del consorcio o unión temporal
si se trata de cualquiera de las formas asociativas. Su indebido diligenciamiento o la suscripción de ella por parte de personas que no tienen capacidad para contratar generan su rechazo.
La suscripción de la carta de la presentación de la oferta hará presumir la aprobación, legalidad y conocimiento de todos los documentos del proceso.
Su indebido diligenciamiento o la suscripción de ella por parte de personas que no tienen capacidad para contratar generan su rechazo, así como el cambio u omisión en ella de datos esenciales de la oferta, preestablecidos en los pliegos de condiciones.
FORMULARIO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA: Los proponentes deberán presentar su oferta especificando el valor de los servicios solicitados. Los precios unitarios y valores totales deben escribirse en forma legible, sin enmendaduras, ni tachaduras, en el formulario suministrado por la entidad, firmadas cada una de las hojas que integren las mismas por el representante legal.
La propuesta deberá tener en cuenta contribuciones fiscales y parafiscales, impuestos, tasas y contribuciones, establecidas por las diferentes autoridades Nacionales, Departamentales, Distritales o Municipales.
Para la formulación de la propuesta económica, el proponente debe considerar:
• Si al evaluar la propuesta se encuentra un error aritmético, EL DEPARTAMENTO procederá a su corrección, y éste será el valor que se tendrá en cuenta para la evaluación.
• Serán de exclusiva responsabilidad del proponente los errores u omisiones en que incurra al indicar los valores de los servicios, debiendo asumir los mayores costos y/o pérdidas que se deriven de dichos errores u omisiones.
El proponente debe ofrecer todos los servicios solicitados, no aceptándose ofertas parciales.
MANIFESTACIÓN DE INTERÉS PARA PARTICIPAR: De conformidad con el artículo 2.2.1.2.1.2.20, numeral 1 del Decreto 1082 de 2015, la manifestación de interés en participar en los procesos de selección abreviada de menor cuantía, se constituye en un requisito habilitante para presentar propuesta, la cual se realizará en el formato anexo al pliego de condiciones en el plazo señalado para el efecto en el cronograma del proceso y deberá contener, además de la expresión clara del interés en participar, el señalamiento de formas de contacto y comunicación eficaces a través de los cuales la entidad podrá informar directamente a cada interesado sobre la fecha y hora de la audiencia pública de sorteo de consolidación de oferentes, en caso que la misma tenga lugar.
Esta manifestación de interés es diferente a aquella presentada para limitar la convocatoria a MIPYMES. Por lo anterior, si un interesado en participar ya manifestó de manera previa su
interés en limitar la convocatoria, deberá presentar una nueva manifestación con el fin de poder participar en el presente proceso de selección.
GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA: Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el proceso contractual a adelantar, para la propuesta, y la suscripción y legalización del contrato, el proponente debe constituir, una garantía de seriedad; la cual podrá consistir en una póliza de seguro, patrimonio autónomo o garantía bancaria, mecanismos de cobertura del riesgo que se sujetarán a las condiciones y requisitos generales.
El valor de la garantía de la seriedad de la oferta que presenten los proponentes en el presente proceso de selección debe ser equivalente al diez por ciento (10%) del presupuesto oficial estimado para el proceso de contratación. La no presentación de la garantía de seriedad de forma simultánea con la oferta, será causal de rechazo de la propuesta.
Para la expedición de la garantía de la seriedad de la oferta debe tener en cuenta los siguientes datos:
BENEFICIARIO: Departamento de Antioquia NIT: 890.900.286-0
AFIANZADO: El Oferente
VIGENCIA: 90 días calendario a partir de la fecha de cierre de la selección abreviada CUANTÍA: 10% del presupuesto oficial.
Cuando la oferta sea presentada por un Consorcio o Unión Temporal, la póliza de garantía debe ser tomada a nombre de todos los integrantes, tal como aparecen en el documento que acredita la existencia y representación legal de cada uno de ellos y su respectivo número de identificación.
El oferente, por el acto de ofertar, acepta que el DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA le solicite ampliar el término de vigencia de la póliza, en la medida en que ello sea necesario.
Salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado, la PÓLIZA DE SERIEDAD DE LA OFERTA, se hará efectiva a favor del DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015.
Lo anterior, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por la cuantía de esta póliza y sin perjuicio de que el DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA pueda optar por adjudicar al oferente calificado en segundo lugar.
En el caso de declaratoria de desierta, la entidad procederá a devolver la garantía de seriedad de la oferta a los proponentes que lo soliciten por escrito.
La garantía de seriedad de la oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento en los siguientes eventos:
La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado.
La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prorrogas no excedan un término de tres (03) meses.
La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato.
El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas. El haber manifestado ser MIPYME para limitar la convocatoria del proceso contractual sin cumplir los requisitos establecidos en la normatividad para tener tal condición.
En caso de siniestro en la garantía de la seriedad de la oferta, la compañía de seguros debe responder por el total del valor asegurado a título de sanción.
NOTA: La no presentación de la garantía de seriedad será causal de rechazo de la oferta.
CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL O CERTIFICADO DE
REGISTRO MERCANTIL: Actualizado y expedido por la autoridad competente, con fecha no mayor a treinta (30) días calendario, anteriores a la fecha de cierre de esta Selección Abreviada de Menor Cuantía. En caso de prolongación del proceso de selección, esta certificación tendrá validez con la primera fecha de cierre.
Las sociedades y cada uno de los integrantes de los proponentes que hayan presentado su oferta bajo cualquier modalidad asociativa, deberán acreditar que su duración será superior a la del plazo del contrato y un (1) año más.
Las personas jurídicas extranjeras sin sucursal domiciliada en Colombia, bien sea como interesados individuales o integrantes de consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, acreditarán su existencia y representación legal, mediante el certificado equivalente al que expiden las cámaras de comercio colombianas, emitido por organismo o autoridad competente del país de origen de la persona jurídica extranjera, con una fecha de expedición no superior a tres (3) meses antes de la fecha límite de recepción de propuestas. Así mismo, deberán presentar sus propuestas a través de apoderado facultado para tal fin, con arreglo a las disposiciones legales que rigen la materia.
El objeto social del interesado, persona jurídica o de cada uno de sus miembros, debe estar relacionado con el objeto del presente proceso.
AUTORIZACIÓN PARA COMPROMETER A LA SOCIEDAD: El oferente deberá adjuntar el documento idóneo que indique que cuenta con la facultad de comprometer a la sociedad en las condiciones técnicas exigidas y por el valor enunciado en la respectiva propuesta.
CÉDULA DE CIUDADANÍA: Las personas naturales colombianas deberán presentar copia legible de su Cédula de Ciudadanía. Las personas naturales extranjeras, deberán acreditar su existencia mediante la presentación de copia de su pasaporte, y si se encuentran residenciadas en Colombia, mediante la presentación de copia de la Cédula de Extranjería expedida por la autoridad colombiana competente.
DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL U
CUALQUIER OTRA FORMA ASOCIATIVA: El Departamento de Antioquia aceptará ofertas que sean presentadas por dos (2) o más personas naturales o jurídicas, que cumplan con los requisitos exigidos en el parágrafo 1 del artículo 7 de la Ley 80 de 1993.
Los consorciados o unidos temporalmente deberán señalar las reglas básicas que regularán las relaciones entre ellos, con el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley al respecto y deberán estar conformados a la fecha de cierre del proceso de selección, mediante documento suscrito con la firma autorizada de cada una de las partes, que avale el acuerdo, según el modelo suministrado en el pliego de condiciones, en el cual se establezca el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes y se indique la persona que para todos los efectos los representará.
Si la oferta es presentada en Consorcio, los integrantes del mismo se obligan en forma solidaria, tanto en la ejecución del contrato que se llegue a celebrar, como en las sanciones derivadas del mismo. En consecuencia, el Departamento de Antioquia podrá exigir el cumplimiento de las obligaciones que se deriven del presente proceso de selección o del contrato, a cualquiera de los integrantes del consorcio, o a todos juntos.
Si la oferta es presentada en Unión Temporal, los integrantes de la misma se obligan en forma solidaria, tanto en el presente proceso de selección como en la ejecución del contrato que se llegue a celebrar, pero las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución que se haya definido para cada uno. En consecuencia, se deberán indicar los términos y extensión de la participación de cada uno de los miembros de la unión temporal en la oferta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo del Departamento de Antioquia. Si en el documento de conformación de la Unión Temporal no se determinan los términos y extensión de la participación de los integrantes, se le dará el tratamiento establecido para Consorcios.
En caso de que se conformen sociedades bajo cualquiera de las modalidades previstas en la ley, con el único objeto de presentar una propuesta o celebrar un contrato estatal, la responsabilidad y sus efectos se regirán por las disposiciones previstas en esta ley para los Consorcios.
Tanto las personas naturales como las jurídicas, consorcios y uniones temporales deberán cumplir con lo establecido en la Ordenanza No. 29 de 2017 - Estatuto xx Xxxxxx del Departamento de Antioquia; las facturas deberán expedirse y presentarse conforme a los requisitos establecidos en el artículo 617 del Estatuto Tributario y la Ley 1231 de 2008 y sus
decretos reglamentarios. Se debe indicar además el nombre y el NIT de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal y el porcentaje de participación en el mismo. Es importante aclarar que con independencia de las fechas en que se hayan realizado las actividades objeto del contrato, la factura y las certificaciones de pago a la seguridad social y parafiscal deben ser actualizados a la fecha que se presenta la cuenta.
Así las cosas, los oferentes deberán indicar si su participación es a título de Consorcio o de Unión Temporal, señalar los términos y porcentajes en la propuesta y en la ejecución del contrato, la suma de los porcentajes de participación debe ser del 100%; igualmente, deben designar la persona que para todos los efectos representará al consorcio o Unión Temporal y señalar las relaciones básicas que regulan la relación entre ellos y su responsabilidad.
NOTA: para la presentación de los documentos que se enuncian como requisitos habilitantes, cada uno de los integrantes del consorcio o de la Unión Temporal u otras formas asociativas deberán acompañarlos y acreditarlos de manera individual.
CERTIFICACIÓN DE PAGO DE APORTES A SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES
PARAFISCALES: El proponente deberá acreditar que se encuentra al día en el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral (salud, pensiones, riesgos laborales), y aportes parafiscales en las cuantías xx xxx, mediante certificación suscrita por el revisor fiscal y/o representante legal en aquellos casos que sea procedente.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 789 de 2002, cuando se trate de personas jurídicas, se deberá certificar que se han efectuado los pagos dentro de los últimos cinco (5) meses anteriores a la fecha de cierre del proceso de selección.
En el evento en que el contratista seleccionado se encuentre exento de realizar el pago de aportes parafiscales, deberá presentar una manifestación suscrita por el revisor fiscal y/o representante legal, que acredite su condición de beneficiario de dicha exoneración al cumplir con los presupuestos normativos de la Ley 1819 de 2016.
REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES – RUP: VIGENTE Y EN FIRME. Las personas
naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con domicilio en Colombia, interesadas en participar en Procesos de Contratación convocados por las Entidades Estatales deberán estar inscritas en el REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES - RUP, salvo las respectivas excepciones legales.
Para cada uno de los miembros del Consorcio o Unión Temporal se deberá aportar el certificado de inscripción en el RUP.
El certificado no debe tener una fecha inferior a 30 días al cierre del proceso.
El certificado constituye plena prueba respecto de la información verificada documentalmente y cuyo registro se encuentra en firme, firmeza que se produce diez (10) días hábiles después de su publicación en el Registro Único Empresarial.
Si fueran sociedades extranjeras con sucursal en el país y dentro del RUP no se encuentra toda la información requerida por la entidad, des deberá adjuntar certificación del representante legal de la sociedad extranjera o en su defecto, del mandatario de la sucursal con los datos que faltan, la cual se entenderá formulada bajo la gravedad del juramento. El objeto social del proponente debe tener relación directa con el objeto de la contratación.
Tratándose de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o de personas jurídicas extranjeras que no tengan establecidas sucursal en Colombia no se les exigirá RUP, en consecuencia, la entidad verificará directa y únicamente la información sobre capacidad jurídica, financiera, condiciones de experiencia y de organización de los proponentes.
REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO (RUT) VIGENTE: Presentar documento expedido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, donde aparezca claramente el NIT del proponente.
Para el caso de Consorcios, Uniones Temporales u otras formas asociativas deberá presentarse el RUT de cada uno de sus integrantes.
COMPROMISO DE TRANSPARENCIA: Se utilizará el formulario previsto en el correspondiente Anexo, debidamente diligenciado y suscrito por el proponente, su representante legal o apoderado.
CERTIFICADO DE SANCIONES E INCUMPLIMIENTOS: Se utilizará el formulario previsto en el correspondiente Anexo, debidamente diligenciado y suscrito por el proponente, su representante legal o apoderado.
CERTIFICADO DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y DE LA
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN: La entidad verificará estos certificados, tanto para la persona jurídica como su representante legal. Para el caso de las modalidades de asociación y de personas jurídicas diferentes a las sociedades anónimas abiertas, este requisito debe ser cumplido por todos los socios y representantes legales de las sociedades participantes.
En el evento en el que el proponente no lo aporte, podrá obtenerse oficiosamente en la etapa de la evaluación por parte de la entidad.
No podrán presentar propuestas quienes se encuentren incursos en causales de inhabilidades y/o incompatibilidades que les impidan celebrar contratos con entidades públicas, de acuerdo con la Ley 80 de 1993, el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007 y demás normas aplicables.
CERTIFICADO DE REGISTRO NACIONAL DE MEDIDAS CORRECTIVAS RNMC DE LA
POLICÍA NACIONAL: La entidad verificará este Registro.
CERTIFICADO DE POLICÍA NACIONAL: La entidad verificará este certificado.
DOCUMENTO QUE ACREDITE UN REPRESENTANTE LEGAL DOMICILIADO EN EL PAÍS
CUANDO SE TRATE DE PROPONENTES EXTRANJEROS.: Los proponentes extranjeros pueden estar representados por el mandatario y/o representante de su sucursal (cuando se tenga en Colombia) o por un tercero caso en el cual éste deberá ser abogado inscrito de conformidad con el artículo 35 del Decreto 196 de 1971.
El oferente extranjero deberá cumplir con los mismos requisitos, procedimientos, permisos y licencias previstos para el oferente colombiano y acreditar su plena capacidad para contratar y obligarse conforme a la legislación de su país. (Ley 816 de 2003, artículo 3, en concordancia con el Decreto 1082 de 2015).
CERTIFICADO DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: El proponente deberá adjuntar certificado en el que declara conocer las causales de inhabilidad e incompatibilidad establecidas en la ley y en especial en el Estatuto General de contratación Pública y sus decretos reglamentarios y que no se encuentra incurso en dichas causales de conformidad con el anexo que se incluirá en el pliego de condiciones.
COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN: Aportar el documento de compromiso anticorrupción debidamente suscrito por el proponente de conformidad con el anexo que se incluirá en el pliego de condiciones. En este el contratista manifestará bajo gravedad de juramento que ni él, ni sus accionistas o socios, administradores, miembros de junta directiva, representantes legales, apoderados, revisor fiscal, o quienes hagan sus veces están incluidos en la lista ONU emitida por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, o la lista emitida por la oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) también conocida como lista Xxxxxxx, tengan circular roja de INTERPOL, ni se encuentran en ninguna otra lista restrictiva emitida por organismos nacionales o internacionales, policiales, judiciales o de investigación con igual fin. Han participado en actividades xx xxxxxx de activos o financiación del terrorismo.
CERTIFICADO DE RECIPROCIDAD: Para personas extranjeras conforme a lo establecido en el artículo 20 de la Ley 80 de 1993, artículo 2.2.1.2.4.1.3 del Decreto 1082 de 2015, se otorgará tratamiento de bienes y servicios nacionales a aquellos de origen extranjero en procesos de selección nacionales, siempre que se cumplan con las siguientes condiciones:
Que Colombia haya negociado tratado nacional en materia de compras estatales con dicho país. o que en el país del proponente extranjero, con el que no se hubiere negociado trato nacional, las ofertas de bienes y servicios colombianas, reciban el mismo tratamiento otorgado a bienes y servicios nacionales.
La acreditación del trato nacional se realizará mediante certificación expedida por el director de asuntos jurídicos internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores.
5.1.2 Requisitos de orden técnico.
Como requisitos de orden técnico se solicitan los siguientes:
a) Experiencia del proponente:
En atención a lo dispuesto en el numeral primero del Articulo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015, la experiencia del proponente, se demostrará con la información contenida en el Registro Único de Proponentes.
Para lo anterior, el proponente deberá acreditar en el RUP hasta tres (3) contratos cuyo objeto se encuentre clasificado en algunos de los siguientes códigos UNSPSC:
83112200 – Servicios mejorados de telecomunicaciones 83111600 – Servicios de comunicaciones móviles 81112000 – Servicios de datos
32101500 – Conjunto de circuitos y componentes de radiofrecuencia (RF)
La información se verificará a partir de los contratos reportados en el Registro Único de Proponentes RUP hasta el tercer nivel, cuya sumatoria sea mayor o igual al 100% del presupuesto oficial en SMMLV.
La experiencia debe ser cumplida por cada uno de los integrantes de la modalidad de asociación, respecto al código UNSPSC anteriormente relacionado.
Para el caso de Uniones Temporales, Consorcios y demás formas Asociativas, cada uno de los integrantes de la forma asociativa deberá acreditar mínimo un contrato cuyo objeto se encuentre clasificado en los códigos antes descritos.
Si los contratos fueron ejecutados bajo la modalidad de consorcio o unión temporal, se tomará el valor correspondiente al porcentaje de participación que hubiere tenido en los mismos.
Esta experiencia se verificará en el (los) Registro(s) Único(s) de Proponente(s).
b) Personal:
El Contratista deberá presentar como requisito habilitante 3 grupos de trabajo que contengan cada uno como mínimo el siguiente personal:
• Un (1) ingeniero electrónico o de sistemas o de telecomunicaciones, con certificación para trabajos en alturas como coordinador.
Experiencia: 6 años de experiencia en funciones relacionadas con el alcance del objeto contractual del presente proceso de selección. El tiempo será contado a partir de la expedición del certificado de Tarjeta Profesional.
• Dos (2) Técnicos o tecnólogos en electrónica, telecomunicaciones, sistemas o administración de redes de computadores o en áreas afines, con certificación para trabajo en alturas nivel avanzado.
Experiencia: 5 años de experiencia en funciones relacionadas con el alcance del objeto contractual del presente proceso de selección. El tiempo serán contados a partir de la expedición del certificado de Tarjeta Profesional.
Para cada persona incluida en la propuesta deberá presentar el contrato vigente con el proponente, la planilla de afiliación al sistema de seguridad social integral y la carta de compromiso del personal solicitado con manifestación expresa del tiempo de dedicación a la ejecución del contrato.
El proponente deberá suministrar un listado con nombre, cédula, edad, correo electrónico y teléfonos de contacto (fijo y celular) del personal ofertado.
Para la verificación de cumplimiento de los requisitos de educación, el proponente deberá presentar fotocopia de los diplomas y de las tarjetas profesionales.
La propuesta técnica deberá incluir el certificado para trabajo en alturas nivel avanzado para las personas que realizarán los trabajos en altura y certificado para trabajos en altura como coordinador de trabajos en altura para la persona que ejercerá la supervisión de este tipo de actividades. Lo anterior, de acuerdo con lo establecido en las Resolución 1409 de 2012 y 1903 de 2013 emitidas por el Ministerio de Trabajo, para el personal que va a realizar la instalación y desinstalación de los equipos en altura.
Para la experiencia, el proponente deberá presentar las certificaciones de las empresas para las cuales prestó sus servicios. En caso de que el profesional tenga vínculo laboral o contrato de prestación de servicios vigente, podrá aportar certificación de experiencia para lo cual se contabilizará el tiempo desde la fecha de inicio hasta la fecha de suscripción o firma de dicha certificación.
La entidad se reserva el derecho de pedir el cambio del personal cuando advierta que el desarrollo de sus labores no es satisfactorio.
c) Equipos:
Para los equipos ofertados (antenas, repetidoras, radios móviles, radios base, etc.), se deberá adjuntar la ficha técnica de los mismos.
d) Documentos:
El oferente deberá aportar los siguientes documentos con la propuesta técnica:
• Registro del MinTic
• Certificado de distribuidor de servicio satelital
• Certificación dada por el fabricante, en la cual se evidencie que el proponente cuenta con laboratorio técnico certificado con domicilio en la ciudad de Medellín o en otro de los municipios del Valle de Aburrá, para la marca de equipos con los cuales va a trabajar.
• El proponente debe presentar certificado de distribuidor autorizado para la marca de los equipos que oferte
• El árbol xx xxxxxx del sistema de radiocomunicaciones y el plan de contingencia para cada una xx xxxxxx identificadas
• El cronograma de actividades para la instalación de equipos que garantice la puesta en operación del sistema de radiocomunicaciones dentro del primer mes de ejecución del contrato.
• La certificación emitida por la Aseguradora de Riesgos Laborales (ARL) que tiene el proponente del nivel de riesgo y de sus centros de trabajo (en caso de que existan) de acuerdo con lo descrito en el Decreto 1609/2009.
5.1.3. Requisitos de Orden Financiero.
La capacidad financiera (CF) será calculada en consideración a la información que aparezca en el Registro Único de Proponentes - RUP, tomando como base la información financiera correspondiente de cierre al 31 de diciembre del año 2018.
Para la evaluación de los requisitos habilitantes de capacidad financiera y capacidad organizacional con sus respectivos indicadores, la entidad extraerá la información del Registro Único de Proponentes - RUP, conforme a lo establecido en el Artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015.
Cuando se trate de personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, la información de las condiciones financieras estará soportada en el último Balance General y el Estado de Resultados de la persona jurídica extranjera, que será la que se inscriba como proponente, de conformidad con las fechas xx xxxxx fiscal del país que participe en el proceso de selección de contratista.
Cuando se trate de personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia y la información financiera se encuentre en moneda diferente al peso colombiano y/o en idioma diferente al español, esta deberá presentarse en traducción oficial al español y ser valorada en pesos colombianos a la TRM del día xx xxxxx de sus últimos estados financieros aprobados.
La capacidad financiera y organizacional de los proponentes, permitirá determinar si está habilitado o no para participar en el proceso de selección de contratista, de conformidad con lo requerido en el pliego de condiciones, dichos indicadores se calculan en forma independiente por cada uno de los participantes, aclarando que si son Consorcios o Uniones Temporales deberán tener en cuenta lo siguiente:
Para los Consorcios y Uniones Temporales, la entidad calculará los indicadores de capacidad financiera (índice de liquidez, índice de endeudamiento) y capacidad organizacional (rentabilidad del patrimonio y rentabilidad del activo) de acuerdo a la participación de los proponentes que conforman el Consorcio o Unión Temporal.
Posteriormente se toma la participación de cada uno de ellos, y en esa forma se aplicará a cada indicador, lo cual da como resultado el valor correspondiente al 100% de su conformación, con el fin de dar más claridad se pone el siguiente ejemplo: Consorcio XXXX, el cual se conforma por 3 empresas que son A, B y C. INDICADOR CONSORCIOS.
Ejemplo indicador consorcios
Proponente | Participación | Índice Liquidez | Ponderación |
A | 50% | 0.5 | 0.25 |
B | 30% | 1.4 | 0.42 |
C | 20% | 1.2 | 0.24 |
TOTA | 100% | 0.91 |
Con base en el cuadro anterior concluimos: que el indicador del ejemplo para este consorcio es de 0.91, el cual es el valor que determina si cumple o no con el requisito solicitado en los términos de condiciones.
Indicadores de capacidad financiera
INDICE DE ENDEUDAMIENTO (E)
Como requisito habilitante, el índice de endeudamiento deberá ser inferior o igual al 70% y se calculara mediante la siguiente operación: (Total Pasivo / Total Activo) * 100
Las modalidades de asociación lo cumplen de manera ponderada de acuerdo con el porcentaje de participación.
Para calcular el nivel de endeudamiento se tomarán en cuenta las partidas que se encuentren certificadas en el RUP.
ÍNDICE DE LIQUIDEZ (IL)
Como requisito habilitante, el índice de liquidez deberá ser mayor o igual a 1.4 y se calculará mediante la siguiente operación: (Activo Corriente / Pasivo Corriente)
Las modalidades de asociación lo cumplen de manera ponderada de acuerdo con el porcentaje de participación.
Para calcular el índice de liquidez se tomarán en cuenta las partidas que se encuentren certificadas en el RUP.
RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES: Utilidad operacional/gastos de intereses = igual o superior a 2.0 (dos punto cero)
Requisitos de orden capacidad organizacional.
Los siguientes indicadores miden el rendimiento de las inversiones y la eficiencia en el uso de activos. Como requisito habilitante, se tiene que:
• Rentabilidad del patrimonio: Utilidad Operacional / Patrimonio, mayor o igual a cero punto diez (0.10).
• Rentabilidad sobre activos: Utilidad Operacional / Activo Total, mayor o igual a cero punto cuatro (0.04).
Para la verificación de los anteriores indicadores se utilizará el RUP. De ser necesario se solicitarán al proponente los estados financieros con las notas contables que fueron base de la información contenida en la última actualización del RUP.
La capacidad económica y financiera de los proponentes permitirá determinar si está habilitado o no para participar en el proceso y deberá cumplir lo requerido en estos Pliegos de Condiciones, dichos indicadores se calculan en forma independiente por cada uno de los participantes, aclarando que si son Consorcios o Uniones Temporales deberán tener en cuenta lo siguiente:
Para los Consorcios y Uniones Temporales, la Entidad calculará los indicadores de liquidez y endeudamiento de acuerdo a la participación de los proponentes que conforman el Consorcio o Unión Temporal.
CAPÍTULO 8.
REQUISITOS CALIFICANTES DE LA PROPUESTA.
EL DEPARTAMENTO por medio del Comité Asesor y Evaluador conformado para el efecto, hará los estudios del caso y el análisis comparativo de las propuestas, teniendo en cuenta para ello los requisitos mínimos y los criterios de selección objetiva establecidos en este documento.
Los requisitos y/o documentos exigidos en este proceso son de obligatorio y estricto cumplimiento. La ausencia de requisitos o falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, necesarios para la comparación de propuestas servirá de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos.
EL DEPARTAMENTO, a su juicio, podrá descartar propuestas, si durante el período del proceso de selección se presentan circunstancias que alteren sustancialmente la capacidad financiera u operativa del proponente, que lo lleven a incumplir con los requisitos exigidos en el Pliego de Condiciones.
El procedimiento empleado en el análisis de ofertas así como los factores específicos incluidos en la evaluación, serán los establecidos en este documento.
Por ser un proceso de selección abreviada de menor cuantía, la Secretaría Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia adjudicará el contrato al proponente cuya oferta se ajuste a los aspectos sustanciales de los pliegos de condiciones, sus requerimientos técnicos, siendo la más favorable a los intereses de la entidad y obtenga el más alto puntaje, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.2.2.2 y 2.2.1.1.2.2.9 del Decreto 1082 de 2015, y al que se refiere el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 88 de la Ley 1474 de 2011, siempre que cumpla con todos los requisitos habilitantes y evaluables establecidos dentro de este proceso de selección.
Sólo serán objeto de EVALUACIÓN las ofertas que resulten habilitadas.
1. FACTORES DE CALIFICACIÓN DE LAS OFERTAS HABILITADAS
La ponderación de los factores de evaluación de las propuestas, se aplicará a aquellas propuestas que resultaron hábiles.
En cumplimiento del principio de transparencia y selección objetiva, se procederá a escoger el contratista de acuerdo con la propuesta presentada, la cual deberá satisfacer las necesidades de la entidad de acuerdo con criterios técnicos, económicos, la experiencia acreditada tanto en tiempo como en valor para posteriormente asignar criterios de puntuación.
Se seleccionará la propuesta que realice el ofrecimiento más favorable para la Secretaría Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia, para los fines que ésta busca; de conformidad con lo establecido en el Artículo 2.2.1.1.2.2.2 del Decreto 1082 de 2015 siempre y cuando cumpla con los requisitos habilitantes.
De conformidad con el Artículo 2.2.1.1.2.2.2 del Decreto 1082 de 2015, la oferta más favorable para la entidad será la que resulte de aplicar la alternativa citada en dicha norma, que corresponde a la ponderación de los elementos de calidad y precio aportados, por tal motivo, Para la evaluación de las propuestas habilitadas se considerarán los siguientes criterios, con una calificación máxima de cien (100) puntos.
CRITERIO | PUNTAJE MÁXIMO |
Criterio de calificación por precio | 50 |
Criterio de calificación por calidad | 40 |
Estímulo a la industria nacional | 10 |
PUNTAJE TOTAL | 100 |
Criterio de Calificación por Xxxxxx (50 puntos).
Los proponentes que cumplan con las condiciones habilitantes pasarán a ser evaluados en lo relacionado con el valor de la propuesta.
A la propuesta que presente el precio más bajo, se le asignará cincuenta (50) puntos y a las demás propuestas que excedan este precio, se les asignará un puntaje proporcional de acuerdo con la siguiente expresión:
Pvi = 40*Vl/Vi Dónde:
Pvi: Puntaje asignado a una propuesta aceptable para el factor valor de comparación. Vl: Valor más bajo entre las propuestas a evaluar.
Vi: Valor de la propuesta evaluada.
Criterio de Calificación por calidad (40 Puntos).
A la propuesta técnica se le asignará un puntaje máximo de cuarenta (40) puntos, con base en la experiencia adicional aportada.
La experiencia solicitada al proponente para otorgar puntaje, es diferente a la solicitada como requisito habilitante, por lo tanto los proponentes deberán señalar en el RUP aquellos contratos que servirán para habilitarse y aquellos que les servirán para el otorgamiento de puntaje.
Para el puntaje, el proponente deberá señalar en el RUP máximo dos (2) contratos en los cuales el Departamento de Antioquia pueda evidenciar la ejecución de actividades bajo los códigos UNSPSC del presente proceso, tales como alquiler de infraestructura del sistema de radiocomunicaciones y/o instalación y puesta en operación de antenas, repetidoras, radios base, radios móviles, radios portátiles y/o mantenimiento correctivo y preventivo a Sistemas de Radiocomunicaciones y/o suministro y mantenimiento de software para administrar sistemas de radiocomunicaciones y/o alquiler de sistema satelital y/o alquiler de frecuencias para el Sistema de Radiocomunicaciones.
El Departamento de Antioquia calculará la sumatoria del valor de los dos contratos, expresado en SMMLV reportados en el RUP y otorgará el puntaje de la siguiente manera:
• Si la sumatoria del valor de los contratos señalados, es superior a 250 SMMLV, se le asignarán 40 Puntos.
• Si la sumatoria del valor de los contratos señalados, está entre 200 y 249.9 SMMLV, se le asignarán 30 Puntos.
• Si la sumatoria del valor los contratos señalados, está entre 150 y 199.9 SMMLV, se le asignarán 20 Puntos.
• Si la sumatoria del valor los contratos señalados, está entre 100 y 149.9 SMMLV, se le asignarán 10 Puntos.
• Si la sumatoria del valor los contratos señalados, es menor o igual a 99.9 SMMLV se le asignarán 0 puntos.
Adicional al RUP y para que la experiencia adicional incluya las actividades solicitadas, el proponente deberá aportar la certificación dada por el contratante o copia del contrato donde se verifique la siguiente información:
• Número de contrato
• Nombre del contratista
• Nombre del contratante
• Fecha de expedición del certificado
• Objeto del contrato
• Alcance del contrato
• Valor inicial del contrato
• Valor final del contrato
• Fecha de inicio
• Fecha de terminación
• Cumplimiento contrato
Estímulo a la Industria Nacional e Incentivos (10 puntos).
Se asignará el respectivo puntaje a los Proponentes que acrediten, mediante certificación suscrita por el Representante Legal, que su propuesta oferta bienes y servicios de origen nacional.
Para el efecto, se tendrá en cuenta lo establecido en el Manual para el manejo de los incentivos en los Procesos de Contratación de Colombia Compra Eficiente que delimitan lo relacionado con bienes y con servicios de origen nacional.
a) Que Colombia haya negociado trato nacional en materia de compras estatales con dicho país.
b) Que en el país del proponente extranjero, con el que no se hubiere negociado trato nacional, las ofertas de bienes y servicios colombianas, reciban el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales.
El puntaje se asignará de acuerdo con el siguiente procedimiento:
a) Cuando la propuesta válida oferte bienes y el servicio sea prestado por personal colombiano, en lo referente al objeto de este proceso de selección, se le asignarán diez (10) puntos.
b) Cuando la propuesta válida oferte bienes o servicios extranjeros, se asignarán cinco (5) puntos si incorpora componente colombiano de bienes y servicios profesionales, técnicos y operativos en un porcentaje del 50% del total requerido.
c) Por porcentajes inferiores a los señalados en los numerales anteriores se asignará cero
(0) puntos por este criterio.
Como se trata de servicios, para obtener el puntaje anterior, es necesario que el representante legal lo certifique.
PUNTAJE TOTAL DE LA OFERTA.
Se sumarán los puntajes obtenidos en los factores de evaluación. La adjudicación se efectuará al proponente que obtenga el mayor puntaje.
FACTORES DE DESEMPATE PARA LA ADJUDICACIÓN.
En caso de empate en el puntaje total de dos o más ofertas, la Entidad escogerá el oferente que tenga el mayor puntaje en el factor económico.
Si persiste el empate, la entidad, escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el factor calidad.
Si aun así persiste el empate, se dará aplicación a lo preceptuado en el artículo 2.2.1.1.2.2.9 del Decreto Reglamentario 1082 de 2015, así:
1. Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
2. Preferir las ofertas presentada por una Mipyme nacional.
3. Preferir la oferta presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura siempre que:
Esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%)
La Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
Ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura.
Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
Utilizar un método aleatorio para seleccionar el oferente, método que deberá haber sido previsto en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación.
El método aleatorio empleado por la Entidad será el siguiente:
Se realizará sorteo en acto público consistente en introducir en una bolsa oscura una cantidad de balotas igual a la del número de oferentes empatados; cada balota llevará el nombre de los oferentes a participar, pasó a seguir, un funcionario público sacará de la bolsa una balota; el oferente ganador y adjudicatario será el que aparezca en la balota.
Contra el anterior procedimiento no se podrán presentar recursos ni oponerse de manera alguna.
CAPÍTULO 9.
RECHAZO DE LA PROPUESTA.
El Departamento de Antioquia, rechazará la propuesta en los siguientes casos siempre que no sean subsanadas en caso de proceder:
1. Cuando la presentación de la propuesta no esté debidamente presentada conforme a los lineamientos de operatividad del Sistema Electrónico para la Contratación Pública Secop II.
2. Cuando los documentos que hacen parte de la propuesta no se encuentren firmados por el representante legal o por la persona facultada para ello, o se cambien u omitan en ella datos esenciales de la oferta, preestablecidos en los pliegos de condiciones.
3. La falta de capacidad jurídica para presentar la oferta.
4. Cuando no se presente la garantía de seriedad de la oferta.
5. Cuando no se haya presentado con la propuesta cualquier documento esencial para la comparación objetiva de la misma.
6. Cuando no se encuentre en firme la inscripción del RUP al momento de presentar la propuesta.
7. Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar, según lo dispuesto en el Estatuto General de la Contratación de la Administración Pública y demás normas que regulan la materia.
8. Cuando el proponente no haya presentado la manifestación de interés para participar en el proceso o haberla presentado después de vencido el plazo para hacerlo.
9. Cuando el Comité evaluador recomiende el rechazo de una oferta por considerar que es un precio artificialmente bajo.
10. Cuando el plazo propuesto sea diferente al establecido en este pliego de condiciones.
11. Cuando haya sido presentada en forma parcial, incompleta o subordinada al cumplimiento de cualquier condición.
12. Cuando alguna información sustancial de los documentos diferente a la contenida en el RUP, no corresponda a la realidad, o genere confusión o sea contradictoria.
13. Cuando se haya omitido presentar los documentos de participación, o no se cumplan las exigencias legales solicitadas o se incumpla con el requerimiento sobre los documentos
de cumplimiento o documentos necesarios para la verificación de los requisitos habilitantes o los aportes por fuera del plazo establecido por la entidad.
14. Cuando el proponente se encuentra inscrito en el Boletín de Responsables Fiscales (Artículo 60, Ley 610 de 2000).
15. Cuando el proponente no haya tenido en cuenta en su propuesta las modificaciones al Pliego de Condiciones que mediante adendas haya realizado la Entidad.
16. Cuando no se presente información que permita a la entidad ponderar la propuesta conforme a los criterios de calificación establecidos en el pliego de condiciones.
17. Cuando el proponente, de acuerdo con el formato anexo, no informe u oculte sus antecedentes negativos con ocasión de la celebración y ejecución de contratos estatales, dentro de los cinco años anteriores al cierre del presente proceso de selección.
18. Cuando el proponente presente propuesta en este proceso como persona natural y como integrante de un consorcio, de una unión temporal o cualquier otro tipo de asociación.
19. Cuando una persona natural o jurídica haga parte de un Consorcio, Unión Temporal o Sociedad que estén presentando propuesta dentro de éste proceso.
20. En general, por cualquier discrepancia, desviación u omisión esencial de la propuesta que se halle con respecto a lo establecido en este Pliego de Condiciones.
21. Cuando un proponente oferte en la presente contratación, y tenga intereses patrimoniales en una persona jurídica que haga las veces de proponente en ésta Selección Abreviada de Menor Cuantía.
22. Cuando el proponente no haya tenido en cuenta en su propuesta las modificaciones o aclaraciones al Pliego de Condiciones que mediante adendas o documentos oficiales haya realizado la Entidad.
23. Cuando la modalidad de asociación, respecto de sus integrantes no corresponda con el requisito habilitante técnico de la especialidad u objeto del contrato a celebrar, en las condiciones del alcance de la actividad del profesional o persona jurídica, en los términos y extensión de la participación. Igual condición para los proponentes a título individual.
24. Cuando un Consorcio o Unión Temporal no se constituya en los términos previstos por el artículo 7 de la Ley 80 de 1993.
25. Cuando la propuesta se presente extemporáneamente, se envíe por correo, fax o se deje en un lugar distinto al indicado en el pliego de condiciones.
26. Cuando no cumpla el proponente con las reglas de requerimiento contenidas en éste pliego de condiciones.
27. Cuando el proponente no atienda los requerimientos que formule la entidad dentro del plazo que esta determine, con el fin de entregar los documentos soporte para aclarar o verificar el cumplimiento de los requisitos habilitantes.
28. Cuando no se cotice la totalidad de los bienes y servicios que hacen parte del tarifario o lo altere, siempre y cuando no sea un error que no afecta sustancialmente la comparación de las ofertas, caso en el cual la entidad procederá a realizar las correcciones pertinentes.