CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y/O SERVICIOS ÚNICOS EN EL MERCADO O DE PROVEEDOR ÚNICO INVITACIÓN
PLIEGO DE RÉGIMEN ESPECIAL PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y/O SERVICIOS ÚNICOS EN EL MERCADO O DE PROVEEDOR ÚNICO
CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y/O SERVICIOS ÚNICOS EN EL MERCADO O DE PROVEEDOR ÚNICO INVITACIÓN
Habiéndose el (la) (nombre de la entidad contratante) acogido al procedimiento de Régimen Especial para la contratación de (bienes y/o servicios únicos en el mercado o de proveedor único), conforme se desprende de la Resolución motivada (número y fecha), suscrita por (nombre y cargo de la máxima autoridad o su delegado), se invita a (nombre del proveedor único, que de manera obligatoria deberá estar habilitado en el Registro Único de Proveedores, legalmente capaz para contratar) a que presente su oferta técnica y económica para la provisión de (objeto de la contratación).
El presupuesto referencial es de (valor en números y letras) dólares de los Estados Unidos de América, sin incluir el IVA, y el plazo estimado para la ejecución del contrato es de (días, meses o años), contados a partir de (establecer si desde la fecha de la suscripción del contrato, desde la fecha de notificación de que el anticipo se encuentra disponible, o desde cualquier otra condición, de acuerdo a la naturaleza del contrato).
Las condiciones generales de esta invitación son las siguientes:
1. El pliego está disponible, sin ningún costo, en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, únicamente el oferente que resulte adjudicado, una vez recibida la notificación de la adjudicación, pagará a la entidad el valor de (valor en números), de conformidad con lo previsto en el inciso 4 del artículo 31 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
2. Para poder participar en el presente procedimiento, al momento de la presentación de la propuesta, el oferente interesado deberá encontrarse habilitado en el Registro Único de Proveedores -RUP-. En consecuencia, para participar, bastará “registrar” o “indicar” en su propuesta, el número o código de RUP.
3. Se convoca al proveedor único invitado a una audiencia informativa para el (día) de (mes) de (año) a las (hora), a fin de que (nombre de la entidad contratante) explique en términos generales el objeto de la invitación, absuelva las consultas y realice las aclaraciones que fueren requeridas. De esta audiencia se dejará constancia en un acta que será publicada en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
4. La oferta se presentará de forma física en (nombre de la entidad contratante),
ubicada en (dirección de la entidad contratante); y, a través del Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, hasta las (hora a definir por la entidad) del día (fecha). El precio de la misma siempre deberá subirse a través del Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, hasta la fecha en que se cierre el plazo para la presentación de la oferta. La falta de ingreso del precio de la propuesta en el referido Portal, será causa de descalificación de la oferta.
En caso de que la oferta se presente a través del Portal Institucional del SERCOP, y contenga firma electrónica, no será necesaria la presentación de la oferta en forma física. La entidad contratante será responsable de la validación de dicha firma electrónica, de conformidad a la normativa aplicable.
5. La evaluación de la oferta se realizará aplicando los parámetros de calificación definidos por la entidad contratante.
6. Los pagos del contrato se realizarán con cargo a los fondos propios provenientes del presupuesto de la entidad contratante relacionados con la (s) partida (s) presupuestaria (s) (nombre, número y valor). La partida presupuestaria deberá certificarse por la totalidad de la contratación incluyéndose el IVA. Se otorgará un anticipo del (Si la entidad contratante considera necesario el pago de un anticipo); o en su defecto, los pagos se realizarán (contra entrega total o parcial de la prestación total del objeto de contratación).
7. El procedimiento se ceñirá a las disposiciones de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General, la normativa expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública y el presente pliego.
(Ciudad y fecha)
FIRMA Y NOMBRE DE LA MÁXIMA AUTORIDAD DE LA ENTIDAD CONTRATANTE
(o su delegado)
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL Y TÉRMINOS DE REFERENCIA.
2.1 Objeto de contratación: Este procedimiento precontractual tiene como propósito seleccionar a la oferta de origen ecuatoriano, para la contratación de bienes y/o servicios únicos en el mercado o de proveedor único.
Si en el procedimiento de contratación no hubiere oferta u ofertas consideradas de origen ecuatoriano, la entidad contratante considerará y analizará las ofertas que no se consideren ecuatorianas.
2.2 Presupuesto referencial: El presupuesto referencial es (monto en números y letras del objeto de contratación determinado por la entidad contratante, con sujeción al Plan Anual de Contrataciones respectivo), NO INCLUYE IVA, de conformidad con el siguiente detalle:
Código CPC | Descripción del bien o servicio | Unidad | Cantidad | Precio Unitario | Precio Global |
TOTAL |
(Las entidades contratantes obligatoriamente deberán publicar junto con el pliego respectivo el estudio realizado para la determinación del presupuesto referencial con los sustentos del caso, de conformidad con la normativa expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública.)
2.3 Especificaciones técnicas o Términos de referencia: Se incluirán las especificaciones técnicas o términos de referencia para el objeto a contratarse, considerando todos los rubros y/o condiciones necesarios para su adecuada ejecución.
(Establecer las especificaciones técnicas o términos de referencia de cada uno de los bienes y/o servicios)
CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO
3.1 Cronograma del procedimiento: El cronograma que regirá el procedimiento será el siguiente:
(Las fechas asignadas deberán considerarse en días hábiles, no se deberán contemplar fechas que correspondan a fin de semana o feriados; y, los horarios para el desenvolvimiento del procedimiento serán de 08:00 a 20:00 a excepción del último día hábil de la semana en cuyo caso será de 08:00 a 13:00).
Concepto | Día | Hora |
Fecha de publicación | ||
Fecha límite para audiencia de preguntas, respuestas y aclaraciones | ||
Fecha límite de entrega de oferta | ||
Fecha de apertura de oferta | ||
Fecha estimada de adjudicación |
En el caso de ser necesario, el término para la convalidación de errores será de acuerdo al siguiente cronograma (número de días).
Concepto | Día | Hora |
Fecha límite para solicitar convalidación de errores | ||
Fecha límite para convalidación de errores | ||
Fecha estimada de adjudicación |
3.2 Vigencia de la oferta: La oferta se entenderá vigente hasta (determinar). En caso de que no se señale una fecha estará vigente hasta la celebración del contrato, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
3.3 Precio de la oferta: (establecer el precio, sin IVA). Se entenderá por precio de la propuesta al valor que el oferente haga constar en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, información que se completará en línea.
El precio de la oferta deberá cubrir todas las actividades y costos necesarios para que el oferente preste los servicios objeto de la contratación en cumplimiento de las especificaciones técnicas y/o los términos de referencia correspondientes y a plena satisfacción de la entidad contratante).
(En este espacio se deberán establecer condiciones adicionales relacionadas con el precio).
Los precios presentados por el oferente son de su exclusiva responsabilidad. Cualquier omisión se interpretará como voluntaria y tendiente a conseguir precios que le permitan presentar una oferta más ventajosa.
3.4 Plazo de ejecución: El plazo estimado para la ejecución del contrato es de (días, meses o años), contado a partir de (establecer si desde la fecha de la firma del contrato, desde la fecha de notificación de que el anticipo se encuentra disponible, o desde cualquier otra condición, de acuerdo a la naturaleza del contrato).
3.5 Forma de pago: Los pagos se realizarán de la manera prevista en Pliego y en el Contrato.
3.5.1 Anticipo: (establecer porcentaje no mayor a setenta por ciento (70%); en caso de pactarse anticipo).
3.6. Forma de presentar la oferta: La oferta se deberá presentar a través del Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública; y, en forma física. Para este segundo caso, se presentará un sobre único el cual contendrá la siguiente ilustración:
RÉGIMEN ESPECIAL: BIENES Y SERVICIOS ÚNICOS EN EL MERCADO O DE PROVEEDOR ÚNICO
“CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO ”
OFERTA
Señor
Máxima Autoridad o su delegado (nombre de la entidad contratante) Presente
PRESENTADA POR:
No se tomarán en cuenta las ofertas entregadas en otro lugar o después del día y hora fijados para su entrega-recepción.
EVALUACIÓN DE LA OFERTA
4.1 Integridad de la oferta: La integridad de la oferta se evaluará considerando la presentación de los Formularios y requisitos mínimos previstos en el pliego. Para la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos se estará a la metodología “CUMPLE / NO CUMPLE”.
4.2 Evaluación de la oferta (cumple / no cumple): Los parámetros de calificación propuestos a continuación, son las condiciones mínimas que deberá cumplir la oferta.
4.2.1 Parámetros de calificación: La entidad contratante deberá definir los parámetros; sus condiciones mínimas o máximas de obligatorio cumplimiento y el medio de verificación.
4.2.2 Porcentaje de Valor Agregado Ecuatoriano Mínimo: La entidad contratante deberá aplicar obligatoriamente la metodología definida por el Servicio Nacional de Contratación Pública para la determinación de Valor Agregado Ecuatoriano en la adquisición de bienes, prestación de servicios o ejecución de obras, según corresponda, que será considerado como uno de los criterios de participación, evaluación y adjudicación.
Para que una oferta sea considerada ecuatoriana el Valor Agregado Ecuatoriano de la misma deberá ser igual o superior al umbral del Valor Agregado Ecuatoriano del procedimiento de contratación pública, publicado por la entidad contratante conforme lo establecido por el Sistema Oficial de Contratación del Estado -SOCE.
La entidad contratante deberá verificar si el oferente acredita Valor Agregado Ecuatoriano de los bienes y/o servicios propuestos, conforme la normativa expedida por el Servicio Nacional de
Contratación Pública
Únicamente en el caso de que la oferta presentada no acreditare Valor Agregado Ecuatoriano, la entidad contratante considerará y analizará la oferta de origen extranjero que se hubieren presentado.
4.2.3 Patrimonio
En el caso de personas jurídicas, la entidad contratante verificará que el patrimonio cumpla con la normativa establecida por el Servicio Nacional de Contratación Pública para el efecto.
CUADRO DE VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS MÍNIMOS DE LA OFERTA TÉCNICA
PARÁMETRO | CUMPLE | NO CUMPLE | OBSERVACIONES |
Parámetro 1 | |||
Parámetro 2 | |||
Parámetro 3 | |||
Patrimonio |
Aquella oferta que cumpla integralmente con los parámetros mínimos, será adjudicada, caso contrario será descalificada.
OBLIGACIONES DE LAS PARTES
5.1 Obligaciones del adjudicatario en la aplicación de transferencia de tecnología:
En relación con los bienes que se encuentran publicados en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública y que constan en el Anexo 20 de la Codificación de Resoluciones del Servicio Nacional de Contratación Pública, es obligación del proveedor adjudicado, previo a la suscripción del respectivo contrato, entregar a la entidad contratante, en calidad de documento habilitante, y dentro del término que establece la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública para el efecto, los requerimientos que se indican a continuación, según el nivel de transferencia de tecnología:
Nivel de transferencia de tecnología TT 1:
Aplica a los CPCs correspondientes a la entrega de transferencia de tecnología nivel 1 “bienes primarios, bienes de baja intensidad tecnológica, y bienes de media-baja intensidad tecnológica” que consta como Anexo 20 de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el SERCOP, mismos que podrán ser actualizados o modificados según la metodología definida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, para lo cual bastará su notificación y publicación en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
Requerimientos:
• Manual de uso y manejo de producto, en formato digital y en físico (Para el repositorio del Servicio Nacional de Contratación Pública bastará en formato digital);
• CD o información en línea donde se dé a conocer información del producto, procedencia de materias primas, fechas y registros de producción;
• Certificados de calidad o normativa (escaneados) bajo los cual fuere desarrollado el producto (en caso que existiesen);
• Certificados de calibración del producto, dependiendo del caso; o,
• Cualquier otra información sobre estándares industriales de medidas, pruebas y control de calidad.
En caso que el proveedor adjudicado, dentro del término para suscribir el respectivo contrato no presente los requerimientos correspondientes a la Transferencia de Tecnología Nivel 1, será causal para que la entidad contratante lo declare adjudicatario fallido.
Así mismo, en caso de que el Servicio Nacional de Contratación Pública identifique el incumplimiento de la entrega de los requerimientos correspondientes a la Transferencia de Tecnología Nivel 1, aplicará el procedimiento establecido en los artículos 107 y 108 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, por haberse configurado la infracción establecida en el literal d) del artículo 106 de la referida Ley, y notificará a la entidad contratante para que proceda con la declaratoria de adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda.
Nivel de transferencia de tecnología TT 2:
Aplica a los CPCs correspondientes a la entrega de transferencia de tecnología nivel 2 “bienes de baja intensidad tecnológica, y bienes de media-baja intensidad tecnológica”, que consta como Anexo 20 de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el SERCOP, mismos que podrán ser actualizados o modificados según la metodología definida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, para lo cual bastará su notificación y publicación en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
Requerimientos:
• Cronograma del taller o curso de capacitación para conocer el correcto uso o manejo del producto; o,
• CD donde se exponga el curso o taller de capacitación que fue dado a personal ecuatoriano.
Adicionalmente, el proveedor adjudicado deberá presentar los requerimientos nivel TT1.
En caso que el proveedor adjudicado, dentro del término para suscribir el respectivo contrato, no presente los requerimientos correspondientes a la Transferencia de Tecnología Nivel 2, será causal para que la entidad contratante lo declare adjudicatario fallido.
Así mismo, en caso de que el Servicio Nacional de Contratación Pública identifique el incumplimiento de la entrega de los requerimientos correspondientes a la Transferencia de Tecnología Nivel 2, aplicará el procedimiento establecido en los artículos 107 y 108 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, por haberse configurado la infracción establecida en el literal d) del artículo 106 de la referida Ley, y notificará a la entidad contratante para que proceda con la declaratoria de adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda.
Nivel de transferencia de tecnología TT 3:
Aplica a los CPCs correspondientes a la entrega de transferencia de tecnología nivel 3 “bienes de media-alta intensidad tecnológica, y bienes de alta intensidad tecnológica”, que consta como Anexo 20 de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el SERCOP, los mismos que podrán ser actualizados o modificados según la metodología definida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, para lo cual bastará su notificación y publicación en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
Requerimientos:
• Compromisos para alcanzar mantenimiento preventivo en el país, sea a través: de alianzas estratégicas para contar con centros autorizados nacionales, capacitación a empresas locales, o capacitación a la entidad requirente;
• Compromisos para alcanzar mantenimiento correctivo en el país, sea a través de: alianzas estratégicas para contar con centros autorizados nacionales, capacitación a empresas locales, o capacitación a la entidad requirente; o,
• Cronograma para proveer de capacitación y entrenamiento especializado, en los talleres o centros autorizados conseguidos con el ítem anterior, para el personal universitario y de institutos técnicos. El objeto es involucrar tanto a la academia como a los técnicos institucionales con la tecnología adquirida, y así, difundir dicho conocimiento sin perjuicio de cumplir con los ítems anteriores.
Adicionalmente, el proveedor adjudicado deberá presentar los requerimientos nivel TT1 y TT2.
En el caso que, el proveedor adjudicado, dentro del término para suscribir el respectivo contrato no presente los requerimientos correspondientes a la Transferencia de Tecnología Nivel 3, será causal para que la entidad contratante lo declare adjudicatario fallido.
Así mismo, en el caso que, el Servicio Nacional de Contratación Pública identifique el incumplimiento de la entrega de los requerimientos correspondientes a la Transferencia de Tecnología Nivel 3, aplicará el procedimiento establecido en los artículos 107 y 108 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, por haberse configurado la infracción establecida en el literal d) del artículo 106 de la referida Ley, y notificará a la entidad contratante para que proceda con la declaratoria de adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda.
5.2 Obligaciones del Contratista:
• Dar cumplimiento cabal a lo establecido en el presente pliego de acuerdo con los términos y condiciones del contrato.
• Cumplir con la garantía técnica (en caso de bienes)
5.3 Obligaciones de la Contratante:
• Dar solución a las peticiones y problemas que se presentaren en la ejecución del contrato, en un plazo (número de días) contados a partir de la petición escrita formulada por el contratista.
(La entidad contratante podrá establecer las obligaciones que considere necesarias en función del presente procedimiento, las mismas que no deben contravenir la normativa vigente)
5.3.1 Obligaciones del contratante en la aplicación de transferencia de tecnología:
La entidad contratante, para los bienes que apliquen la transferencia de tecnología, mismos que se encuentran publicados en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública y que constan en el Anexo 20 de la Codificación de Resoluciones del Servicio Nacional de Contratación Pública, exigirá previo a la firma del contrato, de manera obligatoria, la entrega de los requerimientos determinados para cada nivel de transferencia tecnológica, según corresponda.
Para los bienes correspondientes a los CPCs que corresponden a la entrega de transferencia de tecnología de niveles 1 y 2, la entidad contratante exigirá, de manera obligatoria al proveedor, en calidad de documentación habilitante para la suscripción del respectivo contrato y dentro del término que dispuesto por la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, los requerimientos que se indican a continuación:
Nivel de transferencia de tecnología TT 1:
Aplica a los CPCs correspondientes a la entrega de transferencia de tecnología nivel 1 “bienes primarios, bienes de baja intensidad tecnológica, y bienes de media-baja intensidad tecnológica”, que consta como Anexo 20 de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el SERCOP, mismos que podrán ser actualizados o modificados según la metodología definida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, para lo cual bastará su notificación y publicación en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
Requerimientos:
• Manual de uso y manejo de producto, en formato digital y en físico (Para el repositorio del Servicio Nacional de Contratación Pública bastará en formato digital);
• CD o información en línea donde se dé a conocer información del producto, procedencia de materias primas, fechas y registros de producción;
• Certificados de calidad o normativa (escaneados) bajo los cual fuere desarrollado el producto (en caso que existiesen);
• Certificados de calibración del producto, dependiendo del caso; o,
• Cualquier otra información sobre estándares industriales de medidas, pruebas y control de calidad.
La entidad contratante, en los bienes relacionados a los CPCs que corresponden a la entrega de transferencia de tecnología de nivel 1:
- Deberá, previo a la suscripción del contrato, exigir y verificar que el adjudicatario haya publicado en el Repositorio de Transferencia de Tecnología del Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, los requerimientos correspondientes.
- En el caso que, la entidad contratante verifique que el adjudicatario no cumpla con estas condiciones y requerimientos de transferencia tecnológica nivel 1 para la suscripción del respectivo contrato, esta declarará al proveedor como adjudicatario fallido.
Es importante señalar que, de evidenciarse el incumplimiento de estos requerimientos por parte de la entidad contratante a la suscripción del contrato, el Servicio Nacional de Contratación Pública, en base a sus atribuciones de control y supervisión, dispondrá la terminación unilateral y anticipada del contrato, además, notificará a la Contraloría General del Estado para que ejerza las respectivas acciones de control en el ámbito de sus competencias, y de ser el caso, determine las responsabilidades a los funcionarios de la entidad contratante que omitieron la exigencia y presentación de dichos requerimientos.
Nivel de transferencia de tecnología TT 2:
Aplica a los CPCs correspondientes a la entrega de transferencia de tecnología nivel 2 “bienes de baja intensidad tecnológica, y bienes de media-baja intensidad tecnológica”, que consta como Anexo 20 de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el SERCOP, los mismos que podrán ser actualizados o modificados según la metodología definida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, para lo cual bastará su notificación y publicación en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
Requerimientos:
• Cronograma del taller o curso de capacitación para conocer el correcto uso o manejo del producto; o,
• CD donde se exponga el curso o taller de capacitación que fue dado a personal ecuatoriano.
Adicionalmente, el proveedor adjudicado deberá presentar los requerimientos nivel TT1.
La entidad contratante, en los bienes relacionados a los CPCs que corresponden a la entrega de transferencia de tecnología de nivel 2:
- Deberá, previo a la firma de contrato, exigir y verificar que el adjudicatario haya publicado en su totalidad los requerimientos correspondientes, en el Repositorio de Transferencia de Tecnología del Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
- En el caso que, la entidad contratante verifique que el adjudicatario no cumpliere con estas condiciones y requerimientos de transferencia tecnológica nivel 2 para la suscripción del respectivo contrato, esta declarará al proveedor como adjudicatario fallido.
Es importante señalar que, de evidenciarse el incumplimiento de la exigencia de estos requerimientos por parte de la entidad contratante a la firma del contrato, el Servicio Nacional de Contratación Pública, en base a sus atribuciones de control y supervisión dispondrá la terminación unilateral y anticipada del contrato, además, notificará a la Contraloría General del Estado para que ejerza las acciones de control en el ámbito de sus competencias, y de ser el caso, determine las responsabilidades respectivas a los funcionarios de la entidad contratante que omitieron la exigencia y presentación de dichos requerimientos.
Nivel de transferencia de tecnología TT 3:
Aplica a los CPCs correspondientes a la entrega de transferencia de tecnología nivel 3 “bienes de media-alta intensidad tecnológica, y bienes de alta intensidad tecnológica”, que consta como Anexo 20 de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el SERCOP, mismos que podrán ser actualizados o modificados según la metodología definida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, para lo cual bastará su notificación y publicación en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
Requerimientos:
• Compromisos para alcanzar mantenimiento preventivo en el país, sea a través de: alianzas estratégicas para contar con centros autorizados nacionales, capacitación a empresas locales, o capacitación a la entidad requirente;
• Compromisos para alcanzar mantenimiento correctivo en el país, sea a través de: alianzas estratégicas para contar con centros autorizados nacionales, capacitación a empresas locales, o capacitación a la entidad requirente; o,
• Cronograma para proveer de capacitación y entrenamiento especializado, en los talleres o centros autorizados conseguidos con el ítem anterior, para el personal universitario y de institutos técnicos. El objeto es involucrar tanto a la academia como a los técnicos institucionales con la tecnología adquirida, y así, difundir dicho conocimiento sin perjuicio de cumplir con los ítems anteriores.
Adicionalmente, el proveedor adjudicado deberá presentar los requerimientos nivel TT1 y TT2.
Para cumplir con estos compromisos, la entidad contratante exigirá la presentación obligatoria del documento que permita verificar la formalización del acuerdo o alianza estratégica al que el proveedor ha llegado con una universidad, centro de transferencia y desarrollo tecnológico, instituto tecnológico, empresa pública o privada u otra organización ecuatoriana, que permitan garantizar el cumplimiento del mantenimiento preventivo, correctivo; y, capacitación y entrenamiento especializados, que se realicen dentro del territorio ecuatoriano.
La ejecución de estos compromisos, capacitación y entrenamiento especializados, deberán cumplirse en un plazo no mayor a seis meses contados desde la suscripción del contrato con la entidad contratante.
Es importante señalar que, de evidenciarse el incumplimiento de la exigencia de estos requerimientos por parte de la entidad contratante a la firma del contrato o su ejecución, el Servicio Nacional de Contratación Pública, en base a sus atribuciones de control y supervisión dispondrá la terminación unilateral y anticipada del contrato, además,
notificará a la Contraloría General del Estado para que ejerza las acciones de control en el ámbito de sus competencias, y de ser el caso, determine las responsabilidades respectivas a los funcionarios de la entidad contratante que omitieron la exigencia, presentación y cumplimiento de dichos requerimientos.