CONTRATO DE SERVICIOS AUXILIARES EN EL AUDITORIO MUNICIPAL “MONTSERRAT CABALLÉ” Y OTROS ESPACIOS MUNICIPALES PRIMERO.- OBJETO DEL CONTRATO.-
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
PROCEDIMIENTO: ABIERTO ADJUDICACIÓN: VARIOS CRITERIOS
CONTRATO DE SERVICIOS AUXILIARES EN EL AUDITORIO MUNICIPAL “XXXXXXXXXX XXXXXXX” Y OTROS ESPACIOS MUNICIPALES
PRIMERO.- OBJETO DEL CONTRATO.-
El objeto del presente Contrato es la prestación de los servicios técnicos y de mantenimiento del sonido, la maquinaria escénica, electricidad, sistemas de seguridad, servicios auxiliares de carga y descarga del espacio escénico, así como los servicios auxiliares de Jefe/a xx Xxxx, xxxxxxxx y acomodación del Auditorio Municipal “Xxxxxxxxxx Xxxxxxx” de Xxxxxxx xxx Xxx, cuya descripción técnica se adjunta al presente pliego y otros espacios municipales en los que puntualmente se realicen actividades escénicas y requieran de estos servicios. (71356000-8 Servicios técnicos).
Todo esto se prestará conforme a las condiciones establecidas en el presente pliego y el pliego de prescripciones técnicas unidas al expediente.
SEGUNDO.- CALIFICACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.-
Se califica este contrato como de servicios definidos en el artículo 10 de la RDL 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector público, categoría 27 del anexo II del TRLCSP.
Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego, para lo no previsto en los mismos, el contrato se regirá en cuanto a su preparación y adjudicación, efectos y extinción, en defecto de normas específicas, por la RDL 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector público, sus normas de desarrollo y por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga a la LCSP. Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo.
El presente contrato es susceptible de interposición de recurso especial en materia de contratación de acuerdo con lo previsto en el art. 40.1.b) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
TERCERO.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.-
El contrato se adjudicará mediante procedimiento abierto, conforme a varios criterios de valoración, de acuerdo con lo previsto en los arts. 138 apartados 1 y 2 y 150.3, g) del RDL 3/2011.
Conforme al art. 16 de la LCSP el presente contrato no se encuentra sujeto a regulación armonizada.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, de conformidad con el artículo 150.1 del TRLCAP y con lo establecido en la cláusula décimo sexta del presente Xxxxxx.
CUARTO.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.-
El órgano de contratación será la Concejala Delegada de Innovación y Calidad de la Administración, de conformidad con el Decreto de Alcaldía 104/2011, de 13 xx xxxxx.
QUINTO.- RESPONSABLE DEL CONTRATO.-
El responsable para este contrato será D. Xxxxxx Xxxxx Oro Xxxxxxxx, Técnico del Teatro Auditorio Xxxxxxxxxx Xxxxxxx, a quien corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.
Se ajustará a lo establecido en los pliegos y en ningún caso asumirá funciones directivas sobre el personal de la empresa contratada evitando dar órdenes directas e instrucciones a dicho personal.
Tendrá además la consideración de “órgano gestor responsable del contrato” de acuerdo con la correps pondiente Base de Ejecución del Presupuesto Municipal en vigor para cada ejercicio.
SEXTO.- FINANCIACIÓN DEL CONTRATO.-
La financiación del contrato se realizará con cargo a los presupuestos para los años 2012, 2013 y 2014, quedando condicionado el gasto a la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en cada uno de los ejercicios presupuestarios:
Año 2012= 77.025€
Año 2013= 102.700€
Año 2014= 25.675€
SÉPTIMO.- PRECIO DEL CONTRATO.-
El precio de licitación del contrato, será el que a continuación se indica, que los licitadores podrán mejorar a la baja, hasta el máximo de 102.700€/año, IVA incluido.
CATEGORÍA PROFESIONAL | PRECIO/HORA |
Oficial Técnico de Sonido o Iluminación, sonido, maquinaria escénica. Según necesidades del servicio. | 30,00 €+ I.V.A. |
Auxiliares Técnicos de iluminación, sonido y maquinaria escénica. Según necesidades del servicio | 20,00 €+ I.V.A. |
Personal de carga y descarga. Según necesidades del servicio | 20,00 €+ I.V.A. |
Jefe de Sal. Según necesidades del servicio | 20,00 €+ I.V.A. |
Taquillero/a. Según necesidades del servicio | 20,00 €+ I.V.A. |
Acomodadores. Según necesidades del servicio | 20,00 €+ I.V.A. |
OCTAVO.- FORMA DE PAGO.-
El pago se efectuará de forma mensual, previa presentación de la correspondiente factura, debiendo estar conformada por el Responsable del Contrato y una vez realizada la prestación satisfactoriamente, de conformidad con lo establecido el art. 216 del RDL 3/2011.
La factura reunirá los requisitos establecidos en el Reglamento de 28 de noviembre 1496/2003, por el que se aprueba el Reglamento del IVA, y su pago se realizará teniendo en cuenta lo previsto en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, para su adecuación a la Directiva Europea.
NOVENO.- PERFIL DE CONTRATANTE .-
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: xxx.xxxx-xxxxxxx.xx.
DÉCIMO.- LUGAR Y PLAZO DE EJECUCIÓN.-
El plazo de ejecución del presente contrato será de DOS AÑOS, contados a partir del 1 xx xxxxx de 2012, pudiendo prorrogarse, por acuerdo expreso de las partes, por otros dos años más.
La ejecución del contrato se llevará a cabo principalmente en el Auditorio Xxxxxxxxxx Xxxxxxx y en aquellos otros espacios municipales tanto de interior como de exterior que requieran estos servicios.
DÉCIMO PRIMERO.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR.-
Para celebrar contratos de servicios las empresas deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser persona física o jurídica, española o extranjera, cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales o se acrediten debidamente y disponga de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
Podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante. Cuando en representación de una sociedad concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las causas de excepción citadas.
b) Tener plena capacidad jurídica y de obrar y no estar comprendidos en ninguno de los casos de excepción señalados en el artículo 60 del Texto Refundidio de la Ley de Contratos del Sector Público.
c) Estar en posesión de la siguiente clasificación empresarial: Grupo U, Subgrupo 7, categoría A.
La Administración podrá contratar con uniones de empresas que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en Escrituras Públicas hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, las cuales responderán solidariamente ante la Administración y ante la cual nombrará un representante u apoderado único.
DÉCIMO SEGUNDO.- GARANTÍAS.-
Definitiva: La garantía definitiva será de 10.270€, y garantizará el cumplimiento de las obligaciones contraídas, la cual será devuelta, de oficio o a petición del adjudicatario, previos los preceptivos trámites legales, una vez realizado el objeto del presente contrato y siempre que haya transcurrido el plazo de garantía.
La garantía definitiva responderá de los conceptos señalados en el artículo 100 del TRLCSP.
El plazo para la constitución de la garantía definitiva, será xx xxxx días hábiles, contados desde el siguiente al requerimiento que el órgano de contratación realice al candidato que presente la oferta considerada más ventajosa económicamente.
Se constituirán en la Tesorería Municipal, mediante cualquiera de los medios señalados en el artículo 96, 1 y 2 del Texto Refunido de la Ley de Contratos del Sector Público, ajustándose a los modelos indicados en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Si la garantía definitiva se constituye mediante aval, deberá ajustarse al modelo contenido en el Anexo II al presente pliego de condiciones.
DÉCIMO TERCERO.- PLAZO DE GARANTÍA.-
Se abrirá un plazo de garantía de un año, contado desde la finalización de la ejecución de los trabajos objeto del contrato.
DÉCIMO CUARTO.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES: LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN, FORMALIDADES Y DOCUMENTACIÓN.-
Los licitadores deberán presentar su proposición en el Departamento de Contratación, [Plaza de la Constitución, nº 1 28500 –XXXXXXX XXX XXX (Madrid)], de lunes a viernes, en horario de 8,30 a 14,30 horas, (si el plazo de presentación de ofertas finalizase en sábado, se trasladará al día siguiente hábil), dentro de los 15 días
naturales siguientes al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Las proposiciones podrán presentarse además en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Xxxxxxx y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.
Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
Formalidades.- Las proposiciones constarán de tres sobres cerrados denominados A y B en cada uno de los cuales se hará constar el contenido, en la forma que se indicará, y el nombre del licitador, CIF, dirección, fax y teléfono.
Sobre A, denominado Documentos, expresará la inscripción de: “Documentos generales para el procedimiento abierto de “Servicio Auxiliares en el Auditorio Municipal “Xxxxxxxxxx Xxxxxxx” y otros espacios municipales y contendrá la siguiente documentación:
1. Documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistente en:
1.1. Documento Nacional de Identidad del licitador cuando se trate de personas físicas o empresarios individuales, por fotocopia de quien ostente la representación pública administrativa; fotocopia del CIF y escritura de constitución de la Sociedad Mercantil, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando el empresario fuera persona jurídica.
1.2. Poder Bastanteado por el/la Secretario/a de la Corporación, por los Letrados Municipales, Técnicos de Administración General licenciados en derecho, Notarios o por Letrados en ejercicio en ámbito del Colegio Profesional Provincial, cuando se actúe por representación.
1.3. En caso de concurrir a la licitación varias empresas, constituyendo una unión temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben las proposiciones, la participación de cada una de ellas, designando la persona o Entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la representación de la unión ante la Administración.
1.4 Se indicará claramente la dirección del licitador, el número de teléfono de contacto y el número de fax o dirección de correo electrónico a efectos de notificación de posibles incidencias.
2. Prueba que acredite la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 60 de la RDL 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de l TRLCSP, incluyendo la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
3. Documentación que acredite estar en posesión de la siguiente clasificación empresarial:
Grupo: U Subgrupo: 7 Categoría: A
4. Documentación que acredite, en su caso, la pertenencia a la plantilla de la empresa de un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2% de la misma.
En caso de igualdad entre dos o más licitadores, desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que, en el momento de acreditar la solvencia técnica, tenga en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100 de la misma.
Sobre B, denominado Propuesta Económica y Técnica, expresará la inscripción de: “Propuesta Económica y Técnica para el procedimiento abierto, de ““Servicios Auxiliares en el Auditorio Municipal “Xxxxxxxxxx Xxxxxxx” y otros espacios municipales" se presentará cerrado, pudiendo ser lacrado y precintado, a petición del interesado y contendrá los siguientes documentos:
- Oferta económica ajustada al modelo contenido en el Anexo I.
- Documentos técnicos y explicativos que sean precisos y permitan la valoración de las ofertas mediante la aplicación de los criterios objetivos de valoración contenidos en la cláusula décimo sexta.
Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición, con las variantes que estime oportunas. Tampoco podrá suscribirse ninguna propuesta de unión temporal con otros, si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal.
DÉCIMO QUINTO.- BASTANTEO DE PODERES.-
Cuando los poderes y documentos se presenten para su bastanteo por la Secretaria de la Corporación, Letrados Municipales, Técnicos de Administración General licenciados en derecho, deberá hacerse, como mínimo, una hora antes del cierre de atención al público y de presentación de propuestas, en días laborables, excepto sábados, previo pago de a correspondiente tasa.
DÉCIMO SEXTO.- CRITERIOS BASE PARA LA ADJUDICACIÓN.-
De acuerdo con el artículo 150 xx Xxx 30/2007, de 30 de octubre, las ofertas se valorarán hasta un máximo de 51 puntos, aplicando los siguientes criterios:
I.- CRITERIOS OBJETIVOS: Susceptibles de valoración mediante formulas o porcentajes, hasta un máximo de 51 PUNTOS:
1.- CRITERIOS DE PRECIO, hasta un máximo de 18 PUNTOS
El precio por hora de los técnicos ofertados, por cada 0,50 euros de baja en el precio, 1 punto, hasta un máximo de 6 puntos.
El precio por hora de una persona de carga y descarga, por cada 0,50 euros de baja en el precio 1 punto, hasta un máximo de 6 puntos.
El precio por hora del personal xx xxxx, por cada 0,50 euros de baja en el precio 1 punto, hasta un máximo de 6 puntos.
2.- FORMACIÓN Y EXPERIENCIA, hasta un máximo de 12 PUNTOS.
Formación y experiencia del personal técnico propuesto para prestar el servicio, hasta un máximo de 4 puntos, a razón de 1 punto por cada año de más sobre el mínimo exigido.
Formación y experiencia del personal xx xxxx (Jefe/x xx Xxxx, acomodadores/as, taquilleros/as) propuesto para prestar el servicio, hasta un máximo de 4 puntos, a razón de 1 punto por cada año de más sobre el mínimo exigido.
Formación y experiencia del Responsable técnico propuesto para prestar el servicio, hasta un máximo de 4 puntos, a razón de 1 punto por cada año de más sobre el mínimo exigido.
3.- MEJORAS TÉCNICAS. Hasta un máximo de 6 PUNTOS
Se valorará que el adjudicatario disponga de material técnico de iluminación y sonido, así como otros materiales escénicos, con objeto de poder hacer frente a refuerzos imprevistos, sin que en ningún caso suponga coste adicional alguno para el órgano de contratación, para ello aportará relación detallada de material disponible debidamente valorado (la valoración no será vinculante), este criterio se valorará de 1 a 6 puntos. Se puntuará siguiendo una proporción lineal entre la peor oferta, la que menos material oferte, (1 punto) y la mejor, la que mayor número de material oferte (6 puntos).
4.-CRITERIOS DE EMPLEO. Hasta un máximo de 15 PUNTOS
Se valorará que la empresa tenga en el momento de la presentación de la proposición un número de trabajadores de contrato indefinido por encima de un determinado porcentaje sobre el total de trabajadores contratados. La puntuación se obtendrá de la siguiente forma:
Empresas con un porcentaje de trabajadores fijos entre el 60 y el 70 por ciento de la plantilla: 10 puntos
Por cada 5% mas de estabilizado de plantilla 1 punto, hasta un máximo de 5 puntos.
DÉCIMO SÉPTIMO.- MESA DE CONTRATACIÓN.-
La Mesa de Contratación estará constituida del modo siguiente:
Presidenta: Xx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, Concejala Delegada de Innovación y Calidad de la Administración, o persona que le sustituya.
- Vocales: - Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Jefa Sección de Cultura.
- D. Xxxxxx Xxxxx Oro Xxxxxxxx, Técnico de Teatro.
- La Secretaria General o persona que le sustituya.
- La Interventora General o persona que le sustituya.
- Secretario/a: Jefa del Servicio Contratación y Admón. Gral. o persona que le sustituya.
DÉCIMO OCTAVO.- APERTURA DE PROPOSICIONES.-
El Presidente de la Mesa de Contratación, ordenará la apertura de los sobres que contengan la documentación y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos, el día hábil siguiente a la finalización de la presentación de plicas (que no sea sábado), a las 10:00 horas, en caso de ser jueves a las 11:00 horas. Posteriormente la Mesa, si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente, mediante fax u otro medio que permita la constancia de la comunicación, para que en un plazo no superior a tres días hábiles, los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia mesa de contratación.
Si no se detectasen defectos u omisiones se procederá a continuación a la apertura del Sobre “B” Proposición Económica y Técnica.
La Mesa una vez calificada la documentación y subsanados los defectos u omisiones de la documentación, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección, pronunciándose sobre los admitidos, los rechazados y las causas del rechazo.
En el caso de que se concediese plazo para la subsanación de la documentación, la apertura del Sobre “B” Propuesta Económica y Técnica se realizará el quinto día hábil siguiente a la finalización de la presentación de plicas (que no sea sábado), a las 10:00 horas, en caso de ser jueves a las 11:00 horas. El Secretario de la Mesa comenzará dando lectura al anuncio del contrato, dando conocimiento público del número de proposiciones recibidas, nombre de los licitadores, ofertas que correspondan a proposiciones rechazadas – no pudiéndose abrir sus sobres- e invitando a los licitadores interesados a que manifiesten dudas o pidan explicaciones, sin que se puedan aportar en este momento documentos no entregados durante el plazo de admisión de ofertas o el de corrección o subsanación de defectos u omisiones.
Se dará lectura pública de las ofertas económicas presentadas poniendo a disposición de los presentes la documentación técnica para quien la quiera examinar, una vez efectuado esto la Mesa procederá en acto no público a la baremación de la documentación presentada de acuerdo a los criterios de valoración comprendidos en la Cláusula décimo sexta.
La Mesa podrá solicitar informe técnico no vinculante al Departamento del Ayuntamiento que corresponda el objeto del contrato, o la mayor ejecución del mismo, en el caso de que este se considere necesario, sobre la documentación contenida en el Sobre B, otorgando un plazo máximo de tres días hábiles.
DÉCIMO NOVENO.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.-
La Mesa de Contratación elevará al órgano de contratación propuesta de clasificación de las proposiciones presentadas atendiendo a los criterios de adjudicación señalados en la cláusula décimo sexta.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa, para que en dentro del plazo xx xxxx días hábiles aporte los documentos acreditativos de estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cualesquiera otros que conforme al art. 64.2 del TRLCSP pudiera reclamar el órgano de contratación, así como de haber constituido la garantía definitiva.
La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social ante el órgano de contratación se realizará de acuerdo con lo siguiente:
- Obligaciones tributarias:
Original o copia compulsada del alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto beberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma.
Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP.
Además, el adjudicatario no deberá tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Xxxxxxx xxx Xxx. La Administración Local, de oficio, comprobará mediante los datos obrantes en la Tesorería el cumplimiento de dicha obligación.
- Obligaciones con la Seguridad Social:
Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP.
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguiente a la aportación de la documentación requerida.
El contrato se otorgará a una sola persona o entidad; no obstante, podrá concertarse con dos o más personas si se obligaran solidariamente respecto al Ayuntamiento, cuyos derechos frente a las mismas serán, en todo caso, indivisibles.
VIGÉSIMO.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.-
La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará, en un plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que reciba el oportuno requerimiento y una vez transcurridos quince días hábiles desde la remisión de la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
El contratista, además del contrato, deberá firmar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas, si no estuviera incorporado al mismo.
VIGÉSIMO PRIMERO.- SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL.-
El adjudicatario asumirá de forma expresa la responsabilidad que se derive del funcionamiento normal o anormal del servicio, que como consecuencia del desarrollo de la actividad, pudieran producirse. Para cubrir los aludidos riesgos, deberá formalizar la correspondiente póliza de seguros, cuya vigencia acreditará mediante la presentación del recibo del pago antes del comienzo de la actividad y por un importe no inferior a 300.506,05 euros
En todo caso, el Ayuntamiento de Xxxxxxx xxx Xxx (Madrid) quedará exento de cualquier responsabilidad por daños, cualquiera que sea la causa que los origine, que pudieran producirse en la ejecución del servicio.
VIGÉSIMO SEGUNDO.- GASTOS A CARGO DEL ADJUDICATARIO.-
Serán de cuenta del adjudicatario los siguientes gastos:
o Los de anuncios que genere el procedimiento y los preparatorios y de formalización del contrato. Se procederá a descontar el importe de dichos gastos de la primera factura que deba abonarse al contratista
o Los tributos estatales, municipales y regionales que deriven del contrato.
o Asumir el pago del IVA,
o Gastos de transporte, seguro y demás hasta el lugar de la entrega.
o Los de formalización pública del contrato de adjudicación.
VIGÉSIMO TERCERO.- REVISIÓN DE PRECIOS.-
El precio del contrato se revisará anualmente, de acuerdo con el incremento del IPC del año inmediatamente anterior.
VIGÉSIMO CUARTO.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.-
El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, tributaria y de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales y en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero.
La empresa adjudicataria y su personal están obligados a guardar secreto profesional respecto a los datos de carácter personal de los que haya podido tener conocimiento por razón de la prestación del contrato, obligación que subsistirá aún después de la finalización del mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, de 13 de diciembre de 1999 y su normativa de desarrollo.
El adjudicatario deberá justificar cuando sea requerido al efecto que está al corriente de las cotizaciones a la Seguridad Social relativas al personal que tenga empleado, mediante la presentación de copias de TC1 y TC2 de la mensualidad correspondiente, que necesariamente acompañará la facturación mensual.
En ningún caso, a la extinción del contrato, podrá producirse la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento.
VIGÉSIMO QUINTO.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.-
El contrato podrá extinguirse por alguna de las causas de resolución anunciadas en los arts. 223 y 308 del RDL 3/2011.
VIGÉSIMO SEXTO.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN.-
El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 de la RDL 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector público, ostenta las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
VIGÉSIMO SÉPTIMO.- JURISDICCIÓN COMPETENTE.-
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será competente para resolver las cuestiones litigiosas surgidas sobre la preparación, adjudicación, efectos y extinción de este contrato. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 de la RDL 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector público.
Xxxxxxx xxx Xxx a 13 enero de 2012.
Fdo.: Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Delegada de Innovación y Calidad de la Administración
MODELO DE PROPOSICIÓN
D. , con domicilio a efectos de notificaciones en
, c/ , n.º , con DNI n.º , en representación de la Entidad , con CIF n.º , enterado del expediente para la contratación de los Servicios auxiliares en el Auditorio Municipal “Xxxxxxxxxx Xxxxxxx” y otros espacios municipales”, procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, anunciado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid n.º , de fecha y en el Perfil de contratante, hago constar que conozco el Pliego de condiciones técnicas y el pliego de condiciones administrativa que sirven de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por los importes que se indican en el siguiente cuadro.
CATEGORÍA PROFESIONAL | PRECIO/HORA | I.V.A. |
Oficial Técnico de Sonido o Iluminación, sonido, maquinaria escénica. Según necesidades del servicio. | ||
Auxiliares Técnicos de iluminación, sonido y maquinaria escénica. Según necesidades del servicio | ||
Personal de carga y descarga. Según necesidades del servicio | ||
Jefe de Sal. Según necesidades del servicio | ||
Taquillero/a. Según necesidades del servicio | ||
Acomodadores. Según necesidades del servicio |
En , a de de 20 .
Firma del licitador
(MEMBRETE DE LA ENTIDAD AVALISTA)
La Entidad( razón social de la Entidad de crédito o Sociedad de Garantía Recíproca),
NIF, con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en
; y en su nombre, D. con D.N.I
, con poderes suficientes para obligarse por este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento
A V A L A
A D. , con domicilio en
y provisto de D.N.I o C.I.F ante el Ayuntamiento de Xxxxxxx xxx Xxx por la cantidad de (en letra)
……………………………………………………………….. (………………….. €) euros para responder de las obligaciones del avalado consistentes en:
( Determinación exacta del objeto de la obligación garantizada por el aval)
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
De la cantidad expresada responde la entidad avalista de forma solidaria con el avalado, renunciando expresamente a la utilización del beneficio de excusión y con compromiso de pago a primer requerimiento del Ayuntamiento de Xxxxxxx xxx Xxx con sujeción a los términos previstos en la Legislación de Contratos de las Administraciones Públicas y legislación complementaria.
El presente Xxxx tendrá validez en tanto en cuanto el Ayuntamiento de Xxxxxxx xxx Xxx no autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Legislación de Contratos de las Administraciones Públicas y legislación complementaria.
( Lugar Y Fecha )
( Razón Social de la Entidad) (Firma de los apoderados)
BASTANTEO DE PODERES POR LA ABOGACÍA DEL ESTADO | |||
Provincia | Fecha | Número o Código | |