Contract
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Convenio de Colaboración CONAFOR – INMUJERES.
CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA COMISIÓN NACIONAL FORESTAL, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL ING. XXXXX XXXXXXX XXXXX EN LO SUCESIVO “LA CONAFOR” Y POR OTRA PARTE EL INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES, RESPRESENTADO POR SU TITULAR LA LIC. XXXXXX XXXX XXXXXXX EN LO SUCESIVO “EL INMUJERES” A QUIENES EN CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
La Comisión Nacional Forestal se encuentra en el proceso de transformación para poner en marcha, de forma transversal a todas sus áreas, el Proyecto sobre Bosques y Cambio Climático, que tiene como objetivo el apoyar a las comunidades rurales de México para que puedan gestionar sus bosques de manera sustentable, desarrollar la organización social y generar ingresos adicionales a partir de productos y servicios forestales, incluida la reducción de las emisiones debidas a la deforestación y la degradación forestal (REDD+). Para esta actividad ha venido gestionando varios créditos y donaciones, tanto del Banco Mundial, del Global Environment Facility (GEF) y otras instancias. Para dar cabal cumplimiento al Proyecto Bosques y Cambio Climático, debe adoptar la perspectiva de género como una estrategia transversal. En el marco del cumplimiento de la legislación mexicana, que regula las actividades de las instituciones públicas con perspectiva de género, solicita la concertación del acuerdo formal de colaboración con el Instituto Nacional de las Mujeres, para efecto de beneficio mutuo en aspectos de capacitación y fortalecimiento de las capacidades previstas en el proyecto Bosques y Cambio Climático.
La Ley de Planeación señala, que la coordinación de los organismos públicos deberá llevarse a cabo como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo integral y sustentable del país y deberá tender a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, establece en su artículo 30 que la política nacional en materia forestal deberá promover el fomento y la adecuada planeación de un desarrollo forestal sustentable, entendiendo este como un proceso evaluable y medible mediante criterios e indicadores de carácter ambiental, silvícola, económico y social que tienda a alcanzar una productividad óptima y sostenida de los recursos forestales sin comprometer el rendimiento, equilibrio e integridad de los ecosistemas forestales, que mejore el ingreso y la calidad de vida de las personas que participan en la actividad forestal y promueva la generación de valor agregado en las regiones forestales, diversificando
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las alternativas productivas y creando xxxxxxx xx xxxxxx en el sector. En el párrafo II se estipula fortalecer las capacidades de toma de decisión, acción y fomento de las comunidades ante las autoridades y otros agentes productivos, de manera que puedan ejercer su derecho a proteger, conservar y aprovechar los ecosistemas forestales, de acuerdo con sus conocimientos, experiencias y tradiciones. Y en el párrafo III, dar atención integral y cercana a las y los usuarios, propietarios y poseedores forestales, en el marco del Servicio Nacional Forestal.
Las reformas a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria para institucionalizar los presupuestos con perspectiva de género son una herramienta eficaz para disminuir las brechas entre mujeres y hombres y avanzar en el cumplimiento de los derechos de las mexicanas.
El presupuesto es la herramienta básica de los gobiernos para distribuir recursos dentro de su territorio y entre los distintos grupos sociales, por ello un presupuesto que no incorpore las necesidades diferenciadas por género es un presupuesto que no sólo no es neutro, sino uno que de hecho prolonga y profundiza las desigualdades, principalmente en términos de roles, responsabilidades y sobre todo, en capacidades.
Un presupuesto sensible al género incorpora el entendimiento de cómo la distribución de recursos afecta las oportunidades de mujeres y hombres y el diseño de asignaciones presupuestales que reduzcan la brecha de desigualdad atribuible a la condición de género.
Esto implica maximizar el empoderamiento económico y político de las mujeres incluida la toma de decisiones presupuestales; un mayor involucramiento de actores sociales en la formulación de políticas públicas; un monitoreo exhaustivo del impacto del presupuesto en las condiciones de mujeres y hombres; y, por tanto, el diseño de presupuestos efectivos en la reducción de desigualdades, la dotación de capacidades productivas y la promoción del crecimiento económico nacional y el desarrollo humano.
No hay una sola parte de la actividad pública, de los programas de gobierno, donde no se requiera una perspectiva de género, por eso es fundamental que el presupuesto sea transversal. Concretamente los Artículos que fueron modificados fueron: el Primero, 27,28, 75 y 111. Con ello, el Artículo 1º. Reglamenta los artículos 74, fracción IV, 75, 126, 127 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de programación, presupuestación, aprobación, ejercicio, control y evaluación de los ingresos y egresos públicos federales. Los sujetos obligados a cumplir las disposiciones de esta Ley deberán observar que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género.
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La Ley del Instituto Nacional de las Mujeres establece en su artículo 6°, que el instituto tendrá como objetivos específicos: a) la promoción, protección y difusión de los derechos de las mujeres y de las niñas consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales ratificados por México, en particular los derechos humanos y libertades fundamentales de las mujeres; b) la promoción, seguimiento y evaluación de las políticas públicas, y la participación de la sociedad, destinadas a asegurar la igualdad de oportunidades y la no discriminación hacia las mujeres; c) la coordinación, seguimiento y evaluación de los programas, proyectos y acciones, y la concertación social indispensable para su implementación; d) la ejecución de la política de coordinación permanente entre las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como de las autoridades estatales, municipales y de los sectores social y privado en relación con las mujeres.
DECLARACIONES
1. DECLARA “LA CONAFOR” A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:
1.1 Que es un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, con sede en Zapopan, Jalisco, creado bajo la denominación de Comisión Nacional Forestal, mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 4 xx xxxxx de 2001.
1.2 Que conforme al artículo 3° del Decreto mencionado en el párrafo anterior y 22 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, tiene por objeto desarrollar, favorecer e impulsar las actividades productivas, de conservación y de restauración en materia forestal, así como participar en la formulación de los planes y programas y en la aplicación de la política de desarrollo forestal sustentable.
1.3 Que en términos de los artículos 22, fracción I y 59, fracción I, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, 21 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, 13, fracción IV, del Decreto de creación de la Comisión Nacional Forestal y 8 del Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional Forestal, el Ing. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx como su representante y en su carácter de Director General, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente Convenio de Colaboración.
1.4 Es su interés participar en el presente convenio de con el fin de coordinar acciones con “EL INMUJERES” para favorecer e impulsar la incorporación de la perspectiva de género al proyecto Bosques y Cambio Climático.
1.5 Señala como su domicilio legal el ubicado en Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xx. 0000, xxxxxxx Xxx Xxxx xx Xxxxxx, xxxxxxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxxx, X.X. 00000.
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2. DECLARA “EL INMUJERES” A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE, QUE:
2.1 Que es un organismo público descentralizado de la Administración Publica Federal, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía técnica y de gestión para el cumplimiento de sus atribuciones, objetivos y fines, de conformidad con los dispuesto por el artículo 2° de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres, publicada en el Diario oficial de la Federación de fecha 12 de enero de 2001.
2.2 Su titular, la Lic. Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx, de conformidad con lo establecido en el artículo 16, fracciones II y III, de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres, está facultada para firmar el presente Convenio de Colaboración, acreditando su personalidad jurídica con el nombramiento expedido por el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Xxxxxxx Xxxx Xxxxx.
2.3 Que su objetivo general es promover y fomentar las condiciones que posibiliten la no discriminación, la igualdad de oportunidades y de trato entre los géneros, el ejercicio pleno de todos los derechos de las mujeres y sus participación equitativa en la vida política, cultural, económica y social del país, bajo criterios de transversalidad, federalismo y fortalecimiento de los vínculos con los poderes legislativo y judicial, en sus ámbitos federal y estatal.
2.4 EI artículo 9° de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, establece la coparticipación de "EL INMUJERES" en la suscripción de convenios o acuerdos con el fin de regular y garantizar la igualdad entre mujeres y hombres, bajo los principios rectores de igualdad, la no discriminación, la equidad y todos aquellos contenidos plasmados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
2.5 Que para efectos de este Convenio señala como su domicilio el ubicado en la calle de Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx número 119, Colonia Guadalupe Inn, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, Código Postal 01020, en México, Distrito Federal.
CLAUSULAS
PRIMERA.- OBJETO. El presente convenio tiene por objeto establecer las bases generales para la colaboración entre “LAS PARTES” para la incorporación de la perspectiva de género al proyecto Bosques y Cambio Climático, por medio de Acuerdos Específicos.
SEGUNDA.- ACUERDOS ESPECÍFICOS. Para cumplir con el objeto del presente convenio, “LAS PARTES” podrán suscribir Acuerdos Específicos en los que se establezcan las actividades que deberán realizarse y las aportaciones que se realizarán por cada una de “LAS PARTES”, así como la inclusión de la perspectiva de género al Proyecto y Cambio Climático.
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Los Acuerdos Específicos que se desprendan del presente instrumento podrán suscribirse por parte de “LA CONAFOR”, previa aprobación del Director General, por el Coordinador General de Gerencias Estatales y/o el Coordinador General de Conservación y Restauración y/o el Coordinador General de Producción y Productividad y/o el Coordinador General de Educación y Desarrollo Tecnológico y/o el Gerente Estatal que corresponda. Por parte de “EL INMUJERES” podrán firmarse por cualquier Instancia de la Mujer en las Entidades Federativas. Todos los anteriores actuarán conjunta o indistintamente de acuerdo a su área operativa y ámbito de competencia.
Para el cumplimiento del objeto de los Acuerdos Específicos, podrán ser parte de los mismos, los Anexos Técnicos pactados que especificarán con toda precisión, de manera enunciativa más no limitativa, las actividades a desarrollar, presupuesto destinado, la definición xx xxxxxxx de financiamiento, las instalaciones y los equipos a utilizar; los responsables de ejecución de cada proyecto, los productos a obtener, así como el cronograma de actividades parcial y final, el calendario financiero debidamente fundamentado, la vigencia, las características, procedimientos y ámbitos de operación, los calendarios de acciones parcial y final y el cronograma de costos debidamente fundamentados.
TERCERA.- ACTIVIDADES. “LAS PARTES” acuerdan llevar a cabo una serie de acciones específicas encaminadas al cumplimiento de los objetivos señalados a continuación:
A. Establecer un Proceso de capacitación y sensibilización con Perspectiva de Género, para el
personal de “LA CONAFOR”, cuya población objetivo serán tanto las Gerencias Estatales como Oficinas Centrales. En esta tarea participará la Dirección General de Institucionalización de la Perspectiva de Género (DGIPEG) a través del Programa de Cultura Institucional (PCI) y de su área de capacitación.
B. Identificar áreas potenciales para la atención a beneficiarias, con perspectiva de género.
C. Coordinación para la asesoría y revisión de Reglas de Operación y Lineamientos de los programas del Proyecto Bosques y Cambio Climático.
D. Asesorar a las áreas técnicas para cuestiones operativas en un marco de equidad.
E. Realización de Plan Operativo correspondiente al Convenio, mismo que se revisará y/o actualizará de ser necesario anualmente.
CUARTA.- COMPROMISOS DE “LAS PARTES”. Para el eficaz cumplimiento del presente convenio “LA CONAFOR” se compromete a:
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A. Generar sistemas de estadísticas con Perspectiva de Género
B. Desarrollar indicadores de género para incorporarse a las evaluaciones de los programas, con apoyo de “EL INMUJERES”.
C. Apoyar la promoción y difusión de los diferentes programas y para acordar los eventos formativos y de sensibilización para el personal de “LA CONAFOR” en materia de género.
QUINTA.- COMPROMISOS DE “LAS PARTES”. Para el eficaz cumplimiento del presente
convenio “EL INMUJERES” se compromete a aportar el asesoramiento metodológico para:
A. Generar sistemas de estadísticas con Perspectiva de Género;
B. Proponer sistemas de monitoreo y evaluación con Perspectiva de Género
C. Transversalizar la Perspectiva de Género en los Proyectos sustentables.
X. Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx con Perspectiva de Género.
X. Xxxxxxxxxxxx y capacitar a funcionarios y funcionarias en Perspectiva de Género.
F. Revisar que los documentos normativos, así como las Reglas de Operación y Lineamientos,
cumplan con la Instrucción Gubernamental de transversalizar la Perspectiva de Género y
utilización de Lenguaje incluyente.
SEXTA.- CONTROL Y SEGUIMIENTO. “LAS PARTES”, designan como responsables del control y seguimiento del presente acuerdo, mismos que contaran con facultades para coordinar y supervisar las acciones comprometidas en el presente instrumento.
a) Por parte de “LA CONAFOR” se designa al Coordinador General de Gerencias Estatales.
b) Por parte de “EL INMUJERES”, será la Dirección General de Institucionalización de la Perspectiva de Género (PEG) a través del Programa de Cultura Institucional (PCI), el área responsable de la gestión del convenio; o en su caso por las Instancias de la Mujer en las Entidades Federativas.
SÉPTIMA.- VIGENCIA. El presente Convenio General de Colaboración, entrará en vigor el día de su firma y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2018.
OCTAVA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA. Respecto a la terminación anticipada de este convenio, las partes acuerdan que el presente podrá darse por terminado anticipadamente por una de
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ellas, previa notificación escrita a la otra que se haga con treinta días hábiles de anticipación, debiendo expresar las causas que motiven la terminación. De ser el caso, se tomaran las medidas necesarias para evitar daños y perjuicios tanto a las partes como a terceros, en el entendido de que las acciones iniciadas deberán ser continuadas hasta su total terminación.
NOVENA.-“LAS PARTES” manifiestan que las obligaciones contenidas en este instrumento, son producto de la buena fe, por lo que realizarán todas las acciones necesarias para su debido cumplimiento; en caso de duda o controversia en la interpretación y cumplimiento del mismo, se someten expresamente a la competencia de los Tribunales Federales en Materia Civil, con sede en la xxxx xxxxxxxxxxxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx, por lo que renuncian a cualquier otra que pudiera corresponderles por razón de su domicilio presente, futuro o por cualquier otra causa.
Leído que fue el presente convenio de colaboración y enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcance legal, lo firman por duplicado en la ciudad de México Distrito Federal, a 23 de septiembre de 2013.
POR “LA CONAFOR”
ING. XXXXX XXXXXXX XXXXX DIRECTOR GENERAL
POR “EL INMUJERES”
LIC. XXXXXX XXXX XXXXXXX PRESIDENTE