PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS RELATIVAS AL SERVICIO DE DIRECCIÓN LETRADA EN REPRESENTACIÓN DE PALAU DE CONGRESSOS DE PALMA, S.A.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS RELATIVAS AL SERVICIO DE DIRECCIÓN LETRADA EN REPRESENTACIÓN DE PALAU DE CONGRESSOS XX XXXXX, S.A.
1. INTRODUCCIÓN.
En fecha 22 xx xxxx de 2007 se procedió a la formalización del contrato para la construcción del complejo Palau de Congressos i Hotel xx Xxxxx entre PCP y la sociedad mercantil ACCIONA INFRAESTRUCRURAS, S.A. (de ahora en adelante, “ACCIONA INFRAESTRUCTURAS”).
No obstante lo anterior, por parte de ACCIONA INFRAESTRUCTURAS se presentó reclamación extrajudicial por daños y perjuicios por los conceptos siguientes:
- Valoraciones pendientes de fecha 23 de julio de 2014 y actualizaciones hasta 15 xx xxxxx de 2016.
- Daños ocasionados a ACCIONA INFRAESTRUCTURAS por extenderse la obra más allá de la fecha 00 xx xxxxx xx 0000.
- Xxxxxxxxxxxxxx sobre retrasos derivados del cumplimiento del contrato xx xxxxx de 2014.
- Intereses de demora en pago de certificaciones.
- Medición final y liquidación de las obras ejecutadas.
Con carácter adicional al contrato de concesión de obra pública, para la construcción, gestión y explotación del conjunto de instalaciones del Palacio de Congresos xx Xxxxx de fecha 22 xx xxxx de 2007, cabe tener en cuenta los siguientes acuerdos novatorios/modificativos sobre el mismo que se materializaron posteriormente:
- Contrato de construcción de fecha 23 xx xxxxx de 2008.
- Contrato de resolución por mutuo acuerdo del contrato de concesión de obra pública para la construcción, gestión y explotación del conjunto de instalaciones del Palacio de Congresos xx Xxxxx de 22 xx xxxx de 2007 y de novación del contrato de construcción de 23 xx xxxxx de 2008, de fecha 7 de febrero de 2011.
- Acuerdo de fecha 14 de julio de 2014, para continuación de la ejecución del Contrato de 7 de febrero de 2011.
La información y documentación anteriormente referida conforma el ANEXO I de los presentes pliegos, si bien teniendo en cuenta el volumen de la misma, su consulta deberá efectuarse presencialmente en la sede de PCP sita en Palma, XX. Xxxxxxx Xxxxxx, 00, 0x xxxxxx (Xxxxxxxx Xxxxxxxx xxx Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxx).
Ante la posible presentación de demanda judicial por parte de ACCIONA INFRAESTRUCTURAS en relación a la controversia señalada con anterioridad, y habida cuenta de la inexistencia de medios humanos para poder hacer frente a la dirección letrada en defensa de los intereses de PCP resulta necesario iniciar la licitación para la contratación del servicio indicado.
2.- OBJETO Y CARACTERÍSTICAS DE LAS PRESTACIONES.
El objeto del contrato será el asesoramiento jurídico y dirección letrada en representación de PALAU DE CONGRESSOS XX XXXXX, S.A. (de ahora en adelante, “PCP”), en relación a la eventual reclamación judicial que pudiere presentar ACCIONA INFRAESTRUCTURAS, S.A., relativa al contrato de construcción y ejecución de obra de la infraestructura Palau de Congressos i Hotel xx Xxxxx.
En consecuencia, dicho contrato comprenderá:
a) La asistencia letrada a PALAU DE CONGRESSOS XX XXXXX, S.A. en primera instancia, apelación y demás recursos que pudieren interponerse en relación a la mencionada controversia (incluyendo recursos de casación y cualquier otro tipo de recurso ordinario o extraordinario).
En particular, la redacción de todos los documentos que resulten procedentes en función del tipo de procedimiento, tales como contestación a demanda, solicitud de medidas cautelares y oposición a las solicitudes de contrario, escritos de la proposición de prueba y de conclusiones, escritos de oposición a recursos frente a sentencias presentados de contrario, escritos de preparación e interposición de recursos frente a sentencias dictadas en procedimientos en que PALAU DE CONGRESSOS XX XXXXX, S.A ha ostentado, en primera instancia, la condición de parte demandada así como la asistencia a las vistas orales que hayan de celebrarse.
b) Incluirá así mismo cualquier tipo de procedimiento extraordinario relacionado con el litigio de referencia, considerando incluidas las fases de ejecución, medidas cautelares, etcétera.
c) En todo caso, el objeto del contrato se extiende a la interposición de cualquier tipo de recurso y otras actuaciones procesales hasta la finalización del procedimiento con carácter de firmeza (incluida ejecución).
d) El contratista mantendrá una disponibilidad permanente de contacto con PALAU DE CONGRESSOS XX XXXXX, S.A, y la asesorará oralmente o por escrito en cuantas cuestiones jurídicas le sean planteadas en relación con el objeto del contrato.
e) El contratista ha de disponer de una organización propia y autonomía para la prestación de los servicios, tanto en medios materiales como humanos, sin que exista relación de dependencia alguna con PALAU DE CONGRESSOS XX XXXXX, S.A.
En cualquier caso, como mínimo habrá de contar con una plantilla de tres Abogados con un mínimo de experiencia de cinco años en el ejercicio de la profesión en las materias objeto de contratación.
Para garantía de PALAU DE CONGRESSOS XX XXXXX, S.A, deberá aportarse por el licitador compromiso escrito de que todos los integrantes del equipo de Abogados ofertados serán adscritos a la prestación directa y material delcontrato.
f) Todos los servicios a prestar se realizarán siempre respetando las normas de deontología en el ejercicio de la Abogacía, así como toda la normativa emanada tanto del Consejo General de la Abogacía Española como del Colegio de Abogados que corresponda, no pudiendo ser presionado el contratista para realizar servicios en contra de su opinión profesional, sin
perjuicio de seguir las directrices que le pueda cursar PALAU DE CONGRESSOS XX XXXXX, S.A para la mejor definición y defensa de los intereses en cuestión.
g) El o los profesionales que desempeñen la asistencia letrada en un procedimiento tendrán acceso a toda la documentación relacionada directa o indirectamente con el procedimiento en cuestión, y podrán solicitar de PALAU DE CONGRESSOS XX XXXXX, S.A copia de los documentos pertinentes para el desarrollo del servicio.
Los datos de carácter personal a que tenga acceso la asistencia letrada deberán ser utilizados exclusivamente en los procesos en que haya de surtir efectos la documentación a que estén incorporados, haciéndose responsable el contratista de su utilización con los límites y garantías previstos en la legislación vigente de Protección de Datos (Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y normativa de desarrollo de lamisma).
h) El contratista deberá atender a las consultas y/o informes que le sean requeridos y se encuentren directamente relacionados con los procedimientos sustanciados
i) El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados en ejecución delcontrato.
j) Forma parte de las obligaciones del contratista la representación procesal de PALAU DE CONGRESSOS XX XXXXX, S.A. ante Juzgados y Tribunales, que se conferirá a los Procuradores sugeridos por el contratista.
En todo caso, los licitadores deberán presentar memoria técnica en la que se detalle la metodología y plan de trabajo para el desarrollo de las prestaciones contractuales anteriormente señaladas.
Cabe señalar que, de manera orientativa, la cuantía del procedimiento judicial instado por ACCIONA INFRAESTRUCTURAS, S.A. será superior a 15.000.000, 00€.
3. EQUIPO HUMANO PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS.
Equipo humano.
La dotación mínima que el contratista ha de disponer con dedicación total según requerimientos del Contrato, para cubrir todas las actividades relacionadas es el que a continuación se transcribe:
- Tres (3) abogados en ejercicio, con una experiencia mínima de cinco (5) de ejercicio profesional.
- Adicionalmente, podrá valorarse la adscripción a la ejecución del contrato de otro personal experto de apoyo.
Todo el personal adscrito a la realización del trabajo tendrá la capacidad y preparación técnica adecuada.
4.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y RESPONSABLE DE CONTRATO.
4.1.- El órgano de contratación competente, que actúa en nombre de PALAU DE CONGRESSOS XX XXXXX, S.A. es su Consejo de Administración.
4.2.- El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la Jurisdiccióncompetente.
4.3.- La propuesta de adjudicación la efectuará una vez tramitado el procedimiento de conformidad con los Pliegos reguladores de la presente Licitación, el Director – Gerente de la entidad.
4.4.- El responsable del Contrato será el Director – Gerente de la entidad.
5.- PRECIO DEL CONTRATO.
Se establece como importe máximo de licitación por todos los servicios incluidos en el ámbito del contrato la cantidad CINCUENTA MIL QUINIENTOS EUROS (50.500,00 €) por el período de duración total del procedimiento judicial de referencia, excluido IVA. El IVA referenciado al 21% alcanza el importe xx XXXX MIL SEISCIENTOS CINCO EUROS (10.605,00 €), haciendo un total, IVA incluido, de SESENTA Y UN MIL CIENTO CINCO EUROS (61.105,00 €).
El indicado coste del servicio será la retribución del contratista, entendiéndose incluida en el mismo la totalidad de costes directos e indirectos, impuestos imprevistos, gastos de locomoción, dietas y otros, no pudiendo el contratista reclamar ninguna cantidad PALAU DE CONGRESSOS XX XXXXX, S.A. fuera del precio que se estipule tras la licitación.
En el precio quedan incluidos por tanto todos los honorarios por los servicios prestados.
Por otra parte, todas las costas que se generen en la tramitación de los asuntos judiciales serán ingresadas en PALAU DE CONGRESSOS XX XXXXX, S.A., correspondiendo sobre las mismas derecho de abono a favor de los Letrados intervinientes en la parte proporcional correspondiente descontando los honorarios ya abonados en virtud del presente contrato.
El pago del precio del contrato se realizará de la siguiente manera:
- Un 30 % del precio del contrato una vez haya sido presentado escrito de contestación a la demanda en representación de PCP.
- Un 10 % del precio del contrato una vez celebrada la audiencia previa.
- Un 30% del precio de contrato a fecha de celebración del juicio.
- El 30% restante del precio del contrato se abonará una vez adquiera firmeza la resolución judicial que finalice el procedimiento de referencia, incluyendo, en su caso, la fase de ejecución de sentencia.
6.- DURACIÓN DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN.
El inicio de la prestación del presente contrato, teniendo en cuenta su naturaleza de servicio
de dirección letrada, quedará supeditado a la efectiva reclamación judicial por parte de ACCIONA INFRAESTRUCTURAS, S.A.
PCP informará al Contratista en cuanto tenga conocimiento fehaciente de la eventual presentación de demanda judicial contra PCP objeto de la presente contratación.
El contrato tendrá un plazo de ejecución íntimamente relacionado con la duración del procedimiento judicial hasta la definitiva finalización del mismo, entendiéndose tal momento cuando se produzca la firmeza del procedimiento, incluyendo los procedimientos de ejecución correspondientes.
En el supuesto de que finalmente no se presente demanda judicial contra PCP, el contrato podrá ser resuelto por cualquiera de las partes una vez transcurridos 8 años desde la formalización del mismo.
Palma, 2 xx xxxxx de 2017.
ANEXO I
1.- Contrato de concesión de obra pública, para la construcción, gestión y explotación del conjunto de instalaciones del Palacio de Congresos xx Xxxxx de fecha 22 xx xxxx de 2007, cabe tener en cuenta los siguientes acuerdos novatorios/modificativos sobre el mismo que se materializaron posteriormente:
2.- Contrato de construcción de fecha 23 xx xxxxx de 2008.
3.- Contrato de resolución por mutuo acuerdo del contrato de concesión de obra pública para la construcción, gestión y explotación del conjunto de instalaciones del Palacio de Congresos xx Xxxxx de 22 xx xxxx de 2007 y de novación del contrato de construcción de 23 xx xxxxx de 2008, de fecha 7 de febrero de 2011.
4.- Acuerdo de fecha 14 de julio de 2014, para continuación de la ejecución del Contrato de 7 de febrero de 2011.
5.- Reclamación efectuada por ACCIONA INFRAESTRUCTURAS, S.A.
Tomando en consideración el volumen de la documentación, su consulta por parte de los interesados deberá efectuarse presencialmente en la sede de PCP sita en Palma, XX. Xxxxxxx Xxxxxx, 00, 0x xxxxxx (Xxxxxxxx Xxxxxxxx xxx Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxx).