Contrato de suministro Fecha de vigencia 18/09/2017 Versión 1.0
Fecha de vigencia | 18/09/2017 | ||
Versión | 1.0 |
Contrato de Suministro
USTED DEBE LEER EL PRESENTE CONTRATO DE SUMINISTRO Y LA DPC ANTES DE SOLICITAR, ACEPTAR, O UTILIZAR UN CERTIFICADO DE ECD GSE, LA SOLA FIRMA SOBRE ESTE DOCUMENTO IMPLICA QUE USTED HA LEIDO DETENIDAMENTE EL PRESENTE CONTRATO Y ACEPTA TODAS Y CADA UNA DE LAS ESTI PULACIONES QUE EL MISMO CONTIENE. SI USTED NO ESTÁ DE ACUERDO CON LOS TÉRMINOS DE ESTE CONTRATO NO SOLICITE, ACEPTE NI UTILICE EL CERTIFICADO DIGITAL. SI USTED ACEPTA EN LOS TERMINOS Y OBLIGACIONES INMERSAS EN EL PRESENTE CONTRATO Y SE OBLIGA A CUMPLIR LOS TERMINOS DEL MISMO Y DE LA DPC. SI USTED NO ACEPTA NO PODRA SER ADMITIDO COMO SUSCRIPTOR DE LA ECD GSE.
1. DEFINICIONES. Las siguientes definiciones son tomadas del Decreto 333 de 2014 y permiten un mejor entendimiento de los términos del presente contrato y en tal sentido hacen parte del mismo.
a) Iniciador: persona que, actuando por su cuenta, o en cuyo nombre se haya actuado, envíe o genere un mensaje de datos. b) Suscriptor: persona a cuyo nombre se expide un certificado. c) Repositorio: sistema de información utilizado para almacenar y recuperar certificados u otra información relacionada con los mismos. d) Clave privada: valor o valores numéricos que, utilizados juntamente con un procedimiento matemático conocido, sirven para generar la firma digital de un mensaje de datos. e) Clave pública: valor o valores numéricos que son utilizados para verificar que una firma digital fue generada con la clave privada del iniciador.
f) Certificado en relación con las firmas digitales: mensaje de datos firmado por la entidad de certificación que identifica, tanto a la entidad de certificación que lo expide, como al suscriptor y contiene la clave pública de éste. g) Estampado cronológico: mensaje de datos que vincula a otro mensaje de datos con un momento o periodo de tiempo concreto, el cual permite establecer con una prueba que estos datos existían en ese momento o periodo de tiempo y que no sufrieron ninguna modificación a partir del momento en que se realizó el estampado. i) Entidad de certificación cerrada: entidad que ofrece servicios propios de las entidades de certificación sólo para el intercambio de mensajes entre la entidad y el suscriptor, sin exigir remuneración por ello. j) Entidad de certificación abierta: la que ofrece servicios propios de las entidades de certificación, tales que: 1. Su uso no se limita al intercambio de mensajes entre la entidad y el suscriptor, o 2. Recibe remuneración por éstos. k) Declaración de Prácticas de Certificación (DPC): Manifestación pública de la ECD sobre las políticas y procedimientos que aplica para la prestación de sus servicios.
Las siguientes definiciones complementan y permiten una mejor compresión de los términos del contrato. a) Certificado Digital: Archivo informático generado por una ECD, previo proceso de validación de identidad del suscriptor, que asocia los datos de identidad de una persona física, organismo o empresa confirmando de esta manera su identidad digital para transacciones electrónicas, con plena validez jurídica es un mensaje firmad o digitalmente que contiene una clave pública de una persona natural o jurídica vinculada con la información suministrada por el solicitante y verificada por GSE. b) Solicitante: persona natural o jurídica que solicita un certificado. c) Validaciones: actividades realizadas al interior de la ECD que le permiten identificar plenamente a quien solicita un certificado digital. d) Autorizar un certificado: Acción ejecutada por el operador de la RA que consiste en tomar la decisión sobre la emisión de un certificado digital cuya solicitud cumplió con las validaciones y documentación requerida. e) Formulario de Solicitud: documento mediante el cual un solicitante requiere de ECD GSE la emisión de un certificado digital u otros servicios de certificación digital. f) Contrato de Suministro: Contrato de servicios mediante el cual se establecen los términos y condiciones bajo el cual actúa una persona natural o responsable de una persona jurídica. Su aceptación y firma implica la aceptación de los términos y condiciones bajo los cuales las ECD GSE presta el servicio solicitado. Este documento forma parte integral de la solicitud. g) Prácticas de Certificación: Manifestación de la ECD GSE sobre las Políticas de cada uno de los tipos certificados digitales emitidos por ECD GSE. h) Entidad de Certificación Digital (ECD): Entidad de Certificación Digital que prestan servicios de certificación digital y equivale a una Entidad Certificadora definida en la ley 527 de 1999.
2. PROCEDIMIENTO DE EMISION DE CERTIFICADOS DIGITALES. Los certificados digitales de la ECD GSE son emitidos siguiendo procedimientos de validación de identidad que incorporan procesos basados en la verificación directa y comparación de información suministrada por el solicitante del certificado digital con información de bases de dato s interna s, registros de negocios y/o en bases de datos de servicios de confirmación de identidad debidamente aprobadas por la ECD GSE. Estos Certificados pueden ser utilizados para generar firmas digitales, encriptación, y control de acceso, incluidos como prueba de identidad para transacciones. AC GSE autorizará la emisión de un certificado digital una vez se haya verificado a satisfacción la autenticidad de la información suministrada por el solicitante, en caso contrario, se abstendrá de emitir el certificado solicitado. Si la solicitud es aprobada, AC GSE emitirá el certificado de conformidad con la solicitud y las condiciones establecidas en la DPC. Si la solicitud es rechazada se le notificará esta decisión al solicitante. El solicitante acepta que ECD GSE tiene el derecho discrecional de rechazar una solicitud de certificado digital cuando a su juicio se pueda poner en riesgo la credibilidad, valor comercial, buen nombre de la ECD GSE e idoneidad legal o moral de todo el sistema de certificación, notificando la no aprobación sin necesidad de indicar las causas. Así mismo autorizoo a AC GSE para que por los medios que considere pertinentes verifique la información suministrada.
3. RESTRICCIONES DE USO. El suscriptor o responsable del certificado emitido por GSE y de la llave privada asociada, acepta las condiciones de uso establecidas en la DPC que esta publicada en el portal web de ECD GSE y es de su total conocimiento por el solo hecho de haber solicitado la emisión del certificado y solo podrá emplearlos para los usos explícitamente mencionados y autorizados en el presente contrato y en la DPC. Por consiguiente, los certificados emitidos y llave privada no deberán ser usados en otras actividades que estén por fuera de los usos menciona dos. Una vez perdida la vigencia del certificado digital, el titular está obligado a no seguir usando la llave privada asociada al mismo. Y desde ya acepta y reconoce el suscriptor que en tal sentido será el único responsable por cualquier perjuicio pérdida o daño que causa a terceros por el uso de la llave privada una vez expirada la vigencia del certificado. GSE no asume ningún tipo de responsabilidad por los usos no autorizados. En el caso de los certificados de servidor, el responsable se hace cargo del uso del certificado digital y no debe utilizar el certificado en nombre de otra empresa o realizar operaciones de clave pública o privada relacionadas con un nombre de dominio o nombre de otra empresa diferente al dominio incluido en el formulario de solicitud.
4. REVOCACION El suscriptor o responsable reconoce y acepta que los certificados deben ser revocados cuando ocurra cualquiera de las siguientes circunstancias: a) Solicitud voluntaria del Suscriptor o Responsable.
b) Divulgación voluntaria o involuntaria de la llave privada. c) Compromiso de la llave privada del Suscriptor o Responsable por pérdida, hurto o daño. d) Xxxxxxx, hurto o daño del dispositivo físico del Certificado. e) Fallecimiento del suscriptor o responsable, incapacidad sobreviniente, total o parcial. f) Conocimiento de eventos que modifiquen el estado inicial de los datos suministrados, tales como; terminación de la Representación Legal, terminación del vínculo laboral, liquidación y/o extinción de la persona jurídica, entre otros. g) En cualquier momento que se evidencie falsedad en los datos suministrados por el solicitante. h) Terminación de actividades del prestador de servicios de certificación salvo que los certificados emitidos sean transferidos a otro prestador de servicios. i) Compromiso de la llave privada de la ECD por pérdida, robo, hurto o daño. j) Pérdida, hurto o daño del dispositivo físico del Certificado de la ECD. k) Por incumplimiento por parte de la ECD o el Suscriptor o responsable de las obligaciones establecidas en la DPC. l) Uso indebido de la llave privada del suscriptor de conformidad con lo expuesto en la DPC. m) Por orden judicial o de entidad administrativa competente. n) Por incumplimiento en el pago de los valores por los servicios de certificación, acordados entre el solicitante y ECD GSE. No obstante, las causales anteriores, la ECD GSE, también podrá revocar certificados cuando a su juicio se pueda poner en riesgo la credibilidad, valor comercial, buen nombre de GSE e idoneidad legal o moral de todo el sistema de certificación.
5. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE ECD G S E. Como entidad de prestación de servicios de certificación está obligada según normativa vigente y en lo dispuesto en las Políticas de Certificación y en esta DPC a:
a) Respetar lo dispuesto en la normatividad vigente, en esta DPC y en las Políticas de Certificación PC. b) Publicar la DPC y cada una de las Políticas de Certificación en la página Web de GSE. c) Publicar las nuevas versiones de la DPC en la página Web de GSE. d) Proteger y custodiar de manera segura y responsable su llave privada. e) Emitir certificados conforme a las Políticas de Certificación y a los estándares definidos en la DPC. f) Generar certificados de conformidad con la información suministrada por el solicitante. g) Conservar la información sobre los certificados emitidos de conformidad con la normatividad vigente. h) Emitir certificados cuyo contenido mínimo este de conformidad con la normativa vigente para los diferentes tipos de certificados. i) Publicar los certificados emitidos en un repositorio de acceso libre. j) No mantener copia de la llave privada del suscriptor o responsable. k) Revocar los certificados según lo dispuesto en la DPC. l) Publicar los certificados revocados en la lista de certificados revocados CRL. m) Informar a los suscriptores o responsables la revocación del certificado digital de conformidad con la política de revocación de certificados digitales.
6. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL SUSCRIPTOR O RESPONSABLE. El suscriptor o responsable como titular de un certificado digital está obligado a cumplir con lo dispuesto por la normativa vigente y además a:
a) Suministrar la información requerida en el formulario de solicitud para facilitar su oportuna y plena identificación. b) Garantizar la exactitud y veracidad de la información suministrada. c) Custodiar de manera responsable su llave privada. c) Usar el certificado de conformidad con las Políticas de Certificación de cada tipo de certificado establecidas en la DPC. d) Cumplir con los términos y condiciones aceptadas al momento de solicitar servicios de certificación digital. e) Informar durante la vigencia del certificado digital cualquier cambio en los datos suministrados para la emisión del certificado. f) Solicitar de manera inmediata la revocación de un certificado digital, cuando tenga conocimiento que existe una causal definida en la DPC. g) No hacer uso de la llave privada ni del certificado digital una vez cumplida su vigencia o se encuentre revocado. h) El suscriptor o responsable al firmar este contrato acepta los términos de uso y condiciones del servicio especificadas en la DPC de la E C D GSE, y en el presente contrato de prestación de servicios de certificación digital. i) Al adquirir el certificado digital con GSE, el suscriptor se obliga a conocer y enviar el contrato de suministro aceptado.
7. MODIFICACIONES. El suscriptor acepta que, durante la vigencia del presente documento, ECD GSE en cualquier momento podrá modificar los términos y condiciones, así como cambiar los servicios ofrecidos. Sin embargo, ECD GSE notificará en su página Web con 30 días de anticipación a la aplicación de las modificaciones e indicando los términos, condiciones y servicios modificados al presente contrato, vencido este plazo los términos modificados entrarán en vigor. El suscriptor está obligado a revisar periódicamente en la página Web de ECD GSE, tanto la DPC y este documento y dentro de los 15 días siguientes anteriores a la entrada en vigor de las modificaciones introducidas deberá comunicar por e- mail si no acepta las mismas; en ese caso quedará disuelto el vínculo contractual y será REVOCADO el certificado digital. Vencido este plazo, se considerará que El suscriptor acepta los nuevos términos y el acuerdo continuará vinculando a ambas partes. Todo lo anterior dentro de los límites legales establecidos para las entidades de certificación.
8. MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE DIFERENCIAS. Si por alguna razón surgiere alguna diferencia con ocasión del presente documento, la parte interesada notificará la existencia de dicha diferencia a la otra, a fin de que, dentro de los 15 días siguientes a dicha notificación, se busque llegar a un arreglo directo entre ellas. Finalizado dicho período s in que se llegue a un acuerdo, las partes quedaran en la libertad de acudir ante la justicia ordinaria para hacer valer sus derechos y/o exigencias. La jurisdicción aplicable será la del territorio de Colombia independientemente de la nacionalidad o domicilio del suscriptor. Las partes fijan como domicilio contractual, para efectos judiciales, la ciudad de Bogotá.
9. MECANISMO PARA PQRS Y APELACIONES. Los suscriptores o responsables y en general cualquier interesado podrá acceder al portal web xxx.xxx.xxx.xx o remitir un correo electrónico a xxxx@xxx.xxx.xx, para dejar sus peticiones, quejas, reclamos, solicitudes, denuncias, felicitaciones y apelaciones.
10. NO TRANSFERENCIA Los derechos del presente contrato no pueden ser transferidos a terceros bajo ninguna circunstancia.
11. NOTIFICACIONES Toda correspondencia o notificación debe ser dirigida a la Xxxxx 00 Xx. 0-00 xxxx 0 xxxxx X - Xxxxxx, Xxxxxxxx.
12. VIGENCIA. El periodo de vigencia del presente Contrato de suministro inicia desde el momento en que el solicitante envía la solicitud a ECD GSE y termina cuando pierde vigencia el certificado o si ocurriere, hasta la revocación del mismo. Igualmente, el presente contrato pierde vigencia en el momento que el suscriptor o responsable incumpla con las obligaciones del presente documento o con la Declaración de Prácticas de Certificación.
13. PRIVACIDAD Y USO DE DATOS PERSONALES. El suscriptor o responsable se obliga a suministrar la información contenida en el certificado digital, así como suministrar la información suficiente para validar la autenticidad de la misma. Mediante el suministro de sus datos personales en el formulario de registro y/o formulario de solicitud del servicio requerido y/o firma del presente Contrato, usted autoriza a ECD GSE para la recolección, almacenamiento y uso de los mismos con la finalidad de llevar a cabo las validaciones necesarias de autenticidad p ara emitir, autorizar productos y servicios de certificación digital, así como para fines comerciales relacionados con los mismos. GSE conservará la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, u so o acceso no autorizado o fraudulento de conformidad con la Ley 1581 del 17 de octubre de 2012 de Protección de Datos Personales como en su Decreto Reglamentario 1377 de 2013, el suscriptor o responsable como titular de la información tiene derecho a conocer, actualizar y rectificar sus datos personales, solicitar prueba de la autorización otorgada para su tratamiento, ser informado sobre el uso que se ha dado a sus datos personales, presentar quejas ante la Superintendencia de Industria y Comercio por infracciones a la ley en mención y las demás normas que la modifiquen, adicionen o complementen, revocar la autorización y/o solicitar la supresión de la información cuan do no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales, y acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de tratamiento. Adicionalmente el suscriptor o responsable autoriza de manera expresa e irrevocable a GSE o a quien represente sus derechos u ostente en el futuro a cualquier título la calidad de acreedor, a consultar, solicitar información que se refiere a mi comportamiento crediticio, financiero y comercial a la Central de Información Financiera CIFIN que administra la Asociación Bancaria y de Entidades Financieras de Colombia o a quien represente sus derechos.
14. POLITICA DE IMPARCIALIDAD. La ECD GSE se compromete a manejar en el marco de sus actividades comerciales la política corporativa de imparcialidad, la cual es de carácter transparente y podrá ser constatada en la página web de la compañía xxx.xxx.xxx.xx, por lo cual garantizará a su vez que en el desarrollo de sus actividades no permitirá presiones exógenas de índole comercial, financiera u otras comprometan la calidad del servicio prestado. De igual forma la ECD GSE garantiza que el personal de apoyo contratado por la compañía para la ejecución del servicio contratado es idóneo para el desempeño de sus funciones y no presenta ningún tipo de inhabilidad e incompatibilidad que atenten contra la continuidad de la actividad desarrollada por las partes suscribientes.
DECLARO QUE COMO SUSCRIPTOR HE RECIBIDO TODA LA INFORMACION NECESARIA SOBRE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CERTIFICACION DIGITAL DE ECD GSE Y QUE ESTOY DE ACUERDO CON TODAS Y CADA UNA DE LA ESTIPULACIONES DEL PRESENTE CONTRATO Y DISPOSICIONES DE LA DPC.
Firma del Representante Legal / Jefe Inmediato / Supervisor del Contrato | Firma del Suscriptor o Responsable. |
Nombre y Apellido: | Nombre y Apellido: |
Número de Identificación: | Número de Identificación: |
Fecha de Firma: | Fecha de Firma: |