NUMERO DEL CONTRATO:
NUMERO DEL CONTRATO:
CONTRATO: PRESTACIÓN DE SERVICIOS
CONTRATANTE: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA XX XXXXXXX
CONTRATISTA: _
VALOR: $.000, oo
FECHA: de de 2015
Entre los suscritos a saber XXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, identificado con la cédula de ciudadanía No. 10.098.659, quien obra como Rector en representación de la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA XX XXXXXXX, ente autónomo universitario creado por la Ley 41 de 1958, vinculado al Ministerio de Educación Superior, designado como Rector, mediante Resolución No. -
---- del ------------------------, y quien en este acto se denominará EL CONTRATANTE y el señor (a) xxxxxxxxxx con Cédula de Ciudadanía No xxxxxx representante legal de la firma xxxxxxxx. NIT. xxxxxx, inscrita en el Registro Único de Proponentes bajo el Número …. del .. de …. de ….. y quien se llamará EL CONTRATISTA se ha celebrado el presente Contrato que hace parte de la invitación GTH 01 de 2015–“ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL TEMPORAL QUE REALICE DIVERSAS ACTIVIDADES DE TIPO OPERATIVO, TÉCNICO Y PROFESIONAL EN LOS
PROYECTOS ESPECIALES E INSTITUCIONALES”, el cual consta de las siguientes cláusulas:
PRIMERA. OBJETO. | ………………………l Administración de personal temporal que realice diversas actividades de tipo operativo, técnico y profesional en los proyectos especiales e institucionales, según las condiciones del presente pliego y sus anexos. | ||||
SEGUNDA. VALOR DEL CONTRATO. | Para todos los efectos legales el valor TOTAL del presente contrato es hasta por la suma de ($515.000.000.oo) IVA incluido; el cual incluye el % de administración. El presente contrato podrá reajustarse a través de Otrosi según las necesidades de la Universidad. | ||||
TERCERA. IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL. | CÓDIGO | NOMBRE | VALOR | ||
511 | OPERACIÓN COMERCIAL (Proyectos Especiales) | $495.000.000 | |||
113-705-2-11 | Servicios personal Outsourcing | $ 20.000.000 | |||
TOTAL | $515.000.000 | ||||
CUARTA. VIGENCIA DEL CONTRATO. | El presente contrato tendrá una duración contada a partir de la firma del acta de inicio previa perfeccionamiento y legalización hasta el 29 de Febrero de 2016. | ||||
QUINTA. FORMA DE PAGO. | El contratante se compromete a pagar la anterior suma a través de actas parciales previa certificación por parte del supervisor. PARAGRAFO: Para hacer efectivo el pago deberá acreditar los pagos correspondientes al Sistema de Seguridad Social Integral y Riesgos Profesionales cuando a ello hubiere lugar, previa presentación de la factura y sus soportes. | ||||
SEXTA. OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE. | El Contratante se compromete a: 1) Pagar al Contratista en la forma estipulada en la cláusula Quinta; 2) Suministrar la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones de El contratista. | ||||
SÉPTIMA. | El contratista se obliga para con el Contratante a: a) Cumplir con el |
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. | objeto del contrato atendiendo las recomendaciones que para el efecto imparta la supervisión; b) Manejar con carácter reservado toda la información que conozca por razones del presente contrato; c) Garantizar la mayor eficiencia en las actividades a desarrollar con ocasión del presente contrato; d) Informar oportunamente la ocurrencia de hechos que afecten el normal desarrollo del objeto contractual; e) El contratista se compromete para con La Contratante a afiliarse al régimen de seguridad social integral vigente en Colombia y presentar al supervisor los formularios de afiliación al inicio y los que requiera a medida que avanza la ejecución del servicio y a estar al día en dichos aportes; cualquier diferencia o incumplimiento a este numeral será responsabilidad única de El contratista; f) El contratista reconoce que todos los productos y trabajos derivados de la ejecución del objeto contractual son de propiedad del contratante; g) El contratista se compromete a cumplir todas las disposiciones legales y supranacionales que regulan la propiedad intelectual; h) El contratista deberá mantener a la Universidad libre de toda pérdida y todo reclamo, demanda, pago, litigio, acción legal, reivindicaciones y fallo de cualquier especie y naturaleza que se entable por causa de acciones u omisiones en el que incurra durante la ejecución del contrato o en la guarde del mismo; i) Atender las diferentes solicitudes que requiera el contratante o que el supervisor del contrato le solicite para la mejor prestación del servicio; j) El contratista deberá perfeccionar y legalizar el contrato en el término establecido para ello, so pena de que se configure un incumplimiento; k) A no realizar ninguna actividad a nombre de la contratante antes del perfeccionamiento y legalización del presente contrato; l) Informar oportunamente la ocurrencia de hechos que afecten el normal desarrollo del objeto contractual |
OCTAVA. DOCUMENTOS QUE HACEN PARTE INTEGRAL DEL PRESENTE CONTRATO. | Los siguientes documentos hacen parte integral del contrato: a) Solicitud elaboración contrato. a) Hoja de vida; b) RUT; c) Acta de iniciación; d) Actas parciales; e) Actas final de pago; f) Copia del Acto administrativo actualizado mediante el cual se autoriza el funcionamiento de la organización, como Empresa Temporal Expedida por el Ministerio de Trabajo; g) La póliza de garantía a favor de los empleados en misión para asegurar el pago de sus salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones, en caso de iliquidez de la Empresa de Servicios Temporales la cual deberá depositarse en el Ministerio de Trabajo, requisito exigido por el artículo 17 del Decreto 4369 del 4 de diciembre de 2006, h) Los demás documentos que se crucen entre las partes. |
NOVENA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. | El contratista declara bajo la gravedad del juramento que se entiende prestado con la firma del presente contrato, que no se encuentra incurso dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad establecidas en la Constitución Política y en la Ley. |
DÉCIMA. CESIÓN DEL CONTRATO. | El contratista no podrá ceder o traspasar el presente contrato a persona alguna, natural o jurídica. |
DÉCIMA PRIMERA. GARANTÍA ÚNICA. | El Contratista deberá constituir Póliza Única que ampare lo siguiente: 1. Cumplimiento: Equivalente al 10% del valor del Contrato y por un término igual a su vigencia y cuatro (4) meses más. 2. Pago de Salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones: equivalente al 5% del valor del contrato por un término de duración del contrato y tres años más. 3. Calidad del Servicio: Por el 25 % por ciento del valor total del contrato, por todo el término de duración del contrato y dos meses más. 4.- La póliza de garantía a favor de los empleados en misión para asegurar el pago de sus salarios, prestaciones sociales e |
indemnizaciones, en caso de iliquidez de la Empresa de Servicios Temporales la cual deberá depositarse en el Ministerio de Trabajo, requisito exigido por el artículo 17 del Decreto 4369 del 4 de diciembre de 2006. En todo caso las garantías se mantendrán vigentes hasta la liquidación del contrato o el aviso de cumplimiento a satisfacción de la Universidad, según el caso. PARÁGRAFO I: La fecha en la que se inicia la vigencia xxx xxxxxx de la póliza, debe ser igual a la fecha de expedición de la misma. | |
DÉCIMA SEGUNDA. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. | El Contratista responde por el cumplimiento pleno de sus obligaciones según el presente contrato y por las normas que rigen este tipo de servicio. |
DÉCIMA TERCERA MULTAS. | El Contratante podrá imponer multas al Contratista en caso de incumplimiento parcial o total. Igualmente podrá cubrir el valor de las multas directamente y sin autorización del Contratista, de las sumas que le adeude a éste, por el incumplimiento en el tiempo de entrega y según lo estipulado en el Pliego de Condiciones. Las multas serán equivalentes al cero cinco por ciento (0.5%) del valor de la parte demorada o incumplida por cada día de atraso, sin que el total de las multas impuestas exceda del 10% del valor del contrato. |
DÉCIMA CUARTA. CLÁUSULA PENAL PECUNARIA | En caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento del presente contrato, el Contratista pagará al Contratante la suma equivalente al 10% del valor del Contrato. Por el pago de dicha suma no se extinguirá la obligación principal. |
DÉCIMA QUINTA. EFECTIVIDAD DE LAS GARANTÍAS. | El Contratante podrá hacer efectivas las garantías de que habla la cláusula Décimo Primera, total o parcialmente, cuando a su juicio El Contratista hubiere incumplido cualquiera de las obligaciones pactadas en este Contrato. Esto sin perjuicio de lo estipulado en la cláusula Décimo cuarta. (Clausula Penal Pecuniaria). |
DÉCIMA SEXTA: CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO | Son causales para dar por terminado el presente contrato: a) Cuando las exigencias del servicio lo requieran o la situación de orden público lo imponga; b) Por interdicción judicial o declaración de quiebra de El contratista; c) Por cesación de pagos, concurso de acreedores o embargos judiciales de El contratista que afecten de manera grave el cumplimiento del contrato; d) Por mutuo acuerdo de las partes; e) Por incumplimiento de El contratista a cualquiera de las cláusulas del contrato. |
DÉCIMA SEPTIMA EXCLUSION DE RELACIÓN LABORAL | Queda claramente establecido que el presente contrato es un acuerdo de voluntades que por su naturaleza no origina relación laboral alguna entre las partes. |
DÉCIMA OCTAVA LEGALIZACIÓN. | Para su legalización se requiere: 1. Aprobación de las Garantías a que se refiere la Cláusula Décima Primera, cuando a ello hubiere lugar; 2. Anexar el RUT. 3. Presentación de las afiliaciones de Seguridad Social Integral. 4. El contratista de manera escrita deberá indicar Banco y Cuenta donde se consignaran los pagos del presente contrato. PARAGRAFO. El contratista cuenta para la legalización, con OCHO (08) días hábiles, contados a partir de la fecha del oficio remisorio enviado por la Universidad, xxxxxx que se configure en inexistente. |
DÉCIMA NOVENA. SUPERVISIÓN | El Contratante designa como supervisor a identificado con cédula de ciudadanía No. en su calidad de o quien haga sus veces, quien deberá cumplir como supervisor, con las siguientes funciones: Adelantar los trámites de perfeccionamiento y legalización de este contrato, suscribir conjuntamente con El contratista el Acta de Iniciación, las Actas Parciales de Pago y el Acta de Final de pago, velar por la obtención de los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales de El contratista; además: a) Vigilar el cumplimiento del Contrato; b) Presentar las |
observaciones que juzgue conveniente; c) Recibir, verificar y aprobar, de considerar que se cumple con el objeto contratado, los artículos suministrados por El contratista; d) Certificar el cumplimiento del objeto contratado para proceder al respectivo pago; e) Estar atento a la fecha de vencimiento del Contrato, a fin de determinar de acuerdo con las necesidades del servicio, la suscripción de eventuales adiciones, prórrogas o terminación del mismo; f) Resolver las dudas que tenga El contratista; g) Suministrar oportunamente la información que posea a la Universidad y que sirva al contratista para el desarrollo del objeto contractual; h) Informar al señor Rector en caso de incumplimiento, para efectos de aplicación de multas y sanciones, según lo estipula en el Contrato Cláusula Décimo Tercera: Multas; i) Verificar que el Contratista se encuentre cotizando al sistema de seguridad social integral y se encuentre x xxx y salvo con aportes parafiscales cuando haya lugar; j) Verificar que El contratista legalice el contrato en el término estipulado para ello e informar el incumplimiento de tal disposición; k) Impedir que El contratista ejecute el Contrato sin estar debidamente legalizado; l) Las demás señaladas en la ley 1474 de 2011; m) Las demás que se requieran para el cabal cumplimiento del objeto del Contrato. | |
VIGESIMA. IDEMNIDAD. | El contratista mantendrá indemne al contratante, de los reclamos, demandas, acciones legales o costos que se generen por daños y lesiones causadas a personas o propiedades de terceros, ocasionados por El contratista durante la ejecución del contrato.. |
VIGESIMA PRIMERA. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE | El presente contrato se regirá por las normas del derecho privado y en especial por el Estatuto de Contratación del contratante – Acuerdo 05 de 2009 y sus modificaciones. |
VIGÉSIMA SEGUNDA: DERECHOS DE AUTOR Y CONFIABILIDAD | El contratista reconoce a el contratante los derechos patrimoniales que se deriven de obras, textos, software, diseños, metodologías, procesos o productos o demás creaciones objeto de la producción intelectual que surja con ocasión del presente contrato. Así mismo el contratante le reconocerá los derechos xxxxxxx que le asistan al contratista por su producción intelectual en la ejecución de este contrato. Igualmente El contratista se abstendrá de divulgar, publicar o comunicar a terceros, por cualquier medio y de utilizar para fines distintos a los propios de este contrato, cualquier información que sea catalogada como importante y confidencial por el contratante y que conozca en virtud de la ejecución del presente contrato o por cualquier causa. |