CONTRATO DE COMPRA VENTA
CONTRATO DE COMPRA VENTA
Señor Notario:
Sírvase usted extender en su registro de Escrituras Públicas una de COMPRAVENTA que celebran de una parte la
EMPRESA DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA DEL SUR S.A. EN LIQUIDACIÓN, con RUC N° 20216293321, con
domicilio en ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ y Departamento de Lima, debidamente representada por doña ▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, identificada con DNI ▇▇▇▇▇▇▇▇ y por ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, identificado con DNI Nº ▇▇▇▇▇▇▇▇, cuyos poderes se encuentran debidamente inscritos en la partida electrónica N° ▇▇▇▇▇▇▇▇ del Registro de Personas Jurídicas de Arequipa, a quien en adelante se denomina LA VENDEDORA; y de la otra parte el señor ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇, con domicilio en Mz. A, Lote 1, Asentamiento Humano San ▇▇▇▇▇▇▇▇ III, Distrito de San ▇▇▇▇ de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima, identificado con D.N.I. Nº 10513885, de estado civil soltero a quien adelante se denominará EL COMPRADOR, de acuerdo a los siguientes términos y condiciones:
PRIMERO: SOBRE EL INMUEBLE
LA VENDEDORA es propietaria del inmueble constituido por el ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇- ▇▇▇▇▇ “▇”, ▇▇▇▇▇▇ “B”, Primer Piso del Centro Comercial Unicentro ubicado en Plaza Unión esquina con la ▇▇. ▇▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇, el mismo que se encuentra debidamente inscrito en la ficha 1168647 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima y Callao – Zona registral N° IX, Sede Lima, que continúa en la partida electrónica N° 40487565 de dicho registro.
SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO Y CONDICIONES
Mediante Acuerdo de Junta Liquidadora en su sesión de fecha ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ directa del local comercial al que se refiere la cláusula anterior a favor de EL COMPRADOR, quien presentó a LA VENDEDORA una oferta de compra del indicado predio, ascendente a la suma de US$ 3,500,00 (Tres mil quinientos y 00/100 Dólares Americanos).
Por el presente contrato, LA VENDEDORA da en venta real y enajenación perpetua a EL COMPRADOR, el inmueble descrito en la cláusula primera.
Asimismo, las partes declaran que la venta del inmueble se realiza “ad corpus” y comprende el local comercial con sus usos, costumbres y todo por cuanto de hecho y por derecho le corresponde No obstante ello, las partes hacen renuncia expresa a cualquier reclamación en relación a las diferencias que pudieran detectarse respecto a sus extensiones y cualquier otro asunto, haciéndose mutua y recíproca donación de cualquier diferencia, de conformidad con el Art. 1577 del Código Civil.
Las partes declaran conocer que el inmueble no cuenta con instalaciones eléctricas ni sanitarias, quedando por cuenta de EL COMPRADOR realizar las referidas instalaciones si lo considera conveniente.
EL COMPRADOR exonera a LA VENDEDORA de la obligación de saneamiento por evicción a que hubiere lugar, de conformidad con el artículo 1489º y el inciso 4 del artículo 1500 del Código Civil y renuncia expresamente a solicitar la devolución de parte de LA VENDEDORA de la contraprestación recibida de acuerdo a lo previsto por el artículo 1497º del Código Civil.
TERCERO: PRECIO
EL COMPRADOR adquiere el inmueble por el precio de US$ 3,500,00 (Tres mil quinientos y 00/100 Dólares Americanos). Dicho monto ha sido pagado íntegramente a la suscripción del presente instrumento, a entera satisfacción de LA VENDEDORA, mediante transferencia bancaria de fecha 19.08.2005 a la Cuenta Nº 0011-0223- 55-0100016187 de LA VENDEDORA en el Banco Continental por un monto de US$ 2,925.00 y pago en efectivo por
la suma de US$575 en el cual no se han utilizado medios de pago, de lo cual se deja constancia de acuerdo a lo establecido en la Ley 28194 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2004-EF.
Las partes declaran que existe justa y perfecta equivalencia entre el precio pactado y el inmueble enajenado, haciéndose, sin embargo, mutua gracia y recíproca donación de cualquier exceso o diferencia que pudiera existir y que ahora no perciben, conforme a lo estipulado en la cláusula precedente.
CUARTO: ENTREGA DEL INMUEBLE
EL COMPRADOR declara haber recibido a la firma del presente documento las llaves y la posesión del inmueble materia de la venta, declarando que lo ha recibido conforme y renunciando a cualquier reclamo posterior sobre su estado o condición.
QUINTO: GASTOS
Serán de cuenta de EL COMPRADOR el pago de los derechos notariales y registrales que origine esta minuta, incluyendo un Testimonio para LA VENDEDORA, el que deberá ser entregado a ésta en un plazo no mayor de 30 (treinta) días naturales de suscrito el contrato.
Las partes acuerdan que todo trámite de independización y subdivisión y todo gasto de índole notarial y registral, así como el pago del Impuesto de Alcabala o de cualquier otro tributo, corren por cuenta y cargo de EL COMPRADOR.
SEXTO: DOMICILIO Y NOTIFICACIONES
Las partes señalan sus domicilios en los lugares indicados en la introducción del presente contrato. Cualquier comunicación o notificación deberá ser cursada a dichos domicilios por escrito. En caso de cambio de domicilio, para que el mismo tenga efecto y validez legal, deberá comunicarse a la otra parte por escrito con cargo o constancia de recepción, y a la mayor brevedad posible.
En caso contrario, cualquier comunicación hecha al anterior domicilio se entenderá válidamente efectuada y surtirá plenos efectos legales.
SETIMO: JURISDICCION
En caso de presentarse cualquier asunto dudoso o litigioso derivado de la interpretación, aplicación o ejecución del presente contrato, las partes renuncian expresamente al fuero de sus domicilios y se someten a la jurisdicción de los jueces y tribunales del Cercado de Lima, señalando para tal efecto las direcciones indicadas en la parte introductoria del presente instrumento.
Agregue usted, señor ▇▇▇▇▇▇▇, las demás cláusulas que fueren ▇▇ ▇▇▇, haga los insertos correspondientes, eleve la presente a Escritura Pública, y sírvase cursar los partes correspondientes para su inscripción al Registro de Propiedad Inmueble de Lima y Callao.
Suscrito en Lima por duplicado en fecha
