Abecé de la negociación de la prórroga del contrato de la Nación con Minas Paz del Río
Abecé de la negociación de la prórroga del contrato de la Nación con Xxxxx Xxx del Río
Bogotá D.C., 14 de enero de 2013. La Agencia Nacional de Minería elaboró un abecé sobre la negociación de la prórroga del contrato de la Nación con Paz del Río, el cual incluye los argumentos de la negociación, criterios de actualización, inclusión de criterios cualitativos en el acuerdo y beneficios sociales, ambientales y laborales, entre otros.
La empresa Xxxxx Xxx del Rio (MPDR) tiene derechos de extracción de carbón en el departamento de Boyacá otorgados mediante el contrato 070 de 1989 con vencimiento en 2019, el cual permite la posibilidad de una prórroga por un término adicional de 20 años.
Adicionalmente Xxxxx Xxx del Rio cuenta con el contrato 006 de 1985 que le permite la extracción de mineral xx xxxxxx y caliza en la misma zona, el cual cuenta con la posibilidad de prórroga por 20 años.
En el 2009 se autorizó a Xxxxx Xxx del Rio de comercializar carbón el cual era ya que anteriormente era de único uso de acerías Paz del Rio.
El proyecto que incluye mejores tecnológicas y una solución logística, permitiría al país empezar a aprovechar el potencial minero de carbón metalúrgico de alta calidad del centro del país y exportarlo a mercados internacionales.
Argumentos para la negociación
Bajo el nuevo esquema que define contratos mineros más rigurosos con mayores beneficios para el país, el Gobierno Nacional ha llegado a un acuerdo, con Xxxxx Xxx del Río (MPDR), para la prórroga de sus contratos de explotación de carbón y hierro en el departamento de Boyacá, siguiendo los parámetros de mejora en las condiciones sociales, ambientales, jurídicas y económicas de los mismos bajo lineamientos internacionales.
Adicionalmente teniendo en cuenta la necesidad de aprovechar al máximo el potencial minero existente en el departamento de Boyacá, particularmente de las reservas de carbón metalúrgico, el acuerdo viabiliza una inversión tecnológica cercana a 2 billones de dólares, dando lugar a un incremento considerable de la capacidad de producción de la mina. Estos cambios junto a una solución logística permitirán la exportación de carbón desde esta zona del país.
El desarrollo del proyecto de expansión permite la inclusión de pequeños mineros de la zona a través de un proceso de formalización que requiere inversión por parte de la empresa que se desarrollará en coordinación con el Ministerio de Minas y Energía y la ANM.
Criterios de actualización del acuerdo
Para la actualización del acuerdo se tuvieron en cuenta variables cualitativas y cuantitativas, donde adquieren una mayor relevancia los aspectos sociales y ambientales en concordancia con los parámetros internacionales para el sector de la industria extractiva. En ese sentido, las condiciones económicas de compensación para el Estado se incrementan.
En el caso de Xxxxx Xxx del Rio, el gobierno planteó un acuerdo condicionado a variables objetivas en donde se ejecuta la opción de prórroga hasta el año 2039, con la condición que la empresa logre incrementar su producción de carbón metalúrgico a 2.5 millones de toneladas al año en los próximos 7 años.
Los criterios generales de actualización del acuerdo son:
1. Incorporación de variables cualitativas y cuantitativas dentro del contrato
2. Condicionamiento de la prórroga de 2019 hasta 2039 a variables objetivas. Aumento de la producción de cerca de 200 mil toneladas año a 2.5 millones de toneladas año hasta el 2019
3. Actualización del marco jurídico a las condiciones actuales.
4. Mayores controles de manejo ambiental
5. Incremento en las compensaciones económicas para el Estado
6. Inversión social sostenible obligatoria en el área de influencia
7. Mejora de todas las condiciones a partir del momento de la firma del acuerdo en 2013.
De esta manera, el Gobierno tiene la posibilidad de mejorar la totalidad de las condiciones contractuales a partir del 2013.
Análisis de no prórroga
En 1989 se fijaron las condiciones que rigen el contrato 070-89 el cual tiene vigencia hasta el año 2019. Estas condiciones no obedecen a las exigencias sociales, ambientales ni jurídicas actuales de la industria minera. Sin una negociación en 2012, dicho contrato continuaría vigente hasta entonces, bajo las condiciones pactadas hace 23 años.
Las condiciones del contrato son:
1. Participación económica del estado por pago de regalías de 10% para producciones inferiores a 3 millones de toneladas al año y 35% de impuesto xx xxxxx (como cualquier otra empresa minera)
2. Capacidad de producción menor de 3 millones de toneladas al año
3. Inversión social voluntaria por parte de la empresa
4. Sanciones y garantías de cumplimiento con valores de 1989 sin factores de actualización anual
De continuar la ejecución normal del contrato, la Nación pierde la oportunidad de mejorar, a partir del 2013, sus condiciones económicas de participación y aumentar las exigencias sociales, ambientales y jurídicas del contrato.
Inclusión de criterios cualitativos en el acuerdo
La modificación de estos contratos refleja un enfoque integral que considera aspectos sociales, ambientales, jurídicos y económicos, de manera articulada.
Los aspectos sociales y ambientales cobran mayor relevancia dentro del acuerdo en donde de manera contractual se establecen parámetros para su ejecución.
Con la rendición de cuentas se fortalece el rol de los diferentes grupos de interés incluyendo a las comunidades y las autoridades frente a la planeación, seguimiento y control de los compromisos de la empresa.
Este proceso incluirá en sus mecanismos permanentes de rendición de cuentas información completa y exhaustiva relacionada con: impactos en la salud y seguridad de los trabajadores y habitantes del entorno, la gestión de los derechos humanos, los acuerdos con sindicatos y los beneficios a la comunidad y a sus colaboradores.
La empresa asegurará que a lo largo de su operación se gestionen las condiciones sociales, laborales y ambientales que conlleven al desarrollo sostenible de la industria en la región.
En ese objetivo, la empresa en coordinación con entidades de salud, realizará los estudios pertinentes que definan una línea de base que le permitan a ella y a la comunidad establecer y comunicar los impactos de su operación en la salud y seguridad de las comunidades.
Las inversiones sociales que la empresa realice deben tener condiciones de sostenibilidad y estar alineadas con los planes del gobierno nacional, departamental y municipal.
Por otra parte, es el primer contrato minero que incorpora un plan de formalización que pretende incluir a los pequeños mineros tradicionales de la región promoviendo la sostenibilidad del proyecto.
Mayores ingresos para la Nación
Bajo el nuevo acuerdo, las condiciones económicas de compensación al Estado mejoran desde la firma del mismo, siendo de las compensaciones al Estado más altas a nivel nacional para extracción de carbón metalúrgico.
Se fija una compensación económica adicional del 5% calculada como porcentaje de las regalías pasando del 10% al 15% para producciones menores a 2.5 millones de toneladas al año y de 15% a 19% para producciones mayores a 2.5 millones de toneladas.
Adicionalmente, se hace obligatoria una inversión social equivalente al 1% de la utilidad operacional que en ningún caso puede ser inferior a 720 millones de pesos en promedio anual (actualizable por IPC año a año).
Así mismo, se cobrará un monto por canon superficiario equivalente al 8% de un SMMLV por hectárea al año durante el periodo de exploración, construcción y montaje.
Con esta actualización el país y las regiones recibirán unos ingresos adicionales del orden de $13 billones de pesos, incluyendo pagos por regalías por aumento en producción, impuestos y compensaciones durante el plazo del contrato.
Es importante precisar, que aun cuando la opción de prórroga no se ejerza, en caso de no alcanzar el aumento de producción, el Estado ya de entrada, está mejorando las condiciones económicas frente al contrato inicial y la empresa está aumentando la producción generando mayores ingresos para la Nación.
En términos sociales
El acuerdo exige un monto fijo mínimo de inversión social de 720 millones de pesos al año en promedio en el área de influencia de la mina (Socha, Socotá, Tasco y Paz de Río). Esta inversión deberá ser directa a la comunidad sin descontar costos de operación de las fundaciones ni aportes puramente filantrópicos y deberá realizarse bajo criterios de sostenibilidad.
Adicionalmente, la empresa se compromete a establecer planes de formalización minera, en el que involucra más de 400 mineros tradicionales que hacen parte del encadenamiento productivo, y quienes realizaban su actividad de manera informal.
Nueva inversión en tecnología
Las inversiones realizadas y por ejecutar por parte de la empresa Xxxxx Xxx del Rio, permiten la tecnificación del proceso productivo, aumentando la capacidad de producción que unido al desarrollo de un proyecto de solución logística permitirá el transporte del carbón de la zona hacia los puertos nacionales.
La posibilidad de implementar un corredor logístico (Ferrocarril del Carare) como infraestructura habilitante, permitirá la exportación de volúmenes de hasta 20 millones de toneladas, de las cuales Xxxxx Xxx del Rio utilizaría hasta 8 millones de toneladas.
La empresa radicó ante la Agencia Nacional de Infraestructura una propuesta de asociación público- privada para la futura construcción del ferrocarril en mención.
Medio ambiente
Con este acuerdo, el Gobierno de manera articulada con todas las entidades del sector minero y ambiental, logró tres grandes beneficios en la materia que convierten a este contrato en uno de los más modernos y estrictos en la materia:
• Se actualizó el contrato con el fin de someter todas las actividades desarrolladas por Paz del Rio a la normatividad vigente y se dejó de manera explícita que, adicionalmente, al momento de surgir una nueva legislación en la materia, ésta será aplicable en su integridad.
• Se estableció la obligación de provisión de recursos en los estados financieros de la compañía para el cierre de mina y la ejecución de actividades para cierres parciales.
• Se establecen mayores controles ambientales que involucran la relación de sus impactos en la comunidad.
Beneficios laborales
Los trabajadores se benefician al asegurar la operación de la mina por un periodo más extenso. Se hacen exigencias más fuertes en términos laborales a las empresas contratistas, logrando así mejores condiciones laborales en términos de salud, pensiones y riesgos profesionales para los contratistas. Adicionalmente, el proyecto de formalización minera prevé la inclusión xx xxxxxxx tradicionales a regímenes laborales conforme a las normas colombianas.
Generación de empleo
Uno de los componentes que integran este acuerdo es la preferencia a la vinculación laboral de nacionales colombianos en particular, al personal procedente del departamento de Boyacá, en no menos del 70% de participación en el empleo directo, siempre que reúnan los requisitos necesarios para la labor respectiva. También se buscará que el empleo indirecto beneficie primordialmente a los mineros informales de la región.
Razones para continuar con Xxxxx Xxx del Río y la compañía Brasilera Votorantim
Votorantim ha venido realizando un proceso de transformación de la compañía y de sus procesos industriales. Ha realizado una inversión cercana a 140 millones de dólares y prevé una inversión de capital alrededor de 2 billones de dólares.
Su gerencia apunta a ser ejemplo de minería tecnificada y sostenible.
Colombia atractiva y competitiva para los inversionistas
Colombia es y seguirá siendo un destino atractivo para la inversión extranjera en la medida en que ofrezca proyectos mineros con alto potencial, reglas de juego claras y un entorno de seguridad propicio para la inversión. No obstante, Colombia es una de las naciones con mayores exigencias y más alta participación del Estado, en comparación con otros países del mundo.