CONTRATO DE COMPRAVENTA DE CABALLO
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE CABALLO
En , a de de 20
VENDEDOR:
Don , mayor de edad, vecino de , con domicilio en la calle , nº , y con DNI número .
COMPRADOR:
Don , mayor de edad, vecino de , con domicilio en la calle , nº , y con DNI número .
1. OBJETO DE LA COMPRAVENTA:
Animal de especie caballar con la siguiente descripción:
Nombre: | Sexo: | ||
Raza: | Capa: | ||
Marcas: | |||
Otros: | |||
Documentos (1): | Nº | ||
Nº | |||
Microchip: | Nº | ||
Inscripción(2): | Nº |
(1) Especificar documento/s identificativos y que acrediten la propiedad y estado sanitario del animal (tarjeta sanitaria, pasaporte etc.), y números de los mismos.
(2) Especificar, si procede, el Registro o Stud-book en el que el animal esté inscrito, y datos de ins- cripción.
2. PRECIO Y FORMA DE PAGO:
Precio: | |
IVA (1): | |
TOTAL: | |
Forma de pago: |
(1) En caso que sea procedente.
3. ENTREGA.
Lugar de entrega: | |
Fecha de entrega: |
4. CONDICIONES PARTICULARES.
Primera: La retirada del caballo objeto del presente contrato, en el lugar y fecha de entrega determinados en el apartado 3 del presente documento, se realizará por el com- prador, corriendo de su cuenta el medio de transporte utilizado a tal efecto.
Transcurrido el plazo xx xxxx días desde la fecha de entrega sin que el caballo haya sido retirado, el comprador asumirá todos los gastos de manutención, estancia y enfermedad.
El vendedor podrá denegar la retirada del caballo si el comprador no hubiere cumplido las condiciones de pago acordadas.
Segunda: Si en el plazo de seis meses desde la fecha del presente contrato se pusieran de manifiesto cualquier vicio oculto, defecto o enfermedad de origen anterior a la venta, el comprador tendrá derecho a la resolución de la compraventa o a la devolución de una parte del precio de compra pagado, teniendo en cuenta la disminución de valor xxx xxxx- llo que pueda suponer el vicio, defecto o enfermedad descubiertos.
Esta cláusula surtirá plenos efectos aún cuando el animal, previamente a la com- praventa, hubiere sido sometido a revisión por profesional veterinario, siempre que pue- da determinarse que el vicio padecido no hubiera podido ser detectado en dicho examen.
Tercera: No surtirá efecto lo previsto en la cláusula anterior si el caballo se hubiere adquirido en feria, subasta pública o como animal de desecho.
No obstante, en todo caso será nula de pleno derecho la compraventa, si se pu- siera de manifiesto que el animal vendido sufre alguna enfermedad contagiosa.
Cuarta: Junto con la entrega del caballo será entregada toda la documentación acredita- tiva tanto de la propiedad como de estado sanitario del mismo, que se relaciona en el apartado 1 del presente contrato.
Quinta: Los impuestos que se devenguen por la transmisión del caballo serán por cuen- ta del comprador.
Otras (1):
(1) Entre otras condiciones particulares puede especificarse si el caballo ha sido sometido a reconoci- miento veterinario previo.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente contrato de com- praventa, por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha que constan en el encabe- zamiento.
EL VENDEDOR. EL COMPRADOR.