PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL CONTRATO DEL SERVICIO DE INTERVENCIÓN SOCIO COMUNITARIA CON INFANCIA, JUVENTUD Y FAMILIA, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL CONTRATO DEL SERVICIO DE INTERVENCIÓN SOCIO COMUNITARIA CON INFANCIA, JUVENTUD Y FAMILIA, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO.
Cláusula primera: OBJETO
El objeto de la contratación es la prestación del Servicio de Intervención Socio Comunitaria con Infancia, Juventud y Familia en Zierbena mediante la gestión y desarrollo de los correspondientes programas.
Cláusula secunda: OBJETIVOS DEL SERVICIO
Los objetivos del servicio se centran de manera más concreta en:
1. La prevención de los factores de riesgo que afectan a la población infantil y juvenil, y que puedan desencadenar conductas de inadaptación o situaciones de desatención.
2. Favorecer la integración social y la participación social de la población destinataria.
3. Aportar espacios y actividades de relación y aprendizaje social.
4. Detectar y prevenir el riesgo o las situaciones de exclusión social y /o desprotección.
5. Atención y protección a la población infantil y juvenil del municipio con carencias básicas familiares, educativas o de otra índole, desarrollando una acción socio-educativa en el/la menor y su familia.
6. Promocionar socialmente a la población infantil o juvenil en situación de dificultad.
7. Apoyar a las familias del municipio mediante asesoramiento, orientación, acompañamiento y el acceso a recursos.
8. Fomentar los recursos comunitarios del municipio.
Cláusula tercera: ÁREA DE ACTUACIÓN DEL SERVICIO
La actividad a desarrollar por dicho servicio se ubica de manera general en el contexto municipal para aportar una actividad extensa y polivalente, en las siguientes áreas de interés:
• Promoción, prevención y protección en la integración social.
• Atención y protección a la infancia.
• Apoyo y atención a las familias.
• Prevención de drogodependencias.
• Atención y promoción juvenil.
• Apoyo socio-escolar.
• Promoción municipal y comunitaria.
La intervención se desarrolla tanto a nivel individual, como grupal y comunitario y tendrá en cuenta la coordinación con otros servicios y departamentos municipales. Así mismo tendrá en consideración la importancia de un enfoque preventivo y de promoción.
Cláusula cuarta: ÁMBITO TERRITORIAL
El servicio se prestará, principalmente, dentro del ámbito territorial del Municipio de Zierbena y estará dirigido a las personas empadronadas en el mismo.
Cláusula quinta: POBLACIÓN DESTINATARIA
El servicio tendrá como población general destinataria la del municipio de Zierbena con especial atención a:
• la población infantil y adolescente
• la población juvenil
• las familias
De una manera más específica y selectiva el servicio incidirá en las siguientes situaciones de dificultad:
▪ Deficiente desenvolvimiento personal, familiar y social que llevan al sujeto a situaciones de dificultad, problemática o conflicto. Las capacidades y competencias están disminuidas o no son suficientes para resolver las situaciones.
▪ Deficiente acceso o utilización de recursos, por desconocimiento, falta de información, complejidad en el acceso o necesidades de adaptación específicas de la persona sujeto de intervención.
▪ Dificultades relacionadas con el consumo de tóxicos y adiciones sin consumo (ludopatías, etc.) que conlleven un empeoramiento del estado de la salud, en donde serían necesarias actuaciones encaminadas a la prevención.
• Necesidad de apoyos y acompañamientos específicos en situaciones de dificultad o especial sensibilidad afectiva o emocional (muertes, separaciones, victimas de violencia, catástrofes,...).
• Dificultad parental o marental, y necesidad de orientación y enseñanzas educativas con respecto a la crianza, educación y convivencia con los hijos e hijas.
• Desprotección infantil y riesgo de desprotección infantil, en las que es necesario una intervención familiar, o cuando ésta no es posible un refuerzo social dirigido al desarrollo xxx xxxx, xxxx o adolescente.
En el desarrollo de la actividad se tendrá en cuenta a la comunidad en su conjunto y la activación y sinergias con agentes y servicios municipales y comunitarios.
Cláusula sexta: PRESTACIONES
El Servicio de Intervención Socio-comunitario en el marco de los objetivos y las áreas de actuación señaladas tendrá que realizar las siguientes prestaciones:
• Información.
• Orientación y asesoramiento a menores de edad y a familias.
• Valoración.
• Atención/Intervención socioeducativa.
• Gestión de programas, proyectos de carácter grupal o comunitario.
• Intermediación.
• Acompañamiento social.
El Ayuntamiento pondrá a disposición los locales equipados para la realización de cada actividad.
Cláusula séptima: COMPOSICIÓN DEL EQUIPO
El equipo profesional que integrará el servicio estará compuesto por las siguientes figuras profesionales:
• Un/a educador/a social a jornada completa, que realizará también funciones de coordinación del equipo y de representación del servicio.
• Un/a educador/a social a media jornada.
• Un/a educador/a social a media jornada.
La jornada anual completa de atención al servicio es de 1592 horas, con una media en torno a las 35 horas semanales.
Para el desempeño profesional del puesto de:
• Educadora social se requerirá la situación de diplomado/a, graduado/a o de habilitación otorgada por un Colegio Profesional en la rama referida.
Cláusula octava: CONDICIONES RELATIVAS A LOS MEDIOS PERSONALES
Disponibilidad del personal
La empresa adjudicataria deberá disponer del personal necesario con cualificación suficiente para efectuar los trabajos específicos en el presente Xxxxxx.
Deberá disponer igualmente, al frente de los mismos, de al menos, una persona con Titulación media, con formación y experiencia en este ámbito.
El Ayuntamiento no tendrá relación jurídica, ni laboral, ni de otra índole con el personal de la empresa adjudicataria, durante el plazo de vigencia del contrato, ni al término, ni una vez extinguido el mismo.
La empresa adjudicataria, no podrá pretextar la falta de personal para suspender o retrasar los servicios ofertados o que expresamente le ordene el Ayuntamiento, debiendo disponer en todo momento del necesario para su ejecución.
Variaciones de la plantilla
Durante la vigencia del contrato, siempre que se vaya a producir una variación de la plantilla con la que se inicia el Contrato, bien sea por jubilación, defunción, baja voluntaria, despido, invalidez permanente, invalidez temporal, etc., o siempre que se produzca una variación por necesidades del servicio, la entidad adjudicataria está obligada a comunicar por escrito tal hecho al Ayuntamiento. En la comunicación deberá indicarse los siguientes datos: Identidad, D.N.I., tipo de contrato, antigüedad.
Responsabilidades
La adjudicataria será responsable ante el Ayuntamiento de Zierbena de las faltas que cometa su personal y quedará obligada al resarcimiento de todos los daños que, con motivo de la defectuosa prestación del servicio o de su funcionamiento normal o anormal, se causen tanto a las instalaciones y bienes, públicos como privados, como a las personas a partir de la fecha de inicio del contrato.
Formación del personal, seguridad e higiene y servicios médicos.
La adjudicataria quedará obligada al cumplimiento de las obligaciones laborales que determine la legislación vigente, en materia de salarios, seguridad social, accidentes de trabajo, puntualidad laboral, formación, seguridad e higiene, etc. Mensualmente adjuntará copia de los documentos TC 1 y TC2, sellados y autentificados por la entidad pagadora.
El incumplimiento de cualquiera de estos aspectos facultará al Ayuntamiento para la resolución del contrato.
En ningún caso incumbirá responsabilidad alguna al Ayuntamiento, sino sólo a la contratista, por lo que pudiera provenir el incumplimiento de las obligaciones que la adjudicataria tuviera contraídas con sus trabajadores/as, o de los daños que pudieran derivarse de la ejecución de las diversas prestaciones objeto del contrato.
Cláusula novena: SUBROGACIÓN DE PERSONAL Y RELACIÓN LABORAL
La empresa adjudicataria subrogará al personal adscrito a la prestación del servicio en los términos previstos en los Convenios Colectivos que resulten aplicables. A estos efectos se adjunta como anexo I al presente pliego la relación del personal a subrogar.
En ningún caso se entenderá que estos trabajadores se integren en la plantilla del Ayuntamiento de Zierbena ni que tengan ninguna relación de dependencia funcional u orgánica con el mismo. La empresa, se hará cargo en todo caso y sin que quepan modificaciones del contrato por ese motivo, de los incrementos salariales que se pudieran suceder en los convenios de dichos trabajadores, así como de cualquier otra mejora que surja con objeto de la modificación de dichos convenios. En ningún caso podrá adscribirse al servicio personal distinto al dispuesto en la presente cláusula por un periodo igual o superior a tres meses, sin la previa y expresa autorización escrita del órgano competente del Ayuntamiento de Zierbena.
Cláusula décima: CALENDARIO ANUAL
El calendario anual se ajustará al desarrollo de la actividad y contemplará los flujos anuales, periodos estivales, vacacionales, etc. Además la entidad adjudicataria facilitará formación para sus profesionales dentro de la jornada laboral de entorno a 40 horas anuales por trabajador/a.
La modificación de calendario laboral así como las situaciones de bajas y sustituciones se comunicarán al departamento municipal competente.
Cláusula undécima: SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL SERVICIO
El Área de Acción Social, Menor e Igualdad, al que está adscrito el programa mantendrá un seguimiento de la actividad y la entidad adjudicataria facilitará además de una memoria anual, la información suficiente y que se requiera sobre la marcha del servicio. Así mismo, dicho departamento se mantiene como referente para las directrices estratégicas del servicio y como referente para el cumplimiento técnico.
La entidad adjudicataria como proveedora de dicho servicio público se atendrá en su desempeño a las normativas y obligaciones en vigor: servicios sociales, protección de datos, igualdad, etc.
ANEXO I
RELACIÓN DE PERSONAL A SUBROGAR
Denominación | Categoría Profesional | Tipo Contrato | Tipo Jornada | Antigüedad | Trienios | Bruto anual | Bruto anual Antiguedad | Bruto anual Plus coordinación |
Trabajadora 1 | Técnica Media/ Coordinadora | Societario Indefinido | Jornada completa | 07/11/2002 | 3 | 25.371,78 € | 476,28 € | 2.242,68 € |
Trabajadora 2 | Técnica Media | Societario Indefinido | Media Jornada | 22/02/2007 | 12.685,89 € | |||
Trabajadora 3 | Técnica Media | Obra o Servicio a tiempo parcial | Media Jornada | 17/06/2013 | 12.097,32 € |
7